Instituto Filosófico Pedro Francisco Bonó
EL ABORTO: UNA MIRADA MULTIDIMENSIONAL
������� ����������� ���� ����� ��� �� ������ ��
Licenciado en Humanidades y Filosofía
���������� ����
Cristian Rafael Peralta Núñez, sj.
�������
Pablo Mella, sj.
����� �������� ���� ��� ����
���
A mi familia, quienes me acogieron con alegría desde que tuvieron noticia de mi existencia.
���
ÍNDICE PRESENTACIÓN ................................................... ............................................................................. ................................................. ....................... 1 DEDICATORIA .................................................... ................................................................................ ................................................... ....................... 2 ÍNDICE .................................................. .............................................................................. .................................................... ................................... ........... 3 INTRODUCCIÓN ...................................................... .................................................................................. ............................................ ................ 4 RAÍCES HISTÓRICAS DE LA CONSIDERACIÓN C ONSIDERACIÓN ÉTICA DEL ABORTO.......... 6 1.1 EL ABORTO EN LA HISTORIA : SUS PRIMEROS ESBOZOS LEGISLATIVOS .................. 7 1.2 EL MUNDO GRECO-ROMANO ................................................... ........................................................................... ........................ 8 1.3 LA BIBLIA, EL MUNDO JUDÍO Y EL CRISTIANISMO ............................................... .............................................. 10 1.3.1 Escritos cristianos .......................................................................................... 12
1.4 DE LOS SIGLOS XV AL XVIII .................................................... .......................................................................... ...................... 13 1.5 DE LOS SIGLOS XIX Y XX .................................................... .............................................................................. .......................... 15 1.6 BALANCE HISTÓRICO. ....................................................................... .................................................................................... ............. 17 ¿A QUÉ ALUDIMOS CUANDO DECIMOS “ABORTO”? ................................. ................................. 19 2.1 DEFINICIÓN DE ABORTO .................................................. .............................................................................. ................................ 19 2.2 TIPOS DE ABORTO ...................................................... .................................................................................. .................................. ...... 23 2.2.1 Aborto terapéutico ......................................................................................... 24 2.2.1.1 Definición .................................................................................................... .................................................................................................... 24 2.2.1.2 Esbozo de algunas problemáticas y respuestas éticas ............................... 24 2.2.2 Aborto ético, humanitario o criminológico....................................................... 27 2.2.2.1 Definición .................................................................................................... .................................................................................................... 27 2.2.2.2 Esbozo de algunas problemáticas y respuestas éticas ............................... 27 2.2.3 Aborto psicosocial psicosocial .......................................................................................... 29 2.2.3.1 Definición .................................................................................................... .................................................................................................... 29 2.2.3.2 Esbozo de algunas problemáticas y respuestas éticas ............................... 30 2.2.4 Aborto eugénico o por indicación fetal ........................................................... 32 2.2.4.1 Definición .................................................................................................... .................................................................................................... 32 2.2.4.2 Esbozo de algunas problemáticas y respuestas éticas ............................... 32
2.3 DIFERENCIA ENTRE ABORTO DESPENALIZADO Y ABORTO LEGALIZADO ................ ............... 36 MULTIDIMENSIONAL ................................................ 37 2.4 POR UNA CONSIDERACIÓN MULTIDIMENSIONAL PERSONA, DIGNIDAD Y ABORTO ............................................................ .................................................................. ...... 39 3.1 VIDA HUMANA , SER HUMANO Y PERSONA .................................................. ........................................................ ...... 40 3.1.1 ¿Qué nos hace ser personas?....................................................................... 41 3.1.1.1 Ponderación de los criterios de definición de la persona ............................. 42
3.2 PERSONA EN ROBERT SPAEMANN .................................................... ................................................................. ............. 44 3.3 LA DIGNIDAD ................................................... ............................................................................... ............................................. ................. 47 3.4 ALCANCE DE LA PERSPECTIVA MULTIDIMENSIONAL .......................................... 50 MULTIDIMENSIONAL ........................................... CONCLUSIÓN .................................................. .............................................................................. ................................................. ..................... 52 BIBLIOGRAFÍA ................................................... ............................................................................... ................................................. ..................... 55
���
INTRODUCCIÓN Las temáticas relacionadas directamente con la consideración ética de lo humano siempre suscitan álgidas discusiones y apasionados posicionamientos, porque los actores que discuten y teorizan sobre dichas temáticas, los seres humanos, se encuentran evidentemente involucrados. Eso sucede especialmente cuando hablamos de los límites de la vida humana, ya sea del inicio o del final de la misma, situaciones que tienen sobre sí un halo de misterio que nos provoca incertidumbre. Es por esto que en este trabajo nos detendremos a analizar una de esas temáticas actuales que suscitan mayor número de reacciones y argumentaciones encontradas, el aborto.
El aborto provoca hoy día reacciones
de parte de la ciencia, la filosofía, la teología, la sociología, la antropología, el derecho, etc. Siendo esto esto motivo para intentar comprender como estas distintas distintas reacciones a este problema ético pueden ser interrelacionadas en la búsqueda de una respuesta integral a la problemática que nos atañe, porque se hace evidente que al hablar de aborto nos estamos refiriendo, en último término, a la consideración ética del ser humano en sus primeras fases de desarrollo. Abordaremos la problemática del aborto desde tres perspectivas distintas: la histórica, la relativa a las definiciones y a la tipología del mismo, y otra que parte de los conceptos de persona y dignidad. En la primera parte iniciaremos un recorrido histórico que busca mostrar las raíces de las argumentaciones actuales acerca del aborto, con especial énfasis en la evolución de la consideración ética del mismo. En la segunda parte nos concentraremos en la difícil definición del concepto “aborto” y la tipología existente del mismo, donde se dará importancia a las consecuencias éticas de cada una de las definiciones y en la ambigüedad ética que suscita la consideración unívoca de la tipología existente, por parte de alguno de los saberes que se ocupan del tema. En la tercera parte nos nos lanzaremos en búsqueda de respuestas a las preguntas: ¿qué es ser persona? ¿Que es la dignidad?
Ya que la respuesta que demos a estas preguntas serán las que
moldeen nuestras propuestas éticas a la hora de abordar el tema del aborto.
���
Este trabajo, más que dar respuestas a las inquietudes sobre la consideración ética del aborto, busca suscitar preguntas e invitar a que los intentos de respuesta que podamos formular no sean unívocos y mucho menos cerrados dado que “la realidad es multidimensional, es un tejido interactivo en que el dinamismo aparece como una característica siempre presente. De ahí que exija una aproximación contextual, interdisciplinar interdisciplinar y abierta” (Feito, 2004. Pág. 40). Por lo que es indispensable, para el tema que nos ocupa, el que podamos buscar la vía del diálogo y aprovechar la riqueza de las distintas dimensiones que tocan los diferentes saberes a los que nos referiremos. Como el aborto es un tema controvertido, procuraremos presentarlo de la manera más objetiva posible sin dejar de presentar, en el momento que creamos oportuno, nuestra opinión particular.
���
Capítulo I
RAÍCES HISTÓRICAS DE LA CONSIDERACIÓN ÉTICA DEL ABORTO1 El presente capítulo hace un recorrido histórico de la consideración ética del aborto en Occidente, dado que el aborto, como problema ético, suscita discusiones, controversias y antagonismos que tienen su raíz en las distintas tomas de postura argumentativa que adoptamos. Este recorrido histórico es importante porque nos ayuda a encontrar esas raíces argumentativas y nos permite dar contenido semántico a conceptos como ser humano y persona, nociones fundamentales para la ponderación ética del aborto. Partiremos desde las primeras normas escritas que conocemos, expuestas por el Código de Hammurabi.
Luego nos detendremos en el mundo greco-romano y sus
importantes aportes con relación a la teorización sobre el alma y el estudio de la embriología.
Continuaremos por el mundo bíblico y judeo-cristiano y la
ponderación del embrión desde la noción de alma con especial énfasis en la “animación” inmediata y retardada del embrión. Posteriormente, ponderaremos los aportes de los siglos XV al XVIII, en particular sus contribuciones en los campos éticos, biológicos, teológicos y sociales, desde donde pasaremos a las consideraciones propias de nuestro tiempo que van desde la aceptación del catolicismo de la teoría de la animación inmediata, pasando por la justificación, despenalización y legalización del aborto; destacando en cada una de estas etapas las claves filosóficas del tema.
Con este recorrido histórico destacamos
las bases para sacar el horizonte hermenéutico del debate contemporáneo que nos permita mirar el aborto desde una perspectiva multidimensional.
1 En este capítulo nos basaremos, prin cipalmente, en la división histórica que realiza Javier Gafo, sj. en su texto Gafo, J. (1979). El aborto y el comienzo de la vida humana. Madrid: Sal Terrae. Aunque, claro está, nos auxiliaremos de otros autores que citaremos de manera oportuna.
���
1.1.
El aborto en la historia: sus primeros esbozos legislativos
Cuando observamos, de manera crítica, la historia de la humanidad, y vemos la evolución de nuestro pensamiento, podemos apreciar que toda pregunta sobre nuestro origen, o sobre la consideración de nuestra existencia, siempre está cargada de subjetividad y, por lo tanto, de sentimientos que siempre harán de nuestras argumentaciones difíciles de conciliar. Cuando nos preguntamos por nuestro “ser persona” en medio de realidades y condiciones de vida tan distintas, se nos hace evidente el deseo de aclararnos si existe un punto en común, algo que nos una y nos diga qué somos sin apelar a condiciones o situaciones particulares. Rastrearemos en la historia las distintas respuestas a la pregunta por nuestro “ser persona” desde la perspectiva del aborto. Si miramos lo más atrás posible en la historia, nos encontraremos que el texto legislativo más antiguo que trata el tema del aborto será el Código de Hammurabi (s. XVIII a.C.), “que es una colección de 250 artículos en que se ordenan los principales aspectos de la vida social del antiguo reino de Babilonia” (Gracia, 1983, pág. 14) y que está condicionado por las diferencias de los estratos sociales en la sociedad babilónica. En dicho código nos encontramos con seis artículos que hacen referencia al aborto (del 209 al 214), estos se refieren única y exclusivamente al aborto accidental causado por riñas y peleas, e impone penas contra el aborto, más en relación con las condiciones sociales de la afectada, que en relación a una consideración de la persona en sí misma.
El Código de
Hammurabi, hará distinción entre la hija de un señor, la hija de un plebeyo y una esclava, imponiendo las penas según su condición social, pero evidentemente, se considera el aborto como algo dañino a la madre sin importar su condición social, de ahí la pena impuesta según el caso correspondiente. Posteriormente encontraremos en el único texto referente al aborto en toda la Biblia, Éxodo 21, 22-23, una afirmación parecida, en cuanto a la consideración del aborto sólo de manera accidental, pero esto lo detallaremos en el punto 1.3.
���
1.2.
Mundo Greco-Romano
Luego de la normas pautadas por el Código de Hammurabi, nos encontrarnos con nuevas consideraciones acerca del aborto en el mundo grecoromano. Es aquí donde nos topamos con los primeros “embriólogos”, entre los que se pueden citar a Hipócrates, Aristóteles y Galeno, de influencia tal, que hasta los siglos XVII y XVIII de nuestra era hallamos huellas de sus teorías.
Esta
embriología será una de las principales bases de teorización sobre el aborto junto con la teoría hilemórfica de Aristóteles, marcando la discusión sobre la licitud o no del aborto, en los siglos posteriores. Si nos fijamos, pues, en los conocimientos embriológicos de la época nos encontramos con una “ciencia” en pañales, dado que es en este momento que surge la inquietud sobre la formación y animación del feto como tema de investigación. Esto hará que la embriología se base en meras especulaciones, como era de esperarse por la limitada experimentación y la no existencia de instrumentos que permitan un mejor estudio del embarazo, provocando que entre los pensadores existiesen divergencias significativas entre los aportes del varón y la hembra, en el surgimiento de la nueva criatura. Aunque lo más interesante de estos pensadores son las consideraciones sobre las sucesivas etapas del desarrollo embrionario que serán fundamentales para las discusiones posteriores, así como en la consideración ética, jurídica y teológica, entre el “feto formado y no formado”, para decidir la licitud o ilicitud y para imponer una pena o no frente al aborto. Sobre este tema Galeno (150-201 d.C.) interpretando a Hipócrates nos dice que existen cuatro estadios en el desarrollo embrionario: a) “Goné”: se refiere a los primeros seis días de desarrollo, aún el embrión tiene aspecto de semen. b) “Kyema”: el embrión se ha llenado de sangre. Los órganos fundamentales (corazón, cerebro e hígado) ya tienen cierta consistencia.
