. Califique al ambiente como objeto de derecho, justificando sus dichos. (8 puntos) El hombre forma parte de un sistema de relaciones e interrelaciones con el medio natural que lo rodea, el ambiente es el conjunto de factores que influyen sobre el medio en el cual el hombre vive. La preocupaciÃn de la humanidad apunta a la preservaciÃn de este patrimonio ambiental que es el medio ambiente, con la finalidad no solo de poder disfrutarla de forma saludable nosotros, sino tambiÃ!n las "eneraciones futuras. El ambiente se ha transformado en un recurso crÃtico, ya que si antes parecÃa infinito, ina"otable, ahora hay conciencia de que es escaso, es decir que cuando hablamos del medio ambiente nos referimos a todos estos elementos que nos rodean. Cuidar el medio ambiente es imprescindible para vivir, pero al"unas acciones humanas lo daÃ#an. Las principales causas de destrucciÃn del medio ambiente son la contaminaciÃn, la sobree$plotaciÃn de los recursos y la destrucciÃn del hÃ%bitat, es de allà que se procura tutelar, prote"er este ambiente mencionado, para lo cual e$isten mÃ<iples estrate"ia proteccionistas que persi"uen con la finalidad, como ya hemos e$presado de preservar la obra humana en sus aspectos estÃ!ticos, paisajÃsticos, urbanÃsticos, etcÃ!tera, con miras a ase"urar una buena calidad de vida y una sana utili'aciÃn de los recursos y de la obra cultural para le"arlos a las "eneraciones futuras. El ambiente como objeto de derecho tiene su principal protecciÃn jurà dica en nuestra ConstituciÃn acional, la cual despuÃ!s de la reforma de *++, en su art. * e$presa/01odos los habitantes "o'an del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfa"an las necesidades presentes sin comprometer las de las "eneraciones futuras2 y tienen el deber de preservarlo. El daÃ#o ambiental "enerarÃ% prioritariamente la obli"aciÃn de recomponer, se"Ã&n lo estable'ca la ley. Las autoridades proveerÃ%n a la protecciÃn de este derecho, a la utili'aciÃn racional de los recursos naturales, a la preservaciÃn del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biolÃ"ica, y a la informaciÃn y educaciÃn ambientales. Corresponde a la aciÃn dictar las normas que conten"an los presupuestos mÃnimos de protecciÃn, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquÃ!llas alteren las jurisdicciones locales. 3e prohÃbe el in"reso al territorio nacional de residuos actual o potenc pot encial ialmen mente te peli"r peli"roso osos, s, y de de los rad radiac iactiv tivos os/ / . 4or otro lado e$isten al"unas leyes sobre protecciÃn del medio ambiente y tambiÃ!n al"unos artÃculos del CÃdi"o Civil, aunque aun es muy poca la le"islaciÃn e$istente en el tema lo que produce muchas la"unas le"ales.
5. Enumere y caracterice las acciones ambientales vi"entes en el 6rdenamiento Le"al 7r"entino. (8 puntos) La acciÃn es el mecanismo le"al de protecciÃn y defensa de los derechos e intereses colectivos que son aquellos que, por su naturale'a, corresponden a todas las personas inte"rantes de una comunidad o "rupo, y mediante los cuales se "aranti'a las condiciones bÃ%sicas para su desarrollo inte"ral. Estas acciones tienen una finalidad mÃ<iple de ser preventiva, reparadora y restablecedora, evitar el daÃ#o contin"ente, hacer cesar el peli"ro, la amena'a, la vulneraciÃn o a"ravio sobre los derechos e
intereses colectivos y restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible. 3u finalidad es pÃ&blica, no persi"uen intereses subjetivos o pecuniarios sino prote"er a la comunidad en su conjunto y el respeto de sus derechos e interÃ!s colectivos. Las acciones ambientales vi"entes en el 6rdenamiento Le"al 7r"entino son*. La acciÃn de amparo- esta acciÃn estÃ% consa"rada en nuestra ConstituciÃn acional en su art. , primera parte, que e$presa- /01oda persona puede interponer acciÃn e$pedita y rÃ%pida de amparo, siempre que no e$ista otro medio judicial mÃ%s idÃneo, contra todo acto u omisiÃn de autoridades pÃ&blicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ile"alidad manifiesta, derechos y "arantÃas reconocidos por esta ConstituciÃn, un tratado o una ley. En el caso, el jue' podrÃ% declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisiÃn lesiva/ /94or lo e$puesto vemos que cualquier persona podrÃ% solicitar mediante la acciÃn de amparo la cesaciÃn de actividades "eneradoras de daÃ#o ambiental colectivo. 