18 DE DICIEMBRE DE 2014
ESTATUTOS DEL COLEGIO PROFESIONAL DE INGENIEROS DE GUATAMALA LEGISLACION 1 “N”
Nombre Renato González Arriaza Silvia Alejandra Mendez Spiegeler Brandon Estuardo Sanchez Rodríguez Carlos Ivan González Alvarado Rodrigo Alvarez Blanco Jose Carlos Marckwordt Aguilar
Carne Clave Tel Correo C orreo 2012 12641 32 42925216
[email protected]
Coordinador
2010 20389
21
46056835
[email protected]
Subcoordinador
2012 12645
33
47616152
[email protected]
2010 20431 2012 13382
22 34
47399749
[email protected] 42652181
[email protected]
2011 14740
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51781829
[email protected] [email protected] om
VACACIONES DICIEMBRE 2014 LIC. NANCY GUTIERREZ SAMAYOA
INDICE
CONTENIDO
PAG
JUSTIFICACION………………………………………………………………………..
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OBJETIVOS………………………………………………………………………..…….
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INTRODUCCION………………………………………………………………….…..
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ANTECEDENTES………………………………………………………………… ..….
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MISON…………………………………………………………………………… .…...
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TITULO I: NATURALEZA Y FINES …………………………………………….….. 7-8 TITULO II: PROCEDIMIENTOS DE COLEGIACIÓN……………….……………. 9-13 NECESARIOS PARA COLEGIARSE ……………………………….…. 10 REQUISITOS NECESARIOS
FORMULARIO PARA SOLICITAR INGRESO COMO COLEGIADO ……………..… 11 TITULO III: ORGANIZACIÓN DEL COLEGIO ……………………………..……. 13-18 TITULO IV: ELECCIONES…………………………………………………..……… 19 TITULO V: RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO…………….……..……. 19-21 TITULO V: REFORMA DE ESTATUTOS ……………………………..………..…… 22 ISPOSICIONES FINALES Y DEROGATIVAS……………..……..…. 22 TITULO VI: DISPOSICIONES
CONCLUSIONES……………………………………………………………...………
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ANEXOS……………………………………………………………….……...………..
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BIBLIOGRAFÍAS………………………………………………………………..…….
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JUSTIFICACION
El presente trabajo surge de la obligación que tenemos como profesionales de colegiarnos a nuestros respectivos colegios profesionales, en este caso en particular al Colegio de Ingenieros de Guatemala, para ello debemos conocer las normas y reglas que debemos de acatar, así como los derechos, beneficios y obligaciones que la coligación profesional nos hace acreedores. Con la finalidad que el estudiante de ingeniería conozca el funcionamiento interno del Colegio de Ingenieros de Guatemala del cual un día formara parte, así como conocer los procedimientos que se deben realizar para poder formar parte del mismo ya sea simplemente como colegiado activo o en algún órgano del mismo, solicitar información etc. Surge el presente ensayo, el cual resume los estatutos principales elaboradores por la Asamblea General del Colegio de Ingenieros de Guatemala.
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OBJETIVOS
General:
Analizar y comprender los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Guatemala.
Específicos:
Conocer el procedimiento de colegiación obligatoria correcta y sus obligaciones como tal, mediante los pasos ya establecidos en los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Guatemala. Establecer la organización del Colegio y que órganos lo integran, asi mismo las funciones que desempeñan. Verificar bajo que regimientos económico y financiero se basa el patrimonio del Colegio de Ingenieros de Guatemala.
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INTRODUCCION
Un Estatuto es la ordenanza o conjunto de normas legales por las que se regula el funcionamiento de una asociación como es el caso del Colegio de Ingenieros de Guatemala Los estatutos son las normas escritas por las que se rigen los asuntos internos de una organización. Los estatutos suelen definir cosas como el nombre o denominación oficial del grupo, su propósito, los requisitos para ser miembro, los cargos y responsabilidades de los encargados, cómo se asignan las funciones, cómo se dirigen las reuniones y con cuánta frecuencia deben realizarse. Los estatutos también dictaminan la forma en que debe funcionar el grupo, así como las funciones y responsabilidades de sus encargados. Son esenciales para ayudar a la organización a definir su propósito y los detalles prácticos sobre cómo realizar sus actividades. Los estatutos funcionan como normas legales de la organización, y la organización podría tener que responder ante un tribunal por las acciones que supongan una violación de ellos. Se crean los estatutos del Colegio de Ingenieros con el objeto de reglamentar los procedimientos y la forma en que debe funcionar el Colegio, además de establecer derechos y obligaciones de los colegiados y demás temas que les afecten. Por ello se puede comprender la importancia que debe tener en la formación del estudiante de la Facultad de Ingeniería, ya que la colegiación profesional es de carácter obligatoria. Por lo que el presente trabajo grupal es una síntesis llevada a cabo en base a los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Guatemala, basados en el decreto 72-2001 del Congreso de la República de Guatemala.
