modelo de demanda de titulo supletorioDescripción completa
IACCDescripción completa
laboratorio e94 titulo de vapor prof ivan jerez ing. de ejecucion mecanica usachDescripción completa
Modelos de Titulos ValoresDescripción completa
Tarea Semana N° 8, IACC, proyecto de titulo
La presente práctica esta direccionada a poder comprender de manera adecuada la importancia de la los Bio Arquitectura y Bioclimatismo y su aplicabilidad, esto para poder aprovechar al máxim…Descripción completa
foro proyectoDescripción completa
Si tiene una casa, la construyó, la compró, y no tiene documentos legales que le acrediten tal propiedad, haga esta diligencia en los tibunales y obtenga su Titulo Supletorio de Propiedad, q…Descripción completa
resumen ley 27444Descripción completa
titulo accionarioDescripción completa
iaccDescripción completa
Descripción completa
instructivo examen de titulo iacc
buenoDescripción completa
Descripción: Control 2_esteban Hinojosa_seminario de Titulo
titulo de vaporFull description
ÁREA: DERECHO COMERCIAL LÍNEA: TÍTULOS VALORES La demanda de obligación de da !"ma de dineo c"ando !e e#ec"$a "n $%$"lo &alo' en e!$e ca!o "n (aga)' !e $ami$a en la &%a &% a ( (oc oced edim imen en$a $all de dell ( (oc oce! e!o o *n *nic ico o de e# e#ec ec"c "ción ión++ En e! e!$e $e (oce!o no !e e!(ea la emi!ión de "na !en$encia' !ino lo ,"e la (-c$ica #"dicial denomina .a"$o /nal0 ,"e e! la e!ol"ción ,"e e!"el&e la con$adicción (e!en$ada (o el demandado+ En e!$e modelo lo'' !"geimo! &ei/ca lo! (ie! de (-gina ,"e !e enc"en$an al /nal del e!ci$o' lo! c"ale! !"!$en$an #"%dicamen$e la! (a$e! e!enciale! de e!$a demanda+ 1AUTO 1AUTOR: R: 2OS3 MARÍA 4ACORI 4ACORI CARI5 Modelo de demanda de e#ec"ción de $%$"lo &alo 1(aga)5 E64EDIENTE ES4ECIALISTA CUADERNO ESCRITO SUMI SU MILL LLA A dineo
: : : 4RINCI4AL : 78978; : De Dema mand nda a de ob obli liga gaci ción ón de da da !" !"ma ma de
SEADO DE 4A= LETRADO ?INANCIERA CR3DITOS 1@5 S+ A+' in!ci$a en la 4a$ida 1@5 del Regi!$o Mecan$il de la O/cina Regi!$al 1@5' con RUC 1@5' con dom do mic icil ilio io ea eall en 1@5 @5'' deb ebid idam amen en$e $e e( e(e e! !en en$$ad ada a (o (o !" a(odead a(od eado o 1@5' con DNI 1@5 1@5'' !eal !ealando ando domicilio domicilio (oc (oce!al e!al en 1@5B a Ud+' e!(e$"o!amen$e e!(e$"o!amen$e'' digo: I+9 COM4ETENCIA El A$%c"lo 79 del TUO del Código 4oce!al Ci&il e!$ablece “Es s co comp mpet eten ente te pa para ra co con noc ocer er lo los s pr pro oce ces sos co con n tí títu tulo lo ,"e “E ejecutivo ejecuti vo de nat natura uralez leza a ext extraj rajudi udicial cial el Jue Juez z Civ Civil il y el de Paz Letrado. El Juez de Paz Letrado es competente cuando la cuantía de la pretensión no sea mayor de cien Unidades de Reerencia Proce Pr ocesal sal.. Las pre preten tensio siones nes !ue sup supere eren n dic" dic"o o mon monto to son de competencia del Juez Civil.#
II+9 MONTO DEL 4ETITORIO El mon$o a!ciende a la !"ma de SF ' 777+77 1Vein$i!)i! mil con 77F8 77 F877 77 n" n"e& e&o! o! !o !ole! le!5' 5' mm-! ! lo! in$ in$e ee! e!e! e! co com( m(en en!a !a$o $oi io! o! G moa$oio!' de all% ,"e la demanda (o la c"an$%a !e in$e(onga an$e el 2"e de 4a Le$ado+
III+9 DEMANDADOS DIRECCIJNK8 1NOMRE DEL DEUDOR 4RINCI4AL5' a ,"ien !e le debe- de no$i/ca en 1@5 IV+9 4ETITORIOK Como (e$en!ión (inci(al' in$e(ongo demanda de obligación de da !"ma de dineo G e#ec"ción de $%$"lo e#ec"$i&o (aa ,"e !e emi$a manda$o e#ec"$i&o ,"e di!(onga el (ago a mi e(e!en$ada de SF ' 777+77 1Vein$i!)i! mil con 77F877 n"e&o! !ole!5 con$enido en el 4A>AR3 No+ 1@5 emi$ido el 7; de ebeo de 788' ba#o a(ecibimien$o de inicia!e la e#ec"ción oada en ca!o de inc"m(limien$oK; Como (e$en!ión acce!oia' !e di!(onga el (ago de lo! in$ee!e! com(en!a$oio! G moa$oio!' m-! el (ago de co!$a! G co!$o! del (oce!o+ V+9 TÍTULO E2ECUTIVO El A$%c"lo del Código 4oce!al Ci&il e!$ablece ,"e: “$%& 'on títulos ejecutivos los si(uientes) $%& *. Los +ítulos ,alores !ue con-eran la acción camiaria/ deidamente protestados o con la constancia de la ormalidad sustitutoria del protesto respectiva0 o/ en su caso/ con prescindencia de dic"o protesto o constancia/ conorme a lo previsto en la ley de la materia0 $%
