Descripción: Resumen para el EFIP 2 de la materia Derecho Administrativo - Universidad EMpresarial siglo 21
Descripción: derecho, sociología, siglo 21, epic,
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80% TP3 de administración RRHH sigloDescripción completa
Descripción: autoevalucion correspondiente a trabajo practico n° 3 de sociologia
Descripción: nota :87,50
autoevalucion correspondiente a trabajo practico n° 3 de sociologia
Examenes finales economia siglo 21
Descripción: preguntero de derecho ambiental
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Descripción: Resumen Parcial 2 Estrategia Siglo 21
Resumen del modulo 3 de Derecho Constitucional. Siglo 21, Abogacía.
Descripción: RESUMEN FILOSOFIA PARA PRIMER AÑO DE LA SIGLO 21
trabajo practico 3 de sosiologiaDescripción completa
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HERRAMIENTAS MATEMATICAS 2018Descripción completa
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Procesal IV (Procesal Publico) ResumenDescripción completa
1er ParcialDescripción completa
preguntasexamen siglo 21Descripción completa
Trabajos practicos de la materia Derecho Constitucional
DERECHO PROCESAL 3 (PENAL) MODULO 1
Principios generales del proceso Secuencias del proceso
Para poder imponer una pena se deen respe!ar las e!apas de acusaci"n# $uicio % cas&'o Los c"di'os procesales es!alecen una e!apa an!erior an!erior a la acusaci"n % es LA NES*+ACON PENAL PREPARA*ORA
INVESTIGACION PENAL PREPARATORIA
Puede iniciarse de o,cio o a !ra-.s !ra-.s de una denuncia % se puede lle-ar a cao de dos maneras/ Cada una corresponde al ordenamei!no se'uido por nues!ro sis!ema sis!ema % la o!ra al de los c"di'os mas modernos Dic0a in-es&'aci"n# in-es&'aci"n# en los c"di'os modernos# se encuen!ra a car'o del ,scal de ins!rucci"n# en camio# en el CP de nues!ro pas se encuen!ra a car'o del $ue2 de ins!rucci"n
Los c"di'os procesales de nues!ro nues!ro pas# en su ma%ora# pre-een pre-een la e!apa oral % pulica de un$uiciamien!o/ Nues!ro ordenamien!o ordenamien!o pre-. dos "r'anos se'n la e!apa 1) Minis!eri Minis!erio o pulico ,scal4 ,scal4 "r'ano "r'ano encar' encar'ado ado de persecuc persecuci"n i"n del deli!o deli!o 5) *riunales riunales del poder poder $udicial4 $udicial4 conocen conocen la e6is!enc e6is!encia ia de un 0ec0o 7ue causa causa la acusaci"n acusaci"n (por par!e del minis!erio pulico)
Jurisdicción y compeencia 8urisdicci"n4 poder9deer emanado de la cons&!uci"n % acordado a los !riunales del poder $udicialpara conocer la e6is!encia e6is!encia concre!a concre!a de un 0ec0o delic&-o delic&-o % decidir de modo imparcial imparcial e independien!e la responsailidad de sus par&cipes
Cuando 0alamos de $urisdicci"n# 0alamos del $ue6# el ,scal no &ene :unciones $urisdiccionales El poder le'isla&-o !endra una especia de :acul!ad $urisdiccional cuando reali2a $uicio pol&co/ La c;mara de dipu!ados acusa# la de senadores $u2'a % aplica sanci"n/
CARACERES !E LA J"RIS!ICCION SO CONCRE*A4 decide siempre sore casos par&culares% la sen!encia es le% apra el caso concre!o RACONAL4 las deciciones de $ueces siempre deen ser :undadas PROOCADA4 re7uieren de un "r'ano e6!ra?o 7ue solici!e a los $ueces# no pueden arro'arse la causa
DE@ENSA > 8URSDCCON4 dee respe!arse la 'aran=a del derec0o de de:ensa/ Dic0o derec0o &ene dos aspec!os4 1) De:ensa !ecnicaes necesaria % oli'a!oria# cuando el impu!ado no propon'a de:ensor# el es!ado le asi'nara uno de o,cio# sal-o 7ue op!e por la au!ode:ensa siempre 7ue no per$udi7ue la e,cacia del proceso 5) De:ensa ma!erial4 la reali2a el impu!ado al pres!ar declaraci"n# se le 0ace saer el 0ec0o# las prueas en su con!ra % 7ue &ene derec0o a ne'arse a declarar
CLASES !E J"RIS!ICCION
RE+LA +ENERAL4 los $ueces del lu'ar donde se come&o el deli!o son los 7ue $u2'an
J"STICIA #E!ERAL Carac!ers&cas de la $urisdicci"n :ederal DE ECEPCON4 solo in!er-iene cuando 0a% in!ereses de la naci"n en $ue'o EPRESA4 emana de la le% en los supues!os donde in!er-iene la $urisdiccion :ederal RES*RC*A4 la in!erpre!aci"n de la le% dee ser res!ric&-a# no se admi!e analo'a SUPEROR4 la $us&cia :ederal &ene superioridad $erar7uica respec!o de la $us&cia pro-incial NAL*ERA
