Monitoreo y Evaluación de la Calidad del Ruido
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INTRODUCCIÓN
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n los últimos años, la calidad ambiental en el Perú se ha convertido una permanente preocupación gubernamental con el objetivo de salvaguardar la salud. A través del Protocolo Nacional de Monitoreo de Ruido Ambiental, se han establecido los lineamientos y estrategias para alcanzar progresivamente progresivamente los estándares de calidad del aire. aire. El protocolo es usado por toda persona natural o jurídica pública o privada que desee realizar un monitoreo de ruido ambiental con fines de comparación con el Estándar Nacional de Calidad del Ruido, ya sea para la caracterización de línea base ambiental o para el seguimiento a un Plan de gestión de ruido. Por todo ello, las empresas hoy en día no pueden ignorar sus obligaciones medioambientales: la normativa. En la actualidad, el Perú cuenta con normas legales necesarias para garantizar que las actividades económicas se desarrollen en el país en equilibrio con el derecho de las personas a gozar de un ambiente sano. En la actualidad las organizaciones y municipalidades ya han empezado a trabajar en función a las normas legales y protocolos, por el bienestar general, con el objetivo de lograr un ambiente sano.
Dirección Académic Académica a
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MONITOREO Y EVALUACIÓN EVALUACIÓN DE LA L A CALIDAD DEL RUIDO OBJETIVO GENERAL
Brindar a los participantes las herramientas necesarias para la aplicación de protocolos de monitoreo de la calidad del ruido, así mismo los procedimientos legales en los monitoreos respectivos
UNIDADES TEMÁTICAS
Norma Legal; DECRETO SUPREMO Nº 085-2003-PCM y ordenanzas municipales.
Estándares Nacionales de calidad ambiental de ruido.
Evaluación de ruido. Ruido ambiental.
Sonómetro integrador clase 1 con protocolos de medición
Programa de monitoreo del ruido Ambiental.
Parámetros y criterios para el monitoreo del ruido
Municipalidad; Plan anual de evaluación y fiscalización ambiental Municipalidad Distrital.
Usos y aplicaciones de los Modelos de Dispersión del ruido
Modelaciones de ruido
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UNIDAD I NORMA LEGAL; DECRETO SUPREMO Nº 085-2003-PCM Y ORDENANZAS MUNICIPALES La presente norma establece los estándares nacionales de calidad ambiental para ruido y los lineamientos para no excederlos, con el objetivo de proteger la salud, mejorar la calidad de vida de la población y promover el desarrollo sostenible. El Decreto Supremo tiene el propósito de promover que las políticas e inversiones públicas y privadas contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida mediante el control de la contaminación sonora se tomarán en cuenta las disposiciones y principios de la Constitución Política del Perú, del Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y la Ley General de Salud, con especial énfasis en los principios precautorio, de prevención y de contaminador - pagador.
Zonas de aplicación de los estándares nacionales de calidad ambiental para ruido Para efectos de la presente norma, se especifican las siguientes zonas de aplicación: Zona Residencial, Zona Comercial, Zona Industrial, Zona Mixta y Zona de Protección Especial. Las zonas residencial, comercial e industrial deberán haber sido establecidas como tales por la municipalidad correspondiente.
De las zonas mixtas En los lugares donde existan zonas mixtas, el ECA se aplicará de la siguiente manera: Donde exista zona mixta Residencial - Comercial, se aplicará el ECA de zona residencial;
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Donde exista zona mixta Comercial - Industrial, se aplicará el ECA de zona comercial; Donde exista zona mixta Industrial - Residencial, se aplicará el ECA de zona Residencial; y Donde exista zona mixta que involucre zona Residencial - Comercial - Industrial se aplicará el ECA de zona Residencial. Para lo que se tendrá en consideración la normativa sobre zonificación.
Zonas de protección especial Zonas de protección especial y priorizar las acciones o medidas necesarias a fin de cumplir con el ECA establecido en el Anexo Nº 1 de la presente norma de 50 dBA para el horario diurno y 40 dBA para el horario nocturno
Zonas críticas de contaminación sonora Las municipalidades provinciales en coordinación con las municipalidades distritales identificarán las zonas críticas de contaminación sonora ubicadas en su jurisdicción y priorizarán las medidas necesarias a fin de alcanzar los valores establecidos en el Anexo Nº 1.
Los instrumentos de gestión Con el fin de alcanzar los ECAs de Ruido se aplicarán, entre otros, los siguientes Instrumentos de Gestión, además de los establecidos por las autoridades con competencias ambientales: 1. Límites Máximos Permisibles de emisiones sonoras; 2. Normas Técnicas para equipos, maquinarias y vehículos; 3. Normas reguladoras de actividades de construcción y de diseño acústico en la edificación; 4. Normas técnicas de acondicionamiento acústico para infraestructura vial e infraestructura en establecimientos comerciales; 5. Normas y Planes de Zonificación Territorial; 6. Planes de acción para el control y prevención de la contaminación sonora; 7. Instrumentos económicos; 8. Evaluaciones de Impacto Ambiental; y, 9. Vigilancia y Monitoreo ambiental de Ruido. 8
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De conformidad con el Reglamento Nacional para la aprobación de Estándares de Calidad Ambiental y Límites Máximos Permisibles, aprobado por Decreto Supremo Nº 044-98-PCM, se procederá a revisar y adecuar progresivamente los Límites Máximos Permisibles existentes, tomando como referencia los estándares establecidos en el Anexo Nº 1 de la presente norma. Los Límites Máximos Permisibles que se dicten con posterioridad a la presente norma deberán regirse por la misma referencia.
