E.A.P. DE INGENIERIA AGROINDUSTRIAL SECCION - LA UNION
PODERES DEL ESTADO PERUANO.
CURSO
:
DEFENSA NACIONAL
DOCENTE
:
Ing. QUINTANA
RESPONSABLE
:
CAJAS BERROSPI, Mi Miguel. A
LA UNIÓN - HUANUCO - PERÚ – 2014
RESUMEN
Conc Concep eptu tual alme ment nte e es la Nació ación n peru perua ana juríd urídic icam amen ente te orga organi niza zada da,, es la enti entida dad d que que ejer ejerce ce el gobi gobier erno no en la República del Perú. La estructura del Estado est de!nida en la Cons Consti titu tuci ción ón Polít olític ica a del del Perú erú prom promul ulga gada da en "##$ "##$ % &igente desde el " de enero de "##'. (rtículo Nro. '$ La República del Perú es democrtica, social, independiente % soberana. El Estado es uno e indi&isible. )u gobierno es unitario, representati&o % descentralizado, % se organiza según el principio de la separación de poderes. Constitución Política del Perú
I
.INTRDUCCION
El antecedente inmediato del Poder *udicial en el Perú es la Real (udiencia creada por el +mperio espaol. -urante el irreinato del Perú, /ue di&idido en &arias circunscripciones como la (udiencia de C0arcas % la Real (udiencia de Lima. (l darse la independencia del Perú, *os1 de )an 2artín resol&ió que, 0asta que la nue&a nación no tu&iera un derec0o nacional se seguiría usando el derec0o ib1rico por lo que se mantu&o la organización de la (udiencia de Lima. 3ue )imón 4olí&ar quien estableció la creación del Poder *udicial propiamente dic0o mediante la creación de la Corte )uperior de *usticia de Lima, la Corte )uperior de *usticia de Cusco, Corte )uperior de *usticia de La Libertad % Corte )uperior de *usticia de 5uamanga. Gobierno Central o Nacional Est con/ormado por el Poder Ejecuti&o, Legislati&o, *udicial % los organismos constitucionales autónomos. Poderes Del Estado -
II.
REVICION BIBLIOGR!IC
El sistema presidencial es una /orma de gobierno representati&a, donde los poderes del Estado estn separados6
Poder Legislati&o.
Poder Ejecuti&o.
Poder *udicial.
)iendo cada uno de ellos autónomo e independiente.
". Poder Le#islati$o
El Poder Ejecuti&o es el órgano del Estado encargado de dirigir % ejecutar la marc0a política del país. En los últimos decenios 0a tenido un desarrollo mu% importante, que le 0a dado ma%or in7uencia política % 0a depositado en 1l una creciente cantidad de atribuciones, entre ellas, el manejo de las potestades legislati&a % jurisdiccional, sometidas a determinados requisitos % modalidades. En nuestro sistema político es el órgano ms dinmico de la política nacional, aun cuando esto no quiere decir en modo alguno, que sea algo equi&alente al 8primer poder del Estado8. )implemente lo que queremos resaltar es que el Ejecuti&o se 0a con&ertido aquí 9% en general en el mundo:, en el motor esencial del gobierno.