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ANTECEDENTES
Fue en 1947 con la promulgación del decreto legislativo 332, Ley de Colegiación Obligatoria, que se institucionalizaron estas agrupaciones gremiales como Colegios Profesionales. Los primeros 5 Colegios Profesionales fundados en 1947 fueron los Colegios de Abogados y Notarios, de Médicos y Cirujanos, Estomatológico, de Ingenieros, y de Farmacéuticos y Químicos, actualmente existen 12 Colegios Profesionales en Guatemala. Los Estatutos de la Asociación de Ingenieros de Guatemala fueron aprobados en 1930 por el presidente de la república, Lázaro Chacón, con lo cual se buscaba el perfeccionamiento de los conocimientos adquiridos; el desarrollo de las actividades de la Ingeniería en todas sus manifestaciones, teniendo en cuenta las normas y planes científicos que reúnan la marcha progresiva de las naciones, el cultivo de la ética profesional y la vinculación efectiva, así como el auxilio entre los socios. Participaron como fundadores de la asociación, los ingenieros Luis AguilarPeláez, Luis Leonardo, José Jorge Erdmenger, Carlos Benfeldt, Benjamín Solórzano, entre otros. El Consejo Superior Universitario envió el 18 de marzo de 1947 una nota a la Facultad de Ingeniería para que ésta celebrara una sesión extraordinaria con el fin de crear el Colegio de Ingenieros. De tal cuenta que el 20 de marzo de 1947 la Junta Directiva de dicha facultad se constituyó en Asamblea General para dar cumplimiento a lo solicitado. Con la presencia de 71 ingenieros y Arquitectos y presidida por el ingeniero Eduardo Goyzueta, se procede a instituir al Colegio de Ingenieros de Guatemala. Es elegido como primer presidente el ingeniero Juan de Dios Aguilar, quien juramenta a la primera Junta Directiva, al Tribunal de Honor y da posesión del cargo al representante del colegio ante el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala. En sus inicios, el Colegio de Ingenieros se encontraba unido al colegio de arquitectos. Al igual que otros, sus oficinas se localizaban en la capital. Cuando los arquitectos tuvieron un número considerable de agremiados formaron su propio colegio. Hoy en día existen 85 distintas profesiones y ramas afines de ingeniería, entre las que se encuentran la Ingeniería Civil, Mecánica, Industrial, Eléctrica, Electrónica en Sistemas, etc. Las oficinas del Colegio de Ingenieros están localizadas en la 7ª. Avenida 39-60 en la zona 8 de la ciudad de Guatemala.
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MISON
Ser una organización que, con base legal, ética y preparación académica, procura la defensa gremial, el bienestar social de sus agremiados y el ejercicio responsable de la ingeniería en el país, promoviendo la participación activa de todos sus agremiados. Velar por los intereses de sus agremiados a través de los diferentes beneficios que brindan sus órganos y juntas administrativas. Con la Visión de: Ser un colegio organizado, moderno, participativo, e influyente a nivel nacional, congruente con las tendencias actuales de la globalización y defensor de sus agremiados.
