EXPEDIENTE: Nº 1 16 6 7 0 4 -2 0 1 5 . SUMILLA: FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO DE NULIDAD. AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA CUARTA SALA PENAL PARA PROCESOS CON REOS EN CÁRCEL DE LA CORTE SUPERIOR DE USTICIA DE LIMA: Registro DR. MARCO ANTONIO IMENE! "RU!!ON# identifcado con Registro del Ilustre Colegio de Abogados de Lima N° 27918, Abogado Deensor de !resente instrucci"n "RA$AN ANT%ON$ ALARCÓN CA"E!AS , en la !resente seguida !or su!uesto DELITO CONTRA EL PATRIMONIO & RO"O A'RA(ADO en agra#io de MERCEDES $ESNELL$ DE LOS SANTOS O"LITAS# ante usted con el debido res!eto digo$ %r& %r& 'residente, 'residente, mediante el !resente recurso, en tiem!o ()bil * !or con#enir al derec(o de deensa +ue me asiste de acuerdo a Le*, regulado !or el Art& 19-, inciso 1.° de la Constituci"n 'ol/tica 'ol/tica del 0stado 'eruano, de acuerdo con el estado de la !resente causa cum!lo !resentar la undamentaci"n del Recurso de Nulidad inter!uesto contra la sentencia de ec(a doce de enero de dos mil diecisis, +ue FALLA$ CONDENANDO, !or MA$OR)A a "RA$AN ANT%ON$ ALARCÓN CA"E!AS como autor del DELITO CONTRA EL PATRIMONIO - RO"O A'RA(ADO $ en agra#io de MERCEDES $ESNELL$ DE LOS SANTOS O"LITAS im!onindole
DIECIOC%O AÑOS DE PENA PRI(ATI(A DE LA LI"ERTAD EFECTI(A# !ara lo cual tengo a bien maniestar lo siguiente$ %r& 'residente 'residente,, en el !resente caso no eisten sufcientes 1. %r& elementos de !rueba +ue acrediten la res!onsabilidad !enal de los sentenciados al no darse los elementos constituti#os del delito de robo, *a +ue conorme al ti!o !enal descrito en el art/culo ciento oc(enta * oc(o del C"digo %ustanti#o 3ti!o b)sico4, LA (IOLENCIA
O AMENA!A INMINENTE CONTRA LA (IDA O INTE'RIDAD F)SICA DEL SUETO PASI(O DE"E PRECEDER O SER CONCOMITANTE CONCOMITANTE AL APODERAMIENTO DEL "IEN MUE"LE AENO* APRECIÁNDOSE +UE ESTE DELITO PLURIOFENSI(O NO LO'RA SER (ERIFICA"LE A PLENITUD PUESTO +UE LAS PRUE"AS PRECISADAS POR EL SEÑOR FISCAL ADUNTO SUPERIOR EN LOS DE"ATES ORALES NO LO'RAN 'ENERAR UN CON(ENCIMIENTO PLENO $ APTO PARA SUSTENTAR UNA CONDENA. %r& 'residente 5u*e de autos +ue el d/a 2 de No#iembre del a6o 2. %r& 2.1, a las 17$ (oras a!roimadamente MERCEDES $ESNELL$ DE LOS SANTOS O"LITAS se trasladaba a bordo de un #e(/culo de trans!orte !articular 3tai4, sentada en el asiento !osterior del lado del c("er, cuando la unidad se des!laaba !or la intersecci"n de la :a#enida ;u)nuco con
amedrentarla con !alabras soeces * amenaarla de atentar contra su #ida, al (acer un adem)n de sacar un arma de su cintura,
LO'RANDO DE ESTA MANERA APODERARSE DE SU E+UIPO TELEFÓNICO MARCA SAMSUN'# (ALORI!ADO EN S, 1#200 SOLES $ SU CARTERA +UE CONTEN)A LA SUMA DE S, 610 SOLES# ENTRE OTRAS ESPECIES DE (ALOR# PARA LUE'O "AARSE $ DARSE A LA FU'A. . 0s im!ortante maniestar +ue a s&19, Declaraci"n instructi#a de "RA$AN ANT%ON$ ALARCÓN CA"E!AS , alude en su deensa +ue SOLO CO'IÓ LA CARTERA $ SE FUE CORRIENDO# NO TEN)A CON +UE AMENA!ARLA* CALIFICÓ DE MENTIRA LO SOSTENIDO POR LA A'RA(IADA , !or+ue =nicamente introdu !ero s/ la escuc(" !edir auilio, !ero NICAMENTE CO'IÓ LA CARTERA $ SE
