UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LOS ANDES Facultad De Ciencias Jurídicas, Cnta!les " Sciales Carrera #r$esinal De Derec%
CONSTITUCIÓN ECONÓMICA DEL PERÚ ANÁLISIS COMPARATIVO ENTRE LAS CONSTITUCIONES DE 1979 Y 1993 CURSO: NO&'RE( DOCENTE( SE&ESTRE( CODIGO( A'ANCA" )*+
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-NDICE
INTRODUCCIÓN.................... ............................... ..................... ..................... ..................................................... .......................................... 3 #LANTEA&IENTO DEL #RO'LE&A..................... ............................... ..................... ...................................4 ........................4 DESARROLLO DEL #RO'LE&A..................... ................................ ...................... ..................... ............................ .................. 5 +./&ARCO TEÓRICO.................... ............................... ..................... ..................... ..................... ................................. ....................... 5 CONSTITUCIÓN ECONÓ&ICA....................................................................5 CONSTITUCIÓN ECONÓ&ICA #ERUANA....................................................7 CONSTITUCIÓN DE +010..................... ............................... ..................... ..................... ..................... ..................... ............. ...8 8 CONSTITUCIÓN DE +002..................... ............................... ..................... ..................... ..................... ..................... ............. ...9 9 ESTADO, ESTADO, #LURALIS&O ECONÓ&ICO " SU'SIDIARIEDAD........................11 ECONO&IA SOCIAL DE &ERCADO ..........................................................13 DEREC3O DE #RO#IEDAD..................... ................................ ..................... ...................................... ............................ 13 LI'ERTAD LI'ERTAD DE TRA'AJO, ERESA, CO&ERCIO E INDUSTRIA................15 #OSICIÓN ANTI&ONO#ÓLICA.................................................................16 R4GI&EN TRI'UTARIO TRI'UTARIO...................... ................................ ..................... ..................... .................................17 .......................17 #ROTECCIÓN AL CONSU&IDOR..............................................................18 CO&ERCIO E5TERIOR............................................................................19 A&'IENTE " RECURSOS NATURALES NATURALES...................... ................................ ..................... .....................20 ..........20 REGI&EN AGRARIO AGRARIO " CO&UNIDADES CAESINAS..............................21 )./ANALISIS COARA COARATIVO TIVO ENTRE LAS CONSTITUCIONES DE +002 " +010
..................... ............................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... .................... ......... 22 a6 Estad Estad , 7lu 7lural ralis8 is8 9 su! su!sid sidia iari rieda edad d..................... ............................... ..................... ...................22 ........22 !6 Ecn Ecn8 8ía ía sc scia iall de de 8erc 8ercad ad ..................... ................................ ..................... ............................. ................... 22 c6 De Dere rec% c% de de 7r 7r7 7ieda iedad d..................... ............................... ..................... ........................................ ............................. 23 d6 Li!ert Li!ertad ad de de Tra! Tra!a: a:,, e87resa e87resa,, c8erci c8erci e indu industr stria ia............................23 e6 #lani$icaci;n..................... ............................... ..................... ..................... ..................... ................................. ...................... 24 $6 #sic sici; i;n n anti anti8 8n n7 7;lic ;licaa...................................................................24
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<6 R= R=
&neda 9 !anca..................... ............................... ..................... ...................... ..................... ........................... ................. 27
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In>ersi;n e?tran:era..........................................................................28
@6 #rt #rtec ecci ci;n ;n al cns cnsu8 u8id idr r ..................... ............................... ..................... ..................... ........................28 ..............28 l6 86
C8erci E? E?terir ..................... ................................ ...................... ..................... .................................. ........................ 29 A8!ie 8!ien nte 9 Re Recur curss ss Na Natural rales.................... ............................... ..................... ....................... .............29 29
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INTRODUCCIÓN
El pres presen ente te trab trabaj ajo o mono monogr gráf áfic ico o aquí aquí expu expues esto to cons consis iste te en un anál anális isis is comparativo entre la constitución de 1979 y la constitución de 199 en lo que resp respec ecta ta al !"gi !"gime men n Econ Económ ómic ico o cono conoci cien endo do así así la vari variac ació ión n de una una constitución a otra# $sí mismo% se busca informar sobre temas que a&ora toman más importancia 'como es el caso de El (edio $mbiente y )os !ecursos *atu *atura rale les+ s+ no solo solo por por su impo import rtan anci cia a econ económ ómic ica a sino sino por por su corr correc ecto to aprove aprovec&a c&amie miento nto y su preoc preocupa upante nte protec protecció ción n en los tiempo tiemposs del cambio cambio climático# )a presente monografía contiene información valiosa sobre cada tema a fin de mantener la ilación de cada punto a anali,ar#
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#LANTEA&IENTO DEL #RO'LE&A )a economía% como materia acad"mica% &a cobrado relevancia en el -ltimo siglo. en tanto% el derec&o constitucional en los dos -ltimos siglos# )a exigencia de nuevos derec&os encontró en la economía y sus diversas manifestaciones un campo a ser regulado por el orden constitucional% que nos &a llevado a teori,ar sobre la relación% a veces conflictiva% entre /onstitución y economía% de esta interacción &a nacido el concepto /onstitución económica# )a /arta política de 1979 cerró el período del r"gimen militar populista% e inauguró en los a0os 2 un amplio escenario democrático para la reflexión jurídica y política% por el establecimiento de un moderno dise0o constitucional demo emocrát crátic ico o y socia ocial% l% don donde desta stacó la creac reació ión n de la 3uris urisd dicc icción ión /onstitucional% la incorporación de los 4erec&os 5umanos y la 3urisdicción 6upran 6upranaci aciona onal%l% las arant arantías ías /onsti /onstituc tucion ionale aless y el 8ribuna ribunall de arant arantías ías /onstitucionales#1 ero% tambi"n se dio inicio a la etapa de violencia política y crisis económica% que marcó el desarrollo de la constitución en la d"cada de los oc&enta y el func funcio iona nami mien ento to de la just justic icia ia cons constititu tuci cion onal al## )a viol violen enci cia a polí polítitica ca se vio vio compulsada por el accionar terrorista de 6endero )uminoso y el (!8$% con el correspondiente refor,amiento del poder político de las uer,as $rmadas% y la presencia de la &iperinflación% que paradójicamente fortaleció a los grupos de poder económicos# Estos factores dan lugar a la progresiva institucionali,ación de las corrosivas prác práctitica cass gube gubern rnam amen enta tale les% s% como como son: son: el abus abuso o de las las emer emerge genc ncia iass constitucionales;económicas y político
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al esce escena nari rio o de cris crisis is econ económ ómic ica a apar aparec ecie iero ron n crít crític icos os seve severo ros% s% que que post postul ulan ando do la vuelt uelta a al libe libera ralilism smo o econ económ ómic ico% o% plan plante tear aron on refu refund ndar ar la legitimidad social ya no con el Estado >enefactor% sino en el seno de la sociedad y del mercado ?% en virtud del cual% el gobierno reci"n electo de uji ujimo mori ri en 1992 1992%% prom promov ovió ió la inco incorp rpor orac ació ión n del del libe libera ralilism smo o econ económ ómic ico% o% infringiendo sus promesas electorales# 4esde la prospectiva política de grave conflicto interno% creado por el accionar de los movimientos terroristas% las uer,as $rmadas con el apoyo del nuevo gobierno y los grupos económicos% sostuvieron la necesidad de restaurar el orden civil y la seguridad ciudadana% para lo cual% mediante legislación delegada del /ongreso al Ejecutivo% se refor,ó el poder militar en la luc&a contra el terrorismo# Es así que el presidente &i,o un uso y abuso de las facultades presidenciales extraordinarias para expedir decretos legislativos y decretos de urgencia% frente a los cual% se opuso el senado de entonces% motivando el autogolpe de Estado de $bril de 199?% bajo el argumento que entidades como el 6enado y el 8ribu ibunal nal de ara arant ntía íass /on /onstit stituc ucio ion nales% les% eran ran un obs obstác táculo ulo para para la mode modern rni, i,ac ació ión n y el prog progre reso so del país país##
$sí% con el apoy apoyo o de las fuer fuer,a ,ass
armadas% se clausuró% se destituyó a los vocales de la /orte 6uprema y se cerró el tribunal de arantías /onstitucionales# 6e instaba la arbitrariedad en el ámbito de la actividad estatal% afectando los derec&os y libertades de los ciudadanos% estableci"ndose un Estado de la uer,a por el cual la autoridad somete a la ley#