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TITULO I NATURALEZA Y FINES Primero que nada empezaremos explicando que es un estatuto para empezar con un fácil entendimiento de cómo se regula el colegio profesional de ingenieros de Guatemala y conforme se vaya avanzando se explicaran de manera más detallada todos los incisos correspondientes. La palabra estatuto puede referirse a una variedad de clases de estatutos cuyo rasgo común es que regulan las relaciones de ciertas personas que tienen en común la pertenencia a un territorio o sociedad. Por lo general, los estatutos son una forma de derecho propio. Un segundo significado es el proveniente de los países anglosajones, donde ''statute'' significa Ley aprobada por el Parlamento. Los Colegios Profesionales de Guatemala son asociaciones gremiales profesionales con personalidad jurídica, patrimonio propio y sin fines de lucro. Es decir, son asociaciones o colegios que reúnen a los distintos profesionales universitarios egresados de las diferentes universidades que posee el país, actualmente en Guatemala se tiene 01 Universidad Pública y 14 Universidades Privadas. Estos Colegios Profesionales tiene como fin la superación moral, científica, técnica, cultural, económica y material de cada uno de los egresados con su profesión. El estatuto de colegio de ingenieros se rige por la constitución de la república de Guatemala y su sede central se encuentra en la capital de Guatemala. http://colegiodeingenierosguatemala.org/
7ª avenida 39-60, Zona 8 Ciudad de Guatemala. 7
Para poder ejercer todo tipo de profesión de la ingeniería es requisito estar inscritos en el colegio profesional correspondiente, en este caso en el colegio de ingenieros y estar como miembro activo, quiere decir estar inscrito y solvente de todo pago y toda deuda asi como no tener ninguna sanción por falta a la ética u otra falta cometida contra los estatutos que rigen dicho colegio. La finalidad del colegio de ingenieros aparte de lo estipulado en los primeros artículos del estatuto conlleva a no solo el buen ejercicio legal de la profesión sino a todo el entorno a cuanto el ejercicio del mismo, es decir cómo afecta esto a la sociedad, sus ventajas al entorno y al desarrollo productivo y prestigioso del país por decir las finalidades más importantes de la colegiación profesional. Cabe señalar que para gozar de los beneficios que provee el Colegio de Ingenieros es necesario formar parte del mismo como colegiado activo. El Colegio de Ingenieros de Guatemala además de su sede central cuenta con 13 Sub Sedes, de las cuales 9 se encuentran ubicadas en el interior del país. a. Quetzaltenango b. Huehuetenango c. Cobán d. Chiquimula e. Huehuetenango f. Petén g. San Marcos h. Totonicapán i. Jalapa j. Sta Catarina Pinula k. Fraijanes l. Mixco m. Zona 15
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TITULO II PROCEDIMIENTOS DE COLEGIACIÓN Quienes deben colegiarse: a. Todos los profesionales egresados de cualquiera de las Universidades legalmente autorizadas para funcionar en la República de Guatemala, y que hubieren obtenido título en el grado mínimo de licenciatura, que los faculte para el ejercicio de una o varias profesiones de la Ingeniería. b. Los profesionales de la Ingeniería incorporados a la Universidad de San Carlos de Guatemala. c. Los profesionales de la Ingeniería graduados en el extranjero que hayan obtenido autorización legal para ejercer la profesión en el país. d. Los profesionales universitarios de la Ingeniería graduados en el extranjero, que formen parte de programas de post-grado u otras actividades organizadas por las Universidades del país, instituciones estatales, etc. Para los profesionales egresados de cualquiera de las Universidades legalmente autorizadas, deberán seguir los requisitos establecidos en la página siguiente. Para los profesionales de la Ingeniería incorporados a la Universidad de San Carlos de Guatemala, deberán presentar los requisitos establecidos en la página siguiente más: Original del título que lo acredita como incorporado a la Universidad de San Carlos de Guatemala, debidamente legalizado para su verificación, y Se requerirá a los ciudadanos extranjeros la autorización legal para laborar en Guatemala, expedida por la autoridad correspondiente. Para los profesionales de la Ingeniería graduados en el extranjero con autorización legal para ejercer en el pais, deberán seguir los requisitos establecidos en la página siguiente, excepto los tres ejemplares de su tesis de graduación, también deberán presentar una copia autenticada de la autorización legal que le permite ejercer en Guatemala en determinada profesión de la ingeniería o rama afín que deberá ser la misma que ostenta su título profesional. Para los profesionales universitarios de la Ingeniería graduados en el extranjero, que formen parte de programas de post-grado u otras actividades organizadas por las Universidades del país, instituciones estatales, etc, deberán presentar los requisitos establecidos en la parte posterior de esta página, excepto los tres ejemplares de su tesis de graduación, además la constancia oficial debidamente legalizada, extendida bajo la entera y completa responsabilidad de la institución que auspicie el programa de postgrado, entrenamiento o actividad específica a la que esté asignado el solicitante