De los plazos para alcanzar En las zonas que presenten A (LAeqT) superiores a los valores establecidos en el ECA, se deberá adoptar un Plan de Acción para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora que contemple las políticas y acciones necesarias para alcanzar los estándares correspondientes a su zona en un plazo máximo de cinco (5) años contados desde la entrada en vigencia del presente Reglamento. Estos planes serán elaborados de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 del presente Reglamento. El plazo para que aquellas zonas identificadas como de protección especial alcancen los valores establecidos en el ECA, será de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la publicación de la presente norma. El plazo para que aquellas zonas identificadas como de críticas alcancen los valores establecidos en el ECA, será de cuatro (04) años, contados a partir de la publicación de la presente norma Del Proceso de Aplicación de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para
Ruido - Gestión ambiental de ruido Planes de Acción para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora Las municipalidades provinciales en coordinación con las municipalidades distritales, elaborarán planes de acción para la pre vención y control de la contaminación sonora con el objeto de establecer las políticas, estrategias y medidas necesarias para no exceder los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental de Ruido. Las municipalidades distritales emprenderán acciones de acuerdo con los lineamientos del Plan de Acción Provincial. Asimismo, las municipalidades provinciales deberán establecer los mecanismos de coordinación interinstitucional necesarios para la ejecución de las medidas que se identifiquen en los Planes de Acción 9
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Lineamientos generales Los Planes de Acción se elaborarán sobre la base de los principios establecidos en el artículo 2 y los siguientes lineamientos generales, entre otros: a. Mejora de los hábitos de la población; b. Planificación urbana; c. Promoción de barreras acústicas con énfasis en las barreras verdes; d. Promoción de tecnologías amigables con el ambiente; e. Priorización de acciones en zonas críticas de contaminación sonora y zonas de protección especial; y, f.
Racionalización del transporte.
Verificación de equipos de medición El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI es responsable de la verificación de los equipos que se utilizan para la medición de ruidos. La calibración de los equipos será realizada por entidades debidamente autorizadas y certificadas para tal fin por el INDECOPI.
Artículo 16.- De la aplicación de sanciones por parte de los municipios Las municipalidades provinciales deberán utilizar los valores señalados en el Anexo Nº 1 responsables de la contaminación sonora y aplicar, de ser el caso, las sanciones correspondientes. Dichas normas deberán considerar criterios adecuados de asignación de responsabilidades, así como definir las sanciones dentro del marco establecido por el Decreto Legislativo Nº 613 - Código del Ambiente y Recursos Naturales. También pueden establecer prohibiciones y restricciones a las actividades generadoras de ruido, respetando las competencias sectoriales. En el mismo sentido, se podrá establecer disposiciones especiales para controlar los ruidos, que por su intensidad, tipo, duración o persistencia, puedan ocasionar daños a la salud o tranquilidad de la población, aun cuando no superen los valores establecidos en el Anexo Nº 1.
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Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) El INDECOPI, en el marco de sus funciones, tiene a su cargo las siguientes: a. Aprobar las normas metrológicas relativas a los instrumentos para la medición de ruidos; b. Calificar y registrar a las instituciones públicas o privadas para que realicen la calibración de los equipos para la medición de ruidos.
De los Ministerios Las Autoridades Competentes señaladas en el artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 757, sin perjuicio de las funciones legalmente asignadas, serán responsables de: a. Emitir las normas que regulen la generación de ruidos de las actividades que se encuentren bajo su competencia; y, b. Fiscalizar el cumplimiento de dichas normas, pudiendo encargar a terceros dicha actividad.
De las Municipalidades Provinciales Las Municipalidades Provinciales, sin perjuicio de las funciones legalmente asignadas, son competentes para: a. Elaborar e implementar, en coordinación con las Municipalidades Distritales, los planes de prevención y control de la contaminación sonora, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 del presente Reglamento; b. Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones dadas en el presente Reglamento, con el fin de prevenir y controlar la contaminación sonora; c. Elaborar, establecer y aplicar la escala de sanciones para las actividades reguladas bajo su competencia que no se adecuen a lo estipulado en el presente Reglamento; d. Dictar las normas de prevención y control de la contaminación sonora para las actividades comerciales, de servicios y domésticas, en coordinación con las municipalidades distritales; y, e. Elaborar, en coordinación con las Municipalidades Distritales, los límites máximos permisibles de las actividades y servicios bajo su competencia, respetando lo dispuesto en el presente Reglamento.
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Artículo 24.- De las Municipalidades Distritales Las Municipalidades Distritales, sin perjuicio de las funciones legalmente asignadas, son competentes para: a. Implementar, en coordinación con las Municipalidades Pro vinciales, los planes de prevención y control de la contaminación sonora en su ámbito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 del presente Reglamento; b. Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones dadas en el presente reglamento con el fin de prevenir y controlar la contaminación sonora en el marco establecido por la Municipalidad Provincial. c. Elaborar establecer y aplicar la escala de sanciones para las actividades reguladas bajo su competencia que no se adecuen a lo estipulado en el presente Reglamento en el marco establecido por la Municipalidad Provincial correspondiente.