DESARROLLO DEL #RO'LE&A
+./&ARCO TEÓRICO
2 D/ , e)nand. /l $) ende). "i!a, In#$i$%$ "ie)$ad De!&)a&ia, 1986, +. 16.
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CONSTITUCIÓN ECONÓ&ICA El termino constitución económica &a tenido varios significados% puede ser entendida como sistema económico subyacente a un ordenamiento jurídico% tambi"n como orientación general de un texto constitucional en el cual se da un luga lugarr prev preval alen ente te al acci accion onar ar econ económ ómic ico o del del Esta Estado do y de los los agen agente tess econ económ ómic icos os y por por -lti -ltimo mo%% como como el sist sistem ema a econ económ ómic ico o que que es regu regula lado do expresamente en un determinado texto constitucional o como tambi"n se0ala )ojendio% de ser la constitución económica% el establecimiento jurídico de una ordenación económica determinada# En opinión de 4omingo arcía >elaunde sería este -ltimo significado el prevaleciente en la actualidad# 6u origen está en la primera mitad del siglo @@% en Europa '$lemania+% cuando se encontraba en las guerras mundiales y se asienta posteriormente durante el desarrollo de los Estados constitucionales de la postguerra# En definitiva no se llega a la /onstitución /onstitución Económica Económica conocida conocida de manera manera inmediata inmediata sino que termina pasando por una lenta evolución% encontrando precedentes en la Edad (edia% en los pactos entre el monarca y ciertos estamentos sociales% mediante los cuales estos obtenían privilegios y derec&os patrimoniales uno de ellos fue la /arta (agna de 1?1A que por su contenido 'limitación al poder absoluto+% fue muy importante en la formación del constitucionalismo moderno# 6ería /arl 6c&mitt quien lo incorpora a la literatura jurídica% con la aparición de su obra B)a B)a 4efe 4efen nsa de la /ons /onsti titu tuci ción ónBB en 191# 91#C arc arcía ía >ela >ela-n -nde de se0a se0ala la%% comentando lo dic&o por 6c&mitt% lo siguiente: B)a concepción que 6c&mitt combate entiende por Bconstitución económicaB aquella en la que el Estado debe dar prevalencia a la regulación económica de una sociedad determinada% y que en un extremo puede conducir a crear dentro del Estado una dirección plenamente económica% de tipo sindical o sovi"tica% que podría conducir al estalinismo o al fascismo corporativo#B /abe advertir que no siempre se aceptó la inclusión y tratamiento de aspectos económ económico icoss en una /onst /onstitu itució ción n del Estad Estado# o# >elau >elaunde nde nos recuer recuerda da que 3 $costa Dparraguirre% icente# )a /onstitución Económica En El er- F En El 4erec&o /omparado# >iblioteca irtual de la G*(6(# /apítulo ?#
4 arcía >elaunde% 4omingo# 8eoría y ráctica de la /onstitución eruana 8omo ?# Ediciones 3usto alen,uela# )ima 199# p# A1#
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estuvo ausente en constituciones importantes como la de Estados Gnidos '177+ o la /arta rancesa '1791+% en las cuales sólo se trataban los derec&os de la persona y la delimitación del ejercicio del poder# Es interesante lo que manifiesta Halter EucIen al respecto# B)a economía de los pueblos modernos% en la que% desde el punto de vista de la división del trabajo% están íntimamente unidos muc&os millones de economías individuales% y que repres represent enta a un gigant gigantesc esco o taller taller%% necesi necesita ta para para poder poder funcio funcionar nar%% la ordenación seg-n determinados principios# 4ejar crecer de un modo ilimitado los órdene órdeness econó económic micos os y las interv intervenc encion iones es asiste asistemát mática icass de la políti política ca económica% conducen a la larga% como lo &a ense0ado de un modo convincente la experiencia de los -ltimos cincuenta a0os% a órdenes económicos% en los que el proceso económico moderno tiene lugar bajo fuertes perturbaciones y que% final finalme ment nte% e% como como suce sucedi dió ó en la baja baja $ntig ntigJe Jeda dad% d% &an &an de cond conduc ucir ir a la primitivi,ación#
or
lo
tanto%
la
economía
moderna
necesita
la
constitución económica A# EucIen EucIen tambi"n tambi"n define define la constituci constitución ón económic económica a como como:: K)a K)a deci decisi sión ón tota totall sobr sobre e el orde orden n de la vida vida econ económ ómic ica a de una una comunidadLM# )a /onstitución Económica tiene a la /onstitución de Heimar '1919+ como pionera y base de este pensamiento consiguiendo amplios seguidores por su carácter decisivo en el desarrollo del Estado% es importante pues posee un r"gimen político de fundamentación económica que radica en darle un sentido a la economía como ciencia social que se vincula directamente al bienestar de los ciudadanos# Es así que incluye el t"rmino expreso de la vida económica en su 6ección % y desarrolla un meditado ensayo dirigido a la vinculación entre economía y derec&o% entre dinámica material y norma estable# $sumiendo la cuestión social como uno de los prin rincipa ipales mot motivo ivos de la acción ión gubernamental y de la comunidad#
5 EucIen% Halter# Nb# /it# p# ;9 6 Dbid# p#79
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CONSTITUCIÓN ECONÓ&ICA #ERUANA /omo /omo ya se mencio mencionó% nó% las consti constituc tucion iones es tradic tradicion ionale aless no contem contempla plaron ron aspectos de orden económico% económico% y sólo comprendieron cuestiones referentes referentes a lo que se denomina parte orgánica y parte dogmática# 6in embargo% en su mayoría &ubo la necesidad de incorporar dentro del articulado de una carta política% incidencias de corte económico% las mismas que no eran tratadas de manera sistemática% sino asistemática% es decir% no asignándosele un lugar en específico% como sí se &i,o por primera ve,% en cuanto a la /onstitución de 1979#
CONSTITUCIÓN DE +010 En el tercer trimestre de 19M se produce en el país una nueva interrupción constitucional en nuestra &istoria republicana mediante un golpe de Estado. como consecuencia. un gobierno formal;mente democrático debió ceder paso ante un complot militar% de tendencia revolucionaria y metodología populista% que tuvo como objetivo Kllevar a cabo profundas y urgentes reformas sociales que% reclamadas de anta0o% no &abían podido ser efectuadas por el gobierno formalmente democráticoL 7# Este Este gobie gobierno rno formal formalmen mente te ilega ilegal%l% pero pero legitim legitimad ado o desde desde el inicio inicio de sus primeras ocasiones% intentó profundas reformas sociales con diversa fortuna. variando la política de la nación% como se0ala el 4r# >ernales >allesteros: Kllama la atención que las fuer,as armadas '###+. &aya podido producir un proceso revolucionario de tanta trascendencia &istórica '###+L# )a primera fase de este gobierno militar se desarrolla en casi siete a0os cruciales en la &istoria de la nación% caracteri,ados por una profunda catarsis política% social y económica# )a gran oligarquía tradicional desaparece para dar paso a una incipiente burguesía nacional% y a una clase media. además de presentarse el fenómeno de la migración campesina. producto del centralismo y como efecto residual de la reforma agraria# )a segunda fase. iniciada en 7 OGD!N$ )eón% $níbal# El módulo de la /onstitución de 1979# En su: )a /onstitución: die, a0os despu"s# )ima% D/6% 199% p# 12M
8 >E!*$)E6 >allesteros% Enrique# 6ocialismo y *ación# )ima% (esa !edonda Editores% 197% p# 97;9
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197A% se dio cuando un movimiento institucional al interior del 6ector (ilitar% dejó de lado al eneral elasco y es reempla,ado por el eneral (orales >erm-de,% este cambio se produce por diversos factores como los excesos cometi cometidos dos al confis confiscar car medios medios de comuni comunicac cación ión social social%% la salud salud del ral# ral# elasc lasco% o% entre entre otro otros# s# (ora (orale less >erm >erm-d -de, e,.. fren frente te al rec& rec&a, a,o o popu popula larr del del militarismo% concibe la entrega del poder a los civiles% iniciándose el proceso de conversión democrática del Estado eruano# En octubre de 1977 se convoca a una $samblea /onstituyente% en 3unio de 197 se eligen a sus representantes. que durante un a0o trabajó el nuevo texto constitucional# 6i bien el gobierno militar reali,ó algunas observaciones al royecto de /onstitución. "stas son rec&a,adas por la $samblea# En mayo de 192. se producen las elecciones presidenciales. resultando ganador el $rquitecto ernando >ela-nde 8erry# Es con la asunción de mando del electo presidente. que la promulgación de la /arta se da de manera formal# $sí% el propio ? de julio de 192 se firma el cumplimiento de la /onstitución eruana% que cobrará vigor a partir del día siguiente de su publicación% seg-n la formalidad de la temporalidad legislativa#