RETIRÓ CORRIENDO* SOSTIENE +UE LA POLIC)A LE DIO A LA PERUDICADA +UE AFIRMARA +UE EL ACTOR LA AMENA!Ó CON METERLE PLOMO /SIC# SINO LO DEAR)AN LI"RE* SE REAFIRMA EN NE'AR CUAL+UIER CONTACTO F)SICO# ADEMÁS NO OPUSO RESISTENCIA A SU ARRESTO* RECONOCE +UE LOS %EC%OS SE TRATAN DE UN DELITO DE %URTO. 4. 0n este sentido, si bien es cierto la agra#iada MERCEDES $ESNELL$ DE LOS SANTOS O"LITAS sindica a mi !atrocinado "RA$AN ANT%ON$ ALARCÓN CA"E!AS como la !ersonas +ue en (oras antes de la noc(e le robaron sus !ertenencias no obstante es de se6alar +ue !or la orma * circunstancias en +ue se !rodu
DE AL'UN TESTI'O PRESENCIAL DE LOS %EC%OS +UE ACREDITE DE MANERA FE%ACIENTE $ CONTUNDENTE LA IMPUTACION DEL SUPEUSTO A'RA(IADO , * !or ende !uede acreditar la sola im!utaci"n de la agra#iada, la cual no es sufciente !ara atribuir res!onsabilidad !enal a los acusados> : a!reci)ndose : la alta de #erosimilitud en esta #ersi"n incrimin)ndote& %u!uesto confgurati#o regulado en el Acuerdo 'lenario N° 2:2?C@:11>
TANTO MÁS* SI EL ACTA DE RECONOCIMIENTO F)SICO DEL A'RA(IADO CONTRA LOS: ACUSADOS NO REFLEA UNA SINDICACIÓN ESPONTÁNEA $ (EROS)MIL DEL MISMO# DADO# +UE NO %AN SIDO* LLE(ADO MEDIANTE# UN RECONOCIMIENTO: EN RUEDA /ES DECIR +UE SE %A$A RECONOCIDO ENTRE UN 'RUPO DE PERSONAS O IMÁ'ENES FOTO'RÁFICAS* +UE# SIR(AN CÓMO MUESTRAS DE COMPARACIÓN FRENTE A OTROS INCRIMINADOS. 5. %r& 'residente, en el !resente caso los (ec(os denunciado confguran el delito de (urto m)s no robo, !or+ue en ning=n momento mi !atrocinado "RA$AN ANT%ON$ ALARCÓN CA"E!AS (a orce
!ara a!oderarse de su cartera, *a +ue en ning=n momento del !roceso se (a demostrado lo contrario, conorme se a!recia en el relato de la #/ctima,
6. 7& Del mismo modo, cabe se6alar +ue desde la !ers!ecti#a de la !rueba !eririca> no se ad#ierte +ue el relato (ist"rico de cargo se encuentre corroborado !or !lurales elementos !eriricos +ue a#alen la declaraci"n de la #/ctima, a!reci)ndose no eistir su!uestos confgurati#os +ue :la Corte %u!rema # estableci" en !ronunciamiento #inculante a tra#s del Recurso de Nulidad N° 1912:2:'iura, +ue trata sobre la !rueba indiciaria como su!uesto !ara ener#ar la !resunci"n de inocencia& . Cabe resaltar +u en los delitos contra el !atrimonio DE"E
ACREDITARSE LA PREEXISTENCIA DE LO SUSTRA)DO $ EN EL CASO DE AUTOS NO SE %A LO'RADO ACREDITAR TAL SUPUESTO CONFI'URATI(O PRE(ISTO EN EL ART)CULO 245 DEL CÓDI'O PROCESAL PENAL /ARTICULADO (I'ENTE +UE TEXTUALMENTE ESTA"LECE: ARTÍCULO 245.- EN LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO DEBERÁ ACREDITARSE LA PREEXISTENCIA DE LA COSA MATERIA DEL DELITO. 1
9& 'or lo +ue AL NO DEMOSTRARSE LA EXISTENCIA DEL DELITO