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UNIDAD II ESTÁNDARES NACIONALES DE CALIDAD AMBIENTAL DE RUIDO Protocolo nacional de monitoreo de ruido ambiental El Ministerio del Ambiente es el organismo rector del sector ambiental, forma parte del poder Ejecutivo y tiene por función desarrollar, dirigir, supervisar y ejecutar la política nacional del ambiente, aplicable a todos los niveles de gobierno y en el marco del Sistema nacional de Gestión Ambiental. Como parle de los lineamientos de la Política de Calidad del Aire comprendidos en el eje de Política N° 02 “Gestión Integral de la calidad ambiental”, la autoridad deberá impulsar mecanismos técnico normativos para la vigilancia y control de la contaminación sonora. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo l33° de la Ley General del Ambiente, Ley N” 28611, la importancia de manejar instrumentos de vigilancia y monitoreo eficientes radica en que la información obtenida puede orientar la adopción de medidas que aseguren el cumplimiento de los objetivos de la política y normativa ambiental. Por tal razón, la autoridad ambiental nacional será la encargada de establecer los criterios para el desarrollo de las acciones de vigilancia y monitoreo_ Mediante Decreto Supremo No 085-2003-PCM se aprobaron los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, con el objetivo de establecer los niveles máximos de ruido en el ambiente que no deben excederse para proteger la salud humana. El artículo 14’de la referida norma establece que la vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora en el ámbito local es una actividad a cargo de las municipalidades provinciales y distritales de acuerdo a sus competencias, sobre la base de los lineamientos que establezca el Ministerio de Salud. No obstante lo anterior, a la fecha no existe ninguna norma de observancia obligatoria que determine cómo realizar un monitoreo de calidad ambiental para ruido. Actualmente se cuenta con dos (02) Normas Técnicas Peruanas (NTPS), en adelante NTPs, emitidas por INDECOPI: a. NTP-1SO1996- l:2007. b. NTP-1SO1996-2:2008. 13
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Objetivo del protocolo nacional de ruido El objetivo del Protocolo Nacional de Ruido es establecer las metodologías, técnicas y procedimientos (desde el diseño del plan de monitoreo) que se deben considerar para tener un monitoreo de ruido ambiental técnicamente adecuado El alcance del Protocolo es nacional, y debe ser usado por toda persona natural o jurídica pública o privada que desee realizar un monitoreo de ruido ambiental con fines de comparación con el Estándar Nacional de Calidad Ambiental de Ruido, ya sea para la caracterización de línea base ambiental o para el seguimiento a un plan de gestión de ruido. El Protocolo Nacional de Ruido se constituye en un documento importante para la gestión ambiental realizada por el Ministerio del Ambiente, ya que al uniformizar la información obtenida, podrá ser utilizada como base para orientar la adopción de medidas que cumplan con lo establecido en la normatividad urgente y en la política nacional en materia de ruido.
Base Legal Decreto Supremo N” 085-2003-PCM, Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, norma que establece los estándares nacionales de calidad ambiental para ruido y los lineamientos para no excederlos, con el objetivo de proteger la salud, mejorar la calidad de vida de la población y promover el desarrollo sostenible. •
•
La NTP 1996-1;2007, descripción, medición y evaluación del ruido ambiental. Parle 1: Índices básicos y procedimiento de evaluación. La NTP 1996-2:2008, descripción, medición y evaluación del ruido ambiental. Parte 2: Determinación de los niveles de ruido ambiental. Dichas normas técnicas peruanas no son de cumplimiento obligatorio, lo cual denota un vacío legal respecto de las metodologías generales de monitoreo del ruido en el país.
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UNIDAD III EVALUACIÓN DE RUIDO. RUIDO AMBIENTAL La evaluación del Ruido implica realizar una serie de datos que siguen una coherencia en el orden, pudiendo ser la siguiente: 1. El ambito de intervención 2. Ubicación de los puntos de monitoreo; donde se detallan los puntos, descripción de la ubicación de cada uno de ellos, la hora de inicio de la toma del dato 3. Equipos de medición utilizado; pueden ser: Sonómetro Integrador-Promediador Tipo I, Calibración en campo del Sonómetro Tipo I, entre otros, que se encuentren acorde con lo establecido mediante Decreto Supremo N° 085-2003-PCM. 4. Resultados; Los resultados obtenidos luego del procesamiento y análisis de la información para cada punto son evaluados, se adjuntan sus cuadros con sus respectivos datos, para finalmente llear a la Conclusión. 5. La Conclusión; se coloca la fecha de la evaluación de los puntos monitoreados y se describen los niveles de reuido obtenidos, durante la evaluación, estos datos son comparados con la Ordenanza Municipal si lo hubiera y con el D.S N° 0852003-PCM “Reglamento de Estándares, Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido”, también se puede utilizar la Resolución Ministerial N° 227-2013-MINAM. 6. Las Recomendaciones; De acuerdo a los resultados obtenidos, se realizan las recomendaciones en el sector donde se realizo el monitoreo. 7. Anexos; Donde se muestran cada gráfico, con su ubicación y valor obtenido. Tambien se muestran las fotos obtenidas.
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UNIDAD IV SONÓMETRO INTEGRADOR CLASE 1 CON PROTOCOLOS DE MEDICIÓN
Dentro de las Emisiones Atmosféricas se encuentran la generación de ruido, que se genera en los procesos o subprocesos del proyecto, siendo necesario que la organización indique que fuentes son de generación de los ruidos y el cual es proceso que se seguirá para prevenir que se generen y/o minimizarlos. En la Generación de Vibraciones es importante señalar si se generará vibraciones en los procesos y subprocesos del proyecto, indicando las fuentes de generación, su intensidad, duración y alcance probable Señalar los mecanismos para tratar las vibraciones. El Sonómetro es un instrumento normalizado que se utiliza para medir los niveles de presión sonora.
