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GUÍA DEL PROCESO ELECTORAL DE DIGNATARIOS DE LAS ORGANIZACIONES COMUNALES DE PRIMERO Y SEGUNDO GRADO 2016-2020
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PRESENTACIÓN
La Ley 743 de 2002 ordena que la elección de nuevos dignatarios de los organismos de acción comunal se llevará a cabo en el año siguiente a aquel en que se celebren las elecciones para corporaciones públicas territoriales, en las siguientes fechas: a) Juntas de acción comunal y juntas de vivienda comunitaria, el último domingo del mes de abril (24 de abril de 2016) y su período inicia el primero de julio del mismo año. b) Asociaciones Asociaciones de juntas de acción comunal, el último domingo del mes de julio (31 de julio de 2016) y su período inicia el primero de septiembre del mismo año. c) Federaciones de acción comunal, el último domingo del mes de septiembre (septiembre 25 de 2016) y su período inicia el primero de noviembre del mismo año. d) Confederación Nacional de Acción Comunal, el último domingo del mes de noviembre (noviembre 27 de 2016) y su período inicia el primero de enero del año 2017. Por esta razón, el Instituto Instit uto Distrital de la Participación Par ticipación y Acción Comunal - IDPAC, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control sobre las organizaciones comunales de primero y segundo grado del Distrito Capital, presenta este documento que contiene los lineamientos básicos bajo los cuales se deben realizar estas elecciones. De igual, forma se incluyen recomendaciones con el n de facilitar el proceso electoral.
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ASPECTOS GENERALES DE LA ORGANIZACIÓN COMUNAL La democracia entendida como el gobierno del pueblo, signica que la toma
de decisiones se hace con la participación de toda la ciudadanía, respetando las reglas aprobadas por todos y todas, que son el marco normativo del Estado Social de Derecho: la Constitución Política, la Ley y los tratados internacionales. La Acción Comunal es una forma de organización organización democrática democrática por excelencia: excelencia: En ella pueden pueden participar participar los miembros miembros de la comunidad y tomar decisiones decisiones todos los aliados, respetando las reglas establecidas en ordenamiento legal y
estatutario. El objetivo de la Acción Comunal es el desarrollo de la comunidad privilegiando privilegiando el interés general sobre el benecio particular, el respeto a la persona humana,
a la naturaleza y a la vida en su conjunto. Por ello, la Acción Comunal tiene la posibilidad de hacer aportes valiosos valiosos a la construcción construcción de una una sociedad justa, justa, solidaria, respetuosa de los derechos y del desarrollo integral de las presentes y futuras generaciones.
¿Qué es el desarrollo de la comunidad? Consiste en mejorar la calidad de vida de las personas y las comunidades, mediante la unión de esfuerzos de la población organizada con el apoyo del Estado.
El desarrollo de la comunidad se tiene, entre otras nalidades las
siguientes: •
•
Reconocer, valorar y respetar a las personas en su derecho a ser diferentes. Reconocer a la organización como unidad social que comparte intereses, propósitos y objetivos, que valora y respeta el derecho a las diferencias, que sabe resolver pacícamente los conictos. Se maniesta en el sentido de
pertenencia, el reconocimiento y valoración de la identidad cultural: permite que la comunidad sea autora y no simple espectadora de su propia historia. •
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Construir relaciones sociales justas y equitativas que garanticen una mejor calidad de vida y mayores oportunidades a las futuras generaciones.
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•
•
•
Fortalecer la participación de las personas en la construcción del proyecto de sociedad que garantice el bienestar general, ejerciendo así el derecho a la participación política consciente y crítica. Promover la capacidad de negociación y de autogestión de las organizaciones comunitarias para construir su desarrollo. Contribuir a profundizar la democracia y el Estado Social de Derecho.
ASPECTOS GENERALES
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¿Qué es una organización comunal? Es una expresión social organizada, autónoma y solidaria de la sociedad civil, cuyo propósito es promover un desarrollo integral, sostenible y sustentable, construido a partir del ejercicio de la democracia participativa en la gestión del desarrollo de la comunidad (artículo 6 de la Ley 743 de 2002).
La estructura de la Acción Comunal en la República de Colombia
Cuarto Nivel Confederación de Acción Comunal Nacional
Tercer Nivel Federación de Acción Comunal Integrada por Asociaciones de Juntas
Segundo Nivel Asociaciones de Juntas de Acción Comunal Integradas por las Juntas de Acción Comunal y Juntas de Vivienda Comunitaria, en el caso de Bogotá, una por Localidad
Primer Nivel Juntas de Acción Comunal Integradas por la comunidad organizada
La Acción Comunal, como expresión social organizada, cuenta con más de 50.000 organizaciones a nivel nacional, siendo el tipo de asociación con mayor cobertura territorial y número de miembros. En el Bogotá D. C. existen actualmente 1.773 Juntas de acción comunal en los barrios y veredas, dos Juntas de Vivienda 6
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Comunitaria, 20 Asociaciones de Juntas de acción comunal y una Federación de Acción Comunal Distrital.
¿Cuáles son las organizaciones comunales de primer grado? De acuerdo a lo establecido en el literal a del artículo 8 de la Ley 743 de 2002 las deniciones para las organizaciones comunales de primero y segundo grado
son:
¿Qué es una junta de acción comunal – JAC? Es una organización cívica, social y comunitaria de gestión social, sin ánimo de lucro, de naturaleza solidaria, con personería jurídica y patrimonio propio, integrada voluntariamente por los residentes de un lugar que aúnan esfuerzos y recursos para procurar un desarrollo integral, sostenible y sustentable, con fundamento en el ejercicio de la democracia participativa.
¿Quiénes integran una JAC? Todas las personas naturales que voluntariamente se alien a la organización comunal. Se pueden aliar las personas, con documento de identicación,
mayores de 14 años que residan en el territorio de la JAC y que no estén incursas en las causales de impedimento contempladas en el artículo 25 de la Ley 743 de 2002. Se entenderá por residencia el lugar donde esté ubicada la vivienda permanente de la persona que solicita la aliación o desarrolle actividad económica
permanente en calidad de propietario de un establecimiento de comercio ubicado en el territorio de la JAC) GUÍA DEL PROCESO ELECTORAL DE DIGNATARIOS DE LAS ORGANIZACIONES COMUNALES DE PRIMERO Y SEGUNDO GRADO 2016-2020
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Para aliarse se requiere la presentación personal del interesado ante la
secretaría de la organización comunal o subsidiariamente ante la personería local (cuando no es posible la aliación ante la secretaría de la JAC). No son
válidas las listas de solicitantes, a menos que todos se hagan presentes.