���
c) “Embryon”: los tres órganos fundamentales están ya perfectamente formados, los demás solo están esbozados. d) “Paidión”: el feto posee ya todos los órganos, perfectamente articulados. Es el momento en el que el embrión salta y se mueve como un animal perfecto. (Gafo, 1979, pág. 61) Es importante recalcar que esta división por estadios en la formación del ser humano hace que podamos distinguir los momentos de la conformación del cuerpo y por lo tanto, diferenciar posturas éticas dependiendo del momento en que se encuentre el desarrollo del embrión humano. Cabe destacar que toda esta teoría no está basada en pruebas empíricas, dado que la experimentación con cadáveres se encontraba prohibida en el mundo griego. Esta visión de “fragmentación por etapas” del desarrollo del feto permitirá a Aristóteles diferenciar entre dos términos: “ eflujos”, es decir, la pérdida de un producto de menos de siete días y “ aborto” que se refiere a la pérdida después de los cuarenta días de gestación 2. Lo mismo hace el romano Sorano de Éfeso (s. II d.C.) que distingue entre “ekroia” (pérdida) y “ektrosis” (aborto)3. Lo increíble es que “desde la muerte de Aristóteles (322 a. C.) y hasta el año 1534, fecha de nacimiento de Volcher Coiter, primer embriologo del Renacimiento, podríamos decir que se detiene la historia de la embriología” (Gafo, 1979, págs. 62-63) lo que hace que toda teoría sobre el aborto parta de la embriología anteriormente expuesta. Partiendo de las consideraciones anteriores, podemos pasar a estudiar la teoría hilemórfica de
Aristóteles,
la cual, al conjugarse con las teorías del
desarrollo embrionario, pondrá en la palestra el problema de la animación del feto, con su teoría de la triple alma y los estadios en los que estas se infunden. De estas distinciones podemos inferir varias conclusiones éticas:
2
Aristóteles, De animabilus historie, I, 7, c. 3; De animalium generatione, I, 3, c. 9.
3
Sorano, Gynaecia, II, 13.
���
Según Aristóteles, el embrión humano posee desde el principio una triple alma en potencia. Primero se actualiza el alma vegetativa o nutritiva ( treptiké), por la que el embrión vive la vida propia de las plantas. Pronto se actualiza el alma sensitiva (aisthetiké), por la que el embrión se constituye en animal. Finalmente, y después de las anteriores, accede el alma espiritual ( noetiké), respecto de la cual, confiesa Aristóteles, que es una de las cuestiones más difíciles el saber de dónde viene y en qué momento es infundida 4. (Gafo, 1979, pág. 62)
Esto denota que la discusión sobre el inicio de la vida humana se transforma en un foco de discusión y polémica desde los primeros teóricos de la embriología, y podemos constatar el halo de misterio que envuelve la constitución de la persona humana.
La vida prenatal es difícil de descifrar incluso para
aquellos que tienen más conocimientos. No se está hablando de meros asuntos físicos o experimentales, sino de un todo humano que integra la dimensión corporal, psíquica y espiritual. Partiendo de esta teoría aristotélica podemos inferir que los estadios vegetativo y sensitivo son propensos a interpretarse como momentos en los que aún no está constituida la persona, aunque el propio Aristóteles no lo comprendería de ese modo. Por lo tanto, no habría ningún problema moral en abortar en estas etapas, pero el mismo Aristóteles nos coloca un criterio para detenernos a pensar, no sabe cuándo se infunde el alma espiritual, colocándonos ante un argumento de ignorancia que debemos respetar hasta que se demuestre lo contrario. El hecho de que la criatura sea un ser humano “en potencia”, no indica que no lo sea.
1.3.
La Biblia, el mundo judío y el cristianismo
Junto con la consideración de las etapas de formación del embrión y la teoría hilemórfica de Aristóteles, la controversia que surge por la referencia bíblica sobre el aborto serán los ejes alrededor de los cuales girará la consideración ética del mismo.
Este apartado nos brindará la oportunidad de comprender cómo
dentro del mundo judeo-cristiano el problema del aborto evoluciona y es fuente de
4
Aristóteles, De animalium generatione, I. 2, c. 3.
����
discusiones sobre las penas a imponer, aunque en ningún momento se considere el aborto como bueno o moralmente aceptable. Los argumentos bíblicos han sido sobredimensionados por problemas de traducción e interpretación.
En la Biblia sólo se menciona el aborto en un solo
libro de manera directa, en el Antiguo Testamento (AT).
Esta mención se
encuentra en el libro del Éxodo 21, 22-23, que como dijimos anteriormente, fue influenciada por el texto babilónico del Código de Hammurabi. En esta cita se narra el caso de una mujer que es golpeada por accidente y pierde la criatura que lleva en su vientre, lo que conlleva una multa al hombre que le golpeó. Especifica además que si muere la madre, el que la golpeó debe de pagar con su vida. El texto nos indica que las primeras consideraciones judías sobre el aborto, primero, no estaban referidas al aborto provocado, sino al accidental y segundo, están más inclinadas al daño que se le podría causar a la madre y no tanto a la criatura, considerando así el aborto como una acción dañina para la madre. Se vuelve entonces a la discusión entre el valor de una vida incipiente en contraposición a la vida ya formada, discusión que subyace en lo que hoy se denomina aborto terapéutico, en cuanto proceso por el cual se le intenta salvar la vida de la madre ante un embarazo riesgoso para su existencia. Ahora bien, no podemos dejar de mencionar que esta cita bíblica fue traducida de manera errónea en la Biblia de los LXX donde se hace una distinción entre el feto formado y el no formado, “quizás por la influencia helénica sobre la comunidad de Alejandría” (Gafo, 1979, pág. 65). Esta traducción errónea llevará consigo una discusión extensa entre los que afirmaban la animación inmediata, y los que afirmaban la animación retardada, increíblemente, hasta el siglo XVIII.
Basados en esta traducción
errónea “se comienza a aceptar la tesis de que el embrión no está animado más que a los cuarenta días en el caso del hombre y ochenta en el caso de la mujer” (Gracia, 1983, pág. 17). Porque sólo podría ser infundida el alma racional si el receptor de la misma está en condiciones (formado) para recibirla, que obviamente, por razones culturales se entendía que, la mujer tardaba más que el hombre en madurar.
����
Pero podemos decir que luego en el Nuevo Testamento (NT), aunque no se tendrá una condena explícita del aborto, sí se tendrá referencia que puede arrojarnos claridad en la postura cristiana frente al aborto, desde los evangelios, en especial aquellos que narran la infancia de Jesús. Se hace evidente, desde el Nuevo Testamento, que para los cristianos el ser humano es una persona de derecho desde el mismo momento de la concepción, porque si no fuere así la Encarnación no tendría sentido y Jesús, Dios hecho hombre, no sería una persona, durante los primeros cuarenta (40) días de su gestación en el vientre materno como se podría comprender desde la teorización de la animación retardada, siendo esto una contradicción con la antropología cristiana. 1.3.1. Escritos Cristianos
Siguiendo la misma línea cronológica, no podemos dejar de mencionar los primeros escritos cristianos, ya que el cristianismo influye de manera determinante en la concepción cultural de Occidente, haciéndose más evidente este influjo en la Edad Media, hasta que entra en cuestionamiento por la cultura ilustrada, aunque sin dejar de ser un referente importante de la discusión acerca del aborto. Si recorremos los primeros escritos cristianos, nos encontraremos con la Didajé (escrito del siglo I d. C.), que es un conjunto de normas de la Iglesia
primitiva, cuya autoría se atribuye a los apóstoles de Jesús. La Didajé contiene entre sus normas una clara e indiscriminada condenación al aborto, sin mencionar el problema de la formación del feto. La Didajé nos dice: “no matarás al hijo en el seno de su madre, ni quitarás la vida al recién nacido, y más adelante, este camino de muerte lo siguen… los matadores de sus hijos” 5 . El problema de la formación del feto se introducirá de manera lenta, pero contundente, a partir del siglo III d. C. “Esta teoría hará su entrada en la teología de la mano de Orígenes, Tertuliano y Clemente de Alejandría, pero serán San Jerónimo y San Agustín (por la atribución errónea del texto Quaestiones (384)) los que darán fuerzas a la diferenciación de animación inmediata y animación retardada ” (Gafo, 1979, pág. �
Didajé 2, 2; 5, 2.
����
72). En definitiva, San Agustín se inclinará más a la postura de que el ser humano adquiere el alma de manera inmediata, desde la concepción, pero ya nadie podrá detener la teorización sobre este tema. La posterior legislación de los concilios y de los penitenciales 6 harán diferenciaciones interesantes acerca de la culpa de la mujer en cuanto al aborto y si este estaba formado o no, y haciendo condenas absolutas y parciales sobre el tema del aborto. Un ejemplo lo encontramos en el Concilio de Ancira (314 d. C) donde ya hay una condena absoluta a la práctica abortiva, no permitiendo que las mujeres que lo practicaran recibieran la comunión eucarística durante toda su vida, excepto a la hora de la muerte. Un ejemplo de penitencial lo encontramos en “El Antiguo Penitencial Irlandés (año 800) que obligaba a tres años y medio de penitencia si el concebido [concebido aquí se entiende como el período entre la concepción y la formación del feto ] era abortado, siete años si este estaba “formado” y catorce si el “alma” había sido infundida” 7 (DeMarco, 1984, pág. 64). De todo esto es importante destacar que el cristianismo, como tal, ha condenado en toda la historia el aborto provocado, con distintas y severas medidas. Es relevante enfatizar que cuando se introduce la distinción entre feto formado y no formado, entre animado y no animado, se sigue condenando el aborto, no cuestionando la humanidad de la vida intrauterina. Lo que se discute es el nivel del pecado que se comete, porque aunque “no se destruyese un alma por tanto no hay homicidio, si se interrumpe el proceso que conduce a la vida. Y esto también le está prohibido al cristiano, sea o no homicidio” (Gracia, 1983, pág. 17).
1.4.
De los siglos XV al XVIII
En estos siglos se destacan varios elementos importantes para la discusión actual acerca del aborto.
Primero, surge una muy interesante polémica en
6
Catálogos de pecados y penitencias utilizados para la administración del sacramento de la penitencia durante la Edad Media, para que no haya dif erencias ni abusos en la administración del perdón a los fieles cristianos (Gafo, 1979) . 7
Traducción propia.
����
relación a lo que hoy es llamado “aborto terapéutico”, y que se basó, principalmente en la distinción entre feto animado y no animado. La pregunta que se deseaba responder era, ¿en caso de que la madre corriese peligro de muerte por causa del embarazo, es lícito provocar el aborto? Esta discusión está aún hoy en día en pleno apogeo. Para los teóricos de este período, la discusión se centraba en una diferencia básica, si la criatura estaba animada era ilícito, si no estaba animada algunos le consideraban lícito. Ahora bien, como segundo elemento a considerar de esta etapa, está distinción introducida por Diego de Covarrubias (1512-1577), quien nos dice que “no sólo debe atenderse al estado del feto, sino también a la acción mediante la cual se realiza el aborto: si se trata de una acción que procura directamente el aborto, o si, por el contrario, sólo se ocasiona indirectamente” (Gafo, 1979, pág. 100). La introducción de esta discusión sobre la acción misma con la que se provoca el aborto nos coloca de cara a la responsabilidad ética de quien realiza y procura el aborto. Esta distinción será vital para la discusión sobre el aborto intencional y directo, es decir, aquel que busca única y exclusivamente el fin de la vida del feto; y el aborto producido como “efecto secundario” o indirecto, es decir, que en una acción en la que se pretende salvar la vida de la madre se tiene que colocar un medicamento o se hace una cirugía que tiene como efecto no deseado ni intencionado el aborto del feto. Este último se clasifica dentro de las prácticas que se denominan de “doble efecto”. El tercer elemento lo introduce Tomás Fyens desde una argumentación filosófica. Fyens nos dice: “el alma racional no es solo forma sustancial del cuerpo, sino al mismo tiempo la causa eficiente que realiza la conformación del feto” (Gafo, 1979, pág. 102) .
Aquí entonces aparece el alma racional como
organizadora del cuerpo y por lo tanto necesaria desde el mismo momento de la concepción. Esta recepción inmediata del alma racional hace del feto una persona de valor y por lo tanto se consideraría al aborto como homicidio. Desde esta argumentación la animación inmediata comienza a posicionarse como la teoría oficial del catolicismo. ����
En cuarto y último lugar colocamos dos descubrimientos importantes de la época, el de los ovarios por Nils Steensen en 1667, y el de los espermatozoides por Leeuwenhock en 1677. Estos descubrimientos pondrán en la palestra la vieja discusión de quién aporta más en la conformación del feto, la madre o el padre. Los que creían que la madre se denominaron “ovistas” y los que defendían el aporte paterno, los “animalculistas”. Esto trae consigo las ideas preformistas que afirman que ya en el óvulo, ya en el espermatozoide, se encuentra formado en su totalidad la criatura que habría de nacer.
1.5.