El Sonómetro Integrador Son sonómetros que tienen la capacidad de poder calcular el nivel continuo equivalente LAeqT., e incorporan funciones para la transmisión de datos al ordenador, cálculo de percentiles, y algunos análisis en frecuencia. Para realizar mediciones del nivel de la presión sonora se realizan mediciones del Nivel de Presión Sonora (NPS) en dB(A) lento, registrándose de acuerdo al caso niveles mínimos/máximos. En la mayoría de casos las mediciones en Perú se llevan a cabo usando un sonómetro integrador marca Larson Davis, modelo LXT, tipo I y II según IEC 61672-1:2002 y con calibración vigente, de acuerdo con los requerimientos del D.S. Nº 085-2003-PCM. De acuerdo a la Resolución Ministerial N° 227-2013-MINAM, La ubicación del punto de monitoreo e instalación de sonómetro se encuentra en el ANEXO 1. 16
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UNIDAD V
PROGRAMA DE MONITOREO DEL RUIDO AMBIENTAL La Ley General del Ambiente Ley N° 28611, en su artículo 133o señala la importancia de manejar instrumentos de vigilancia y monitoreo eficientes radica en que la información obtenida puede orientar la adopción de medidas que aseguren el cumplimiento de los objetivos de la política y normativa ambiental. Por tal razón, la autoridad ambiental nacional será la encargada de establecer los criterios para el desarrollo de las acciones de vigilancia y monitoreo.
Programa de monitoreo del ruido Un programa de monitoreo es la actividad de proponer una metodología de medición indicando a lo menos la espacialidad, temporalidad y obtención de resultados. Es por esto que para cada zona o uso de suelo se proponen realizar mediciones en base a la normativa internacional “ISO 1996- 1, 2:82/87: Acústica - Descripción y mediciones de ruido ambiental”. Obteniendo los siguientes parámetros o descriptores, de cada medición a realizar: •
•
Nivel continuo equivalente (Leq); Nivel de presión sonora máximo (Lmax) y Nivel de presión sonora mínimo (Lmin), además se debe determinara el contenido espectral en las bandas de octava y el percentil sonoro (L90), en los horarios diurno y nocturno para cada punto de medición realizado.
Periodo de medición será de 15 minutos por cada punto de medición, donde se registrarán 15 mediciones de 1 minuto cada una.
Por otra parte, el instrumento de medición utilizado se deberá ubicar a 1.5 metros de su eje vertical (piso) y a no menos de 1.2 metros de cualquier superficie reflectante en su eje horizontal (paredes, muros, ventanas). 17
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Efecto de la vigencia de la Norma Resolución Ministerial N° 227-2013 - MINAM La presente iniciativa no deroga ni modifica dispositivo legal alguno de nuestro ordenamiento jurídico; por el contrario es congruente con la Constitución Política del Perú, la Política Nacional del Ambiente y la Ley General del Ambiente. Esta propuesta busca establecer fas metodologías, técnicas y procedimientos (desde el diseño del plan de monitoreo) que se deben considerar para tener un monitoreo de ruido ambiental técnicamente adecuado y cuyo alcance es nacional.
Monitoreo de ruido ambiental El monitoreo de ruido ambiental es la medición del nivel de presión sonora generada por las distintas fuentes hacia el exterior. En función al tiempo que se da pueden ser estables, fluctuantes, intermitentes e impulsivos en un área determinada. Existen tres tipos de ponderación de frecuencia correspondientes a niveles de alrededor de 40 dB. 70 dB y 100 dB’ llamadas A, B y c respectivamente. La ponderación a se aplicaría a los sonidos de bajo nivel, la 8 a los de nivel medio y va c a los de nivel elevado (ver figura). El resultado de una medición efectuada con la red de ponderación A se expresa en decibeles Á, abreviados dBA o algunas veces dB(A), y análogamente para las otras. Ver figura N° 1. Para efectos de la aplicación del presente protocolo, el monitoreo del ruido ambiental deberá utilizar la ponderación A con la finalidad de comparar los resultados con el ECA Ruido vigente. Ver anexo 2 - Fuente: DECRETO SUPREMO Nº 085-2003-PCM. Ver anexo 3 - Metodología de Monitoreo.
Ejemplo de estudio de evaluación de los niveles de ruido ambiental en tres localidades del perú – klepel consulting El instrumento de medición utilizado se ubicó a 1.5 metros de su eje vertical (piso) y a no menos de 1.2 metros de cualquier superficie reflectante en su eje horizontal (paredes, muros, ventanas). Las mediciones se llevaron a cabo usando un sonómetro integrador marca Larson Davis, modelo LXT, tipo I y II según IEC 61672-1:2002 y con calibración vigente, de acuerdo con los requerimientos del D.S. Nº 085-2003-PCM.
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En el Anexo 7.6 se detalla el instrumental utilizado y los certificados de calibración de los equipos empleados para las mediciones en campo y en el anexo 7.3 se describen las normas de referencia de las metodologías de medición y certificados de calibración. Por otra parte, en la tabla III-13, se indican los días y horarios en que se realizaron las mediciones de ruido para cada zona y ciudad. Las mediciones se llevarán a cabo usando un sonómetro integrador tipo I y/o tipo II según IEC 61672-1:2002 y con calibración vigente, de acuerdo con los requerimientos del D.S. Nº 085-2003-PCM. Para realizar un correcto plan de monitoreo se le recomienda a los organismos competentes el tomar en cuenta las siguientes actividades: 1. Identificar los puntos de medición, donde se puedan apreciar claramente la existencia de la zona a evaluar. 2. Realizar una distribución de puntos tipo “damero o tablero de ajedrez” que sean equidistantes unos de otros, evitando escoger las esquinas o cruces de calles. 3. Monitorear actividades que sean representativas de las zonas y no factores anómalos como por ejemplo, ladridos de perro a menos de 1 m de distancia o el paso de una ambulancia por el punto de medición, entre otros. 4. Todas las mediciones realizadas en un punto, en horario diurno, deben realizarse en horario nocturno en el mismo día, para así evitar que cambien considerablemente los factores influyentes en la medición. 5. En caso de requerirse, se pueden realizar mediciones los fines de semana, donde deben tomar en consideración que las mediciones realizadas los fines de semana no representan el real funcionamiento de una zona u actividad, salvo en locales como discoteques donde estos generalmente desarrollan su actividad en esos días. Los factores de temporalidad se comentaran en cada zona, pero cabe destacar que la cantidad de muestra y tiempo de ejecución de los mismos dependen exclusivamente de los objetivos que los organismos competentes necesiten, así como de la capacidad técnica – humana que estos posean.
