Auditoría Audito ría Tributar ributaria ia Puntos Críticos
Datos generales •
•
•
Razón social: Compañía de Minas Buenaventura es una sociedad anónima abierta peruana que fue constituida en 1953 en la ciudad de Lima. Las acciones de Buenaventura son neociadas en las Bolsas de !alores de Lima " de #ueva $or% a trav&s de títulos representativos de acciones denominados 'merican (epositar" )eceipts *'()+s,- los cuales representan acciones de la Compañía depositadas en el Ban% of #e $or%. /l domicilio leal de la Compañía se encuentra ubicado en Calle Las Beonias #0 15- 2an sidro- Lima- 4er. 4er. Actividad económica: La Compañía " sus subsidiarias- por cuenta propia "6o asociada con terceros- se dedica principalmente a la e7ploracióne7tracción- concentración- fundición " comerciali8ación de minerales polimetlicos " metales. 4or lo cual se se le asina el C:; <=>9 ? /7tracción de otros minerales metalíferos no ferrosos. Unidades mineras: /l @rupo tiene directamente cinco unidades mineras ubicadas en el 4er- en producción *:cAuccAacua- rcopampa- ulcaniMalla" " Breapampa,- cuatro unidades mineras descontinuadas *4oracota)ecuperada- 'ntapite " 2Aila?4aula,- " dos unidades mineras en etapa de desarrollo *Damboma"o " 2an @abriel- la ltima recientemente adquirida a
CONCESONES !NERAS Es el conjunto de Derechos y Obligaciones que otorga el Estado (materializado en un título) y que confere a una persona natural, jurídica o al propio Estado, la acultad para desarrollar las acti!idades de d e e"ploraci#n y e"plotaci#n del $rea o terreno solicitado%
Concesiones mineras AS"ECTO CONTA#$E
•
•
•
Las concesiones mineras se presentan al costo. 2e amorti8an siuiendo el m&todo de unidades de producción- usando como base las reservas probadas " probables. /n caso el @rupo abandone dicAas concesiones- los costos asociados son castiados en el estado consolidado de resultados.
•
AS"ECTO /l valor de TR#UTARO adquisición de las %ART& '() TUOse DE $A $*!+ concesionesamorti8ar a partir del eFercicio en que de acuerdo a le" corresponda cumplir con la obliación de producción mínima- en un pla8o que el titular de actividad minera determinar en ese momento- en base a la vida probable del depósito- calculada tomando en cuenta las reservas probadas " probables " la producción mínima obliatoria de acuerdo a le". /l pla8o así establecido deber ser puesto en conocimiento de la 'dministración Dributaria al presentar la (eclaración urada 'nual del mpuesto a la )enta correspondiente al eFercicio en
Concesiones !ineras AS"ECTO CONTA#$E
•
/l costo inclu"e el valor ra8onable atribuible a las reservas minerales " a la porción de los recursos minerales que probablemente sern e7traídos de manera económica a la fecAa de una adquisición de neocios.
AS"ECTO TR#UTARO %ART& '() TUO DE $*!+
•
/l valor de adquisición de las concesiones incluir el precio paado- o los astos de petitorio- sen el caso. ualmente- incluir lo invertido en prospección " e7ploración Aasta la fecAa en que de acuerdo a le" corresponda cumplir con la producción mínima- salvo que se opte por deducir lo astado en prospección "6o e7ploración en el eFercicio en que se incurra en dicAos astos.
Concesiones mineras AS"ECTO CONTA#$E
•
' Hn de cada año- el @rupo evala por cada unidad minera si e7iste aln indicio de que el valor de sus concesiones mineras se Aa deteriorado. 2i e7iste tal indicio- el @rupo Aace un estimado del importe recuperable del activo.
•
AS"ECTO TR#UTARO %ART& TUO DE Cuando por'() cualquier ra8ón la concesión $*!+ minera fuere
abandonada o declarada caduca antes de cumplir con la producción mínima obliatoriasu valor de adquisición se amorti8ar ínteramente en el eFercicio en que ello ocurra. /n el caso de aotarse las reservas económicas e7plotables- Aacerse suelta o declararse caduca la concesión antes de amorti8ase totalmente su valor de adquisiciónI podr- a opción del contribu"ente- amorti8arse de inmediato el saldo- o continuar amorti8ndose anualmente Aasta e7tinuir su costo dentro del pla8o oriinalmente establecido
Concesiones mineras
&on t'rminos, que reejan las normas de aceptaci#n !oluntaria por las dos partes compradora y !endedora , acerca de las condiciones de entrega de las mercaderías y*o productos
NCOTER!S
NCOTER!S #CD/)M2 /n los contratos de compra venta de commodities- las partes involucradas acuerdan las condiciones de entrea de los productos- para lo cual suelen utili8ar como referencia a los ncoterms- tales como CE o EB. •
•
C,: /l vendedor de la mercancía asume el costo de Jete " seuro para llevar la mercancía al puerto de destino convenido. ,O#: /l comprador de la mercancía es quien asume el costo del Jete " seuro reali8ndose la entrea cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido- de este modo se transHere tra nsHere el rieso de p&rdida.
NCOTER!S •
C$-USU$A RO$$#AC.: 4ermite que el comprador reciba el mineral en condiciones EB en luar de las que en un principio fueron coordinadas coordinadas *condiciones CE,- pudiendo el vendedor deducir el valor del precio en el volumen de los conceptos que oriinalmente estaban a su caro " que aAora son solventados por el comprador.
•
Las empresas mineras lueo de Aaber reistrado el inreso por la venta de los concentrados como si se Aubieran devenado en t&rminos CE- posteriormente realizan un a/uste para llear al verdadero valor de venta de la operación en t&rminos EBque por lo eneral se Aace por la vía de reconocer el asto por Jetes " seuros.
NCOTER!S
RT, N0 12'(3435662 •
K la e7istencia de una obliación de carcter contractualen virtud a la cual se establece la opción a favor del comprador de adquirir los bienes materia de la compraventa internacional baFo condiciones CE- " alternativamente de acuerdo a la modalidad EB- pactndose que en este ltimo caso se proceder al aFuste correspondiente en el precio Hnal del concentrado- el cual dentro de este conte7to es el llamado mecanismo del )ollbac%NK.