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El Congreso de la República del Perú o Congreso Nacional del Perú , " es el órgano que asume el Poder Legislati&o en la República del Perú , ocupando una posición principal dentro
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del Estado Peruano . Es, desde "##;, un congreso unicameral por cuanto est con/ormado por una sola cmara legislati&a de "<= congresistas elegidos por distrito múltiple 9por cada departamento de acuerdo a la población electoral: para un período de cinco aos, coincidiendo con el período presidencial. El actual congreso se instaló el <> de julio del <==> % ejercer /unciones 0asta el <> de julio del <="". )u sede principal es el Palacio Legislati&o del Perú , ubicado en el centro 0istórico de Lima , /rente a la plaza )imón 4olí&ar % a escasas cuadras de la Casa de Pizarro. El Congreso se elige por un período de cinco aos. Para ser elegido congresista se requiere ser peruano de nacimiento, 0aber cumplido <; aos % gozar de derec0o de su/ragio. La /unción de congresista es de tiempo completo? le est pro0ibido desempear cualquier cargo o ejercer cualquier pro/esión u o!cio, durante las 0oras de /uncionamiento del Congreso. El mandato del congresista es incompatible con el ejercicio de cualquiera otra /unción pública, e@cepto la de 2inistro de Estado, % el desempeo, pre&ia autorización del Congreso, de comisiones e@traordinarias de carcter internacional. La /unción de congresista es, asimismo, incompatible con la condición de gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista ma%oritario o miembro del -irectorio de empresas que tienen con el Estado contratos de obras, de suministro o de apro&isionamiento, o que administran rentas públicas o prestan ser&icios públicos. La /unción de congresista es incompatible con cargos similares en empresas que, durante el mandato del congresista, obtengan concesiones del Estado, así como en empresas del sistema crediticio !nanciero super&isadas por la )uperintendencia de 4anca, )eguros % (dministradoras Pri&adas de 3ondos de Pensiones.A
"." !%nciones del Poder Le#islati$o
-ar le%es % resoluciones legislati&as, así como interpretar, modi!car o derogar las e@istentes.
elar por el respeto de la Constitución % de las le%es % disponer lo con&eniente para 0acer e/ecti&a la responsabilidad de los in/ractores.
(probar los tratados de con/ormidad con la Constitución.
(probar el Presupuesto % la Cuenta Beneral.
(utorizar empr1stitos, con/orme a la Constitución.
Ejercer el derec0o de amnistía.
(probar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecuti&o.
Prestar consentimiento para el ingreso de tropas e@tranjeras en el territorio de la República, siempre que no a/ecte, en /orma alguna, la soberanía nacional.
(utorizar al Presidente de la República de la República para salir del país.
&. Poder e'ec%ti$o
El Poder Ejecuti&o est constituido por el Presidente, quien desarrolla las /unciones de *e/e de Estado. El simboliza % representa los intereses permanentes del país. ( su &ez, como *e/e de Bobierno, es quien dirige la política gubernamental, respaldado por la ma%oría políticoelectoral.
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El Palacio de Bobierno del Perú, " conocido tambi1n como Casa de Pizarro % como Casa de Bobierno de Lima esta última mención con la que se datan los documentos o!ciales, se encuentra ubicado en la Plaza 2a%or de la ciudad de Lima % a orillas del río Rímac desde ";$;. Es la principal sede del Poder Ejecuti&o peruano % la residencia personal del Presidente de la República del Perú. El Poder Ejecuti&o est constituido por el Presidente, quien desarrolla las /unciones de *e/e de Estado. El simboliza % representa los intereses permanentes del país. ( su &ez, como *e/e de Bobierno, es quien dirige la política gubernamental, respaldado por la ma%oría políticoelectoral. En el r1gimen presidencial, tanto el Poder Ejecuti&o como el Legislati&o son elegidos por su/ragio popular. Con respecto a la reelección del presidente de la república, la constitución mediante su artículo ""
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Recordemos que en el r1gimen de (lberto 3ujimori se suscito un problema con respecto a la interpretación del presente artículo 9la re reelección:, así el ' de no&iembre del ao <===, mediante la le% <$>;, se estableció la no reelección inmediata. El anterior artículo mandaba lo siguiente6?El mandato presidencial es de cinco aos. El Presidente puede ser reelegido de inmediato para un período adicional. Franscurrido otro período constitucional, como mínimo, el e@ presidente puede &ol&er a postular, sujeto a las mismas condiciones. La &acancia de la Presidencia se re!ere a la p1rdida del mandato % la suspensión, a la limitación temporal del ejercicio del poder, de esta /orma, los artículos ""$D % ""'D dictaminan6 (rtículo ""$G . La Presidencia de la República &aca por6 . 2uerte del Presidente de la República. B. )u permanente incapacidad moral o /ísica , declarada por el Congreso. C. (ceptación de su renuncia por el Congreso. D. )alir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a 1l dentro del plazo !jado. E. -estitución, tras 0aber sido sancionado por alguna de las in/racciones mencionadas en el artículo ""D de la Constitución.
