POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA
ESCUELA TÉCNICO SUPERIOR PNP – LA UNIÓN PIURA
INVESTIGACIÓN MONOGRÁFICA
“DESARROLLO DE JUNTAS VECINALES EN LA PROVINCIA DE SULLANA” INTEGRANTE: SO3 PNP VASQUEZ CALLE César Andree.
PARA OPTAR EL TITULO DE TÉCNICO EN CIENCIAS ADMINISTRATIVAS ADMINISTRATIVAS Y POLICIALES. LA UNIÓN - PERU ABRIL – 2012
EPÍGRAFE
Hemos aprendido a volar como los pájaros, a nadar como los peces; pero no hemos aprendido el sencillo arte de vivir como hermanos.
DEDICATORIA
Queremos dedicarle este trabajo A Dios que nos ha dado dado la vida y fortaleza para terminar este proyecto de investigación, A nuestros Padres por siempre siempre estar allí, y en especial a nuestros catedráticos por su ayuda y constante cooperación en los momentos más difíciles.
AGRADECIMIENTO
Primero, dar gracias a Dios., Por estar con nosotros en cada paso dado, por fortalecer nuestros corazones e iluminar nuestras mentes y por haber puesto en nuestro camino a aquellas personas que han sido el soporte para lograr nuestras metas.
ÌNDICE.
INTRODUCCIÓN CAPITULO I A. Área Problemática CAPITULO II A. Delimitación de los objetivos 1 Objetivo general. 2. Objetivos específicos. 3 Hipótesis 4 Variables 5 Metodología CAPITULO III A Marco Teórico 1 La policía Nacional del Perú 2 Función policial 3 Actividades preventivas de juntas vecinales B Antecedentes C Bases Legales 1 Ley Orgánica de Municipalidades Ley Orgánica de la PNP Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana CAPITULO IV A Marco operacional 1. Análisis del diagnostico institucional Relación de coordinadores de las juntas vecinales Cuadro consolidadas de juntas vecinales por comisarias 2 Plan de acción JJ VV provinciales de la DIVPOL PNP.Su 3 Metas a trazar 4 Régimen Económico 5 Experiencias exitosas del trabajo de juntas vecinales
11 11 15 15 15 15 16 16 16 17 17 18 19 23 27 29 29 30 31 33 33 33 37 39 40 43 45 46
CAPITULO V Conclusiones.
52 52
CAPITULO VI Recomendaciones.
54 54
APORTE DEL GRUPO DE INVESTGACION
56
BIBLIOGRAFÍA Y PÁGINAS WEB
58
ANEXOS
60
INTRODUCCIÓN
El principal mecanismo a través del cual se materializa esta participación ciudadana son las Juntas Vecinales. Éstas, como su nombre lo dice, son agrupaciones vecinales que se conforman por razones de autoprotección y están integradas por personas que residen o laboran en un mismo barrio, sector, urbanización o distrito. Entre los principales objetivos que desarrollan las Juntas Vecinales es Lograr la participación activa de la población en estrecha colaboración con la policía, en actividades preventivas, tales como el patrullaje de calles y avenidas. Establecer una comunicación y coordinación en forma permanente entre los vecinos y su comisaría, a fin de mantener un estado de alerta efectiva frente a cualquier amenaza que genere la delincuencia. Los vecinos están en muchas ocasiones en mejor posición que la policía para identificar los focos delictivos y pueden aportar valiosa información a los agentes policiales y Promover el sentido de cooperación entre vecinos e internalizar una cultura de seguridad. Fomentando la participación social mediante el desarrollo de programas culturales, deportivos, cívico-patrióticos, ecológicos, educativos y de salud, entre otros. La Policía Nacional del Perú, institución fundamental de la Nación, en el cumplimiento de su finalidad y misión al servicio del Estado, sociedad, comunidad y persona humana, desde hace más de un lustro, orienta su accionar a promover la participación organizada y activa de la población, para contribuir a mejorar los niveles de orden, seguridad y tranquilidad públicas en sus respectivas comunidades, en una alianza estratégica con sus autoridades locales y sociedad civil en su conjunto. La función de garantizar la paz social y la erradicación de todo tipo de violencia tienen dimensiones políticas, económicas, sociales, culturales y
propias de la seguridad, por lo que cualquier solución parte de la premisa de que esta debe ser siempre multidisciplinaria y plurisectorial en la que se involucran a todas las fuerzas vivas de la nación en el marco de los principios de la cultura de la paz, seguridad, humanismo y certeza social. De esta forma las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana que promueve la Policía Nacional del Perú se constituyen en la célula básica del “Sistema Policial de la Familia y Participación Ciudadana - SIPOLFAPACI”. Su consolidación y desarrollo, como semilla fértil de la organización vecinal para la Seguridad Ciudadana es fundamental no sólo para contribuir con información y participar en las actividades preventivas y luchar contra todo tipo de violencia, sino para internalizar en el vecino la conciencia de seguridad, espíritu comunitario y solidario. Por lo tanto, corresponde a las autoridades locales, colectividad y al personal Policial propender a su promoción, incremento, desarrollo y sobre todo su difusión y específicamente en el caso de la Policía, se haría más efectiva en la medida que exista un adecuado conocimiento de estas funciones, de las ventajas que conlleva y de la capacidad de conducción de cada uno de los integrantes de los diferentes niveles del Sistema Policial de la Familia y Participación Ciudadana. En este contexto la condición para que una ciudad tenga legitimidad es que sus habitantes se sientan bien, seguros y felices. La muerte de una ciudad pasa invariablemente por su abandono progresivo y su deserción. Y las responsables de esa huida son la criminalidad, la violencia y la inseguridad. La seguridad de las personas y en especial, la percepción que se tiene por parte de los ciudadanos, es uno de los factores principales del mayor o menor grado de satisfacción, credibilidad y/o adhesión al Estado. Cuando la ciudadanía percibe su ausencia o insuficiencia, la realidad y el
entorno social cotidianos se viven como una amenaza; el temor y el miedo se convierten en elementos de aislamiento y desolidarización y la noción y la práctica de lo comunitario se pierde su fin. Cabe precisar que las Juntas Vecinales forman parte el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), por cuanto en los artículos 15º y 16º de la Ley Nº 27933 se reconoce la participación de las Juntas Vecinales en los Comités Provinciales y Distritales, respectivamente, a fin de hacer sentir la voz de los vecinos en el diseño e implementación de las políticas de seguridad ciudadana de su respectiva jurisdicción. De otro lado, si bien las Juntas Vecinales son la representación por excelencia de la participación de la comunidad en materia de seguridad ciudadana reconocidas en el marco del SINASEC, no quiere decir que sea el único mecanismo pues existen otras instituciones de la sociedad civil que pueden colaborar en la lucha por la seguridad ciudadana, tales como los comités de vigilancia ciudadana, las mesas de concertación para la lucha contra la pobreza, las rondas campesinas y los comités de autodefensa, las comunidades campesinas y nativas, a cuyas autoridades la Constitución, en su artículo 149º, les reconoce funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial. - Los comités de Defensa Civil. - Las instituciones educativas. - Las asociaciones de padres de familia. - Las compañías de bomberos voluntarios. En síntesis, el rol de la ciudadanía puede ser resumido de la siguiente manera:
Organizar Juntas Vecinales para colaborar con la Policía Nacional. Manteniendo una comunicación fluida para la prevención de delitos, estas labores de prevención del delito, brindan información oportuna que permita la toma de decisiones frente a cualquier amenaza para su seguridad. Por otra parte, si bien las Juntas Vecinales son iniciativas ciudadanas, tanto las municipalidades como la Policía Nacional deben fomentar su conformación pues son los mecanismos a través de los cuales pueden comunicarse con la población y conocer sus intereses y demandas. Específicamente, corresponde a la Policía Nacional, en tanto que cuenta con la experiencia y la especialización necesarias, capacitar a los integrantes de las Juntas Vecinales en aspectos preventivos de seguridad. Las Juntas Vecinales, NO admiten influencias político partidarias pues ello hace que se desnaturalicen los fines para los cuales fueron creadas, se basan en la necesidad de seguridad comunal haciendo que los ciudadanos sientan un compromiso activo, constante y permanente constante con la seguridad.
CAPÍTULO I
A
ÁREA PROBLEMÁTICA. La seguridad ciudadana definida en estos términos es un problema bien complicado de enfrentar, por varias razones. En primer lugar, porque no es un problema que tenemos los peruanos y no tienen otros. El problema de la inseguridad ciudadana es una característica de todas las sociedades modernas en las que se ha producido un proceso de urbanización importante, trátese de países ricos o de países pobres. Todas las ciudades medianas o grandes de América Latina enfrentan un problema parecido al que nosotros afrontamos. Es decir, no somos los piñas del barrio a los que nos tocó este problema, ni tampoco podemos importar las recetas mágicas que vacunaron a otros en la vecindad, simplemente porque no las tienen. El ser humano se realiza en sociedad. Ello implica el ejercicio de una serie de derechos cuyo cumplimiento debe ser garantizado por el Estado. Relacionarse socialmente al hombre le ha traído como consecuencia el tener que afrontar una serie de riesgos que amenazan su existencia e integridad. Ante dicha situación el Estado, haciendo uso del Poder de Policía está en la obligación de establecer un entorno en el cual pueda realizarse, eliminando dichos riesgos preventivamente, neutralizando todo atisbo de peligro para la integridad y bienes jurídicos de la persona. Un entorno adecuado para el ejercicio óptimo de los derechos de la persona es manifestación de la existencia de la seguridad ciudadana.