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La Junta Directiva del Colegio conocerá la solicitud y si ésta se ajusta a la Ley y a los estatutos, entonces ordenará a la Secretaría que proceda la inscripción. La Secretaría del Colegio lleva un Libro General de Registro correlativo de todos los profesionales de la Ingeniería que están inscritos en el Colegio de Ingenieros. La hoja que le corresponde a cada colegiado debe contener: nombre completo del colegiado, documento de identificación, título (s) profesional (es) con especificación de la universidad que lo emitió, grado académico, rama de la Ingeniería, lugar y fecha en que se extendió el título; número de colegiado que le corresponde, punto de acta de la Junta Directiva donde consta la admisión del colegiado, firma registrada y actualizaciones. La Secretaría del Colegio deberá llevar también un Libro General de Registro Correlativo para colegiados temporales, éste contiene los mismos datos que el libro General de Registro y además: fecha en que finaliza el permiso de ejercer en Guatemala. Identificación de la constancia oficial legalizada por la cual se le autorizó al colegiado ejercer su profesión y número de colegiado temporal. Al finalizar el procedimiento de colegiación, deberá extenderse a cada colegiado la constancia que lo acredita como miembro del Colegio de Ingenieros de Guatemala sin costo alguno. Esta constancia debe contener: nombre completo del colegiado, título profesional, número de colegiado, fecha de inscripción, fotografía del colegiado, y cuando sea el caso, la anotación que la colegiatura es temporal. Además de la constancia, a cada colegiado se le extenderá un carnet que contenga: en el anverso fotostática reducida de su título profesional y en el reverso los datos de la constancia. Principales obligaciones de los Colegiados a. Cumplir y velar por el cumplimiento de la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, de los estatutos, reglamentos y Código de Ética del Colegio de Ingenieros de Guatemala. b. Poner en conocimiento del Colegio las infracciones a las leyes, códigos y reglamentos que afecten a la profesión. c. Dar aviso al Colegio cuando desee abandonar el ejercicio de la profesión o cuando se ausente del país por más de seis meses. Derechos de los colegiados a. Ejercer libremente la profesión para la cual está acreditado por su Título Profesional. b. Hacer uso de las instalaciones y servicios del Colegio de Ingenieros de Guatemala. c. Obtener carta de presentación de la Junta directiva ante instituciones extranjeras. d. Disfrutar de los auxilios y servicios de previsión social del Colegio de Ingenieros de Guatemala.
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Cese de los Derechos de los Colegiados El cese de los derechos del colegiado puede ser temporal o definitivo por las siguientes razones: a. Falta de pago de tres o más cuotas mensuales consecutivas de colegiación. b. Resolución de Asamblea General que declare suspensión temporal o definitiva en el ejercicio de su profesión y c. Resolución firme de autoridad judicial competente que inhabilite al colegiado el ejercicio legal de su profesión.
TITULO III ORGANIZACIÓN DEL COLEGIO El Colegio de Ingenieros de Guatemala se integra con los órganos siguientes: a ) Asamblea General b ) Junta Directiva, c ) Tribunal de Honor y d ) Tribunal Electoral Asamblea General La Asamblea General es el órgano superior del Colegio de Ingenieros de Guatemala y se integra con la reunión de todos los colegiados activos presentes en sesión ordinaria o extraordinaria, actualmente el colegio de ingenieros cuenta con 13,017 colegiados. Todas las sesiones de la Asamblea General sin importar si es ordinaria o extraordinaria, deben ser presididas por el Presidente de la Junta Directiva o a quien le corresponda (algún vocal), con la asistencia del Secretario o quien lo sustituya (prosecretario, o en su ausencia un vocal) y el resto de los miembros de la Junta Directiva presentes. La convocatoria a sesión de Asamblea General debe hacerse con por lo menos ocho días de anticipación a su realización, especificando los asuntos a tratar, la fecha, hora y lugar en que se celebrará. La Asamblea General se reunirá anualmente en sesión ordinaria, en la segunda quincena del mes de abril. En ella, la Junta Directiva presentará para conocimiento y aprobación de la Asamblea: a) La memoria de labores del Colegio y los Estados financieros del ejercicio contable correspondiente, por quien haya presidido el período anterior. b) Los presupuestos por partidas globales para el período contable en curso.