¿Qué es una junta de vivienda comunitaria – JVC? Es una organización cívica sin ánimo de lucro, integrada por familias que se reúnen con el propósito de adelantar programas de mejoramiento o de autoconstrucción de vivienda.
¿Cuál es la estructura de una Junta de Acción Comunal?
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¿Cuál es el máximo órgano de una organización comunal? La asamblea general de los organismos de acción comunal es la máxima autoridad del organismo de acción comunal respectivo. Está integrada por todos los aliados o delegados, cada uno de los cuales actúa en ella con voz y voto.
La legislación comunal contempla los siguientes tipos de asamblea general: -
De aliados: integrada por los aliados registrados en el libro respectivo.
-
De delegados: integrada por los delegados elegidos por los aliados de
acuerdo a los términos y procedimientos señalados en sus estatutos. -
De residentes: integrada por los residentes del territorio de la JAC y los
aliados a la misma.
Para la instalación de la asamblea general se deberá cumplir con el procedimiento señalado en el artículo 29 de la Ley 743 de 2002.
¿Qué es el órgano de dirección y administración de una JAC? Es el órgano de la JAC encargado de realizar la planeación, administración y dirección de la organización comunal. Es el segundo en jerarquía después de la asamblea general. Como tal tiene funciones de administración, dirección y ejecución, claramente asignadas a los dignatarios que lo integran.
¿Cuáles órganos de dirección y administración se pueden elegir en una JAC? De acuerdo a la legislación comunal existen dos tipos de órganos de dirección y administración, la Junta directiva y el Consejo comunal. La organización comunal en sus estatutos debió optar por uno de ellos.
¿Qué es la junta directiva? Es el órgano de administración y dirección de una Junta de acción comunal en donde los aliados o delegados eligen directamente a los aliados que ocuparan
los cargos directivos. Está conformado, en principio, por presidente, vicepresidente, tesorero, secretario y según lo reglamentado en los estatutos de la organización pueden formar parte de dicho órgano los coordinadores de las comisiones de trabajo y los delegados al organismo superior. GUÍA DEL PROCESO ELECTORAL DE DIGNATARIOS DE LAS ORGANIZACIONES COMUNALES DE PRIMERO Y SEGUNDO GRADO 2016-2020
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¿Qué es el consejo comunal? Es el órgano de administración y dirección de una junta de acción comunal conformado por mínimo nueve representantes de los sectores más representativos entre los aliados a la organización comunal (jóvenes, mujeres, comerciantes,
adulto mayor, salud, cultura, deportes, etc.). Los representantes son elegidos por los aliados que se identican con un sector y los consejeros electos, según
lo reglamentado en los estatutos, se distribuyen los cargos de presidente, vicepresidente, secretario y tesorero. Por sector se denomina el grupo de personas que se asocian en torno a intereses y propósitos comunes (jóvenes, mujeres, comerciantes, adulto mayor, salud, cultura, deportes, etc.).
¿Quiénes son dignatarios de una JAC? Los aliados (as) que hayan sido elegidos para el desempeño de cargos en los órganos de: dirección y administración; control (scal); conciliación y vigilancia
(conciliadores); representación (delegados a la asociación) y de ejecución (comisiones de trabajo).
¿Cuáles requisitos se deben cumplir para ser elegido(a) dignatario(a) de una JAC? •
Estar aliado a la organización comunal.
• No ser miembro de alguna corporación de elección popular (sólo en los casos en que los estatutos así lo reglamenten). •
El representante legal, el tesorero, el vicepresidente y el scal deben ser
mayores de edad y saber leer y escribir. •
No estar sancionado por algún organismo comunal.
¿Cuáles son las incompatibilidades para ejercer como dignatario(a) de una JAC? •
•
Entre los directivos, entre éstos y el scal o los conciliadores no puede
haber parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de anidad y primero civil, o ser cónyuges o compañeros permanentes. Es decir,
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padres, hijos, abuelos, nietos y cuñados, entre otros. •
•
•
En la contratación y/o en la adquisición de bienes muebles o inmuebles, regirá la misma incompatibilidad con quien(es) se pretenda realizar el acto. El administrador del negocio de economía solidaria no puede tener antecedentes de sanciones administrativas o judiciales. Las que estén contempladas en los estatutos de cada organización. Algunos determinan que no podrá ser elegido scal quien en el periodo inmediatamente
anterior haya ejercido las funciones de tesorero o presidente de la JAC.
¿Cómo se adquiere la calidad de dignatario de una JAC? Se adquiere con la elección efectuada por el órgano competente y se acredita con el reconocimiento otorgado por la entidad que ejerce la inspección, vigilancia y control sobre la junta. Su inscripción deberá ser solicitada ante la entidad que ejerza la inspección, vigilancia y Control, que para el caso de Bogotá D. C. es el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal (IDPAC). Ningún dignatario podrá ejercer su cargo mientras no tenga el reconocimiento expedido por el IDPAC.
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PROCESO ELECTORAL EN LAS ORGANIZACIONES COMUNALES DE PRIMERO
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Es el proceso denido en la legislación comunal y los estatutos mediante el cual la organización comunal elige cada cuatro años a los aliados que la representarán.
Comprende tres etapas: pre electoral, electoral y pos electoral, así:
1. ETAPA PREELECTORAL En esta etapa, el IDPAC pretende orientar a los residentes del Distrito Capital para que se organicen y participen en las elecciones comunales y a su vez que los representantes de las JAC difundan el proceso electoral, con el n de ampliar
la participación y vinculación de los ciudadanos a las organizaciones comunales. Para el efecto se recomienda seguir los siguientes pasos:
¿Cómo se preparan de las elecciones? En lo organizativo, se recomienda: •
Actualizar el libro de aliados.
•
Informar a la comunidad los horarios de atención para aliación.
•
Ordenar informes, libros, documentos y preparar el informe nal de
empalme para los nuevos dignatarios, señalando en especial los logros y las dicultades para el cumplimiento de los propósitos de la JAC. •
Vericar que las personas que guran en el libro de aliados estén inscritas
en las comisiones de trabajo aprobadas en los estatutos. En la gestión externa se recomienda: • Informar por escrito a la comunidad y a la asamblea sobre los espacios locales y distritales en los cuales ha participado la JAC y el estado de cada proceso. GUÍA DEL PROCESO ELECTORAL DE DIGNATARIOS DE LAS ORGANIZACIONES COMUNALES DE PRIMERO Y SEGUNDO GRADO 2016-2020
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• Elaborar un cronograma de actividades y compromisos en los diferentes espacios. Invitación para asumir nuevos retos El Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal (IDPAC) invita a las juntas de acción comunal, para que en sus procesos de elección amplíen y proyecten sus acciones para la integración de la comunidad, el mejoramiento de la convivencia y el fortalecimiento de las organizaciones comunales. Por ello, señala algunos aspectos a tener en cuenta en la realización de las elecciones de dignatarios para el periodo 2016-2020.
