Luis 0aneira <ó%e&= FSP=U<' A Coru>a La Ad%inistración est$ o:igada a dictar RESOLUCIÓN EPRESA 4 a noti!icara en todos os procedi%ientos cua"uiera "ue sea su !or%a de iniciación1 ECEPCIONES; Los supuestos de ter%inación de procedi%iento por pacto o con@enio Los procedi%ientos reati@os a eBercicio de derecos so%etidos #nica%ente a de:er de decaración responsa:e o co%unicación a a Ad%inistración
OBLIGACIÓN DE RESOLVER
RENUNCIA DEL DERECGO
Art1 5*
PRESCRIPCIÓN
EN LOS CASOS DE;
CADUCIDAD DEL PROCEDIMIEN'O
LA RESOLUCIÓN CONSIS'IR( EN LA DECLARACIÓN DE LA CIRCUNS'ANCIA UE CONCURRA EN CADA CASO CON INDICACIÓN DE LOS GECGOS PRODUCIDOS LAS NORMAS APLICA0LES1
DESIS'IMIEN'O DE LA SOLICI'UD
DESAPARICIÓN SO0REVENIDA DEL O0HE'O DEL PROCEDIMIEN'O INICIACIÓN DEL EPEDIEN'E
PLA*O M+,IMO
RESOLUCIÓN NO'IFICACIÓN
EL PLAO FIHADO EN LA NORMA RE
SILENCIO ADMINISTRATIVO EN PROCEDIMIENTOS INICIADOS A SOLICITUD DEL INTERESADO
En os procedi%ientos iniciados a soicitud de interesado sin perBuicio de a resoución "ue a Ad%inistración de:e dictar en a !or%a pre@ista en e apartado 8 de este art-cuo e @enci%iento de pa&o %$?i%o sin a:erse noti!icado resoución e?presa egiti%a a interesado/s para entenderaES'IMADA entenderaES'IMADA POR SILENCIO ADMINIS'RA'IVO ADMINIS'RA'IVO e?cepto; Supuestos en os "ue una nor%a con rango de e4 o una nor%a de Dereco de a Unión Europea o de Dereco internaciona apica:e en Espa>a esta:e&can o contrario1
EL SILENCIO ADMINIS'RA'IVO 'ENDR( EFEC'O
Procedi%ientos reati@os a eBercicio de dereco de petición a "ue se re!iere e art-cuo 59 de a Constitución1 Procedi%ientos cu4a esti%ación tu@iera co%o consecuencia "ue se trans!irieran a soicitante o a terceros !acutades reati@as a do%inio p#:ico o a ser@icio p#:ico1 Procedi%ientos "ue i%pi"uen e eBercicio de act i@idades "ue puedan da>ar e %edio a%:iente1 Procedi%ientos de responsa:iidad patri%onia de as Ad%inistraciones P#:icas1
ECEP'O ES'AS MA'ERIAS
Procedi%ientos de i%pugnación de actos 4 disposiciones 4 en os de re@isión de o!icio iniciados a soicitud de os interesados1
SILENCIO ADMINIS'RA'IVO;
ECEPCIÓN POR SILENCIO ADMINIS'RA'IVO
A
La esti%ación por siencio ad%inistrati@o tiene a todos os e!ectos a consideración de acto ad%inistrati@o !inai&ador de procedi%iento1 La desesti%ación por siencio ad%inistrati@o tiene os soos e!ectos de per%itir a os interesados a interposición de recurso ad%inistrati@o o contencioso=ad%inistrati@o "ue resute procedente1 LA O0LI
Art1 5618
En os casos de esti%ación esti%ación por por siencio ad%inistrati@o a resoución e?presa posterior a a producción de acto sóo podr$ dictarse de ser con!ir%atoria de %is%o1 VENCIMIEN'O DEL P LAO SIN RESOLVER NI NO'IFICAR
RESOLUCIÓN EPRESA POS'ERIOR;
POR SILENCIO ADMINIS'RA'IVO
En os casos de desesti%ación desesti%ación por por siencio ad%inistrati@o a resoución e?presa posterior a @enci%iento de pa&o se adoptar$ por a Ad%inistración sin @incuación aguna a sentido de siencio1 VENCIMIEN'O DEL DEL PLAO SIN RESOLVER NI NO'IFICAR
RESOLUCIÓN EPRESA POS'ERIOR;
POR SILENCIO ADMINIS'RA'IVO
FALTA DE RESOLUCIÓN EXPRESA EN PROCEDIMIENTOS INICIADOS DE OFICIO
Art 5,