CONSTITUCIÓN DE +002 El r"gimen de facto sintió la presión política internacional que suspendió y cortó la ayuda ayuda econó económic mica a y financ financier iera a necesa necesaria ria para para la implem implemen entac tación ión de su progra programa ma económ económico ico%% motivo motivo por el cual% cual% tuvo tuvo que someter someter a la volun voluntad tad popular un proyecto de retorno a la democracia% mediante la convocatoria a elecci eleccione oness genera generales les para para un /ongre /ongreso so /onsti /onstituy tuyent ente e y elecci eleccione oness para para renovar a los gobiernos locales% más no para nuevas elecciones presidenciales% sino &asta 199A# En este accidentado proceso de retorno a la democracia% el gobierno de facto no se replanteó re;construir el consenso quebrado con la medida inconstitucional% sino insistir en el proyecto político y económico% con la autosuficiencia del apoyo de los poderes fácticos y privados% en particular de las fuer,as $rmadas% los medios de comunicación% los grupos empresariales y el apoy apoyo o popu popula larr obte obteni nido do en elec elecci cion ones es para para el //4 //4 no siem siempr pre e de transp transpare arente ntess result resultado ados% s% quiene quieness antep anteponi oniend endo o sus intere intereses ses a los de la
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/onstitución% configuraron un retorno constitucional mediocre 9#6in embargo% el gobierno obtuvo notoria legitimidad social debido a la captura del líder máximo de 6endero )uminoso entre otros y al control de la &iperinflación# $ base de estos logros en lo político y económico% la sociedad obtuvo una expectativa de pa, civil% en virtud de la cual el gobierno &i,o escarmiento de las instituciones democrático;representativas% en particular de los partidos políticos y del oder 3udicial% como% por otro lado% utili,ó a este -ltimo como un instrumento de control y desviación de las demandas ciudadanas en defensa de sus derec&os fundamentales y del Estado de 4erec&o# 6igu 6iguie iend ndo o las las &uel &uella lass del del ines inesta tabl ble e derro derrote tero ro cons constit tituc ucio iona nall peru peruan ano% o% el /ongreso /onstituyente 4emocrático aprobó un nuevo texto constitucional que entró en vigencia el 2 de 4iciembre de 199% el mismo que significó% por un lado% una respuesta política al Estado social de la /onstitución de 1979% al cual el gobierno atribuyó un rol obstruccionista a las medidas de moderni,ación en función de la economía libre de mercado% otorgando asidero a un pretendido pensamiento neoliberal% que cerró con la etapa del constitucionalismo social más nominal que real% y. por otro lado% constituyó una salida política frente a la presión política interna y sobretodo económica internacional producida a raí, del autogolpe de Estado de ujimori de 199?# En tal sentido% el esquema constitucional de 199 expresa jurídicamente el programa político y sobre todo el programa económico del gobierno% de servir de carta de garantía para los inversionistas a trav"s de la consagración de una constitución económica de mercado y de la eliminación de la planificación democrática o concertada% libre de los atavismos empresariales estatales y del control de precios% defensora de la propiedad privada sin posibilidad de la expropiación por inter"s social y la excl exclus usió ión n del del trat tratam amie ient nto o pref prefer eren enci cial al de cier cierto toss sect sector ores es soci social ales es y económicos marginados# En ese sentido# K/onstitución puede ser calificada como como de un libe libera ralilism smo o soci social al mode modern rno% o% que que inte intent nta a inse insert rtar arse se en una una economía internacional de mercado '###+L 12#6e puede afirmar que la /onstitución 9 GARCA Belaúnde, D!ing, "a Cn#$i$%&i'n )ai&inada. "i!a, egi%#a, 1993, +. 83 10 RR/ ))e# "a)a, Ca)l#. Al&an&e# de la n%ea Cn#$i$%&i'n del Pe)ú. I%# e$ +)ai#. 25, +. 48
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refuer,a el r"gimen presidencialista% a trav"s de la figura de la reelección pres presid iden enci cial al inme inmedi diat ata a y el debi debilit litam amie ient nto o del del /ong /ongre reso so conv conver ertid tido o en unicameral y con algunas competencias reducidas 11#8a #8ambi"n extiende el poder militar para ju,gar los delitos de terrorismo y condenarlos a la pena de muerte y% reduce los ingresos y las competencias de los gobiernos descentrali,ados# $simismo% el texto constitucional constitucional redimensiona nominalmente nominalmente el sistema judicial existente% ampliando las competencias del 8ribunal /onstitucional% creando la 4efensoría del ueblo% otorgándole al 3urado *acional de Elecciones carácter de máximo máximo organi organismo smo en materi materia a jurisd jurisdicc iccion ional al electo electoral ral%% despol despoliti iti,an ,ando do la elec elecci ción ón de los los voca vocale less de la /ort /orte e 6upr 6uprem ema a de 3ust 3ustic icia ia%% medi median ante te su nombramiento por un organismo t"cnico como el /onsejo *acional de la (agistratura# $sí se convierte la /onstitución en un simple instrumento para la consag consagrac ración ión de los cambia cambiante ntess objeti objetivos vos polític políticos os y económ económico icoss de los poderes fácticos y privados# or ello% será otro el escenario gubernamental privilegiado. el de la comunicación p-blica del residente ujimori y el pueblo% en virtud de lo cual el poder de los medios de comunicación privados adquiere un valor político concreto para el r"gimen &asta el punto de llegar a una dependencia absoluta de los medios de comunicación# Gn caso paradigmático del despego gubernamental al constitucionalismo se produjo al cumplirse el primer a0o de gobierno del reelecto residente ujimori% cuando la mayoría parlamentaria oficialista% aprobó el ? de agosto del 199M% la )ey *P ?MMA7% que la denominó )ey de Dnterpretación $ut"ntica del $rt# 11?P de la /onstitución# Esta Esta ley ley;med ;medid ida% a% llam llamad ada a de inte interp rpre reta taci ción ón aut" aut"nt ntic ica a del del 11?P de la /onstitución% &abilitaba al entonces residente ujimori para que pueda ser reelec reelecto to en las elecci eleccion ones es políti políticas cas gener generale aless del a0o a0o ?222# ?222# Esta Esta ley fue declar declarada ada incons inconstit tituci uciona onall por el 8ribu 8ribunal nal /onsti /onstituc tucion ional% al% dando dando lugar lugar a la acusación constitucional que formuló la mayoría parlamentaria oficialista contra los magist magistrad rados os const constitu itucio cional nales es que firmar firmaron on la resolu resolució ción n que decla declaró ró inapli inaplicab cables les la ley de la reelec reelecció ción n presid presidenc encial ial## roce roceso so políti político co que sin res respeta petarr
las
garan arantí tía as
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proc roceso eso
parla arlam menta entari rio o
conc conclluyó uyó
arbi arbitr trar aria iame ment nte e en mayo mayo de 1997 1997 con con la dest destitu ituci ción ón de tres tres magi magist stra rado doss constitucionales# En adelante la /onstitución y las instituciones propias de la 11 :/RR/R C#$a, Raúl. e&%e#$) Re#&a$e de la De!&)a&ia. "i!a, :nd de C%l$%)a /&n'!i&a, 2001 +. 255.
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democracia representativa como el /ongreso% el oder 3udicial% el 8ribunal /onsti /onstituc tucion ional% al% la /ontra /ontralor loría ía enera eneral%l% los gobie gobierno rnoss locale localess entre entre otros otros organismos constitucionales% quedaron a merced plenamente del gobierno% y su proyect proyecto o reelec reeleccio cionis nista# ta# Eso se puso puso de manifi manifiest esto o con las elecc eleccion iones es presidenciales y parlamentarias del a0o ?222# En efecto% en dic&o proceso elec electo tora rall no se cump cumplilier eron on los los está estánd ndar ares es míni mínimo moss de una una elec elecci ción ón democrática# )a fraudulenta victoria de ujimori sobre el candidato $lejandro 8oledo ledo en la segund segunda a vuelt vuelta a electo electoral ral desenc desencade adenó nó una ola de protes protestas tas ciudadanas de la oposición política y social% así como tambi"n% dio lugar al cuestionamiento internacional a la legitimidad del tercer mandato
ESTADO, #LURALIS&O ECONÓ&ICO " SU'SIDIARIEDAD El pluralismo económico en otras palabras es una forma de los derec&os de libertad y de igualdad sin discriminación# Está relacionado a los incisos ? y ?C del artículo ? de la /onstitución y debe ser considerado como un derec&o constitucional amparable por las garantías constitucionales establecidas# En la doctrina mercantilista el pluralismo económico se &a desarrollado bajo el concepto desigualdad jurídica entre los competidores siendo este uno de los pila pilare ress del del dere derec& c&o o de la comp compet eten enci cia a este este r"gi r"gime men n de pari parida dad d en la competencia al que se someten tanto la empresa p-blica como la empresa priv privad ada a cons constitituy tuye e una una gara garant ntía ía para para la empr empres esa a priv privad ada a pues puesto to que que la empresa p-blica &a de someterse a las reglas de juego del sector privado para sobrevivir en el mercado# $sí el pluralismo y la coexistencia empresarial se interpretan en armonía con el principio de subsidiariedad del Estado 1?# 6e vincula el pluralismo a tres elementos: la igualdad jurídica ya visto antes% la competencia en la medida que igualdad significa concurrencia concurrencia en el mercado con igualdad de condiciones. y rol subsidiario del Estado cuyo significado consiste en que el Estado interviene en la economía apoyando a los demás sectores empresariales o reali,ando las tareas que ninguno de ellos reali,a% pero no compitiendo directamente con ellos mediante su actividad empresarial# 12 CA CARDIC, C(#a) .Ba#e# ;%nda!en$ale# ;%nda!en$ale# de la l a Cn#$i$%&i'n e&n'!i&a de 1993. /n "a Cn#$i$%&i'n de 1993 .Análi#i# &!en$a)i# II. "i!a, C!i#i'n Andina de <%)i#$a#, 1995, +.89.
