UNIVERSIDAD SAN PEDRO FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS PROGRAMA DE CONTABILIDAD
CURSO AUDITORIA TRIBUTARIA
TEMA CASOS PRACTICOS AUDITORIA TRIBUTARIA
DOCENTE DR.C.P.C QUIROZ CASTILLO ALBERTO YONY
CICLO X
INTEGRANTES VALENTIN ROSAS CARLIN JONER MILLA ROJAS KATTY MARILUZ TORRES CADILLO JULEYSI CAROL
HUARAZ – ANCASH ANCASH – PERÚ PERÚ 2018
AUDITORIA TRIBUTARIA Determine el reparo tributario si se sabe que las ventas netas anuales 2017, son de 9,786, el costo de ventas representa el 60% de las ventas, los gastos de administrativos el 20% de las ventas y los gastos de ventas es el 8% del costo de ventas, según corresponda, todo gasto se declara 12 días después del mes de devengo, tiene pagos a cuenta realizados por ventas declaradas según porcentaje aplicado, pagos por ITAN 15,360, pagos por ITF la suma de 10,985.00. Fecha de presentación del balance fue el 25 de marzo 2018 Actualización de deuda a 18 de mayo 2018.
ESTADO DE RESULTADO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017 9,789,398 VENTAS BRUTAS Descuentos, rebajas y bonificaciones concedidos
0.00 9,789,398 5,871,839 3,917,559
VENTAS NETAS COSTO DE VENTAS UTILIDAD BRUTA GASTOS DE OPERACIÓN Gastos de ventas Gastos de administración
(782,912) (1,957,280)
UTILIDAD DE OPERACIÓN Gastos financieros Ingresos financieros gravados ingresos financieros inafectas ingresos no gravados otros ingresos de gestión
UTILIDAD ANTES DE PARTICIPACIONES E IMPUESTO Participación de utilidades impuesto a la renta
UTILIDAD DEL EJERCICIO
-2,740,192
1,177,367
0 0 0 0 1,177,367 864,058 313,309
CONCEPTO 01
ADICION S/.
DIFERENCIA S/.
7,031
PERMANENTE
Gastos destinados a prestar servicios de salud de cualquier servidor. Durante el ejercicio 2017 ha enviado a sus trabajadores y a sus padres a exámenes médicos a la clínica - “Santa Iris”, el total de gastos por dichos exámenes fue de S/ 25,970. Sin embargo, se ha determinado que no hay ningún convenio para que la empresa asuma los gastos de salud de los padres de los trabajadores, en el detalle del comprobante de pago emitido por la clínica se observa que el costo de los exámenes médicos de los trabajadores asciende a S/18,939.
Concepto Total, de gastos por exámenes médicos en clínica “Santa IRIS” Total, de gastos por exámenes médicos de los trabajadores
S/ 25,970 (18,939)
Adición por gastos en salud de los padres de los 7,031 trabajadores Base legal: (I nciso ll) del artículo 37° de la Ley e inciso k) del artículo 21° del Reglamento). 02
Gastos de representación Se registraron en la contabilidad gastos de representación por el importe de S/302,450. Sustentados con facturas en el mes de agosto 2017. A) Ingresos brutos (*) del ejercicio (ventas netas menos devoluciones, descuentos concedidos) B) Gastos de representación contabilizados. C) Límite máximo deducible (1): S/ 162,000 (40 UIT: 40 x S/ 4,050) Monto no deducible (B - C)
9,786,398 302,450 (162,000)
140,450
(1) No se ha considerado el límite del 0.5% de los ingresos brutos (*) S/9786,398 (0.5% de S/ 9,786,398) debido a que este monto es mayor al límite de S/. 162,000 (40 UIT: 40 x S/ 4,050 ).
PERMANENTE
Base legal: Inciso q) del artículo 37° de la Ley e inciso m) del artículo21° del Reglamento - RTF 099-1-2005 (*) De acuerdo al inciso m) del Artículo 21 del Reglamento, se considerará los ingresos brutos menos las devoluciones, bonificaciones, descuentos y demás conceptos de naturaleza similar que respondan a la costumbre de la plaza.