En os procedi%ientos iniciados de o!icio e @enci%iento de pa&o %$?i%o esta:ecido sin "ue se a4a dictado 4 noti!icado resoución e?presa no e?i%e a a Ad%inistración de cu%pi%iento de a o:igación ega de reso@er produciendo produciendo os siguientes e!ectos; En e caso de procedi%ientos de os "ue pudiera deri@arse e reconoci%iento o en su caso a constitución de derecos u otras situaciones Bur-dicas !a@ora:es os interesados "ue u:ieren co%parecido podr$n entender desesti%adas desesti%adas sus sus pretensiones por siencio ad%inistrati@o1 INICIACIÓN DE OFICIO
VENCIMIEN'O VENCIM IEN'O DEL P LAO SIN RESOLVER NI NO'IFICAR
POR SILENCIO ADMINIS'RA'IVO
En os procedi%ientos en "ue a Ad%inistración eBercite potestades sancionadoras o en genera de inter@ención suscepti:es de producir e!ectos des!a@ora:es o de gra@a%en se producir$ a caducidad1 En estos casos a resoución "ue decare a caducidad ordenar$ e arci@o de as actuaciones con os e!ectos pre@istos en e art1 9,1 INICIACIÓN DE OFICIO
VENCIM IEN'O DEL PL AO SIN RESOLVER NI NO'IFICAR DECLANDO LA )ARCGIVO DE LAS AC'UACIONES.
Luis 0aneira <ó%e&= FSP=U<' A Coru>a
A e+ectos de +acilitar el uso trans+ronteri-o de las ventanillas nicas con arre/lo a la Directiva 2!"#2$"CE del Parla0ento Euro!eo 1 el 2onse3o relativa a los servicios en el 0ercado interior' se !rev4 5ue cada Estado 0ie06ro de la 7E !u6li5ue una 8 Li%ta &e co'(ia')a9 co'(ia')a9 5ue conten/a una in+or0ación 0:ni0a re+erente a los !restadores de servicios de certi+icación 5ue e!idan certi+icados reconocidos al !6lico su!ervisados en ese Estado. Esta Lista de6e cu0!lir las es!eci+icaciones t4cnicas reco/idas en el Aneo de la Decisión de e3ecución de la 2o0isión $;&(<==$<7E de &% de octu6re de $;&(' !or la 5ue se 0odi+ica la Decisión $;;>=?<2E en lo relativo al esta6leci0iento' el 0anteni0iento 1 la !u6licación de listas de con+ian-a de !roveedores de servicios de certi+icación su!ervisados o acreditados !or los Estados Mie06ros. En consecuencia de lo anterior0ente e!uesto' el Mi'i%terio &e I'&*%tria+ E'er,-a . T*ri%/o @a ela6orado una Li%ta &e co'(ia')a &e 0re%ta&ore% &e %ervicio% &e certi(icaci1' TSL3 corres!ondiente a los !restadores 5ue e!iden certi+icados reconocidos 1 5ue est*n esta6lecidos 1 su!ervisados en Es!aa" Act*a4i)aci1' a !5#52#67 & B TSP" Canco Santander' S.A. $ B TSP" Dirección General de la Polic:a. La FNM'=RCM a tra@s de su departa%ento CERES ( B TSP" A/encia Notarial de 2erti+icación S.L. 7ni!ersonal. )CER CERti!icación ti!icación ES ESpa>oa. pa>oa. e o!rece os certi!icados eectrónicos eectrónicos % B TSP" *6rica Nacional de Moneda 1 Ti06re B Real 2asa de la Moneda #NMTBR2M,. reconocidos por a a%pia %a4or-a de as Ad%inistraciones B TSP" 2onsorci Ad0inistració O6erta de 2atalun1a F 2AO2. P#:icas e certi!icado FNM' Case 5CA 4 e certi!icdo AC AC FNM' = B TSP" AN A7TORIDAD DE 2ERTII2A2IN ASO2IA2IN AN A2. ? B TSP" 2onse3o General de la A6o/ac:a Es!aola. Usuarios1 H B TSP" 2ole/io de In/enieros de 2a0inos' 2anales 1 Puertos. Ade%$s de e%itir certi!icados eectrónicos de usuario a FNM'= > B TSP" EALTSIGN' S.L. #2ole/ios O+iciales de En +er0er:a