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El Estado solo deja su rol subsidiario para convertirse en un agente más de la economía economía cuando cuando reserva reserva para sí ciertos ámbitos ámbitos de la producción producción y los servicios o cuando pone a sus empresas a desarrollar ciertos campos que considere estrat"gicos de la actividad económica% al margen de la existencia de empresas privadas o del inter"s de ellas por asentarse en dic&os ámbitos# 6e establece establece una concepción concepción restrictiva restrictiva de la actividad actividad empresarial empresarial directa directa o indirecta del Estado al requerir que sea subsidiaria de la iniciativa privada seg seg-n &emos mos visto isto en los los
párra rrafos fos inme inmedi diat ata ament mente e
anter nterio iore ress #El #El
establ establec ecimi imient ento o de empres empresas as p-bli p-blicas cas requie requiere re ley expres expresa a y alto alto inter" inter"ss p-blico de manifiesta conveniencia nacional #Es esta una expresión altisonante que no tiene significado específico en el 4erec&o /onstitucional pero que carga la intención de decir que solo en casos muy especiales especiales se deberá deberá autori,ar la exis existe tenc ncia ia de empr empres esas as p-bl p-blic icas as## *o es leng lengua uaje je t"cn t"cnic ico o sino sino en -lti -ltima ma instancia emotivo#
ECONO&IA SOCIAL DE &ERCADO )a economía economía social social de mercado mercado es un principio principio de organi,ación organi,ación de la vida econ económ ómic ica a del del país país que que tien tiene e un cont conten enid ido o jurí jurídi dico co y una una sign signifi ifica caci ción ón &ermen"utica1 dentro de lo que contemporáneamente se llama /onstitución económica# )a economía social de mercado no constituye un sistema dogmático o cerrado en cuan cuanto to inte intent nta a comb combin inar ar la liber liberta tad d econ económ ómic ica a en el merc mercad ado o con con el equilibrio social la denominamos un sistema abierto y con esto queremos expresar lo siguiente: 6obre la base de unos pocos principios% es decir: la libertad% la competencia a trav"s del mejor rendimiento% la justicia social y la seguridad social% se &an &an establecido reglas e instituciones instituciones consistentes de las cuales esperamos la solución óptima de los problemas económicos y sociales de nuestr nuestra a socied sociedad# ad# 4ic&as 4ic&as reglas reglas e instit instituci ucion ones es deberá deberán n ser revisa revisadas das siempre de nuevo a la lu, de nuevas experiencias# >ajo ciertas circunstancias pero sin perjuicio de los principios fundamentales deberán ser modificadas o ampliadas# Esto significa que el sistema de la Economía 6ocial de (ercado es
13 A)$e de in$e)+)e$a) $e$#.
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abierto y permite que se encuentren las respuestas adecuadas y objetivas a retos nuevos que se presentan 1C#
DEREC3O DE #RO#IEDAD )a propie propiedad dad &a sido sido tradic tradicion ionalm alment ente e un derec derec&o &o absolu absoluto% to% exclus exclusivo ivo y perpet perpetuo# uo# )o primer primero o signif significa ica que confie confiere re al titular titular todas todas las facult facultade adess posibles% esto es% las de usar% disfrutar y disponer del bien objeto del derec&o# )o segundo quiere decir que% precisamente por ser absoluto o total% el derec&o de propiedad no deja lugar o espacio para otro titular# El derec&o del propietario excluye así todo otro derec&o incompatible con "l #Es un derec&o perpetuo% finalmente% porque no se extingue por el solo no uso% lo cual &ace que la prescripción extintiva no afecte a la propiedad y que la acción reivindicatoria sea imprescriptible# )a definición tradicional del derec&o de propiedad se basa en la enumeración de las principales facultades que integran su contenido# $sí se observa en la más famosa de las definiciones nacida en >i,ancio 4N(D*DG( E68 DG6 G8E*4D E8 $>G8E*4D !E 6G$ OG$8E*G DG!D6 !$8DN $8D8G!# Esta forma de definir la propiedad paso al /ódigo ranc"s e 12C que en su artículo ACC se0ala que Bla propiedad es el derec&o de go,ar y disponer de las cosas del modo más absoluto con tal que no &aga de ellos un uso pro&ibido por la )ey o los reglamentosB y luego a todos los /ódigos )atinos que lo imitan% teniendo entre nosotros% como vimos anteriormente% una norma de este tipo 'articulo9? del /ódigo /ivil+# Esta clase de definición de por sí% ya se0alan la casi imposibilidad de definir la propiedad ya que no es posible indicar todas las posibilidades que la voluntad del due0o tiene respecto a la cosa# )a doctrina moderna considera al derec&o de propiedad 'como a todo derec&o subjetivo+% como el poder unitario más amplio sobre la cosa% como un se0orío global% donde las llamadas facultades o derec&os del propietario no son una serie de sumandos cuya adición constituya 14 C"APA=, Rnald ."a e&n!>a #&ial de !e)&ad !e)&ad &! #i#$e!a +l>$i&? )denad). @ARI AR/ ./&n!>a #&ial de !e)&ad. Cl*%i Pe)%an?Ale!án. "i!a, Cá!a)a de C!e)&i e Ind%#$)ia Pe)%an? Ale!ana, 1979 ,+. 77.
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la propiedad% sino que son solo aspectos parciales del se0orío total que este es # Qen este sentido (anuel $lbaladejo $lbaladejo define a la propiedad como Bel máximo poder jurídico pleno sobre una cosa# oder en cuya virtud% esta ; en principio < qued queda a some sometitida da dire direct cta a y tota totalme lment nte e 'es 'es deci decirr en todo todoss sus sus aspe aspect ctos os y utilid utilidade adess que pueda pueda propor proporcio cionar nar++ a nuestr nuestro o se0orí se0orío o exclus exclusivo ivoBB 4e igual igual manera Holf dice que Bla propiedad es el más amplio derec&o de se0orío que puede tenerse sobre una cosaB. y en el rumbo de estas ideas 3orge Eugenio /asta0eda define la propiedad como BEl poder o se0orío que una persona tiene sobre una cosa de modo exclusivamente y exclusivoB# 4ebemos se0alar a modo de explicación que% al referirnos al poder pleno% no queremos decir ilimitado ya que es la misma )ey que le pone límites al derec&o de propiedad. por esos compartimos la l a idea de $lbaladejo cuando dice que: B el poder pleno es poder total% dentro de los limites en los que la )ey lo concede sobre la cosa% o si se quiere% quiere% dentro de los límites máximos máximos que la )ey admite que que alca alcanc nce e el se0o se0orí río o sobr sobre e las las cosa cosasB sB o como omo dice dice ugl uglia iatt tti%i% quie quien n comentando el artículo ? del /ódigo /ivil Dtaliano indica que la propiedad no tiene tiene límit límites es y tien tiende de a abso absorb rber er tota totalm lmen ente te toda todass
las las posi posibi bilid lidad ades es de
utili,ación de la cosa% lo cual nos lleva a se0alar que el derec&o de propiedad no pierde su carácter de poder total% aunque las facultades del propietario est"n reducidas % al tener otra persona alg-n otro derec&o sobre el mismo bien# )o que existiría es una limitación por recaer sobre la cosa el derec&o de un tercero '4erec&o !eal sobre bien ajeno+% el cual se recuperaría apenas se extinga ese derec&o#
LI'ERTAD LI'ERTA D DE TRA'AJO, ERESA, CO&ERCIO E INDUSTRIA
El Estado garanti, garanti,a a la libertad de trabajo trabajo que como ya &emos dic&o dic&o varias varias veces veces tiene dos dimension dimensiones es la libertad de elegir elegir el trabajo &asta &asta donde es posible en una sociedad pobre como la peruana pero tambi"n el derec&o y deber de trabajar seg-n establece el artículo ?? de la /onstitución# $ su ve,% el artículo A manda que el Estado act-e principalmente en el Rrea de promoción
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de empleo entre otras# 8odo esto &ace que veamos al Estado comprometido en la provisión de trabajo ' en especial el que cree nueva rique,a bien a trav"s de sus políticas &acia el sector privado o p-blico productivo bien a trav"s de programas sociales que estimulen el uso de mano de obra en trabajos -tiles# El Estado garanti,a la libertad de empresa comercio e industria sujeta a ciertos límites impuestos por por la misma /onstitución /onstitución y que serán desarrollados por por la ley# ley# )a libe libert rtad ad de empr empres esa a come comerc rcio io e indu indust stria ria en real realid idad ad son son varia variass libertades expresadas bajo la forma de una sola# )a libertad de empresa consiste en la posibilidad de manejar libremente la actividad empresarial dentro de los marcos de la /onstitución y la ley #)a empr empres esa a es una una enti entida dad d que que toma toma deci decisi sion ones es libr librem emen ente te sin sin ofen ofende derr al 4erec&o# Es una libertad especifica porque la vida empresarial 'a-n la de la empresa individual+ tiene características % requisitos y procedimientos propios que deben ser respetados sobre todo en lo que se refiere a las relaciones socio;e socio;empr mpresa esa socios socios entre entre sí% empres empresa a con otras otras empre empresas sas #Este #Este es un mundo mundo compl complejo ejo de relaci relacione oness y normas normas que el abogad abogado o inmedi inmediata atamen mente te reconoce# )a libertad de comercio tiene que ver con la libre circulación de bienes y servic servicios ios inclui incluido do el dinero dinero #Es una libert libertad ad tambi" tambi"n n espec especific ifica a porqu porque e la circulación puede presentar diversos problemas de naturale,a jurídica: jurídica: ingreso lega legall o ileg ilegal al de merc mercan ancí cías as de un país país a otro otro.. prob proble lema mass trib tribut utar ario ioss provenientes de las transacciones% problemas de propiedad de los bienes que circulan % problemas de registro %responsabilidades por os bienes materia de la trans transac acci ción ón%% prob proble lema mass de da0o da0oss y perj perjui uici cios os varia variado doss prov proven enie ient ntes es de alteraciones en el debido cumplimiento de las obligaciones de unas partes con otras# 6on asuntos específicos vinculados a esta libertad que requieren un tratamiento jurídico especial y distinto# )a libe libert rtad ad de indu indust stri ria a que que es la refe referi rida da a la prod produc ucci ción ón de bien bienes es## *uevamente aquí &ay multitud de aspectos jurídicos a revisar provenientes de la licitu licitud d o ilicitu ilicitud d de deter determin minado adoss produc productos tos%% de las calida calidades des frente frente al consumidor% de la propiedad industrial en sus diversas facetas #)a producción
