ASIGNATURA: Gerencia Financiera Contable DOCENTE: Chumpitaz Manco, Juana AUTORA: Paco Morales, Kelly
Una persona entrega un monto de dinero NACIONAL o EXTRANJERO
A una empresa del SISTEMA FINANCIERO
Pueden ser emitidos por las empresas del sistema financiero nacional, debidamente autorizadas
CERTIFICADO CAMBIARIO
Portador
Superintendencia de Banca y Seguros.
Definición De Certificado Bancario El Certificado Bancario es un Titulo Valor que tiene por finalidad principal permitir a las empresas del sistema financiero nacional obtener rápidamente fuentes de financiamiento, mediante la captación de fondos del público. Es emitido por el Banco contra entrega de dinero del cliente quien antes de la expedición del Certificado Bancario debe De mejora o tener en su poder un recibo modernización Estratégicas del Banco. . •
Sujetos Intervinientes. Necesariamente participan dos sujetos Intervinientes.
GARANTE ENDOSANTE ENDOSATARIO
El EMISOR es la empresa del sistema financiero que al recibir el financiamiento emite el CERTIFICADO BANCARIO El Beneficiario o TENEDOR que es la persona que lleva a cabo el FINANCIAMIENTO al ente emisor.
ACCESORIOS
Requisitos Esenciales. 1
La denominación de certificado bancario y la indicación de si se trata de un Titulo Valor expresado en moneda extranjera o moneda nacional.
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El plazo de vigencia del Titulo Valor o su fecha de vencimiento
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6 El lugar y fecha de emisión
7 Si los Certificados Bancarios han sido emitidos al portador
La indicación del importe que representan
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El lugar de pago
Las condiciones para su redención anticipada.
El nombre de la empresa emisora y la firma de su representada
IMPORTE Es el monto que se debe consignar dentro del CERTIFICADO BANCARIO. Para el caso de MONEDA NACIONAL no deberá ser MENOR DE MIL SOLES
En moneda extranjera el importe no debe ser menor de MIL DOLARES o su equivalente en otras MONEDAS.
Podrá generar INTERESES COMPENSATORIOS DESDE LA FECHA DE SU EMISION HASTA SU VENCIMIENTO.
Tasas fijas
Tasas Variables
VENCIMIENTO Deberá señalarse en el documento la FECHA DE VENCIMIENTO.
No PUEDE SER MAYOR AL AÑO DE SER EMITIDO ESTE TITULO VALOR.
Los CERTIFICADOS BANCARIOS solamente vencen a fecha fija. Si no se expresa se SOBREENTIENDE que el PLAZO de VENCIMIENTO es un AÑO desde su fecha de emisión.
Una persona natural o jurídica entrega un monto de dinero en moneda nacional a una empresa del sistema financiero (INTERBANK), recibiendo a cambio de ello el título valor llamado certificado bancario. Capital inicial (C): Tasa Efectiva Anual (TEA): Fecha de inicio: Fecha de vencimiento: Plazo (n):
S/. 16,000 2.875% 01 de Enero de 2010 01 de Enero de 2011 360 días
El interés ganado al vencimiento sería: S/. 460.00
Al finalizar el plazo, el cliente tendrá fondos disponibles por S/.16,460.00 correspondientes al capital (S/. 16,000) más intereses (S/.460.00).
PERSONA NATURAL 1. Original y copia de documento de identidad de las personas naturales y/o jurídicas. 2. Monto mínimo de inversión $1,000.00
PERSONA JURIDICA 1. Copia del documento de identidad de cada uno de los representantes legales de tu empresa. 2. Acta de Directorio o Escritura Pública debidamente inscrita en Registros Públicos donde se indique la modificación solicitada, si se requiere otorgar poderes a nuevos representantes.
CARACTERÍSTICAS DE CERTIFICADO BANCARIO EN DÓLARES
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El certificado bancario puede estar en custodia del banco o en el poder del cliente .
Puedes elegir el plazo de permanencia del Certificado Bancario en Dólares de acuerdo a lo siguiente: Plazos en días: 30, 60, 90, 180 y 360 días .
Cuentas con 4 formas de depósito para la apertura del Certificado Bancario en Dólares: En efectivo, primera cuenta en una banco, cheques de otros bancos y cheque del mismo banco.
Al vencimiento del plazoDe elegido, para el certificado bancario en mejora o dólares modernización •
Estratégicas
Se ofrece una combinación de tasas y plazos a elección del cliente.
Se puede utilizar como medio de pago. Es negociable en el país y en el extranjero.
Se puede utilizar como garantía paraDe cualquier mejora o crédito. modernización •
Estratégicas
Puede ingresar y retirar de custodia del banco en cualquiera de nuestras de los Agencias a nivel nacional.