5. La acciÃn ne"atoria- esta es la via natural para acudir a la justicia cuando el daÃ#o ya se ha producido, esta acciÃn es uno de los principales medios de protecciÃn civil del medio ambiente, por medio de la misma se puede solicitar en primer lu"ar el cese de las actividades que ocasionan perturbaciones y en se"undo lu"ar la abstenciÃn, es decir que el demandado se tiene que abstener de reali'ar en el futuro dicha actividad o actividades del mismo "Ã!nero perturbadoras. Esta acciÃn se encuentra re"uladas si interpretamos en nuestro CÃdi"o Civil al"unos de sus los arts. como son el art. **:+, el ***, y el 58:;. . La denuncia del daÃ#o temido- es en el caso de que se tema la presencia de un daÃ#o, como es el caso de la instalaciÃn de una industria cuyo desechos pueden ser contaminantes del ambiente, ante el solo peli"ro de que esto se produ'ca cualquier persona que se halle e$puesta a sufrir tal perjuicio puede reali'ar la denuncia de dichos hechos ante un jue' para que se adopten las medidas cautelares necesaria, como puede ser la suspensiÃn de la obra hasta comprobar pericialmente la presencia de sistemas antipoluciÃn para evitar la contaminaciÃn del ambiente. Esto se encuentra establecido en el art. 5++ del C.C., en su Ã<ima pare que e$presa- /9 /0
. =ormule un anÃ%lisis crÃtico de la ley de presupuestos mÃnimos 5>;?> y relacione dicho cuerpo normativo con los artÃculos * y de la ConstituciÃn acional. (8 puntos)
La ley de presupuestos mÃnimos 5>;?> describe los contornos del bien jurÃdico prote"ido capturado por la norma constitucional. 7 partir de allÃ, previo definir el Ã%mbito de aplicaciÃn y carÃ%cter que detenta la norma, tra'a los lineamientos y objetivos de la polÃtica ambiental nacional. Estos en su conjunto persi"uen la consecuciÃn del modelo de desarrollo sustentable. La Ley @eneral del 7mbiente abarca no sÃlo a los recursos naturales y los ecosistemas, sino tambiÃ!n a los bienes o valores colectivos. =ija principios, y estipula el contenido de cada uno, de polÃtica ambiental como son la con"ruencia, prevenciÃn, precautorio, equidad inter"eneracional, pro"resividad, responsabilidad, subsidiariedad, sustentabilidad, solidaridad y cooperaciÃn. En otro aspecto plasma lineamientos en educaciÃn, informaciÃn, evaluaciÃn de impacto, previa para toda obra o actividad susceptible de de"radar el ambiente o repercutir en la calidad de vida de la poblaciÃn, participaciÃn ciudadana, se"uros, etc. =ija una competencia ordinaria para la aplicaciÃn de la ley y la de los tribunales federales para los casos de contaminaciÃn o de"radaciÃn del ambiente. En ella se re"ulas las instituciones y herramientas "enerales protectoras del bien. AespuÃ!s de los artÃculos 5? a 5+ referentes a las responsabilidades civiles y penales en que pudiere incurrir el responsable del daÃ#o, el 7rtÃculo : da una amplia "ama de le"itimaciones para las distintas acciones que pudieren incorporarse como la recomposiciÃn del ambiente, indemni'aciones o pedido de cese de la actividad "eneradora del daÃ#o, en donde los bienes jurÃdicos a prote"er, entre otros, son el ambiente y la salud de la poblaciÃn. Aa nacimiento al =ondo de CompensaciÃn 7mbiental que servirÃ% para cubrir distintos tipos de ero"aciones que, con motivo de la ejecuciÃn de polÃticas ambientales, deban afrontar las autoridades competentes de cada jurisdicciÃn. La ley 5>.;?> plasma y re"ula los preceptos ya establecidos en la ConstituciÃn acional, ya sea en su art. * como en su art. . 1ales dos normas se inte"ran en una formulaciÃn normativa que abarca tanto el aspecto de fondo, como el procesal, referido a la cuestiÃn. 