ASSTENCA T7CNCA
Asistencia T=cnica Tratamiento tributario •
•
/l te7to del artículo 20 literal i+ de la $e8 del m9uesto a la Renta establece que se consideran rentas de fuente peruana a las obtenidas por asistencia t&cnica- cuando &sta se utilice económicamente en el 9aís&
/l literal c+ del artículo (3A del Reglamento de la $e8 del m9uesto a la Renta: asistencia t&cnica O todo servicio prestado independiente- sea suministrado desde el e7terior o en el país- en el cual el prestador se com9romete a utilizar sus abilidades- mediante la aplicación de ciertos procedimientos- artes o t&cnicas- con el ob/eto de 9ro9orcionar conocimientos es9ecializados; no 9atentables;
Asistencia T=cnica
•
'rea que la asistencia t&cnica se utiliza económicamente en el 9aís - cuando ocurre cualquiera de los siuientes supuestos;
1. 2irve para el desarrollo de las actividades o cum9limiento de sus >nes; de 9ersonas domiciliadas en el 9aís *así tales personas eneren inresos ravados o no,. 2e presume que un contribu"ente perceptor de rentas de tercera cateoría que considera como gasto o costo la contraprestación por la asistencia t&cnica utili8a económicamente el servicio en el país. 2e debe cumplir con el 9rinci9io de causalidad •
•
er 9?rra@o del artículo 4') de la $R
Asistencia T=cnica
>. 2irve para el desarrollo de las @unciones de cual
/n el mismo artículo vemos en prrafos posteriores que se menciona que en cualquier caso (entendido como ‘solo’ o ‘únicamente comprende’ sen la respuesta de 2:#'D a /22'L:( a trav&s del Hcio #P 5><<=?2:#'D6><<<<<- de fecAa 1Q de octubre de ><<=,- la asistencia t&cnica comprende los 3 siuientes servicios B& Servicios de ingeniería: La eFecución " supervisión del montaFeinstalación " puesta en marcAa de las mquinas- equipos " plantas productorasI la calibracióninspección- reparación " mantenimiento de las mquinas- equiposI " la reali8ación de pruebas " ensa"osinclu"endo control de calidad- estudios de factibilidad " pro"ectos -.
-.
-.
-.
5& nvestigación 8 desarrollo de 9ro8ectos: La elaboración " eFecución de -
-
-
-
la investiación " e7perimentos de laboratoriosI los servicios de e9lotación " la planiHcación o proramación t&cnica de unidades productoras.
4& Asesoría 8 consultoría >nanciera: 'sesoría en valoración de entidades Hnancieras " bancarias " en la elaboración de planesproramas " promoción a nivel internacional de venta de las mismasI -
-
asistencia para la distribucióncolocación " venta de valores emitidos por
Asistencia T=cnica
4odemos observar que se reali8a lo mencionado en el punto 1 *servicios de ineniería, en; Nota 5& #ases de 9re9aración; consolidación 8 9resentación 8 cambios en las 9olíticas contables >.. )esumen de políticas contables siniHcativas S *, *, 4ropiedad- planta " equipo ? *, 'simismo- cuando se lleva a cabo una ins9ección ma"or? su costo se reconoce en el valor en libros de la planta " equipo como un reem9lazo si se cumplen con los criterios de reconocimiento. ? Dodos los dems costos rutinarios de mantenimiento 8 re9aración se reconocen en resultados sen se incurren.
Asistencia T=cnica
TTTLos pequeños componentes que Aaan parte del mantenimiento reular de las 4ropiedades- 4lanta " /quipo se reconocen como gasto en virtud del
9?rra@o B5 de
la NC B TTTmientras que los repuestos- Aerramientas " equiposinclu"endo los que se adquieren para prevenir continencias- se reconocen como inventarios mientras se encuentren en bodeas o sin instalar " TTTsolo se reconocen como 9ro9iedades; 9lanta 8 e
Asistencia T=cnica Los servicios de ingeniería son considerados por la le" peruana como una actividad de asistencia t&cnica- estando la retribución asociada a ellos suFeta a una retención de 15U. (icAa retención se aplica sobre el inreso bruto obtenido por el contratista no residente- no admiti&ndose deducciones por astos u otros. Vuien deber retener el impuesto " abonarlo al Hsco peruano ser el cliente domiciliado en el país que reistre como asto " paue la factura por asistencia t&cnica. /l usuario local deber obtener " presentar a la 2:#'D un in@orme de una sociedad de auditoría- en el que se certi>
Asistencia T=cnica /l informe a que se reHere lo anteriormente mencionado deber ser emitido por; i, :na sociedad de auditoría domiciliada en el país que al momento de emitir dicAo informe cuente con su inscri9ción vigente en el )eistro de 2ociedades de 'uditoría en un Coleio de Contadores 4blicosI oii, Las dems sociedades de auditoríafacultadas a desempeñar tales funciones con@orme a las dis9osiciones del 9aís donde se encuentren
N,OR!E N) 65B3566F3 SUNAT5#6666 /n la medida que el servicio prestado por un no domiciliado consistente en la reali8ación de
9ruebas 8 ensa8os de laboratorio 9ara determinar la 9ureza de los minerales *lo cual se efecta ínteramente en el e7terior,implique que se efecten pruebas " ensa"osinclu"endo el control de calidadI el indicado servicio conHuraría uno de asistencia t&cnica- pues el mismo constituiría un Wservicio de inenieríaW en los t&rminos descritos por el inciso c, del artículo 0?' del )elamento de la Le" del ).