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Zona industrial Esta consta de la subdivisión del uso de suelo de la zona industrial, donde se propuso lo siguiente: •
Zona industrial exclusiva.
•
Zona industrial inofensiva.
Para el caso de una zona industrial exclusiva, generalmente no existen grandes variaciones en su producción ni estacionariamente (invierno – verano) ni entre semanas (días hábiles y días festivos), ya que es muy estable en su producción. Por otra parte la zona industrial inofensiva si presenta temporalidades invierno-verano, así como semana fin de semana, ya que generalmente este pido de industrial son de una producción menor pudiendo verse incrementada en algunos meses del año.
Zona comercial Las zonas comerciales formales, ya que es imposible determinar el estado de zonas comerciales informales como puestos en las aceras de las calles o carros de venta informal de especies, entre otros. Tiene un comportamiento homogéneo ya que estas zonas están abiertas al público toda la semana incluyendo los fines de semana, la variabilidad que presentan estas zonas corresponde a fuentes móviles y peatones circulantes, los cuales no pueden evaluarse como fuentes de ruido ya que hasta ahora no existe un tipo de normativa que regule este tipo de fuente móviles ni a las personas por lo que no se puede asociar esta problemática a los locales comerciales, es debido a esto que es importante a la hora de medir el nivel de ruido existente en la zona tener en cuenta lo siguiente: 1. En caso de evaluar ruido ambiental: se debe medir el ruido intentando no individualizar la fuente es decir captar lo que un oído humano capta al cruzar por esa zona. 2. En caso de evaluar el nivel de emisión de locales comerciales: se debe individualizar la fuente de ruido es decir esta medición no debe verse afectada por el tránsito peatonal, pregoneros ni tránsito vehicular, entre otros La zona comercial está separada en: •
•
Zona comercial con escalamiento comunal Zona comercial con escalamiento vecinal
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Y de igual forma que para la zona industrial es necesario realizar mediciones que interpreten de buena manera la zona a evaluar y que además estén sujetos a la realidad de esta zona, es decir no se puede evaluar de igual manera a una zona donde exista una calle con comercio o un centro comercial, con zonas donde existan locales vecinales y/o negocios que no generan un gran impacto acústico en las zonas.
Zona Residencial Si bien la zona residencial no presento en ningún caso una problemática importante en las mediciones realizadas para la elaboración de este informe técnico, es necesario determinar zonas de residenciales que estén siendo afectadas por problemas de ruido, especialmente se dará esta situación en los límites de la zona residencial con alguna otra zona como comercial y/o industrial. Es importante recordar que la normativa nacional vigente de ruido si bien mide la emisión de ruido la evaluación se realiza a la inmisión de ruido, es decir se evalúa a quien afecta y no a quien produce el ruido. Por lo tanto un correcto plan de monitoreo para esta zona sería el realizar mediciones en los límites de esta zona con alguna zona o uso de suelo que posea límites permisibles mayores que los permitidos en una zona residencial.
Zona de Protección Especial Las zonas de protección especial, tienen como necesidad el catastrar todas las zonas de protección especial y separarlas por afección de contaminación acústica, es decir: •
Zonas de protección especial silenciosas
•
Zonas de protección especial
El realizar este catastro y poder cambiar la clasificación dentro de esta zona es vital para tomar medidas serias en lo que respecta a la contaminación acústica. Además es absolutamente necesario evaluar junto con vialidad o ministerios de transporte las medidas de control de ruido a implementar. Respecto del plan de monitoreo, es necesario realizar monitoreo de manera esporádica pero continua (1 vez al mes), para así poder ajustar los flujos vehiculares y la variabilidad de la contaminación de ruido, lo cual nos permitirá al largo plazo determinar cuáles serían las mejores medidas de control de ruido a implementar y en caso de que las acciones correctivas hayan sido implementadas, nos permitirá evaluar la eficiencia de estas medidas 21
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UNIDAD VI PARÁMETROS Y CRITERIOS PARA EL MONITOREO DEL RUIDO El artículo 31° de la Ley No 28611, define al Estándar de Calidad Ambiental (ECA) como la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el aire, agua o suelo en su condición de cuerpo receptor, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni al ambiente. El ECA es obligatorio en el diseño de las normas legales y las políticas públicas; así como referente obligatorio en el diseño y aplicación de todos los instrumentos de gestión ambiental. Mediante Decreto Supremo N” 085-2003-PCM, se aprobó el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, con el objetivo de establecer los niveles máximos de ruido en el ambiente que no deben excederse , a fin de proteger la salud, mejorar la calidad de vida de la población y promover el desarrollo sostenible. El Nivel de Presión Sonora Continuo Equivalente con ponderación A (LAeqT), Es el nivel de presión sonora constante, expresado en decibeles A, que en el mismo intervalo de tiempo (T), contiene la misma energía total que el sonido medido. De acuerdo a los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, Los Estándares Primarios de Calidad Ambiental (ECA) para Ruido establecen los niveles máximos de ruido en el ambiente que no deben excederse para proteger la salud humana. Dichos ECA’s consideran como parámetro el Nivel de Presión Sonora Continuo Equivalente con ponderación A (LAeqT) y toman en cuenta las zonas de aplicación y horarios, que se establecen en el Anexo Nº 1 de la norma (DECRETO SUPREMO Nº 085-2003-PCM). De acuerdo a la Resolución Ministerial N° 227-2013-MINAM, Los parámetros de ruido ambiental son aquellos que describen el ruido en cantidades físicas, entre las cuales tenemos: Ver anexo 4 – Nivel de presión sonora equivalente.