de 2atalua,. RCM o!rece a Ad%inistraciones P#:icas 4 E%presas sus &; B TSP" Instituto Valenciano de inan-as. Ser@icios de Certi!icación "ue garanti&an os principios de && B TSP" A2 2a0er+ir0a' S.A. Autenticación Integridad Con!idenciaidad 4 No repudio en as &$ B TSP" 2OLEGIO OI2IAL DE REG ISTRADORES DE LA PROPIEDAD J MER2ANTILES DE ESPAKA. co%unicaciones a tra@s de redes a:iertas1 &( B TSP" Canco Es!aol de 2r4dito' S.A. ttp;//1cert1!n%t1es/e:/ceres/o%e &% B TSP" INTER2AMCIO ELE2TRONI2O DE DATOS J 2OM7NI2A2IONES' S.L. #EDI2OM,. & B TSP" Autoridad de Gestión de la PI del Ministerio de De+ensa B AGPMD. Su6dirección General de Tecnolo/:as Tecnolo/:as de la In+or0ación 1 2o0unicaciones F SDGTI2. &= B TSP" iurta!en eta er6it-u En!resaBE0!resa de 2erti+icación 1 Servicios' I-en!e' S.A. &? B TSP" ir0a!ro+esional' S.A. &H B TSP" Tesorer:a General de la Se/uridad S ocial. Se%eBan&a Di!erencia &> B TSP" Ministerio de E0!leo 1 Se/uridad Social. $; B TSP" 2onse3o General de 2ole/ios O+iciales de M4dicos de Es!aa #2G2OM,. $& B TSP" CAN2O DE ESPAKA. $$ B TSP" Servicio de Salud de 2astillaBLa Manc@a #SES2AM,. Fir% Fir%aa Autóg utógra ra!a !a Sir@ Sir@en en co%o co%o %edi %edios os Es insepara:e de !ir%ante $( B TSP" SIGNE S.A. de identi!icación de $% B TSP" SISTEMAS INORMATI2OS ACIERTOS SO2IEDAD ANONIMA. Fir%a Eectrónica Es per!ecta%ente separa:e de !ir%ante !ir%ante
'ipos de Fir%a Eectrónica Si%pe
>omprendería sistemas tipo IN e incluso el grafo digitali$ado de una firma manuscrita) Identifica al firmante- pero no puede garanti$ar la autenticidad ni integridad del contenido del documento) ,a venta.a es que su utili$ación es mu/ sencilla? los inconvenientes son un nivel ba.o de seguridad / la imposibilidad de garanti$ar la integridad)
A@an&ada
dem#s de identificar al firmante- este tipo de firma electrónica garanti$a la utenticidad e Integridad del documento) Su seguridad es alta- pero requiere la utili$ación de un certificado electrónico- lo que puede !acer su uso relativamente comple.o)
Reconocida o Cuai!icada
&s una firma avan$ada que exige adem#s la acreditación personal de la identidad de su titular
Le. 68"2$+ &e #8 &e &icie/9re+ &e (i r/a e4ectr1'ica BOE 25#252$37 Art-c*4o $: Fir/a e4ectr1'ica+ . &oc*/e'to% (ir/a&o% e4ectr1'ica/e'te: #: La (ir/a e4ectr1'ica es el con3unto de datos en +or0a electrónica' consi/nados 3unto a otros o asociados con ellos' 5ue !ueden ser utili-ados co0o 0edio de identi+icación del +ir0ante. 2: La (ir/a e4ectr1'ica ava')a&a es la +ir0a electrónica 5ue !er0ite identi+icar al +ir0ante 1 detectar cual5uier ca06io ulterior de los datos +ir0ados' 5ue est* vinculada al +ir0ante de 0anera nica 1 a los datos a 5ue se re+iere 1 5ue @a sido creada !or 0edios 5ue el +ir0ante !uede utili-ar' con un alto nivel de con+ian-a' 6a3o su eclusivo control. $: Se co'%i&era (ir/a e4ectr1'ica reco'oci&a la +ir0a electrónica avan-ada 6asada en un certi+icado reconocido 1 /enerada 0ediante un dis!ositivo se/uro de creación de +ir0a. ;: La (ir/a e4ectr1'ica reco'oci&a te'&r< re%0ecto &e 4o% &ato% co'%i,'a&o% e' (or/a e4ectr1'ica e4 /i%/o va4or =*e 4a (ir/a /a'*%crita e' re4aci1' co' 4o% co'%i,'a&o% e' 0a0e4: 6: Se co'%i&era &oc*/e'to e4ectr1'ico la in+or0ación de cual5uier naturale-a en +or0a electrónica' arc@ivada en un so!orte electrónico se/n un +or0ato deter0inado 1 susce!ti6le de identi+icación 1 trata0iento di+erenciado. Re,4a/e'to UE3 '> 8#"2#; &e4 Par4a/e'to E*ro0eo . &e4 Co'%e?o+ &e 2$ &e ?