¿Es importante la inclusión de los sectores poblacionales en la elección de dignatarios? Uno de los principales propósitos para el 2016 es la búsqueda y promoción de nuevos liderazgos, la vinculación de más sectores poblacionales, como mujeres, jóvenes, minorías étnicas, personas en condición de discapacidad, entre otros, para que no sólo aporten desde su experiencia como aliados sino como
dignatarios, haciendo realidad el objetivo de la ley comunal de promover, facilitar, estructurar y fortalecer la organización democrática, moderna, participativa y representativa. Con idéntico propósito, las elecciones de dignatarios deberán pasar del voto por nombres o personajes al voto por programas e ideas. Este voto programático contribuye a la consolidación de la democracia en lo comunal, ya que establece un compromiso más directo entre el elector y el elegido y desarrolla la democracia participativa.
¿La Acción Comunal tiene responsabilidad ambiental? La creciente degradación del medio ambiente es un asunto que compete a quienes habitamos el Distrito Capital, más aún cuando contamos con importantes reservas, parques, humedales, cerros y fuentes de agua como el páramo de Sumapaz. Estamos en un buen momento para hacernos parte del ecosistema y no sus dueños. Por eso, es pertinente que las organizaciones comunales cuenten con la comisión de trabajo de medio ambiente, con el n de adelantar
acciones de educación, formación ambiental y de recuperación física del entorno del cual dependemos y en el cual vivimos. 14
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¿Cómo participan los representantes de las JAC en la toma de decisiones en las instancias locales? Los delegados y directivos de las organizaciones comunales deben ser voceros legítimos de las organizaciones, y en especial de las comunidades que representan, y como tal su papel en los escenarios locales y distritales está dirigido a: • Estimular la organización ciudadana y garantizar las condiciones adecuadas para que los habitantes tengan presencia en los escenarios públicos de deliberación y concertación distrital e incidan, en todos los momentos del ciclo de la gestión de la política, en las decisiones que afectan su existencia. • Profundizar la democracia y construir ciudad y ciudadanía a través del pleno ejercicio y reconocimiento de los derechos. • Propiciar que los ciudadanos y ciudadanas interactúen con los demás miembros de la sociedad, con sus líderes y sus organizaciones, con los agentes políticos y con las autoridades públicas para acordar digna y civilizadamente los derroteros de desarrollo humano en la ciudad. • Alimentar el clima de solidaridad y convivencia que requiere toda sociedad para progresar, en un contexto donde se concilian las aspiraciones individuales con los propósitos colectivos. • Movilizar voluntades para el logro del bienestar colectivo, respetando las diferencias y creando vínculos de solidaridad que permitan alcanzar progresivamente un clima de justicia social que asegure el ejercicio de sus derechos de los aliados y residentes del territorio de la organización comunal.
•
Estimular a las autoridades públicas a coordinar mejor su acción, a hacer
un uso más eciente y adecuado de los recursos y a poner en marcha programas
que atiendan de manera oportuna y pertinente las demandas de la población. •
Inclusión de mujeres, minorías étnicas, jóvenes y personas en condición
de discapacidad no sólo como aliados sino como candidatos en la conforma ción
de planchas, en cada uno de los bloques en las postulaciones. •
Aportar en la construcción conjunta de un plan de acción donde se
reejen las necesidades e intereses de las mujeres y hombres, niñas y niños, de
diferentes edades, etnias, culturas, orientaciones sexuales, etc. •
Construir los compromisos especícos para la agenda comunal.
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Apoyar la difusión e implementación de las políticas públicas que les competen, en especial en su componente de participación y organización. •
Cualicar la gestión de los delegados en las diferentes instancias y a las
organizaciones de las localidades sobre sus deberes y derechos y sobre su papel protagónico en la construcción de una ciudad más humana. • Contribuir al seguimiento de los programas dirigidos a las diferentes poblaciones desde el Plan de Desarrollo Distrital, los planes de desarrollo local y las políticas públicas. • Promover la producción de conocimiento mediante la realización de estudios académicos, técnicos, campañas y foros, entre otros. • Acompañar los espacios locales, distritales e institucionales en los cuales se concerten acciones para la población bogotana. • Crear estrategias de comunicación y difusión de las acciones poblacionales y la oferta institucional para los jóvenes capitalinos. •
Coordinar las instancias intersectoriales especícas para los diferentes
temas. ¿Qué perfl deberá tener el dignatario de la organización
comunal? Todo aspirante a dignatario debe conocer las funciones que va a ejercer para decidir en cuál cargo se puede desempeñar mejor, con base en sus aspiraciones, capacidades y habilidades. Debe ser una persona con fuertes principios éticos, capacidad de trabajar en equipo, capacidad de escucha, respetuoso de las diferencias, pluralista, capaz de interpretar y liderar soluciones a las necesidades de su comunidad, incluyente con las mujeres, jóvenes, afro descendientes, poblaciones marginadas y con 16
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diversas opciones sexuales, responsable y alejada de cualquier tipo de actos de corrupción.
Importante La calidad de dignatario o dignataria se adquiere con la elección efectuada por el órgano competente y se acredita con el reconocimiento otorgado por la entidad que ejerce control y vigilancia. Por lo tanto se recomienda radicar la solicitud de inscripción de los dignatarios lo más pronto posible.
2. ETAPA ELECTORAL Es el proceso que realiza la organización comunal el último domingo del mes de abril para elegir a los aliados que la representarán. Para el periodo 2016 –
2020 se llevará a cabo el día 24 de abril de 2016.
¿Qué es una elección comunal? Es un proceso democrático, ordenado por la Ley 743 de 2002, a través del cual la asamblea general o los aliados a la JAC eligen las personas que los
representarán como dignatarios para un periodo de cuatro años.
¿Cuándo se hace la elección de dignatarios(as)? La ley 743 de 2002, indica que se realizará el último domingo del mes de abril del año siguiente al cual se haya realizado elecciones de corporaciones públicas territoriales. Para el año 2016 se realizará el día 24 de abril.