Nota 5B& Costo de ventas; sin considerar de9reciación 8 amortización
Nota 55& E9loración en unidades en o9eración
Nota 5(& *astos de administración
Nota 5F& E9loración en ?reas no o9erativas
4odemos observar que se reali8a lo mencionado en el punto > *nvestiación " desarrollo de pro"ectos, en;
B& denti>cación 8 actividad económica *e, peraciones descontinuadas /l @rupo Aa anunciado pblicamente su decisión de vender las cuatro unidades mineras 9aralizadas mencionadas en la nota 1*b,I en consecuencia- las mismas Aan sido clasiHcadas como unidades mineras mantenidas para la venta. (e acuerdo con lo establecido por la N, F GActivos no Corrientes !antenidos 9ara la Henta 8 O9eraciones DescontinuadasI; los activos 8 los 9asivos relacionados se 9resentan en el estado consolidado de situación >nanciera al costo o al valor razonable menos los costos de venta; el menor. Los activos " pasivos de estas cuatro unidades mineras mantenidas para la venta al 31 de diciembre de ><1- se presentan a continuación;
Nota 5& #ases de 9re9aración; consolidación 8 9resentación 8 cambios en las 9olíticas contables >.. )esumen de políticas contables siniHcativas ? *F, Costos de e7ploración " desarrollo de mina S *, Costos de desarrollo –
Cuando la @erencia del @rupo aprueba la viabilidad del estudio conceptual de un pro"ecto- los costos incurridos para desarrollar dicAa propiedad- inclu"endo los costos adicionales para delinear el cuerpo del mineral " remover las impure8as que contiene- son ca9italizados como costos de desarrollo *dentro del rubro de concesiones mineras- costos de desarrollo " propiedad- planta " equipo- neto,. /stos costos se amortizan al momento de iniciar la producciónsiuiendo el m&todo de unidades de producción usando como base las reservas probadas " probables. Las actividades de desarrollo inclu"en; /studios de ingeniería " metalricos. 4erforaciones " otros costos necesarios para delinear un cuerpo de mineral. )emoción del desbroce inicial relacionado a un cuerpo de mineral. -
-
*%, Costos de remoción de desmonte *costos de desbroce, ? el @rupo incurre en costos de desbroce durante las etapas de desarrollo " producción. Los costos de desbroce incurridos en la etapa de desarrollo de una mina- antes de que comience la etapa de producción (desbroce de desarrollo)- son ca9italizados como costos de desarrollo 8 son 9osteriormente de9reciados teniendo en cuenta la vida til de la mina usando el m&todo de unidades de producción. $a ca9italización de los costos de desbroce de desarrollo cesa cuando la mina inicia 9roducción&
Nota 4& Juicios; estimados 8 su9uestos contables signi>cativos 4&B& Juicios *b, EecAa de inicio de la etapa de desarrollo S /l @rupo continuamente evala la situación de cada uno de los pro"ectos de e9loración en sus unidades mineras con el propósito de determinar la fecAa efectiva en la que se iniciar la etapa de desarrollo. :no de los criterios ms relevantes que es utili8ado por la @erencia para evaluar la fecAa de inicio de la etapa de desarrollo es cuando el @rupo determina que la propiedad puede ser económicamente desarrollada. *, Cuando un pro"ecto de desarrollo 6 construcción de una mina 9asa a la eta9a de 9roducción: cesa la ca9italización de ciertos costos de desarrollo 8 construcción- " dicos costos 9asan a @ormar 9arte del costo de 9roducción de los inventarios o se registran como gastos ece9to en el caso de acan 9ara su
Tratamiento Contable NC 2 3 Costos de investigación 8 desarrollo 4rrafo 1X. Los costos de desarrollo de un pro"ecto deben ser reconocidos como gastos del periodo en el que se incurren- a menos que se cumplan las condiciones- para su reconocimiento como activos- que se identiHcan en lo siuiente; 4rrafo 1=. Los costos de desarrollo inicialmente reconocidos como astos de un eFercicio- no deben reconocerse como activos en ninn periodo posterior. Los costos de desarrollo de un pro"ecto deben ser reconocidos como activos cuando cumplen todas " cada una de las siuientes condiciones; a, el producto o proceso est claramente deHnido- " el costo atribuible al mismo puede ser identiHcado por separado " medido con HabilidadI b, puede ser demostrada la viabilidad t&cnica del producto o procesoI c, la empresa tiene intención de producir " comerciali8ar- o utili8ar- el producto o procesoI d, puede ser demostrada la e7istencia de un mercado para el producto o proceso- o bien su utilidad en la producción- en caso de que va"a a ser usado internamente " no comerciali8ado- " e, e7isten los medios adecuados- o bien est aranti8ada su disponibilidad-
$KHACON
$iiviación
YVue es li7iviaciónZ •
La li7iviación es un proceso en el cual se e7trae uno o varios solutos de un sólido- mediante la utili8ación de un disolvente liquido. 'mbas fases entran en contacto íntimo " el soluto o los solutos pueden difundirse desde el sólido a la fase líquida- lo que produce una separación de los componentes oriinales del sólido.
$iiviación TRATA!ENTO CONTA#$E •
#C 1X ? 4ropiedades- 4lanta " /quipo
4rrafo 3; /sta #orma NO ser de aplicación a; 1./l inmovili8ado material clasiHcado como mantenido para la venta de acuerdo con la #E 5 'ctivos no corrientes mantenidos para la venta " actividades interrumpidas >.Los activos biolóicos relacionados con la actividad arícola 3./l reconocimiento " valoración de activos para e7ploración " evaluación .Los derecAos mineros " reservas minerales tales como petróleoas natural " recursos no renovables similares
$iiviación RT, 6(B13B3566 LCU-NDO UN #EN CA$,CA CO!O ACTHO ,JOM /l AecAo que se Aa"a concluido que las disposiciones de la #C 1X no eran aplicables a las plataformas de li7iviación- por encontrarse dentro de los conceptos e7cluidos de su alcance- DE NN*UNA !ANERA !"$CA UE NO "UEDAN CA$,CAR CO!O ACTHO ,JO " que a Hn de determinar tal condición resultaba pertinente tener en cuenta lo señalado por el 4lan Contable @eneral )evisado- aprobado por)esolución C#'2/! #P <.<
$iiviación
•
La empresa no debe caliHcar como activo HFo a las Li7iviaciónpues no entra en el concepto eneral de 'ctivo EiFo que contempla la #C 1X- K'ctivo que afecta a resultado[ Dratamientos de po8os de li7iviación sen la 'dministración Dributaria *normas Hscales, el tratamiento Einanciero que no est contemplado en las #ormas nternacionales de Contabilidad.