De los siglos XIX y XX
Desde finales del siglo XVIII se inicia una corriente de pensamiento a la que Diego Gracia llama “el aborto justificado”. Esta corriente de pensadores colocará la justificación del aborto sobre dos pilares fundamentales: primero, sobre el componente demográfico desde la economía política de T. R. Malthus y segundo, sobre la noción de selección natural introducida por la teoría evolucionista de C. Darwin. El componente demográfico nos dice que “la población, si no encuentra obstáculos, crece en progresión geométrica. Esto hace que muchos seres estén condenados, ya desde el nacimiento, a la enfermedad, a la muerte prematura, a la miseria y al vicio” (Gracia, 1983, pág. 18) . Es decir, lo que afirma es que, si continuamos creciendo de manera desproporcionada, este mundo está condenado a la miseria y a la muerte de muchos. De esta consideración, se plantea por qué no mejor tener control de los nacimientos, dado que los factores demográficos y económicos nos dicen que es lo más conveniente. El componente de “selección natural” nos dice que podríamos eliminar a aquellos humanos que se encuentran en situación de “inferioridad” con respecto a la condición humana en general, es decir, que nos podríamos preguntar por qué no eliminar aquellos individuos que no se adapten a nuestras condiciones actuales de vida, porque de todos modos morirían. Tanto el criterio de Manthus, como el de Darwin son extremadamente incorrectos, porque el primero, a pesar de que podría defender a los que poseen alguna discapacidad física o psiquica, podría eliminar a gran cantidad de seres ����
humanos por el hecho de ser pobres; mientras que el segundo segaría la vida de aquellos que están biológicamente limitados, pero que tienen el mismo valor como seres humanos que aquellos que se encuentran en todas sus capacidades. En definitiva, ambos casos irrespetan la inviolabilidad de vida humana, proclamada posteriormente a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El siglo XX puede ser considerado como el siglo de la despenalización y la legalización del aborto.
Esto contrasta
con lo que sucede en el seno del
cristianismo donde la teoría de la animación inmediata cobra fuerza y se establece como única teoría aceptada. La despenalización y legalización del aborto en este siglo tiene tres puntos de partida básicos: 1. La ley soviética: aprobada hacia el año 1920, que aduce “razones sociales” para la despenalización del aborto, razones que en definitiva son demográficas. Esta legitima que el aborto pueda ser practicado, salvo casos excepcionales, con la simple petición de la madre. 2. La ley nazi: aprobada en 1933, que da “razones eugenésicas” para el aborto.
Establece que el aborto es lícito si busca prevenir las
enfermedades hereditarias, y en último término si sirve para “perfeccionar la raza”. 3. Las leyes escandinavas de los años 30: aprueban el aborto en cuanto aborto terapéutico, para proteger la vida y la salud de la mujer. El problema aquí es que se toma salud como sinónimo de bienestar, y esto implica un estado físico, psíquico y social de la madre, lo que amplia el espectro de posibilidades y pone de manifiesto que cualquier razón es válida para abortar con tal de que una de estas tres dimensiones de la mujer sean alteradas. Esta legislación privatiza la decisión acerca del aborto al ámbito exclusivo de la mujer y coloca como único juez al médico (Gracia, 1983, págs. 18-19). El “estado de bienestar” de la mujer se convierte, entonces, en el siglo XX en el criterio de bien en el que se deciden la licitud o ilicitud del aborto; lo que nos conduce a una unilateralidad de los derechos en cuanto se consideran más ����
relevantes que los del embrión o el feto, y a una subjetivación de los criterios éticos existentes, dado que se asumen desde perspectivas poco contrastables como son los estados psíquicos y sociales.
1.6.
Balance histórico
Desde los primeros pensadores que reflexionan sobre la vida humana hasta nuestros días, se hace evidente que la consideración ética del aborto es un tema importante y central en la consideración ética del ser humano. Esta consideración, ciertamente ha evolucionado, desde la forma jurídico-casuística del mundo babilónico, pasando por la consideración filosófico-biológica del mismo en el mundo greco-romano, y por la visión cristiana del mundo, hasta llegar a nuestros días, donde la consideración pasa a un plano más ético-filosófico y más técnicopolítico. Este recorrido histórico nos permite destacar cuatro ideas fundamentales para la discusión actual: primero, que la visión negativa del aborto en Occidente es un hecho palpable, aunque con diferentes matices y grados; segundo, que el problema de la animación del feto será determinante para la legislación acerca del aborto, aunque hoy se transforme en una argumentación más técnico-científica y se le denomine “hominización”; tercero, que el cristianismo ha sido consistente en su opción por defender al no nato desde sus inicios; y cuarto, que las razones políticas y demográficas pesaron mucho en el giro de pensamiento en el siglo XX, al igual que la nueva concepción de salud como “bienestar” haciendo del aborto una decisión más individual y justificable. La justificación científica del aborto hoy es más difícil, tanto así como la antigua problemática de la animación de la criatura, ya que los embriólogos modernos al hurgar entre las etapas más tempranas del desarrollo embrionario, sólo pueden asumir que las diferenciaciones entre las etapas del embrión sólo son útiles en cuanto descripciones, pero que estas se inclinan más a señalar que la concepción es el punto de partida de la realidad humana de la persona única y en constante desarrollo. De aquí que toda justificación científica del aborto esté ����
sostenida en consideraciones hipotéticas e incluso arbitrarias que sirven, simplemente, para hacer cortes radicales que se utilizan como puntos de partida para la investigación científica. En esto cae la práctica científica, en lo que coloca como argumento contra la religión, en la argumentación desde presupuestos subjetivos.
La referencia histórica a la animación hoy se traduce en la
“hominización” que no es más que la pregunta de cuándo se puede considerar humana a la criatura que se encuentra en el vientre materno. Como decíamos al inicio de este capítulo, el estudio histórico de este tema es de vital importancia para la consideración ética del aborto en la actualidad, porque sólo si conocemos las raíces históricas de las argumentaciones existentes, es que podremos entrar en un diálogo más abierto, sincero y con criterios convenientemente delineados, que sirvan de fundamento para una sana discusión sobre la consideración ética del aborto.
����
Capítulo II
¿A QUÉ ALUDIMOS CUANDO DECIMOS “ABORTO”? Uno de lo problemas fundamentales en bioética, a la hora de argumentar acerca de alguna de sus temáticas disputadas, es que si la conceptualización asumida no es ampliamente especificada y definida, surgirán problemas de interpretación y de adopción de criterios para una sana ponderación de los problemas que le apremian. En temáticas como el aborto nos encontramos con un sinnúmero de definiciones del mismo, con una tipología específica con matices distintos y por los tanto, con conclusiones éticas diversas que dependen de las definiciones y criterios adoptados. En este capítulo del trabajo monográfico que nos ocupa, nos concentraremos en estudiar tres definiciones de aborto, sus implicaciones éticas y las distintas tipologías existentes, para concluir con una toma de postura acerca de las definiciones, siempre partiendo desde un presupuesto de diálogo y respeto.
2.1. Definición de aborto La postura ética que se asuma en el tema del aborto está directamente relacionada con la definición del mismo que aceptemos, de aquí la importancia de estudiar algunas de las definiciones de aborto, y desde ahí ver la perspectiva ética a la que nos invita cada una. Según el Diccionario de la lengua española , abortar significa: “interrumpir la hembra, de forma natural o provocada, el desarrollo del feto durante el embarazo”. Esta definición es medianamente correcta. Pero podríamos clasificarla como una definición neutral, es decir, que no se inclina ni hacia un lado ni hacia otro de la discusión existente acerca del aborto, pues es meramente descriptiva. Decimos que es medianamente correcta porque no considera en sí el aborto en las fases iniciales del embarazo, así que debería decir, “el desarrollo del embrión o del feto durante el embarazo”.
En realidad, aunque es evidente que, en términos
generales, es médicamente correcta, no podemos dejar de mencionar el hecho de ����
que esta definición podría mal entenderse como una equiparación del aborto natural o espontáneo con el provocado o por inducción, como si estos tuviesen la misma “carga ética”. Ante esta definición, debemos agregar que, si bien es cierto que la mujer tiene un peso fundamental en la decisión del abortar o no un feto, evidentemente que esta definición excluye otros actores sociales que también tienen un rol importante a la hora de decidir, como por ejemplo, el padre de la criatura. Desde otra perspectiva, André Hellegers define el aborto de la siguiente manera: En el lenguaje médico, el aborto se define como la terminación del embarazo, espontáneamente o por inducción, antes de que el feto sea viable. A partir de ese momento, la terminación del embarazo se conoce como parto (Ferrer, 2007).
Esta definición de aborto sigue en la misma línea anterior, es decir, que podría entenderse con el mismo peso ético el aborto espontáneo y el aborto por inducción, pero la misma trae consigo un término que carga sobre sí una gran ambigüedad, este es el de viabilidad. La viabilidad se define como “la capacidad del nuevo ser de poder vivir fuera del útero, aunque sea con una especial apoyatura médica” (Gafo, 2004. Pág. 56) . Hablamos de ambigüedad en este término porque existen dos condicionantes importantes al hablar del mismo: una la socioeconómica y otra la tecnológica; ambas condiciones relacionadas entre sí. Decimos que tiene una condición socioeconómica porque implica dónde se encuentre la madre a la hora de expulsar el feto de su vientre, ya que las condiciones sociales y económicas no permiten a muchas madres el tener acceso a las tecnologías que podrían permitir la supervivencia del feto que ha sido expulsado prematuramente. Esto lo podemos enfatizar con un ejemplo que nos coloca J. Ferrer quien nos dice: “Un feto que es viable en un hospital con tecnología puntera en Nueva York, en Madrid, Tokio o en cualquier otra urbe de un país industrializado, podría no serlo en Burkina Faso o en Nueva Delhi” (Ferrer, 2007. Pág. 241). Así que, de por sí, el concepto de viabilidad es un término socioeconómicamente excluyente y que se inclina hacia la injusticia social, afectando directamente a los más pobres, dado que la viabilidad está en estrecha ����
relación al acceso a la tecnología necesaria para dar soporte técnico a la criatura nacida prematuramente y que sin ella no podría sobrevivir. La arbitrariedad de asumir la viabilidad del feto fuera del vientre materno solo nos sirve para colocar “postes de indicación” de hasta donde puede llegar la experimentación científica y saber hasta qué momento puede existir la posibilidad de que el feto sobreviva fuera del vientre materno (claro está en este momento del progreso de la neonatología). Pero a la vez se descubre una contradicción entre lo que los científicos determinan como viable, y las aplicaciones de la tecnología médica que hace que cada vez haya más posibilidad del feto de vivir fuera del útero. Es decir, la viabilidad se convierte en un término completamente variable a través de la historia, porque lo no viable hace cien años hoy en día son procesos cotidianos en neonatología. Otro punto curioso de la definición de aborto que parte de la viabilidad, es que asume todos los derechos del feto nacido vivo, aunque prematuramente, de la misma forma que uno nacido luego de una gestación completa. Partiendo de esto nos podemos preguntar, qué es lo que otorga los derechos al feto.
¿La
“independencia” de la madre? ¿La capacidad de la tecnología de poder sostener su vida? ¿La dignidad intrínsecamente humana? Si nos inclinamos a pensar que es la independencia con respecto a la madre, tendríamos que justificar el hecho de que nosotros, los seres humanos, somos la única especie que depende en su totalidad de otros al nacer, y que la independencia como tal tarda años en hacerse factible. Por otro lado si asumimos que es la capacidad tecnológica lo que nos da los derechos, tendríamos que asumir el hecho de que lo que ahora es alcanzable para algunos, hace veinte años no lo era y por lo tanto se transforma el valor de la persona, según los alcances de cada época, en un determinante lábil, asumiendo una postura incoherente e individualista de la dignidad, y no como un atributo universal de la especie humana. Si decimos que es la dignidad intrínsecamente humana, entonces nos debemos preguntar de dónde se apoya esta dignidad, a lo que tendríamos que responder desde nuestra cosmovisión particular. En fin, la viabilidad es uno de los tantos determinantes que sirven para marcar una diferencia entre los tipos de aborto y sus implicaciones éticas, pero no deja de ser ����
un término ambiguo y sobre todo, excluyente. Esta definición además pone sobre el tapete la consideración de que la vida de un ser humano como tal, inicia con la viabilidad del mismo, es decir con la capacidad de ser sostenible fuera del útero. Otro de los autores que se embarca en la tarea de una definición del aborto es Niceto Blázquez quien, aclarando que se refiere única y exclusivamente al aborto provocado, nos dice: El aborto es la muerte del feto humano antes de nacer, provocada directa y deliberadamente en cualquiera de los momentos biológicos del proceso de gestación a partir del momento preciso de la concepción, sea vaciando expresamente la matriz, sea impidiendo la anidación natural de óvulo femenino fecundado por el espermatozoide masculino” (…) “Todo aborto provocado, legal o ilegalmente, objetivamente es un homicidio con agravante (Blázquez, 2000. Págs. 278-279).
Esta definición trae consigo la noción de que la vida humana inicia con la concepción y por lo tanto, el óvulo fecundado por el espermatozoide tiene todos los derechos del ser humano formado, por lo que estos derechos deben ser defendidos y fomentados.
Esta definición plantea dos puntos importantes:
primero, que el aborto provocado es un acto que está directa y deliberadamente dirigido a la eliminación de un embrión o un feto; y segundo, que este acto tiene una carga ética que implica la responsabilidad de la acción misma de abortar y no solo en cuanto al feto, es decir, no sólo en la medida que se quita la vida al feto, sino incluso por la intención de la acción. En esta definición ya no sólo se ve el aborto como un acto malicioso, sino que el mismo hecho de decidir hacerlo es ya un acto considerado inmoral, dado que cuando Blázquez habla de aborto provocado, lo asocia con homicidio. Esta postura de N. Blázquez nos remite a una cuestión fundamental. La discusión sobre el aborto no está referida al aborto espontáneo, ni al aborto clandestino, porque el primero no tiene ninguna implicación ética, en cuanto es obra de la naturaleza y no de las decisiones humanas 8; y el segundo es �
Es bueno aclarar que, si bien es cierto que no es condenable legalmente el aborto espontáneo, moralmente si puede ser cuestionado, en la medida en que, por ejemplo, el consumo de drogas, alcohol o medicamentos de forma indiscriminada en un embarazo pueden “provocar” un aborto espontáneo, es decir, en la medida en que se diluye la frontera entre provocación y espontaneidad.