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Vigilancia de la contaminación sonora La vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora en el ámbito local es una actividad a cargo de las municipalidades provinciales y distritales de acuerdo a sus competencias, sobre la base de los lineamientos que establezca el Ministerio de Salud. Las Municipalidades podrán encargar a instituciones públicas o privadas dichas actividades. Los resultados del monitoreo de la contaminación sonora deben estar a disposición del público. El Ministerio de Salud a través de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) realizará la evaluación de los programas de vigilancia de la contaminación sonora, prestando apoyo a los municipios, de ser necesario. La DIGESA elaborará un informe anual sobre los resultados de dicha evaluación.
Ministerio de Salud El Ministerio de Salud, sin perjuicio de las funciones legalmente asignadas, tiene las siguientes: a. Establecer o validar criterios y metodologías para la realización de las actividades contenidas en el artículo 14 del presente Reglamento; y, b. Evaluar los programas locales de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora, pudiendo encargar a instituciones públicas o privadas dichas acciones. El Ministerio de Salud, a través de la DIGESA, desarrollará en un plazo no mayor de un (1) año los Lineamientos (criterios y metodologías) para la realización de la Vigilancia y Monitoreo de la contaminación sonora La DIGESA del Ministerio de Salud podrá dictar mediante resoluciones directorales disposiciones destinadas a facilitar la implementación de los procedimientos de medición y monitoreo previstos en la presente norma, incluyendo las disposiciones para la utilización de los equipos necesarios para tal fin.
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UNIDAD VII MUNICIPALIDAD; PLAN ANUAL DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL Plan anual de evaluacion y fiscalizacion ambiental (PLANEFA) 2013 gerencia de gestión ambiental y ornato municipalidad de Barranco (ver anexo 5).
UNIDAD VIII USOS Y APLICACIONES DE LOS MODELOS DE DISPERSIÓN DEL RUIDO Modelos de dispersión del ruido De acuerdo a la Resolución Ministerial N° 227-2013-MINAM, el mapa de ruido es la representación cartográfica de los niveles de presión sonora existentes en una zona concreta y en un periodo determinado. La utilidad del mapa de ruido es determinar la exposición de la población al ruido ambiental, para así adoptar los planes programas necesarios para prevenir y reducir el ruido ambiental y, en particular, cuando los niveles de exposición puedan tener efectos nocivos en la salud humana. El término general de mapas de ruido se suele utilizar para referirse a mapas horizontales de líneas isofónicas a cierta altura del suelo. El nivel al que se refieren las líneas isofónicas suele ser un nivel sonoro continuo equivalente. Los mapas de ruido pueden ser además generales o específicos sobre una o varias fuentes determinadas. Los mapas urbanos serían del primer tipo, mientras que es frecuente realizar mapas específicos del entorno de las carreteras, de los ferrocarriles, de los aeropuertos, de canteras, zonas recreativas, zonas de obra, zonas industriales. Para la elaboración de un mapa de ruido es necesario determinar en primer lugar las características del mapa que se desea obtener, las cuales se pueden resumir en las siguientes: •
General o específico para una fuente. 24
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•
Anotaciones
Ámbito del mapa y altura sobre el suelo.
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Escala de trabajo y precisión de los datos.
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Índices acústicos e información reflejados en el mapa.
Una vez determinados estos aspectos, se deberá elegir la forma de abordar la elaboración de un mapa de ruido, las cuales pueden ser las siguientes:
Por Muestreo: Es la técnica que se ha venido utilizando habitualmente a la hora de estudiar la contaminación por ruido en grandes áreas o núcleos urbanos. La metodología se basa en la realización de una serie de mediciones directas del ruido en un periodo largo de tiempo, utilizando retículas de determinados tamaños mediante un procedimiento de muestreo. Para la elaboración de mapas con esta técnica, se consideran las siguientes metodologías: •
•
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La metodología de cuadrícula o rejilla, qué consiste en di vidir la zona bajo estudio mediante una rejilla de distancia fija y realizar la medida en las intersecciones de la rejilla. Las distancias habitualmente utilizadas mediante este método pueden oscilar entre los 50 y los 300 metros, en función a la dimensión del área bajo estudio. La metodología de vías o tráfico, que consiste en realizar una categorización de las vías y monitorear distintos puntos de ella, asumiendo que vías de la misma categoría emiten similares niveles de ruido. La metodología del muestreo de zonas específicas, que sirve cuando el muestreo por cuadrículas o rejillas es insuficiente porque no evalúa un ruido específico, como el ruido de entretenimiento nocturno. La metodología del muestreo en función a los usos del suelo, que considera las categorías de planificación territorial existentes: uso comercial, uso residencial, etc. La metodología de zonas aleatorias, cuando no es posible establecer cuadrículas o rejillas, zonas viales o de tráfico, o cuando no hay zonas específicas donde se concrete el ruido.
Ver anexo 6 – gráficas a manera de ejemplo.
Una vez analizado todo lo anterior, del conjunto de las fuentes y las zonas representativas, se deberán establecer aquellas más importantes dentro de sus categorías. Las medidas se efectúan para cada área representativa, seleccionando los puntos de medida 25
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Anotaciones
necesarios para conocer con la mayor precisión posible los niveles de ruido. Los resultados obtenidos para cada área representativa se extrapolan para todas las zonas de la categoría, pudiendo establecerse correcciones en casos específicos. El tiempo de medida recomendado debería ser de 24 horas. Para disminuir el tiempo de medida en cada punto pueden aplicarse tratamientos estadísticos sobre datos ya conocidos o también el análisis de la evolución temporal de las fuentes de ruido principales. No es conveniente que existan reglas filas, para que en cada caso el tiempo de medida necesario depende del comportamiento de las fuentes de ruido. En cualquier caso, para poder obtener un mapa de ruido confiable, no se recomiendan medidas inferiores a l5 minutos. El inconveniente de esta técnica radica en que la medida directa de niveles sonoros resulta muy cara y requiere periodos de tiempo excesivamente largos para realizar los mapas. Sin embargo, los resultados reflejan dentro de los límites de precisión y de tiempo de las medidas, valores reales del ruido en situaciones existentes.
