GENERALIDADES
Nuestro principal interés es que al terminar este módulo, Usted maneje los conceptos generales del Seguro Obligatorio, como herramienta básica en el proceso de expedición de pólizas SOAT fortaleciendo sus conocimientos y así brindar una excelente atención a nuestros clientes.
Al finalizar este módulo, Usted estará en capacidad de:
Identificar la importancia de una correcta expedición de una póliza SOAT soportada en los conocimientos generales del producto
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La póliza SOAT es un seguro que indemniza los daños corporales causados a las personas en accidente de tránsito ocurrido dentro del territorio nacional, con el vehículo automotor descrito en la carátula de la póliza Nota: La transferencia de la propiedad del vehículo descrito en la póliza, no produce la terminación del contrato de seguro, el cual continuará vigente hasta su expiración.
2. Origen y procedencia del soat
El soat fue creado por la Ley 33 de 1986 y reglamentado por el Decreto 1032 de 1991, el cual fue incorporado al Estatuto Orgánico Financiero, con las siguientes características:
OBLIGATORIEDAD
FUNCION SOCIAL
2.1 OBLIGATORIEDAD
Para transitar en el territorio nacional todo vehículo automotor debe estar amparado por un seguro obligatorio vigente que cubra los daños corporales que se causen a las personas en accidentes de tránsito, incluyendo los automotores extranjeros en tránsito por el territorio nacional.
2.2 Función social
Incluye la atención de todas las víctimas de los accidentes de tránsito, incluso los causadas por vehículos automotores no asegurados o no identificados.
Contribuir al fortalecimiento de la infraestructura de urgencias del sistema nacional de salud.
2.3 Sanción por no tener el SOAT vigente
Todos los propietarios de vehículos deben tener el SOAT vigente.
En caso de ser sorprendidos sin este documento, se impone una sanción equivalente a 1 SMLMV, en adición a la retención del vehículo.
3. Definiciones importantes 3.1 FOSYGA (Fondo de Solidaridad y Garantía) Tiene como objeto garantizar la atención integral a las víctimas que han sufrido daño en su integridad física como consecuencia directa de accidentes de tránsito, tal como si fuese una aseguradora y en un todo de acuerdo a los amparos establecidos por la ley junto con sus límites indemnizables .
CUANDO ACUDIR AL FOSYGA? Accidentes de tránsito ocasionados por vehículos fantasmas. Accidentes de tránsito ocasionados por vehículos no portadores de SOAT. Accidentes de tránsito con reclamaciones soportadas en pólizas falsas. Agotamiento límites asegurados y prescripción
3. Definiciones importantes
3. Definiciones importantes
3.3 Pólizas Nuevas
Todas las pólizas Nuevas emitidas deberán contar con soporte de copia de la tarjeta de propiedad y conforme a ésta se emitirá la póliza, para los casos en que el vehículo se encuentre aún en el concesionario y/o todavía no tenga placa asignada, podrá emitirse con copia de la factura de compra y Preasignación de Placa. Para los vehículos importados se puede tener en cuenta la declaración de importación.
Para las pólizas que no sean renovadas a tiempo, debe emitirse como póliza nueva, y no es necesaria la presentación de la tarjeta de propiedad, siempre y cuando la fecha de finalizada la vigencia del SOAT anterior este dentro de los 30 días y no se deba modificar información del tomador o del vehículo.
3. Definiciones importantes 3.4 Anexos de Modificación Para los anexos de modificación por ajuste o corrección de placa, motor, chasis y/o datos del tomador será necesaria la presentación de la copia de la tarjeta de propiedad y cedula para el caso del tomador. Para la entrega del SOAT CORREGIDO, el cliente deberá devolver el SOAT ORIGINAL expedido inicialmente.
Todo anexo de modificación genera el cobro de RUNT. El sistema únicamente permite emitir una (1) modificación sobre la póliza inicialmente expedida.
3. Definiciones importantes. 3.5 ANULACIÓN DE PÓLIZAS Únicamente podrán anularse pólizas por las siguientes razones:
Anulación de pólizas el mismo día de la emisión por error en la expedición (anexo TI Terminación desde el inicio)
Chatarrización del vehículo (anexo TF Terminación a la fecha)
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Error de ingresos de datos que afectan la tarifa. El cliente debe devolver póliza original, copia de la tarjeta de propiedad y estar de acuerdo en asumir el valor del tiempo corrido TF.
Coexistencias de las pólizas (anexo TI Terminación desde el inicio): Aplica cuando Liberty Seguros S.A. emite el SOAT con fecha de expedición posterior a la Compañía que emite inicialmente el SOAT.
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4. Estructura de Costos de la Prima •
El siguiente ejemplo, ilustra la composición de la prima y los porcentajes que se destinan a las entidades involucradas. VALOR PRIMA TOTAL A COBRAR AL CLIENTE
$221.200 *
Valor Prima emitida
$147.467
Se gira un valor para el Fosyga (50% de la prima emitida)
$ 73.733
Menos Provisión 20% de la Prima Emitida para el Fosyga
$ 29.493
Menos Provisión 3% para el Fondo de Prevención Vial
$ 4.424
Valor real de Prima después de provisiones
$ 113.550
La Comisión se liquida sobre el 77% de la prima emitida
$ 113.550
* Al valor de la prima a cobrar al cliente se le adiciona el vr. De la tarifa Runt.
5. Coberturas del SOAT AMPAROS POR VICTIMA
HASTA (SMLDV)
Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios
800
Incapacidad Permanente
180
Muerte y Gastos Funerarios de la víctima
750 *
Gastos de transporte y movilización de las víctimas
10
* Según lo establecido en el literal C. del numeral 1. del artículo 112 del decreto ley 0019 de 2012
5.1 Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios
Amparo con una indemnización máxima de 500 SMLDV en el momento de la ocurrencia del accidente. Tales servicios comprenden :
Servicios de Diagnóstico
Tratamientos y Procedimientos Quirúrgico.
Suministro de Medicamentos .
Atención de Urgencias
Hospitalización. Suministro de Material MédicoQuirúrgico, Osteosíntesis, Ortesis y Prótesis.
5.2 Incapacidad Permanente.
Amparo con una incapacidad máxima de 180 SMLDV a la fecha del pago por este concepto, de acuerdo con la tabla de Incapacidades y el Manual de Invalidez que se utiliza en el Sistema General de Riesgos Profesionales.
5.3 Muerte y gastos funerarios de la Víctima
Cobertura en caso de muerte de la víctima como consecuencia del accidente, siempre y cuando la muerte se presente en un término no mayor de un año contado a partir de la fecha del accidente, con una indemnización máxima de 750 SMLDV aplicables al momento del accidente.
5.4 Gastos de transporte y movilización de las víctimas
6. Dinámica del soat Se indemniza por el SOAT. Ej. Hasta 500 SMDLV
Si no alcanza se afecta una segunda capa ante el Fosyga. Ej. Hasta 300 SMDLV
Continúan los sistemas de Salud, así: 1. EPS o Sisben. 2. ARP Si el accidente fue laboral. 3. Medicinas Prepagadas y otros seguros de accidente
FIN DEL MODULO •
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¡Felicitaciones!
Ha llegado al final del módulo. Esperamos que haya aprovechado sus sesiones de estudio. Lo invitamos ahora a dirigirse al siguiente módulo del aula virtual SOAT.