DE"RECACN DE ACTHOS ,JOS
De9reciación de Activos ,i/os
Com9aPía de !inas #uenaventura S&A&A& #ota >; )esumen de políticas contables siniHcativas S *propiedad- planta " equipo, (epreciación ? M&todo de unidades de producción La depreciación de los activos- directamente relacionados a la operación de la mina- cu"a vida til es ma"or a la de la unidad minera- es calculada utili8ando el m&todo de unidades de producción- el cual est basado en las reservas económicamente económicamen te recuperables de dicAa unidad minera. •
De9reciación de Activos ,i/os De9reciación 3 !=todo de línea recta La depreciación de los activos con una vida económica menor a la vida til de la unidad minera o que se encuentran relacionados relacionados a labores administrativasadministrativas- se calcula siuiendo el m&todo de línea recta en función de la vida til estimada del activo. APos
/diHcios- construcciones " otros
/ntre X " ><
Maquinaria " equipo
/ntre 5 " 1<
:nidades de transporte
5
Muebles " enseres
1<
/quipos de cómputo
De9reciación de Activos ,i/os Tratamiento tributario La )DE #0 351?>?9Q- Aa señalado que la tasa de depreciación debe obedecer a la naturale8a " al uso al cual se destina el activo. /n efecto- la indicada )esolución- reHri&ndose a un contribu"ente que presta servicios a una compañía minera- reconoce que el )elamento de la L)- aprobado por (2 #0 ?/E- establecía en su art. XQ0 que la Maquinaria " /quipo utili8ados por las actividades minera " petrolera- e7cepto mueblesenseres " equipo de oHcina- se depreciarían en 5 años a un ritmo de >< U en función al m&todo de línea recta *porcentaFe de depreciación recoido por el art. >>0 del )elamento de la L) viente como límite,. /n la resolución se aprecia que no se requiere necesariamente tener el iro de aluna de las actividades antes señaladas para aplicar el porcentaFe de depreciación que corresponda a la actividad en la cual se estn usando los bienes eneradores de renta ravada.
De9reciación de un bien ad=39; 4ara el calculo de la depreciación puede reali8arse optando por cualquiera de las dos alternativas ; 1.? La depreciación se efectuara conforme a la Le" del impuesto a la )enta- esto es sen los porcentaFes m7imos establecidos por su )elamento en su ')D. >>P PORCENTAJE ANUAL MÁXIMO #ENES inciso b,. DE DEPRECIACIÓN Ganado de trabajo y reproducción; redes de pesca
>5 U
Vehículos de transporte terrestre (excepto ferrocarriles); hornos en general
>
Maquinaria y equipo utilizados por las actiidades !inera" petrolera y de construcción" excepto !uebles" enseres y equipos de oficina
>
#quipos de procesa!iento de datos
>5U
Maquinaria y equipo adquirido
1
$tros bienes del actio fijo
1
De9reciación de un bien ad.? /7cepcionalmente se permitir efectuar la depreciación a lo laro de los años que dure el contrato de arrendamiento- siempre " cuando se cumplan los siuientes requisitos ; *Le" #P >=39 ? Le" que modiHca la le" del impuesto a la renta " el decreto leislativo #P >99 ? 3< (iciembre del ><<<,. a, 2u obFetivo e7clusivo debe consistir en la cesión en uso de bienes muebles o inmuebles- que cumplan con el requisito de ser considerados costo o asto para efectos de la Le" del mpuesto a la )enta. b, /l arrendamiento debe utili8ar los bienes arrendados e7clusivamente en el desarrollo de su actividad empresarial. c, 2u duración mínima Aa de ser de dos *>, o de cinco *5, añossen tenan por obFeto bienes muebles o inmuebles- respectivamente. *4uede ser variado por (ecreto 2upremo,. d, La opción de compra solo podr ser eFercitada al termino del contrato.
De9reciación de un bien ad
Tratamiento contable #C 1X- la cual dispone que para efectos de tal distribución la empresa deba seleccionar un m&todo de depreciación que reJeFe el patrón con arrelo al cual espera consumir los beneHcios económicos futuros del activo. 'l respecto- pueden utili8arse diversos m&todos de depreciación- mencionndose tres *3, en el prrafo X> de la #C; !=todo de de9reciación $ineal: (ar luar a un caro constante a lo laro de la vida til del activo- siempre que su valor residual no cambie. De9reciación decreciente: (ar luar a un caro que ir disminu"endo a lo laro de su vida til De las unidades de 9roducción: (ar luar a un caro basado en la utili8ación o producción esperada Cualquiera sea el m&todo escoido por la empresa- &ste debe aplicarse uniformemente en todos los periodos- a menos que se Aa"a producido un cambio en el patrón esperado de consumo de dicAos beneHcios económicos futuros. /s importante señalar- que de producirse dicAo cambio la empresa deber reconocer el efecto del cambio en el periodo en que se produce &ste " en periodos futuros. 'simismo- el monto por depreciación de cada periodo se reconocer en el resultado •
Una partida de propiedad, planta y equipo es retirada al momento de su disposición o cuando no se espera benefcios económicos de su uso o disposición posterior Cualquier !anancia o p"rdida que sur#a al momento del retiro del acti$o f#o es incluida en el estado separado de resultados en el a%o en que se retira el acti$o
B'' (/ 'CD!2 E2
#a/a de Activos ,i/os NC B: "ro9iedades "lanta 8 E
'vance de la Decnoloía (iHcultad de encontrar repuestos " accesorios vinculados a el
#a/a de Activos ,i/os NC B: "ro9iedades "lanta 8 E
Henta de "ro9iedad o E?1< por el valor de 26.><-<<<.<< mas @!I con fecAa 31?11 la empresa decide vender dicAo activo por el valor de 26.5-<<.<< mas @! YCul es el efecto contable si la depreciación acumulada del Dractor es de 26.5-<<
Registro Contable
X5 D)2 @'2D2 (/ @/2D\# Costo #eto de enaFenación X5 de activos 1<-<<<. 5 << 39 (/4)/C'C#'M)DG'C\# $ '@D'M/#D 'C:M:L'(2 (epreciación acumulada 39 5-<<<.< 1 < 33 #M:/BL/2 M'V:#')'2 $ /V:4
1X C:/#D'2 4) CB)') (!/)2'2?D/)C/)2 !enta de activo 1X inmovili8ado 5 < D)B:D2C#D)'4)/2D'C#/2 $ '4)D/2 'L 22D/M' (/ 4/#2#/2 mpuesto @eneral a las < !entas 1 =5 D)2 #@)/22 (/ @/2D#
X-3=>.< <
9=>.<<
Henta de "ro9iedad o E0 de la Le" del mpuesto a la )enta; K/n los casos de ventas- aportes de bienes " dems transferencias de propiedad- de prestación de servicios " cualquier otro tipo de transacción a cualquier título- el valor asinado a los bienes- servicios " dems prestaciones- para efectos del mpuesto- SERA E$ DE !ERCADO . 2i el valor asinado diHere al de mercado- sea por sobrevaluación o subvaluación - la 2uperintendencia #acional de 'dministración Dributaria ? 2:#'D proceder a aFustarlo tanto para el adquirente como para el transferente. 4ara los bienes de ACTHO ,JO- cuando se trate de bienes respecto de los cuales se realicen transacciones frecuentes en el mercado- ser el que corresponda a dicAas transaccionesI cuando se trate de bienes respecto de los cuales no se realicen transacciones frecuentes en el mercado- ser el valor de TASACON.
