LOS TRIBUTOS ADUANEROS. Los Tributos son las prestaciones en dinero que el Estado, en ejercicio de su poder de iperio, e!i"e con el objeto de obtener recursos para el cupliiento de sus #nes. Los tributos aduaneros son prestaciones pecuniarias e!i"idas por el estado, con oti$o de la reali%aci&n de operaciones aduaneras ' por la prestaci&n de ser$icios p(blicos in)erentes a la acti$idad aduanera. As* pues, no se destaca en el te!to de la de#nici&n, el #n #scal del tributo aduanero, en $irtud de que odernaente, se )a reconocido que el tributo, ' de+s re"ulaciones de car+cter aduanero deben estar diri"idos, preeinenteente, a un #n econ&ico instruento re"ulador del coercio e!terior-. Es iportante sealar que la e!presi&n /"ra$+enes aduaneros0 es epleada en nuestra le"islaci&n coo equi$alente a tributos aduaneros. 1uando se re#ere a /derec)o aduaneros0, le da un si"ni#cado +s aplio, abarcando a los ipuestos aduaneros, tasas aduaneras, penas pecuniarias, intereses oratorios, recar"os, derec)os copensatorios, derec)os DUMPING ' de+s cantidades le"alente e!i"ibles. Art. 2, 3 ' 24 LOA-. CLASIFICACION DE LOS TRIBUTOS ADUANEROS. ADUANEROS. E!iste una clasi#caci&n predoinante en la doctrina que di$ide al tributo en ipuestos, tasas ' contribuciones contribuci ones especiales, el 1OT en su art. 25 aco"e esta clasi#caci&n tripartita no obstante en cuanto a los tributos aduaneros se re#ere, solaente se distin"uen en la le"islaci&n aduanera dos de los sealados6 ipuestos aduaneros ' tasas aduaneras.
IMPUESTOS ADUANEROS. Se"(n el 1OT, ipuesto /es el tributo cu'a obli"aci&n tiene coo )ec)o "enerador una situaci&n independiente de toda acti$idad estatal relati$a al contribu'ente0. Los ipuestos Aduaneros son los tributos aduaneros, cu'a obli"aci&n se "enera por la reali%aci&n de una operaci&n aduanera iportaci&n, e!portaci&n o tr+nsito-. La separaci&n sur"e precisaente porque el )ec)o "enerador del ipuesto aduanero es la iportaci&n, e!portaci&n o tr+nsito de ercanc*as, ' el )ec)o "enerador de las tasas aduaneras es un ser$icio que presta el Estado e indi$iduali%able en el contribu'ente. contribu'ente. Clasifcación de los tri!tos ad!aneros7 ad!aneros 7 Art. 5, 89 al 8: LOA-
Ipuestos aduaneros7 Son tributos aduaneros, cu'a obli"aci&n se "enera por la reali%aci&n de una operaci&n aduanera iportaci&n, e!portaci&n, tr+nsito-. Todo ipuesto de aduanas es causado Art. 8: LOA-, siepre que cupla con las si"uientes condiciones7 • • • •
;aso de ercanc*as no personasA tra$
CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS ADUANEROS7 Si toaos el en=oque del )ec)o iponible tendr*aos la si"uiente clasi#caci&n7 Ipuestos de Iportaci&n, ipuestos de e!portaci&n e ipuestos de tr+nsito. Esto es si las ercanc*as in"resan al territorio aduanero, salen o circulan por el respecti$aente. Se"#n el ti$o de tari%a &!e las "ra'a Ipuestos ad$alore, ipuestos espec*#cos e ipuestos i!tos, si la tari=a toa coo base iponible el $alor, una edida del sistea LOA-. Si toaos el en=oque del )ec)o iponible tendr*aos la si"uiente clasi#caci&n7 Ipuestos de Iportaci&n, ipuestos de e!portaci&n e ipuestos de tr+nsito. Esto es si las ercanc*as in"resan al territorio aduanero, salen o circulan por el respecti$aente. Se"#n el ti$o de tari%a &!e las "ra'a 7 ipuestos ad$alore, ipuestos espec*#cos e ipuestos i!tos, si la tari=a toa coo base iponible el $alor, una edida del sistea LOA-.
TASAS ADUANERAS.
Se"(n el 1OT tasa es el tributo cu'a obli"aci&n tiene coo )ec)o "enerador la prestaci&n e=ecti$a o potencial de un ser$icio p(blico indi$iduali%ado en el contribu'ente. Su producto no debe tener un destino ajeno al ser$icio que constitu'e el presupuesto de la obli"aci&n. Art. 2: 1OT-.;odeos concluir que las tasas aduaneras son prestaciones pecuniarias e!i"idas por el
estado, coo consecuencia de la prestaci&n de un ser$icio $inculado a las acti$idades aduaneras e indi$iduali%able en el contribu'ente. 1LASI?I1A1ION DE LAS TASAS ADUANERAS. • • • • • •
@abilitaci&n. Ser$icios de Aduanas. Alacenaje. 1onsulta de 1lasi#caci&n arancelaria ' $aloraci&n de ercanc*as. Uso del sistea In=orati$o de la Adinistraci&n Aduanera Uso de edios, ecanisos o sisteas autoati%ados para la detecci&n ' $eri#caci&n de docuentos o de ercanc*as Arancel Aduanero7 Es el conjunto de tari=as o ipuestos que o#cialente se #jan a di$ersos bienes o ercanc*as que sean susceptibles de ser iportadas al territorio nacional o e!portadas del iso.
Arancel de Aduanas de ene%uela7 Es un listado sisteati%ado, basado en el sistea aroni%ado de desi"naci&n ' codi#caci&n de ercanc*as SA-, que contiene la noenclatura arancelaria, el r<"ien le"al ' tari=ario de las isas6 con objeto de ser$ir coo instruento re"ulador del 1oercio E!terior. ∞
FINES DE LOS TRIBUTOS ADUANEROS. Fines7 1uplen un objeti$o #scal para que el estado obten"an otros recursos #nancieros con el #n de cuplir con el "asto publico. Se utili%a con #nes proteccionistas de la industria nacional. ELEENTOS DE DETERINA1ION DE LOS TRIBUTOS ADUANEROS. La Base Iponible ' la Tari=a. La Base Iponible Representa la cuanti#caci&n del )ec)o iponible ' para deterinarla es necesario correlacionar el objeto de la iposici&n con el tipo de tari=a aplicable. Si la tari=a es ad $alore la base iponible es el $alor de la ercanc*a6 si la tari=a es especi#ca, entonces ser+ el peso, la capacidad o la lon"itud el arancel de aduanas indicara cual-6si la tari=a es i!ta, se cobinan el $alorcon una de las edidas del sistea