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De mejora o modernización Estratégicas
Al vencimiento de los certificados ingresados en custodia, se tiene la posibilidad de elegir que capitalicen los intereses en el mismo certificado o se abonen a otra cuenta. Esta cuenta de abono puede ser una de ahorros o corriente en dólares.
Puede uno negociar el Titulo Valor tanto en el Perú como en el extranjero, además de poder ser utilizado como medio de pago y ahorro. Si uno quiere un crédito, el Certificado es una excelente garantía para obtener facilidades crediticias.
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Este Certificado sirve como garantía no solo en el Banco que lo emitió, sino también en cualquier institución financiera. Es libremente negociable y transferible. Esto quiere decir que si el cliente necesita de liquidez puede hacer uso del certificado, teniendo una cuenta a Plazo Fijo .
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Como es natural, se puede adquirir o comprar en cualquier oficina del país, el certificado tiene una fecha de vencimiento. El Banco cuida de conservar para el cliente tasas de interés preferentes.
El imán para adquirir este Certificado consiste en recordarle al cliente, la tasa de interés preferencial, libertad de decisión en cuanto al monto y el plazo (máximo un año) y renta fija.
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Quien quiera adquirir un Certificado, debe gozar de excelente historial crediticio en todo el sistema financiero. Así, si el interesado no tiene que tener problemas de pago con ningún banco Cuando los Certificados en encuentran en custodia en el Banco, estos se renuevan automáticamente a su vencimiento. Si se renuevan mantienen el plazo original, pero lo que cambia es la tasa vigente a la fecha de renovación.
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Puede que el cliente no quiera renovar el Certificado; entonces se pagan los intereses hasta la fecha de su vencimiento.
Artículo 223:
El certificado bancario en moneda nacional esta regulado por el artículos 223 °
Las empresas del Sistema Financiero Nacional autorizadas a captar fondos del público, podrán emitir Certificados Bancarios de Moneda Nacional, siendo de aplicación las prescripciones señaladas para los Certificados Bancarios de Moneda Extranjera en cuanto resulte pertinente, con la excepción que deben estar expresados y ser pagados en moneda nacional y su importe no ser menor a un mil nuevos soles . Dedebe mejora o
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modernización Estratégicas
Art. 217
El Certificado Bancario en Moneda Extranjera puede ser emitido sólo por empresas del Sistema Financiero Nacional autorizadas para ello según la ley de la materia. Art. 217
Su emisión procede sólo contra el recibo por la empresa emisora de la moneda extranjera que representa en las condiciones expresadas en el mismo título.
Art. 218
El certificado bancario en moneda extranjera esta regulado en los artículos 217 al 222 de la nueva ley de títulos valores (Ley N 27287) °
Se emite, indistintamente, al portador o a la orden de determinada persona
Art. 218
La obligación de pago que contiene, debe ser cumplida por su emisor, en la misma moneda extranjera que expresa el título, sin que se requiera de la cláusula a que se refiere el Artículo 50
Art. 218
Su importe no debe ser menor a un mil dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas extranjeras;
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Art. 218
°
Art. 218
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El plazo para su pago no debe superar de 1 (un) año, contado desdemejora la fecha de De o su emisión
modernización Estratégicas
Deben emitirse en papel de seguridad.
Art.2 19
El lugar y fecha de su emisión
Art. 219
El certificado bancario en moneda extranjera esta regulado en los artículos 217 al 222 de la nueva ley de títulos valores (Ley N 27287)
Art. 219
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Art. 221
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Art. 222
La indicación de su importe, que deberá estar expresado en moneda distinta a la nacional
El plazo de su vigencia o fecha de su vencimiento, que no podrá ser mayor a 1 (un) año, desde la fecha de su emisión
Lugar de pago: Si no se señala el lugar de pago, se entenderá que es pagadero en cualquier oficina de la empresa emisora dentro de la República.
De mejora o modernización Los endosantes del Certificado Bancario de Moneda Extranjera a la orden no están sujetos a la responsabilidad solidaria de que trata el Artículo 11, siendo la empresa Estratégicas emisora y sus garantes los únicos obligados a su pago.
Los Certificados Bancarios operaciones de crédito.
pueden
ser
utilizados
para
garantizar
Los Certificados Bancarios deberá estar dentro del Rubro Caja y Bancos, porque representa disponibilidad, ya que dichos Certificados, son casi dinero en efectivo de la Empresa. Puede ser adquirido por personas naturales o jurídicas, residentes o no residentes en el país, de forma individual o mancomunada Los saldos en Certificados Bancarios, expresan dinero en moneda nacional o extranjera ahorrado en un plazo determinado y que produce una rentabilidad a favor de la Empresa.
Los Certificados Bancarios pueden ser negociados libremente y pueden ser utilizados como medio de pago en una transacción comercial de compra/venta, y se puede constituir como garantía para solicitar y obtener créditos.