¿Cómo se hace la elección de dignatarios(as)? Para realizar la elección de los dignatarios es necesario que la organización comunal GUÍA DEL PROCESO ELECTORAL DE DIGNATARIOS DE LAS ORGANIZACIONES COMUNALES DE PRIMERO Y SEGUNDO GRADO 2016-2020
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prepare el proceso y para el efecto en lo posible debe realizar una asamblea preparatoria de elecciones. La asamblea se debe realizar teniendo en cuenta los requisitos y términos contemplados en los estatutos de la organización. En todo caso con mínimo 15 días hábiles antes de la elección de dignatarios(as). El propósito de esta asamblea es el de dar a conocer a los afiliados los plazos y procedimientos electorales señalados en los estatutos de la organización comunal y decidir frente a aquellos que no están reglamentados. Aspectos a tener en cuenta en la asamblea y que de no estar claro en los estatutos deben ser definidos por los afiliados: • Informar los sistemas de elección y postulación señalados en los estatutos o en su defecto y si los estatutos lo contemplan la asamblea general aprobará el sistema que se aplica en las elecciones. • Informar a los afiliados el nombre de las comisiones de trabajo que tiene la organización y el procedimiento para elegir sus coordinadores. Estas comisiones son las que figuran en los estatutos vigentes para la JAC. • Presentar el plan de trabajo de cada una de las planchas o listas presentadas o establecer como serán publicadas en el territorio de la organización comunal. • Elegir los integrantes del Tribunal de Garantías que estará conformado por tres afiliados(as), quienes no deben ser dignatarios ni deben aspirar a serlo y tienen como funciones velar por que antes, durante y después de la elección, las acciones se lleven a cabo en debida forma, es decir, bajo los principios de democracia, participación y transparencia, entre otros. Las funciones del tribunal, serán las que señalan los estatutos o le asigne la asamblea. • Fijar las condiciones para designar los jurados y votación y asignarles funciones. • Establecer plazo, horario, lugar para la inscripción de las planchas o listas y designar el responsable de recibirlas. • Establecer plazo, hora y lugar para la entrega de la modificación o corrección de las planchas o listas, y designar el responsable de recibirlas. • Precisar los requisitos que deberán llenar las planchas o listas, y las condiciones que harán que éstas sean rechazadas al momento de inscribirlas. • Definir la fecha y hora de cierre del libro de afiliados. • Cuando se haya adoptado como sistema de elección la elección directa, se deberá determinar su duración, la que será de mínimo cuatro y máximo de ocho horas. De igual forma, se deberá fijar la hora de inicio de las elecciones. • El lugar donde se realizará la elección. Para el efecto se cumplirá con los términos, procedimientos y requisitos definidos en la 18
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normatividad comunal o lo aprobado por la asamblea general preparatoria de las elecciones. A continuación se señalan los aspectos principales.
¿Cuantos bloques se eligen el 24 de abril? De acuerdo con la ley 743 de 2002, la postulación de dignatarios(as) de la organización comunal se hará en cinco bloques separados así:
El BLOQUE COMISIONES DE TRABAJO, Estará integrado por el número de comisiones de trabajo que la JAC haya adoptado en sus estatutos. Los integrantes de la respectiva comisión elegirán su coordinador o coordinadora, por ejemplo, los integrantes de la comisión de jóvenes elegirán su coordinador o coordinadora. En la postulación se presentarán planchas o listas separadas por cada comisión. Para recordar:
En cada plancha o lista deberán postularse tantas personas como cargos a proveer, un(a) candidato(a) no podrá aparecer en dos planchas o listas, ni aspirar a más de un cargo.
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¿Cuáles son los sistemas de elección de dignatarios? El sistema de elección es el procedimiento denido en los estatutos de la organización para llevar a cabo la elección de aliados (as) que representarán a
la organización comunal. Existen dos sistemas de elección: Directa: Es la que se efectúa sin necesidad de reunión de aliados(as) o
delegados(as) en asamblea, y requiere la instalación de mesas de votación, la publicación de listado de votantes, el uso de urnas, tarjetones o votos, la designación de unos jurados de votación y la jación de un horario para su
realización, que debe ser mínimo de 4 horas máximo de 8. En Asamblea general: sistema mediante el cual los aliados o delegados reu nidos
en asamblea general eligen a sus representantes. En este sistema de elección, también, es de obligatorio cumplimiento la postulación, votación y asignación de cargos por bloques y la aplicación del cuociente electoral en caso de haberse presentado más de una plancha o lista por bloque.
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Elección Directa Instalar mesas de votación y urnas. Instalar los jurados de votación en cada mesa. Abrir jornada electoral a la hora jada
por la Asamblea Previa.
Elección en Asamblea Llamado a lista y vericación del quórum
Elección de presidente(a) y secretario(a) de asamblea Presentación de los mecanismos de elección. Se da lectura al Acta de Asamblea Previa, para recordar las decisiones aprobadas en cuanto a: Sistema de Postulación y Sistema de Elección. La Asignación de Cargos se debe realizar por Cuociente Electoral.
Votación directa de cada aliado por
voto secreto. Cierre de la jornada electoral. Escrutinio de las mesas de votación. Elaboración del acta parcial de escrutinios por mesa. Elaboración del acta nal de elección
Lectura de planchas o listas por bloques. Instalar mesas de votación y urnas. Instalar los jurados de votación en cada mesa. Abrir jornada electoral. Votación directa de cada afliado(a) por voto secreto
(recogiendo los resultados de cada mesa). Escrutinio de mesas de votación. Elaboración del acta parcial de escrutinios por mesa. Elaboración del acta nal de elección (recogiendo los
resultados de cada mesa). Juramento de los dignatarios (as) elegidos(as). Cierre de la jornada electoral.
¿Cuáles son las formas de postulación? La postulación es el medio por el cual los aliados que aspiran a ser
dignatarios(as) presentan su nombre a consideración de los electores. La junta deberá considerar lo ordenado en sus estatutos para la postulación de dignatarios(as). La postulación debe estar acorde con lo señalado en los estatutos o lo aprobado en la asamblea preparatoria de elecciones si está facultada para ello. Existen dos formas de postulación: •
Por planchas. Listado de candidatos(as) indicando el cargo especíco al
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cual se postula
cada uno de ellos. Cada plancha irá en hoja independiente, por los cinco bloques. •
Por listas: Listado de candidatos(as) sin especicar el cargo al que se postulan.
Cada lista irá en hoja independiente, por cada uno de los cinco bloques.