DE RO"O A'RA(ADO SE PRODUCE UNA SITUACIÓN DE DUDA INCUESTIONA"LE# AL EXISTIR UN E+UILI"RIO DE PRUE"AS RESPECTO A LA SOLA (ERSIÓN INCRIMINANTE /+UE NO ES A(ALADA CON OTRA DECLARACIÓN DE UN TESTI'O PRESENCIAL FRENTE A LA NO MENOS SOLIDA NE'ACIÓN UNIFORME DE CAR'OS DEL PROCESADO* lo cual (abilita descartar la acusaci"n fscal en a!licaci"n del !rinci!io * derec(o de la unci"n siendo as/, es necesario +ue la %ala 'enal %u!rema> realice un control eterno de la misma, a fn de enmendar el sentido l"gico mediante el cual la %ala %u!erior en ma*or/a arrib" a la decisi"n Im!ugnada, *a +ue se (a #ulnerado el !rinci!io constitucional de moti#aci"n de las resoluciones
el 0!11!2"
Constitucional, afrmen +ue es e#idente, +ue LA MOTI(ACIÓN DE
LAS RESOLUCIONES UDICIALES ENCUENTRA SU FUNDAMENTO EN LA NECESIDAD DE DAR UNA EXPLICACIÓN AL SILO'ISMO UDICIAL LO SUFICIENTEMENTE ACLARATORIA COMO PARA SA"ER +UE LA SOLUCIÓN DADA AL CASO# ES CONSECUENCIA DE UNA INTERPRETACIÓN DEL ORDENAMIENTO $ NO EL FRUTO DE LA AR"ITRARIEDAD. 11& Cabe resaltar +ue, la moti#aci"n de las resoluciones
DE UNA AR'UMENTACIÓN AUSTADA AL TEMA EN LITI'IO# PARA EL INTERESADO# DESTINATARIO INMEDIATO PERO NO NICO# $ DEMÁS# LOS ÓR'ANOS UDICIALES SUPERIORES $ TAM"I3N LOS CIUDADANOS# PUEDAN CONOCER EL FUNDAMENTO DE LAS RESOLUCIONES. SO"RE LA PRESUNCION DE INOCENCIA De otra !arte, el titular de la acci"n !enal, * en este caso es!ec/fco, el inisterio '=blico +ue solicita la a!licaci"n de la le* !enal con las consecuencias !resunci"n +ue im!orta un l/mite a la !otestad !uniti#a del estado * +ue su #e se erige como garant/a de un ciudadano sometido a !roceso !enal& De manera +ue el titular de la acci"n !enal * con los medios !robatorios +ue la le* !rocesal (a !uesto a su alcance * sometidos al contradictorio, debe destruir tal !resunci"n * demostrar +ue el acusado est) dentro del su!uesto contenido en la le* !enal, * !or tanto, es merecedor de una !ena&
A'RA(IO +UE CAUSA LA DECISIÓN IMPU'NADA: La sentencia dictada en orma arbitraria e inmoti#ada, transgrediendo normas de la Constituci"n 'ol/tica del 'er= * dem)s normas de C"digo 'enal * de 'rocedimientos 'enales> causando gra#e !er
MIS DEREC%OS PERSONAL)SIMOS COMO ES MI DI'NIDAD# %ONORA"ILIDAD# SOSIE'O# INTE'RIDAD PSICOLÓ'ICA $ PRI(ACIDAD. SE'UNDO: POR 'ENERAR 'ASTOS EN DEFENSA T3CNICA# IMPOSI"ILIDAD PARA EERCER M) TRA"AO LO CUAL DETERMINA +UE SURA PO"RE!A EXTREMA AL SUSCRITO $ SU FAMILIA. Asimismo, MI PERSONA CARECE DE TODO TIPO DE ANTECEDENTES
POLICIALES# PENALES $ UDICIALES# $A +UE NUNCA ANTES ME %E (ISTO IN(OLUCRADO EN %EC%OS DE ESTA NATURALE!A O DE
OTRA )NDOLE IL)CITA# $ +UE EN TODO CASO EN AUTOS NO SE %A PODIDO ACREDITAR DE MANERA AL'UNA# NI CON PRUE"A IDÓNEA LA MATERIALIDAD DEL DELITO# NI MUC%O MENOS MI CULPA"ILIDAD# POR LO +UE ES DE PERFECTA IN(OCACIÓN EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. PRETENSIÓN CONCRETA: 0n el !resente caso se solicita a la %ala 'enal de la Corte %u!rema de @usticia, RE(O+UE LA SENTENCIA MATERIA DE IMPU'NACIÓN $
DECLARANDO NULO TODO LO ACTUADO $ SE INICIE UN NUE(O U!'AMIENTO POR EL DELITO DE %URTO A'RA(ADO# !or estar de acuerdo a le*&
POR TANTO: %e6or 'residente, tener !or undamentado el Recurso de Nulidad, tramitarlo de acuerdo a su naturalea, ele#)ndolo a la Corte %u!rema en donde es!ero alcanar