Henta de "ro9iedad o E
2en Dasación de 2:#'D- el valor del Dractor es de 26.1>-<<<.<< por lo tanto se dispone a utili8ar la base de la tasación para el mpuesto a la )enta- se procede a una re9aración&
Nueva determinación de la deuda tributaria omitida: RENTA: 1>-<<<.<< S 1<-<<<.<< O >-<<<.<< L*HM: N,OR!E N) 562356643SUNAT5#6666
Henta de "ro9iedad o E
N,OR!E N) 562356643SUNAT5#6666
#ase $egal: ? D: Le" del mpuesto @eneral de !entas ? )elamento de la Le" del mpuesto @eneral de las !entas e mpuesto 2electivo al Consumo. ? D: Le" del mpuesto a la )enta ? )elamento de la L)
'tendiendo a que el @! es un tributo de periodicidad mensual- Yel valor de mercado a que Aace referencia el inciso a, del numeral X del artículo 1<0 del )elamento de la Le" del @!debe ser determinado en forma anual o en forma mensual- conforme a las normas que establece la Le" del mpuesto a la )entaZ 4ara tal efecto- el inciso a, del numeral X del artículo 1<0 del )elamento del @! establece que para la determinación del valor de venta de un bien- de un servicio o contrato de construcción- a que se Aace mención en el prrafo precedente- la 2:#'D lo estimar de oHcio tomando como referencia el
Henta de "ro9iedad o E
/l artículo 550 del TUO de la $e8 del *H señala que; K/n el caso de venta de bienes depreciables destinados a formar parte del activo HFo- antes de transcurrido el pla8o de dos *>, años de Aaber sido puestos en funcionamiento " en un precio menor al de su adquisición- el cr&dito Hscal aplicado en la adquisición de dicAos bienes deber reinterarse en el mes de la venta- en la proporción que corresponda a la diferencia de precio[. Menor a > años )/#D/@) (/L C)](D E2C'L (/ @! !endido a precio menor de adquisición
Henta de "ro9iedad o E<-<<<.<< mas @!I con fecAa 31?11 la empresa decide vender dicAo activo por el valor de 26.Q3-<<<.<< mas @! sen informe de tasación YCul es el efecto contable si ADUSCN RENTE*RO DE la depreciaciónRETROEKCAHADORA3 acumuladaDEla )etroe7cavadora es de 1<-5<<.<
CAR (56 A$ 6B&6(&56B4
B'2/ M4#BL/ 1><-<<<.<<
A$ 4B&B6&56B(
OCTU#RE 56B( %!ES DE HENTA+
Q3-<<<.<<
@!^
>1-X<<.<<
1-9<.<<
DD'L
11-X<<.<<
9=-9<.<<
X-XX<.<<
^+ara calcular el reintegro a que se refere el rtículo --. del Decreto, en caso de e"istir !ariaci#n de la tasa del /mpuesto entre la echa de adquisici#n del bien y la de su !enta, a la dierencia de precios deber$ aplicarse la tasa !igente a la de adquisici#n%
Henta de "ro9iedad o E>0 del (ecreto /l mencionado reintero deber ser deducido del cr&dito Hscal que corresponda al período tributario en que se produce dicAa venta. /n caso que el monto del reintero e7ceda el cr&dito Hscal del referido período- el e7ceso deber ser deducido en los períodos siuientes Aasta aotarlo. La deducción- deber afectar las columnas donde se reistró el mpuesto que ravó la adquisición del bien cu"a venta oriinó el reintero[. Registro Contable X @'2D2 4) D)B:D2 @! e mpuesto 2electivo al X11 Consumo <
9-<<<.< <
D)B:D2- C#D)'4)/2D'C#/2 $ '4)D/2 'L 22D/M' (/ 4/#2#/2 mpuesto @eneral a las !entas
<11
9-<<<.< < '*+ Por el reinte!ro del 123 en
#a/a en Cuentas 9or obsolescencia o @uera de uso de los activos >/os N,OR!E N)65356B63SUNAT5#666 'l respecto- el artículo 30 de la L) prev& que los bienes depreciables- e7cepto inmuebles- que queden obsoletos o @uera de uso- podrn- a opción del contribu"ente- depreciarse anualmente Aasta e7tinuir su costo o darse de baFapor el valor an no depreciado a la fecAa del desuso- debidamente com9robado.
2euir desprecindolo anualmente Aasta la total e7tinción del valor
(ar de baFa al bien por el valor aun no depreciado a la fecAa en que el contribu"ente retire su activo HFo.
'ñade dicAo inciso que el desuso o la obsolescencia debern estar debidamente acreditados " sustentados por in@orme t=cnico dictaminado 9or 9ro@esional com9etente 8 colegiado&
#a/a de activos e@ectuada 9or 9ro@esional com9etente 8 colegiado N,OR!E N) B4356B63SUNAT5#6666 La formulación de los informes t&cnicos que tienen por obFeto revaluaciones voluntarias " baFas de activos para Hnes del mpuesto a la )enta no requiere ser efectuada por un profesional independiente respecto al contribu"ente. 2in perFuicio de ello- en el caso de revaluaciones voluntarias- el informe t&cnico deber ser efectuado por un tasador cualiHcado profesionalmente- " en el caso de ba/as de activo- por un 9ro@esional com9etente 8 colegiado&
RE*$A!ENTO NACONA$ DE TASACONES DE$ "ER %RNT+ 'Aora bien- en lo que respecta a los requisitos que debe poseer el 9erito valuador- resulta de e7plicación lo dispuesto por el artículo 1< del presente relamento- el cual señala que se denomina Wperito valuador al profesional coleiado que en ra8ón de sus estudios superiores " a su e7periencia- esta debidamente ca9acitado 9ara e@ectuar la valuación de un bien . 2e area que esta disposición- en cuanto a la condición de coleiado- no es aplicable en los casos de cam9os de actividad que no son materia de coleiación. Einalmente- cabe añadir que el artículo 1.1< del )#D dispone que el documento que contiene la valuación de un bien constitu"e el in@orme t=cnico de tasación que deber ser >rmado 9or el 9ro@esional res9onsable I " debe constar de tres randes secciones; memoria descri9tiva; valuación 8
Otros casos Otros casos
Henta de Activo >/o totalmente de9reciado /s lo que sucede en la Compañía Buenaventura- varias de sus maquinarias "a no sirven- en consecuencias les dan de baFa depreciando todo en un periodo *#o e7iste la cuenta X55- solo se producir la =55, " lo vende baFo en concepto de KcAatarra[- en este caso se debe tener una tasación de dicAa cAatarra para que sea deducible- adems la anancia que se produce por la venta de cAatarra est rabada con el mpuesto a la )enta " tambi&n con el @!