El IGV por el exceso de gastos de representación al ser considerado r etiros de bienes, la empresa debe de reparar el IGV: 140,450 x 18% = 25,281.00
25,281.00
Base legal: Ar tículo 16 de la Ley del I GV - DS. N ° 055-99-E F y modificatori as - inciso k) del artículo 44 de la Ley 03
Gastos por premios En el mes de julio la empresa realizó un sorteo entre sus clientes de 2 Tv de 40 LED, siendo el costo de S/ 4,200 Mas IGV. El sorteo se realizó presencia de un notario público y la empresa cumplió con el pago del IGV por el retiro de bienes. Con motivos de fiestas patrias. • Importe de las 2 TV DE 40” LED (S/ 4,956 x 2) • Importe del IGV pagado por la empresa
= =
S/ 9,912 S/ 1,512
Base legal: I nciso u) del artículo 37° de la Ley e inciso k) del artículo 44° de la Ley. Permanente
S/ 11,424
PERMANENTE
04
Gastos ajenos al negocio Permanente Se han contabilizado los siguientes gastos incluidos el IGV, ajenos al giro del negocio: - Gastos de viaje de los familiares del Gerente General que no prestan servicios en la empresa. S/37 890 + IGV en el mes de diciembre. - Compra de alimentos en supermercados para la casa del gerente de la empresa. Por S/ 12,420 en el mes de agosto. - servicios de vigilancia prestados en los domicilios del gerente general por 74,030.00 S/ 16,900.00 con recibo por honorarios cancelada en el mes de noviembre. PERMANENTE
74,030.00 Más el 4.1% S/3,035.00
3,035.00
Base legal: Inciso a) del artículo 44° de la Ley . De acuerdo a lo establecido en el inciso g) del artículo 24-A de la LIR estos gastos se consideran dividendos presuntos debiendo retener el 4.1% importe que ha sido cancelado por la empresa, por lo que este importe también se debe adicionar.
05
Provisiones no admitidas Se ha registrado una provisión para reconocer la pérdida de valor de existencias, por un monto de S/ 295,700, sin haber efectuado la destrucción correspondiente. 295,700
TEMPORAL
Base legal: I nciso f) del A rtículo 44° de la Ley y tercer párrafo del i nciso c) del Artículo 21° del R eglamento - I nforme N° 290-2003-Sunat/2B0000. 06
Gastos no sustentados con comprobantes de pago
Se ha registrado como sustento de gasto por servicio de afiches con una orden de servicio. S/18,700 incluido IGV en el mes de junio Se ha registrado como sustento del gasto por el mantenimiento de equipos de oficina con el presupuesto técnico N° PT-1090, por un importe de: S/ 9,870.00. incluido IGV en el mes de octubre. Se ha registrado gastos diversos sustentados con notas de venta por 35,970.00 un monto de: S/7,400.00 incluido IGV en el mes de diciembre.
PERMANENTE
Base legal: I nciso j) del Artículo 44º de la Ley e inciso b) del artículo 25° del Reglamento
07
Utilización de una mayor tasa de depreciación. La empresa ha utilizado una tasa de 20% para depreciar una maquina cortadora de fierros, lo cual fue puesto en funcionamiento en septiembre de 2015. Depreciación contabilizada: S/125,900 x 20% x 4 meses 8,393 12 Menos: Depreciación máxima aceptable: S/ 125,900 x 10% x 4 meses (4,197) 4,196.00 12
Base Legal: I nciso f) del Artículo 37°, Artículos 40° y 41° de la Ley y Ar tículo 22° del Reglamento.