����
condenado por todos los sectores implicados en el tema, ya que las condiciones de insalubridad e inseguridad son punibles en todos los sentidos de la palabra. Por otro lado, también existe un consenso en que la práctica del aborto en contra de la voluntad de madre es éticamente condenado, pero sentimos que en este punto, y casi siempre a la hora de argumentar sobre este tema se excluye la figura paterna de toda discusión. ¿Sería éticamente correcto provocar un aborto en contra de la voluntad del padre de la criatura? Como vemos, si partimos de las tres definiciones antes mencionadas, nos damos cuenta de que podemos llegar a conclusiones sumamente diversas, por lo que es vital, para esta discusión, el tomar partido por una de las definiciones existentes y así poder delimitar lo que pensamos y decimos a un radio de acción donde la claridad de los argumentos nos permita dialogar de forma razonable. Cabe destacar en este punto que las tres definiciones que mencionamos anteriormente tocan dimensiones distintas de la temática que nos ocupa lo que implica que los enfoques, al no ser multidimensionales, siempre serán parciales, y por tanto insuficientes, en cuanto tentativa de definición integral del aborto, que debe siempre partir desde un ejercicio hermenéutico plural y profundo.
2.2. Tipos de aborto Las legislaciones de muchos de los países que se han visto en la obligación de tomar postura legal en cuanto al aborto han percibido en sus discusiones cuatro tipos básicos de aborto, de los que se parte para toda discusión ética en torno a este tema. Es importante conocer y analizar esta tipología dado que, partiendo de ella, se asumen posturas éticas y legales que, sumadas a las distintas definiciones de aborto, dan un carácter y peso distinto en nuestras sociedades a la problemática ética del aborto. Esta tipología está referida, fundamentalmente, a la causa o justificación del aborto, y además, salvo el aborto eugénico o por indicación fetal, se asume como punto de partida la vida de la madre y la condición de la misma.
����
2.2.1. Aborto terapéutico 2.2.1.1. Definición
El aborto terapéutico es aquel que se entiende como “ el realizado cuando el embarazo pone en peligro la vida de la mujer embarazada… [en algunos casos] se incluye aquí también la indicación terapéutica cuando hay amenaza para la salud de la mujer ” (Gafo, 2004. Págs. 44-46) . Este es uno de los tipos de aborto que más discusión suscita a la hora de debatir su consideración legal y penal en muchos países. Esto se debe principalmente porque en este tipo de aborto se pone en juego una disputa entre derechos equiparables; la discusión gira en torno a cuál es la vida que debe prevalecer en una situación en que la madre esté en peligro de muerte. Pero, gracias a los avances de la técnica médica, muchos de los casos en que se consideraba la práctica de un aborto terapéutico son ahora tratables, a tal punto que sólo podríamos mencionar en este momento dos casos: el embarazo ectópico y el tumor uterino. 2.2.1.2. Esbozo de algunas problemáticas y respuestas éticas
El problema de la consideración ética del aborto terapéutico es que su definición no es unívoca y, como vimos más arriba, al tener en juego dos conceptos complejos, vida y salud, es mucho más difícil dilucidar con mayor claridad la posición a asumir. El concepto de salud estaba ligado más a un componente físico, es decir, más atado al concepto vida ya que se entendía como ausencia de enfermedad, y esto está, evidentemente, más unido a la corporeidad que a estados psíquicos, sociales o emocionales. Por lo tanto, si se ponía en riesgo la salud de la madre, significaba su existencia física. Ahora bien, cuando la Organización Mundial de la Salud definió la salud como el total bienestar físico, psíquico y social del individuo, se asume entonces una postura distinta sobre el aborto terapéutico, definiéndolo como aquel que se practica cuando está en peligro la salud de la madre, y esta abarca razones psicológicas y sociales, separando así el concepto de salud del concepto de vida. Esta definición de salud amplía sustancialmente el campo de justificaciones para el aborto provocado. Por ����
ejemplo, si antes la consideración terapéutica se veía solo en casos como el embarazo ectópico, donde si no se interviene a la mujer para quitar la trompa de Falopio afectada esta puede morir por una hemorragia, ahora podemos justificar el aborto terapéutico porque la reputación de la mujer implicada está en juego ya que su bienestar social se quebranta. Así que, definir “terapéutico” partiendo del concepto de vida o en relación a la salud, son posturas radicalmente distintas y con consecuencias éticas diversas. En este sentido la Iglesia Católica asume la definición de aborto terapéutico que parte del concepto de vida y responde al aborto terapéutico con “el principio de doble efecto”, y dando respuesta a la problemática de la siguiente manera: Este [el principio de doble efecto ] llevaba a la descalificación moral del aborto cuando la acción médica tiende directamente a la supresión de la vida del feto, el llamado aborto “directo”, en el que la acción puesta posee un carácter “occisivo 9”, aunque de ello se siga una consecuencia o efecto “curativo” para la madre. Por el contrario, sí se admite la acción terapéutica médica que tiende directamente a curar a la mujer, aunque con ello se siga la consecuencia indirecta, no querida pero prevista, de la interrupción del embarazo (Gafo, 2004. Pág. 77).
En definitiva vemos aquí un punto de respuesta de la Iglesia Católica puede ser útil para las conciencias de los profesionales de la salud, es decir, de lo que se trata aquí es de la intencionalidad de la acción con la que se hace una interrupción del embarazo. No es considerado, entonces, moralmente aceptable el hecho de interrumpir un embarazo de manera directa, sino que se acepta en la medida que sea consecuencia de un acto que indirectamente resultó en un aborto.
Por
ejemplo, el embrión que se encuentra en la trompa de Falopio, y que hace que esta se rompa, es evidente que en una intervención quirúrgica hay que cortar la trompa para poder salvar a la madre, pero este acto que estaba dirigido a salvar a la madre, trajo como efecto secundario y no deseado la interrupción del proceso de desarrollo embrionario, es decir, un aborto. Pero debemos preguntarnos: ¿es posible controlar la intención del equipo médico que practica el aborto para saber si su intención es curar a la madre o eliminar al feto? Por otra parte, si se sabe que la acción que realizo tendrá como resultado la muerte del feto, puedo �
Se refiere al adjetivo occiso que significa “muerto violentamente”.
����
pretender explicar que esto no es un aborto directo. Este es el problema de la argumentación del doble efecto. Pero este tipo de argumentación no responde a la problemática actual, porque el problema es que el bienestar bio-psico-social de la madre hace justificable todo aborto, y lo nombra como terapéutico; y en este sentido no existiría la posibilidad de doble efecto, porque se considera que el embarazo es el problema, lo que implica un cambio radical en la consideración valorativa del embarazo. Gafo entiende que el principio de doble efecto y su distinción entre aborto directo e indirecto, no es del todo útil, porque en definitiva toda acción sea directa o indirecta, está dirigida a la supresión de la vida del feto. Por lo que propone lo que él llama “conflicto de valores”.
Este tipo de reflexión nos llevará a la
comparación de los valores que se encuentran en juego a la hora de decidir practicar o no un aborto. En este caso tendríamos que discernir entre el valor de la vida de la madre y la del feto. Pero el peligro de este conflicto de valores es que se juega con la percepción del valor de la persona y la consideración particular de la misma; por lo que en este sentido, terminamos teniendo una decisión subjetiva sobre el asunto.
Por otra parte vemos que el juicio a base de valores
contrapuestos puede estar sesgado por lo cultural y lo socioeconómico siendo estos criterios poco confiables, en cuanto variables y dependientes del actor que los proponga, para hacer una valoración de lo humano. Ante el aborto terapéutico, nos encontramos con que es de vital importancia saber de donde partimos, si de la salud o la vida de la madre, para dar una respuesta ética al mismo. Como vimos anteriormente, partir de la vida de la madre nos ayuda a definir mejor los parámetros de justificación de este tipo de aborto, ya que nos limitaría al campo meramente corporal de la madre. Mientras que la definición que parte de la salud de la madre es demasiado general y abarcadora, de tal manera que no podríamos tener criterios claros de evaluación y mucho menos normativas generales, porque cada caso particular conllevaría un estudio pormenorizado y los criterios serían demasiado “friables” para poder asumirlos como punto de partida para una determinación ética general. ����
2.2.2. Aborto ético, humanitario o criminológico 2.2.2.1. Definición
“Se suele hablar de este tipo de aborto cuando el embarazo ha sido consecuencia de un acto delictivo, fundamentalmente violaciones o relaciones incestuosas” (Gafo, 2004. Pág. 46). Lo primero es que este tipo de aborto lo podríamos llamar “ por indicación criminológica” , porque la ambigüedad de llamarlo ético o humanitario, acarrea cierta confusión y, por lo tanto, menos capacidad de diálogo, porque su nombre no permitiría discusión alguna ya que referirse a él como ético o humanitario ya trae consigo una consideración ética y una aceptación implícita. 2.2.2.2. Esbozo de algunas problemáticas y respuestas éticas
En este tipo de aborto nos encontramos ante una situación dramática, una mujer ha sido violada o ha mantenido relaciones incestuosas (donde se encuentran prohibidas) y queda embarazada. Este proceso es evidentemente traumático para la mujer y no se puede negar, porque un embarazo fruto de una violación sexual o del incesto, es una condición incómoda para la victima que tiene como consecuencia calamidades psicológicas y emocionales. Esta tragedia se acentúa cuando ponemos en relieve la discusión que se plantea de fondo, es decir, la prevalencia de uno de los derechos de los implicados. Los derechos en juego son: el derecho de la mujer a no quedar embarazada de forma violenta y el derecho a la vida que trae consigo el producto de la violación o de la relación incestuosa. Gafo nos afirma que sólo el 1-2% de las violaciones terminan con un embarazo “debido especialmente a que frecuentemente no se da con penetración completa” (Gafo, 2004. Pág. 81) . Pero definitivamente, estas estadísticas no nos resuelven el problema, porque aún queda la problemática ética de un 2% de los casos en los cuales hay que decidir en medio de una situación particularmente incómoda. Es evidente que la mujer tiene una gran carga al momento de llevar a término un embarazo fruto de un acto violento y delictivo, pero ¿es equiparable ����
éticamente su derecho de no quedar embarazada violentamente con el derecho a la vida que tiene el nuevo ser? Ahora bien, ante esta situación se nos presenta otro dilema: para la mujer que sufre una violación y queda embarazada, ¿qué sería más llevadero, un aborto provocado o llevar un embarazo a su término? Es una pregunta de encrucijada, porque se mezclan factores psicológicos, físicos, morales y sociales. Para algunos la pregunta está de por sí viciada, porque implicaría que el aborto causa traumas en la persona, pero no podemos negar de que el aborto es un proceso que afecta psicológicamente a las mujeres, a menor o a mayor escala; pero también es cierto que llevar un embarazo a término fruto de una relación incestuosa o de una violación sexual, implica un gran reto para la mujer y una responsabilidad social de acompañamiento a esta mujer en una difícil situación de vulnerabilidad. Salen a la luz una serie de preguntas de las cuales, con honestidad, no existen todas las respuestas. ¿Qué nos da la certeza de que el fruto de una violación sexual o de un incesto es malo para la mujer? ¿Consideramos el hecho de que el “tercero implicado” sería una víctima de las decisiones en las que no puede participar? ¿Consideramos el hecho de que por ser un embarazo no deseado no nos da la potestad sobre la vida del otro individuo? ¿Qué es más éticamente correcto, instar a una mujer a abortar el fruto de un acto de violencia o proporcionar el acompañamiento psicológico, de salud y económico a la mujer en estos casos? ¿El valor de la vida humana en gestación surge por la forma en que fue concebido? ¿Cuáles criterios son los más idóneos para estos casos, los referidos a la madre o los referidos al “no nacido”? Queremos aquí cuestionar nuestra responsabilidad y coherencia social al argumentar a favor o en contra de este tipo de aborto, porque la defensa u oposición del mismo debe hacerse sobre un análisis profundo de la compleja situación, nunca desde una mirada simplista y unidimensional. Por otra parte, entendemos a Javier Gafo, sj. cuando sugiere que podría ser moralmente aceptable el hecho de que una mujer violada pueda tomar un antianidatorio, es decir, antes de las dos primeras semanas de embarazo para así ����
evitarlo, porque luego de la anidación se debe velar por sus derechos. Esto lo hace bajo el presupuesto de que antes de la anidación aún no se ha dado la individualización concreta del embrión, también en que del 14-15% de los abortos espontáneos se dan en este momento y el hecho de que ante la certidumbre del derecho de la mujer a no quedar embarazada de forma violenta nos encontramos frente a la “inseguridad” del derecho a la vida del nuevo ser (Gafo, 2004. Pág. 82). Pero entendemos aquí que Gafo busca una solución de consenso, pero que entra en contradicción con su sistema de valores antes manifestado, porque precisamente esta llamada “incertidumbre del derecho a la vida del nuevo ser”, es lo que nos impulsa a defenderlo y a buscar la manera de protegerlo, puesto que si pudiese defenderse o si existiese el consenso necesario para otorgarle su derecho, estas líneas, ni las de él tuviesen la necesidad de ser escritas. Nosotros, en particular, comprendemos que hay situaciones difíciles de sortear, pero nos encontramos en desacuerdo con Gafo en esta argumentación, porque entra en contradicción con el argumento de que la concepción es el punto de partida de los derechos del individuo, de la cual somos partidarios. Lo que sí proponemos es que en estos casos, la mujer sea acompañada de manera integral en todo el proceso del embarazo y que pueda, incluso, optar por poner en adopción al fruto de la violación o de la relación incestuosa, esto implica un compromiso serio por parte de las instituciones del Estado, tanto a nivel de salud, de seguridad, de educación y de proposición de alternativas viables para que tanto la madre como el nuevo ser tengan una vida digna y llevadera. 2.2.3. Aborto psicosocial 2.2.3.1. Definición