Destrucción del Activo ,i/o La norma tributaria no da alcance a la destrucción del 'ctivo EiFo- como sí lo Aace en las mercaderíasI sin embaro se recomienda que si se reali8a esta operación debe ser reali8ada iual al procedimiento de los desmedros
*ASTOS DE RES"ONSA#$DAD SOCA$ Son deducibles los *astos de Res9onsabilidad Social siem9re 8 cuando se desembolsaron 9ara !antener la @uente 9roductora de renta; 9rinci9io de Causalidad
*astos de Res9onsabilidad Social Deducción del m9uesto a la Renta a los denominados *astos de Res9onsabilidad Social 4ara que los astos " su correspondiente @! puedan ser deducidos deben cumplirse los requisitos que establecen las normas del mpuesto a la )enta; causalidad- feAaciencia- bancari8ación- valor de mercado- determinación " la acreditación del comprobante de pao. /l incumplimiento de cualquiera de estos requisitos acarrear el desconocimiento de su deducción para efecto del mpuesto a la )enta "- por ende- del cr&dito Hscal.
*astos de Res9onsabilidad Social
@astos de )esponsabilidad 2ocial durante la etapa productiva @astos de )esponsabilidad 2ocial durante la etapa pre? operativa @astos de )esponsabilidad 2ocial efectuados por empresas en marcAa en nuevos pro"ectos
*astos de Res9onsabilidad Social Deducción del m9uesto a la Renta a los denominados *astos de Res9onsabilidad Social $e8 *eneral del Ambiente; artículo '1: KConFunto de acciones orientadas al establecimiento de un adecuado ambiente de trabaFo- así como de relaciones de cooperación " buena vecindad impulsadas por el propio titular de operaciones.[
Juris9rudencia 66(13566(3"3TC: K2er socialmente responsable no siniHca solamente cumplir plenamente las obliaciones Furídicas- sino tambi&n ir ms all del cumplimiento invirtiendo en el entorno local " contribu"endo al desarrollo de las comunidades en que se inserta- sobre todo de las comunidades locales- contribu"endo que en el marco del /stado 2ocial " (emocrtico de (erecAo- de la /conomía 2ocial de
*astos de Res9onsabilidad Social 4rincipio de Causalidad- @astos necesarios para la obtención de renta Los @astos de )esponsabilidad 2ocial eneran beneHcios estrat&icos; BeneHcio Comercial
MeFora la imaen pblica " reputación de la empresa
BeneHcio Leal
MeFora el entendimiento de los requerimientos leales
BeneHcio Einanciero
ncrementa la conHan8a de los accionistas
*astos de Res9onsabilidad Social Los @astos por )esponsabilidad 2ocial son una Aerramienta indispensable para el mantenimiento de la fuente productora de renta; )educen o atenan los conictos sociales e7istentes " la posibilidad de que estos conlleven a la parali8ación de las actividades productivas o a la toma de sus instalaciones /s una Aerramienta indispensable para que un nuevo 9ro8ecto sea viable 2e reali8an en cum9limiento a una e7iencia de rano constitucional- así como lo dispuesto a diversas normas leales $ en la ma"oría de casos son •
Decreto Su9remo 6(5356643E!
•
•
RT, B2453F3566( RT, 16(234356B6
•
*astos de Res9onsabilidad Social Eta9a 9roductiva $a actividad 9roductora de ri
*astos de Res9onsabilidad Social Eta9a 9roductiva Conclusiones del Tribunal ,iscal: 1, Los astos por concepto de )esponsabilidad 2ocial no caliHcan como liberalidades *las )DE+2 vistas anteriormente, >, 2on deducibles al cumplir con el 4rincipio de Causalidad en tanto guardan una relación con el giro del negocio 8 se encuentran vinculados al mantenimiento de la @uente& 4ronunciamiento sobre; Cumplimiento de 4roramas de 4rorama de 4rotección al )esponsabilidad Medio 'mbiente 4roramas de 2ocial Compensaciones " 4lanes de Continencias
*astos de Res9onsabilidad Social Eta9a 9roductiva Los criterios adoptados por el Dribunal Eiscal son ratiHcados por la Corte Su9rema de Justicia mediante las Sentencias de Casación
CASACN 5'(435662: KLos astos de mantenimiento de carreteras por parte de la empresa demandante para efectos de permitir el trnsito normal " seuro Aacia " desde el campamento devienen en astos necesarios " ra8onablemente conveniente para el funcionamiento de la misma- " con ello- permitir obtener los inresos ravados como rentaI actividad que deviene en norma- ra8onable " por tanto en eneral atendimiento de las actividades mineras eneradoras de dicAos inresos como liberalidades al amparo de lo dispuesto por el artículo 0 inciso d, del D: de la Le" del mpuesto a la )enta- al encontrase vinculadas con la actividad eneradora de renta- lo que descarta un animo de liberalidad de la empresa[. SENTENCA EN CASACN 5FF35661; ca la Sentencia de la Sala Civil Transitoria de la Corte Su9rema E9& 663566' KLos astos por mantenimiento de un canal que abastece a una Aidroel&ctrica no son liberalidad pues se debe entender por tal a aquellos actos no
*astos de Res9onsabilidad Social Eta9a 9re3o9erativa •
•
•
Los astos de )esponsabilidad 2ocial son causales cuando tales desembolsos se reali8an en eFercicios en los que no se obtiene renta ravada #o Aa" certe8a si se producir la renta !inculo entre los astos de )esponsabilidad 2ocial con beneHcios futuros e inciertos.