¿Qué votación se requiere para que sea válida la elección directa? La mayoría de los estatutos de las JAC señalan que la elección de dignatarios es válida con la participación mínima del veinte por ciento (20%) de los aliados 22
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registrados en el libro. Sin embargo, si la elección directa no está regulada en los estatutos, se entenderá válida cuando en ella participe un número igual o superior al treinta por ciento (30%) de los aliados registrados en el libro.
¿Cuál es el cuórum que se requiere para que sea válida la elección en Asamblea? La elección en asamblea será válida siempre y cuando se cuente con la presencia de por lo menos la mitad más uno de los(as) aliados(as), a la hora convocada. Si no concurre el anterior número de aliados, el cuórum se conformará una hora
más tarde con la presencia de por lo menos el treinta por ciento (30%) de los aliados y las decisiones serán válidas si participa la mayoría de los aliados con
que se instaló la asamblea general. Si no se conforma el quórum decisorio, el día señalado en la convocatoria (abril 24), la elección de dignatarios será válida si la asamblea se instala con no menos del 20% de sus miembros, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes.
¿Cómo se asignación de cargos? La asignación de cargos se realiza, únicamente, aplicando el cuociente electoral establecido en la Ley 743 de 2002 y se obtiene de la siguiente manera: a. Se suman todos los votos válidos obtenidos por las planchas o listas inscritas en cada bloque más los votos en blanco. b. El resultado se divide por el número de cargos a proveer en cada bloque. El número entero resultante de la división se denomina cuociente electoral. c. Luego, en cada uno de los bloques se divide el número de votos que obtuvo cada plancha o lista por el cuociente electoral. El resultado en números enteros corresponde al número de cargos a que tiene derecho cada plancha o lista y se asignan en estricto orden de postulación (descendente). Si al aplicar el número entero del cuociente electoral no se proveen todos los cargos, las vacantes se asignarán con los residuos, de mayor a menor Ejemplo: Para el bloque de directivos que proveen 4 cargos a saber: presidente(a), vice presidente, tesorero(a) y secretario(a). Para el ejemplo se postularon 3 planchas y se cuenta con 3 mesas de votación.
La votación fue la siguiente:
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Votos
PLANCHA 1 2 3
Votos en blanco TOTAL
75 98 17 12 202
El total de votos, sumadas todas las mesas, incluidos los votos en blanco, es de 202. Entonces: 202/4 = 50.75 Se toma la parte entera, es decir 50, cifra que es el cuociente electoral Para la asignación de cargos se ordenan las planchas de mayor a menor votación, así: La Plancha 2, que obtuvo 98 votos, entonces 98/50 = 1 y queda un residuo de 48. La Plancha 1, que obtuvo 75 votos, entonces 75/50= 1 y queda un residuo de 25. La Plancha 3, que obtuvo 17 votos, entonces 17/50 = 0 y queda un residuo de residuo 17.
Plancha 2 1 3
•
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Votos 98 75 17
Cargos 1 1 0
Residuo 48 25 17
Según los resultados de las operaciones matemáticas y el orden de los
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•
cargos contemplado en los estatutos, éstos se deben asignar, en primer lugar, por cuociente y después por mayor residuo. En el ejemplo la asignación de cargos queda así:
•
Presidente(a): se le asigna el cargo a la plancha 2 por cuociente.
•
Vicepresidente: se le asigna el cargo a la plancha 1 por cuociente.
•
Tesorero(a): se le asigna el cargo a la plancha 2 por mayor residuo.
•
•
Secretario(a): se le asigna el cargo a la plancha 1 por tener el segundo mayor residuo. La Plancha 3 no obtiene ningún cargo.
¿Qué aspectos logísticos mínimos se deben tener en cuenta? La organización comunal debe disponer de los elementos y documentos necesarios para desarrollar en debida forma las elecciones y para el efecto se requiere:
•
Disponer y organizar el lugar, las mesas, sillas para jurados de votación, urnas y votos.
• Fijar en lugar visible los listados de aliados(as), con el número de identicación y aliación, en los cuales se indique claramente la mesa en la que
deben depositar el voto o votos. • Fijar las planchas o listas por bloque, en un lugar visible, con sus respectivos programas de trabajo. • 26
Entregar a los jurados de votación de cada mesa el material requerido
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(listado de votantes, registro de votantes, bolígrafos, resaltadores, papeletas, tarjetones o votos y actas de escrutinio parcial y general de votación).
¿Qué se debe tener en cuenta para la elección del consejo comunal en las JAC que optarán por este órgano de administración y dirección? Para la elección de los integrantes del consejo comunal, la asamblea general dene previamente 9 sectores sociales. Cada uno de los aliados(as) a la JAC
debe inscribirse en el sector de su interés. Los aliados inscritos en cada sector elegirán a su delegado, quien será el
consejero o consejera del mismo. Se debe diligenciar el acta de elección de consejeros o consejeras por parte de los jurados de votación. Los consejeros o consejeras elegidos se reúnen internamente para designar los cargos de presidente (a), vicepresidente(a), tesorero(a) y secretario(a). De esta reunión se debe levantar acta y adjuntarla al resto de la documentación de elecciones para efectos de la inscripción de dignatarios. Vale aclarar que los consejeros no representan a las comisiones trabajo y por lo tanto los aliados y aliadas inscritos a cada una de las comisiones de trabajo elegirán al coordinador. La asamblea general elige al scal a los integrantes de
la comisión de convivencia y conciliación y a los delegados(as) a la asociación de juntas de acción comunal en tres bloques separados.
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PARA RECORDAR La postulación se hará por planchas o listas en cinco bloques separados. La asignación de cargos siempre será por cuociente electoral. En el caso del bloque de fscal y de los coordinadores de las comisiones de trabajo, la plancha o lista que obtenga el mayor número de votos, es a quien se le asigna el cargo porque estas planchas o listas están compuestas por un solo candidato. En el caso de las listas, lo que se determina es el número de renglones que se debe asignar a cada una de las mismas, en estricto orden descendente. Posteriormente en reunión de los elegidos, se repartirán los cargos en la forma que esté determinada en sus estatutos o la que la que aprobó la asamblea general o por consenso, para lo cual la organización comunal debe remitir el acta de asignación de los cargos al IDPAC. Esto operará también para los bloques de delegados y conciliadores, teniendo en cuenta la asignación de cargos se hará en orden descendente por cada lista y de acuerdo al número de cargos que resulte de la aplicación de cuociente electoral.
3. ETAPA POS ELECTORAL ¿Cuáles documentos deben presentarse ante el IDPAC para la inscripción de los dignatarios elegidos?
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•
Copia del acta de asamblea preparatoria.
