DEFINICIONES DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL “La contabilidad Gubernamental es una técnica que registra sistemáticamente las operaciones que realizan las dependencias y entidades de la administración pública federal, con el objeto de generar información nanciera, presupuestal, programática y económica que facilite a los usuarios la toma de decisiones! José Amadeo Castelán Cortez!
"s la disc discip ipli lina na que que toma tomand ndo o los los prin princi cipi pios os y prec precep epto tos s del del contr control ol de la #ontabilidad General, los adecua a la esfera administrati$a del "stado con el propósito de poner de maniesto en forma permanente, utilizando para ello cuentas, todas y cada una de las operaciones que el "stado realiza, con el obje objeto to no solo solo de e%&ib e%&ibir ir o acusa acusarr un regi registr stro o cont contab able le sino sino de poner poner de manie maniesto sto,, al naliz nalizar ar cada cada ejerc ejercici icio, o, de qué medida medida o de qué manera el "stado &a satisfec&o la necesidades públicas, apro%imándose o no al bienestar general! Oe!ero
'atocq( La #ontabilidad pública es la parte de la contabilidad que se ocupa de dar el ordenamiento que permita medir el alcance, cumplimiento y resultado de la gestión y demás &ec&os pre$istos y acaecidos en la &acienda pública! La #ontabilidad )ública(
"s una disciplina que tiene autonom*a cient*ca! "timológi "timológicamen camente te la palabra palabra “#ontab “#ontabilid ilidad, ad, indica indica el conjunto conjunto de cuen cuenta tas s y méto método dos s de regi regist stra raci ción ón para para “lle “lle$a $arr cuent cuentas as de una administración pública o pri$ada! La #ontabilidad del "stado tiene un contenido más amplio del que sugiere la denominación! +a sido sido consi conside dera rada da como como una “dis “disci cipl plina ina técn técnic ica a,, como como una “disciplina económica y como una “disciplina jur*dica! pesa pesarr de la cont contro ro$e $ers rsia ia que que e%is e%iste te en la doct doctri rina na,, la doct doctri rina na naci nacion onal al encu encuad adra ra a la #ont #ontab abil ilid idad ad )úbli ública ca en la disc discip ipli lina na económica!
FINALIDAD DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL" "l -istema #ontable debe ser dise.ado y estructurado en base a los objeti$os del ente en que se aplique! /ic&o la anterior podemos mencionar como nalidad de la #ontabilidad Gubernamental! 0!1 'ostrar la rendición de cuentas para &acer conocer a la ciudadan*a en general, la situación patrimonial y presupuestal del "stado a tra$és de la #uenta General de la 2epublica! 3!1 nalizar la eciencia de la gestión y de la ecacia de los programas del ente! 4!1 segurar el cumplimiento de la Ley en la ejecución )resupuestal y en general de las diferentes transacciones que realiza el ente gubernamental! 5!1 6rientar la gestión administrati$a para asegurar el uso eciente de los recursos del "stado! 7!1 'edir el a$ance y cumplimiento de las metas del Gobierno, as* como la distribución e impacto social del origen y aplicación de los recursos públicos!
IM#ORTANCIA DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL La contabilidad Gubernamental es de gran importancia porque todas las empresas tienen la necesidad de lle$ar un control de sus negociaciones mercantiles y nancieras! s* obtendrá mayor producti$idad y apro$ec&amiento de su patrimonio! )or otra parte, los ser$icios aportados por la contabilidad son imprescindibles para obtener información de carácter legal!
LE$ N% &'&() LE$ DE #RESU#UESTO DEL SECTOR #*BLICO #ARA EL A+O FISCAL )',CA#.TULO I A#ROBACI/N DEL #RESU#UESTO DEL SECTOR #*BLICO Art012lo ," #res232esto An2al de Gastos 3ara el A4o F5s1al )',0!0 pruébese el )resupuesto nual de Gastos para el .o 8iscal 390: por el monto de -;! 04< 5=9 700 355,99 >#?"@A6 A2"?@A B 6#+6 '?L #CA26#?"@A6- @6D"@A '?LL6@"- EC?@?"@A6- 6@#" '?L /6-#?"@A6#C2"@A B #CA26 B 99;099 @C"D6- -6L"-F que comprende los créditos presupuestarios má%imos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno @acional, los Gobiernos 2egionales y los Gobiernos Locales, agrupados en Gobierno #entral e instancias descentralizadas, conforme a la #onstitución )ol*tica del )erú y de acuerdo con el detalle siguiente(
Los créditos presupuestarios correspondientes al Gobierno @acional, los Gobiernos 2egionales y los Gobiernos Locales se detallan en los ane%os que forman parte de la presente Ley de acuerdo con lo siguiente(
Las sub$enciones y cuotas internacionales a ser otorgadas durante el .o 8iscal 390: por los pliegos presupuestarios están contenidas en los ane%os( “( -ub$enciones para )ersonas ur*dicas H .o 8iscal 390: y “I( #uotas ?nternacionales H .o 8iscal 390: de la presente Ley! /urante el .o 8iscal 390:, pre$ia e$aluación y priorización por el 'inisterio de 2elaciones "%teriores, se puede modicar el ne%o I, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de 2elaciones "%teriores, lo que no comprende la inclusión de cuotas adicionales a las contempladas en dic&o ane%o! Las cuotas internacionales no contempladas en el ne%o I de la presente Ley se sujetan a lo establecido en el art*culo :J de la Ley 3<500, Ley General del -istema @acional de )resupuesto!
Art012lo )" Re12rsos 62e 7nan15an el #res232esto del Se1tor #89l51o 3ara el A4o F5s1al )',Los recursos que nancian el )resupuesto del -ector )úblico para el .o 8iscal 390: se estiman por fuentes de nanciamiento, por el monto total de -;!04< 5=9 700 355,99 >#?"@A6 A2"?@A B 6#+6 '?L #CA26#?"@A6- @6D"@A '?LL6@"- EC?@?"@A6- 6@#" '?L /6-#?"@A6- #C2"@A B #CA26 B 99;099 @C"D6- -6L"-F, conforme al siguiente detalle(
CA#.TULO II NORMAS #ARA LA GESTI/N #RESU#UESTARIA SUBCA#.TULO I DIS#OSICIONES GENERALES Art012lo &" Del al1an1e Las disposiciones contenidas en el presente cap*tulo son de obligatorio cumplimiento por las entidades integrantes de los )oderes Legislati$o, "jecuti$o y udicialK 'inisterio )úblicoK urado @acional de "leccionesK 6cina @acional de )rocesos "lectoralesK 2egistro @acional de ?denticación y "stado #i$ilK #ontralor*a General de la 2epúblicaK #onsejo @acional de la 'agistraturaK /efensor*a del )uebloK Aribunal #onstitucionalK uni$ersidades públicasK y demás entidades y organismos que cuenten con un crédito presupuestario aprobado en la presente Ley! simismo, son de obligatorio cumplimiento por los gobiernos regionales y los gobiernos locales y sus respecti$os organismos públicos!