*4io &e 2#;+ re4ativo a 4a i&e'ti(icaci1' e4ectr1'ica . 4o% %ervicio% &e co'(ia')a 0ara 4a% tra'%accio'e% e4ectr1'ica% e' e4 /erca&o i'terior . 0or 4a =*e %e &ero,a 4a Directiva #888"8$"CE P*94ica&o e' e4 DOUE e4 2@5@52#;: %e44o e4ectr1'ico7 datos en +or0ato electrónico ane3os a otros datos en +or0ato electrónico' o asociados de 0anera ló/ica con ellos' !ara /aranti-ar el ori/en 1 la inte/ridad de estos lti0os %e44o e4ectr1'ico ava')a&o7 un sello electrónico 5ue cu0!le los re5uisitos conte0!lados en el art:culo (= %e44o e4ectr1'ico c*a4i(ica&o7 un sello electrónico avan-ado 5ue se crea 0ediante un dis!ositivo cuali+icado de creación de sellos electrónicos 1 5ue se 6asa en un certi+icado cuali+icado de sello electrónico
ESUEMA DEL PROCEDIMIENTO DE ACCESO A INFORMACIÓN LE #8"2#$ DE TRANSPARENCIA Art-c*4o #$: I'(or/aci1' 094ica: Se entiende !or in+or0ación !6lica los contenidos o docu0entos' cual5uiera 5ue sea su +or0ato o so!orte' 5ue o6ren en !oder de al/uno de los su3etos incluidos en el *06ito de a!licación de este t:tulo 1 5ue @a1an sido ela6orados o ad5uiridos en el e3ercicio de sus +unciones. Art-c*4o #: So4icit*& &e acce%o a 4a i'(or/aci1': #: El !rocedi0iento !ara el e3ercicio del derec@o de acceso se iniciar* con la !resentación de la corres!ondiente solicitud' 5ue de6er* diri/irse al titular del ór/ano ad0inistrativo o entidad 5ue !osea la in+or0ación. 2uando se trate de in+or0ación en !osesión de !ersonas +:sicas o 3ur:dicas 5ue !resten servicios !6licos o e3er-an !otestades ad0inistrativas' la solicitud se diri/ir* a la Ad0inistración' or/anis0o o entidad de las !r evistas en el art:culo $.& a las 5ue se encuentren vinculadas. 2: La solicitud !odr* !resentarse !or cual5uier 0edio 5ue !er0ita tener constancia de" a3 La identidad del solicitante. 93 La in+or0ación 5ue se solicita. c3 7na dirección de contacto' !re+erente0ente electrónica' a e+ectos de co0unicaciones. &3 En su caso' la 0odalidad 5ue se !r e+iera !ara acceder a la in+or0ación solicitada. $: El solicitante no est* o6li/ado a 0otivar su solicitud de acceso a la in+or0ación. Sin e06ar/o' !odr* e!oner los 0otivos !or los 5ue solicita la in+or0ación 1 5ue !odr*n ser tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución. No o6stante' la ausencia de 0otivación no ser* !or si sola causa de rec@a-o de la solicitud. ;: Los solicitantes de in+or0ación !odr*n diri/irse a las Ad0inistraciones P6licas en cual5uiera de las len/uas coo+iciales del Estado en el territori o en el 5ue radi5ue la Ad0inistración en cuestión. 'uando la in6ormacin o&*eto de la solicitud, aun o&rando en oder del su*eto al %ue se diri#e, aya sido ela&orada o #enerada en su inte#ridad o arte rincial or otro, se le remitirá la solicitud a 9ste ara %ue decida so&re el acceso.