Cabe señalar que la seguridad ciudadana en nuestro país ha pasado por diversos momentos de inestabilidad; ayer era el terrorismo y hoy son la delincuencia común y el crimen organizado. Conocidas son las consecuencias letales de dichos fenómenos. Generalmente se actúa cuando las consecuencias y los efectos del problema ya se han manifestado con los consecuentes perjuicios económicos y sociales. La función policial tiende siempre al logro de la seguridad, bienestar, orden interno, orden público, participación en el desarrollo económico y social, defensa civil y defensa nacional, todo esto como manifestación de la voluntad del Estado que es una e indivisible. Una parte esencial de dicha función radica en evitar o prevenir la perturbación que pueda producir una cosa o situación, para lo cual los Órganos de Comando y Dirección de la Policía Nacional del Perú dictan normas escritas o verbales, por intermedio de las Direcciones Especializadas o Direcciones Territoriales, cuyo fin tiene la de lograr el mejor cumplimiento de tan delicada función, para lo cual los ejecutores enfocan dichas disposiciones desde diferentes puntos de vista. Paralelamente, la sociedad en su conjunto es la receptora del Servicio de Prevención Policial, por intermedio del patrullaje, el cual se concreta en las medidas de seguridad, que brinda el Estado, para el normal desenvolvimiento de las actividades de la sociedad. Al respecto existe disconformidad dentro de la población, sea porque los miembros de la Policía Nacional del Perú, no están presentes en el momento que se requiere de sus servicios, o muchas veces llegan después de haberse consumado la infracción a la ley, o las calles de los distritos carecen de presencia policial:
Por otro lado, en muchos países latinoamericanos, de manera directa los menos, por tolerancia, indiferencia o complicidad los más, se sostiene que la criminalidad juvenil sólo es posible enfrentarla recurriendo a métodos violentos, con el fin de defender a la sociedad. Es así como se plantea la necesidad de organizar grupos paramilitares, compuestos por miembros de las fuerzas armadas, policías, grupos privados de vigilancia, comerciantes y otros ciudadanos, dedicados a actuar en forma clandestina, con el fin de aplicar ajusticiamientos sobre aquellos jóvenes a quienes el grupo "juzga" como personas indeseables para la sociedad. Tal es el grado de tolerancia e impunidad con que operan, incluso todavía hoy, que en algunos casos ni siquiera se preocupan por hacer desaparecer los cuerpos:
En la Metrópoli de Sullana existen zonas y lugares en donde la peligrosidad de riesgo es permanente y se dan las condiciones de ausencia de garantías para el libre ejercicio de los derechos de los ciudadanos, llegando a calificarse a esta situación de “inseguridad ciudadana”. La población lo suele identificar como falta de prevención policial; sin embargo el Comando de la I-DIRTEPOL-PIURA, para hacer frente a este flagelo viene trabajando activamente con los encargados de los Comités Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana:
CAPITULO II
A
DELIMITACIÓN DE LOS OBJETIVOS Después de haber identificado el problema, seleccionarlo, delimitarlo e enunciarlo: 1
Objetivo general Analizar y proponer alternativas de la Prevención Policial mediante el empleo de herramientas que nos permitan conocer la organización, funciones, formas de acción de las Juntas Vecinales en el desarrollo de las actividades de Seguridad Ciudadana de la DIVPOL PNP – Sullana / DIRTEPOL-PIURA.
2.
Objetivos específicos Describir las limitaciones que se han presentado en el patrullaje urbano influyen en la seguridad ciudadana. Identificar si las limitaciones de recursos que tiene la Prevención Policial influyen en las juntas vecinales. Analizar si el marco legal vigente sobre la prevención policial
contribuye en el logro de la Seguridad
Ciudadana, mediante el trabajo de juntas vecinales.
3.
Hipótesis La violencia constituye un elemento cotidiano en la vida de miles de niños y niñas en el Perú, siendo la violación y el abuso sexual que se cometen contra este vulnerable sector de la sociedad, una de sus manifestaciones más dramáticas y extremas, y que en muchas veces las normas sistema legal penal en caso de violación no son del todo efectivos para contrarrestar este mal.
4
5.
Variables a.
Seguridad Ciudadana
b.
Juntas Vecinales
c.
Sociedad Peruana.
Metodología El diseño de la investigación será no experimental, descriptivo de corte transversal; por cuanto se realizara una investigación de Leyes, relacionadas al tema de Violación Sexual dentro de la sociedad Peruana.
CAPÍTULO III
A
MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL. Las juntas vecinales son organizaciones comunitarias con personalidad jurídica propia, de carácter territorial, representativas de las personas que residen en una misma unidad vecinal y cuyo objeto es promover el desarrollo de la comunidad, defender los intereses y velar por los derechos de los vecinos y colaborar con las autoridades del Estado y de las municipalidades. Las juntas de vecinos se constituyen y desarrollan sus funciones en una unidad vecinal, que corresponde al territorio, determinado en conformidad con la ley, en que se subdividen las comunas, para efectos de descentralizar asuntos comunales y promover la participación ciudadana y la gestión comunitaria.
Para ser miembro de una junta de vecinos se requiere tener, a lo menos, catorce años de edad y contar con residencia en la unidad vecinal respectiva. La dirección y administración de la junta recae en una directiva compuesta, a lo menos, por tres miembros titulares, elegidos en votación directa, secreta e informada, por un período de tres años, en una asamblea general ordinaria, pudiendo ser reelegidos por una vez. Resultarán electos como directores quienes, en una misma votación, obtengan las más altas mayorías, correspondiéndole el cargo de presidente a quien obtenga la primera mayoría individual. Los cargos de secretario y tesorero, y los demás que dispongan los estatutos de cada junta, se proveen por elección entre los propios miembros del directorio.
Las juntas de vecinos tienen por objeto promover la integración, la participación y el desarrollo de los habitantes de la unidad vecinal. Las
principales funciones de las juntas de vecinos son, entre otras, las siguientes:
representar a los vecinos ante las autoridades para lograr convenios de desarrollo gestionar la solución de problemas ante las autoridades proponer y ejecutar proyectos que beneficien a los vecinos. determinar carencias de infraestructura (alcantarillado, iluminación, etc.) desarrollar actividades de índole deportiva, medioambiental, educativa, de capacitación, recreación o culturales que involucren a los vecinos colaborar con el municipio en temas de seguridad ciudadana, fiscalización de lugares de venta de alcohol o planes de empleo para la comuna, entre otros que aumenten el bienestar de los vecinos.
1
POLICÍA NACIONAL DEL PERU.- Definición. La Policía Nacional del Perú, es una institución al servicio
de la comunidad; constituye el elemento fundamental que posee
el Estado para proteger a las personas y mantener el orden interno. Desempeña aquella actividad del Estado que asegura el funcionamiento de la vida política y social mediante normas restrictivas, que limitan para este fin las libertades y derechos individuales hasta donde el bienestar público y orden jurídico lo exijan. La Policía es indispensable para mantener el orden interno, preservar y conservar el
orden público, garantizar el
cumplimiento de las leyes, la seguridad de las personas y los patrimonios público y privado, así como para prevenir y combatir la delincuencia. Por la importancia y magnitud de su actividad, la Policía adquiere un poder amplio que, debido a su naturaleza y circunstancias en que se ejerce, sobrepasa los límites señalados en las leyes. 2
FUNCIÓN POLICIAL. La función policial es la consecuencia objetiva de las
actividades comunitarias que contribuyen a la estabilidad del orden público y la paz social. La función policial consiste en una actividad permanente y concreta que ejercen ciertos funcionarios y servidores llamados policías, cuyo objetivo es la preservación de la paz y seguridad ciudadanas, así como garantizar el normal desarrollo de las actividades individuales o sociales dentro del orden, evitando que éstas sean objeto de perturbación.
El orden interno policial resulta de la prevención y de la eliminación de las perturbaciones de la seguridad, la tranquilidad y la moral públicas.
Ello permitirá el libre ejercicio de los
derechos y libertades públicas, el cabal ejercicio de la autoridad estatal, y, por ende, la convivencia pacífica.
a.
Prevención.
La prevención es un conjunto de actividades integradas en programas cuya finalidad es desarrollar resistencia en los individuos y en la sociedad frente a algún problema social.
En tal sentido su objetivo es evitar y abordar las diversas problemáticas que encierra la problemática de la violencia, a través de procesos controlados de intervención que estén encaminados a la anticipación de los aspectos que propician la aparición y el desarrollo de conductas antisociales.
b.
Tipos de prevención en juntas vecinales
Prevención primaria.- Es entendida como las acciones o actividades que se realizan con la finalidad de evitar que se presenten elementos que conduzcan a un individuo a desarrollar conductas violentas o de los factores que la propicien. La prevención primaria puede ser específica si es que se aborda directamente en determinado problema o inespecífica cuando se trabajan aspectos secundarios al problema central. En la violencia social, la prevención primaria consiste en crear mecanismos psicosociales de resistencia antes que ésta se inicie, incluye una amplia gama de esfuerzos para ayudar a las personas a desarrollar destrezas y habilidades; por ejemplo en el aspecto crucial de la autoestima, para sustituir los sentimientos negativos sobre uno mismo con actitudes y valores altamente positivos. Prevención secundaria.- Se refiere al abordaje, medidas o estrategias que podemos utilizar cuando en una población o comunidad ya están presentes problemas de tipo social y se plantea la finalidad de reducir, contener o extinguir dicha incidencia y prevalencia. La prevención secundaria busca lograr una intervención oportuna sobre los individuos que se están iniciando en el desarrollo de conductas violentas. Prevención terciaria.- Se enmarca en la intervención directa sobre personas que han desarrollado una conducta violenta, a través de un proceso de rehabilitación, asimismo también se puede entender a la prevención terciaria como la intervención sobre poblaciones y comunidades o personas que ya están
afectadas mediante procesos de rehabilitación social y reinserción de los individuos en la sociedad. Patrullaje rural.- Es el servicio periódico que cumple la PNP, en áreas alejadas de la zona urbana, como anexos, caseríos, haciendas, centros mineros, etc, que por la distancia no reciben dicho servicio en forma permanente. Entre las formas de Patrullaje Rural tenemos: A caballo
-
En vehículo
-
Aéreo
-
Patrullaje urbano.- Esta modalidad de servicio se presta, generalmente en las capitales de los departamentos y en las más importantes ciudades del Perú. Las Unidades que preferentemente las ejecutan son las Comisarías y los servicios de Radio Patrulla, contando algunas veces con la colaboración de la Unidad de Servicios Especiales. Entre las formas de patrullaje urbano tenemos: -
Patrullaje a pie
-
Patrullaje Montado
-
Patrullaje Motorizado
-
Patrullaje Aéreo.