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Por su parte la Asamblea General se puede reunir en sesión extraordinaria cuantas veces sea, únicamente puede ser convocada a sesión por parte de la Junta Directiva, ya sea por iniciativa propia o por la petición de al menos 10% de los colegiados inscritos. La convocatoria a Asamblea General a sesión ordinaria o extraordinaria debe de hacerse de manera personal con circulares, y con un comunicado publicado en el Diario Centroamérica y en otro de mayor circulación. El quórum, es decir, la proporción o número de asistentes que se requiere para que una sesión pueda comenzar, o adoptar una decisión formalmente válida, para el caso de la sesión de Asamblea General se integra con por lo menos la presencia del veinte por ciento (20 %) de los colegiados activos, sin embargo si el día y hora fijados en la convocatoria no se reúne el quórum indicado, la sesión se celebrará una hora después en el mismo lugar y fecha fijados para el efecto, con los colegiados activos que se encuentren presentes, sin necesidad de nueva convocatoria. Todos los acuerdos y resoluciones de la Asamblea General se tomarán por mayoría absoluta del total de votos depositados por los colegiados activos presentes, salvo disposición legal expresa en contrario. Se entiende por mayoría absoluta la mitad más uno de los votos depositados. Principales atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir a los miembros que corresponda de la Junta Directiva y del Tribunal de Honor del Colegio. b) Elegir a los delegados y representantes del Colegio, ante los organismos que por ley le corresponden al Colegio de Ingenieros de Guatemala. c) Conocer y aprobar las resoluciones del Tribunal de Honor que impliquen inhabilitación temporal de algún colegiado. d) Resolver los asuntos que someta a su consideración la Junta Directiva. Junta Directiva La representación del Colegio de Ingenieros de Guatemala la ejerce su Junta Directiva, la cual podrá delegar en su Presidente, ó quien haga sus veces, el cual será el que ejercerá la personalidad jurídica atribuida al colegio. La Junta Directiva es el órgano ejecutivo del Colegio. Se integra con siete miembros:
Presidente Vicepresidente Vocal I Vocal II Secretario 14
Prosecretario Tesorero
Actualmente la Junta Directiva del colegio de Ingenieros de Guatemala está constituida de la siguiente manera, tras el acto celebrado el 28 de Noviembre del 2013, donde se dio posesión de sus cargos a los integrantes de la planilla no. 2, hasta el año 2015; los cargos de la presente Junta Directiva están distribuidos de la siguiente manera:
Presidente: Joram Matias Gil Laroj (Ingeniero Civil) Vicepresidente: William Haroldo Romero Chojolan (Ingeniero Civil) Vocal I: Cesar Eduardo Chojolan Quixtan (Ingeniero Civil) Vocal II: Humberto Alonzo Ochoa Garcia (Ingeniero Mecánico Electricista) Secretaria: Guippsy Jeannira Méndez Pérez (Ingeniera en Ciencias y Sistemas) Prosecretario: Renzo Ricardo Grazioso Sierra (Ingeniero Civil) Tesorera: Nusly Danira Rodas Maldonado (Ingeniera Industrial)
Los miembros de la Junta Directiva durarán en sus cargos dos años y su desempeño es adhonorem. Serán electos por planillas, por mayoría de la mitad más uno del total de los votos válidos emitidos en Asamblea General, en el acto electoral. Si no hubiere mayoría absoluta, se llevará a cabo la segunda vuelta ocho (8) días después, entre las planillas que hubieren ocupado los dos primeros lugares. La elección se realizará juntamente con la del Tribunal de Honor. El quórum de la Junta Directiva se integra con cuatro de sus miembros. En caso de empate en las decisiones, el presidente tendrá doble voto. Los miembros de la Junta Directiva solo podrán ser removidos de sus cargos, por acuerdo de la Asamblea General tomado con el voto de por lo menos el 25 % del total de colegiados activos, luego de presentarse razones justificadas y permitiéndoles la defensa pública. Principales atribuciones de la Junta Directiva: a) Promover la efectiva realización de las finalidades del Colegio b) Designar a los miembros del Colegio que deban representarlo ante los organismos, entidades o comisiones que se estime conveniente c) Organizar las comisiones que considere necesarias y designar a los miembros que deban integrarlas d) Nombrar al personal administrativo que las necesidades demanden, fijando los salarios correspondientes e) Proponer a la Asamblea General la modificación de los montos de las cuotas ordinarias, y la creación o modificación de las cuotas extraordinarias y sus montos. 15
Obligaciones principales de la Junta Directiva: a) Cumplir y hacer cumplir: la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria; los Estatutos, Reglamentos y Código de Ética del Colegio de Ingenieros de Guatemala. b) Publicar anualmente las listas de altas y bajas de sus colegiados. c) Velar por la correcta administración financiera y administrativa del Colegio, y Mejorar sus controles y procedimientos administrativos d) Fiscalizar y aprobar las actuaciones y operaciones de las Juntas de Administración del Timbre, del Auxilio Póstumo. e) Atender y resolver las demandas de los colegiados. Funciones del presidente y vicepresidente El presidente es el encargado de representar al Colegio en todos sus actos, presidir las sesiones de la Junta Directiva y las de Asamblea General, así como de autorizar y firmar los documentos y correspondencia del Colegio entre otras cosas. El presidente tiene derecho a un doble voto en el caso de empate en las votaciones propias de la junta directiva, en caso que el presidente no este presente, las funciones del mismo pasan al vicepresidente. Funciones del secretario y prosecrtario Redactar las actas de las sesiones de la Junta Directiva y suscribirlas, llevar el control de los Libros de Registro de Colegiados, es el encargado de expedir certificaciones y demás constancias que le soliciten, debe verificar que se suministren a las comisiones y a los miembros del Colegio los datos e informes que requieran. También debe de formular con el Presidente el proyecto de memoria anual de las actividades del colegio, dando cuenta del mismo a la Junta Directiva. El prosecretario prestara toda la ayuda que necesite al secretario ejerciendo de secretario en el caso que el secretario este ausente. Funciones del tesorero Cuidar del patrimonio del Colegio, también debe dirigir, vigilar e impulsar la recaudación de los ingresos del Colegio, llevando la contabilidad del Colegio al día. El tesorero es el encargado de presentar anualmente a la Junta Directiva, el balance del cierre contable y el estado de las cuentas de todos los colegiados, con el objeto de que ésta lo presente a la Asamblea General Ordinaria anual.