“Es el realizado por razones personales, familiares, económicas, sociales… de la mujer. Es indiscutible que esta indicación incluye el máximo porcentaje de abortos realizados en el mundo” (Gafo, 2004. Pág. 46). Este tipo de aborto responde más a condiciones sociales que biológicas, ya que las razones biológicas estarán más ponderadas en el aborto eugenésico que veremos más adelante. ����
2.2.3.2. Esbozo de algunas problemáticas y respuestas éticas
El aborto psicosocial, como nos dice Gafo, es el más practicado a nivel mundial, porque se realiza cuando existen problemas de “pobreza, rechazo social del embarazo, incapacidad de la sociedad o de la familia para recibir una nueva vida en este momento o la supuesta pobre calidad de vida que tendría el niño si se dejase nacer” (Ferrer, 2007. Pág. 244). Dichos criterios deben colocarse bajo el contraste de los valores en juego, por ejemplo, el valor de la aceptación o no de un embarazo por parte de la sociedad, en contraposición del valor del derecho a la vida del embrión. Aquí, evidentemente, se juegan muchos factores culturales en cuanto a la aceptación o no de un embarazo, que está más ligado al momento y a las condiciones del mismo que al rechazo de la criatura en sí misma. Por ejemplo, en la República Dominicana, existe aún la costumbre de rechazar y considerar escándalo un embarazo en una joven que no esté casada y que sea de una familia muy tradicional o que ocurra a temprana edad, donde se supone no deban ocurrir esos eventos sin previo aviso. Este tipo de escándalo genera una presión social que hace que la joven sienta el peso de la vergüenza y que se incline a desistir de ese embarazo, pero claro, desde la clandestinidad, porque también la sociedad le condenaría la práctica abortiva. Es decir, la sociedad muchas veces tiende a presionar a algunos de sus individuos, que se encuentran bajo circunstancias delicadas y peculiares para que no se deslinde de los criterios culturales de lo que es una vida correcta, pero que le hace tener prácticas también condenadas aunque aceptadas si quedan sólo en el ámbito íntimo de la familia. El problema es que los criterios culturales ponen en juego el valor mismo de la vida del ser humano, cuando las condiciones para una supuesta vida en plenitud son colocadas por encima del derecho de los seres humanos a la existencia. No podemos negar tampoco que uno de los criterios fundamentales de este tipo de aborto es el económico. Este factor tiene un peso primordial sobre la decisión de abortar en muchos países, no necesariamente los más pobres. Pero aquí nos surge la inquietud de cómo poder enfrentar este problema. ����
Nos
encontramos frente a la problemática de la desigualdad social y de la dificultad para el acceso de los servicios básicos, y en otros muchos casos, la falta de oportunidades de trabajo y educación para un desarrollo integral de la persona. ¿Sería justo que un ser humano venga a este mundo bajo estas condiciones? Nos veremos inclinados a decir que no. Pero hay un punto importante, del hecho de que no sea justo el que una persona venga a este mundo bajo estas condiciones no se desprende que por dicha razón la mejor opción sea abortar a la criatura. Inclusive podría considerarse más injusto que sea aquel quien no ha aportado nada para crear esta brecha de oportunidades el que se le prive del privilegio de vivir. Ahora bien, no podemos negar que el drama de la pobreza se acrecienta cuando crece la familia, si no se tienen el acceso a las condiciones básicas de salubridad, alimentación, agua y educación, por citar algunas. Pero aquí creo que el criterio debe ser la responsabilidad, no solo de los padres, sino también de la familia y del Estado. Esta brecha social debe combatirse para dar más oportunidades a los más pobres y para respetar la vida de cada individuo que forma parte de la sociedad, esto implica un compromiso serio por parte del Estado para elevar la calidad de vida de los que tiene bajo su responsabilidad. En el caso concreto de la República Dominicana, no puede haber una opción a favor de la vida si no existe en consonancia con la lucha por la inversión social sostenible, la creación de oportunidades de empleo y acceso a la educación; si no existe una congruencia con la lucha contra la corrupción y la accesibilidad a los servicios de salud, sin dejar fuera la búsqueda de soluciones viables para el acceso a alimentos a bajo costo.
Es decir, si el Estado se
compromete a asumir la defensa de la vida desde la concepción hasta la muerte natural, no es un compromiso simple ni superficial, porque implica el que se asume la vida como criterio de todas las acciones estatales y por lo tanto se debe velar por ella en todos sus estadios y bajo todas sus condiciones.
����
2.2.4. Aborto eugénico o por indicación fetal 2.2.4.1. Definición
“Es el planteado cuando existe riesgo de que el nuevo ser esté afectado por anomalías o malformaciones congénitas” (Gafo, 2004. Pág. 46). Este tipo de aborto está en contraposición con el aborto terapéutico en cuanto en este último se ha visto un decrecimiento en la dramatización que implica el mismo, por la posibilidad de tratamiento a muchos de los problemas que antes se presentaban como dramáticos e impenetrables, mientras que el aborto eugénico nos plantea un nuevo abanico de dudas, especialmente en relación a la consideración de la vida como digna. El surgimiento de este tipo de aborto viene de la mano con la posibilidad del diagnóstico prenatal que ha transformado de manera drástica la relación entre el carácter de incertidumbre del embarazo y la toma de decisión de los padres sobre embrión. 2.2.4.2. Esbozo de algunas problemáticas y respuestas éticas
Hablamos de que este tipo de aborto se relaciona con la consideración de un tipo de vida determinado como digna, porque al realizar un diagnóstico prenatal podemos encontrar con que el embrión tiene una malformación física o una problemática genética determinada y entonces tenemos que decidir si esa “carga” física o genética es digna de ser vivida. En este sentido se mezclan el valor de la vida en sí misma y la consideración de la posibilidad de una vida en “plenitud”. Gracias al diagnóstico prenatal los padres pueden saber cómo esperar a la criatura que viene en camino, o sea, estar preparados.
Pero este tipo de
diagnóstico trae consigo una carga de responsabilidad no siempre ponderada. Ante un diagnóstico prenatal que descubra una anomalía en el embrión, pero donde dicha anomalía permita el desarrollo de la vida del mismo, se encuentra la disyuntiva entre si es digna una vida con esa anomalía y si, como padres, se
����
desea asumir la responsabilidad de acompañar esta vida “deficiente 10”.
El
problema consiste en que, “los que nos consideramos “normales” podemos tender a creer que carece de sentido una vida humana acompañada de ciertas anomalías o malformaciones, mientras que los que las padecen creen que, en cualquier caso, es mejor vivir que no vivir” (Gafo, 2004. Pág. 80).
Aquí tendremos que abrazar un modelo de argumentación más abstracta. El punto es fijar qué es lo que nos da nuestra dignidad como seres humanos. Si bien es cierto que una dotación orgánica e intelectual nos dan una destreza inigualable en relación a otras especies, es aún más cierto que no podemos basar nuestra dignidad, única y exclusivamente en estos dotes, ya que siempre será excluyente para algunos seres humanos. El valor de una vida humana no puede estar mediada por las capacidades, porque esto sería plantearnos nuestra existencia en relación a la eficacia de nuestra vida, es decir, a la producción; mientras que si basamos nuestra vida en una teoría del ser, es posible que podamos compartir una dignidad y jamás perderla. Basar nuestra dignidad en nuestra “capacidad para” haría que la misma sea obtenida muy tarde, luego de varios años de desarrollo, y también que existe la posibilidad de perder esa dignidad al momento de no ser significativos para el ambiente que nos rodea, en términos de producción, por ejemplo los estados avanzados de Alzheimer.
La
dignidad siempre debe de entenderse como una característica propiamente humana que es perenne, independientemente de qué haga o no un individuo, de lo que tenga o no tenga, de las capacidades físicas o intelectuales que posea. Uno de los ejemplos más comunes en relación al aborto eugenésico es la discusión sobre la posibilidad o no de tener un hijo con Síndrome de Down. Esta disyuntiva surge ante la ponderación de que la vida de este individuo comprende una “minusvalía” y que supuestamente no podrá ser plenamente feliz, y que posiblemente sea una gran carga para los familiares. En este caso es evidente que la viabilidad del feto es muy elevada, pero curiosamente existe un rechazo a ��
Asumo aquí el término “deficiente” porque deseo hacer referencia explicita a la consideración actual de la vida en términos de eficacia y eficiencia, siendo términos marcadamente económicos, los cuales no compartimos como criterios de apreciación de la vida humana.
����
darle continuidad a este tipo de embarazos no tanto por el embrión que trae dicha enfermedad, sino por el hecho de no tener que asumir la responsabilidad de acompañar el proceso de crecimiento de un individuo que necesita de mayores atenciones y que tendrán que ser acompañados constantemente. Por otra parte, lo que es verdaderamente preocupante es que la aprobación de este tipo de aborto nos dice de la sociedad que tenemos. Es alarmante el que se nos venda este tipo de aborto como un medio para evitar lo que suponemos es un sufrimiento a otros por no tener que vivir con una anomalía o una malformación, como si el criterio de la anomalía es más valioso que el de la vida misma. Lo que creo es que más que el sufrimiento de la criatura, nosotros vemos el sufrimiento de los que tendrán bajo su supervisión a un individuo con algunas problemáticas, porque quita libertad y porque crea incertidumbre su futuro. Bajo el pretexto perfeccionador se encuentra la idea de que todo problema de anomalía o malformación debe ser evitado a toda costa; y más aún, la consideración de que todo sufrimiento es malo en sí mismo y que jamás debe ser experimentado. Claro que no podemos dejar de mencionar el hecho de que existe un componente económico que pesa también a la hora de decidir si se asume la criatura o no, porque no es fácil mantener una vida en condiciones de debilidad, pero tampoco es un criterio equiparable con el criterio de la vida en sí misma. No podemos dejar de mencionar en este acápite a Jürgen Habermas cuando se refiere a la eugenesia ya que nos aporta unos criterios interesantes para la ponderación de este tipo de aborto. Habermas nos dice: “Esta especie de controles de calidad deliberados pone en juego un nuevo aspecto del asunto: la instrumentalización de una vida humana engendrada con reservas por preferencias y orientaciones de valor de terceros. La decisión seleccionadora se orienta a una composición deseable del genoma. La decisión sobre la existencia o la no existencia se toma según el potencial “ser así” (Habermas, 2002. Pág. 47) .
Lo primero que nos dice es que los “controles de calidad” que se filtran en nuestras sociedades están mediados por terceros que muchas veces no percibimos, es decir, asumimos como ideales de tipos de vida unos parámetros que muchas veces nos son impuestos y que superan nuestra posible apreciación ����
integrada de la vida humana en sí misma.
Segundo, nos habla de la
instrumentalización de la vida humana, lo que trae consigo una ponderación sesgada de la vida en tanto potencialmente útil a la sociedad en que nace. Esto definitivamente que es discriminatorio y anula todo presupuesto básico de la consideración de la vida humana como valiosa en cuanto tal. Tercero, nos abre a un cuestionamiento de lo que nosotros planteamos como deseable, porque implica que si queremos un individuo genética, anatómica y fisiológicamente perfecto, debemos desechar a otros que no lo son, pero que no quiere decir que no tienen la posibilidad de aportar a otros niveles de la sociedad y más aún, a desarrollarse como seres humanos. Lo que aquí se juega es cuál es el valor a tomar en cuenta para considerar una vida digna, su dotación orgánica o las características ontológicas de su ser persona. Y cuarto, el potencial “ser así” del que nos habla Habermas está cargado de una subjetividad tremenda y que implica una desvinculación entre lo intrínsecamente humano y lo potencialmente posible. El mismo Habermas nos recuerda que, si bien es cierto que las capacidades individuales son importantes para el desarrollo personal, en la sociedad no pueden ser asumidos criterios de exclusión para aquellos que tiene dificultades, ya que cruzamos así la frontera entre lo científicamente posible para llegar a lo moralmente inaceptable. Para nosotros, el deseo perfeccionador está más ligado a criterios económicos que científicos y a una pretendida preponderancia cultural o racial que tan duramente fue criticada y rechazada en décadas anteriores, pero que hoy se presenta bajo una deseada argumentación científica. La eugenesia siempre estará sesgada por patrones culturales y personales que no siempre nacen de una ponderación racional de las realidades circundantes, trayendo consigo exclusión y discriminación, a tal punto que se hace palpable la imposibilidad de la creación de criterios éticos fuertes basándonos en dichos patrones, por lo que nos vemos en la obligación de asumir una postura negativa ante este tipo de aborto.
