EXPEDIENTE SECRETARIO SECRE TARIO ESCRITO S%&I''A
: (indicar el número de expediente) : (…) : !"#!$ : Dedce Excepcin de pre*cripcin
SE+OR ,%E- DE (…) IN.ESTI/ACI0N PREPARATORIA PREPARATORIA (…) investig tigaci ación ón prepa prepara rator toria ia que se sigue sigue en mi (NO&1RE DE' I&P%TADO), en la inves contra por el delito de falsicación de documentos; a Ud., respetuosamente, respetuosamente, digo:
I2" OPORT%NIDAD DE 'OS &EDIOS DE DE3ENSA El Artí Artícu culo lo 7, inci inciso so 1 de uev uevo o !ódi !ódigo go "roc "roces esal al "enal enal #!" #!""$ "$ indi indica ca “(…) “(…) las las excepc excepcion iones es se plant plantean ean una vez que el Fisca Fiscall haya haya decidi decidido do contin continua uarr con las investigaciones preparatorias (…)” En el presente caso, nos encontramos en la etapa de investigación preparatoria preparatoria siendo el primer momento oportuno en el que deducimos este medio de defensa.
II2" PETITORIO "or %a&erse %a&erse e'tingui e'tinguido do la acción acción penal, penal, dedu(co dedu(co la e'cepc e'cepción ión de prescr prescripció ipción n por vencimiento del pla(o para e)ercitar la acción penal por parte del *inisterio "+&lico, solicitando se declare so&reseída denitivamente la presente causa.
III2" 1ASE 'E/A' DE N%ESTRO PETITORIO 1. El Artículo 7- del !ódigo "enal indica que “La acción penal se extingue: (…) 1! "or #uerte del i#putado$ prescripción i#putado$ prescripción$$ a#nist%a y el derecho de gracia” e esto que indiquemos al inicio de nuestro petitorio que se %a e'tinguido la acción penal, para diferenciarlo de la prescripción de la pena. /. El Artículo 0, inciso 1 e inciso / del uevo !ódigo "rocesal "enal que indica: “1 Las excepciones que pueden deducirse son las siguientes: (…) e) "rescripción$ cuando por el venci#iento de los plazos se&alados por el 'ódigo "enal se haya extinguido la acción penal o el derecho de eecución de la pena *n caso que se declare +undada la excepción de naturaleza de uicio$ el proceso se adecuar, al tr,#ite reconocido en el auto auto que la resuel resuelva va Si se declar declara a fundad fundada a cua cualqu lquier iera a de las excepc excepcion iones es previstas en los cuatro últimos literales, el proceso será sobreseído denitivamente.” e esto que solicitemos el so&reseimiento del proceso de manera denitiva.
I.2" I.2" TR4&ITE DE D E 'OS &EDIOS DE DE3ENSA El artículo -, inciso 1 del uevo !ódigo "rocesal "enal esta&lece “(…) las excepciones que se deduzcan durante la -nvestigación "reparatoria serán planteadas mediante soli solici citu tud d debi debida dame ment nte e fund fundam amen enta tada da an ante te el Juez Juez de la nve nvest sti! i!ac ació ión n "reparatoria que "reparatoria que reci.ió la co#unicación se&alada en el art%culo /$ ad#untando, de
ser el caso, los elementos de convicción que correspondan e esto que presentemos esta solicitud de prescripción, fundamentada 2 con los elementos de convicción necesarios
.2" 3%NDA&ENTOS DE 'A EXCEPCI0N 1. En el presente caso se investiga un presunto delito de falsicación de documentos en la solicitud de declaratoria de %erederos presentada ante otario "+&lico 3r #4$ con fec%a /5 de enero de /666. /. 3iendo que la falsicación aludida se encuentra en un documento privado consistente en una solicitud de declaratoria de %erederos se %a tipicado la conducta como delito previsto en el primer prrafo del artículo 5/7 del !ódigo "enal 8. El primer prrafo del artículo 5/7 del !ódigo "enal esta&lece el tipo penal de 9alsicación de documentos en los siguientes trminos: “*l que hace$ en todo o en parte$ un docu#ento +also o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u o.ligación o servir para pro.ar un hecho$ con el propósito de utilizar el docu#ento$ será reprimido, si de su uso puede resultar al!ún per#uicio, con pena privativa de libertad no menor de dos ni ma$or de diez a%os $ con treinta a noventa días&multa (…) 5. "or otro lado, se verica que el requerimiento de acción directa presentado por la scal conforme a lo previsto en el artículo 880.5 del uevo !ódigo "rocesal "enal, tiene como fec%a de presentación el 10 de septiem&re de /618. . Esta&lecidos los %ec%os procedemos a su&sumirlos a las normas penales pertinentes:
.I2" PRESCRIPCI0N DE 'A ACCI0N PENA' 1. El Artículo -6 del !ódigo "enal indica “La acción penal prescri.e en un tie#po igual al #,xi#o de la pena 0ada por la ley para el delito$ si es privativa de li.ertad” /. El artículo 5/7, primer prrafo, del !ódigo "enal esta&lece una pena no ma2or de die( a/618$ %a&ría operado por dems el pla(o de prescripción, por lo que es fundado nuestro pedido.
.II2" E'E&ENTOS DE CON.ICCI0N 3i &ien o&ran en e'pediente, para crear convicción en el ?u(gado presento como elementos de convicción los siguientes:
1. !opia certicada por notario de la 3olicitud de eclaratoria de @erederos presentada al otario 3r. #4$ con fec%a /5 de enero de /666, con lo que se acredita el inicio del cómputo del pla(o de prescripción. /. !opia del requerimiento de acusación directa, con lo que acredito que la acusación del *inisterio "+&lico en investigación preparatoria recin se dio el 10 de septiem&re de /618, por lo que a esta fec%a %a&ían transcurrido ms de die( a
.III2" ANEXOS 1A !opia certicada por notario de la 3olicitud de eclaratoria de @erederos. 1 !opia del requerimiento de acusación directa
POR 'O TANTO: A U. pido dar al presente pedido el trmite conforme al artículo - del uevo !ódigo "rocesal "enal.
PRI&ER OTROSI. Estando al pedido reali(ado solicito se proceda conforme al Artículo -, inciso / del uevo !ódigo "rocesal "enal que indica “ *l uez de la -nvestigación "reparatoria$ una vez que ha reca.ado in+or#ación del Fiscal acerca de los suetos procesales apersonados en la causa y luego de noti0carles la ad#isión del #edio de de+ensa deducido$ dentro del tercer d%a se%alará fec'a para la realización de la audiencia$ la que se realizar, con quienes concurran a la #is#a (l )iscal asistirá obli!atoriamente $ ex'ibirá el expediente scal para su examen inmediato por el Juez en ese acto” Arequipa, 1- de septiem&re de /618. #9irma de imputado 2 a&ogado$