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Funciones de los vocales Desempeñar con eficacia las comisiones que les designe la Junta Directiva, así como sustituir por su orden al Presidente o al Vicepresidente, al Prosecretario o al Tesorero en caso de ausencia o impedimento temporal de alguno de ellos. Delegados El Colegio de Ingenieros de Guatemala deberá tener los siguientes delegados: a ) Por mandato legal: Un delegado ante el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Un delegado ante la Junta Directiva de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Delegados miembros de los cuerpos electorales para elegir Decano de la Facultad de Ingeniería y Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala;
b ) Por elección de la Asamblea General o por nombramiento de la Junta Directiva, los que se consideren necesarios para desempeñar funciones especificas ante los organismos, entidades o comisiones que se estime conveniente. Funciones de los delegados Representar al Colegio en las reuniones con los organismos, entidades o comisiones ante los que fueren acreditados, pero quedando sujetas sus decisiones a la ratificación del Colegio en todo cuanto pueda obligar al mismo y servir de enlace ante los organismos, entidades o comisiones y el Colegio. Tribunal de Honor Cuando La Junta Directiva reciba una denuncia o tenga conocimiento de una falta a la ética profesional cometida por uno o varios de los miembros del Colegio, activos o no, convocará al Tribunal de Honor. El Tribunal de Honor está instituido para averiguar, emitir resolución así como de sancionar, cuando se sindique a cualquiera de los miembros del Colegio de Ingenieros de Guatemala, de haber faltado a la ética o atentado contra el honor, el decoro o el prestigio de la profesión. Se integra con siete miembros: un presidente, un vicepresidente, un secretario y cuatro vocales, así como dos miembros suplentes, que deberán tener cinco años o más de ser colegiados activos, y serán electos por planilla por la Asamblea General, por mayoría de la 17
mitad más uno de los votos válidos emitidos por los colegiados activos presentes en la elección. Actualmente el Tribunal de Honor del colegio de Ingenieros de Guatemala está constituido de la siguiente manera, tras el acto celebrado el 28 de Noviembre del 2013, donde se dio posesión de sus cargos a los integrantes de la planilla no. 2, hasta el año 2015; los cargos del presente Tribunal de Honor están distribuidos de la siguiente manera:
Presidente: Herbert Rene Miranda Barrios (Ingeniero Civil) Vicepresidente: Sergio Fernando Pérez Rivera (Ingeniero Industrial) Secretaria: Aurelia Anabela Cordova Estrada (Ingeniera Industrial) Vocal 1 (titular): Marta Lidia Samayoa Gutierrez de Hernandez (Ingeniera Civil) Vocal 2 (titular): Carlos Enrique Pinto Alonzo (Ingeniero Civil) Vocal 3: Jeovany Rudaman Miranda Castañon (Ingeniero Civil) Vocal 4: Mynor Enrique Carcamo González (Ingeniero Civil) Vocal 5 (suplente): Andres Esteban Mejia Sapon (Ingeniero Civil) Vocal 5 (suplente): Maria del Rosario Colmenares Samayoa (Ingeniera Civil)
Constituye quórum en el Tribunal de Honor de la asistencia de por lo menos cinco de sus miembros habilitados. En todo caso se citarán a los miembros suplentes quienes tendrán únicamente voz, a menos que estén sustituyendo a un propietario en cuyo caso tendrán voz y voto. Las decisiones del Tribunal de Honor se tomarán por mayoría; en caso de empate el Presidente tendrá doble voto. El acusado podrá auxiliarse de las personas que estime conveniente. Notificado a las partes la resolución en que se acuerde la sanción del Tribunal de Honor, cualquiera de ellas que no esté de acuerdo puede interponer, por una sola vez y dentro del tercer día a partir de la última notificación, recurso de aclaración y ampliación ante El Tribunal de Honor, por conducto de la Junta Directiva, quien lo trasladará a dicho Tribunal. El recurso de aclaración procede cuando los términos de la resolución, fueren obscuros, ambiguos o contradictorios, y el de ampliación cuando se hubiere omitido algún punto sometido a su consideración. Agotada la primera instancia del Tribunal de Honor cursará el expediente a la Junta Directiva para que dentro del plazo de ocho días hábiles de recibido lo conozca y proceda a:
Aprobar y ejecutar la sanción acordada por el Tribunal de Honor cuando esta sea pecuniaria, amonestación privada, amonestación pública, o suspensión temporal del colegiado. 18
Convocar a la Asamblea General para que apruebe la sanción acordada por el Tribunal de Honor, cuando ésta implique suspensión definitiva del colegiado.