����
2.3. Diferencia entre aborto despenalizado y aborto legalizado Muchas veces escuchamos en las argumentaciones acerca del aborto el uso indiscriminado de los términos “despenalización” y “legalización” como si fuesen equiparables o idénticos, pero no lo son. Gafo nos ilumina en este sentido: “Una acción es legal cuando se mueve dentro de los cauces legales, y el que la realiza tiene derecho a ejecutarla, incluso reclamando que se proteja el ejercicio de esa acción. La conducta o acción contraria a la ley es ilegal, pero el Estado no actúa de la misma forma ante tal comportamiento: puede limitarse a no reconocer a dicha acción efectos legales, puede imponerle una sanción administrativa (por ejemplo, en las multas de tráfico), o puede tipificar tal acción como delito, imponiendo una pena o sanción, es decir, “penalizando” tal acción” (Gafo, 2004.
Págs. 42-43.).
Partiendo de este aclarando podemos afirmar que cuando se asume la defensa de la legalización del aborto se está solicitando que este entre en los cauces legales y por tanto, que se le adjudique protección al mismo e incluso que se propicien los espacios y condiciones para el ejercicio abortista, inclusive a nivel económico. Se asumiría pues que bajo ciertas condiciones la supresión de la vida del feto es legal y recibiría apoyatura jurídica. Contrario con lo que ocurre con la despenalización, que comprende el hecho de que bajo ciertas condiciones sea aceptada la práctica de un aborto, aunque continúe siendo jurídicamente ilegal, pero donde el Estado no contempla ninguna acción que facilite la práctica del mismo en todas las circunstancias que se presente, ni es financiado por los ministerios de salud de los países en los que el aborto esté despenalizado, sino que simplemente que el Estado no actuará colocando una pena, como lo haría en caso de que fuese considerado un crimen. No podemos negar que esta nomenclatura es sumamente ambigua porque si el Estado propicia los espacios y los recursos para la práctica del aborto, bajo una despenalización, entonces estaríamos en una legalización tácita del mismo. Pero evidentemente que es sano conocer la diferencia básica entre esta terminología porque si existe una despenalización aún no se reconoce el derecho a abortar, ni se puede reclamar la protección de la práctica por parte de las autoridades. Además, una razón de fondo para esta diferencia, detrás de toda ����
esta discusión jurídica está una cuestión de valores sociales que muchas veces quedan ocultos de la discusión, porque si una sociedad legaliza el aborto lo que nos transparenta es que el valor de la vida, bajo ciertas condiciones y estadios, no es valiosa en sí para dicha sociedad y por lo tanto puede ser manipulada o eliminada sin ningún temor. De donde surge la pregunta por la ética social de cuáles son los valores que asumimos socialmente, y partiendo de qué premisas los asumimos. En este sentido, nos sentimos inclinados a no optar por éticas de consenso ni de mínimos, porque no todo consenso es racional ni horizontal, ni la vida puede ser tratada como un “mínimo” dado que estamos demasiado implicados en ella y porque nuestra base ética debe trascender los límites de nuestras capacidades y condiciones, para asumir la dignidad de la persona como valor universal.
2.4. Por una consideración multidimensional Las posturas propuestas anteriormente denotan que el aborto, como problema ético, se debe asumir como un problema multidimensional y multidisciplinar, por lo que no puede ser tratado de manera superflua ni sin asumir un compromiso ético a la hora de pronunciarse a favor o en contra del mismo. Cada uno de los términos anteriormente discutidos, son el fruto del esfuerzo por comprender el fenómeno del aborto, pero que definitivamente no lo abarcan por completo, porque las dramáticas situaciones que suscita y la forma en que se involucra la concepción de la persona humana, no pueden más que propiciar múltiples concepciones e innumerables respuestas.
Lo que sí nos clarifica el
conocimiento de las distintas definiciones es que la postura científica o descriptiva del acto de abortar no es la única ni la más idónea a la hora de argumentar a favor o en contra del aborto, sino que se deben tomar posiciones sociológicas, filosóficas, antropológicas, psicológicas y, por que no, teológicas, para la consideración multidimensional del estatuto ontológico del embrión y la ponderación ética en todo lo relativo al mismo. Nosotros, por nuestra parte, nos inclinamos a unirnos a aquellos que consideran el aborto, viéndolo desde la perspectiva del aborto provocado, como ����
aquella interrupción del proceso de desarrollo que se originó como fruto de la unión de los gametos humanos y que, si no se detiene o surge algún inconveniente, traerá como resultado final el nacimiento de un ser humano, teniendo dicho acto como única finalidad la muerte del individuo en cualquiera de las etapas de desarrollo que se encuentre. A lo que tendremos que agregar que dicho individuo tiene valor en sí mismo por el hecho de participar de nuestra especie, independientemente de su condición física o mental. Ahora bien, toda definición de aborto, y su consideración ética, parte de una concepción de ser humano, persona y dignidad, que se encuentra intrínseca en cada una de las ponderaciones que hacemos en cuanto al tema, por lo que es vital definir estos términos desde sus distintas dimensiones, para así no caer en ambigüedades ni en exageraciones en torno al aborto y sus implicaciones para nuestra especie.
����
Capítulo III
PERSONA, DIGNIDAD Y ABORTO Detrás de la interpelación ética del aborto subyacen unas preguntas más complejas y difíciles de sortear, desde las cuales se desprenden, en gran medida, las discusiones en torno al aborto. Estas preguntas rezan así: ¿qué es una persona humana? ¿Desde qué momento puede iniciarse la consideración como persona del embrión humano? ¿Qué condiciones o requisitos debe cumplir un individuo para ser considerado como persona humana? ¿Qué confiere la dignidad al ser humano? ¿Existen parámetros concretos para establecer qué es una vida digna y qué no? A través de este capítulo nos introduciremos en la ponderación de estas preguntas, haciendo especial énfasis en las distintas acepciones de la palabra persona y en las múltiples raíces de la dignidad, porque sólo desde esta perspectiva podremos asumir posturas éticas más claras y darnos cuenta de la necesaria ponderación desde las distintas dimensiones del aborto. Es evidente que tendremos que trabajar en este acápite partiendo desde conceptos científicos, pero a sabiendas de que estos presupuestos no nos darán la respuesta que necesitamos, dado que la ciencia sólo nos ayuda a describir los fenómenos, pero la pregunta por la persona y la dignidad se encuentran en otra categoría de pensamiento que está más ligada a la reflexión filosófica que a los razonamientos científicos. Pero no podemos negar que la biología, la genética y la filosofía deben unirse en la búsqueda de una definición de la persona que pueda dar una respuesta coherente e integral, de aquí que algunos teóricos se han referido al concepto de persona como un término “bio-filosófico” (Bedate, 2005). La biología aporta sus conocimientos a la filosofía y le recuerda que la “carga genética” está condicionada por un contexto determinado y que si se le quiere buscar un sentido a esta realidad biológica debe hacerse desde su contexto particular.
“La filosofía debe tener en cuenta que la esencia y la dinámica
procesual de una realidad biológica está también determinada por el contexto biológico donde se sitúa” (Bedate, 2005. Pág. 339). Por lo tanto, ya resulta ����
absurdo pretender una definición (si es que esta es posible) del ser humano sin tener una mirada multidimensional.
3.1. Vida humana, ser humano y persona Hoy día se ha acentuado el dilema ético ante los avances científicos en materia de reproducción humana y de biología molecular, de tal forma que tenemos que detenernos a redimensionar los conceptos que anteriormente utilizábamos como sinónimos. En el lenguaje coloquial, utilizamos los términos vida humana, ser humano y persona de manera similar, pero cuando tratamos de adentrarnos en los problemas bioéticos relacionados al inicio de la vida, estos conceptos se separan para diferenciarse uno de otros y así asumir distintas concepciones éticas con sus consecuencias directas sobre nuestra especie. Para adentrarnos en esta problemática creo que es prudente hacerlo con un ejemplo. Imaginemos que tenemos un zigoto, que se encuentra en camino al útero a través de la trompa de Falopio, esta “realidad biológica” está viva y su carga genética es del tipo de la especie Homo sapiens, es decir, que nos encontramos ante “vida humana”. Pero nuestra reflexión no puede quedar ahí, o estableciendo si esta vida es humana. Entonces, qué es lo que confiere a esta realidad biológicamente viva la “humaneidad”, cuáles son los criterios para atribuir un trato especial a esta realidad biológicamente viva. ¿Serán los genes? Algunos observan que compartimos el 99% de nuestros con los chimpancés. Por otro lado, ¿esta vida humana implica que tenemos frente a nosotros a un ser humano? Podríamos decir que una célula humana mantenida bajo ciertas condiciones puede permanecer viva fuera del cuerpo a que le pertenece, es una realidad biológicamente viva y que pertenece a la especie humana, pero no es un ser humano.
¿Podríamos hacer la misma consideración respecto al embrión
preimplantatorio? ¿Qué nos concede el “ser”? ¿Cuál es el salto cualitativo que nos proporciona un carácter distintivo dentro de todas las especies?
Y si
continuamos esta reflexión, si llegamos a la conclusión de que el embrión es un ser humano, ¿son todos los seres humanos personas? ¿El concepto de persona se refiere a una realidad biológica, a una realidad social o a una realidad ����
metafísica? Definitivamente que no es sencillo dar una respuesta, y todo intento de la misma se deberá ponderar desde la cosmovisión particular de quien la plantea. 3.1.2. ¿Qué nos hace ser personas?
En este acápite no nos podremos adentrar demasiado en esta discusión por razones de espacio, pero queremos destacar que la discusión misma está centrada en dos puntos fundamentales: los criterios de pertenencia a lo humano y personal, y la pregunta por las obligaciones morales para con los individuos incluidos en los criterios anteriores (Álvarez, 2005. Pág. 39). Existe un sinnúmero de criterios que intentan dar respuesta a la difícil pregunta sobre la consideración del individuo como persona. Entre estos tenemos, la autonomía, la individualidad, la racionalidad, la libertad, la intersubjetividad, la trascendencia, la función neocortical, la carga genética, los intereses, etc.; debemos destacar que algunos de los teóricos afirman que estas características deben estar presentes (en acto) en el individuo para ser considerados como personas, mientras que otros las consideran desde la potencialidad de tenerlas o no tenerlas. Sánchez González nos presenta cuatro posturas que intentan resumir las respuestas a la pregunta sobre el ser persona desde los distintos criterios y, desde ellos, asumir ciertas obligaciones morales: 1. Criterios de pertenencia a la especie biológica. Tenemos obligaciones morales con cualquier individuo de la especie Homo sapiens. 2. Criterios absolutos de potencialidad: hay obligaciones morales, con cualquier individuo que tiene o puede llegar a tener el conjunto de características definitorias de la persona. 3. Criterios graduales de potencialidad: las obligaciones morales, aun existiendo desde el primer momento, van incrementándose a medida que se van actualizando las potencialidades personales.
4. Criterios de posesión actual de un conjunto de características: sólo
considera personas morales a los individuos que en el momento actual poseen las características definitorias de la persona (Sánchez González, 1998).
����
3.1.2.1. Ponderación de los criterios de definición de la persona
Comentaremos estos criterios desde la perspectiva del “no nacido” para continuar en la línea propia de la reflexión de este trabajo. Si asumimos el primer criterio como válido, asumimos que toda realidad biológica perteneciente a nuestra especie debe ser tratada bajo criterios de moralidad que afirmen la dignidad de dicha realidad. Ahora bien, este criterio, a pesar de que sería una respuesta “científica” (por basarse en hechos empíricos) a la pregunta sobre el valor de esa realidad biológica, no es integradora ni mucho menos englobante de toda esa realidad, ya que no nos responde por el sentido de la misma, ni crea un vínculo de obligatoriedad con dicha realidad, porque se ve meramente como eso, una realidad biológica.