•
Acta de asamblea de elección (si se optó por este sistema)
•
Registro de asistentes
•
Planchas o listas presentadas
•
Listado de sufragantes (aliados a la JAC)
•
Registro de votantes
•
Actas parciales de escrutinio por mesa de votación
•
Acta nal de elección
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•
Listado de dignatarios elegidos (directorio).
•
Copia del plan de trabajo inscrito por cada plancha o lista
Es importante que estos documentos sean diligenciados en letra clara, imprenta preferiblemente.
¿Qué debe hacerse si se considera que las elecciones no se realizaron en debida forma? La elección de dignatarios y dignatarias puede ser impugnada, es decir que se puede solicitar la nulidad de la elección de los dignatarios de una organización comunal o de las decisiones de sus órganos, cuando se considera que éstas han violado disposiciones legales o estatutarias.
¿Cómo se impugna la elección de dignatarios? La demanda de impugnación se debe presentar ante la COMISIÓN DE CONVIVENCIA Y CONCILIACIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL DE LA LOCALIDAD. La demanda de impugnación sólo se podrá presentar ante el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal cuando no exista la asociación de juntas en la respectiva localidad.
¿Cuál es el contenido de la impugnación? Las demandas de impugnación sólo podrán ser presentadas por quienes tengan la calidad de aliados. El número de los mismos, el término para la presentación,
las causales de impugnación y el procedimiento en general se encuentran en los estatutos de cada organismo comunal. Por regla general los requisitos del escrito de la demanda de impugnación son: • • dad. • dos. • •
Lugar y fecha. La designación de la comisión de convivencia y conciliación de la localiNombre y calidad de los demandantes, de los demandados y de los elegiRelato cronológico de los hechos materia de la impugnación. Pretensiones de la demanda (qué se quiere lograr con la demanda).
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•
Los fundamentos legales (normas que se consideran violadas).
¿Cuáles son los anexos de la impugnación? •
Certicación de la calidad de aliados(as) de los impugnantes, expedida
por el secretario de la JAC. • Copia del documento en donde conste la decisión que se impugna. • Relación de las pruebas que se pretendan hacer valer. •
Nombre, identicación y rma de los impugnantes.
La demanda deberá ser suscrita por el número de aliados(as) que se determine
en los estatutos (generalmente son 10) y presentarse DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA ELECCIÓN, siempre y cuando los estatutos no establezcan otro termino.
¿La presentación de la impugnación anula la elección de los dignatarios? LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA NO INVALIDA LAS ELECCIONES que se impugnan, las cuales se consideran válidas hasta cuando la comisión de convivencia y conciliación declare su nulidad y el fallo esté en rme.
Es viable conciliar en el proceso de impugnación? La CONCILIACIÓN en el proceso de impugnación es un mecanismo alternativo para resolver amigablemente las controversias electorales, en virtud del cual en cualquier etapa del mismo los conciliadores(as) podrán llamar a conciliar a las partes. En caso de acuerdo se levantará el acta respectiva la cual presta mérito ejecutivo y hace tránsito a cosa juzgada.
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¿Qué es la asociación de juntas de acción comunal ASOJUNTAS? Es la organización comunal de segundo grado. Está conformada por las juntas de acción comunal y juntas de vivienda comunitaria (organizaciones de primer grado) que voluntariamente se alian a ella.
Como organismo de grado superior, la asociación de juntas de acción comunal de cada localidad, representa a las juntas que tengan su radio de acción dentro de la misma, ante las entidades públicas y privadas del orden distrital y nacional.
¿Cuáles son los objetivos de las ASOJUNTAS? Además de los que señalen los estatutos de cada Asociación, los objetivos de estas organizaciones son: • Promover y fortalecer en el individuo, el sentido de pertenencia frente a su comunidad, localidad y el Distrito Capital, a través del ejercicio de la democracia participativa. • Crear y desarrollar procesos de formación para el ejercicio de la democracia dentro de la localidad. • Planicar el desarrollo integral y sostenible de la comunidad de su localidad. • Establecer los canales de comunicación necesarios para el desarrollo de sus actividades. •
Generar procesos comunitarios autónomos de identicación, formulación,
ejecución, administración y evaluación de planes, programas y proyectos de desarrollo comunitario en la localidad. • Celebrar contratos con empresas públicas y privadas del orden internacional, nacional, departamental, municipal y local, con el n de impulsar planes,
programas y proyectos acordes con los planes comunitarios y territoriales de desarrollo. • Crear y desarrollar procesos económicos de carácter colectivo y solidario para lo cual podrán celebrar contratos de empréstito con entidades nacionales o internacionales. • Desarrollar procesos para la recuperación, recreación y fomento de las diferentes manifestaciones culturales, recreativas y deportivas, que fortalezcan la identidad comunal y nacional a nivel local. • Construir y preservar la armonía en las relaciones interpersonales y colectivas, dentro de la localidad, a partir del reconocimiento y respeto de la diversidad dentro de un clima de respeto y tolerancia. 32
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•
Lograr que las juntas aliadas estén permanentemente informadas sobre
el desarrollo de los hechos, políticas, programas y servicios del Estado y de las entidades que incidan en su bienestar y desarrollo. • Promover y ejecutar las acciones ciudadanas y de cumplimiento, como mecanismos previstos por la Constitución y la ley, para el respeto de los derechos de los asociados. • Divulgar, promover y velar por el ejercicio de los derechos humanos fundamentales y del medio ambiente, consagrados en la Constitución y la ley. • Generar y promover procesos de organización y mecanismos de interacción con las diferentes expresiones de la sociedad civil, en procura del cumplimiento de los objetivos de la acción comunal. • Promover y facilitar la participación de todos los sectores sociales, en especial de las mujeres y los jóvenes, en los organismos directivos de la acción comunal. • Procurar una mayor cobertura y calidad en los servicios públicos, buscar el acceso de la comunidad a la seguridad social y generar una mejor calidad de vida en su localidad. •
Representar a sus aliadas ante las demás organizaciones públicas y
privadas. • Asesorar a las Juntas de la localidad en materia de interpretación y aplicación de la legislación comunal, organización comunitaria y desarrollo barrial • Los demás que se den los organismos de acción comunal respectivos en el marco de sus derechos, naturaleza y autonomía.
¿Cuáles son los requisitos para participar en la elección de dignatarios de las ASOJUNTAS? Para participar en la elección de los dignatarios de la asociación es necesario que las juntas de acción comunal y juntas de vivienda comunitaria estén alia -
das a la correspondiente asociación. Para aliarse a la asociación se requiere.