TITULO IV ELECCIONES El proceso de elecciones será llevado a cabo según eldebido reglamento de elecciones del Colegio de Ingenieros de Guatemala. La Asamblea General será quien designe bajo elección a los miembros de la junta directiva, del tribunal de honor, tribunal electoral, y los delegados del colegio, quienes serán elegidos mediante planilla para ser electos, y deberán de obtener una mayoría de la mitad mas uno de los votos validos emitidos, solo podrán ser parte de las votaciones los colegiados activos presentes. Para que exista un candidato debe de ser colegiados activos, por lo tanto deben de estar totalmente solventes con los pagos del Colegio de Ingenieros de las cuotas ordinarias y extraordinarias de la misma. Por si alguna razón hubiese una vacante en la Junta Directiva, la misma deberá de convocar a elecciones conforme lo que está establecido en la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria. Dicha o dichas personas electas estarán para completar el periodo de quien dejo la vacante dispuesta.
TITULO V RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO El patrimonio del Colegio de Ingenieros de Guatemala está formado por: a) Los bienes de cualquier clase que adquiera o se le adjudique a cualquier título (donaciones, legados y subvenciones). b) Las rentas, productos y emolumentos de sus bienes y servicios propios. c) Las cuotas ordinarias y extraordinarias, además las multas que paguen sus miembros. d) El producto de los impuestos decretado por el Congreso de la Republica a favor del CIG. e) Y Cualquier otro ingreso que obtenga legalmente. Las cuotas asignadas a los colegiados pueden ser ordinarias y extraordinarias. Una cuota ordinaria, es el ingreso mensual por colegiatura; mientras una cuota extraordinaria o de previsión social son las que acuerde la Asamblea General con carácter voluntario u obligatorio de acuerdo a las razones y necesidades en algún momento específico.
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La Asamblea General fijara el monto de las cuotas con justicia y equidad de acuerdo a las circunstancias y necesidades del Colegio y los colegiados. Los fondos que ingresan a las entidades del colegio de Ingenieros de Guatemala, tienen sus orígenes de las siguientes fuentes: 1. Colegio de Ingenieros de Guatemala a. Cuota de Colegiación: La cuota de colegiación está integrada de la siguiente forma: i. Impuesto a las profesiones Universitarias, USAC Q. 7.50 ii. Impuesto a las profesiones Universitarias, APCP, Q. 7.50 iii. Fondo de Jubilación, timbre de Ingeniería Q.20.00 iv. Auxilio Póstumo, para el fondo * Q.40.00 v. Cuota de Colegiación Q.40.75 b. Comisión por venta de timbres c. Inscripción de nuevos colegiados, en los cuales se incluyen la documentación de nuevos colegiados y la cuota de inscripción. d. Certificación de colegiados activos. e. Multa por colegiación extemporánea y carné de colegiados. f. De los ingresos extraordinarios los constituyen lo constituyen los aportes a la Fiesta del Día del Ingeniero, las inscripciones a la Carrera del Día del Ingeniero, los intereses bancarios de las cuentas de depósitos monetarios y a plazo fijo a nombre del Colegio. 2. CEDUCA, el consejo de Educación Continua, obtiene fondos que provienen de la matricula de los diplomados de Evaluación del Impacto Ambiental y Valuación de Bienes Inmuebles, Director de Proyectos Hidroeléctricos, Diplomados en Agrimensura, Auditoría Ambiental, Gestión y Dirección de Proyectos IT, así como otros cursos y seminarios que forman parte del ciclo de conferencias por los cuales se solicita un aporte a los participantes. 3. Timbre de Ingeniería, el timbre obtiene su ingreso de la venta del timbre 4. Auxilio Póstumo, los ingresos del auxilio provienen básicamente de tres fuentes, la primera es de la cuota del Auxilio Póstumo, la segunda son los intereses de las inversiones y cuentas monetarias y la tercera son los intereses por mora provenientes de reactivaciones. Cabe señalar que los fondos del Colegio solo se podrán aplicar de acuerdo a un presupuesto programático, racional y no deficitario aprobado por la Asamblea General en su sesión ordinaria..