La finalidad del Patrullaje urbano tiene por finalidad cumplir los siguientes objetivos:
-
Evitar la comisión de delitos y faltas
-
Intervenir en pequeñas alteraciones del orden público, restableciendo la normalidad.
-
Auxiliar a los accidentados, enfermos, ancianos, niños y personas que lo necesiten.
-
Informar y colaborar con las personas que lo soliciten.
-
Informarse
y
dar
cuenta
de
hechos
o
acontecimientos que puedan alterar el orden, constituir peligro o tengan importancia para el servicio. Su importancia radica en su propia finalidad, pues tiende a dar garantía y seguridad a las personas en sus bienes de mayor significación: la vida, la propiedad y su integridad física. Por el hecho de prestarse en las ciudades, es la modalidad de servicio más sometida a la crítica y apreciación ciudadana a través de los órganos de prensa y opinión pública, lo que demanda bastante preocupación y atención para mejorarlos y superarse. El patrullaje policial se constituye en el más importante de las funciones policiales y ocupa por lo general el 50% del efectivo de las Comisarías PNP, responsables de su ejecución. La policía adoptó el término derivándolo de la acción de desplazarse en su consideración realizable con las rondas o patrullas. De aquí que la operación global se denomine Patrullaje.
3.
ACTIVIDAD PREVENTIVA DE JUNTAS VECINALES Es una actividad permanente ya que su función y finalidad
es la de impedir o alejar cualquier circunstancia de perturbación
que atente el Orden Interno o el Orden Público. La naturaleza de la poli policí cía a en toda toda su vari varied edad ad y clas clase e de acti activi vida dade dess es preventiva. Las múltiples y posibles perturbaciones contra el orden jurídico inducen como, un producto de sabia política jurídica, la creación de normas preventivas que impidan la realización de disturbios pert pertur urba bado dore ress de cual cualqu quie ierr clas clase e que que fuer fueren en y aseg asegur uren en la certidumbre a las personas de que su existencia individual no tendrá ningún ataque ataque imprevisto y destructor. La inexistencia de una una polí políti tica ca polic olicia iall prev reventi entivva cre crearía aría la zozo ozobra bra y la incertidumbre impidiéndola paz y el orden en la convivencia pacífica. pacífica. Las medidas medidas represiva represivass pueden adquirir adquirir caractere caracteress preventivos desde un punto de vista psicológico, pues el temor de la repr repres esió ión n pres presen enta ta tamb tambié ién n un cará caráct cter er prev preven entitivo vo educador. En los pueblos de deficiente desarrollo cultural, el temor de la represión cumple la función preventiva de alejar la conducta contravencional. contravencional. La admi admini nist stra raci ción ón de la poli policí cía a en sus sus vari varias as form formas as:: de observ observaci ación, ón, de preven prevenció ción, n, de repres represión ión,, de seguri seguridad dad,, de vigilancia y de investigación tiene un carácter y un fin preventivo en relación a la integridad del orden jurídico, porque el elevar un dato dato deter etermi min nado ado a contr ontrav ave enció nción n es ya de por sí una una preocupación. Debe Debemo moss tene tenerr en cuen cuenta ta que que la repr repres esió ión n es acti activi vida dad d exce excepc pcio iona nall y cons consec ecue uenc ncia ia del del frac fracas aso o efec efectitivo vo de una una prevención especial especial y general. general. Por esta causa causa son distintos los motivos que justifican las normas que rigen a cada uno de estos dos momentos momentos jurídicos jurídicos.. En la actividad actividad preventiv preventiva, a, debido debido a
que tiend tiende e a despl desplaza azarr cualqu cualquier ier clase clase de pertur perturbac bación ión,, los órga órgano noss que que la admi admini nist stra raci ción ón comú comúnm nmen ente te tiene tienen n ampl amplia ia discrecionalidad, sea en la extensión, oportunidad y modo de actuar. El poder de policía del Estado moderno tiende también a la anulación de las perturbaciones como a la preservación de la pers person ona a huma humana na,, para para que que no sea sea elem elemen ento to cieg ciego o de las las circunstancias
en
los
momentos
de
desgraciadas
consecuencias. La func funció ión n poli polici cial al de prev preven enci ción ón hace hace posi posibl ble e su efic eficac acia ia efectiva. efectiva. La flexibilida flexibilidad d de las facultades facultades discrecion discrecionales ales de la administración pública, permite su fácil acomodamiento ante las variaciones que presenta la realidad diaria sobre innumerables pertur perturbac bacion iones. es.
Adquie Adquiere re import importanc ancia ia esta esta funció función n policia policiall
preventiva a medida que el Estado de Derecho se afirma y eleva el valor del individuo i ndividuo ante el poder de la sociedad. La actividad preventiva dada su generalidad no puede ser tan prec precis isa a como como la repr repres esiv iva a que que surg surge e como como una una nece necesi sida dad d manifiesta manifiesta,, inmediatame inmediatamente nte después después que se ha infring infringido ido la norma inmediata inmediata preventiva. preventiva. Las medidas medidas preventivas preventivas pueden pueden impo impone ners rse e sign signifific icat ativ ivam amen ente te
ante antess que que una una cond conduc ucta ta
perturbadora comience a manifestarse exteriormente, o ya al comienzo del proceso perturbador o cuando se encuentre en pleno desarrollo desarrollo y excepcio excepcionalme nalmente nte hasta hasta cuando cuando sanciona sanciona ciertos incumplimientos de prevención. La manifestación de represión preventiva, también se la llama repr repres esió ión n rela relatitiva va,, corre corresp spon onde de al proc proces eso o ejec ejecut utiv ivo o de la
actividad policial: por eso la sanción que impone se refiera a medida medidass contra contra la desobed desobedien iencia cia..
Aquí Aquí hay una ejecució ejecución n
desplazadora realizada coercitivamente por los mismos órganos policiales a fin de poder realizar la prevención sobre el hecho perturbado perturbadorr destacado. destacado. De discriminars discriminarse e el contenido contenido de esta actividad preventiva en relación con la actividad represiva se identifica con la sanción penal, pues la preventiva trata de evitar la perturbación, la represiva suprime directamente el hecho o conducta
perturbadora,
y
la
sancion ionadora
castiga
al
responsable. No hay que confundir represión con punición. La conf confus usió ión n del del térm términ ino o sanc sanció ión n con con repr repres esió ión n es lo que que ha prov provoc ocad ado o el equí equívo voco co,, cons consid ider eran ando do que que la repr repres esió ión n es siempre castigo por incumplimiento de la norma preventiva. El legislador puede imponer conjuntamente medidas de represión y de sanción, sanción, pero esto esto no implica que las dos sean sean iguales. iguales. Lo único que las identifica es que nacen después de la prevención. Ante la represión y la punición, la represión ocupa un capítulo de importancia técnica jurídica para la administración pública, pues amba ambass tien tienen en cará caráct cter er exce excepc pcio iona nall y actú actúan an cuan cuando do ha fracasado la prevención. prevención. En la prevención prevención actúa con amplitud y eficiencia el administrador mientras que en las otras dos su acción tiene carácter limitado. La acti activi vida dad d prev preven entitiva va siem siempr pre e tend tendrá rá por por obje objeto to evit evitar ar,, precaver o prevenir la perturbación que puede producir una cosa o un hecho hecho sin inter interve venc nció ión n de la acci acción ón human humana. a. No hay ninguna duda que tratándose de medidas policiales que, aunque preventivas, limitan y restringe la libertad individual, sólo podrán imponerse cuando una norma legislativa las ha autorizado, ya sea en forma expresa o en forma general pero bien delimitada.
Las
medidas
preventivas
por
su
objeto
cautelar
son
circunstanciales y variadísimas, por eso las disposiciones legislativas que las disponen son genéricas, pero al respecto hay que hacer aclaraciones de orden técnico jurídico, una cosa es la delegación expresa al órgano policial para que dicte medidas preventivas y otra es la libertad o arbitrio para elegir las formas y modos para hacer efectiva y eficaz la función de prevención. En el primer caso se plantea el problema de la delegación para limitar la libertad individual y en el segundo caso
se
trata
de
la
competencia
discrecional
de
la
administración para elegir los medios y las formas más eficaces y convenientes para evitar y prevenir la perturbación.
B.
ANTECEDENTES El término juntas vecinales, ha sido definido, por estar implícito dentro de los elementos del orden público y organización de la comunidad dentro de la PNP, permite brindar actos preventivos y así poder cumplir con la función policial, tanto en el planteamiento como en la ejecución Las Juntas Vecinales, como parte de la seguridad ciudadana es una necesidad innata e histórica del hombre cuya protección está fundamentada en la Constitución Política del Perú Art. 2 y encomendada a la PNP en el Art. 166 La Seguridad Ciudadana es tarea de todos, para atenderla se requiere de una participación multisectorial, con la participación muy activa de la PNP, Municipalidad y Ciudadanos (Castillo, 1999).
La Seguridad Ciudadana y las juntas vecinales son una situación de protección a las personas y bienes tendientes a eliminar riesgos y amenazas que le permiten ejercer sus derechos a libertades. Para el logro de una convivencia pacífica, dentro del ordenamiento jurídico. El concepto operativo: que, es el conjunto de medidas, acciones y previsiones que adopta la PNP dentro del marco de la Constitución, el Derecho Público y el Derecho Privado a fin de lograr el normal desenvolvimiento de las actividades de la población dentro de un clima de tranquilidad y paz social. Que existen relaciones y diferencias entre la Seguridad Ciudadana, el Orden Interno y el Orden Público (Garay, 1999).