&." !%nciones del Poder E'ec%ti$o
)on atribuciones República.
%
obligaciones
del
Presidente
de la
Cumplir % 0acer cumplir la Constitución, los tratados % le%es.
Representar al Estado dentro % /uera de la República.
-irigir la política general del Bobierno.
elar por el orden interno % la seguridad e@terior de la República.
Con&ocar a elecciones para Presidente de la República % para Representantes del Congreso, así como para alcaldes % regidores % dems /unciones que seala la le%.
Con&ocar al Congreso a legislatura e@traordinaria. Ejercer la potestad de reglamentar las le%es sin transgredirlas ni desnaturalizarlas % dentro de tales límites, dictar decretos % resoluciones.
Cumplir H 5acer cumplir las sentencias % resoluciones de los tribunales % juzgados, % requerido para la pronta administración de justicia.
Cumplir % 0acer cumplir las resoluciones del *urado Nacional de Elecciones.
-irigir la política e@terior % las relaciones internacionales, % celebrar % rati!car tratados.
Presidir el )istema de -e/ensa Nacional, % organizar, distribuir % disponer el empleo de las 3uerzas (rmadas % de la Policía Nacional.
(doptar las medidas necesarias para la de/ensa de la República, la integridad del territorio % de la soberanía del Estado.
-eclarar la guerra % !rmar la paz con autorización del Congreso.
Regular las tari/as arancelarias.
Conceder indultos % conmutar penas, etc.
Los jueces de paz pro&ienen de elección popular.
Cada uno de los órganos del Poder *udicial es autónomo en el ej1rcito de sus /unciones.
El Presidente de la República est /acultado para disol&er el Congreso si 1ste 0a censurado o negado su con!anza a dos Consejo de 2inistros. -ebe, a su &ez, con&ocar a elecciones dentro de los cuatro meses a la /ec0a de disolución. No puede disol&erse el Congreso en el último ao de su mandato. 3inalmente puede decretar estado de emergencia en caso que 0ubiere perturbación de la paz o del orden interno % de catstro/e, en cu%o caso se suspenden algunos derec0os constitucionales en todo el país o en parte de 1l, sólo por sesenta días. Fambi1n puede decretar estado de sitio, en caso de in&asión, guerra e@terior, guerra ci&il.
Colabora con el Presidente de la República el Consejo de 2inistros, cu%os titulares tienen a su cargo la dirección % la gestión de los ser&icios públicos. )on nulos los actos del Presidente de la República que no tienen re/rendación ministerial.
El Consejo de 2inistros tiene su presidente. )in embargo, el Presidente de la República preside la sesión cuando asiste a 1l.
)on atribuciones del Consejo de 2inistros.
(probar los pro%ectos de le% que el Presidente de la República somete al Congreso.
(probar los decretos legislati&os % los decretos de urgencia que dicta Presidente de la República, así como los pro%ectos de le% % los decretos % resoluciones.
-eliberar sobre asuntos de inter1s público.
(. Poder )%dicial
(dministrar *usticia a tra&1s de sus órganos jurisdiccionales, con arreglo a la Constitución % a las le%es, garantizando la seguridad jurídica % la tutela jurisdiccional, para contribuir al estado de derec0o, al mantenimiento de la paz social % al desarrollo nacional8.
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El Palacio de *usticia de Lima es un edi!cio característico de la ciudad peruana de Lima, sede de la Corte )uprema de la República % símbolo del Poder *udicial del Perú. )e ubica en el cercado de Lima /rente al Paseo de los 51roes Na&ales, en una de las plazas ms grandes % signi!cati&as del Perú, sede de uno de los poderes del Estado % que por ello es uno de los lugares usualmente elegidos en la ciudad para todo tipo de concentraciones públicas. El Poder *udicial del Perú es un organismo de la República del Perú constituido por una organización jerrquica de instituciones, que ejercen la potestad de administrar justicia, que emana del pueblo. Est encabezado por la Corte )uprema de la República que tiene competencia en todo el territorio. El segundo ni&el jerrquico lo /orman las Cortes )uperiores con competencia en todo un -istrito *udicial. El tercer ni&el es /ormado por los *uzgados de Primera +nstancia cu%a competencia es, apro@imadamente, pro&incial.
