ÁMBITO DE VALIDEZ DE LA LEY PENALDescripción completa
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Una ley se origina en el congreso una vez que está aprobada por el congreso se manda al poder ejecutivo para su promulgación; con su promulgación surge la requitoriedad de la ley y luego de …Descripción completa
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En los últimos años, hemos sido testigos de hechos delictivos que han captado la atención de gran parte de la prensa y a la sociedad en general. Esto no necesariamente por la gravedad de los…Descripción completa
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LEY PENAL
Descripción: Delitos Tributarios en la Ley Penal Tributario
Descripción: Casos de ambito de valediz
1. Consideraciones Generales 2. Principios Para Resolver el Problema Planteado.Descripción completa
Descripción: DELITO TRIBUTARIO, DEFINICIÓN DE DELITO TRIBUTARIO, LA LEY PENAL TRIBUTARIA, Aspectos legales, Antecedentes legislativos, Necesidad de una norma especial, DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA, TIPO PENAL BASE, ...
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Descripción: Academía
Para estudiar la teoria de la ley penal y del delito, preguntas y respuestas
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derecho penal
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CARACTERÍSTICAS DE LA LEY PENAL
Es exclusiva: en virtud del principio de legalidad y de los delitos y las personas, es la
única fuente propia y verdadera del Derecho Penal. Es liberal: consagra la garantía de la libertad, sólo entra en juego en juego cuando cuando una persona
coete un acto consagrado en la ley penal coo delito. Es obliga obligator toria: ia: obliga obliga a las personas personas !ue est"n est"n en territ territori orio o de la #epública y en cier cierto toss caso casoss la ley ley pena penall se aplic aplicaa a los los autor autores es de deli delito toss perp perpet etra rado doss en el
extranjero. Es ineludible: sólo puede ser derogada por otra ley penal. $os jueces no pueden
derogarla. Es igualitaria: rige igual en todos los casos a todas las personas, sin distinción de trato
jurídico en credos, ra%as, condición social, etc., de una persona deterinada. Es constitucional: para !ue sea v"lida debe adaptarse plenaente, en el fondo y en la fora, a la &onstitución 'acional. (i una ley no se adapta a la &onstitución, puede ser atacada por el recurso de inconstitucionalidad. $a &onstitución est" por encia de las leyes ordinarias, y )stas subordinadas en su valide% a a!uella.
CLASIFICACIÓN DE LAS LEYES PENALES Las normas penales en blanco: son a!uellas !ue utili%an en deasía eleentos norativos de valoración cultural y jurídica !ue otorgan la facultad de copletarlas a reglas cuyo autor no es el Poder $egislativo *ejeplo: el jue%+, violando con ello el principio de precisión del tipo.
Leyes penales en blanco propias: las prieras son a!uellas !ue dejan la facultad de su copleento a una disposición surgida de otra instancia legislativa *contienen eleentos norativos de valoración jurídica+. copleentarla o Leyes penales impropia: es la !ue deja en anos del ju%gador el copleentarla rellenarla por así decirlo *contiene eleentos de valoración cultural+.
Las normas completas: a las cuales tabi)n se les conoce coo tipos cerrados, y son las !ue no contienen eleentos norativos de valoración cultural o jurídica, sino sólo eleentos descriptivosobjetivos- o contienen en un iso tipo la descripción y la sanción.
Las normas incompleta: sólo contienen la descripción, dejando la sanción en otro precepto contenido en el iso código penal o en otro ordenaiento legal- tabi)n se les conoce coo noras de reenvío. Pueden ser en blanco si dejan para su copleentación, en otro ordenaiento, el eleento norativo *su interpretación+.
Normas primarias: son a!uellas !ue contienen la descripción legal o la figura delictiva, !ue puede ser positiva cuando anda u ordena- y negativa, cuando contiene la prohibición. $as noras secundarias contienen la consecuencia, es decir la sanción, !ue puede ser una pena, o una edida de seguridad