Un diagnostico situacional del entorno delincuencial, causas y efectos de la delincuencia y papeles que influyen en el delito es que existen un nivel de inseguridad global que demanda todo tipo de iniciativa ciudadana y que la PNP por haber participado en la Guerra Contra
subversiva desde 1980, por carecer en la actualidad de suficientes recursos humanos, logísticos y económico, para cumplir con sus funciones que va desde la vigilancia de la calle hasta la protección de autoridades ha limitado su accionar originando espacios de inseguridad ciudadana. Igualmente trata que los gobiernos locales y los ciudadanos tengan que apoyar a la PNP porque su misión Constitucional Art. 166 es garantizar el cumplimiento de las Leyes y la Seguridad del Patrimonio Público y Privado, así como combatir la delincuencia entre otros. Por consiguiente no hay que mal interpretar el Art. 195 de la Carta Magna en el sentido que las Municipalidades tienen la responsabilidad de brindar seguridad a sus habitantes, siendo esta de la PNP (Alzamora, 2000)
C.
BASES LEGALES •
Ley Orgánica de Municipalidades N º.27972 Disposiciones legales vigentes.
•
ARTICULO 166 La Policía Nacional del Perú, de conformidad con el artículo 166 de la Constitución Política del Perú, tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y establecer el orden interno; prestar protección y ayuda a las personas y a la comunidad; garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado; PREVENIR, investigar y combatir la delincuencia; vigilar y controlar las fronteras.
•
Los Comités de Autodefensa Más conocidos como CAD´s- o Comités de Defensa Civil son grupos de pobladores fundamentalmente rurales, incluso campesinos, asesorados, organizados y entrenados por las Fuerzas
Armadas.
Dependen
en
su
organización
y
funcionamiento de la región militar correspondiente, según su norma específica. Surgen para enfrentar el terrorismo, el narcotráfico y en menor medida, la delincuencia. Tienen armas y son de naturaleza transitoria. Internamente, tienden a reproducir la estructura jerárquica de las instituciones militares. Una posible explicación de esto, podría estar también en la naturaleza de los enemigos que enfrenta, como son los grupos subversivos o el propio narcotráfico. Esto los obliga a tener una estructura más compacta y disciplinada, de lo contrario no son funcionales. •
LEY ORGÁNICA DE LA PNP ARTÍCULO
7, INC. 1
(MANTENER LA SEGURIDAD) Son funciones de la Policía Nacional del Perú las siguientes: b.
Mantener la seguridad y tranquilidad públicas para permitir el libre ejercicio de los derechos fundamentales de la persona consagrados en la Constitución Política del Perú.
Artículo 8, inc. 7. (Atribuciones) Son atribuciones de la Policía Nacional del Perú las siguientes:
7.
Coordinar y cooperar con los organismos internacionales e instituciones de policía en la prevención y represión de la delincuencia, de conformidad con los convenios suscritos.
•
LEY
N°
27933
(LEY
DEL
SISTEMA
NACIONAL
DE
SEGURIDAD CIUDADANA)
Cabe precisar que las Juntas Vecinales forman parte el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), por cuanto en los artículos 15º y 16º de la Ley N.º 27933 se reconoce la participación de las Juntas Vecinales en los Comités Provinciales y Distritales, respectivamente, a fin de hacer sentir la voz de los vecinos en el diseño e implementación de las políticas de seguridad ciudadana de su respectiva jurisdicción. Artículo 1
Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción que conforman, la Nación Peruana., Artículo 2
Seguridad Ciudadana
Se entiende por Seguridad Ciudadana, para efectos de esta Ley, a la acción integrada que desarrolla el Estado con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la
erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas. Ley N°. 24949 (06DIC98) Ley de Creación de la PNP. Ley N°. 27238 Ley de la PNP. Ley N°. 27933 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. DS. N°. 12-2003/IN (080CT03) y el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2006. Ley Orgánica de Municipalidades N°. 27972. RD. N°. 1506-DPNP (03JUL98) Aprueba el Manual de Organización y Funciones de las Comisarías de la PNP. RD. N°. 2142-2004-DIRGEN/EMG. (190CT04) Aprueba el Manual de Procedimientos para la Organización y Funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la PNP.
CAPITULO IV
A
MARCO OPERACIONAL 1
Análisis del diagnostico institucional El entorno general, de conformidad con lo analizado en la
presente investigación, podemos concluir diciendo que todos los seres humanos para que puedan vivir de manera pacífica y saludable es necesario de estos se encuentren organizados para así poder afrontar los problemas propios de su comunidad para ello es necesario contar con juntas vecinales que permitan poder satisfacer la carencia de personal policial y dar la seguridad que su comunidad necesita. La seguridad es una situación social latente y una urgente necesidad que demanda políticas integrales y multidisciplinarias, las mismas que deben estar orientadas a contrarrestar las causas que las afectan. Luego que el estado peruano lograra resultados positivos en la lucha contra el terrorismo, retomando el proceso de pacificación del país, surgen en esta trayectoria, otros fenómenos sociales, como la delincuencia común, crimen organizado, violencia urbana, violencia juvenil y otros fenómenos adversos. Aspectos que involucran especial atención del Estado y las instituciones responsables de su atención y control, encontrándose dentro de ellas la Policía Nacional, como responsable del orden interno, orden público y de garantizar la Seguridad Ciudadana. Sin embargo atraviesa una insuficiencia operativa por escasez de presupuesto, medios logísticos y disminución del número de efectivos policiales en proporción a la población, situación que la obliga a replantear estrategias más audaces. Ante este nuevo reto, caracterizado fundamentalmente por un conjunto de fenómenos sociales adversos, como pandillaje, barras bravas,
drogadicción e incremento delincuencial, el Comando Institucional asume un nuevo esfuerzo para lograr objetivos de tranquilidad pública y seguridad ciudadana, que requieren necesariamente la participación activa de la población capacitada y organizada adecuadamente.
La acción integrada que desarrolla el estado con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos; lo que contribuirá a la prevención de delitos y faltas. (Art. 2 de la Ley 27933). Para viabilizar estos objetivos de participación ciudadana, el Comando de la institución dispuso, la creación de la Dirección de Participación y Seguridad Ciudadana, así como las Oficinas de Participación Ciudadana y Proyección Social en todas la Comisarías del país, las mismas que realizan su labor, en cinco ejes claramente definidos, que son: Promoción, organización y capacitación de la comunidad, para que participen activamente en la seguridad local con proyección social, a través de programas preventivos promociónales de reinserción, dirigidos a la población infantil y juvenil, así como programas asistenciales dirigidos a la población de escasos recursos buscando medios de coordinación con entidades públicas y privadas. Como estrategia especifica, impulsar la conformación de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, comprometiendo a las Direcciones Territoriales, Regiones Policiales, Jefaturas Distritales de Policía y las Oficinas de Participación Ciudadana de las Comisarías PNP; organizando eventos como paneles, Fórums, Charlas, Seminarios, Talleres, Audiencias Vecinales, Conversatorios etc. y capacitando a la
población en materia de seguridad ciudadana, desarrollando el campo funcional de la prevención (Art. 166 CPP). Asimismo asesorar e incentivar a los Jefes OPC y promotores policiales de seguridad ciudadana de las Oficinas de Participación Ciudadana de las Comisarías a nivel nacional, para que realicen una labor permanente y profesional, comprometida y de coordinación con los gobiernos locales, instituciones públicas y privadas; procediendo a formalizar dicho apoyo, mediante la suscripción de actas o acuerdos de trabajo de asistencia recíproca y formación de alianzas estratégicas, con la finalidad de lograr las metas y objetivos desarrollados a favor de la seguridad ciudadana. Priorizar un trabajo efectivo con apoyo logístico suficiente, con material educativo de capacitación y equipos audio visuales con la finalidad de impulsar el trabajo de las Oficinas de Participación Ciudadana y Proyección Social de las Comisarías a nivel nacional, a efectos de que con apoyo de los Comités de Seguridad Ciudadana y los Comités Cívicos de Cooperación con la PNP, convocar el apoyo para garantizar el éxito de los programas y actividades que se desarrollen en cada jurisdicción. Apoyar a las Comisarías a nivel nacional, diseñando acciones de motivación e incentivos, a fin de reforzar el cambio de actitud del Policía, en favor de su comunidad, capacitando al personal en temas de especialización, habilidades sociales de liderazgo, así como en aspectos de seguridad y participación ciudadana y mejorar la relación con su comunidad, estableciéndose el binomio policía - comunidad.