2obre el particular- partimos de la premisa de que para que un asto sea deducible debe tener vinculación con la generación de renta " tambi&n con el mantenimiento de la @uente& Cumplir el principio de Causalidad. 4ara que e7ista el principio de Causalidad- no es necesario
*astos de Res9onsabilidad Social Eta9a 9re3o9erativa
4)#C4 (/ C':2'L('( (/#DEC'(
L/$/2 2/CD)'L/2
/Fercicios ncurridos @astos de /7ploración o (esarrollo
-
-
'morti8ación /7ploración; (urante la vida probable de la mina. (esarrollo; ncurrido Aasta > años T 4rimer /Fercicio
@astos pre? operativos 'rt.3= L)
@asto Corriente '
'morti8ación en el pla8o m7imo de 1< años a partir del inicio /Fercicio de (eveno
$e8 *eneral de !inería
Artículo 1) $*!: E9loración !inera 'ctividad tendiente a demostrar las dimensiones- posicióncaracterísticas mineralóicas- reservas " valores de los "acimientos minerales
*arcía !ontu@ar; *uillermo; A9untes del Dereco !inero Comn: Desarrollo !inero 'ctividad destinada a implementar " eFecutar trabaFos de infraestructura necesarios para Aacer posible la e7plotación del mineral o el acceso al "acimiento *remoción de tierrase7cavación- socavonespo8os- vías de accesocampamento- etc.O
*astos de Res9onsabilidad Social Eta9a 9re3o9erativa *astos 9re3o9erativos #o e7iste una deHnición en las normas del concept de astos pre? operativos- sin embaro e7isten diversos maniHestos del Dribunal Eiscal en los que se considera que dicAos astos se caracteri8an por sus desembolsos que resultan necesarios para obtener beneHcios futuros o que inciden en la eneración de rentas futuras en aplicación del criterio de correlación ingreso3gasto- por lo que en cualquier supuesto debe diferirse. *astos Corrientes 2on los astos desembolsados que no estn vinculados directamente a un pro"ecto o que no tiene implicación en la eneración de beneHcios futuros- sino que constitu"en desembolsos que solo pueden afectar a resultados del eFercicio en que esos ocurrieron 9rinci9io de devengado&
$e8 *eneral de !inería EK"$ORACN DESARRO$$O Artículo '(): K*, ualmente- incluir en lo invertido en prospección " e7ploración Aasta la fecAa en que de acuerdo a le" corresponda cumplir con la producción mínima- salvo que se opte por deducir lo astado en prospección "6o e7ploración en el eFercicio en que se incurra dicAos astos. Artículo 'F): K*, Los astos de desarrollo " preparación que permitan la e7plotación del "acimiento por mas de un eFercicio- podrn deducirse ínteramente en el eFercicio en que se incurran o- amorti8arse en dicAo eFercicio " en los siuientes Aasta un m7imo de dos adicionales *, Las normas sectoriales prev&n un tratamiento especial para los astos que efecten los titulares de concesiones mineras- respecto a los astos de e7ploración o desarrollo sen corresponda- posibilita la deducción vía amorti8ación o en el eFercicio de lo incurrido.
*astos de Res9onsabilidad Social Eta9a 9re3o9erativa *astos "re3o9erativos Artículo 4') $e8 del m9uesto a la Renta: Los astos de orani8ación- los astos pre?operativos oriinados por la e7pansión de las actividades de la empresa " los intereses devenados durante el periodo pre?operativo- a opción del contribu"ente- 9odr?n deducirse en el 9rimer e/ercicio o amortizarse 9ro9orcionalmente en el 9lazo m?imo de diez %B6+ aPos& Artículo 5B) Reglamento de la $R: La amorti8ación a que se reHere el 'rtículo 3=0 de la Le"- se efectuar a partir del eFercicio en que se inicie la producción o e7plotación. :na ve8 HFado el pla8o de amorti8ación solo podr ser variado previa autori8ación de la 2:#'D. /l nuevo pla8o se computar a partir del eFercicio ravable siuiente de aquel en que fuera
*astos de Res9onsabilidad Social Eta9a 9re3o9erativa 4ronunciamiento del Dribunal Eiscal en caso de Vidrocarburos La empresa consideró los astos pre?operativos diversos desembolsos tales como astos de personal- almuer8osimpresiones- etc. *@astos corrientes o 'dministrativa,. (entro de la bolsa de astos tambi&n se encontró @astos de )esponsabilidad 2ocial. /l contribu"ente; Literal , del artículo 3=0 de la L) *primer eFercicio, La administración; Los astos se deben diferirse en aplicación al artículo 53 de la L_*Le" /specíHca, astos de desarrollo.
*astos de Res9onsabilidad Social Eta9a 9re3o9erativa 4ara el Dribunal Eiscal todo asto anterior al inicio de las actividades caliHca como Kasto pre?operacional[ entendiendo que todos ellos- sin distinción alunabeneHcien la reali8ación de operaciones futuras " por tanto deben diferirse. #o distinue entre pre operativo " corriente- pese a que estos ltimos no tendrían incidencia aluna en la eneración de beneHcios futuros. 'dems el Dribunal Eiscal toma como base leal tanto la L_ *norma especíHca, " la L) *norma eneral,. #ormas que se contraponen
*astos de Res9onsabilidad Social e@ectuados 9or em9resas en marca 2i la empresa se encuentra en marcAa " efecta astos de responsabilidad social destinados o vinculados al desarrollo de un nuevo pro"ecto- se entiende que el tratamiento aplicable correspondería a los astos por concepto de Ke7pansión de actividades[. #o entraría el supuesto de Kasto operativo pre? operacional[ pues la empresa "a est en funcionamiento. 2iendo así- se aplicaría el literal , del artículo 3=0 de la Le" del mpuesto a la )enta. 4rimer /Fercicio /7pansión de actividades 'rt 3= L)
'morti8ación en el pla8o m7imo de 1< años a partir de inicio de actividades
*astos de Res9onsabilidad Social e@ectuados 9or em9resas en marca E9ansión de actividades o Continuación de Actividades: 4ronunciamiento del Dribunal Eiscal RT, (2'B3B3566 K2e permite la deducción de astos de nvestiación- desarrollo o pre?operativos vinculados con la e7pansión de las actividades de las empresas- es decir-
A!ORTWACN DE NTAN*#$ES %COSTO DE EK"$OTACN DESARRO$$O+
Amortización de intangibles N,OR!E N&) BB1356623SUNAT5#6666 •
/l inciso , del artículo P del D: de la Le" del mpuesto a la )enta- señala que no son deducibles 9ara la
determinación de la renta im9onible de tercera categoría la amortización de llaves; marcas; 9atentes; 9rocedimientos de @abricación; /uanillos 8 otros activos intangibles similares. 2in embaro- añade- el precio paado por activos intanibles de duración limitada- a opción del contribu"ente- podr ser considerado como asto " aplicado a los resultados del neocio en un solo eFercicio o amorti8arse proporcionalmente en el pla8o de die8 *1<, años. 'rea el citado inciso que- en el relamento- se determinarn los activos intanibles de duración limitada.