Art1 *916
Diri,i&o a4 tit*4ar &e4 1r,a'o a&/i'i%trativo o e'ti&a& =*e 0o%ea 4a i'(or/aci1':
Art1 *915
Art1 *918
Si a soicitud se re!iere a in!or%ación "ue no o:re en poder de suBeto a "ue se dirige1
Si la información solici4ada pudiera afec4ar a derec@os o in4ereses de 4erceros2 deidamen4e iden4i5cados2 iden4i5cados2 se les conceder6 un pla?o de 9= d*as para 8ue puedan reali?ar las ale7aciones 8ue es4imen opor4unas; El solici4an4e deer6 ser informado de es4a circuns4ancia2 as* como de la suspensión del pla?o para dic4ar resolución @as4a 8ue se @aan reciido las ale7aciones o @aa 4ranscurrido el pla?o para su presen4ación;
Art1 5+16
RESOLUCIÓN EXPRESA
NO RESOLUCIÓN EXPRESA
DESESTIMADA !6ximo 9 mes
Art1 5+1,
RE27RSO ANTE LA URISDICCIÓN CONTENCIOSO5ADMINISTRATIVA
Art1 561 * 4 5
RE2LAMA2IN POTESTATIVA POTESTATIVA ANTE EL CONSEO DE TRANSPARENCIA BUEN GOBIERNO * 1r,a'o e=*iva4e'te &e CCAA3 !6ximo 3 meses
RESOLUCIÓN EXPRESA
NO RESOLUCIÓN EXPRESA Art1 5616
ESTIMADA
DESESTIMADA
RECURSO ANTE LA URISDICCIÓN CONTENCIOSO5ADMINISTRATIVA Art-cuo 551 For%ai&ación de acceso1 *1 &l acceso a la información se reali$ar# preferentemente por vía electrónica- salvo cuando no sea posible o el solicitante !a/a señalado expresamente otro medio) >uando no pueda darse el acceso en el momento de la notificación de la resolución deber# otorgarse- en cualquier caso- en un pla$o no superior a die$ días) 51 Si !a existido oposición de tercero- el acceso sólo tendr# lugar cuando- !abi*ndose concedido dic!o acceso- !a/a transcurrido el pla$o para interponer recurso contencioso administrativo sin que se !a/a formali$ado o !a/a sido resuelto confirmando el derec!o a recibir la información) 81 Si la información /a !a sido publicada- la resolución podr# limitarse a indicar al solicitante cómo puede acceder a ella) 61 &l acceso a la información ser# gratuito) No obstante- la expedición de copias o la trasposición de la información a un formato diferente al original podr# dar lugar a la exigencia de exacciones exacciones en los t*rminos previstos en la ,e/ 381535- de 1+ de abril- de Casas / recios úblicos- o- en su caso- conforme a la normativa autonómica o local que resulte aplicable)
LE ORGHNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS: Art: :$:7 Los datos de car*cter !ersonal 5ue @a/an re+erencia al ori/en racial' a la salud 1 a la vida seual sólo !odr*n ser reca6ados' tratados 1 cedidos cuando' !or ra-ones de inter4s /eneral' as: lo dis!on/a una le1 o el a+ectado consienta e!resa0ente.
in6ormacin suon#a un er*uicio ara: a+ a se#uridad nacional. + a de6ensa. c+ as relaciones exteriores. exteriores. d+ a se#uridad 7&lica. e+ a revencin, investi#acin y sancin de los ilícitos enales, administrativos o discilinarios. f+ a i#ualdad de las artes en los rocesos *udiciales y la tutela *udicial e6ectiva. 7+ as 6unciones administrativas de vi#ilancia, inseccin y control. @+ os intereses econmicos y comerciales. i+ a olítica econmica y monetaria. + El secreto ro6esional y la roiedad intelectual e industrial. C+ a #arantía de la condencialidad o el secreto re%uerido en rocesos de toma de decisin. l+ a roteccin del medio am&iente. (; a alicacin de los límites será *usticada y roorcionada a su o&*eto y nalidad de roteccin y atenderá a las circunstancias del caso concreto, esecialmente a la concurrencia de un inter9s 7&lico o rivado suerior %ue *usti%ue el acceso.