POLICIA NACIONAL DEL PERU RELACION NOMINAL DE LOS COORDINADORES DE LAS JUNTAS VECINALES DE LA DIVISION POLICIAL SULLANA. COORDINADORES DE LAS JUNTAS VECINALES DE LA COMISARIA PNP SULLANA Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18
APELLIDOS Y NOMBRES CALDERON TUME Santiago J. ORDOÑEZ TRISOLINE Maria E. Valdiviezo Juarez Edwin A. NOLE TORRES Maria Alicia YESANG NOE Eduardo ESTRADA PARDO José ANDRADE REYES Renato ROQUE BUISA Santos Nelida RUEDA DE TOCTO Norma CURAY ZAPATA Orlando Navarro Paulini Alejandro W. MADRID PORRAS Pedro VASQUEZ NAVARRO Emma M. LIZAMA CARRERA Luis A. MORALES CAMACHO Wilfredo Villalobos Gutierrez Margarita SINBILA JUAREZE Enrique AGURTO REYES Victor
Edad 40 50 48 45 45 41 39 45 45 60 48 54 38 45 44 54 54 54
DNI 03563282 03601159 43898961 03567408 03689925 03564460 03685023 03664911 03590862 03598405 03599842 36595861 03862339 48258191 03592444 03574695 03601159 35922005
Est. Civ. C Dv C C C S S C " " " " " S C C S C
Natural Sullana " " " " " " " " " " " " " " " " "
Ocupacion Obrero Profesora Obrero Estud. Obrero Su Casa Independ Obrero Obrero Obrero Obrero Tco.Elect. Obrero Obrero Obrero Su Casa Comerc. Obrero
DOMICILIO Mz.B L-10 I-Etapa. Mz. C Lote 14 Prolg.Sta Clara Mz.A L.54 Ca.D.Alcides C Mz.G L.3 Mz. B Lote 19 Ca.13 Diciembre Nº 110 Ca. Amotape Nº 165 CA. 13 Diciembre Nº 229 Ca.Est.Pabletich Mz.E L.30 Carret.Ant. a Sojo Mz.A L.1 San Mateo 216 Ca.LGeraneos Mz D Lt.16 VP. Ca.T.Amaru 805 El Obrero Av. Santa Cruz Nº. 119 Fco. Bolognesi M.D Lote 10 Mz. L Lote 18 Ca. Los Pinos Mz. A1 Lote 26 Ca. Maximiliano Frias Nº. 228
Junta Vecinal Peru Avanza Urb.Jardin I-Etapa-Sullana Asoc. Vivda.Sgto.2do P.M.Silva Arevalo AH. 04 de Noviembre-Sullana AH.Victorino Elorz Goicochea-Sullana. AH. Urb. Lopez Albujar AH. Cesar Vallejo-Sullana AH. Juan Velasco Alvarado-Sullana. AH.Pilar Nores de Garcia-Sullana AH. Jose Carlos Mariategui Justo Alvarado M. AH. H. Cenepa. Urb. Pop. Sta Rosa Sector I-Sullana Vecinos en Accion Arica Trv. 2 Mayo AH. El Obrero Sector II. AH. El Obrero Sector I. A.H Loma de Teodomiro Asoc.Vivda Ramiro Priale P. A.H Villa Primavera Ba.Leticia Cercado de Sullana.
COORDINADORES DE LAS JUNTAS VECINALES DE LA COMISARIA PNP BELLAVISTA Nº 1 2 3 4 5
APELLIDOS Y NOMBRES Querevalu Ramírez, Simón Castro Gutiérrez Edwin Pulache Sernaque, Santos M.
Edad 49 30 44
DNI 03600380 80289645 03609482
E.C. C C Cv
Natural Sullana Bellavis "
Ocupacion DOMICILIO Eventual Mz “B” Lote 8 Docente Mz “B” Lote 8 Su casa Mz “E” Lote 23
Morales Hernández, Eva
43
03621753
C.
Lancons
"
Marcelo Chávez, Alejandro
49
03583047
C
Sullana
Carpintero
María P.de Bellido Mz.C.L28
Quispe Siancas, José Noe
62
03581715
C
Sullana
Albañil
Fco. Bolognesi Mz “F” Lt-20
Mz “H” Lote 19
Junta Vecinal Urb. Pop. “J. C. Mariategui Mz. “B” Urb. Pop. Jose C. Mariategui Mz. “E” Urb. Pop. Jose C.Mariategui Mz. “H, I, J ” Urb. Pop. Jose C.Mariategui Julio Ponce Av.Canchaque A.H.Basadre Fco.Bolognesi D.A.Carrion-
CUADRO CONSOLIDADO DE JJ.VV POR COMISARIAS, CON INDICACION DE GÉNERO CORRESPONDIENTE AL MES DE MAR-2012. DISTRIBUCION C-PNP-SULLANA. C-PNP-BELLAVISTA C-PNP-MARCAVELICA C-PNP-SALITRAL C-PNP-QUERECOTILLO C-PNP-LANCONES C-PNP-SAN JACINTO C-PNP-MIGUEL CHECA C-PNP-TAMBOGRANDE C-PNP- CRUCETA C-PNP-LAS LOMAS C-PNP-CHIPILLICO C-PNP- NUEVO SULLANA C-PNP-LOS ENCUENTROS SUB TOTAL
JJ.VV 18 45 07 03 07 06 07 06 05 05 05 01 10 02 127
I N T E G R A N T E S HOMBRES MUJERES TOTAL SULLANA 136 89 225 361 212 573 146 19 165 38 -38 82 31 113 120 15 135 66 53 119 65 23 88 46 08 54 156 50 206 36 04 40 15 -15 45 64 109 18 02 20 1,330 570 1,900
2
Plan de acción de juntas vecinales provinciales DIVPOL PNP Sullana. 1.
Formulación de Planes de Trabajo, Plan Operativo, Directivas y demás normas que permitan el cumplimiento del presente Plan.
2.
Coordinar con las Direcciones Especializadas PNP los aspectos de apoyo en la realización de las actividades previstas en el presente Plan.
3.
Supervisión y control de las actividades de Participación ciudadana.
4.
Consolidar la información remitida por las diferentes Direcciones Territoriales PNP y remitir dicha información a los escalones superiores.
5.
Organizar
convocatorias
para
reuniones
con
los
integrantes de las Juntas Vecinales en un número no
menor de QUINIENTAS (500) personas, llevándolas a cabo por sectores (cono norte, sur, este de la Ciudad capital) 6.
Cada Dependencia Policial deberá realizar las siguientes actividades: exhibición de paneles, organizar Forums, charlas,
Conversatorios,
Audiencias
Vecinales,
distribución de volantes, afiches, y otras actividades de acercamiento a la población de manera efectiva debidamente difundida por los medios de comunicación. 7.
Impulsar la promoción de la participación de la población en la seguridad ciudadana a través del trabajo de sensibilización,
utilizando
a
todo
el
personal
especialmente de los promotores policiales de las diferentes comisarías a nivel nacional, incentivando la obtención de logros. 8.
Incremento sustancial del número de Juntas Vecinales de seguridad ciudadana a nivel nacional.
9.
Desarrollar actividades de capacitación de la población y promotores policiales en seguridad y participación ciudadana, como Seminarios, Talleres, Charlas de Sensibilización, volantes, estrategias Policía comunidad, medidas de autoprotección escolar, incluyendo temas como Doctrina de Orden Interno y Seguridad Ciudadana, Manual de Organización y Funciones de JJW, Violencia Familiar, Responsabilidad ciudadana y social.
10
Garantizar el funcionamiento de las Juntas Vecinales, mediante la ejecución del Plan de actividades de carácter preventivo, informativo y de proyección social (de rondas mixtas policía-comunidad, charlas de capacitación sobre fenómenos sociales adversos, etc.)
11
Realización de Campañas de reforzamiento, para el efectivo funcionamiento de las Juntas Vecinales.
12
Impulsar las visitas, barrio por barrio de los promotores policiales de seguridad ciudadana a fin de incentivar que inicien y/o continúen con acciones de auto-protección, desarrollando la cartilla vecino-vigilante.
3
Metas a trazar a
Incrementar el Número de Juntas Vecinales de 4.447 a 6,500 en Piura, de 4.202 a 6,500 en Tumbes y de 1,900 a 3,000 en Sullana.
b.
Organización
de
la
IV
Convención
Nacional
de
Promotores PNP y Coordinadores Generales de Juntas Vecinales. g.
Visita a las Oficinas de Participación Ciudadana de la Dirección Territorial Policial Piura, para ejecutar acciones de Promoción, organización, capacitación y supervisión del desarrollo de actividades de participación ciudadana.
d.
Visitas de Capacitación y Supervisión a las OPC de las Comisarías a cargo de la Dirección Territorial Policial Piura.
e.
Reunión de presentación del Plan de Trabajo a los Señores Jefes de Región Piura, Tumbes y División Sullana, con el Director Territorial Policial Piura.
g.
Reunión con los Jefes y Promotores Policiales de cada Jurisdicción Policial.
h
Consolidar el cuadro de actividades realizadas a nivel nacional para informar al comando Institucional.
Los presentes planes de Trabajo son ejecutados por las comisarias de la jurisdicción de la
División Policial Sullana,
deberán poner en ejecución en el más breve plazo, la Orden de Operaciones correspondientes a fin de cumplir con la ejecución y el logro de los objetivos y metas contempladas en el presente.
3
Organización de las juntas vecinales de seguridad ciudadana promovidas por la PNP .
Para determinar la organización de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de una jurisdicción determinada, el Comisario, dividirá su jurisdicción policial en zonas o cuadrantes claramente definidos, teniendo en consideración la extensión geográfica, el índice poblacional y la incidencia delictiva así como el Plan Catastral del Distrito, la junta vecinal tendrá como mínimo 10 integrantes.
La Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana, integrada por Vecinos Vigilantes de una cuadra, manzana, sector, barrio, conjunto
habitacional,
edificio,
urbanización,
localidad,
Asentamiento Humano, Pueblo Joven, Comunidad Campesina o Nativa, Centro Poblado, Caserío, anexo etc., tendrá un (01) Coordinador de Junta Vecinal, el mismo que será elegido por el Comisario entre los integrantes de la Junta Vecinal a la que pertenece. Las Juntas Vecinales, ubicadas en una determinada zona, serán representados por un (01) Coordinador Zonal; de acuerdo
con
la
zonificación
o
distribución
geográfica
determinado por la Policía del sector. Las Juntas Vecinales de las diversas zonas que comprende una jurisdicción Policial será representada por un (01) Coordinador de Comisaría, el mismo que será elegido entre los Coordinadores Zonales de la respectiva jurisdicción policial. En caso de existir dos o más Comisarías en una determinada
jurisdicción
distrital
el
Coordinador Distrital será elegido entre los Coordinadores de Comisaría. Cada Comisaría, para la conducción y supervisión de la participación ciudadana mediante las Juntas Vecinales de
Seguridad Ciudadana promovidas por la PNP, contarán con la siguiente organización interna:
El Comisario. El Jefe de la Oficina de Participación Ciudadana y Proyección Social o Promotor designado por el Comisario. El Coordinador de Comisaría de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana. Los Coordinadores Zonales de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana. Los Vecinos Vigilantes integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
La base de la organización de la población en Seguridad Ciudadana, es la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana y para su funcionamiento contará con:
•
El Coordinador de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana.