• Ser junta de acción comunal o junta de vivienda comunitaria y tener personería jurídica vigente. • Que la junta interesada en aliarse desarrolle su actividad dentro del territorio de la asociación, denido en sus estatutos. • Que la solicitud de aliación se haya aprobado en asamblea general del
organismo interesado con el cuórum señalado en la ley y los estatutos. GUÍA DEL PROCESO ELECTORAL DE DIGNATARIOS DE LAS ORGANIZACIONES COMUNALES DE PRIMERO Y SEGUNDO GRADO 2016-2020
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Estos son los requisitos generales, sin embargo, se deben consultar los estatutos de cada asociación para determinar si existen requisitos adicionales. ¿Qué documentos se requieren para afliarse a la ASOJUNTAS? Los documentos que se deben presentar al momento de solicitar la aliación a
la asociación son: •
Copia del acta de la asamblea general en la cual se aprobó la aliación.
• Copia de la resolución a través de la cual se obtuvo la personería jurídica. • Copia de los estatutos vigentes. • Copia del auto de reconocimiento que inscribe a los delegados de la JAC ante la asociación. Estos documentos deberán ser presentados ante el secretario general de la asociación quien es el responsable de realizar las aliaciones.
En algunas asociaciones pueden existir requisitos adicionales, por lo tanto se deben consultar los estatutos vigentes para cada asociación. ¿Existen impedimentos para afliarse a la ASOJUNTAS No se podrán aliar a la ASOJUNTAS las juntas de acción comunal y juntas de
vivienda comunitaria que tengan su personería jurídica suspendida.
¿Cómo son representadas las juntas de acción comunal y las juntas de vivienda comunitaria ante la ASOJUNTAS? Las Juntas de acción comunal y Juntas de Vivienda Comunitaria son representadas en la ASOJUNTAS por los cuatro (4) delegados elegidos en cada organización comunal de primer grado, tres de ellos son elegidos por la asamblea general de aliados y el presidente lo es por derecho propio.
Es necesario que las JAC y las JVC actualicen ante la secretaría general de la asociación, la información sobre sus delegados, presentando copia de una certicación vigente expedida por el IDPAC. De igual manera la asociación de
juntas deberá solicitar al IDPAC el listado de los delegados a la misma de la respectiva localidad para garantizar la veracidad de las representaciones o en su defecto generar la certicación de existencia y representación legal a través de 34
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la página www.participacionbogota.gov.co.
PARA RECORDAR Para ser delegado ante la ASOJUNTAS se requiere: •
Ser afliado a una de las juntas de la localidad, afliada a la asociación.
•
Ser elegido como tal por la asamblea de la junta, de conformidad con sus estatutos.
•
Estar inscrito y reconocido como d elegado por parte de la entidad que ejerce la
inspección, vigilancia y control, la cual expedirá la respectiva certifcación
Hay que reconocer el papel de los delegados el cual implica tareas como: • La asistencia y participación en los espacios requeridos, presentación de propuestas y toma de decisiones. • Constituirse como un medio de comunicación de doble vía, entre la organización y el espacio en el que se representa y de este espacio a la organización. •
Identicar y priorizar aquellos espacios o entidades que sean importantes
para la organización, den claridad frente al proceder y se obtengan resultados especícos, para contribuir al o a los objetivos propuestos.
¿Cuáles órganos se eligen en la asociación de juntas? La estructura de una asociación de juntas es similar a la de una junta de acción comunal y comprende un órgano de administración que es la junta directiva que está integrada por los cargos de: o o o o
Presidente Vicepresidente Tesorero Secretario general
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Cuando los estatutos lo reglamenten también formarán parte de la junta directiva: o o
Los secretarios ejecutivos Los coordinadores de comisiones empresariales
•
De igual forma tiene un órgano de control que es el scal.
• Hay un órgano de representación que está integrado por los delegados a la federación de acción comunal de Bogotá, que son cinco (5), uno de los cuales es el presidente de la asociación por derecho propio. • También cuenta con un órgano de conciliación y vigilancia que es la comisión de convivencia y conciliación. Esta está integrada por el número de conciliadores que señalen los estatutos. Este número varía entre tres (3) y nueve (9) conciliadores, razón por la cual al momento de conformar las planchas o listas para el bloque de comisión de convivencia y conciliación se deben consultar los estatutos vigentes para cada asociación.
¿Qué requisitos se deben cumplir para ser elegido como dignatario en la ASOJUNTAS? Como regla general los candidatos deberán ser delegados de las organizaciones comunales de primer grado de la respectiva localidad. Para el caso del presidente, vicepresidente, tesorero y scal, deben cumplir las
siguientes condiciones: •
Ser delegado a la asociación de juntas.
•
Tener más de 18 años.
•
Saber leer y escribir.
•
Cumplir con los demás requisitos que jen los estatutos de cada asociación.
Los secretarios ejecutivos, conciliadores, los coordinadores de las comisiones empresariales y el secretario general deben cumplir las siguientes condiciones:
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•
Ser delegado de una junta aliada.
•
Cumplir con los demás requisitos que jen los estatutos de cada asociación.
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La comisión de convivencia y conciliación de la asociación de juntas Uno de los órganos más importantes de la asociación de juntas es la comisión de convivencia conciliación, papel que aún no se le ha reconocido. Esto es visible al momento de la elección de sus miembros, cuando estos cargos son llenados algunas veces de manera improvisada. Se debe tener en cuenta que el ejercicio de este cargo requiere de un perl
especial ya que este órgano es la base del sistema de justicia comunal creado por la ley 743 de 2002 y su decreto reglamentario 2350 de 2003 (compilado ahora en el decreto 1066 de 2015). Del cumplimiento de las funciones por parte de esta comisión dependen procesos fundamentales para las juntas de acción comunal y juntas de vivienda comunitaria como son: resolución de conictos por la vía conciliatoria y disciplinaria, por
lo tanto, cumplimiento de la normatividad comunal por parte de dignatarios y aliados y actualización de libros de aliados de las juntas. De igual forma, es el
único órgano facultado para conocer y resolver las demandas de impugnación que se presenten contra las decisiones que toman diversos órganos de las juntas de la localidad. Dada la importancia de la labor que se le encomienda, se espera que el integrante de la comisión de convivencia y conciliación de la asociación reúna los siguientes requisitos: •
Reconocimiento por parte de la comunidad.
•
Poseer habilidad para resaltar lo positivo de cada punto de vista.
•
Mantener buenas relaciones con la comunidad.
•
Ser respetado como líder.
• Saber escuchar y respetar las diferencias entre las partes y conocer bien a su comunidad: moral, costumbres, creencias. •
Ser justo e imparcial.