TEMPORAL
08
Intereses entre empresas vinculadas En mayo de 2017 la empresa ha recibido un préstamo de S/ 11, 500,000 de su empresa vinculada habiendo pactado un interés del 8% anual. La empresa ha contabilizado por concepto de gastos financieros el importe de S/ 613,333. El patrimonio neto de la empresa del ejercicio anterior, asciende a S/ 3, 500,000 y el capital social es de S/ 1,500,000. • Patrimonio neto del ejercicio anterior x 3 = S/. 3, 500,000 x 3 = S/. 10, 500,000 (el monto que se toma a efectos de establecer el límite es el patrimonio neto y no el monto del capital) • Intereses del monto máximo de endeudamiento S/. ((10, 5 00,000 x 8%)/12) x 8 = S/. 560,000 (gasto deducible) • Intereses del préstamo pagado a la empresa vinculada. S/. ((11, 500,000 x 8%)/12) x 8 = S/. 613,333
Con estos datos se determina el monto del interés no deducible por exceder el monto máximo de endeudamiento: Gastos por pago de intereses cancelados a la empresa vinculada S/ 613,333 Gastos por intereses de préstamo a empresa vinculada aceptados S/ (560,000) Tributariamente.
Base Legal: I nciso a) del Artículo 37° de la Ley e inciso a) del Artículo 21° del R eglamento. 09
53,333.00
PERMANENTE
Gastos por viáticos en el exterior El gerente de ventas viajó a la ciudad de Nueva York (EE. UU) para ampliar la cartera de clientes y permaneció 4 días, del 22 al 25 de septiembre del 2017. Se registraron gastos de alimentación por S/ 10,270 y movilidad por S/ 6,935 sustentados sólo con los respectivos comprobantes de pago emitidos en el exterior de conformidad con las disposiciones legales de EE.UU. Límite por día: Día 22.09.2017: U.S.$ 880 x T/C 3.250 Día 23.09.2017: U.S.$ 880 x T/C 3.248 Día 24.09.2017: U.S.$ 880 x T/C 3.248 Día 25.09.2017: U.S.$ 880 x T/C 3.248 (B) Gastos contabilizados según comprobantes de pago (S/ 10,270 + S/ 6,935) Monto no deducible (B - A)
S/ 2,860.00 2,858.24 2,858.24 2,858.24 (A) 11,434.72 17,205.00 5,770.28
5,770
PERMANENTE
18,000
PERMANENTE
Base legal: I nciso r) del artículo 37° de la Ley, inciso n) del artículo 21° del Reglamento, y Decreto Supremo N° 007-2013-E F .
10
La empresa recibió en el mes de febrero 2017 de forma gratuita de parte del Sr Carlos Ríos un software para control de inventarios valorizado en S/ 18 000, lo cual ha sido amortizado en su totalidad dentro del ejercicio más IGV.
Base legal: I nciso g) del Artículo 44° de la Ley e inciso a) del Artículo 25° del R eglamento.
11
La empresa efectuó donaciones a los siguientes beneficiarios incluidos IGV. Beneficencia pública de Huaraz Sport Ancash Futbol Club Comité de Festejos Del carnaval Huaracino Albergue Señor De la soledad Todos ellos en el mes diciembre. -
-
-
-
S/.120 000.00 S/.40 000.00 S/.60 000.00 S/.30 000.00
La Beneficencia pública de Huaraz, Comité de Festejos Del carnaval Huaracino, Albergue Señor De la soledad supondremos que están inscritas como entidad perceptora de donaciones ser una Asociación Sin Fines de Lucro.