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3inalmente, se encuentran los *uzgados de Paz, con competencia distrital. El Poder *udicial es aqu1l que administra justicia. La Constitución reconoce que esta /acultad es originaria del pueblo? sólo es ejercida por el Estado. El Poder *udicial en su ejercicio /uncional es autónomo en lo político, administrati&o, económico, disciplinario e independiente en lo jurisdiccional. No e@iste, ni puede instituirse, ninguna jurisdicción que pueda cumplir esta misma tarea, con e@cepción de los organismos de justicia militar % arbitral. El Poder *udicial es, de acuerdo a la Constitución % las le%es, la institución encargada de administrar justicia a tra&1s de sus órganos jerrquicos que son los *uzgados de Paz no Letrados, los *uzgados de Paz Letrados, las Cortes )uperiores % la Corte )uprema de *usticia de la República.
(." !%nciones del Poder )%dicial
Proponer a la )ala Plena de la Corte )uprema la Política Beneral del Poder *udicial % aprobar el Plan de -esarrollo del mismo.
3ijar el número de ocales )upremos Fitulares.
-eterminar el número de )alas Especializadas Permanentes % e@cepcionalmente el número de )alas Fransitorias de la Corte )uprema.
(probar el Pro%ecto de Presupuesto del Poder *udicial propuesto por la Berencia Beneral % ejecutarlo una &ez sancionado legalmente.
elar por el respeto de las atribuciones % garantías del Poder *udicial.
(cordar el 0orario del -espac0o *udicial de la Corte )uprema
-istribuir la labor indi&idual o por comisiones, que corresponda a sus integrantes.
Resol&er en última instancia las medidas de apercibimiento, multa % suspensión, impuestas por la I!cina de Control de la 2agistratura, en contra de los magistrados.
Resol&er con/orme a su Reglamento, los asuntos relati&os a traslados de magistrados, /uncionarios % dems ser&idores del Poder *udicial.
-esignar al Berente Beneral del Poder *udicial, % a los dems /uncionarios que seale la Le% % los reglamentos.
Emitir los in/ormes que le solicite el Congreso de la República? la )ala Plena de la Corte )uprema % el 3iscal de la Nación sobre los asuntos de su competencia % solicitar los que se relacionen con sus /unciones.
)uper&isar la conser&ación % buen recaudo de los bienes incautados cu%a libre disposición est supeditada a la resolución de los juicios penales, con/orme a le%.
Proponer a la )ala Plena de la Corte )uprema, en /orma e@cepcional, la distribución de causas entre las )alas Especializadas, !jando su competencia a !n de descongestionar la carga judicial, pudiendo con/ormar
)alas Fransitorias por un t1rmino no ma%or de tres meses, en casos estrictamente necesarios.
(segurar la progresi&a 0abilitación % adecuación de locales judiciales a ni&el nacional, en los cuales /uncionen los órganos jurisdiccionales con su respecti&o personal au@iliar.
-isponer % super&isar el desarrollo de los sistemas de in/ormtica que /aciliten una e!ciente /unción de gestión, el e!caz control de la conducta /uncional % del trabajo jurisdiccional de todos los miembros del Poder *udicial % la organización estadística judicial, con/orme con las propuestas que le /ormule la Berencia Beneral.
(segurar el pago íntegro de las remuneraciones de los magistrados % dems ser&idores del Poder *udicial, según lo establecido en esta Le%.
Crear % suprimir -istritos *udiciales, )alas de Cortes )uperiores % *uzgados, cuando así se requiera para la ms rpida % e!caz administración de justicia, así como crear )alas )uperiores -escentralizadas en ciudades di/erentes de las sedes de los -istritos *udiciales, de acuerdo con las necesidades de 1stos. La creación de -istritos *udiciales se realiza en /unción de reas de geogra/ía uni/orme, la concentración de grupos 0umanos de idiosincrasia común, los &olúmenes demogr!cos rural % urbano, el mo&imiento judicial % adems la e@istencia de &ías de comunicación % medios de transporte que garanticen a la población respecti&a un /cil acceso al órgano jurisdiccional. En todo caso, la creación o supresión de -istritos *udiciales, )alas de Cortes )uperiores o *uzgados, se sustentan estrictamente en /actores geogr!cos % estadísticos.