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de bienes es libre pero presenta problemas que el 4erec&o debe tratar de manera sistemática para no perjudicar ni a los individuos ni a la sociedad#
#OSICIÓN ANTI&ONO#ÓLICA )a libre competencia al igual que la libertad de contrato% es solo una forma conc concre reta ta del del dere derec& c&o o fund fundam amen enta tall de libr libre e acti activi vida dad d econ económ ómic ica# a#
)a
compet competenc encia ia es libre libre donde donde cualqu cualquier iera a puede puede compet competir ir con otros otros sujeto sujetoss económicos para reali,ar negocios con sus contrapartes dentro de un mercado determinado #El concepto de libre competencia supone la libertad de acción y de decisión de todos los competidores dentro del proceso de cambio donde la libe libert rtad ad de un comp compet etid idor or es rela relatitivi vida dad d por por la libe libert rtad ad de los los prop propio ioss competidores y compa0eros del mercado# )a libre competencia asume un significado doble: 4e un lado cada uno debe tener la posibilidad de acceder a un mercado determinado 'oferente o adquirente+ el mercado debe ser abierto en modo tal que cada potencial vendedor o adquirente tenga acceso y pueda incrementar incrementarse se el n-mero n-mero de aquellos que ya operan operan en el mercado #4e otra parte% cada operador debe poder adoptar sus propias iniciativas y actuar libremente en el mercado 1A# )a /onstitución establece que el Estado combate toda práctica que limite la libre competencia así como el abuso de posiciones dominantes o monopólicas# 8ambi" mbi"n n esta establ blec ece e que que ning ningun una a ley ni conc concer erta taci ción ón pued puede e auto autori, ri,ar ar ni establecer monopolios# El verd verdad ader ero o obje objetitivo vo de la legi legisl slac ació ión n anti antimo mono nopó pólic lica a es prot proteg eger er a los los consumidores garanti,ándoles opciones adecuadas y suficientes a la lu, del principio de eficiencia económica# El Estado no tiene porqu" penali,ar a una empresa porque es grande si es que dic&as dimensiones le permiten llegar al consumidor con productos de buena calidad a menor costo El bienestar social que persigue el Estado es la del consumidor y no el de empresas peque0as condenadas al fracaso por su ineficiencia# )a legislación peruana &a establecido un órgano que entre otras funciones tiene la de control de la competencia en el er-# Es el Dnstituto *acional de 15 B-/, e)!ann?<#e;. "a $%$ela della lie)$á di &n&))ena in
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4efensa de la /ompetencia y de la rotección de la ropiedad Dntelectual conocido por su sigla D*4E/ND#
R4GI&EN TRI'UTARIO or r"gimen tributario nos referimos al conjunto de normas que regulan el cumplimiento de las obligaciones sustanciales% vinculadas directamente al pago de trib tribut utos os%% y de las las obli obliga gaci cion ones es form formal ales es%% rela relaci cion onad adas as con con trám trámitites es%% documentos o instrumentos que facilitan el pago de tributos# El tema de los tributos emerge de un deber fundamental que es la clave para entender todas las disposiciones que se dictan en torno a ellos: las personas deben pagar impuestos al Estado y este consiguientemente% tiene la atribución de cobrarlos# )os impuestos son obligaciones o contribuciones que tienen los &abitantes de un país país de paga pagarr al Esta Estado do dete determ rmin inad adas as suma sumass de dinero dinero que que luego se destinan
a
satisfacer
las
necesidades
de
la comunidad comunidad ' 'seguridad seguridad%% educación educación%% salud salud+% +% las tasas son sumas de dinero que debe deben n paga pagars rse e al Esta Estado do cuan cuando do se reci recibe ben n prestaciones especí específic ficas as de ciertos servicios p-blicos por ejemplo: 5abilitación de negocios negocios%% seguridad e &igiene%% servicios especi &igiene especiale aless presta prestados dos por munici municipio pioss 'alumbr 'alumbrado ado%% barrid barrido% o% limpie,a+% sellados judiciales y otros servicios que el Estado &a Estado &a delegado en concesión a empresas empresas particulares particulares pero controladas por organismos oficiales% y que satisfacen satisfacen necesidades necesidades de inter"s p-blico# p-blico# ')os contribuy contribuyentes entes abonan abonan en función función a los consumos efectuados: electricidad electricidad%% tel"fono tel"fono%% transporte transporte%% etc#+ finalm finalment ente e las contr contribu ibucio ciones nes espec especiale ialess son sumas sumas de dinero dinero que que deben deben pagarse por constituir un beneficio particular para las personas alcan,adas por el tributo como consecuencia de una obra o gasto p-blico# p-blico #
#ROTECCIÓN AL CONSU&IDOR Gna de las dimensiones más importantes de la económica social de mercado es la lealtad al consumidor en la medida que el ultimo destinatario de las transacciones es el #4ifícilmente &abrá un mercado confiable y en expansión si el consumidor queda a merced del poder de quienes producen y distribuyen# or ello la protección del consumidor tiene importancia no solo por la justicia en P á g i n a 18 | 33
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sí misma frente a "l% sino tambi"n por la necesidad de fortalecer y &acer crec crecer er al merc mercad ado o #3us #3ustitici cia a y conv conven enie ienc ncia ia son son dos dos aspe aspect ctos os que que se entreme,clan sustantivamente en este ámbito# (uc&os de los cambios que se &icieron en el er- de los a0os noventa prec preced edie iero ron n en el tiem tiempo po a la apro aproba baci ción ón de la /ons /onstititu tucción ión de 199 199## rec recis isam amen ente te el 27 de novi noviem embr bre e de 1991 1991 fue fue prom promul ulga gado do el 4ecr 4ecret eto o )egi )egisl slat ativ ivo o 71M 71M que que cont conten enía ía las las norm normas as de prot protec ecci ción ón al cons consum umid idor or## Especialmente relevante para los efectos de este comentario es su artículo A que establece: a+ 4erec&o 4erec&o a una protecció protección n efica, contra contra los los productos productos y servicios servicios que que en condiciones normales o previsibles representan riesgo o peligro para la salud o la seguridad física# b+ 4erec&o 4erec&o a recibir de los provee proveedore doress toda la informació información n necesaria necesaria para para tomar una decisión o reali,ar una elección adecuadamente informada en la adquisición de productos y servicios así como para efectuar un uso o consumo adecuado de los productos o servicios# c+ 4ere 4erecc&o de acc acceder eder a una una varie arieda dad d de produ roduct cto os y serv ervicio icioss valorativamente competitivos que les permitan libremente elegir los que deseen# d+ 4erec&o 4erec&o a la protección protección de sus interese interesess económico económicoss mediante mediante el trato equitativo y justo en toda transacción comercial y a la protección contra m"tod m"todos os comer comercia ciales les coercitiv coercitivos os o que implique impliquen n desinf desinform ormaci ación ón
o
información equivocada sobre sobre los productos productos o servicios# e+ 4ere 4erec& c&o o a la repa repara raci ción ón por por da0o da0oss y perj perjui uici cios os cons consec ecue uenc ncia ia de la adquisición de los bienes o servicios que se ofrecen en el mercado mercado o de su uso o consumo f+ 4ere 4erec& c&o o a ser ser escu escuc& c&ad ado o de maner manera a indi indivi vidu dual al o cole colect ctiv iva a a fin fin de defender sus intereses por por intermedio de entidades entidades p-blicas o privadas privadas de defensa del consumidor empleando los medios que el ordenamiento jurídico permita# Gna econom economía ía sólid sólida a y efecti efectivam vament ente e respet respetuos uosa a del del consum consumido idorr debe debe enfrentar al productor o al proveedor a la alternativa de cumplir las normas o enfrentar sanciones económicas drásticas# 4espu"s de todo el que care,ca de escr-pulos &ará un cálculo económico de que le conviene más si da0ar
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al consu onsumi mido dorr y paga pagarr las las mult multas as o si cump cumplilirr las las norm normas as para para no enfrentarse enfrentarse a indemni,ac indemni,aciones iones ejemplare ejemplaress #)a función jurisdiccio jurisdiccional nal
es
decisi cisivva en esto stos aspect pectos os y debe ebe ser ser pue puesta sta a la altur ltura a de las las circunstancias y necesidades#
CO&ERCIO E5TERIOR El comercio internacional al igual que la producción de bienes y servicios a la que ya se &abía aludido con las libertades del artículo A9 es declarado libre en la parte de la /onstitución 'art# M+#Esto quiere decir que no se le pondrán barreras ni restricciones restricciones ni limitaciones limitaciones otras que los derec&os arancelarios arancelarios y los procedimientos de aduana que el Estado tiene completa atribución de establ establece ecerr /on ello ello todo todo bien bien legiti legitimo mo
puede puede ser importa importado do y export exportado ado