• Posibilitar y facilitar el consenso en las decisiones sin imponer soluciones en materia de conciliación. •
Poseer la habilidad para facilitar la búsqueda de soluciones a los conictos.
•
Ser ético y con integridad moral.
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• Poseer un adecuado conocimiento y capacidad de interpretación de la legislación comunal.
¿Cómo se desarrolla el proceso electoral en las ASOJUNTAS? Este proceso, en lo fundamental, sigue los parámetros señalados para la elección de dignatarios de las organizaciones comunales de primer grado. No obstante los bloques que conforman la ASOJUNTAS son:
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r o p o d a g e l e . D n y ó i a t c i n a c u j o a s l A e l a d l e a t g n e a l o e t i n p o a t r n p o e s h e r c p e r e e R d
s e n o i n u e r y s o d a i l a e d a e l b m a s a . a a r v a c c o e r i v d n o e C d
s e o t l n e a r m e r a i o s v e e T r p o , o o r g e r a p . o s e a e T d v c l e s e r i n e n d o e a c d l r r o t ó o n p u j y s o r s d i e a b i b r u q c r s e o u h p S c a
y a r e s a n c a i l m b ú p e . d a s t e n d e o a d i d s e t e n r n P e e o n m e l o t a c r n o e s p d o i t m s a e r e t t r p n l o c a a . z r s a a i l v a b p i i r d a m n c s v i e u r e e S p R d
e d s e n o i s i m o c s a l e d s e d a d i v c a s a l a . n i o j d r a o b o a C r t
n ó i s i m o c a l e d e t n a r g e t n i s e o i p o r p . o l i h a c r a e r s e e d r r p o m P e
§
§
§
§
§
§
§
L I F R E P
, a v a i c i n I . o s , i n m ó o r s p e m g o c y e d d a d i l i d b a a d i s c n a o p p a s C e r
s a l y s o r b . l . a m d n e i a u d m m i s n o c l o u n r m o ó i a r c c a o l a l l s a e i v d g e y s l e r d a l e a r c e o d c n i s o o e n c c o e e C R n
e d s o p i u q e . r o a p i n i u d r q o e o n c e r a a r j a a b p a r d t a y d i o c j a a b p a a r C t
. s e l . a d n a o d s i l r i e b p a r s e n t o n i p s s e e r n y o i c o s l a i m e r o s r a p n m e u o C B
S O T I S I U Q E R
o i r o t i r r e t . l o e d a n l i e r i a d r i s e e s R y
. r . . i o d b i a d r i d c d e s e e e p d y m r r i e o r y l e a a t r s m e e r b o e a N S S
S E N O I C N U F S A L E D S I S E T N I S
Y S S A o a I t O I R e t R A n n e A T e d i T A d A N i s s e r N G e r I P G I D P D
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e t a t n n e e d i d i s s e e r r p p e e c c i i V o V
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a l e d o i n o m i r t a p l e d . e l l b a n a s u n m o o p s C e n r ó y i c c o i r A a e t i s d o a p t e n D u J
n ó i c c A . e s d e l b a t a t n n u J o c a s l o r e b d i l s y e t a í r r o e p r a o s s e t o l a l . r l r a a a d n j u u e a m n c a e o M R C
s e e o d d d s a i o o l r t n b a e i l i e r d m i a i a v c o e l n b m e . g i s m l l i a a e s d d t c a a y a e l e o d a m d y r a y o , a f d i s v n a i u c d c l a e i e l u r i s , d s a a a . o j y l a a s í a d r b o a i r i l e r d d r e a i n a o s n l e e e R y t T a
e u q s a n o . s r l a e n p u s m a o l C e n d ó i c n c ó i A c e a i d l a a t n u a l J a r l n a r a t r s i g g e e t R n i
e d s o t n e m u c o d s o l y o v i h c r a l e . r n o ó p i r c e a z d i n n o a g r p s o e a R l
. s o d a n o i c n a s s o d a i l a s o l e d l o r t n o c l e r a v e l L
. s o d a i l a e d o r b i l l e d n ó i c a z i l a u t c a a l r a z i l a e R
§
§
§
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§
§
§
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y n ó i c a z i n a g r o
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s s a u i r s a t n a o n c g i d n a y l p s m o u . i r c s a e t s l a a a n d g e g i a i l d l y a s o o t i n y r a t t s a u o e d t u a a i t s q r l e o p a s e r o r e a m b l e o e V c d
a s e s s v e d e e d d n c e n a a i e d ó d i r i b i r i r s i a d s o l t o m u u a l l o a g a e c s e a r r a l i y d l e a n e t s a n l e ó i t l n a s b s r a o e m e n l v r a a i a ó i s n i i i c c c a d n a i u a e u l l i j n c a o j e n o d e o s e n c a y . m v s r a a y a o m t i a a f r d n c n a n t i l e u j e s i r t r v n i n a i d e v i o r l n b n m c e o e o d n R s d c a e
s o l a a r l t r n o e p n d e s o t a a í v e n p o c s e e r l m r o l a c e y d a s r l e r r l a a a n p v o r s a e s r e e d r p a p r d e t i n n y i u . s m d r i e o a n c d u i r o t a s r s i c l e a n l o e e v i C r d d
s o t c i n o c s o l e d a i r o t a i l i c n o c a í v a l
§
§
§
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s a l n ó i s i . m s o a c d a a l t e u d c e j o i r e a t s e e r r o c b e a s l l s e a n l o e c d o t s n a c u j s r í a d v a e t s l L e
s l a e e r a d r o p o d a c n v a e y s l u c e c e i d n r a i d d , a i a v t l n a c u s a j a a l r e l a d e t s d n e a s t o s j e e a r u b p . y n p a r o t r o ó i p e t s c a r d e u b a o r n r a p u o l p b p s a e a l l r u E a p s
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§
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s s s a e e r r n o o o d d a i s a n i o j i n a i d m b d r o c a r o r t o o o c e e C o d d
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r y e n s e t e n n i a o s m i c e d y s a l d . a e n r d ó i b i l i c b o a s i a s a c n t o o n s a p j l a s u e r l a e d a s n e o a n c d o a i c u r m l r a t f o o o n s V i e r
a y a e l b m a s a a l a n ó s e g u s e d e m r . o a f n v i c r i e d r i n d e a R l
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GUÍA DEL PROCESO ELECTORAL DE DIGNATARIOS DE LAS ORGANIZACIONES COMUNALES DE PRIMERO Y SEGUNDO GRADO 2016-2020
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