qwertyuiopasdfghjklzxcvbn mqwertyuiopasdfghjklzxcv bnmqwertyuiopasdfghjklzx cvbnmqwertyuiopasdfghjkl Democracia en el zxcvbnmqwertyuiopasdfghj Perú klzxcvbnmqwertyuiopasdfg hjklzxcvbnmqwertyuiopasd fghjklzxcvbnmqwertyuiopa !" sdfghjklzxcvbnmqwertyuio %&' pasdfghjklzxcvbnmqwertyu iopasdfghjklzxcvbnmqwert yuiopasdfghjklzxcvbnmqwe rtyuiopasdfghjklzxcvbnmq wertyuiopasdfghjklzxcvbn mqwertyuiopasdfghjklzxcv bnmqwertyuiopasdfghjklzx Área: Formación
Ciudadana y Cívica
Docente:
Alumno: Mercado
Marín, Roger
Grado :
#ecci$n:
(" de orden : 19
Introducción Construir un concepto en torno a la democracia constituye una ardua tarea debido a que la discordancia entre aspectos formales y materiales evidencia que proposiciones legales, como la contenida en el artículo 43° de la Constitución Política, no encuentran correlato en la realidad, al advertirse una serie de conflictos sociales que revelan la disconformidad de la población con aquellas autoridades que, en virtud de prácticas democráticas, fueron elegidas para representarlos. llo nos lleva a pensar que el concepto de democracia, entendido como !el sistema en que el pueblo en su con"unto e"erce la soberanía y, en nombre de la misma, elige a sus gobernantes# o como !el $gobierno del p%blico en p%blico, no es efectivo y que en alg%n punto de su dise&o se quiebra la co'erencia entre lo propuesto por los dispositivos que regulan la materia y la realidad donde los enunciados legales deben ser aplicados. sta situación revela la crisis de la democracia representativa en nuestro país, debido a que lamentablemente el reconocimiento de la misma se 'a dado desde una perspectiva meramente formal, debido a que sólo se 'a considerado suficiente erigir un concepto formal, entendido desde la perspectiva de que !el principio democrático se materiali(a a trav)s de la participación directa, individual o colectiva de la persona como titular de una suma de derec'os de dimensión tanto sub"etiva como institucional *derec'o de voto, refer)ndum, iniciativa legislativa, remoción o revocación de autoridades, demanda de rendición de cuentas, e+presión, reunión, etc., así como en su participación asociada, a trav)s de organi(aciones orientadas a canali(ar el pluralismo político. -simismo, el referido principio se materiali(a en la participación política indirecta de la ciudadanía es decir, a trav)s de sus representantes libremente elegidos. /a democracia representativa es el rasgo prevalente en nuestra Constitución#. 0in embargo, dic'a e+presión queda en un plano meramente procedimental, ya que si bien se celebran procesos electorales cuyo ob"etivo es la elección de representantes de la población, la serie de manifestaciones y protestas de diversos colectivos demuestran la discordancia entre los resultados electorales y la percepción de la comunidad en torno a la gestión de las autoridades que otrora fueran aclamadas por ella y, a'ora, rec'a(adas a trav)s de la movili(ación ciudadana que busca llamar la atención de las autoridades del gobierno central, en aras de un cambio cuya producción es incierta. n consecuencia, 1qu) sucede con la democracia representativa en Per%2 10erá acaso que el legislador pretende ampararse en la literalidad de los dispositivos legales y e+imirse de aplicar la cláusula de eficacia en resguardo de esta institución y de la tutela efectiva de los derec'os fundamentales2
Desarrollo
La democracia y su relación con la moralidad 0e afirma que la democracia es !una forma de organi(ación política mediante la cual la ciudadanía de una sociedad interviene activamente en la definición de su r)gimen político, en la integración de sus órganos de gobierno, en la definición y e"ecución de las políticas p%blicas y en la vigilancia de su cumplimiento. 0in embargo, consideramos que este concepto es el resultado de un proceso 'istórico que se inicia en recia y del cual se tomará a la moral como condicionante en su configuración y mutación. Por tal motivo, partimos del pensamiento de -ristóteles, quien considera que el orden social debe estar dirigido por el pluralismo, ya que, como afirma nneraty, se encuentra legitimado !por el 'ec'o de que lo políticamente "usto no est) teóricamente predeterminado y por la e+igencia de una continua corrección a que están sometidas las decisiones políticas, lo cual "ustificaría que !-ristóteles est) por un tipo de r)gimen cuyo principio sea la libertad5 $la democracia es la menos mala de las derivaciones, porque se desvía poco de la forma de la rep%blica. 0in embargo, 'ay un aspecto abordado por nneraty en torno al pensamiento de -ristóteles que nos lleva a referir otro sumamente importante en la configuración de la democracia, como es la ra(ón práctica, la cual "ustificaría la adopción de decisiones políticas, pero, a su ve(, permitiría intrincarnos en el uso práctico de la ra(ón, el que nos lleva a transitar por el abstracto concepto de la moralidad como deber ser de la política. /a moralidad, como sustento de la ra(ón práctica y del deber !ser de la política# 'a sido abordado por Peces 6arba en el estudio del poder político democrático, a trav)s del análisis de la realidad comple"a como una característica del poder y del poder comple"o a partir de sus contenidos y funciones. Argumentación
Estado social y democrático de Derecho 0i bien el artículo 4° de la Carta Política de 7898 estableció que el stado peruano es uno social y democrático de :erec'o, esta situación no se produ"o en la Constitución de 7883, ya que como afirma Carpio, fue suprimida de la Constitución del 83, argumentándose que tras de ella se escondían resabios de doctrinas !sociali(antes#. ;o obstante, se asume que el nuestro es un stado social y democrático de :erec'o a trav)s de la interpretación sistemática de los artículos 3° y 43°.
