TALLER DE LEGISLACION TRIBUTARIA
1. Qué es es la Renta Renta Líqu Líquida ida Art. Art. 178 La Renta Renta líquid líquida a está está consti constitui tuida da por por la renta renta bruta bruta menos las deducciones que tengan relación de causalidad con las actividades productoras de renta. La Renta Líquida es renta gravable y a ella se aplican las tarifas respectivas, salvo cuando existan rentas exentas, en cuyo caso se restan para determinar la renta gravable. 2. Indiqu Indique e como se deter determin mina a el valor valor de los ingres ingresos os en Especie Art. 29 El valo valorr de los los pago pagos s o abon abonos os en espe especi cie e que que sean sean constitutivos de ingresos, se determina por el valor comercial de las especies en el momento de la entrega. Si en el pago pago de oblig bligac acio ione nes s pact pactad adas as en dine dinero ro se die dieren ren espe especi cies es,, el valo valorr de esta estas s se dete determ rmin ina, a, salv salvo o pr prue ueba ba en contrario, por el precio fijado en el contrato. 3.
Cual es el térm Cual términ ino o de resi reside denc ncia ia en Colo Colomb mbia ia de un Extranjero a partir del cual debe pagar impuesto de renta y comp comple leme ment ntar ario ios s sobr sobre e su sus s bien bienes es habi habido dos s en el Exterior
Las personas naturales o jurídicas, con residencia o domicilio en el país país,, así así como como las las suce sucesi sion ones es indi indivi visa sas s y los los en ente tes s con con o sin sin pers person oner ería ía jurí jurídi dica ca,, paga pagará rán n el impu impues esto to sobr sobre e sus sus rent rentas as de fuente nacionales y sobre las de fuente extranjera provenientes de invers inversion iones es y ganan ganancia cias s financ financie ieras ras,, tales tales como como divide dividendo ndos s de acci accion ones es o inte intere rese ses s de pr prés ésta tamo mos s o de depó depósi sito tos s banc bancar ario ios, s, ganan ganancia cias s obten obtenida idas s en operac operacion iones es en bancos bancos o instit instituci ucione ones s financieras, bonos, cédulas, títulos de sociedades de capital, letras y otros valores mobiliarios o títulos del mercado de capitales. 4.
Son actividades que se encuentran exentos del impuesto de renta
Art. Art. 206 206 Está Están n gr grav avad ado os con con el impu impues esto to sobr sobre e la rent renta a y complementarios la totalidad de los pagos o abonos en cuenta provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria, con excepción de los siguientes:
• • • •
Las indemnizaciones por accidente de trabajo o enfermedad. Las indemnizaciones que impliquen protección a la maternidad. Lo recibido por gastos de entierro del trabajador. El auxilio de cesantía y los intereses sobre cesantías, siempre y cuando sean recibidas por trabajadores cuyo ingreso mensual promedio en los seis últimos meses de vinculación laboral no excedan de 350 unidades de valor Tributario (UVT).
5.
Cuando o en que momento se paga el impuesto de renta ocasionado como consecuencia de la enajenación de un bien inmueble.
6.
