Define los procedimientos procedimientos de trabajo trabajo en equipos de perforación y manipulación manipulación de explosivos de acuerdo a DS 132 (Reglamento de seguridad Minera) y Ley N° 17.798 (Control de Armas y Explosivos y DS 77). Como todo trabajo que involucra personas, equipos y medio ambiente, en la perforación existen normas y procedimientos que velan porque ésta sea realizada de manera segura y limpia. En particular, en todo el proceso de perforación, y en cada una de las etapas, deben contemplarse las medidas de seguridad que sean necesarias para cumplir con las exigencias de seguridad y limpieza planteadas, entre las medidas generales por considerar en la perforación cabe destacar que la perforación debe realizarse de acuerdo con normas existentes y procedimientos internos, donde se contemplen a lo menos los siguientes puntos: Requisitos y exigencias para el personal que se desempeña en estas funciones Normas Específicas para la operación de equipos, tanto de perforación como de carguío mecanizado de sustancias explosivas. Reglas para el carguío de bancos y frentes, evacuación y tronaduras. Normalización de toda otra actividad que de acuerdo a las condiciones específicas y particulares de la faena, constituya un factor de riesgo de alto potencial. Artículo 538 Se prohíben los Trabajos de perforación en el área de un banco o frente, que se esté cargando o esté cargado con explosivos. La perforación, en toda mina, tiene que ser una perforación húmeda. Cuando por causas inherentes a las condiciones de operación, no sea posible utilizar dicho método y previa autorización del Servicio, la perforación podrá efectuarse en seco, utilizando un sistema de captación de polvo que cumpla con un equipo de captación del polvo debe ser automática durante toda la operación. Ademas el polvo debe ser recolectado sin que pase al ambiente. c) El sistema de captación debe ser mantenido al cien por ciento (100%) de su capacidad y los operadores deben tener siempre todos los elementos de protección personal (casco, botas, guantes, gafas, mascarillas, etc.) y usar ropas y accesorios que impidan su enganche en partes móviles de la máquina. El personal involucrado debe tener la formación técnica necesaria para el desarrollo de sus funciones y conocer en detalle el manual de operación del equipo con el que trabaja. En las faenas mineras, sean a rajo abierto o subterránea, en que se disponga de la fabricación, suministro y de la operación de tronaduras mediante el servicio de terceros, corresponderá a éstos adoptar todas las medidas de carácter legal vigentes sobre la materia, como asimismo de las señaladas en el presente Reglamento. Por otra parte, corresponderá a las Empresas Mineras Mandantes ejercer las medidas de control pertinentes, incluidas las exigencias que a continuación se señalan: Certificación Certific ación de aprobación, por parte de organismos autorizados y competentes de los productos explosivos utilizados en la faena. Registro y pruebas periódicas de la formulación de los explosivos, por parte de organismos técnicos de certificación. Idoneidad y capacitación del personal, mediante la certificación certific ación respectiva. Normas y procedimientos en los procesos de fabricación fabricació n y tratamiento de materias primas. Planes y programas de control de riesgos
El operador debe revisar la máquina y chequear el correcto funcionamiento de Los sistemas hidráulicos (mangueras, bombas) y eléctricos, así como también el de los elementos de control (manómetros) y de comunicaciones (radios). En especial, se debe vigilar que los niveles de aceite y puntos de engrase sean los adecuados. Las mangueras presurizadas, que deben estar debidamente aseguradas, al igual que todas las conexiones, tanto en el equipo de perforación como en las barras y bits. Las señales y etiquetas de advertencia, que deben inspeccionarse para comprobar todas las indicaciones, señales o etiquetas de advertencia de la perforadora; por ejemplo, un bajo nivel de aceite o bit en mal estado. revisar cuidadosamente el lugar de trabajo. En las labores cercanas a los taludes (cielo abierto) debe considerar, especialmente, el estado de los bancos y posibles desprendimientos de roca. Asegurarse de no interrumpir otras labores en la faena minera, especialmente cuando se trata de trabajo con explosivos. Por esta razón es importante revisar la disponibilidad de energía para que el equipo no se detenga, comprobar la ausencia de personas u otros equipos (camionetas) en el lugar de trabajo y mantenerse en su lugar de trabajo y nunca abandonar la máquina si ésta se encuentra en funcionamiento. Siendo en labores de minería subterránea el terreno donde se realizará la perforación debe estar en buen estado para el correcto desplazamiento de la máquina. En caso de existir elementos ajenos que representen riesgos tanto para la máquina como para el operador (roca de gran tamaño), éste deberá solicitar un equipo auxiliar para el despeje. El operador debe chequear que no existan líneas eléctricas aéreas o superficiales en el sector. De haber un cable u