•
El Vecino Vigilante – Secretario
•
El Vecino Vigilante – Vocal.
•
Los Vecinos Vigilantes de la Junta Vecinal
•
Cada Junta Vecinal deberá estar integrado por diez (10) vecinos como mínimo.
4
Del régimen económico y del patrimonio a.
El régimen económico
Las donaciones, legados, recursos que provengan de la cooperación de organismos nacionales e internacionales, así como las contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de acuerdo a las normas legales vigentes b.
Del patrimonio
Estará constituido por: •
Todos los bienes muebles e inmuebles que se reciban en calidad de donación o que se encuentre a su nombre.
•
5 •
En ningún caso los bienes de la organización serán repartidos.
Experiencias exitosas del trabajo de Juntas Vecinales La Floral (La Victoria – Lima Metropolitana)
Hasta fines de los años noventa, la avenida La Floral, en el distrito de La Victoria (Lima Metropolitana), estaba tomada por más de 700 delincuentes y drogadictos. Asaltaban personas, saqueaban viviendas, desmantelaban autos, robaban a los microbuseros y a los taxistas. Las principales víctimas de estos delitos eran, desde luego, los vecinos del lugar. Toda empresa estaba condenada al fracaso, todo negocio era imposible; y la vida expresaba el infierno cotidiano del miedo y la penuria. Cuando Susano Enciso llegó a ese vecindario, en 1990, solo quedaban 3 empresas agonizando en La Floral. Nadie quería llegar a ese lugar. Ni para pasar, menos para comprar o vender otra cosa que no fuera droga. Los vecinos malvendían sus casas y las que quedaban eran ocupadas por los delincuentes. La esquina de Yerbateros y la avenida
Circunvalación era considerada como tierra de nadie. Los carros de transporte público eran los objetivos preferidos de asaltos y desmantelamientos al paso. Las autoridades sabían lo que pasaba pero no actuaban. Algunas, por el contrario, lucraban con las bandas. El vecino Susano Enciso decidió emprender la titánica tarea de recuperar el vecindario para la inmensa mayoría de habitantes honestos. En 1997 convocó a algunos vecinos (inicialmente solo cinco aceptaron unirse; luego, poco a poco, el número de personas se incrementó) y comenzaron a conversar con la gente para organizarse. Una vez que lograron consolidar un núcleo de acción, pidieron ayuda a la Policía para poder limpiar la zona de manera conjunta.
Fortalecidos con este respaldo, los vecinos salieron al frente, encontrando una fuerte resistencia, amenazas y ataques por parte de los delincuentes. Lejos de amilanarse, persuadieron a más vecinos para que se sumen a la cruzada. Poco después descubrieron que muchos policías no solo se negaban a actuar sino que les ponían obstáculos. Había complicidad y corrupción extendida. Se llegó a detectar que muchos actuaban en combinación con los delincuentes. Entonces, Susano y los vecinos organizados tuvieron que acudir a la Insectoría de la Policía en 1998. La presión de la Junta Vecinal llevó a la Insectoría a tomar acciones, tales como el cambio de los policías implicados. Pero, no todos los policías estaban bajo el manto de la corrupción. También se dieron notables excepciones, como fue el caso del capitán PNP Sánchez Popuche en el año dos mil. Era un policía comprometido con su comunidad, que optó por convocar a todos los vecinos del cerro El Pino y de los alrededores a sumarse a esta tarea. La organización, el número y el respaldo policial les dieron la fuerza para movilizarse (ya
había 80 coordinadores, de quienes dependían muchos más vecinos) y tomar las primeras medidas decisivas: cerraron casas dónde se vendía la droga, clausuraron prostíbulos y cantinas clandestinas, botaron a los delincuentes y limpiaron las calles, las cuales estaban convertidas en un muladar. “Por aquí nunca había pasado un carro recolector, los colchones estaban tirados por todas las 8 cuadras de la avenida... fue toda una odisea. Desde ese momento los vecinos nos apostamos en el lugar, no salimos para nada, nos turnábamos [en la vigilancia de las calles] cada seis horas por un mes para que los delincuentes no puedan regresar al lugar. La Policía hacía lo suyo y nosotros los acompañábamos”, cuenta un vecino del lugar. Poco a poco se impuso la calma en el cerro el Pino y la Avenida La Floral. Fue un proceso largo, cuya consolidación tomó seis años, hasta el 2004. Ahora se puede apreciar calles ordenadas con árboles sembrados. Luego, se construyeron casetas de auxilio rápido y, con el apoyo del vecindario y de los empresarios que iban llegando, se logró construir una pequeña comisaría que está ubicada en las faldas del cerro el Pino y la Avenida México. Susano Enciso, el líder mayor de las Juntas Vecinales, prosigue en su tarea de organización y capacitación de nuevos líderes. Las amenazas no amedrentaron a este intrépido dirigente, que logró, a base de tenacidad y valentía, organizar a los vecinos, obligar al Estado a intervenir en su ayuda y así convertir un escenario de pesadilla en calles donde el esfuerzo honesto de sus habitantes cimenta un progreso que ya no está parasitado por la delincuencia ni doblegado por el temor. Villa El Salvador (Lima Metropolitana)
El distrito de Villa El Salvador cuenta con alrededor de 400,000 habitantes. Existe mucho problema delincuencial, el cual se ha podido disminuir gracias a la participación voluntaria de los vecinos, quienes son integrantes de las Juntas Vecinales y participan activamente como ojos y oídos de la Policía Nacional. Patrullan durante todas las noches en las rondas mixtas, es decir, junto con efectivos policiales.
Quintiliano Olivas Ponce es el Coordinador Distrital de las Juntas Vecinales, quien viene participando desde el año 1987 de forma desinteresada como vecino voluntario y líder de esta organización vecinal. Ha recibido múltiples condecoraciones por la labor emprendida a favor de la comunidad. La última condecoración le fue otorgada por la delegación de la policía ecuatoriana, la cual ha tomado como ejemplo la organización vecinal del distrito de Villa el Salvador. “Estamos haciendo un patrullaje intensivo junto con los vecinos de las Juntas Vecinales y la Policía. De esa manera hemos logrado reducir en un 30 por ciento el pandillaje, respecto al año pasado, en todo el distrito", afirma Quintiliano.
Esta tarea no ha sido fácil para él. En muchas oportunidades tuvo que lidiar con malos policías que no creían en su trabajo. Se sentían que estaban siendo fiscalizados por la sociedad civil y no le prestaban el apoyo para continuar fortaleciendo las Juntas Vecinales. Por otro lado, algunos alcaldes tampoco estuvieron interesados en apoyar a Quintiliano. Pero, eso no fue motivo para no seguir en la lucha contra la delincuencia. Al contrario, ello motivó que los vecinos se integrasen cada vez más ante la desatención por parte de las autoridades.
Así como hubo malas autoridades, también llegaron buenos comisarios que acompañaron la gestión vecinal. Estos tenían otra mirada, la visión de policía comunitaria, es decir, la concepción de una policía cercana al ciudadano y dispuesta a atenderlo en la solución de sus problemas cotidianos. Gracias a este trabajo, dichos comisarios ganaron en varias oportunidades varios gallardetes como premio a la labor emprendida contra la violencia en el distrito. Asimismo, fueron ganadores en el año 2003
como
mejor
comisaría
del
año,
acompañados
de
condecoraciones por la labor emprendida en beneficio de su comunidad. En varias oportunidades sufrieron varias amenazas por parte de los delincuentes, quienes intentaban impedir su labor y sacarlos del distrito. No obstante, las dificultades se pudieron superar gracias al apoyo de los vecinos, que se propusieron como causa común no permitir nuevamente que la delincuencia impere en el distrito de Villa el Salvador, un distrito autogestionario que tiene toda una historia por delante. Queda una tarea pendiente para las autoridades y es tomar como muestra la organización vecinal. Ahora les toca fortalecerla, acompañarla y posesionarla como un bastión importante en una comunidad.
Para
ello
cuentan
con
vecinos
comprometidos
voluntariamente que no piden nada a cambio sino tan solo respirar tranquilidad y transitar por las calles libremente, derecho del cual debe gozar todo ciudadano en nuestro país.
Trujillo En el caso de Trujillo, las Juntas Vecinales alcanzaron un alto nivel de organización con la llegada del General Eduardo Arteta. “Encontró 52 Juntas Vecinales al asumir su puesto. Ahora hay 1200 juntas”, dice Lucy Morales, de la jurisdicción de Esperanza, en Bellavista, una integrante de dichas juntas vecinales. Arteta “devolvió la confianza de la población en la PNP”. Esta experiencia es una muestra de cómo los vecinos se sintieron fortalecidos con la llegada de un buen oficial, quien los respaldó y fortaleció la labor vecinal, dándoles el espacio y el lugar que les correspondía, brindándole todas las facilidades para su mejor desenvolvimiento en su trabajo diario. Trujillo es una ciudad que muchos pensaban que había sido tomada por la delincuencia. Sin embargo, las Juntas Vecinales, liderados por el General Arteta demostraron que es posible combatir a la delincuencia con la coordinación efectiva entre los vecinos y la Policía Nacional. •
Lamentablemente, como fuera denunciado oportunamente por IDLReporteros, esta experiencia fue cortada abruptamente por decisiones emanadas de las altas esferas del gobierno, lo cual ha propiciado, al menos en parte, que la situación de Trujillo en lo que respecta a la seguridad ciudadana haya empeorado
.
CAPITULO V
CONCLUSIONES
1. Entre las principales limitaciones que afectan y determinan esta problemática se encuentran el reducido número de personal que se dedica a la organización de esta actividad, la falta de apoyo logístico, la falta de motivación del personal policial, así como la ausencia de un marco normativo que respalde la función preventiva de seguridad policial en beneficio de la ciudadanía. 2.