Que se entiende por hecho generador de la obligación tributaria
Es el hecho jurídico tipificado previamente en la ley, en cuanto síntoma o indicio de una capacidad contributiva y cuya realización determina el nacimiento de una obligación tributaria. Entiéndase por obligación tributaria como el vínculo jurídico que nace de un hecho, acto o situación, al cual la ley vincula la obligación del particular (persona física o jurídica) de pagar una prestación pecuniaria. Dicha ley tiene su fundamento en la potestad soberana del Estado, que acuerda a éste el derecho de imposición y de coerción. 7. Que se entiende por saneamiento de bienes raíces El saneamiento de bienes raíces a que hace referencia el artículo 80 de la Ley 223 de 1995, pues en el mencionado artículo se establece que las utilidades comerciales que se obtengan como resultado de la enajenación de bienes raíces a los que se les ajuste el costo fiscal al valor comercial, podrán ser distribuidas con el carácter de ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional. 8. Que se entiende por renta bruta Art. 89 La renta bruta esta constituida por la suma de los ingresos netos realizados en el año o período gravable que no hayan sido exceptuados expresamente en los art 36 a 57 y a 300 a 305. Cuando la realización de tales ingresos implique la existencia de costos, la renta bruta está constituida por la suma de dichos ingresos menos los costos imputables a los mismos. No todos los ingresos netos se afectan con costos, por consiguiente, son equivalentes a la renta bruta, como en el caso de los contribuyentes que no están obligados a formar inventarios
(empleados profesionales, comisionistas, etc) de las empresas que no produzcan ni transformen materia primas (instituciones de crédito, transportes, correos, etc.) y de los ingresos provenientes de capital (dividendos, participaciones, intereses, etc.). 9. Cuales actividades generan rentas brutas especiales Renta de los socios, accionistas o asociados
Art. 91 La parte gravable de los dividendos, participaciones o utilidades, abonados en cuenta en calidad de exigibles, conforme a lo previsto en los artículos 48 y 49, constituye renta bruta de los socios, accionistas, comuneros, asociados, suscriptores y similares, que sean personas naturales residentes en el país, sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes en el país o sociedades nacionales. Rentas pecuarias
Art. 92 Para efectos fiscales, se entiende por negocio de ganadería, la actividad económica que tiene por objeto la cría, el levante o desarrollo, la ceba de ganado bovino, caprino, ovino, porcino y de las especies menores; también lo es la explotación de ganado para la leche y lana. 10. Que se entiende por Patrimonios Autónomos Patrimonios Autónomos o también llamados sucesiones liquidas o herencias sin liquidar es cuando una persona muere pero antes ha ido a una fiducias y ha delegado cierta cantidad de dinero para una persona especifica y de este dinero le entreguen mensualmente la cantidad ya estipulada. 11. En Colombia de acuerdo con la ley Tributaria quienes son sujetos pasivos de la obligación tributaria. Art. 514 Son sujetos Pasivos de la obligación tributaria o de las sanciones las personas entidades como contribuyentes o responsables de la obligación o de la sanción. * Son contribuyentes las personas naturales o jurídicas, sus asimiladas, y las entidades públicas no exceptuadas expresamente, que intervengan como otorgantes, giradores, aceptantes, emisores o suscriptores en los documentos. Así mismo es contribuyente aquél a cuyo favor se expida, otorgue o extienda el documento.
* Son Responsables por el impuesto y las sanciones todos los agentes de retención, incluidos aquellos, que aún sin tener el carácter de contribuyentes, deben cumplir las obligaciones de estos por disposición expresa de la ley. 12.
Cuales son las deducciones legalmente aceptadas en el impuesto de venta
Art. 104 Se entienden realizadas las deducciones legalmente aceptables, cuando se paguen efectivamente en dinero o en especie o cuando su exigibilidad termine por cualquier otro modo que equivalga legalmente a un pago. Por consiguiente, las deducciones incurridas por anticipado solo se deducen en el año o periodo gravable en que se causen. 13. Relaciones las diferentes contribuciones del orden parafiscal que contempla la Legislación Colombiana. Art. 108 Para aceptar la deducción por salarios, los patronos obligados a pagar subsidio familiar y a hacer aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), Instituto de Seguros Sociales (ISS), y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), deben estar a paz y salvo por tales conceptos por el respectivo año o periodo gravable, para lo cual, los recibos expedidos por las entidades recaudadoras constituirán prueba de tales aportes. Los empleadores deberán además demostrar que están a paz y salvo con relación con el pago de los aportes obligatorios previstos en la ley 100 de 1993. Adicionalmente, para aceptar la deducción de los pagos correspondientes a descansos remunerados es necesario estar a paz y salvo en el SENA y las cajas de compensación familiar. 14.
Indique a la fecha de hoy la tarifa del impuesto de rentan para personas naturales y extranjeras residentes
Art. 241 El impuesto correspondiente a la renta gravable de las personas naturales colombianas, de las sucesiones de causantes colombianos, de las personas naturales extranjeras residentes en el país, de las sucesiones de causantes extranjeros residentes en el pais y de los bienes destinados a fines especiales, en virud de donaciones o asignaciones modales, es determinado en la tabla que contiene el presente articulo.