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El Gerente del Colegio, nombrado por la Junta Directiva, será responsable de la eficaz administración de todo el Colegio de Ingenieros de Guatemala. La custodia del patrimonio del Colegio es de Junta Directiva, cabe señalar que el manejo de los fondos del Colegio es responsabilidad del Presidente y Tesorero de Junta Directiva, así como el Gerente del Colegio. Las adquisiciones de los bienes y servicios, así como de las contrataciones que se requieran, se regirán por el Reglamento de Compras y Contrataciones del Colegio de Ingenieros de Guatemala que deberá aprobar Asamblea General. El ejercicio contable será anual y estará comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del mismo año. El estado de ingresos y egresos del Colegio de Ingenieros de Guatemala en los últimos dos años está representado en la imagen siguiente.
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TITULO V REFORMA DE ESTATUTOS Se pueden reformar los estatutos del Colegio de Ingenieros de Guatemala, de forma total o parcial. Cumpliendo con lo siguiente: a) Que Junta Directiva convoque a Asamblea General extraordinaria, señalando los estatutos que se propone reformar. b) Que las reformas sean acordadas con dos tercias partes de los colegiados activos presentes. c) Y que se cumplan con los requisitos aplicables estipulados en Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, como estatutos.
TITULO VI DISPOSICIONES FINALES Y DEROGATIVAS Se establece que cualquier otro conjunto de estatutos que se opongan a los ya establecidos en el presente reglamento queda derogado, es decir, anulado, sin validez, y que estos son los únicos estatutos del Colegio de Ingenieros de Guatemala. Los presentes estatutos entraran en vigencia ocho días después de su aprobación que ocurrio en sesión extraordinaria de Asamblea general No. 19/2000-2002 con fecha 24 de Abril de 2002, de acuerdo con la ley de colegiación profesional obligatoria Decreto 722001 del Congreso de la Republica. Esto es la justificación de por qué los presentes estatutos quedan como únicos e irremplazables, a menos que se convocara a nueva asamblea general.
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CONCLUSIONES
Los Estatutos de Colegio de Ingenieros de Guatemala se rige por la Constitución de la república de Guatemala para garantizar el buen ejercicio legal que la misma profesión exige. La colegiación es obligatoria para el profesional egresado de cualquier Universidad legalmente autorizada para funcionar en la Republica de Guatemala, así mismo con las obligaciones que esto representa.
El colegio de Ingenieros de Guatemala está integrado por La Asamblea General, Junta Directiva, Tribunal de Honor y el Tribunal Electoral. El patrimonio del Colegio de Ingenieros de Guatemala esta formado por los bienes de cualquier clase, cuotas ordinarias así como también extraordinarias, el producto de los impuestos designados por Congreso de la Republica a favor de Colegio de Ingenieros de Guatemala y cualquier otro ingreso legal.
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ANEXOS
Organigrama del Colegio de Ingenieros de Guatemala
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BIBLIOGRAFIAS
Lorenzana Monzón, Nancy Aracely. Reglamento Interno de Trabajo Propuesto para el Colegio de Ingenieros de Guatemala. Trabajo de Graduación. Universidad de San Carlos de Guatemala, 2003. Pp. 99
Decreto 72-2001 del Congreso de la Republica, Ley de Colegiación Profesional Obligatoria Presupuesto Programático y Por partidas globales del Colegio de Ingenieros de Guatemala para el año 201 Memoria de Labores Enero – Octubre 2013 Administración 2011/2013 Colegio de Ingenieros de Guatemala y Memoria de Labores del 16 de Noviembre al 31 de Diciembre 2013 Administración 2013/2015 Colegio de Ingenieros de Guatemala
Páginas electrónicas consultadas:
http://colegiodeingenierosguatemala.org
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