Dndudablemente le ayudará el mandato del artículo MC que establece la libre tene tenenc ncia ia y disp dispos osic ició ión n de mone moneda da extr extran anje jera ra#E #Ell decr decret eto o esta establ blec ece e una una derogación universal de las normas que establecían restricciones al comercio interno o externo por cualquier ra,ón# 6in embargo el segundo párrafo salva ciertos casos de excepción % algunos permanentes como los rubros previstos en los tratados y en la )ey ?C2C7 y otros eventuales que deberán ser tomados como situaciones excepcionales #5ay que recordar que el artículo 7? de la /onstituci /onstitución ón autori,a autori,a lo siguiente: siguiente: )a ley puede solo por ra,ón de seguridad seguridad nacional establecer temporalmente restricciones y pro&ibiciones específicas para la adquisici adquisición% ón% posesión% posesión% explotació explotación n y transferen transferencia cia de determinad determinados os bienes# El artículo artículo 1A del decret decreto o *S MM dice: dice: El Estado Estado garanti, garanti,a a la adopc adopción ión de medi medida dass dest destin inad adas as a evit evitar ar y corr correg egir ir las las dist distor orsi sion ones es crea creada dass por por las las prácticas prácticas de competen competencia cia desleal desleal en el comercio internac internacional ional tales tales como dumping y subsidios# Ei procedimiento para la aplicación de derec&os antidumping y compensatorios derivados de la aplicación de lo dispuesto en el párrafo precedente serán aprobados aprobados por decreto decreto supremo supremo refrendado refrendado por el (inistro (inistro de Economía Economía y ina inan, n,as as y qued quedan an exce except ptua uado doss de lo esta establ blec ecid ido o por por el artí artícu culo lo 12 del del presente 4ecreto )egislativo# Este articulo está destinado a reponer la equidad en las transacciones internacionales cuando el país que nos exporta productos
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lo &ace con medidas desleales que conducen a poner artificialmente en mejor pie de competencia a sus productos que a los producidos internamente por nosotros# Ello ocurre a trav"s del dumping o disminución artificial de precios para que el productor interno no pueda competir o mediante subsidios que se dan al exportador para que verdaderamente aparente ofrecer un precio más bajo#Estas medidas del exportador &acia nosotros deben ser contrarrestadas con la imposición de determinadas sanciones a los productos así importados de manera manera que normalme normalmente nte con una tasa tasa adiciona adicionall a la arancel arancelari aria a y de natu natura rale le,,a sanc sancio iona nado dora ra compl omplet etam amen ente te dist distin inta ta a la de ella ella que que es esencialmente tributaria se corrige el efecto distorsionante que produce en el mercado interior del país y permite que nuestros productores compitan en pie de igualdad#
A&'IENTE " RECURSOS NATURALES 5asta &ace relativamente poco tiempo los recursos naturales de un país eran vistos esencialmente como un elemento a explotar para beneficio económico Esta explotación era reali,ada por empresas privadas o p-blicas que debían reconocer derec&os al Estado normalmente a trav"s del pago de tributos por los beneficios económicos que obtenían# 4ebido a ello se vieron obligados a determinar un r"gimen patrimonial de los recursos naturales y los derec&os y obli obliga gaci cion ones es que que regí regían an su expl explot otac ació ión n #En #En el erer- la trad tradic ició ión n &a sido sido reconocer que los recursos naturales pertenecen al colectivo del pueblo y que el debe beneficiarse de su explotación mediante la participación normalmente a trav"s de impuestos que la ley determine# $l propio tiempo si todo o parte de la explotación será reali,ada por entidades privadas sería sería bueno establecer los principios generales a los que se sujetaría su trabajo y particularmente las reglas que protejan sus inversiones sin afectar los derec&os del er- como titular de los bienes# 5ace algunos decenios los principales recursos naturales considerados en el er- eran los yacimientos minerales de diversa naturale,a% la flora y fauna ama,ónica# 5oy con el desarrollo de la tecnología% la diversidad biológica existente en el er- por su gran variedad de climas% es un privilegio que es prec precis iso o reco recono noce cerr% expl explot otar ar y sobr sobre e todo todo cons conser erva var# r# F esto esto -lti -ltimo mo tien tiene e parti articcula ular imp importa ortanc ncia ia desde esde &ace pocos ocos a0os a0os la &uma &uman nida idad viene iene P á g i n a 21 | 33
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reconociendo la necesidad de dar una explotación racional a los recursos naturales para no agotarlos agotarlos o degradarlos y de proteger el medio ambiente y la naturale,a como conjunto# )os medios de explotación que el ser &umano tiene actualmente a disposición pueden da0ar irremediablemente al planeta 8ierra poniendo en peligro a mediano pla,o inclusive las condiciones físicas de la vida &umana# or ello al lado de la importancia económica de los recursos naturales &a aparecido en el mundo actual la conciencia de que la explotación debe ser racional y debe proteger el medio ambiente la naturale,a y la diversidad de formas de vida#
REGI&EN AGRARIO AGRARIO " CO&UNIDADES CO&UNIDADES CAESINAS CAESINAS En materia materia de propiedad propiedad y explotació explotación n de tierras tierras a partir del a0o 19MC 19MC y con mayor "nfasis a-n a partir de 19M9 se lleva adelante un proceso de reforma agraria que transforma la estructura de tenencia y propiedad de la tierra# )a /onstitución de 1979 asumía la existencia de la reforma agraria y la incorpora en sus normas aunque aten-a algunos de los aspectos más drásticos del 4ecreto ley que fue aprobado en 3unio de 19M9 particularmente en lo que se refe referí ría a al conc concep epto to de cond conduc ucci ción ón dire direct cta a de la tier tierra ra que que infl influí uía a en la posib osibililiidad dad de rete reten ner o de ser despo spojad jado de la propi ropied eda ad de tie tierra rra agropecuaria# El segundo tema de esta parte son las /omunidades /ampesinas y *ativas que que son son form formas as ance ancest stra rale less de orga organi ni,a ,aci ción ón de la pobl poblac ació ión n
serra serrana na y
selvática del er- aunque en los -ltimos decenios tambi"n se &an constituido algunas comunidades comparativamente pocas en la costa del país# )as comunidades son organi,aciones que incluyen la,os primarios de relación dentro del grupo %una organi,ación para el trabajo y para la producción con mecanismos de solidaridad y reciprocidad entre las familias conformantes a-n &oy con una notable disminución de las tareas comunes se puede apreciar que contin-an las tradiciones de las tareas comunales y de las formas de ayuda mutua entre los miembros de las comunidades #El trabajo y la organi,ación colect colectiva iva están están todav todavía ía más prese presente ntess en las /omuni /omunidad dades es *ativas *ativas de la 6elva que en las /omunidades /ampesinas de la 6ierra probablemente por las
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menos menos buenas buenas condici condicione oness
de vida de las primeras primeras que las obliga obligan n a
compartir y a solidari,arse en grupo con mayor intensidad#
)./ANALISIS COARATIVO ENTRE LAS CONSTITUCIONES DE +002 " +010
a6 Estad Estad , 7luralis8 7luralis8 9 su!sidiar su!sidiariedad iedad El artículo M2 de la constitución actual tiene como antecedentes de 1979 a los arts# 11?% 11 y 1CC reconociendo al igual que el art 11? el pluralismo económico y lo entienden como la coexistencia de varias formas de empresa y propiedad# 6in embargo al &ablar de las empresas p-blicas la diferencia es notoria: mientras que en la carta magna de 1979 se dice que la finalidad es promover la economía% prestar servicios p-blicos y alcan,ar alcan,ar los objetivos del desarrollo% desarrollo% la constitución de de 199 dice que las las empresas p-blicas reali,aran reali,aran actividad subsidiariamente si existe existe un alto inter"s inter"s del p-blico p-blico a0adiendo a0adiendo que el trato legal entre entre la actividad empresarial ya sea estatal o no% será la misma#
!6 Ecn Ecn8ía 8ía sci scial al de 8er 8ercad cad En el título DDD del !"gimen Económico se menciona en el primer capítulo debido debido a su importanc importancia ia al artículo artículo A de nuestra nuestra actual actual constitución constitución y en el art# 11A de la constitución de 1979 establecen ambas que el r"gimen económico está basado en una BEconomía 6ocial de (ercadoB% que es la esencia de una iniciativa privada libre. sin embargo mientras que la constitución de 1979 dice que el estado estimula y reglamenta el ejer ejerci cici cio o de la inic inicia iativ tiva a para para armo armoni ni,a ,arl rlo o con con el inte inter" r"ss soci social al%% la constitución de 199 le da al estado la misión de orientar y ser promotor de las áreas como el empleo% salud% educación% seguridad% servicios p-blicos e infraestructura #
c6 Derec Derec% % de 7r7ie 7r7iedad dad El artículo 72 dentro del capítulo de la propiedad coincide en muc&os aspe aspect ctos os con con los los arts arts## 1?C 1?C y 1?A 1?A aseg asegur uran ando do que que el dere derec& c&o o de prop propie ieda dad d es invi inviol olab able le
y que que el esta estado do lo gara garant nti, i,a a con con algu alguna nass
excepciones en las que uno puede ser privado de su propiedad ya sea P á g i n a 23 | 33
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por seguridad nacional o necesidad p-blica# Gna diferencia es clara % en la de 1979 1979 se menc mencio iona na el inte inter" r"ss soci social al cons constititu tuci ción ón
de 199 199
que que se elimi elimina na en la
y que se se cambi cambia a el t"rmi t"rmino no de Kuti Kutilid lidad adLL a
Kneces Knecesida idadL dL public publica a al referi referirse rse a las excep excepcio ciones nes ya mencio mencionad nadas as a0adiendo correctamente a la seguridad nacional# *uestra actual constitución trae algunas modificaciones sobre el tema de la expropiación con respecto de la constitución de 1979 por ejemplo pide que la indemni,ación incluya compensación por le eventual perjuicio. que &aya acción ante el oder 3udicial cara contestar el valor de la propiedad y la ausencia de excepciones al principio de pago previo en dinero# El artículo 71 es igual al art# 1?M de la constitución de 1979 1979 &ablando &ablando sobre sobre la propie propiedad dad de los extranje extranjeros ros y la pro&ibi pro&ibició ción n de
adquir adquirir ir