0obre el particular, debe destacarse que esta clase de stado es producto de la evolución desde el modelo del stado liberal, pues como sostiene el
- -l referirse al Estado social, se supone !un avance con respecto al stado liberal de anta&o, en el que los derec'os y libertades individuales eran garanti(ados sometiendo la actuación de los poderes p%blicos a la ley, ya que en el stado social los derec'os reconocidos constitucionalmente pueden ser e+igibles y reclamar a los poderes p%blicos su efectividad, ya que están obligados a prestarlos.
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0obre el Estado democrático, debe considerarse lo afirmado por >rtega ;ava, quien afirma que la !vocación democrática se e+presa mediante un proceso de transformación de $lo p%blico?, ya que paulatinamente va de"ando de ser patrimonio de la acción gubernamental al convertirse en espacio de concurrencia de diversos actores de la sociedad espacio de negociación, concertación, deliberación, construcción de consensos y acuerdos a la ve( de ser un elemento consustancial al e"ercicio pleno de la ciudadanía y concreción del proyecto democrático. n relación al Estado de Derecho, este es concebido como la forma política caracteri(ada por la sumisión del poder al :erec'o, mediante la limitación "urídica de su actividad. @rente al stado absoluto, el stado de :erec'o se fundamenta en la separación de poderes, el respeto de los derec'os fundamentales, el principio de legalidad de la actuación administrativa y la responsabilidad del stado, facilitada por el reconocimiento de su personalidad "urídica.
/o referido en relación a los elementos que constituyen a esta clase de stado revela una situación de discordancia entre la realidad y lo establecido por el legislador, ya que el convulsionado escenario social y político de Per% no establece las condiciones requeridas para la concreción de dic'o stado, ya que para ello sería necesario comprender que se !requiere no sólo de la e+igencia de condiciones materiales para alcan(ar sus presupuestos Alo que e+ige una relación directa de las posibilidades reales y ob"etivas del stado con la activa participación de los ciudadanos en el que'acer estatal ,sino, además, su identificación con los fines de su contenido social, a efectos de que pueda evaluar tanto los conte+tos
que "ustifiquen su accionar, como aquellos que "ustifiquen su abstención, evitando convertirse en un obstáculo para el desarrollo social, aspecto %ltimo que, como veremos, no se da en nuestro país.
Inestabilidad democrática en Perú n las 'o"as anteriores 'e desarrollado la relación entre la moralidad y la democracia, enfati(ando que la moralidad crítica contraria al :erec'o positivo pone en peligro a la institución que es ob"eto de estudio en el presente ensayo. :e igual manera, se 'a desarrollado los elementos que configuran al stado social y democrático de :erec'o, e+poniendo a grandes rasgos que tales elementos no son tutelados por quienes ostentan poder, con lo cual se genera la inestabilidad democrática que será abordada a continuación. Boy a dedicar algunas líneas a las diferentes modalidades de la democracia, con el %nico propósito de (an"ar cualquier duda en relación a lo que posteriormente se dirá. Por tal motivo, aclarar) que la democracia se materiali(a a trav)s de dos vertientes5
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/a democracia directa, entendida como una !forma de gobierno en la cual el pueblo participa de manera continua en el e"ercicio directo del poder. 0e trata de una democracia autogobernante. sto significa que el pueblo, reunido en asamblea, delibera y decide en torno a los asuntos p%blicos. /a viabilidad de esta clase de democracia está condicionada a la e+tensión de la población que será regida por ella. -sí, por e"emplo, su aplicación será adecuada en poblaciones menores, en la que e+istan vínculos directos de identificación entre sus actores, es decir, co'esión e+presada a trav)s de la dirección 'acia ob"etivos comunes. scenarios donde podría ser aplicada la democracia directa serían los vecindarios o las comunidades nativas, debido a que son realidades más unitarias. Por ello, el segundo párrafo del artículo 37° de la Carta Política establece que !es derec'o y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su "urisdicción#, situación que se daría en el primer escenario, como en el segundo caso lo 'ace el artículo 8° del
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/a democracia representativa, entendida como aquella !democracia indirecta, en la que el pueblo no gobierna, pero elige representantes que lo gobiernan, en el que, como se&aló Dontesquieu, el pueblo es admirable para elegir a aquellos a quienes debe confiar una parte de su autoridad, la
gran venta"a de los representantes es que son capaces de discutir los asuntos. l pueblo en modo alguno lo es, lo que constituye uno de los graves inconvenientes de la democracia. 0obre el particular, el