Respecto a la donación realizada al club Sport Ancash Futbol Club se 40 000.00 considera como un acto de liberalidad, motivo por el cual no se acepta como gasto el importe de la donación y se adiciona vía DD.JJ. (S/ 40 000.00)
PERMANENTE
Base legal: E l li teral x) del artículo 37º de la Ley del I mpuesto a la Renta
714,220
TOTAL ADICION 2. DEDUCCION
CONCEPTO 01
DEDUCCION DIFERENCIA S/ S/
DONACION Respecto a la donación realizada a la Beneficencia pública de Huaraz, Comité de Festejos Del carnaval Huaracino, Albergue Señor De la soledad ser una Asociaciones Sin Fines de Lucro e inscrita en el registro de entidades perceptoras de donaciones, el importe de S/ 210,000, debe verificarse que no supere el 10% de la Renta Neta de Tercera Categoría, luego de efectuada la compensación de pérdidas a que se refiere el Artículo 50°. 21,000
PERMANENTE
Del importe de donaciones 210,000*10% tendría como gasto sustentable el monto De S/ 21 000.00. 02
La empresa ha deducido como gastos efectuados por concepto obras contra impuestos por la suma de S/ 300 000.00 La empresa accedió a lo establecido en el Art. 2 de la Ley 29230 (Obras por Impuestos), por lo que le entregaron un CIPRL (Certificado Inversión Pública Regional Y Local - Tesoro Público) por el importe de S/ 300,000 el cual lo puede utilizar para el pago de regularización del impuesto a la renta. Total ingresos financieros inafectos (Intereses por Bonos del Tesoro) 300,000
Base legal: inc. h) del 2° párrafo del Art.18 de la ley Base Legal: Art. 7° N umeral 7.2 de la Ley N° 29230 - Ar ticulo 93° numeral 93.2 del D.S.N° 036-2017-E F
TOTAL DEDUCCION
321,000
PERMANENTE
DETALLE DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO TEMPORAL A LOS ACTIVOS NETOS ITAN Ejercicio gravable 2017 MES DE PAGO DEL IMPUESTO
SE APLICA CONTRA EL PAGO IMPUESTO IMPUESTO A CUENTA DEL IMPUESTO A RESULTANTE PAGADO LA RENTA S/. S/.
ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE
desde marzo a diciembre desde abril a diciembre desde mayo a diciembre desde junio a diciembre desde julio a diciembre desde agosto a diciembre desde setiembre a diciembre desde octubre a diciembre nombiembre y diciembre
TOTALES
BASE
DETERMINACION DE LA TASA DE DEL ITAN TASA BASE
HASTA 1,000,000 EXCESO DE 1,000,000
0.0% 0.4
TOTAL
NUEVE CUOTAS
DECLARACION Y PAGO 15,360/9
1,707 1,707 1,707 1,707 1,707 1,707 1,707 1,707 1,707
1,707 1,707 1,707 1,707 1,707 1,707 1,707 1,707 1,707
15,360
15,360
ITAN
1,000,000 1 15360
15,360 15,360
1707
DETERMINACION DE LA RENTA IMPONIBLE Y LIQUIDACION DEL IMPUESTO A LA RENTA Utilidad antes de participaciones e impuesto (+)más adiciones (-) menos deducciones
RENTA NETA (-) Participaciones de utilidades de los trabajadores (8%)
RENTA NETA IMPONIBLE
1,177,367 714,220 321,000 1,570,587 864,058
706,529
LIQUIDACION DEL IMPUESTO A LA RENTA Impuesto resultante 29.5% (-) pagos a cuenta
SALDO A FAVOR O POR REGULARIZAR
706,529
208,426 124,403
84,023
DETALLE DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IR ejercicio gravable 2017 PERIODO MES DE IMPUESTO PAGOS IMPUESTO TRIBUTARIO PAGO RESULTANTE ITAN PAGADO ENERO FEBRERO FEBRERO MARZO MARZO ABRIL ABRIL MAYO MAYO JUNIO JUNIO JULIO JULIO AGOSTO AGOSTO SETIEMBRE SETIEMBRE OCTUBRE OCTUBRE NOVIEMBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE DICIEMBRE ene-18 TOTALES
10,367 10,367 10,367 10,367 10,367 10,367 10,367 10,367 10,367 10,367 10,367 10,367 124,404
1,707 1,707 1,707 1,707 1,707 1,707 1,707 1,707 1,707 15,360
10,367 10,367 8,660 8,660 8,660 8,660 8,660 8,660 8,660 8,660 8,660 10,367 109,041