Si asumimos este criterio nos abocaríamos a tener que
respetar no sólo a los embriones, sino a los gametos en sí mismos, porque son una realidad biológica humana, de tal forma que nos extralimitamos en la consideración ética de toda realidad biológica humana, así que podríamos llegar a equiparar una célula aislada con una embrión, y en casos extremos pero no imposibles, con un feto o un recién nacido. El segundo principio que reza sobre los criterios absolutos de potencialidad, nos habla de que toda realidad biológica humana que tienda a la adquisición de las características propias de la persona humana entonces se le debe ciertas obligaciones morales. Este criterio nos parece más acertado, en la medida en que al unirse los gametos y formar el zigoto, se inicia un proceso que, si no existe ningún inconveniente, se desarrollará en un ser humano con capacidad de ser considerado y considerarse a sí mismo como persona. Este criterio nos provoca palabras como “desarrollo”, “umbral”, “proceso”; dado que, tradicionalmente, se trata de asumir una postura puntual y cerrada en lo relativo a la exactitud temporal de la adquisición del carácter personal del individuo, sin embargo la misma ciencia nos revela el carácter procesual del desarrollo del ser humano, sin que existan fronteras claras entre una fase y otra, por lo que sólo nos queda hablar de umbrales entre las distintas fases. Este criterio nos abre otras realidades, como por ejemplo, el de la pertinencia o no de continuar un embarazo teniendo el ����
embrión algún posible trastorno en sus capacidades psíquicas o la posibilidad de un problema motor, ya que nos concentramos en la potencialidad de sus capacidades y no en el hecho de tenerlas, entonces tendemos a pensar que la vida de estos individuos es valiosa también, porque en ellos existen posibilidades, aunque no se hayan desarrollado. Aunque lo anteriormente dicho parecería bastante acorde con el tercer criterio, nos encontramos el mismo como desfavorable para la consideración moral del ser humano, ya que el término gradualidad implica una jerarquización de los individuos para su consideración moral. absolutamente
comprensible
la
Por ejemplo, bajo este criterio sería
consideración
distinta
de
un
embrión
preimplantatorio y un embrión ya implantado, dado que el primero se encuentra en un “grado” menor del desarrollo de sus potencialidades, frente al segundo. Pero si seguimos más adelante podríamos ver que un niño de un mes de nacido no podría equipararse con un adulto por el hecho de que está en un grado menor del desarrollo de sus potencialidades. Bajo este criterio podemos tender a considerar a algunos individuos más persona que otros. Además, este criterio encierra en sí mismo una consideración del carácter personal de los individuos en términos cuantitativos, desde donde se asume una postura tendente a jerarquizar a los individuos, y por lo tanto, siempre será discriminatoria para algunos. Aunque aquí es bueno aclarar que el concepto de gradualidad es correcto biológicamente, pero no ontológicamente, en especial cuando la mentalidad moderna “ha dejado aparte la noción metafísica de naturaleza y tiende a leer toda relación entre perfecto e imperfecto en clave exclusivamente dialéctica y evolucionista” (Paula, 2008). En relación al cuarto criterio, entendemos que nos dificulta la consideración ética de las personas dado que comprende a las mismas como seres cerrados y capaces de gozar todas las características de lo humano de manera simultánea. Si bien el primer criterio nos extralimitaría hacia atrás en la consideración moral de los gametos, este criterio nos extralimitaría en la consideración hacia delante, ya que nos colocaría al individuo como persona, luego de muchos años de su existencia, porque en los primeros años de vida las atribuciones que se le ����
confieren a la persona aún no alcanzan su plenitud, lo mismo podemos decir de los confines de la vida, por lo que hace que el término persona sea “adquirible” bajo ciertas condicionantes pero que además sea “removido” cuando estas no existen, lo que llevaría a una ausencia de obligaciones morales frente a los individuos en los momentos de mayor vulnerabilidad (inicio y fin de la vida), lo que nos resulta inaceptable. Evidentemente que el establecimiento de criterios siempre remitirá a actos arbitrarios de selección dado que las ponderaciones para la asunción de los mismos no pueden abarcar a todos los individuos y situaciones humanas y, por lo tanto, tienden a la segregación y no a un vínculo común, el cual es la pretensión en muchas ocasiones.
3.2. Persona en Robert Spaemann Consideramos que un texto iluminador para la ponderación ética del embrión en sus primeras fases de desarrollo es ¿Cuándo comienza el hombre a ser persona? de Robert Spaemann, porque nos conduce filosóficamente a la
ponderación multidimensional de la consideración como persona del ser humano, circunscribiéndose a la fase preimplantatoria del embrión, siendo esta una de las etapas de mayor vulnerabilidad en el surgimiento de la vida humana y además, de difícil de definición.
En este punto nos circunscribiremos a presentar, y
sucesivamente comentar, el texto. Spaemann inicia su reflexión en torno a la consideración misma de la palabra “persona” diciéndonos que esta no puede ser usada como un concepto genérico donde se pueden colocar debajo otros subconceptos más específicos, el hecho de “llamar a alguno persona significa reconocerle un estatuto: el estatuto de un fin en sí”, asumiendo la argumentación kantiana del imperativo categórico. A esta misma conclusión llega el psicólogo T. Kitwood, pero con premisas distintas y contrarias a Spaemann, cuando dice: La cuestión crucial es establecer lo que es la persona (…) El concepto de persona tiene una larga historia y su significado ha variado. Actualmente, tiene elementos descriptivos y evaluativos. Esto quiere decir que para que un objeto entre en esta ����
misma categoría, han de cumplirse ciertos requisitos empíricos. En este concepto también entran algunas ideas de acciones y actitudes apropiadas para y por aquellos que se pueden considerar personas. En otras palabras, utilizar la categoría de persona no es hablar de pertenencia a una especie, sino adscribirse un estatus (Kitwood, 1996, págs. 54-55).
Spaemann respondería a este planteamiento de la siguiente manera: −
La consideración de los seres humanos no puede depender de la “presencia efectiva” de ciertas características empíricas dado que, por ejemplo, la autonomía que es la “relación consciente consigo mismo y con la propia vida” no es una característica que se adquiere sino hasta avanzado el proceso del desarrollo, pero además dichas características podrían mermar en el futuro, por lo que coartarían nuestras obligaciones morales. Por esto no es de extrañar que si asumimos esta argumentación se podría negar que: “…los embriones, los niños, los minusválidos psíquicos graves y los individuos con demencia senil puedan ser considerados personas y [por lo que]se ha pedido que la noción de dignidad del hombre presente en las constituciones de los Estados Europeos y de la ONU sea sustituida con la noción de la dignidad de la persona” (Spaemann, 2008. Pág. 196).
−
Por otro lado, “las personas no son una especie natural que podamos identificar con una descripción” (Spaemann, 2008. Pág. 197). Esto nos dice que la pretensión científica de “definir” a la persona como “algo” con ciertas características distintivas, nos dice más de lo limitado del campo científico que de la “definición” de la persona en sí misma, dado que el ser humano jamás puede ser considerado como “algo” sino como “alguien”, ya que es un fin en sí y jamás un medio.
−
Otro punto de disparidad entre Kitwood y Spaemann es el hecho de que las características de la persona son atribuidas por los que ya se consideran como tales, de donde se deriva que los que “llegan quedan sometidos al arbitrio de aquellos que ya se reconocen entre sí. De hecho, ellos son los que definen las características en base a las cuales alguien es cooptado en la comunidad de las personas”
(Spaemann, 2008. Pág. 199).
Esta
arbitrariedad en las condicionantes para el “otorgamiento” del ser persona a ����
ciertos seres humanos no es más que una “cuestión de poder” y termina siendo una “variable” que no son más que la muestra de las transformaciones en la
jerarquía de valores que sufren las
distintas
culturas. Como vemos, la argumentación que nos proporciona R. Spaemann nos encamina a pensar que la pregunta de si debemos considerar al embrión una persona, se inclina a la respuesta afirmativa. Pero a la vez a una revisión sincera por la pregunta por el comienzo temporal de la personalidad humana, que “en realidad, es una pregunta a la cual no se puede responder”, porque “la personalidad es algo supratemporal”. “El hombre es un ser capaz de conocer la verdad. Pero la verdad está por encima del tiempo.” Por lo que es “inútil todo intento de indicar un momento del tiempo en el cual comience” (Spaemann, 2008. Pág. 200). Rompe aquí el vínculo entre la pregunta por el ser y la pretendida respuesta unívoca de la ciencia. Abre paso a la consideración filosófica de la pregunta, sin dejar de ser ayudada por la ciencia (pero sin que esta asuma más allá de lo que le corresponde, solo ayudando a la reflexión en cuanto apertura de nuevas realidades biológicas, nuevas fronteras, a las que las consideraciones filosóficas no pueden llegar sin su ayuda, pero a las que sólo la reflexión filosófica y trascendental pueden cuestionar su sentido y la ética ponderar su idoneidad). De todo esto se desprende el hecho de que la ciencia no pueda dar una respuesta sobre la moralidad del aborto, dado que la consideración de la misma no le corresponde a ella sola, dado que la ciencia en sí misma no tiene autoridad moral, por lo que la ciencia está por debajo de la ética y, consecuentemente, está regulada por ella; pero sobretodo porque la moralidad o no del aborto no corresponde a su esfera del conocimiento científico. Deseamos terminar esta sección con una cita de Spaemann que, partiendo desde Kant, nos responde la pregunta por el inicio de la consideración como persona del embrión, la cual compartimos, diciéndonos: Kant escribe que así como el producto es una persona, y es imposible formarse un concepto de la producción de un ser dotado de libertad por medio de una operación física, es una idea absolutamente justa y también necesaria, desde el ����
punto de vista práctico, el considerar la procreación como un acto por medio del cual hemos traído una persona al mundo 11. Se podría decir que la identificación del devenir persona con el momento de la generación es consecuencia de la imposibilidad de fijar de algún modo el comienzo de la persona en el tiempo. Quien proponga identificarlo con un momento sucesivo, en definitiva pretende más de lo que se puede saber (Spaemann, 2008).
3.3. La dignidad Si buscamos en el diccionario la palabra “digno” nos encontraremos con la siguiente definición: “que merece algo, en sentido favorable o adverso”. Pero esta definición no nos dice mucho acerca de lo que “es” la dignidad, ni qué es ese algo que se merece. A primera instancia suponemos que ese algo es el respeto que se le debe a todo ser humano. Pero, ¿por qué? Este problema de definición de la tan recurrida dignidad es un verdadero dolor de cabeza ético y jurídico para el tratamiento de las nuevas tecnologías, en especial las genéticas. Con los aportes de Kant a la filosofía se ha llegado a afirmar que: “La dignidad atribuida a las personas es un valor incondicional, absoluto e incomparable lo cual implica dos cosas: por un lado, que la dignidad es un valor independiente de las condiciones sociales, la utilidad o interpretaciones subjetivas. Y por otro lado, significa que no se pueden establecer grados o diferencias cuando se habla de la dignidad de las personas. No hay personas con más o menos dignidad o personas con más dignidad que otras. A diferencia de las cosas, cuyo precio es variable y está sujeto a leyes de mercado, el valor de la dignidad es superior a cualquier precio; de modo que en aquellas situaciones en las que esté en juego la dignidad y se desate un conflicto entre valores distintos, la dignidad tiene prioridad frente a cualquier otro” (Velázquez, 2004. Pág. 106).
Pero esto no nos dice qué es en sí la dignidad, qué es lo que nos la “otorga”, de dónde surge y qué la sostiene. Dado que muchas de las teorías existentes sobre la dignidad dan respuesta a estas interrogantes desde ciertas características o cualidades como son la libertad, la racionalidad (ambas incluidas en el razonamiento kantiano), los intereses (Singer), etc. Los seres humanos serían dignos, si y solo si, poseen dichas cualidades o, para algunos, si las poseen potencialmente; esto no nos satisface como respuesta, ya que nos respondería desde la mera suma de cualidades y, por lo tanto, esta forma de argumentar es ��
Kant, I. (1989). La metafísica dei costumi. Roma-Bari. Laterza. Citado por Spaemann, R. (2008). ¿Cuándo comienza el hombre a ser persona? El embrión humano en la fase de preimplantación (págs. 194-203). Madrid: BAC.
����
imposible de universalizar, siendo esto contradictorio con la dignidad humana en sí misma, que necesariamente debe ser universal. Para filósofos como T. Domingo Moratalla el problema se encuentra en que, para el caso de la dignidad, la búsqueda de la fundamentación es innecesaria, dado que existen valores que están por encima de cualquier intento de fundamentación; atreviéndose a proponer que se pase de una ontología de la dignidad que implica una dignidad intrínseca, a una “filosofía de la relación” que supone una dignidad que nace de la relación entre los individuos.
Esto
apoyándose en P. Ricoeur (Moratalla, 2005). Asumiendo así, al mismo tiempo, la postura de Diego Gracia que nos dice que: “los juicios morales no se pueden fundamentar sino que sólo se explican, damos cuenta y razón, exponemos, presentamos, pero no hay ninguna fuerza concluyente en el orden de las razones. El fundamento último sigue siendo un misterio” (Moratalla, 2005. Pág. 351). Así que especialmente hoy, en el mundo considerado por algunos postmetafísico y postcristiano, la tentativa de fundamentar la dignidad en presupuestos trascendentales o en dogmas de fe, no resulta tan fácil y mucho menos dialogante, pero lamentablemente esto no nos ayuda en nada ya que la ciencia tampoco puede darnos una respuesta acertada. Por esto F. Torralba i Roselló nos dice de forma muy clara y precisa: “La pregunta por la eminente dignidad de la persona humana trasciende la ciencia, aunque no se puede indagar sin considerar las aportaciones de la ciencia. No debemos esperar hallar ninguna respuesta a las preguntas fundacionales, a lo que realmente da sentido a la existencia, en un libro de naturaleza científica. Tampoco debemos esperar de un discurso de tal naturaleza, la definitiva respuesta a la esencia última de la condición humana y a su dignidad sublime” (Roselló, 2005).