6bservamos que el bien prote"ido por dicha ley como los principios de la polÃtica ambiental entre otras cosas, es lo que establece el art. * de la ConstituciÃn acional, por ejemplo en la parte que cita que el ambiente Bdebe ser apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfa"an las necesidades presentes sin comprometer a las "eneraciones futurasB. 4or lo anali'ado observamos que la ley 5>.;?> estÃ% re"ulada respetando y le"islado los presupuestos establecidos en la ConstituciÃn en el articulo antes mencionado 4or otro lado cuando la ley establece la fi"ura del amparar al ambiente y las circunstancias donde se desarrolla la vida del ser humano, desde los elementos naturales bÃ%sicos que la hacen posible, hasta su le"ado histÃrico y cultura, es decir que habilita prerro"ativas jurÃdicas de los habitantes, como asà tambiÃ!n determinadas obli"aciones que implican ademÃ%s mandatos imperativos para los poderes pÃ&blicos, operativi'ando finalmente su actuaciÃn en juicio por la vÃa de la acciÃn de amparo, es lo mismo que re"ula la ConstituciÃn acional en el art. . . En el orden jurÃdico, DquÃ! es la ener"Ãa Enumere las clases de ener"Ãas alternativas limpias. (8 puntos) El concepto de ener"Ãa estÃ% relacionado con la capacidad de "enerar movimiento o lo"rar la transformaciÃn de al"o, la ener"Ãa hace
referencia a un recurso natural y los elementos asociados que permiten hacer un uso industrial del mismo. FurÃdicamente la ener"Ãa es una cosa susceptible de apropiaciÃn y comerciali'aciÃn, es por esto que cuenta con protecciÃn le"al. E$iste en la actualidad un buen puÃ#ado de fuentes ener"Ã!ticas con caracterÃsticas propias, que desde el principio de los tiempos han procurado al hombre un determinado desarrollo econÃmico y social. 7ctualmente, "racias a los recursos ener"Ã!ticos, determinadas parcelas de la poblaciÃn mundial estÃ%n alcan'ando la que se ha dado en llamar Cultura del Gienestar. Las ener"Ãas renovables son aquellas que, aprovechando los caudales naturales de ener"Ãa del planeta, constituyen una fuente ina"otable de flujo ener"Ã!tico, renovÃ%ndose constantemente. Aicho de forma mÃ%s sencilla, son aquellas que nunca se a"otan y se alimentan de las fuer'as naturales. Las ener"Ãas limpias son aquellas que no "eneran residuos como consecuencia directa de su utili'aciÃn. Entre las ener"Ãas limpias encontramos las si"uientes*. 3olar- Es el recurso ener"Ã!tico mÃ%s abundante del planeta, el flujo solar puede ser utili'ado para suministrar calefacciÃn, a"ua caliente o electricidad. Es aquella que se obtiene al captar el calor y la lu' que emite el sol, por sus caracterÃsticas, la ener"Ãa solar es limpia ya que no contamina y renovable porque utili'a recursos que no se a"otan. 5. EÃlica- EÃlico es un adjetivo que refiere a lo perteneciente o relativo al viento, se conoce como viento a la corriente de aire que se produce naturalmente en la atmÃsfera. Estos conceptos nos permiten referirnos a la ener"Ãa eÃlica, que es la ener"Ãa que se obtiene del viento, se trata de un tipo de ener"Ãa cinÃ!tica producida por el efecto de las corrientes de aire. . @eotÃ!rmica- La ener"Ãa "eotÃ!rmica es aquella ener"Ãa que puede obtenerse mediante el aprovechamiento del calor del interior de la 1ierra. Consiste en la producciÃn de calor y electricidad a partir del vapor natural de la tierra. este aprovechamiento del calor "eotÃ!rmico no carece de repercusiones medioambientales. . Giomasa- Consiste en la transformaciÃn de materia or"Ã%nica, como residuos a"rÃcolas e industriales, desperdicios varios, a"uas ne"ras, residuos municipales, residuos "anaderos, troncos de Ã%rbol, restos de cosechas, etc., en ener"Ãa calÃrica o elÃ!ctrica. E$isten otros tipos de ener"Ãas que se las considera como ener"Ãas limpias pero que pueden lle"ar a producir un elevado impacto ambiental, por lo que merecen estar en un "rupo intermedio entre las ener"Ãa limpias y las contaminantes que son- La HidrÃ%ulica y La