La falta de motivación entre las actividades del binomio Comunidad - Policía Nacional, escasez de recursos existentes para superarla falta de comunicación fluida con la comunidad,
3
Se necesita modernizar a las juntas vecinales y departamentos encargados de la PNP, equipándola con tecnología y recursos logísticos adecuados a efecto de brindar un servicio de calidad y ampliar la cobertura adquiriendo modernos equipos de informática y comunicaciones.
4
La Sociedad Peruana se ha constituido en las últimas décadas, y sobre todo en los últimos años, en el escenario de fuertes desequilibrios económicos, políticos y sociales en Piura y a nivel nacional, aunado al incremento de la delincuencia en todas sus modalidades, en todos los estratos sociales y políticos, es así que se constituye en un espacio propicio para fenómenos
sociales como la violencia, y la agresión como pauta común de relación entre las personas. 5
Esta
coyuntura
especial
engendra
violencia,
donde
la
criminalidad, la falta de respeto a las autoridades, el desorden, constituyen sus principales formas de expresión, originando inseguridad de las libertades y derechos de los ciudadanos; precisando que si bien es cierto también lo constituye los delitos del crimen organizado secuestros, asaltos y robos, narcotráfico, etc, lo que causa mayor preocupación a la Sociedad, son los actos
constantes
de
arrebatos-asaltos-robos
al
paso,
microcomercialización de drogas, ocasionados por delincuentes comunes, así como por los niños pirañas. 6
Igual connotación presentan los actos de las pandillas y las barras bravas de jóvenes y adolescentes que se encuentran focalizados en diversas zonas marginales de Sullana y distritos, tanto en las zonas céntricas, como en zonas populosas, ocasionando un sin número de hechos delictivos.
7
Los esfuerzos permanente y abnegados desplegados por la PNP, en revertir los índices de inseguridad, no logran satisfacer los requerimientos de la Sociedad, esto debido básicamente por el déficit del personal policial que labora en las Oficinas de Participación Ciudadana, que refleja la carencia de suficiente recursos humanos en las Comisarías, lo que mengua la capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú, lo que ha motivado el desarrollo y el fortalecimiento de las empresas privadas de seguridad
CAPITULO VI
RECOMENDACIONES •
La Policía Nacional del Perú es una institución responsable de brindar servicios de seguridad a la comunidad; constituye el elemento fundamental que posee el Estado para proteger a las personas. Por tanto, es competencia de la PNP garantizar, mantener y restablecer el orden interno, así como organizar Juntas vecinales para brindar un mejor servicio de patrullaje a favor de la seguridad ciudadana.
•
Dada la complejidad de la violencia, no existe una solución única para combatirla, sino que es necesario una acción intersectorial.
•
Que, se replantee la lucha contra la violencia como una estrategia de Gobierno que a través de coordinaciones intersectoriales se le puede combatir con éxito.
•
La Policía Nacional del Perú, afronta un reto de trascendencia, para lograr recuperar la confianza ciudadana y retomar los espacios descuidados, como consecuencia del proceso de violencia que tuvo que combatir para restablecer el orden interno, necesita multiplicar sus acciones
y
consolidar
la
nueva
relación
ciudadano-policía,
replanteando un servicio de patrullaje, acorde con nuestros tiempos, con una flota de vehículos suficientes, supliendo la deficiencia de personal que tiene y con medios de comunicación necesarios.
•
Proseguir con la re-estructuración de la Administración del Personal Policial, para destinar un mayor número de efectivos policiales al servicio operativo real a la comunidad, que permitirá recuperar la imagen institucional de presencia policial en las zonas de alta presencia delincuencial en las calles y avenidas de la provincia de Sullana.
•
Que se continúe con la re-estructuración de la Administración de Personal Policial para destinar mayor número de efectivos policiales a las Comisarías y a las Unidades de Patrullaje Policial (SOES), a fin de re potenciar la operatividad policial en seguridad ciudadana en la Metrópoli de la provincia de Sullana de la mano con las Juntas Vecinales.
•
Efectuar agresivas campañas de promoción de los diversos programas de participación ciudadana que efectúa al respecto la PNP, a fin de fomentar su ejercicio, y lograr la adhesión de un mayor número de juntas vecinales.
•
Se sugiere la formación brigadas de patrullaje integrado por juntas vecinales, con la finalidad de motivar a la población a integrarse al trabajo de patrullaje comunal, invitándolos a participar de las operaciones policiales de patrullaje de tal forma que sean sus componentes quienes conduzcan las rutas del patrullaje previamente coordinado en las comisarías teniéndose presente que son ellos los que conocen mejor su problemática.
APORTES DEL ESTUDIO
Este tema desarrollado es importante porque nos permitirá tener un conocimiento más amplio de las leyes vigentes en relación a las Juntas vecinales su conformación, asi como información de Seguridad Ciudadana, esto nos permitirá estar actualizados, a la vez que nos servirá para realizar un mejor servicio a la comunidad, orientando de manera acertada a las persona que lo conforman .
La inseguridad ciudadana se percibe a través de los medios de comunicación social, los mismos que han generado un paradigma negativo de la función policial en la población, que muchas veces critica la falta de presencia policial no permiten el apoyo para trabajar dfe manera mancomunada con la sociedad.
Tenemos una realidad marcada por la inseguridad por la falta de prevención de toda la comunidad, sin embargo existen factores que también generan un bajo nivel de prevención conjunta entre la comunidad y la Policía Nacional. La falta de capacitación, deficiente apoyo logístico, falta de prevención comunal - policial, falta de iniciativa e innovación de las Comisarías, recargada labor administrativa, actitud importante de algunos efectivos policiales, originando todos estos factores y otros más, la falta de seguridad ciudadana para la población.
En cuanto a infraestructura, la distribución de los ambientes de la generalidad de comisarías a nivel de la Metrópoli de Piura, es inadecuado para la atención al público, así como para el óptimo desempeño del quehacer preventivo e investigativo.
Establecer un Sistema del prevención implementando los Planes Nacionales, reestructurando las actuales formas de financiamiento,
monitoreo, articulación y ejecución en la organización de Juntas vecinales.
BIBLIOGRAFIA y PÁGINAS WEB CONSULTADAS 1.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERU
2.
COMPENDIO: CONTIENE EN SU PRIMERA PARTE LA LEY Nº 27933 Y SU REGLAMENTO, EL PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA A CORTO PLAZO, LA DIRECTIVA QUE SEÑALA CRITERIOS PARA LA FORMULACIÓN DE PLANES LOCALES DE SEGURIDAD CIUDADANA; Y EN SU SEGUNDA PARTE, LAS
LEYES
DE
SEGURIDAD
CIUDADANA
PROMULGADAS POR EL GOBIERNO. 3.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA. LEY N° 27933. LEY DEL
SISTEMA
NACIONAL
DE
SEGURIDAD
CIUDADANA. 2000. 4.
COSTA,
GINO
Y
CASTILLO,
EDUARDO.
“LAS
COMISARÍAS POR DENTRO: UN ESTUDIO DE CASO EN LIMA METROPOLITANA”. MIMEO. LIMA. 1999. 5.
DEL GRANADO, JUAN. “REFORMA DEL ESTADO, SEGURIDAD CIUDADANA Y DERECHOS HUMANOS. PRIMERA EDICIÓN. LIMA PERÚ. 1999.
6.
FREIXES TERESA Y REMOTTI, JUAN CARLOS.- “LA CONFIGURACIÓN
CONSTITUCIONAL DE LA
SEGURIDAD CIUDADANA”. PÁGS. 15-42. “LEY DE SEGURIDAD
CIUDADANA”.
ANUARIO.
1922.
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BARCELONA-ESPAÑA. 1994. 7.
GIAMPIETRI,
LUIS.
“DOCUMENTO
SEGURIDAD CIUDADANA”. MIMEO. 1999.
SOBRE
8.
HADDAD, DAVID. PONENCIA: “LA DELINCUENCIA Y LA SEGURIDAD CIUDADANA”. MIMEO. 1998.
9.
LEY ORGÁNICA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ. LEY N° .27238. EDICIÓN OFICIAL. LIMA.- PERÚ. 2000.
10. MALPARTIDA MANSILLA, ALBERTO LUIS. “DERECHO DE
POLICÍA”.
2ª
EDICIÓN.
ANTECEDENTES:
R.D.N°0006-89-DGPNP-COAS.02ENE89.
FELICITADO
POR ESFUERZO INTELECTUAL. 11. FIORINI, BARTOLOMÉ “El Poder de Policía.
Teoría
Jurídica”. Editorial Alfa. Buenos Aires. Argentina. 12. QUISPE CORREA, ALFREDO. “ORDEN INTERNO, ORDEN
PÚBLICO,
SEGURIDAD
CIUDADANA”.
REVISTA DE DERECHO. VOX JURIS. UNIVERSIDAD SAN MARTÍN DE PORRES. AÑO 7. LIMA PERÚ. 1997. 13.
LEY N° 27933 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA EDICIÓN OFICIAL 2003
ANEXOS Anexo 01 ORGANIGRAMA
DIRPASEC. PNP DIVOCJJVV DIRTEPOL. PNP COORDINADOR NACIONAL DE JJVV
REGIONES PNP OPC REGIONAL
COORDINADOR REGIONAL DE JJVV
DIVISIONES PROVINCIALES PNP
OPC PROVINCIAL JEFATURAS DISTRITALES PNP
COORDINADOR PROVINCIAL DE JJVV
OPC DISTRITAL COMISARIAS PNP COORDINADOR DISTRITAL DE JJVV
DPTO. PREVENCION OPC Y PS
COORDINADOR DE COMISARIA COORDINADOR ZONAL DE JJVV
COORDINADOR ZONAL DE JJVV
COORDINADOR ZONAL DE JJVV
COORDINADOR DE JJVV COORDINADOR DE VECINO JJVV COORDINADOR DE VIGILANTE VECINO JJVV VIGILANTE VECINO VIGILANTE
COORDINADOR DE JJVV COORDINADOR DE VECINO JJVV COORDINADOR DE VIGILANTE VECINO JJVV VIGILANTE VECINO VIGILANTE
COORDINADOR DE JJVV COORDINADOR DE VECINO JJVV COORDINADOR DE VIGILANTE VECINO JJVV VIGILANTE VECINO VIGILANTE
Anexo Nº 02
MODELO DE ACTA DE CREACIÓN DE JUNTA VECINAL
-
1.