Entre tanto, algunos entienden que la dignidad es una de los “valores troncales de la sociedad pluralista” y que dicho principio “es comúnmente aceptado como la base de la democracia y su razonabilidad permanece indiscutible a nivel jurídico y político” (Roselló F. T., 2005. Pág. 53). Mientras que para otros autores “la dignidad no es, en sí misma, un derecho, sino que es una noción pre jurídica o meta jurídica… Por lo que puede considerarse un fundamentum sobre el que se sustentan los derechos del ser humano”. (Roselló ����
F. T., 2005. Págs. 55-56) Por lo tanto la noción de dignidad no entra en las categorías espacio-temporales de los cuales nos puede hablar la ciencia, ni tampoco puede ser “obtenida”, ni “otorgada”, sino que se “posee” por el hecho de pertenecer a la especie humana. Bajo estos criterios podemos afirmar que la consideración del ser humano como digno, debe iniciarse desde el mismo instante de la formación del zigoto, dado que esta realidad biológica humana y viva, no dará ningún salto cualitativo que cambie su estatus personal ni, por lo tanto, de dignidad. De aquí que todo ser humano en sus distintas etapas debe ser cuidado y respetado. ¿Es la dignidad un criterio para la defensa o condena del aborto? Entendemos que la indefinición misma de la dignidad hace que no sea fácil asumir una postura que no cuestione todas nuestras consideraciones sobre el ser humano, pero nosotros nos inclinamos a reconocerla en todo ser humano en cualquiera de sus etapas de desarrollo, porque este concepto traspasa nuestras esferas espacio-temporales y se encumbra como uno de los valores fundamentales para la sana convivencia de la humanidad y por lo tanto se hace universal. En realidad nuestro mismo lenguaje nos revela que la dignidad es un cimiento fuerte para nuestra convivencia, ya que nos sentimos dignos cuando somos tratados con respeto y como seres humanos, mientras que nos indigna el abuso y la opresión, de ahí es que los la Declaración Universal de los Derechos Humanos asuma la dignidad como parámetro de respeto universal por todo ser humano, es aquí cuando lo digno y lo dignificante se separan de las condicionantes que podemos colocar y se convierte en un concepto pre jurídico o meta jurídico, entonces
Nosotros, luego del estudio de este tema, asumimos la postura de que debe ser respetado todo ser humano, en cualquiera de sus etapas de desarrollo, dado que no existen fronteras delimitadas para la ponderación desigual de alguno de sus momentos del proceso de desarrollo, ni existe traba alguna para la consideración como personas en todas sus etapas; y siendo así, seres humanos y personas, se les debe brindar un trato digno. Por lo que consideramos que toda ����
justificación del aborto basada en la dignidad del ser humano debe ser ponderada desde la cosmovisión de quien la plantea y siempre haciendo uso de los datos científicos y de las reflexiones filosóficas existentes, es decir, desde una perspectiva multidimensional que nos ayude a ponderar el aborto de manera integral.
3.4.
Alcance de la perspectiva multidimensional
Como hemos observado en las líneas que preceden, la consideración ética del aborto debe ponderarse desde las distintas perspectivas y propuestas de consideración de los conceptos: ser humano, persona y dignidad, dado que bajo estos conceptos se encuentran las efectivas razones por las que podemos o no aceptar el aborto en todas, algunas o bajo ninguna circunstancia. Uno de los problemas de la bioética es que cuando se hacen afirmaciones o ponderaciones sobre algunos temas, se da por supuesto el hecho de que cada término mencionado es entendido por todos de la misma manera. Sin embargo, es necesario que en cada uno de los debates de estos temas, y en especial aquellos que nos tocan directamente, se delimiten bien los términos a utilizar y los alcances de las teorías propuestas. En el caso de los términos “persona” y “dignidad”, términos supratemporales y axiológicamente superiores, deben ser tratados con prudencia dado que según lo que asumamos como pretendida definición, podrían acarrear serias consecuencias para nuestra convivencia actual y para las generaciones futuras. Como hemos podido constatar, los términos “persona” y “dignidad” son vitales en la consideración de lo humano, en tanto que términos que nos ayudan a definir y delimitar nuestras consideraciones éticas, como vimos en las cuatro criterios propuestos por Sánchez González (pertenencia a la especie biológica; absolutos y graduales de potencialidad; y de posesión actual de un conjunto de características) y de donde debemos partir para la reflexión en torno a los cuatro tipos de aborto (terapéutico, psicosocial, eugenésico y criminológico). Siendo estas consideraciones necesariamente puestas bajo el lente de varios saberes ����
como son: la biología, la genética, el derecho, la filosofía, la ética, la teología, etc. Dado que sólo de este modo interdisciplinar es que podremos lograr una interpretación multidimensional y equilibrada del aborto, sin recurrir a argumentaciones vacías o basadas en juicios absolutos e incuestionables. La ciencia, la filosofía, la ética y la teología no necesitan excluirse ni descalificarse en cuanto a la consideración de lo humano, al contrario, cada día se hace más evidente que ningún saber puede incorporar en sí toda la complejidad del ser humano ya que tocan dimensiones distintas del mismo, haciéndose necesario el que complemente sus saberes en la prosecución de una respuesta integral de la pregunta por lo humano. Sólo desde la perspectiva multidimensional es que podremos dar una respuesta integral a preguntas como: ¿cuál es el criterio de más éticamente idóneo en el caso del aborto terapéutico, la vida de la madre o la salud de la madre? ¿Cuáles elementos debo tomar en cuenta a la hora de ponderar el aborto por indicación criminológica, los legales, los filosóficos, los clínicos o los morales? ¿Qué valor podemos otorgarle a una vida limitada física o mentalmente y qué perspectivas de responsabilidad asumimos ante el aborto eugenésico?
¿Son
todas las razones psicosociales válidas para justificar las prácticas abortivas? ¿Es el aborto un problema jurídico o moral? ¿Es el embrión una persona o existen estados “sub-humanos” en las primeras fases de desarrollo embrionario? Toda pretensión de respuesta unívoca será irremediablemente limitada.
Toda
pretensión relativista será irrespetuosa de la complejidad propia de la realidad humana. Todo diálogo abierto, plural, interdisciplinar y complejo será siempre un esfuerzo por dar respuesta a lo laberíntico y misterioso que nos hace ser seres humanos.
����
CONCLUSIÓN En este trabajo nos hemos propuesto hacer un esbozo de las distintas perspectivas de la consideración ética del aborto, asumiendo una propuesta multidimensional que nos permita propiciar una respuesta integral, aunque necesariamente más compleja, a la problemática ética del aborto en sus distintas concepciones. Esta propuesta multidimensional nos ayudará a dar una respuesta interdisciplinar a las preguntas que surgen sobre el aborto, no como una mera comunicación de saberes, sino como una propuesta metodológica que nos permita evitar respuestas simplistas y posiciones relativistas frente a las preguntas fundamentales del ser humano, donde se juegan las interrogantes sobre el aborto. En el primer capítulo partimos desde los primeros pensadores que reflexionan sobre la vida humana hasta nuestros días, para así comprender, desde sus raíces históricas, las consideraciones actuales del aborto y la forma dinámica en que han evolucionado. Hicimos, pues, un recorrido por la consideración del aborto desde la forma jurídico-casuística del mundo babilónico, pasando por la consideración filosófico-biológica del mismo en el mundo greco-romano, y por la visión cristiana del mundo, hasta llegar a nuestros días, donde la consideración pasa a un plano más ético-filosófico y más técnico-político.
De donde
destacamos: primero, la visión negativa, a modo general, del aborto en Occidente; segundo, la diferenciación teológica del no nacido en feto animado y no animado que tendrá gran influencia en la legislación acerca del aborto, evolucionando a una argumentación más técnico-científica y denominada hoy “hominización”; tercero, que el cristianismo ha sido consistente en su opción por defender al no nacido desde sus inicios; y cuarto, que las razones políticas y demográficas pesaron mucho en el giro de pensamiento en el siglo XX, al igual que la nueva concepción de salud como “bienestar” haciendo del aborto una decisión más individual y justificable. En el segundo capítulo nos adentramos en la problemática de la difícil definición del aborto y la tipología existente del mismo. Reconocemos que los intentos de definición son el fruto del esfuerzo por comprender el fenómeno del ����
aborto, pero que indiscutiblemente no abarcan por completo la complejidad de la problemática que nos atañe, porque las dramáticas situaciones que suscita y la forma en que se involucra la concepción de la persona humana, no pueden más que propiciar múltiples concepciones e innumerables respuestas, sin dejar de mencionar que cada definición también implica una toma de postura ética. Lo que sí nos clarifica el conocimiento de las distintas definiciones es que la postura científica o descriptiva del acto de abortar no es la única ni la más idónea a la hora de argumentar a favor o en contra del aborto, sino que se deben tomar posiciones sociológicas, filosóficas, antropológicas, psicológicas y, por que no, teológicas, para la necesaria consideración multidimensional del estatuto ontológico del embrión y la ponderación ética en todo lo relativo al mismo, ya que la ponderación unívoca siempre será insuficiente. En el tercer capítulo, nos propone hacer una consideración ética del aborto desde los conceptos: ser humano, persona y dignidad, revelándonos que bajo estos conceptos se encuentran las efectivas razones por las que podemos o no aceptar el aborto en todas, algunas o bajo ninguna circunstancia. Reconociendo, a través de nuestra reflexión, que los términos “persona” y “dignidad”, son conceptos supratemporales y axiológicamente superiores, por lo que no pueden ser definidos sólo desde presupuestos científicos, ni jurídicos, ya que sobrepasan los
límites
espacio-temporales,
haciéndose
necesario
una
ponderación
multidimensional de los mismos. Dicha ponderación nos ayudará a dar una respuesta integral a preguntas como: ¿qué es ser persona? ¿Qué es la dignidad? Aunque esto implique colocar nuestros presupuestos y respuestas absolutas bajo la mirada de otros saberes, no como mero cuestionamiento o descalificación, sino en la búsqueda de la complementariedad que nos ayuda a ver al aborto como una problemática multidimensional y, por lo tanto, compleja y necesariamente plural. Queremos repetir las palabras de Lydia Feito, que son perfectamente aplicables a la realidad del aborto: Cada vez va quedando más claro que las distintas aproximaciones epistemológicas nos ofrecen diversas visones del mundo, ninguna de ellas es necesariamente falsa, pero tampoco completamente verdadera. Por eso, someter ����
la realidad a patrones demasiado estrechos es un intento inútil, pues es más amplia, compleja, diversa e impredecible y, sobre todo, existen en ella mecanismos de interacción y comunicación que cada vez van poniendo más de manifiesto las diferentes ciencias. De ahí que sea necesaria una auténtica interdisciplinariedad, exigida por la propia realidad, en la que los diferentes campos del saber, aún partiendo de la propia especificidad y sin renunciar a ella, busquen un lenguaje común, como único modo posible de ofrecer una explicación, aproximadamente completa, de la realidad (Feito, 2004. Pág. 42).
Como decíamos al introducir este trabajo, es posible que las preguntas aún abunden, pero precisamente este era el objetivo de este trabajo, suscitar preguntas que descoloquen nuestros presupuestos inamovibles y nuestros juicios cerrados, para así invitar a un diálogo abierto, complejo y plural que nos permita tener una mirada multidimensional de la problemática ética del aborto.
La
invitación está hecha, no permitamos que la inseguridad que nos pueda suscitar los cuestionamientos a nuestros presupuestos y la incertidumbre de no tener respuestas cerradas, evite el diálogo y la adopción de una metodología interdisciplinar e integral.
����
BIBLIOGRAFÍA LITERATURA PRIMARIA Blázquez, N. (2000). Bioética. La nueva ciencia de la vida. Madrid: BAC. Feito, L. (2004). Bioética: la cuestión de la dignidad. Madrid: PUC. Ferrer, J. J. (2007). Deber y deliberación. Una invitación a la bioética. Mayagüez: CePA. Gafo, J. (1979). El aborto y el comienzo de la vida humana. Madrid: Sal Terrae. Gafo, J. (2004). 10 palabras clave en bioética. Navarra: Verbo Divino. Gracia, D. (1983). “El aborto en la historia”, en Vida Nueva 1367, pp. 14-19. Habermas, J. (2002). El futuro de la naturaleza humana. ¿Hacia una eugenesia liberal? Barcelona: Paidós. Spaemann, R. (2008). ¿Cuando comienza el hombre a ser persona? En E. Sgreccia, & J. Laffitte, El embrión humano en la fase de preinplantación (pp. 194203). Madrid: BAC.
LITERATURA SECUNDARIA Alonso, J. I. (2000). Diccionario de la lengua española . Madrid: Espasa Calpe, S.A. . Álvarez, J. C. (2005). Ser humano-persona: planteamiento del problema. En J. M. Clavel, Ser humano, persona y dignidad (pp. 17-42). Bilbao: Descleé De Brouwer, S.A. . Bedate, C. A. (2005). Persona: un concepto bio-filosófico . En J. M. Clavel, Ser humano, persona y dignidad (pp. 337-340). Bilbao: Desclée De Brouwer, S.A. Bueno, D. R. (1974). Padres Apostólicos . Madrid: Editorial Católica. DeMarco, D. (1984). “The Roman Catholic Church and abortion: An historical perspective” (Part 1), en Homiletic & Pastoral Review 84, pp. 59-66. González, M. S. (1998). Historia, teoría y método de la medicina: introducción al pensamiento médico. Barcelona: Masson. Kitwood, T. (1996). La preocupación por los demás . Bilbao: Desclée De Brouwer. ����