Iareomotri'. Este tipo de ener"Ãa lleva implÃcito la construcciÃn de represas las que pueden afectar el medio ambiente. >. Enuncie y e$plicite el rÃ!"imen de jurisdicciÃn y competencia en materia ambiental. (8 puntos) Comen'aremos dando al"unos conceptos bÃ%sicos como ser el de poder de policÃa el que entendemos por la potestad del poder le"islativo, ya sea nacional o provincial de re"ular y con ello limitar los derechos individuales, en pos del bien comÃ&n. Cuando hablamos de competencia en materia de poder de policÃa del medio ambiente, estamos intentando determinar si el tema serÃ% re"ulado por ley federal o provincial valer decir, si serÃ% una ley federal del Con"reso o una ley de una le"islatura provincial la encar"ada de re"ular el tema, otro tema serÃ% determinar si el fuero judicial competente al respecto serÃ% el local provincial, es decir ordinario2 o el federal es decir e$traordinario. En Ã!ste punto la
Ley "eneral del ambiente 5>.;?> es clara al respecto, la jurisdicciÃn serÃ% la local, ordinaria provincial, y para el caso de que la contaminaciÃn afecte recursos ambientales interjurisdiccionales, serÃ% federal. 4or otro lado encontramos en la ConstituciÃn acional, en el art. * en su tercer pÃ%rrafo e$presa-/9/ Corresponde a la aciÃn dictar las normas que conten"an los presupuestos mÃnimos de protecciÃn, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquÃ!llas alteren las jurisdicciones locales/ . 7sà encontramos que las posturas al respecto se pueden resumir en las si"uientes- a) la competencia para dictar leyes es e$clusiva de la aciÃn2 b) la competencia en materia de poder de policÃa es e$clusiva de las provincias2 c) y finalmente, la tesis de la concurrencia es entre la aciÃn y las provincias. En cuanto a la competencia se la puede definir como el conjunto de poderes, facultades y atribuciones que el ordenamiento jurÃdico le atribuye a un Ãr"ano o ente estatal, la competencia puede ser considerada como un principio "eneral del derecho, como un principio jurÃdico de la or"ani'aciÃn administrativa o como un elemento esencial del acto administrativo. 3e trata de una jurisdicciÃn especiali'ada que funciona en todo el territorio nacional y cuya competencia, prevalecerÃ% siempre sobre la ordinaria.
;. El 3r. Fuan Jomero ha sufrido un daÃ#o en sus cosechas debido a una fumi"aciÃn en el campo vecino. 7 partir de este cuadro, esboce Kd. el planteamiento le"al correspondiente a travÃ!s de una acciÃn de daÃ#os. Especifique y plantÃ!ela, fundamentando le"almente su respuesta. (: puntos) En el presente caso la acciÃn de daÃ#o o planteamiento le"al que le corresponde iniciar al 3r. Jomero es el de la acciÃn ne"atoria o acciÃn indemni'atoria, que es aquella que podemos ejercer cuando al"uien nos causa un daÃ#o, la finalidad de esta acciÃn es que los daÃ#os causados sean resarcidos por la persona responsable. Es decir que esta acciÃn se puede ejercer en los casos en que el daÃ#o ya fue causado. 3obre la acciÃn ne"atoria se encuentra re"ulada en nuestro CÃdi"o Civil en los artÃculos comprendidos entre el 58:: a 58:;. 4ara el presente caso nos vamos nos vamos a referir al art. 58: del C.C., que dice/07rt. 5.8:. La acciÃn debe tener por objeto accesorio privar al demandado de todo ulterior ejercicio de un derecho real, y la reparaciÃn de los perjuicios que su ejercicio anterior le hubiese causado, y aun obli"ar al demandado a ase"urar su abstenciÃn por una fian'a/ . 1ambiÃ!n tiene fundamento le"al en nuestra ConstituciÃn acional en sus art. * y 2 y en la Ley @eneral del 7mbiente, arts. del 5? al . Aicha demanda podrÃa ser la si"uiente3r. Fue'Fuan Jomero, por derecho propio, con domicilio real en la calle, con el patrocinio jurÃdico de la Ara. 3ilvia 7costa, constituyendo todos domicilio le"al en la, a . 3. me presento y respetuosamente di"o 6GFE16
