Descripción: Levantamiento topografico sistemas de riego
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CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL INRENA - UCPSI MANUAL DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA
Los usuarios pueden disponer de agua según una programación y en cantidad que puede o no ser satisfactoria. c.
Escasez (Es)
OA < DA Donde: OA: Oferta de agua CB: Capacidad de captación de la Bocatoma DA: Demanda de agua
La oferta de agua es tan escasa, que los usuarios muchas veces tienen que dejar de regar, o, riegan inadecuadamente todo o parte de su predio. 4.1
Estado de oferta de agua mayor que la demanda Este estado se da cuando la disponibilidad de agua supera lo requerido, y generalmente se presenta en la época de mayores avenidas de los ríos. Cuando se da las condiciones de oferta de agua mayor que la demanda, la dotación de agua que se entrega a los canales y predios, también debe programarse, y para efectos de pago de la tarifa de agua, el volumen a pagar por parte de los usuarios, se debe cuantificar de acuerdo con los módulos de riego establecidos para cada valle.
4.2
Estado de Reparto El estado de reparto se presenta, cuando por disminución de la disponibilidad de todas las fuentes de agua la demanda total de agua supera a la que proporciona dicha fuente. a - Casos Caso 1.- Cuando la capacidad de conducción de agua de los canales (Cc) es menor que el caudal requerido para atender la demanda (DA). En este caso (Cc < DA, de todas maneras se tiene que efectuar una programación de riegos. Se presenta cuando el tiempo disponible para regar es breve porque el agua en el río discurre por un tiempo también breve, obligando a realizar turnos cortos con gran caudal. Caso 2.- Cuando la oferta de agua (OA) es menor que la demanda (DA). El reparto de agua se efectúa de acuerdo a dos criterios : - En función del área. Este criterio se aplica cuando se quiere atender a todos los usuarios independientemente de las necesidades hídricas y estado de los cultivos. - En función del área y tipo de cultivo. Este criterio se aplica cuando se distribuya en función de la sensibilidad del cultivo a la sequía o estado de humedad real del campo. b–
Medidas adoptarse
La Autoridad Local de Aguas en coordinación con las juntas de usuarios declarará dicho estado de reparto, pudiendo adoptar entre otras, las medidas siguientes: i)
Mita: es el turno de riego que le corresponde a un sector o canal, al cual se le asigna o entrega toda la disponibilidad de agua de la fuente. La duración de la mita esta en relación con la superficie a regar del sector o canal. 4