Diferencias Constitución de 1886 y 1991
Creación y características
Creada el 4 de agosto de 1886.
fundamentales
Composición
De carácter centralista y presidencialista, autoritaria y confesional
Creada el 4 de julio de 1991 con énfasis en derechos y libertades fundamentales. fundamentales. La conforman trece títulos y 380 artículos. La complementan 59 artículos transitorios.
Estaba compuesta por 22 Títulos y 218
"El pueblo de Colombia representado por los
artículos "En nombre de Dios, reconoce a la
delegatarios de la ANC, invocando la protección de
religión católica como la nación"
Dios, decreta:"
Planteados en el Título III, con 37 artículos.
Título II "De los derechos y garantías", con 85
Derechos y
Aborda los derechos civiles y garantías
artículos. Aborda los derechos fundamentales,
deberes
sociales en general Conformado por el
sociales, económicos, culturales y del ambiente.
fundamentales
presidente, Ministros y jefes de departamentos Implementa, también, los deberes del ciudadano y de
Preámbulo constitucional
administrativos.
la persona.
Los gobernadores son de libre nombramiento
Además del presidente, se incluyen: los
y remoción por el presidente, para períodos períodos de establecimientos públicos y las empresas del Estado. Poder ejecutivo
dos años
Se crea la vicepresidencia.
Todos los cargos en corporaciones públicas
Los gobernadores y alcaldes son de elección popular,
tienen suplente.
para periodos de tres años.
Diputados y concejales para periodos de dos Poder legislativo
años No hay un amplio régimen de inhabilidades e incompatibilidades para los congresistas.
Se eliminan los suplentes. Diputados y concejales para periodos de tres años. Se establece un régimen de inhabilidades e incompatibilidades para los congresistas.
La administración de justicia corresponde a la Se crean la Corte Constitucional, el Concejo Superior Poder judicial
Elecciones
Corte Suprema de Justicia, los tribunales
de la Judicatura y la Fiscalía General de la Nación,
superiores y los juzgados ju zgados
como complemento de la administración judicial
Los ciudadanos eligen directamente:
Los ciudadanos eligen directamente: presidente, presidente,
presidente de la República, senadores,
senadores, representantes, diputados, alcaldes y
representantes, diputados, concejeros
concejales; así como: vicepresidente, gobernadores
intendenciales y comisariales, alcaldes y
concejales distritales, miembros de Juntas
concejales municipales del Distrito Especial.
Administrativas Locales y miembros de la ANC.