Si a soicitud se re!iere a in!or%ación "ue no o:re en poder de suBeto a "ue se dirige ste a re%itir$ a co%petente si o conociera e in!or%ar$ de esta circunstancia a soicitante1
"uando la solici4ud no iden4i58ue de forma su5cien4e la información2 se pedir6 al solici4an4e 8ue la concre4e en un pla?o de 9) d*as2 con indicación de 8ue2 en caso de no @acerlo2 se le 4endr6 por desis4ido2 as* como de la suspensión del pla?o para dic4ar resolución;
Art1 RESO%-ER: 9 mes &liale o 4ro mes m6s+ 5+1*P%A,O PARA RESO%-ER:
ESTIMADA
Art1 *91*
Ar4*culo 9<; %*mi4es al derec@o de acceso; 9; El dereco de acceso odrá ser limitado cuando acceder a la
Art-c*4o #@: Ca*%a% &e i'a&/i%i1': #: Se i'a&/itir<' a tr
Di%0o%ici1' a&icio'a4 c*arta: Rec4a/aci1': #: La resolución de la recla0ación !revista en el art:culo $% corres!onder*' en los su!uestos de resoluciones dictadas !or las Ad0inistraciones de las Co/*'i&a&e% A*t1'o/a% . %* %ector 094ico+ . 0or 4a% E'ti&a&e% Loca4e% co0!rendidas en su *06ito territorial' al ór/ano inde!endiente 5ue deter0inen las 2o0unidades Autóno0as. No o6stante lo dis!uesto en el !*rra+o anterior' contra las resoluciones dictadas !or las Asa06leas Le/islativas 1 las instituciones an*lo/as al 2onse3o de Estado' 2onse3o Econó0ico 1 Social' Tri6unal de 2uentas 1 De+ensor del Pue6lo en el caso de esas 0is0as recla0aciones sólo ca6r* la inter!osición de recurso contenciosoB ad0inistrativo. 2: Las 2o0unidades Autóno0as !odr*n atri6uir la co0!etencia !ara la resolución de la recla0ación !revista en el art:culo $% al 2onse3o de Trans!arencia 1 Cuen Go6ierno. A tal e+ecto' de6er*n cele6rar el corres!ondiente convenio con la Ad0inistración General del Estado' en el 5ue se esti!ulen las condiciones en 5ue la 2o0unidad su+ra/ar* los /astos derivados de esta asunción de co0!etencias. $: Las Ci*&a&e% co' E%tat*to &e A*to'o/-a !odr*n desi/nar sus !ro!ios ór/anos inde!endientes o 6ien atri6uir la co0!etencia al 2onse3o de Trans!arencia 1 Cuen Go6ierno' cele6rando al e+ecto un 2onvenio en los t4r0inos !revistos en el a!artado anterior. LE ORGHNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS: Art: :2:7 Sólo con el consenti0iento e!reso 1 !or escrito del a+ectado !odr*n ser o63eto de trata0iento los datos de car*cter !ersonal 5ue revelen la ideolo/:a' a+iliación sindical' reli/ión 1 creencias. Se ece!tan los +ic@eros 0antenidos !or los !artidos !ol:ticos' sindicatos' i/lesias' con+esiones o co0unidades reli/iosas 1 asociaciones' +undaciones 1 otras entidades sin *ni0o de lucro' cu1a +inalidad sea !ol:tica' +ilosó+ica' reli/iosa o sindical' en cuanto a los datos relativos a sus asociados o 0ie06ros' sin !er3uicio de 5ue la cesión de dic@os datos !recisar* sie0!re el !revio consenti0iento del a+ectado.
LEY 19/201 DE TRANSPAREN
ESUEMA DEL PROCEDIMIENTO DE ACCESO A INFORMACIÓN LE #8"2#$ DE TRANSPARENCIA Art-c*4o #$: I'(or/aci1' 094ica: Se entiende !or in+or0ación !6lica los contenidos o docu0entos' cual5uiera 5ue sea su +or0ato o so!orte' 5ue o6ren en !oder de al/uno de los su3etos incluidos en el *06ito de a!licación de este t:tulo 1 5ue @a1an sido ela6orados o ad5uiridos en el e3ercicio de sus +unciones. Art-c*4o #: So4icit*& &e acce%o a 4a i'(or/aci1': #: El !rocedi0iento !ara el e3ercicio del derec@o de acceso se iniciar* con la !resentación de la corres!ondiente solicitud' 5ue de6er* diri/irse al titular del ór/ano ad0inistrativo o entidad 5ue !osea la in+or0ación. 2uando se trate de in+or0ación en !osesión de !ersonas +:sicas o 3ur:dicas 5ue !resten servicios !6licos o e3er-an !otestades ad0inistrativas' la solicitud se diri/ir* a la Ad0inistración' or/anis0o o entidad de las !r evistas en el art:culo $.& a las 5ue se encuentren vinculadas. 2: La solicitud !odr* !resentarse !or cual5uier 0edio 5ue !er0ita tener constancia de" a3 La identidad del solicitante. 93 La in+or0ación 5ue se solicita. c3 7na dirección de contacto' !re+erente0ente electrónica' a e+ectos de co0unicaciones. &3 En su caso' la 0odalidad 5ue se !r e+iera !ara acceder a la in+or0ación solicitada. $: El solicitante no est* o6li/ado a 0otivar su solicitud de acceso a la in+or0ación. Sin e06ar/o' !odr* e!oner los 0otivos !or los 5ue solicita la in+or0ación 1 5ue !odr*n ser tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución. No o6stante' la ausencia de 0otivación no ser* !or si sola causa de rec@a-o de la solicitud. ;: Los solicitantes de in+or0ación !odr*n diri/irse a las Ad0inistraciones P6licas en cual5uiera de las len/uas coo+iciales del Estado en el territori o en el 5ue radi5ue la Ad0inistración en cuestión. 'uando la in6ormacin o&*eto de la solicitud, aun o&rando en oder del su*eto al %ue se diri#e, aya sido ela&orada o #enerada en su inte#ridad o arte rincial or otro, se le remitirá la solicitud a 9ste ara %ue decida so&re el acceso.