TABLA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS
Rangos en
Desde >0 >1090 >1700 >4100
15.
UVT
Hasta 1090 1700 4100 En adelante
Tarifa marginal
Impuesto
0% 19% 28% 33%
0 (Renta gravable o ganancia ocasional gravable expresada en UVT menos 1090 UVT)*19% ..menos 1700UVT)* 28% mas 116 UVT …menos 4100)*33% mas 788 UVT
Como se determina de acuerdo con la legislación Tributaria actual de Colombia la Base Gravable del impuesto de renta
Es el valor monetario o unidad de medida del hecho imponible sobre el cual se aplica la tarifa para establecer el valor monetario del crédito fiscal o valor cuantitativo del objeto de la obligación tributaria". Como ejemplo tenemos: en el impuesto sobre la renta la base gravable se obtiene de restar de los ingresos netos totales los costos de producción, las deducciones legales y, por último, las rentas exentas taxativamente señaladas por la ley. 16. Indique cuales son los ingresos constituir ganancias ocasionales
susceptibles
de
Utilidad en la enajenación de activos poseídos por más de dos años. Utilidad originada en la liquidación de una sociedad, con dos o más años de existencia. Herencias, legados y donaciones. Loterías, premios, rifas, apuestas y similares 17. Como se causa el impuesto de remesa •
•
• •
Se genera con el giro o transferencia al exterior, de renta o ganancias ocasionales de fuente nacional. El impuesto de remesas se causa en la transferencia al exterior de rentas o ganancias ocasionales. Art. 325 Las entidades encargadas de tramitar los giros o remesas al exterior de sumas que constituyan renta o ganancia ocasional deberán exigir que la declaración de cambios vaya acompañada de una certificación de revisor fiscal o contador publico, según el caso, en la cual conste el pago del impuesto de renta y de remesas, según corresponda, o de las razones por las cuales dicho pago no procede.
18.
Cuáles son de acuerdo con la obligaciones del agente retenedor
ley
Tributaria
las
Art. 375 Están obligados a efectuar la retención o percepción del tributo, los agentes de retención que por sus funciones intervengan en actos u operaciones en los cuales deben, por expresa disposición legal. Efectuar dicha retención o percepción. Art. 377 Las personas o entidades obligadas a hacer la retención, deberán consignar el valor retenido en los lugares y dentro de los plazos que para ral efecto señale el Gobierno Nacional. Art. 378 Los agentes de retención en la fuente deberán expedir anualmente a los asalariados, un Certificado de ingresos y Retenciones correspondientes al año gravable inmediatamente anterior, según el formato que prescriba la DIAN Art. 382 Los agentes de retención en la fuente deberán presentar declaración mensual de las retenciones que debieron efectuar el respectivo mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 604 al 606, inclusive. 19. Relacione las diferencias y semejanzas contribuyente y responsable 20. Indique que es y que funciones cumpla la DIAN
entre
La administración de los impuestos de renta y complementarios, de timbre nacional y sobre las ventas; los derechos de aduana y los demás impuestos internos del orden nacional cuya competencia no esté asignada a otras entidades del Estado, bien se trate de impuestos internos o al comercio exterior; así como la dirección y administración de la gestión aduanera, incluyendo la aprehensión, decomiso o declaración en abandono a favor de la Nación de mercancías, así como su administración y disposición. Igualmente, le corresponde el control y vigilancia sobre el cumplimiento del régimen cambiario en materia de importación y exportación de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas, financiación en moneda extranjera de importaciones y exportaciones, y subfacturación y sobrefacturación de estas operaciones. La dirección y administración de la gestión aduanera comprende el servicio y apoyo a las operaciones de comercio exterior, la aprehensión, decomiso o declaración en abandono de mercancías a favor de la Nación, su administración, control y disposición.
Le compete igualmente actuar como autoridad doctrinaria y estadística en materia tributaria, aduanera, y de control de cambios en relación con los asuntos de su competencia.
Dirección para repasar definiciones: http://www.dian.gov.co/content/defensoria/contenidos/glos a1.htm