, con domicilio en la calle, yMo contra quien resulte ser el propietario yMo tenedor yMo responsable civil del inmueble ubicado en sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho vienen a promover AEI7A7 46J A7ÃN6 7IGOE17L AE OCOAECO7 C6LEC1O7, CE3E P JEC6I463OCO6 6 OAEIOQ7CO6 3K31O1K1O7 (7J1. * y C. /R 7J1- 58: C.C. y LEP 7CO67L 5>.;?>), por el A7ÃN6 7IGOE17L producidos en el inmueble de mi propiedad, ya sea por acciÃn yMu omisiÃn. El monto del petitorio es dey como medio de pruebas se ofrecen los si"uiente (las que pueden ser de distinta Ãndole, por ejemplo testimonial, pericial, etc.) 46J 17167 Kd. 3eÃ#or Fue', pido se sirva admitir a trÃ%mite la presente demanda, tener por ofrecidos los medios probatorios, corriÃ!ndose traslado al empla'ado con la finalidad de que compare'can al proceso, y en su oportunidad declarar fundada la demanda, con costas y costos. ?. Kn camiÃn car"ado de repuestos de autos, los cuales estÃ%n embalados en cajas con aceite es transportado por la Empresa Geta 3.7. desde la provincia de Entre JÃos a 3an Fuan y al pasar por CÃrdoba ocasiona un accidente colisionando con otro camiÃn que transportaba herbicidas. El impacto hace que los cajones se abran se derramen sobre un curso de a"ua de la 'ona. Los vecinos de la 'ona alarmados por el accidente y sus posibles consecuencias le solicitan los asesore jurÃdicamente. Elabore un informe por escrito asesorÃ%ndolos, e incluyendo los derechos y las acciones que les competen. (: puntos) 4or el presente informe procedemos a informarles cuales son los derechos y acciones que como damnificados les compete, comen'aremos por e$plicitar ciertos tÃ!rminos a tratar. AaÃ#o, en sentido jurÃdico, constituye todo menoscabo, pÃ!rdida o detrimento de la esfera jurÃdica patrimonial o e$trapatrimonial de la persona (damnificado), el cual provoca la privaciÃn de un bien jurÃdico, respecto del cual era objetivamente esperable su conservaciÃn de no haber acaecido el hecho daÃ#oso. 4or su parte, por ambiente debe entenderse todos los elementos que rodean al ser humano, elementos "eolÃ"icos (rocas y minerales)2 sistema atmosfÃ!rico (aire)2 hÃdrico (a"ua superficial y subterrÃ%nea)2 edafolÃ"ico (suelos)2 biÃticos (or"anismos vivos)2 recursos naturales, paisaje y recursos culturales, asà como los elementos socioeconÃmicos que afectan los seres humanos mismos y sus interrelaciones. Kna ve' definidos los tÃ!rminos /0daÃ#o/ y /0ambiente/ corresponde anali'ar el concepto jurÃdico de daÃ#o ambiental. La ley @eneral del 7mbiente de 7r"entina define daÃ#o ambiental como toda alteraciÃn relevante que modifique ne"ativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos. 3e podrÃa afirmar entonces, que daÃ#o ambiental es toda acciÃn, omisiÃn, comportamiento, acto, que altere, menoscabe, trastorne, disminuya o pon"a en peli"ro inminente al"Ã&n elemento constitutivo del concepto ambiente, o bien, cualquier menoscabo o vulneraciÃn de los
bienes ambientales (dentro de los que se comprenden tanto los recursos biÃticos como abiÃticos), del paisaje como e$presiÃn fi"urada del ambiente y de la vida, salud y bienes de los seres humanos que se producen como consecuencia de toda contaminaciÃn que supere los lÃmites de asimilaciÃn y de nocividad que pueda soportar cada uno de estos. 4or contaminaciÃn se entiende la presencia en el medio ambiente de uno o mÃ%s contaminantes, o combinaciÃn de ellos, en concentraciones tales y con un tiempo de permanencia tal, que causen en dicho ambiente caracterà sticas ne"ativas para la vida humana, la salud y el bienestar del hombre, la flora y la fauna, o produ'can en el hÃ%bitat de los seres vivos, aire, a"ua, suelos, paisajes o recursos naturales en "eneral, un deterioro importante. Las acciones que les compete como damnificados comunicamos que tanto el CÃdi"o Civil Como el 4rocesal Civil y Comercial de la aciÃn contienen normas que permiten el acceso a medidas le"ales preventivas, las acciones mÃ%s si"nificativas son la denuncia del daÃ#o temido y las medidas cautelares. La Aenuncia del daÃ#o temido procede del artÃculo 5++, pÃ%rrafo se"undo, del CÃdi"o Civil y la norma establece- /0