2. 3. 4. 5.
6.
En ……………………., siendo las …….. horas del día….. de……………… de 2012…., presentes: El Comisario, ……………… PNP .-…………… identificado con CIP. N° ………….. El Oficial Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social, Teniente PNP ……………………………………………………………. identificado con CIP. N° ……………….. EL Promotor Policial de Juntas Vecinales, SO…. PNP ……………………………..identificado con CIP N° …………………….. Y los abajo firmantes, Reunidos en la Comisaría de ………………………, se procedió a levantar la presente ACTA DE CREACIÓN DE LA JUNTA VECINAL DE LA CDRA…… DE LA AV. ………………… DE…………………………….Sullana, conforme se detalla: El Oficial Jefe de Oficina de Participación Ciudadana hizo conocer un diagnóstico de la situación. de la seguridad en la jurisdicción y de la necesidad que los vecinos se unan, para que con las autoridades locales y su Policía, contribuyan con información y en las actividades preventivas a mejorar los niveles de orden y seguridad en la comunidad. Los ciudadanos que participan, opinaron lo siguiente…………………… El Promotor Policial, procedió a dar lectura en la parte que respecta el contenido del Manual de Procedimientos para la Organización y Funcionamiento de las Juntas Vecinales promovidas por. la PNP. Habiendo consenso para la formación de la Junta Vecinal se procedió a su constitución por aclamación. El Comisario, entre los vecinos participantes procedió a la designación como Coordinador de la presente Junta Vecinal al Sr. ………………………………….., de ….. años de edad, identificado con DNI N° ……………………………. domiciliado en ………………………………………. N° ….. – Sullana. El Comisario felicitó a los presentes por sus altos valores cívicos, concluyó diciendo "que la población, sus autoridades locales y su Policía juntos lograremos una verdadera Seguridad Ciudadana" y procedió a declarar creada la Junta Vecinales de la ………………………………………………………………………Sullana.
Y para que conste se levanta la presente acta, la que será transcrita al Libro (o cuaderno) de Reuniones, siendo las 21:00 horas aproximadamente del día de la fecha, firmando al pie su conformidad los presentes: COMISARIO --------------------------Firma
--------------------------Firma
------------------Firma
--------------------------Firma
--------------------------Firma
------------------Firma
--------------------------Firma
--------------------------Firma
------------------Firma
--------------------------Firma
--------------------------Firma
------------------Firma
Anexo Nº 03
MODELO DE RESOLUCIÓN DE CREACIÓN DE LA JUNTA VECINAL --------------------------------------------------------------------------------------------------------
Resolución de la Comisaría N°.--Sullana, 12 de febrero de 2012. Visto, el Informe N° …………………….., de 10ENE12 en el que se da cuenta del término de la capacitación realizada por la PNP a los vecinos de la Calle………………………………………Sullana, mediante el cual se propone la creación de Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana. CONSIDERANDO: Que, el artículo N° 7, Numeral 3° de la Ley de la Policía Nacional del Perú N° 27238, del 21DIC99, establece como función de la PNP el garantizar la seguridad ciudadana. Capacita en esta materia a las entidades vecinales organizadas. Que, el artículo N° 17, inciso b de la Ley N° 27933 del 11FEB03 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala como una de las funciones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales, el promover la organización de las Juntas Vecinales de su jurisdicción. Que, el artículo N° 9 del Reglamento de la Ley de la PNP, indica como una de las funciones de la Policía Nacional, la de garantizar la seguridad ciudadana mediante acciones de prevención, investigación, apoyo, orientación y protección a la comunidad. Para tal fin, organiza y capacita a las entidades vecinales con el propósito de lograr su efectiva participación, manteniendo estrecha coordinación con las autoridades del lugar y otras organizaciones civiles. Que, los artículos N° 20 Y 26 en sus incisos "d" respectivamente del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala como funciones y atribuciones del Comité Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana el promover la organización y capacitación de las juntas vecinales de seguridad ciudadana que desarrollan la Oficina de Participación Ciudadana Vecinal del Municipio y/o las Oficinas de Participación Ciudadana de las Comisarías de su ámbito de competencia territorial, procurando que dichas
actividades son integradas. Asimismo en su artículo N° 21 inciso "b" del Jefe Provincial o Comisario Provincial y artículo 27 inciso "b" del Comisario Distrital, establece cómo una de sus funciones específicas la de organizar y capacitar a las juntas vecinales en aspectos de seguridad ciudadana, a través de la Oficina de Participación Ciudadana de la Comisaría y en estrecha coordinación con la Oficina de Asuntos Vecinales del Municipio. Que, de conformidad a lo dispuesto en el Manual de Procedimiento de Organización y Funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana Promovidas por la PNP. Lo propuesto por el Jefe de la Oficina de Participación Ciudadana de la Comisaría …………………………………………………….. SE RESUELVE: Artículo Único.- Reconocer la fecha de la presente Resolución como la de creación de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana de la ……………………………………………………………………Sullana, de la Comisaría PNP……………………………. Regístrese, Comuníquese y Archívese Firma y Post Firma del Comisario
Anexo Nº 04
MODELO DE RESOLUCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA VECINAL, PROMOVIDA POR LA PNP. -------------------------------------------------------------------------------------------------------Resolución de la Comisaría N°.-----Sullana, 19 de Marzo del 2012 Visto. el Informe N° ………………………., de 15MAR012en el que se da cuenta del término de la capacitación realizada por la PNP a los vecinos de la ……………………………………………………………Sullana, mediante el cual se propone la creación de Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana. CONSIDERANDO: Que, el artículo N° 7, Numeral 3° de la Ley de la Policía Nacional del Perú N° 27238, del 21DIC99, establece como función de la PNP el garantizar la seguridad ciudadana. Capacita en esta materia a las entidades vecinales organizadas. . Que, el artículo N° 17, inciso b de la Ley N° 27933 del 11FEBD3 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala como una de las funciones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales, el promover la organización de las Juntas Vecinales de su jurisdicción. Que, el artículo N° 9 del Reglamento de la Ley de la PNP, indica como una de las funciones de la Policía Nacional, la de garantizar la seguridad ciudadana mediante acciones de prevención, investigación, apoyo, orientación y protección a la comunidad. Para tal fin, organiza y capacita a las entidades vecinales con el propósito de lograr su efectiva participación, manteniendo estrecha coordinación con las autoridades del lugar y otras organizaciones civiles: Que, los artículos N° 20 Y 26 en sus ¡nasos "d" respectivamente del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala como funciones y atribuciones del Comité Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana el promover la organización y capacitación de las juntas vecinales de seguridad ciudadana que desarrollan la Oficina de Participación Ciudadana Vecinal del Municipio y/o las Oficinas de Participación Ciudadana de las Comisarías de su ámbito de competencia territorial, procurando que dichas actividades son integradas. Asimismo en su artículo N° 21 inciso "b" del Jefe Provincial o Comisario Provincial y artículo 27 inciso "b" del Comisario Distrital, establece como una de sus funciones específicas la de organizar y capacitar a las juntas vecinales en aspectos de seguridad ciudadana, a través de la Oficina de Participación Ciudadana de la Comisaría y en estrecha coordinación con la Oficina de Asuntos Vecinales del Municipio.
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Manual de Procedimiento de Organización y Funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana Promovidas por la PNP. Lo propuesto por el Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría ………………………………. SE RESUELVE: Artículo Único.- Reconózcase como integrantes de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana de la Mz. "S", del Asentamiento Humano ……………………………………………….. de la Comisaría PNP………………………………..a los siguientes ciudadanos: 01. ENEQUE AZABACHE Eugenio DNI N° …………………. 02. RIOS MIJA Rubí DNI N° ………………. (Siguen nombres) Regístrese, Comuníquese y Archívese. Firma y Post Firma del Comisario
Anexo Nº 05
MODELO DE RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE LOS COORDINADORES Resolución de la Comisaría N°.-----Sullana, 19 de Marzo del 2012 Visto, el Informe N° ……………………………., de 15MAR12 en el que se da cuenta del término de la capacitación realizada por la PNP a los vecinos de la Cuadra. ……………………………………………….Sullana, mediante el cual se propone la creación de Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana. CONSIDERANDO: Que, el artículo N° 7, Numeral 3° de la Ley de la Policía Nacional del Perú N° 27238, del 21 DIC99, establece como función de la PNP el garantizar la seguridad ciudadana.. Capacita en esta materia a las entidades vecinales organizadas. Que, el artículo N° 17, inciso b de la Ley N° 27933 del 11FEB03 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala como una de las funciones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales, el promover la organización de las Juntas Vecinales de Su jurisdicción. Que, el artículo N° 9 del Reglamento de la Ley de la PNP, indica como una de las funciones de la Policía Nacional, la de garantizar la seguridad ciudadana mediante acciones de prevención, investigación, apoyo, orientación y protección a la comunidad. Para tal fin, organiza y capacita a las entidades vecinales con el propósito de lograr su efectiva participación, manteniendo estrecha coordinación con las autoridades del lugar y otras organizaciones civiles. Que, los artículos N° 20 Y 26 en sus incisos "d" respectivamente del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala como funciones y atribuciones del Comité Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana el promover la organización y capacitación de las juntas vecinales de seguridad ciudadana que desarrollan la Oficina de Participación Ciudadana Vecinal del Municipio y/o las Oficinas de Participación Ciudadana de las Comisarías de su ámbito de competencia territorial, procurando que dichas actividades son integradas. Asimismo en su artículo N° 21 inciso "b" del Jefe Provincial o Comisario Provincial y artículo 27 inciso "b" del Comisario Distrital, establece como una de sus funciones específicas la de organizar y