propiedades a cincuenta Iilómetros de las fronteras varia en que al &aber excepciones a esta pro&ibición uno debía ser bajo la ley expresa y la actual constitución la cambio a un decreto supremo aprobado por el consejo de ministros# El artículo 7? establece la misma restricción que el artículo 1?7 de 1979% la dife difere renc ncia ia está está en que que actu actual alme ment nte e la pro& pro&ib ibic ició ión n es &ec& &ec&a a por por seguridad nacional nacional de manera temporal y ya no por inter"s inter"s nacional#
d6 Li!ertad Li!ertad de Tra! Tra!a:, a:, e87resa e87resa,, c8erci c8erci e industria industria El artículo ? inciso 1A &abla sobre el trabajo al igual que el inciso 1 del mismo artículo de la constitución anterior% ambas coinciden en defender la libertad de trabajo como principio aunque la de 1979 permitía elegir y ejercer el trabajo# El artículo artículo A9 del r"gimen r"gimen económi económico co de 199 &abla &abla la libertad libertad de comercio% empresa e industria% este artículo tiene sus antecedentes en los art# 112%11M# 11 y 1A de la constitución pasada# En la /onstitución de de 1979 existe un estado guardián de principios que inte interv rvie iene ne en la econ econom omía ía prom promov ovie iend ndo o y regu regula land ndo o los los proc proces esos os económicos por ser ese uno de los roles del estado% en cambio la constitución del 9 asigna al estado el papel de estimulador de rique,a y garanti,ador de la libertad sin que da0en la moral% salud o seguridad publica al igual que el art# 11 del 79#
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El estado tiene el rol de ayudar a los sectores en desventaja a superarse para competir justamente con los demás esto beneficia a las peque0as empresas y a la actividad artesanal#
e6 #lan #lani$ i$ic icac aci; i;n n )a constitución constitució n actual de 199 no &a escrito nada parecido al art# 11 111 de la constituci constitución ón de 1979 donde donde dice dice que el Estado Estado formula la política política econ económ ómic ica a y soci social al medi median ante te plan planes es de desa desarr rrol ollo lo que que regu regula lan n la actividad de los demás sectores# )a planificación una ve, concertada es de cumplimiento obligatorio# En 1997 se buscaba incentivar la inversión en el país% este tipo de desarrollo conllevaba la necesidad de tener una unidad nacional de planificación que determinara los rumbos que debía seguir la inversión p-blica y que orientara con mayor o menor coacción la inversión privada# $sí &abía sectores de la actividad económica en los que el capital privado no podía invertir y otros en los que si En algunos debía coinvertir con el Estado#
$6 #si #sici ci;n ;n anti anti8 8n n7; 7;li lica ca El artículo M1 de la l a constitución de 199 &abla sobre la libre competencia explicando así que no acepta un monopolio privado que lo controle todo% sus antecedentes se encuentran en los arts# 11C% 1% 1C y 1A de la constitución de 1979% siendo este -ltimo el que permitía el monopolio del estado en la actividad bancaria% financiera y de seguros así como la reserva de actividades productivas para el estado y los peruanos# El segu segund ndo o y -lti -ltimo mo párr párraf afo o en el que que &abl &abla a de la pro& pro&ib ibic ició ión n de exclusividad de los medios de comunicación es literalmente igual al artículo 1C de la constitución de 1979% pues como ya se mencionó la cons constititu tuci ción ón actu actual al y las las ante anteri rior ores es rec& rec&a, a,an an cual cualqu quie ierr tipo tipo de monopolio#
<6 R=
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crean% modifican y exoneran de la ley 'la actual constitución a0ade que pued puede e ocur ocurri rirr
por por decr decret eto o legi legisl slat ativ ivo o en caso caso de delega delegaci ción ón de
facultades+. que los aranceles eran establecidos por el poder ejecutivo% que los gobiernos locales pueden modificar y crear así como suprimir contribuciones. la fec&a en la que rige las leyes relativas a tributos de peri period odic icid idad ad anua anuall 'art 'art## 19A+ 19A+## $sí como como &ay &ay simi simililitu tud d entr entre e las las consti constituc tución ión tambi" tambi"n n &ay difere diferenci ncias% as% la actual actual consti constituc tución ión a0ade a0ade normas a este artículo como por ejemplo que las tasas van a regularse por decreto decreto supremo y que los gobiernos gobiernos locales locales pueden pueden suprimirlas% suprimirlas% crearlas o modificar a diferencia de la constitución en la que solo podía &acerlo a los arbitrios y derec&os# 8ambi"n a0ade que los decretos de urge urgenc ncia ia no pued pueden en
cont conten ener er mate materia ria trib tribut utar aria ia y fina finalm lmen ente te que que
cualquier norma tributaria que viole lo expuesto en este artículo no surtirá efecto# )a constitución actual actual menciona en el el artículo 7A la garantía del estado del del pago pago de la gran gran deud deuda a p-bl p-blic ica a solo solo cont contra raíd ída a por por gobi gobier erno noss constitucionales y que las operaciones de endeudamiento del estado se aprueb aprueban an bajo ley todo todo esto igual igual que los artícu artículos los 1C2 y 1C1 de la constitución de 1979# En el -ltimo párrafo &abla sobre las operaciones de cr"dito de los muni munici cipi pios os sin sin dar dar muc& muc&os os deta detalllles es al resp respec ecto to a dife difere renc ncia ia de la cons constititu tuci ción ón ante anterio riorr que que solo solo auto autori ri,a ,aba ba oper operac acio ione ness de cr"d cr"ditito o internas# El articulo 7M tiene como antecedente al artículo 1C contienen el mismo mandato mandato al &ablar sobre sobre las obras% suministros% adquisición adquisición y enajenación de bienes# 6eg-n ambas constituciones% el tributo viene a ser la carga que debe pagar directa o indirectamente el contribuyente# El presupuesto es la relación de obligaciones de la *ación que deben ser atendidas por el (E '(inisterio de Economía y inan,as+. anualmente% sobre la base de los recursos con que cuenta principalmente del rubro de los impuestos# im puestos#
%6 #res #resu7 u7ue uest st
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El artí artícu culo lo 77 de la cons constititu tucción ión de 199 199 es simi simila larr al art# art# 1 1 y concuerdan en que la administración económica y financiera del estado se rige por el presupuesto anual sin embargo la constitución actual establ establece ece al obiern obierno o /entra /entrall e instan instancia ciass desce descentr ntrali ali,ad ,adas as como como seccione seccioness a0adiend a0adiendo o que el presupues presupuesto to asigna asigna equitativ equitativament amente e los recursos p-blicos y que deben recibir una participación adecuada del tota totall de los los ingr ingres esos os obte obteni nido doss por por el esta estado do al expl explot otar ar recu recurs rsos os naturales% naturales% al respecto respecto de esto existía existía el artículo artículo 1?1 de la constitución constitución de 1979 que &ablaba de la remuneración a las ,onas rurales en las que ocurría dic&a explotación# El artículo 7 de 199 &abla de la ley de resupuesto al igual que el art#197 y 199 '/onstitución de 1979 ; del res resup upue uest sto o y la cuenta cuenta genera general+ l+ en ambas ambas
se establ establec ece e que que el
proyecto de presupuesto debe mantener un equilibrio entre los ingresos y los egresos y que le corresponde al residente de la !ep-blica enviar el dic&o proyecto proyecto al /ongreso pero pero el pla,o es ligeramente distinto pues pues en la constitución constitución de 1979 decía dentro dentro de los treinta días siguientes a la instalación de la legislatura ordinaria anual y en la actual se menciona una fec&a exacta '2 de agosto de cada a0o+# )a constitución de 1979 establecía que las leyes de carácter tributario debían votarse aparte y antes de la ley del presupuesto 'art 199+% 199+% pero en la actua ctualilida dad d el res resid iden ente te debe ebe env enviar iar los los proy royecto ectoss de endeudamiento y de equilibrio financiero en la misma fec&a#
i6 &neda 9 !anca
Este tema es tan importante que tiene su propio capitulo en el título del r"gimen agrario en ambas constituciones# )os artículos '199+ y 1C '1997+ '1997+ recuer recuerdan dan que es propio propio del Estado Estado la emisión emisión de billetes billetes y monedas a trav"s del >anco >anco /entral 4e !eservas !eservas 4el er-# er-# El actual art#C explica que el >anco /entral es una persona jurídica de 4erec&o 4erec&o -blico -blico con autonomía autonomía 'aun con ella debe debe coordinar coordinar con el (isterio de Economía y inan,as+ cuya función es la regulación de moneda cr"dito así como una correcta administración de las reservas
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internacionales y que debe informar al país sobre cuál es el estado econ económ ómic ico o en el que que se encu encuen entr tra# a# $0ade 0ade al artí artícu culo lo 1C9 1C9 de la constitución de 1979 que dic&o >anco debe mantener la estabilidad económica 'medidas en el art#A de la constitución de 199 y art#1A2 de la const onstit ituc ució ión n de 197 1979+
y que que está stá pro pro&ibi &ibid do de conc onceder eder
financiamiento al erario salvo la compra de valores del 8esoro esoro -blico# El art# M guarda similitud con el art#1A1 de la constitución pasada en lo que respecta al gobierno del >anco 'directorio de siete miembros+ con la varia ariacción ión de que que el congr ongres eso o lo rati ratifi fica ca en ve, del senad enado o ya desaparecido# $sí mismo se omite los artículos 1A? y 1A sobre la actividad bancaria% financiera y de seguros en la nueva constitución por ser repetitivos# El art# 7 de 199 junta a los artículos 1AC y 1AA de la constitución de 1979% esta constitución decía que fomentaba y garanti,aba el a&orro privado % la constitución actual cambia esto para referirse al a&orro en gene genera ral.l. en los los párra párrafo foss sigu siguie ient ntes es la sup superi erinte ntend ndenc encia ia de ban banca ca y segu se guro ross a& a&or ora a es ad admi mini nist stra rado dora ra pr priv ivad ada a de fo fond ndos os de pe pens nsio ione ness cambiando el tiempo en el que se designa al superintendente de Kun pla,o de cinco a0osL como decía en la constitucional anterior a Kun periodo constitucionalL ratificado por el /ongreso#