Art1 *916
Diri,i&o a4 tit*4ar &e4 1r,a'o a&/i'i%trativo o e'ti&a& =*e 0o%ea 4a i'(or/aci1':
Art1 *915
Art1 *918
Si a soicitud se re!iere a in!or%ación "ue no o:re en poder de suBeto a "ue se dirige1
Si la información solici4ada pudiera afec4ar a derec@os o in4ereses de 4erceros2 deidamen4e iden4i5cados2 iden4i5cados2 se les conceder6 un pla?o de 9= d*as para 8ue puedan reali?ar las ale7aciones 8ue es4imen opor4unas; El solici4an4e deer6 ser informado de es4a circuns4ancia2 as* como de la suspensión del pla?o para dic4ar resolución @as4a 8ue se @aan reciido las ale7aciones o @aa 4ranscurrido el pla?o para su presen4ación;
Art1 5+16
RESOLUCIÓN EXPRESA
NO RESOLUCIÓN EXPRESA
DESESTIMADA !6ximo 9 mes
Art1 5+1,
RE27RSO ANTE LA URISDICCIÓN CONTENCIOSO5ADMINISTRATIVA
Art1 561 * 4 5
RE2LAMA2IN POTESTATIVA POTESTATIVA ANTE EL CONSEO DE TRANSPARENCIA BUEN GOBIERNO * 1r,a'o e=*iva4e'te &e CCAA3 !6ximo 3 meses
RESOLUCIÓN EXPRESA
NO RESOLUCIÓN EXPRESA Art1 5616
ESTIMADA
DESESTIMADA
RECURSO ANTE LA URISDICCIÓN CONTENCIOSO5ADMINISTRATIVA Art-cuo 551 For%ai&ación de acceso1 *1 &l acceso a la información se reali$ar# preferentemente por vía electrónica- salvo cuando no sea posible o el solicitante !a/a señalado expresamente otro medio) >uando no pueda darse el acceso en el momento de la notificación de la resolución deber# otorgarse- en cualquier caso- en un pla$o no superior a die$ días) 51 Si !a existido oposición de tercero- el acceso sólo tendr# lugar cuando- !abi*ndose concedido dic!o acceso- !a/a transcurrido el pla$o para interponer recurso contencioso administrativo sin que se !a/a formali$ado o !a/a sido resuelto confirmando el derec!o a recibir la información) 81 Si la información /a !a sido publicada- la resolución podr# limitarse a indicar al solicitante cómo puede acceder a ella) 61 &l acceso a la información ser# gratuito) No obstante- la expedición de copias o la trasposición de la información a un formato diferente al original podr# dar lugar a la exigencia de exacciones exacciones en los t*rminos previstos en la ,e/ 381535- de 1+ de abril- de Casas / recios úblicos- o- en su caso- conforme a la normativa autonómica o local que resulte aplicable)
LE ORGHNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS: Art: :$:7 Los datos de car*cter !ersonal 5ue @a/an re+erencia al ori/en racial' a la salud 1 a la vida seual sólo !odr*n ser reca6ados' tratados 1 cedidos cuando' !or ra-ones de inter4s /eneral' as: lo dis!on/a una le1 o el a+ectado consienta e!resa0ente.