Amortización de intangibles •
el numeral 3 del inciso a, del artículo >5P del )elamento- dispone que en el caso que se opte por amorti8ar el precio paado por la adquisición de activos intanibles de duración limitada- el pla8o de amorti8ación no podr ser inferior al nmero de eFercicios ravables que al producirse la adquisición resten para que se e7tina el derecAo de uso e7clusivo que le conHere. EiFado el pla8o de amorti8ación sólo podr ser variado previa autori8ación de la 2:#'D " el nuevo pla8o se computar a partir del eFercicio ravable en que fuera presentada la solicitud- sin e7ceder en total el pla8o m7imo de 1< años. (e la lectura de esta norma- se desprende que el pla8o de amorti8ación puede ser inferior a los die8 *1<, años- en función al tiempo que falte para la e7tinción del derecAo de uso e7clusivo. (e este modo- el activo intanible podría ser amorti8ado en un lapso menor a los die8 *1<, años en caso que la e7tinción del derecAo de uso e7clusivo tena luar en un pla8o menor- de lo cual se siue que si el pla8o para la e7tinción de tal derecAo es superior a los 1< años- se deber respetar el pla8o HFado por el inciso , del artículo P del D: de la Le" del mpuesto a la )enta.
Amortización de intangibles Dratndose de activos intanibles cu"o derecAo de uso e7clusivo tiene un pla8o de viencia HFado por le" superior a los die8 *1<, años- dicAos bienes no podrn amorti8arse en un lapso menor a los die8 *1<, años.
•
ACREDTAR DEDUCCN DE #ONOS #ENE,COS DE $OS TRA#AJADORES
Deducción de #onos 8 #ene@& Traba/adores
N,OR!E N&) 6F4356B53SUNAT(#6666 artículo F') del TUO de la $e8 del m9uesto a la Renta- los gastos deducibles a efecto de determinar la renta neta de tercera cateoría se im9utar?n al e/ercicio en
artículo 4') del TUO de la $e8 del m9uesto a la Renta dispone que a Hn de establecer la renta neta de tercera cateoría se deducir? de la renta bruta los gastos necesarios 9ara 9roducirla 8 mantener su @uente; así como los vinculados con la generación de ganancias de ca9ital- en tanto la deducción no est& e7presamente proAibida por la Le" /l prrafo Hnal del citado artículo area que para efecto de determinar que los astos sean necesarios para producir " mantener la fuente- &stos debern ser normales 9ara la actividad , del propio artículo 3=0- entre •
Deducción de #onos 8 #ene@& Traba/adores
Conforme se desprende de las normas antes citadas- en principio; los gastos para la obtención de la renta neta de tercera cateoría se deducen en el e/ercicio en
se devenguen& 'Aora bien- la referida deducción
9roceder? en la cum9lan con el
medida
deber veriHcar que sean normales para la actividad que enera la renta ravada 8 , del citado artículo 3=0- los mismos deber?n cum9lir con
el criterio de generalidad
Deducción de #onos 8 #ene@& Traba/adores 'sí- el inciso l, del artículo 3=0 del D: de la Le" del mpuesto a la )enta considera como astos deducibles a los auinaldos- boniHcacionesratiHcaciones " retribuciones que se acuerden al personal- inclu"endo todos los paos que por cualquier concepto se Aaan a favor de los servidores en virtud del vínculo laboral e7istente " con motivo del cese 'rea el citado inciso que estas retribuciones 9odr?n deducirse en el e/ercicio comercial a
4or su parte- el inciso v, del artículo 3=0 del D: de la Le" del mpuesto a la )enta establece
Deducción de #onos 8 #ene@& Traba/adores Como se aprecia de las normas citadas anteriormente se tiene que
Como rela eneral- para la determinación de la renta neta de tercera cateoría- los astos se rien por el principio de lo devenado " deben cumplir con la causalidad- para efecto de lo cual se deber veriHcar que sean normales para la actividad que enera la renta ravada " se aFusten- entre otros criterios- al de ra8onabilidad /n el caso de los astos por concepto de auinaldosboniHcaciones- ratiHcaciones " retribuciones que se acuerden al personal- inclu"endo todos los paos que por cualquier concepto se Aaan a favor de los servidores en virtud del vínculo laboral e7istente " con motivo del ceseadems de lo indicado en el prrafo anterior- debe veriHcarse el criterio de eneralidad.
Deducción de #onos 8 #ene@& Traba/adores Los conceptos antes indicados así como los astos o costos que constitu"an para su perceptor- entre otras- rentas de quinta cateoría- se deducen en el e/ercicio en
Deducción de #onos 8 #ene@& Traba/adores Las boniHcaciones ordinarias " e7traordinarias a que se reHere la misma- son otoradas en virtud del vínculo laboral e7istente. 2iendo ello así- las referidas boniHcaciones son deducibles como asto para la determinación de la renta neta de tercera cateoríade acuerdo con lo dispuesto en el inciso l, del artículo 3=0 del D: de la Le" del mpuesto a la )enta. /n este sentido- tal como se Aa señalado anteriormente- la deducción de dicos
conce9tos 9roceder? en el e/ercicio en car la normalidad; razonabilidad 8 generalidad del gasto . 'Aora bienrespecto a la forma de acreditación de la decisión del otoramiento de las boniHcaciones materia de consulta- las
normas del m9uesto a la Renta no an 9revisto alguna @orma 9articular 9ara tal e@ecto . (e allí que los contribu8entes 9uedan utilizar cual