Modelo de dispersión del ruido •
Modelos numéricos -
Modelo de dispersión de Foldy. Éste modelo fue desarrollado en 1945 (Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, online). Se basa principalmente, en la distribución aleatoria de dispersores. Este investigador utilizó los valores promedios de los parámetros relacionados con la dispersión, donde los promedios se tomaron de un conjunto de posibles configuraciones de los dispersores.
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Modelo de dispersión múltiple de Embleton. Embleton (1966), estudió la dispersión de ondas planas producidas por un conjunto de cilindros de longitud infinita colocados aleatoriamente, en función de las características de los cilindros, sus diámetros y sus impedancias de superficie (Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, online).
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Modelo de dispersión Bullen y Fricke. Este modelo, diseñado en 1982, estudia la atenuación del sonido debido a la dispersión en un cinturón de vegetación, suponiendo que los rayos sonoros son desviados uniformemente en todas las direcciones verticales (Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, online).
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Anotaciones
Modelo de dispersión Leschnik. Este modelo, diseñado en 1980, estudia la dispersión producida por edificios, árboles, paredes, etc., idealizando como un modelo de tres dimensiones al que se aplica la técnica de Monte Carlo2, obteniéndose el resultado como una solución aproximada que puede ser obtenida por técnicas de interpolación (Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, online). Después de hacer una revisión de los modelos anteriores, el modelo de Leschnik parece ser el que más se aproxima a la representación de la situación que se tiene en el presente estudio, pues considera un modelo de tres dimensiones, y es justamente un reto que se tiene en Aeropuertos; evaluar el comportamiento del ruido que proviene desde una altura Z.
Modelos estadísticos -
Modelo Ruido-Ambiente: Un modelo simple de ruido ambiente en el océano consistiría en una capa infinita de agua con una superficie plana sobre la cual, la fuente de ruido (barcos y clima) estuvieran uniformemente distribuida. En este modelo, el nivel de ruido-ambiente sería independiente de la profundidad. Por supuesto, un modelo más realista de la realidad, debería incluir la absorción por volumen, además de los efectos de refracción y reflexión.
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Modelo Beam-Noise: Este modelo usa una aproximación estadística al modelo de baja frecuencia Ruido-Ambiente en el océano. Para ser de uso práctico, utiliza las bondades de los sistemas de redar existentes.
El ruido en aeropuertos •
Nivel de Presión Sonora Por definición, el nivel de presión sonora de las ondas sonoras con una presión sonora igual a p es igual a: Nivel de Presión Sonora = 20log10 (p/20) dB Dónde: la presión sonora (p) se expresa en micropascales. Por ejemplo, la presión de un sonido de 20 uPa (20 micropascales) corresponde a un nivel de presión sonora de 0 dB, una presión sonora de 40 uPa (40 micropascales) corresponde a un nivel de presión sonora de 6 dB y una presión sonora de 200 uPa (200 micropascales) corresponde a un nivel de presión sonora de 20 dB. Así, doblar cualquier valor de presión sonora corresponde a un aumento de 6 dB en el nivel de presión sonora. La ecuación relacionada anteriormente se muestra gráficamente en la Figura 1.
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Anotaciones
Figura 1. Gráfica de la Ecuación de la Presión Sonora.
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Anotaciones
UNIDAD IX MODELACIONES DE RUIDO Actualmente se utilizan técnicas de simulación basadas en el cálculo, que acortan la duración del proceso de obtención de datos y abaratan su costo. Además, introducen como ventaja fundamental la posibilidad de valorar qué parte del sonido captado procede directamente de la fuente y qué parte procede de las diferentes reflexiones acústicas del entorno. Estas nuevas técnicas de simulación son posibles gracias al aumento de la capacidad de ciertos sistemas tecnológicos, a la comprensión y estandarización internacional de las diferentes formas que una fuente puede generar un sonido, al entendimiento de los efectos de la propagación del sonido por los diferentes medios y materiales y a la estandarización de los modelos de cálculo. A través del uso de estos simuladores, podemos llegar a predecir los niveles de ruido que se dan en un cualquier escenario acústico imaginable presente o futuro. Los mapas de carácter general, como es el caso de los mapas de aglomeraciones, son más difíciles de elaborar mediante modelos de previsión, ya que no siempre es posible determinar el comportamiento de las fuentes de ruido y disponer de métodos de cálculo fiables. El uso de modelos de previsión para los mapas de carreteras, ferrocarriles y aeropuertos presentaría numerosas ventajas prácticas, y con las precauciones adecuadas se están consiguiendo una muy buena fiabilidad de los resultados. Para este tipo de técnica, en la actualidad existen diversos métodos informáticos para realizarla- Por ejemplo, para la elaboración de mapas específicos de carreteras, ferrocarriles y aeropuertos, existen modelos informáticos de alto nivel de eficacia probada, que permiten realizar mapas de ruido con relativa rapidez. Ejemplo: Representación gráfica de un mapa de ruido elaborado para la Municipalidad de Miraflores. (Anexo 7).