in6ormacin suon#a un er*uicio ara: a+ a se#uridad nacional. + a de6ensa. c+ as relaciones exteriores. exteriores. d+ a se#uridad 7&lica. e+ a revencin, investi#acin y sancin de los ilícitos enales, administrativos o discilinarios. f+ a i#ualdad de las artes en los rocesos *udiciales y la tutela *udicial e6ectiva. 7+ as 6unciones administrativas de vi#ilancia, inseccin y control. @+ os intereses econmicos y comerciales. i+ a olítica econmica y monetaria. + El secreto ro6esional y la roiedad intelectual e industrial. C+ a #arantía de la condencialidad o el secreto re%uerido en rocesos de toma de decisin. l+ a roteccin del medio am&iente. (; a alicacin de los límites será *usticada y roorcionada a su o&*eto y nalidad de roteccin y atenderá a las circunstancias del caso concreto, esecialmente a la concurrencia de un inter9s 7&lico o rivado suerior %ue *usti%ue el acceso.
Si a soicitud se re!iere a in!or%ación "ue no o:re en poder de suBeto a "ue se dirige ste a re%itir$ a co%petente si o conociera e in!or%ar$ de esta circunstancia a soicitante1
"uando la solici4ud no iden4i58ue de forma su5cien4e la información2 se pedir6 al solici4an4e 8ue la concre4e en un pla?o de 9) d*as2 con indicación de 8ue2 en caso de no @acerlo2 se le 4endr6 por desis4ido2 as* como de la suspensión del pla?o para dic4ar resolución;
Art1 RESO%-ER: 9 mes &liale o 4ro mes m6s+ 5+1*P%A,O PARA RESO%-ER:
ESTIMADA
Art1 *91*
Ar4*culo 9<; %*mi4es al derec@o de acceso; 9; El dereco de acceso odrá ser limitado cuando acceder a la
Art-c*4o #@: Ca*%a% &e i'a&/i%i1': #: Se i'a&/itir<' a tr
Di%0o%ici1' a&icio'a4 c*arta: Rec4a/aci1': #: La resolución de la recla0ación !revista en el art:culo $% corres!onder*' en los su!uestos de resoluciones dictadas !or las Ad0inistraciones de las Co/*'i&a&e% A*t1'o/a% . %* %ector 094ico+ . 0or 4a% E'ti&a&e% Loca4e% co0!rendidas en su *06ito territorial' al ór/ano inde!endiente 5ue deter0inen las 2o0unidades Autóno0as. No o6stante lo dis!uesto en el !*rra+o anterior' contra las resoluciones dictadas !or las Asa06leas Le/islativas 1 las instituciones an*lo/as al 2onse3o de Estado' 2onse3o Econó0ico 1 Social' Tri6unal de 2uentas 1 De+ensor del Pue6lo en el caso de esas 0is0as recla0aciones sólo ca6r* la inter!osición de recurso contenciosoB ad0inistrativo. 2: Las 2o0unidades Autóno0as !odr*n atri6uir la co0!etencia !ara la resolución de la recla0ación !revista en el art:culo $% al 2onse3o de Trans!arencia 1 Cuen Go6ierno. A tal e+ecto' de6er*n cele6rar el corres!ondiente convenio con la Ad0inistración General del Estado' en el 5ue se esti!ulen las condiciones en 5ue la 2o0unidad su+ra/ar* los /astos derivados de esta asunción de co0!etencias. $: Las Ci*&a&e% co' E%tat*to &e A*to'o/-a !odr*n desi/nar sus !ro!ios ór/anos inde!endientes o 6ien atri6uir la co0!etencia al 2onse3o de Trans!arencia 1 Cuen Go6ierno' cele6rando al e+ecto un 2onvenio en los t4r0inos !revistos en el a!artado anterior. LE ORGHNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS: Art: :2:7 Sólo con el consenti0iento e!reso 1 !or escrito del a+ectado !odr*n ser o63eto de trata0iento los datos de car*cter !ersonal 5ue revelen la ideolo/:a' a+iliación sindical' reli/ión 1 creencias. Se ece!tan los +ic@eros 0antenidos !or los !artidos !ol:ticos' sindicatos' i/lesias' con+esiones o co0unidades reli/iosas 1 asociaciones' +undaciones 1 otras entidades sin *ni0o de lucro' cu1a +inalidad sea !ol:tica' +ilosó+ica' reli/iosa o sindical' en cuanto a los datos relativos a sus asociados o 0ie06ros' sin !er3uicio de 5ue la cesión de dic@os datos !recisar* sie0!re el !revio consenti0iento del a+ectado.
LEY 19/201 DE TRANSPAREN