En el (e!en$e ca!o' el $%$"lo e#ec"$i&o e! el 4aga) No+ 1@5 emi$ido el 1@5 con eca de &encimien$o 1@5' !iendo ,"e conome a la cl-"!"la e!(ecial “Este pa(are no re!uiere ser protestado por alta de pa(o/ procediendo su ejecución por el solo m1rito de "aerse cumplido la ec"a de vencimiento y no "aer sido prorro(ada.#
VI+9 ?UNDAMENTOS DE HECHO 8+9 El e#ec"$ado ace($ó el (agae ,"e !e anePa a la (e!en$e' !iendo ?INANCIERA CR3DITOS 1@5 $enedo del mi!mo' G' (o ende' aceedo de la! obligacione! con$enida! en el $%$"lo &alo+ +9 El $%$"lo &alo al ,"e !e ace eeencia $iene como eca de &encimien$o el 88 de !e($iembe de 78' (o lo ,"e !e ("ede ad&e$i ,"e a la eca !e enc"en$a &encido G a (e!a de lo! m*l$i(le! e,"eimien$o! de (ago eec$"ado! (o mi (odedan$e G al no abe ob$enido "n e!"l$ado (o!i$i&o' emo! (ocedido a inicia el (e!en$e (oce!o de e#ec"ción de $%$"lo &alo ;9 El $%$"lo &alo c"m(le con lo! e,"i!i$o! legale! e!$ablecido! (o LeG+ VII+9 REQUISITOS COMUNES El A$%c"lo del Código 4oce!al Ci&il e!$ablece “Procede la ejecución cuando la oli(ación contenida en el título es cierta/ expresa y exi(ile. Cuando la oli(ación es de dar suma de
dinero/ dee ser/ adem2s/ lí!uida o li!uidale mediante operación aritm1tica.# 3.4 5li(ación cierta: Lo e!$ablecido en el 4aga) no im(lica
d"da!
6.4 5li(ación expresa: El mon$o a (aga e! eP(e!o 7.4 5li(ación exi(ile: EPi!$e "n &encimien$o en el (ago *.4 5li(ación lí!uida: El mon$o a !ido de$eminado claamen$e+
VIII+9 ?UNDAMENTOS DE DERECHO El A$%c"lo 88 del Código Ci&il e!$ablece ,"e “Es eecto de las oli(aciones autorizar al acreedor para lo si(uiente) 3.4 Emplear las medidas le(ales a -n de !ue el deudor le procure a!uello a !ue est2 oli(ado.#
En el (e!en$e ca!o' acemo! "!o del (oce!o de e#ec"ción e!$ablecido en el Código 4oce!al Ci&il (aa (oc"a el (ago de la de"da+ I6+9 VÍA 4ROCEDIMENTAL Conome a lo (e&i!$o en el A$%c"lo del Código 4oce!al Ci&il: “'ólo se puede promover ejecución en virtud de títulos
ejecutivos de naturaleza judicial o extrajudicial se(8n sea el caso.# 4o lo ,"e al (e!en$e (oce!o le coe!(onde la &%a
del (oce!o *nico de e#ec"ción
6+9 MEDIOS 4ROATORIOS El T%$"lo Valo con$enido en el 4agae No+ 1@5 (o la !"ma de SF ' 777+77 con eca de &encimien$o 88 de !e($iembe de 78+ 6I+9 ANE6OS 89A Co(ia !im(le de mi doc"men$o nacional de iden$idad 89 Co(ia ce$i/cada del (ode ,"e acedi$a mi e(e!en$ación 89C 4aga) oiginal emi$ido (o el e#ec"$ado+K 4OR LO E64UESTO: A UD+ (ido emi$i el coe!(ondien$e manda$o e#ec"$i&o+ 4RIMER OTROSI+9 Se ad#"n$a el aancel #"dicial (o oecimien$o de ("eba! G c)d"la! de no$i/cación+ Ae,"i(a' ;7 de oc$"be de 78 ?ima del abogado G del demandan$e
K8 El Artículo 690 del Código Procesal Civil (Perú) establece que “Están legitiados !ara !roover e"ecución quien en el título e"ecutivo tiene reconocido un derec#o en su $avor%
contra aqu&l que en el iso tiene la calidad de obligado ' en su caso el constitu'ente de la garantía del bien a$ectado en calidad de litis consorte necesario* K El Artículo 69+ del Código Procesal Civil establece que “A la deanda con título e"ecutivo !ara el cu!liiento de una obligación de dar sua de dinero se le dará el tráite !revisto en las ,is!osiciones -enerales* K; El Artículo 690.C del Código Procesal Civil establece “El andato e"ecutivo dis!ondrá el cu!liiento de la obligación contenida en el título% ba"o a!ercibiiento de iniciarse la e"ecución $or/ada con las !articularidades sealadas en las dis!osiciones es!eciales* K El artículo 690.A del Código Procesal Civil establece lo siguiente1 “A la deanda se aco!aa el título e"ecutivo adeás de los requisitos ' ane2os !revistos en los Artículos 343 ' 34+ ' los que se es!eci$iquen en las dis!osiciones es!eciales*