Secretario : Expediente Nº : Escrito Nº : 01 Demanda de Alimentos SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE AYNA: AURELIA EMILIANA GUILLEN AUCCATOMA, identificada con DNI N° 28597443, domiciliada en el Centro Poblado de Samaniato, Distrito de Kimbiri, Provincial La Convención, Departamento Cusco y señalando como mi domicilio procesal en Jr. Huanta S/N - Centro ALEGRA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Sede de Ayna San Francisco (Costado de la Municipalidad Distrital de Ayna San Francisco), a usted respetuosamente digo: I.- PETITORIO: Que, acudo a su Despacho interponiendo demanda de PENSIÓN DE ALIMENTOS contra JUAN PALOMINO AMAO, domiciliado en la Curva de Piccana – Repartición de Ayaco s/n (Carretera a Santa Rosa), del Centro Poblado de Carmen Pampa, Distrito Ayna San Francisco, Provincia La Mar, Departamento Ayacucho, a fin de que acuda con una pensión alimenticia mensual de S/.500.00 (quinientos nuevos soles) mensuales, a favor de nuestra menor hija GOYA PALOMINO GUILLEN, de 09 años de edad, por los siguientes fundamentos: II.- FUNDAMENTOS DE HECHO: 1º.
Que, con el demandado he mantenido una relación convivencial desde el año 2002 hasta el año 2006, dentro del cual hemos procreado a la menor GOYA PALOMINO GUILLEN, quienes en la actualidad tienen nueve años de edad, conforme acredito con el Acta de Nacimiento respectivo, adjunto a la presente demanda.
2º.
Que, con el demandado ya no me une ningún vínculo de convivencia, sin embargo, pese a que es padre de la menor, muy irresponsablemente se ha sustraído de sus deberes de progenitor, y a la fecha no está cumpliendo con solventar los gastos de alimentación que le corresponden.
3º.
Que, el demandado, tiene suficiente solvencia económica para acudir con la pensión alimenticia que solicito, en vista de que es propietario de una chacra de cinco hectáreas de extensión, actividad económica que le rinde un ingreso económico mensual aproximado a los S/.5,000.00, ya que siembra coca y otros.
4º.
Que, la recurrente soy persona pobre y tengo a parte dos hijos menores, del mismo padre, sin embargo dado su negativa de reconocerlos, he iniciado otro proceso por filiación y
alimentos ante su mismo Despacho; asimismo, soy persona pobre, dedicándome a labores esporádicas, lo cual no me un ingreso económico suficiente para cumplir con las necesidades de mis menores hijos. 5º.
Que, el menor alimentista cuenta con edad escolar, y se encuentra estudiando en la I.E. Nº 38820-A “Daniel Estrada Perez” del Centro Poblado de Samaniato, , y como tal, necesita de sus útiles escolares, pago de matrícula, pago de APAFA, pago de cuotas por actividades, sus refrigerios y otras necesidades como se conoce la realidad de nuestra localidad.
6º.
No sólo eso, la necesidad del menor se extiende a la necesidad de vestido, medicinas, recreación, etc., sin embargo el padre desde el nacimiento del menor no quiere cumplir con su obligación de padre y se burla de sus deberes con sus hijos.
III.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS 1º.
El deber de prestar alimentos de los padrea hacia los hijos está establecido en el artículo 6° de la Constitución Política del Perú, según el cual: “Es deber y derecho de los padres alimentar y dar seguridad a sus hijos”.
2º.
Asimismo, el artículo 92° del Código del Niño y Adolescentes, considera como alimentos lo necesario para el sustento, habitación, vestido, educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia médica y recreación del niño (a) y del adolescente.
3º.
Como se aprecia, el deber de alimentar a los hijos, no sólo es un deber que nace de la naturaleza propia del ser humano, sino también que está reconocida universalmente como un deber de todos los padres y un derecho de los hijos.
IV.- COMPETENCIA: Teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 547° del Código Procesal Civil y artículo 96° del Código del Niño y Adolescentes, su Juzgado es competente para conocer el presente proceso. V.- VIA PROCEDIMENTAL: Es la vía del Procesos Único VI.- MONTO DEL PETITORIO: Es la suma de S/. 500.00 (QUINIENTOS NUEVOS SOLES). VII.- MEDIOS PROBATORIOS: Ofrezco los siguientes medios de prueba: 1.- Acta de nacimiento de la menor GOYA PALOMINO GUILLEN, con lo que se acredita la relación parental entre el demandado y la menor alimentista. 2.- Constancia de Estudios de la menor GOYA PALOMINO GUILLEN, con lo que se acredita la necesidad por gastos de estudio del menor.
VIII.- ANEXOS DE LA DEMANDA: 1-A. Copia simple de mi DNI 1-B. Acta de Nacimiento de la menor GOYA PALOMINO GUILLEN, en original. 1-C. Constancia de Estudios, en original. 1-D: Croquis de ubicación del domicilio del demandado. POR TANTO: A usted Señor Juez, solicito se sirva admitir la presente demanda y en su oportunidad declararla fundada. San Francisco, 09 de noviembre del 2015