:6 In>ersi;n e?tran:era e?tran:era El artículo M y 71 de la constitución actual &abla de este tema mientras que la constitución de 1979 la menciona en los artículos 1?M %1M y 17# Esta -ltima mencionada permitía entregar actividades solo a peruanos y sometía las inversiones extranjeras a la ley peruana y lo autori,aba siempre y cuando fuera complementaria al de las nacionales mientras que la actual constitución sostiene el mismo tratamiento en igualdad de condiciones para la inversión extranjera y nacional recalcando el art# M2 que respeta la coexistencia de cualquier tipo de empresa% en este caso extranjera#
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El artículo 71 menciona en ambas constituciones que un extranjero no pued puede e adqu adquir irir ir ni pose poseer er prop propie ieda dad d algu alguna na dent dentro ro de cinc cincue uent nta a Iilómetros de las fronteras#
@6 #rtec #rtecci; ci;n n al al cnsu cnsu8id 8idr r )a /ons /onstit tituc ució ión n disp dispon one e que que el Esta Estado do defie defiend nda a el inte inter" r"ss de los los consumidores sin embargo el art# 112 de la constitución de 1979 apenas lo menciona en los principios generales del !"gimen Económico% a diferencia de la constitución actual que dedica un artículo un poco más detallado sobre este tema 'art# MA+ debido qui,ás a su nueva posición neolib neolibera eral%l% era entonc entonces es neces necesari ario o ampliar ampliar su conten contenido ido porque porque el consumidor es importante en la economía social del mercado pues fortalece y la &ace crecer# >usca entonces que se garantice el derec&o a información verídica sobre los bienes que se quieren comprar a fin de estar consciente de lo que que se consu consume me
así así mis mismo vela vela por por la salud salud y segu seguri rida dad d de la
población% protegiendo protegiendo productos que puedan puedan ser peligrosos peligrosos y atenten atenten contra la vida del consumidor peruano#
l6 C8e C8erc rci i E?ter ?teri ir r 6e menciona en el artículo M de los principios generales del r"gimen económico que el comercio exterior es libre 'todo bien legitimo puede ser importado o exportado+ a excepción de que otro estado estorbara la comp compet eten enci cia a inte intern rnac acion ional al &aci &acien endo do repr repres esal alia iass prot protec ecci cion onis ista tass y discrimina discriminatorias torias que perjudiq perjudiquen uen el inter"s nacional nacional dándole dándole al país la posibilidad de responder eficientemente a las amena,as económicas del exterior# En el caso del art# 117 117 de la constitución de 1979 menciona que el comercio exterior motiva al inter"s social y el desarrollo del país buscando crear un orden económico internacional# En segundo lugar se establece que los contratos de carácter financiero que firmen las personas extranjeras% pueden ser exceptuados de la jurisdicción nacional% con lo que el mandato es que pueden ser sometidos a cualquier jurisdicción: la internacional% la arbitral e incluso la extranjera# )a /onstitución de 1979 '$rt 1M+ permitió que los contratos de carácter financiero del Estado fueran exonerados de la /láusula
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/alv alvo y que que se someti metier eran an a trib tribu unales ales jud judicia iciale less o arbit rbitra rale less constituidos en virtud de convenios internacionales de los cuales es parte el er-# )a actual /onstitución a0ade la posibilidad de someter dic&as causas a arbitraje nacional o internacional% en la forma en que lo disp dispon onga ga la ley y sólo sólo exig exige e el somet sometim imie ient nto o a leyes leyes y trib tribun unal ales es peruanos cuando se trata de co;contratantes extranjeros domiciliados#
86 A8!iente A8!iente 9 Recurss Recurss Naturales Naturales 6e percibe un tratamiento similar de este tema en ambas constituciones como es el caso del artículo M que menciona que los recursos son patrimonio de la nación al igual que en la constitución de 1979 '$rt# 11+ sin embargo algo notorio de nuestra actual actual es que resalta la soberanía del estado estado asumiendo asumiendo que que tiene la autoridad autoridad total para determin determinar ar el aprov provec ec& &amien miento to de los los rec recurs ursos# os# inal inalme ment nte e &abla bla sobre obre el otorga otorgamie miento nto al conce concesio sionar nario io para para extrae extraerr recurs recursos os de la manera manera acordada# El artículo M7 explica y mejora el art# 119 119 de la constitución constitución de 1979 indicando que ya no solo busca la l a evaluación y preservación de los recursos naturales sino que determina una política nacional del ambiente que que prot protej eja a y cons conser erve ve deja dejand ndo o de lado lado la indu indust stri rial ali, i,ac ació ión n para para promover su uso sostenible generando una mejor calidad de vida para la persona &umana# El artículo M &abla de la protección de los parques nacionales y santuarios para especies en el er- donde se pro&íbe la explotación de animales y plantas% cabe recalcar que no se menciona ning-n artículo parecido en la constitución pasada# Gn aspecto de vital trascendencia que contemplaba la constitución de 1979 y &a obviado nuestra actual constitución es el que contempla el artículo 1?1% referido a una participación adecuada en la renta que produce la explotación de sus recursos% la cual debe estar en completa armonía con una política descentralista y para culminar los artículos M9 y 1?2 de la constitución actual y pasada respectivamente impulsan el desarro desarrollo llo de nuest nuestra ra $ma,oni ma,onia% a% donde donde la consti constituc tución ión de 1979 1979 se empe0a en promover la actividad económica y la actual se centra en el desarrollo sostenible de dic&a región siendo este artículo muc&o mejor que el anterior#
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n6 R=
/N(G*D /N(G*D4$4 4$4E6 E6 /$(E6D /$(E6D*$6 *$6 F
*$8D$6L *$8D$6L con solo dos artículos# El artículo artículo de nuestra actual actual constituc constitución ión &abla &abla sobre el !"gimen !"gimen $grario resumiendo el artículo 1AM 1AM % 1A7 y 1A9 de la constitución constitución de 1979 que que menc mencio iona na a la refo reform rma a agra agrari ria a
llam llamán ándo dola la Kins Kinstru trume ment nto o de
transformación de la estructura rural y de promoción integral del &ombre del campoL así como la pro&ibición de los latifundios 1M# )a constitución de 199 omite mencionar esta reforma y solo indica que la ley puede fijar los límites y la extensión de la tierra% seg-n cada cada ,ona apoyando apoyando al desarrollo agrario y garanti,ando el derec&o de propiedad así como el dominio del Estado en caso de ser abandonadas o que las comunidades nativas incumplan las condiciones de contratos de cesión suscritos con el estado estado para su posterior adjudicación adjudicación en ventas a inversionistas inversionistas que que deseen adquirirla. esto -ltimo no ocurría en la constitución pasada en la que luego del abandono% la tierra debía ser adjudicada a los campesinos que carecían de ellas# 4ebido a lo anterior% observamos que ambas constituciones presentan una distinta materia de concepción del agro peruano% siendo la de 199 más privatista% de desarrollo en base al esfuer,o privado y de no intervención del estado bajo ninguna de las form formas as que que esta establ blec eció ió ante antess la refo reform rma a agra agraria ria a dife difere renc ncia ia de la constitución de 1979 1979 que le daba Kprioridad Kprioridad absolutaL al sector agrario y no solo un apoyo preferente 'no en su totalidad+ como es a&ora# or otro lado% los artículos orientados a las comunidades campesinas y nativas de la constitución anterior se &an resumido en un -nico artículo '9+ eliminando el artículo 1M? por afectar al neoliberalismo de nuestra consti constituc tución ión## resen resentan tando do similit similitud ud al otorga otorgarr a las comun comunida idades des la capa capaci cida dad d de ejer ejerce cerr sus sus dere derec& c&os os y tene tenerr debe debere ress así así como como su autonomía autonomía económica económica dentro dentro de lo marcado por la ley respetando respetando sus tradiciones pero divergiendo en el tema de la tierra pues la constitución de 1979 lo consideraba inalienable salvo algunas excepciones y la 16 Explotación agraria de gran extensión#
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actu actual al la incor incorpo pora ra al merc mercad ado o aunq aunque ue se mant mantie iene ne en lo de ser ser imprescriptible así como menciona menciona que respeta la identidad cultural de las comun comunida idades des campe campesin sinas as y nativa nativass propic propician iando do la super superaci ación ón cultural de sus integrantes % siendo esto -ltimo algo no mencionado en la constitución actual#
CONCLUSIÓN
Es inte intere resa sant nte e e inst instru ruct ctiv ivo o real reali, i,ar ar un anál anális isis is comp compar arat ativ ivo o sobr sobre e las las constituciones más recientes del país con respecto al r"gimen económico# ude observar la supresión o síntesis de algunos artículos de la constitución pasada por ser redundantes o ya no empleables en nuestros tiempos así como la modificación y creación de nuevos# El golpe de Estado y el compromiso de )as >a&amas dieron origen a nuestra constitución actual# ivimos en un Estado de 4erec&o tan solo en apariencia% careciendo totalmente de la esencia del respeto por la ley. lamentablemente este es uno de los más grandes defectos de los ciudadanos peruanos y se debe debe tomar tomar concie concienci ncia a de que no import importa a cuánt cuántas as consti constituc tucion iones es futura futurass apare,can si no se van a cumplir las leyes solo serán simples palabras#
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