Reubicar )alas de Cortes )uperiores % *uzgados a ni&el nacional, así como aprobar la demarcación de los -istritos *udiciales % la modi!cación de sus mbitos de competencia territorial, pudiendo e@cepcionalmente incorporar )alas de Cortes )uperiores Especializadas % *uzgados Especializados o 2i@tos con competencia supra pro&incial.
(doptar acuerdos % dems medidas necesarias para que las dependencias del Poder *udicial /uncionen con celeridad % e!ciencia % para que los magistrados % dems ser&idores del Poder *udicial se desempeen con la mejor conducta /uncional.
-esignar al *e/e de la I!cina de +nspectoría Beneral del Poder *udicial.
III.
CONCLUCIONES
(.". DE!INICIONES OPERTIVS
Fercer gabinete de ministros en un ao. +gual número de Presidentes del Consejo de 2inistros. 5a sido la cartera del +nterior la que 0a tenido ms ministros en doce meses6 0an sido tres 9ald1s, Lozada % Calle:. Esta noc0e el Presidente Illanta 5umala juramentó a su tercer gabinete de ministros cuando ni si quiera se cumple un ao de iniciado su gobierno. -urante una ceremonia realizada en el salón dorado de Palacio de Bobierno, el equipo, que a0ora ser dirigido por *uan *im1nez 2a%or, juramentó a los cargos con!ados por el líder nacionalista. ( continuación los nombres de los que siguen % de los que se /ueron6
.NUEVOS Presidente del Consejo de 2inistros6 *uan *im1nez 2a%or 2inistro del +nterior6 Jil/redo Pedraza )ierra 2inistro de -e/ensa6 Pedro Cateriano. 2inistro de )alud6 2idori de 5abic0 Rospigliosi 2inistro de (gricultura6 2ilton on 5esse La )erna 2inistra de *usticia6 Eda Ri&as 3ranc0ini.
B. SIGUEN 2inistro de i&ienda6 Ren1 Cornejo. 2inistro de Frabajo6 *os1 illena. 2inistra de Educación6 Patricia )alas 2inistro de Relaciones E@teriores6 Ra/ael Roncagliolo . 2inistro de Economía6 Luis 2iguel Castilla 2inistro de Energía % 2inas6 *orge 2erino Fa/ur 2inistro de Fransportes6 Carlos Paredes 2inistra de la 2ujer % Poblaciones ulnerables6 (na *ara 2inistra de -esarrollo e +nclusión )ocial6 Carolina Fri&elli 2inistro de Comercio E@terior6 *os1 Luis )il&a 2inistro del (mbiente6 2anuel Pulgar idal 2inistro de Cultura6 Luis Peirano 2inistra de la Producción6 Blad%s Fri&eo
IV.
METODOLOGI DE L IMVESTIGCION
El m1todo de la in&estigación es mu% sencilla porque podemos encontrar muc0as in/ormaciones en el internet % tambi1n todo lo que concierne a le%es % normas, encontramos en constitución política del Perú. Para ma%or in/ormación la constitución tiene que ser actualizada del ao presente, como bien sabemos cada ao se crea nue&as le%es como tambi1n descartan.
*.". INSTRUMENTO DE RECOLECCION DE DTOS
La internet 9 computadoras:
Libro de constitución política
Ksb
V.
PROCESMIENTO DE DTOS
El proceso de datos adquiridos se 0iso mediante una cabina de internet en la cual ingrese a la pgina del estado, para poder sacar in/ormación de ello % tambi1n recurrí a libros reconocidos, como constitución política del Perú.
VI.
BIBLIOGR!I
0ttp60istorico.pj.gob.pe
Publicado por Pro/. FocaMondi en <=6";.
Constitución Política del Perú.
NE+OS
Poder le#islati$o
Poder '%dicial