otro elemento extraño a la perforadora, se aconseja dejar una distancia de seguridad mínima de 10 metros. en caso de trasladarse la máquina en una pendiente de ángulo considerable (sobre 20 grados), se debe contemplar la posibilidad de asegurar la máquina mediante el amarre con cables. Nunca se debe subir el mástil o torre de perforación durante el traslado. Y nunca se debe circular por zonas previamente perforadas, ya que existe el riesgo de que se "tapen" las perforaciones con el detritus. en labores de minería subterránea siempre es necesario comprobar que el techo de la galería esté lo suficientemente seguro. En caso de que se visualicen pedazos de rocas (planchones) que puedan comprometer al equipo u operador, se deben eliminar o avisar para la acción de acuñamiento. Verificar que en las labores exista el caudal mínimo de aire exigido. Se debe comprobar el estado de las líneas eléctricas, tuberías de aire comprimido y agua si es necesario. Todo trabajo de perforación debe contar con la iluminación correspondiente, utilizando para ello focos halógenos. Durante la perforación la perforadora debe posicionarse considerando las inestabilidades del terreno. Al respecto, siempre se deben utilizar los dispositivos hidráulicos de posicionamiento antes de perforar. La elevación del mástil o torre de perforación se debe hacer una vez que la máquina se encuentre nivelada. El operador siempre debe tener óptimas condiciones de visibilidad. En las maniobras de cambios de barras se debe tener especial cuidado con los mecanismos de inmovilización de los accesorios de perforación (carrusel, mordazas). Se deben anotar los valores indicados por los controles, en especial registrar las profundidades de cada pozo perforado y el tiempo de perforación de cada uno de éstos. Es recomendable observar el bit o tricono durante el ascenso / descenso hacia la perforación con el fin de detectar cualquier anomalía. Los operadores siempre deben mantenerse lejos de los componentes de la perforadora en movimiento, tales como
cadenas de arrastre, cables, correas y no acercar las manos ni tocar los elementos de acero, ya que se corre el riesgo de quemaduras por la temperatura de éstos. al finalizar la perforación no se debe abandonar la máquina con el motor en movimiento. ni estacionar la máquina en áreas potencialmente inundables o cercanas a proyecciones de roca por efecto de las tronaduras.Evitar el estacionamiento de la perforadora en zonas de pendiente. Si es necesaria esta operación, se debe señalizar y tomar las precauciones de estacionamiento. Antes de abandonar la máquina (cambio de turno o tronadura), se liberarán de presión los circuitos, dejando los controles en posición de parada y estacionamiento con los bloqueos existentes. Se deben retirar las llaves de arranque si fuese necesario. La persona que manipule explosivos, deberá contar con licencia vigente otorgada por la autoridad fiscalizadora. Sin perjuicio de las exigencias de conocimientos técnicos en el uso de los explosivos impuestas por la ley Nº 17.798 sobre Control de Armas y Explosivos, las empresas deberán capacitar específicamente al personal en el uso de los explosivos utilizados en la faena. Toda instrucción que las Empresas mineras consideren para preparar a su personal en el manejo, uso y transporte de explosivos, deberá estar de acuerdo con lo indicado en este Reglamento. En las labores mineras sólo se emplearán explosivos, accesorios, aparatos para disparar tiros y taqueadores autorizados por la Administración de la faena, que hayan sido controlados y aprobados por el Instituto de Investigaciones y Control del Ejército (Banco de Pruebas de Chile) o por quién éste designe. Los explosivos, detonadores y guías serán introducidos en las minas para ser guardados en los almacenes autorizados, o para ser empleados inmediatamente en conformidad a las instrucciones escritas que deben ser conocidas por todos los trabajadores expresamente autorizados para manipular explosivos. Se deberá llevar a los frentes de trabajo solamente la cantidad de explosivos, detonantes y guías necesarios para el disparo y esto deberá hacerse en el momento de cargar los tiros. Cuando existan explosivos y/o accesorios sobrantes, éstos deberán ser devueltos al almacén o a cajones de devolución con llave, especialmente diseñados y autorizados por el Servicio No se permitirá el “carguío de una frente con explosivos”, en tanto no se haya terminado la extracción del material del disparo anterior. Después de cada disparo se deberá examinar el área para detectar la presencia de tiros quedados. La persona que detecte tiros de este tipo, dará cuenta inmediata al Supervisor, procediéndose a resguardar el lugar y a eliminarlos siguiendo las instrucciones establecidas en los procedimientos de trabajo fijados para tal efecto por la Administración. En la eliminación de tiros quedados el Supervisor debe estar presente durante toda la operación, empleando solamente el personal mínimo necesario, despejando previamente el área comprometida de personal y equipos no relacionados directamente con la operación.