Resumen /a democracia es una forma de organi(ación política mediante la cual la ciudadanía de una sociedad interviene activamente de su r)gimen político, en la definición y e"ecución de las políticas p%blicas y en la vigilancia de su cumplimiento. s el resultado de un proceso 'istórico que se inicia en recia y del cual se tomará a la moral como condicionante en su configuración y mutación. el stado social y democrático de :erec'o, como alternativa asume los fundamentos de este, pero además le imprime funciones de carácter social. Por e"emplo, la propiedad privada no sólo debe ser inviolable, sino que debe e"ercerse en armonía con el bien com%n, y dentro de los límites de la ley. sta clase de stado contiene tres elementos que deben ser apreciados de manera individual5
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Estado social, es !un avance con respecto al stado liberal de anta&o, en
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el que los derec'os y libertades individuales eran garanti(ados sometiendo la actuación de los poderes p%blicos a la ley. Estado democrático, debe considerarse lo afirmado por >rtega ;ava, quien afirma que la !vocación democrática se e+presa mediante un proceso de transformación de $lo p%blico?, ya que va de"ando de ser patrimonio de la
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acción gubernamental al convertirse en espacio de participación de diversos actores de la sociedad. Estado de Derecho, es la forma política caracteri(ada por la sumisión del poder al :erec'o, mediante la limitación "urídica de su actividad.se fundamenta en la separación de poderes.
La inestabilidad democrática 0e denota que la moralidad crítica contenida en los discursos es afín a la contraria del :erec'o positivo, lo cual pone en riesgo la estabilidad democrática del país.
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/a democracia directa, entendida como una !forma de gobierno en la cual el pueblo participa de manera continua en el e"ercicio directo del poder.
/a viabilidad de esta clase de democracia está condicionada a la e+tensión de la población que será regida por ella. Por ello, el segundo párrafo del artículo 37° de la Carta Política establece que !es derec'o y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su "urisdicción#, situación que se daría en el primer escenario, como en el segundo caso lo 'ace el artículo 8° del
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/a democracia representativa, entendida como aquella !democracia indirecta, en la que el pueblo no gobierna, pero elige representantes que lo gobiernan. 0obre el particular, el
Conclusiones
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/a democracia en nuestro país es representativa y 'a sido asumida para regir el destino de Per%. llo se desprende del e+tremo final del primer párrafo del artículo 37° de la Constitución Política del stado, la cual establece que los ciudadanos !tienen el derec'o de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley orgánica, lo cual será llevado a cabo a trav)s del sistema electoral, cuya finalidad es !asegurar que las votaciones tradu(can la e+presión aut)ntica, libre y espontánea de los ciudadanos.
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0in embargo, se denota que la moralidad crítica contenida en sus discursos es afín a la contraria al :erec'o positivo, lo cual pone en riesgo la estabilidad democrática del país.
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sto trae el cuestionamiento del stado peruano como uno social y democrático de :erec'o, ya que la primera característica 'a sido desconocida por nuestras autoridades, en lo que se aprecia el descontento de la población en relación a la gestión de las autoridades que fueron elegidas para representarlos.
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:e igual manera, el rasgo democrático se pone en tela de "uicio en atención de que no e+iste relación entre el clamor popular y las acciones adoptadas por las autoridades que deberían representar al pueblo que las eligió, con lo cual la discordancia entre ambos grupos se a'onda, generándose una situación de desconfian(a que cada cierto tiempo revela la ineficacia de la democracia representativa en nuestro país.
Anexos
Constitución Política del Estado Artículo 43°.- !/a Fep%blica del Per% es democrática, social, independiente y soberana#.
“ociedad ! democracia en Aristóteles" ;;F-<=, :aniel. !0ociedad y democracia en -ristóteles#. n5 Anuario filosófico. Bol. 7E, ;° G. Fevista del :epartamento de @ilosofía de la Hniversidad de ;avarra. Pamplona, 783, p. EI
D#CC#$%A$ '(&)D#C$ EPAA. @undación
P&$*&A+A DE ,A %AC#$%E (%#DA PA&A E, DEA&&$,,$ P%(D . !/a democracia en -m)rica /atina. Kacia una democracia de ciudadanas y ciudadanos#. -guilar, -ltea,
DEE%$&)A DE, P(E/,$. !E4° Feporte de Conflictos 0ociales#. >p. cit., p. 3