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Anotaciones
Modelación de ruido con lima en ARCGIS La compañía alemana IVU Umwelt GMBH, dedicada a la consultoría en temas ambientales y de sistemas de Información, ha creado una herramienta para el cálculo del ruido ambiental que ha denominado LimA. Esta herramienta está diseñada para operar en modo Stand alone (de manera autónoma), pero en asocio Stapelfeldt Ingenieurgesellschaft, han modificado la aplicación para convertirla en una extensión del software ArcGIS. Esta nueva aplicación la han denominado LimAarc. (http://www.softnoise.com/pdf/ LimaarcA4.pdf). Entre las funcionalidades más importante de esta aplicación se destacan: •
Cálculo a partir de puntos aislados
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Salida de resultados en formato tabular
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Generación de mapas en formato raster horizontales y verticales Manejo de múltiples barreras Análisis de molestia basado en 7 diferentes técnicas, basadas en cálculos multinivel.
Aproximación a la modelación de ruido en 3 dimensiones basado en herramientas GIS. En marzo de 2007, un estudiante del Instituto Internacional para las ciencias de la geoinformación y la observación de la tierra – ITC, de Holanda, elaboró una tesis de grado en la que usó un modelo tridimensional de una ciudad para construir un modelo de dispersión del ruido. El trabajo se tituló “A GIS-Based Approach for 3D Noise Modelling Using 3D City Models”, y para su construcción utilizó el módulo 3D del software ArcGIS. En esta investigación se desarrolló una metodología para construir modelo tridimensional de dispersión del ruido. El estudio de caso se llevó a cabo en la ciudad de Delft en Holanda, en la que se usaron sonómetros que fueron ubicados en las partes altas de varios edificios, y en los sitios en los que no fue posible ubicar sonómetros se usaron datos ficticios, de tal manera que se organizó una red de puntos que fueron interpolados con cuatro técnicas, a saber: •
Tringulated Irregular Network (TIN)
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Inverse Distance Weighted (IDW)
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Natural Neighbourhood
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Kriging 30
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Anotaciones
Los resultados finales mostraron que todas las técnicas de interpolación tuvieron un buen comportamiento real del ruido, pero que las técnicas TIN y IDW, representaron mejor este fenómeno de dispersión. (Kurakula, 2007, online).
La experiencia de mapeo de ruido en el Reino Unido En el marco de la Estrategia Nacional para combatir el ruido ambiental, el Departamento de Ambiente, alimentos y Agricultura (DEFRA, por sus siglas en inglés) del Reino Unido ha desarrollado un proyecto de evaluación del nivel de ruido ambiental en las ciudades de Bristol y Bournemouth. Para ello utilizaron dos paquetes de software: ArcGIS y CadnaA. ArcGIS fue utilizado por dos razones básicas: •
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La aplicación de ArcGIS (ArcMap) era compatible con los datos que manejaba el Servicio Central de Datos del Reino Unido, que era la entidad que venía recopilando los datos de ruido en todo el país. ArcMap era capaz de manejar fácilmente la gran base de datos de que se disponía. Adicionalmente, los datos eran fácilmente visibles.
El software CadnaA, fue utilizado por las siguientes razones: •
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CadnaA puede importar rápidamente archivos en formato Shapefile (formato que también trabaja ArcGIS) CadnaA tiene un Programa Controlado de Procesamiento Segmentado (PCSP, por su siglas en inglés), que permite que los datos sean trabajados simultáneamente en varios computadores (para este proyecto se utilizaron 24 computadores, reduciendo así el tiempo de procesamiento) CadnaA puede mostrar y hacer análisis en 3 dimensiones. Estas vistas tridimensionales también pueden ser contrastadas con fotografías aéreas digitales de las zonas de estudio. CadnaA tiene una herramienta para manipular datos; por ejemplo, puede incorporar datos de viás y otros elementos del terreno, así como modificar la topografía del terreno mismo. (Hawkins, 2007, online).
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Anotaciones
Mapas Acústicos en zonas urbanas mediante predicción estadística En este trabajo se analizan los métodos de predicción estadística espacial como herramienta útil para la realización de mapas acústicos, pues se obtienen estimaciones de los niveles medios así como de sus errores. Para la ejecución del proyecto se realizó un estudio preliminar elaborado en un barrio residencial de la ciudad de Valencia. Para conocer la situación acústica del barrio, se realizaron 28 mediciones en diferentes puntos. Se obtuvieron de las coordenadas de la ubicación de las mediciones y el nivel sonoro continuo equivalente Leq para cada ubicación. Una de las conclusiones importante de este trabajo fue que los métodos geoestadísticos proporcionaron una suavización de los niveles acústicos y una valoración de la variabilidad que permitió estimar la incertidumbre incluso en los puntos no observados.
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Anotaciones
INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DE LOS TALLERES La presentación de los talleres se podrá realizar por cualquiera de los siguientes medios: •
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Impreso, en cualquiera de nuestras Sedes acreditadas en todo el mundo. Archivo digital, en el enlace correspondiente del Aula Virtual.
En caso que no haya entregado el taller en la fecha respectiva (según cronograma de actividades), podrá hacerlo de forma posterior o extemporánea, más la calificación será sobre dieciséis (16).
La carátula del taller debe consignar los siguientes datos: •
Nombre del Curso
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Módulo al que corresponde el taller.
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Nombre y apellidos de quien(es) elabora(ron).
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Ciudad Fecha
NOTA: Se sugiere conservar una copia de la carátula del trabajo presentado, en calidad de cargo, el mismo que deberá estar firmado y sellado por el personal que lo recepciona.
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Anotaciones
TALLER APLICATIVO Taller Nº 1 1. Identifique una organización que realiza contaminación del ruido en una zona urbana, indique como realizaría un diseño de monitoreo.
Taller Nº 2 1. Identifique una organización que realiza contaminación del ruido en zona rural e indique la diferencia del monitoreo con la zona urbana.
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