COMPE*ENCA4 implica de!erminar 7ue $ue2 deer; in!er-enir en un caso concre!o/ Los cri!erios para de!erminarlo son4 COMPE*ENCA *ERR*ORAL4 el !erri!orio de cordoa se di-ide en circunscripciones 'enerales/ El c"di'o procesal penal de la pro-incia es!alece 7ue para saer el !riunal correspondien!e# se dee !ener en cuen!a el lu'ar del 0ec0o/ Si se !ra!a de un deli!o con&nuado o permanen!e# ser; donde comen2" a e$ecu!arse (ar! B3 C/P/P/Ca)/ Si el lu'ar es desconocido# es el $ue2 7ue prac&7ue la in-es&'aci"n o el 7ue desi'ne su superior (ar! BB C/P/P/Ca) La declaraci"n de incompe!encia si'ni,ca 7ue no se puede se'uir prac&cando ac!os sal-o los ur'en!es (ar! B C/P/P/Ca) *EORA DE LA U<CUDAD (adop!ada por la suprema cor!e)4 si el 0ec0o o los plurales 0ec0os :ueron come&dos en dis&n!os lu'ares# la e!erminacion del $ue2 compe!en!e se dee 0acer acorde al resul!ado mas con-enien!e para lo'rar una in-es&'aci"n e,ca2/
La compe!encia !erri!orial es improrro'ale
CO$PETENCIA $ATERIAL
Es el poder9 deer del $ue2 de conocer % $u2'ar un deli!o en ra2"n de la en&dad del deli!o/
Se en&ende por en&dad del deli!o
Edad del impu!ado Na!urale2a del deli!o Can&dad % calidad de la pena 9
!elio
De 1 a?os (in-es&'a % $u2'a la $us&cia de menores)
3 a?os de prisi"n o menos ($u2'a el $ue2 correccional) de 3 a?os de pena ($u2'a la c;mara del crimen) Pena de reclusi"n ($u2'a c;mara del crimen) sin impor!ar a?os de pena
CO$PETENCIA POR CONE%I&N Es la posiilidad de un $ue2 de conocer % resol-er causas -inculadas en ra2"n de la persona o deli!o
CO$PETENCIA #"NCIONAL Relaci"n con la :ase o 'rado 7ue se encuen!ra el proceso/ Se de di:erenciar 8UEF DE SN*RUCCON O CON*ROL4 como re'la 'ral# con!rola la ac!uaci"n del ,scal de ins!rucci"n# -eri,cando 7ue se oser-en las 'aran=as cons&!ucionales CAMARA DEL CRMEN4 8UF+A EN DEL*OS DOLOSOS 7ue !en'an prna pri-a&-a de la lier!ad superior a 3 a?os de prisi"n o pena de reclusi"n sin impor!ar el &empo de la misma/ CAMARA DE ACUSACON4 no $u2'a ni in-es&'a# conoce el recurso de apelaci"n 7ue se in!erpone con!ra la resoluci"n del $ue2 de ins!rucci"n/ *ami.n reesuel-e conGic!os de compe!encias de $ueces in:eriores# cuando dos $ueces se declaran compe!en!es o incompe!en!es simul!;neamen!e/ *R
CON#LICTO !E CO$PETENCIAS Cuando dos $ueces se declaran simul!;neamen!e compe!en!es o incompe!en!es para $u2'ar un mismo 0ec0o DECLNA*ORA4 cuando una par!e plan!ea la incompe!encia del !riunal direc!amen!e con el $u2 7ue in!er-iene la causa# solici!ando se declare como !al % la remi!a a a7uel 7ue se considere compe!en!e
NH<*ORA4 la cues&"n de compe!encia se plaln!ea direc!amen!e con el $u2 7ue se cree compe!en!e (ar! 1 C/P/P Ca)
ACCION PENAL
Principio de le'alidad (ar! 1 del c"di'o penal)4 consis!e en 7ue an!e la menos posiilidad de de comisi"n de un 0ec0o ilci!o# el es!ado dee iniciar de :orma au!om;&ca la persecuci"n penal# $u2'ar % aplicar pena cuando corresponda
Deli!os de acci"n plica4 son perse'uiles d eo,cio# la ccion es ine-i!ale# irre!rac!ale a irrenunciale/ En deli!os de acci"n pulica dependien!e de ins!ancia pri-ada# la le% o!or'a la posiilidad de decidir si se 7uiere 7ue se in-es&'ue o no/ Una -e2 aier!a la in-es&'aci"n# no se puede renunciar a ella Deli!os de acci"n pri-ada (ar! 3 codi'o penal) se puede desis&r de la 7uerrella :ormulada
Principio de opor!unidad4 an!e la posile comisi"n de un 0ec0o ilci!o# se puede o no iniciar la inces&'acion penal/ niciada# se puede de!ener pro-isoria o de,ni&-amen!e/ A su -e2# se dis&n'ue el ppio de opor!unidad lire % ppio de opor!unidad re'lada
Opor!unidad lire4 :unciona en EE/UU # a7u el ,scal es due?o % se?or de la acci"n/ Eli'e si inicia o no la acci"n % si lle'a o no a $uicio Opor!unidad re'lada4 el le'islador in!roduce cri!erios de opor!unidad en :unci"n de los cuales es!alece el no inicio de la i-es&'acion/
Nuesra cons'ución( no adopa ninguno de los dos sisemas( de)a li*re posi*ilidad adopar ppio de legalidad o de oporunidad( si esa*lece +ue nadie es )u,gado sin )uicio pre-io
Si el ,scal# es!ando oli'ado no inicia la in-es&'aci"n penal prepara!oria# puede ser some&do a 8UR> DE EN8UCAMEN*O# como !ami.n incurrir en un deli!o penal
CA"SALES !E SO.RESEI$IENTO El ar&culo 3I del CP Ca es!alece en incisos las causales de soreseimien!o del impu!ado
GARANTIAS CONSTIT"CIONALES
Sur'en del sis!ema cons&!ucional in!e'rado por !ra!ados in!ernacionales# cons&!uciones pro-inciales % la cons&!uci"n nacional +ARAN*AS EN EL PROCESO PENAL
Las 'aran=as &enen un dole en:o7ue# a :a-or del impu!ado % a0ora !ami.n# a :a-or de la -ic&ma/ His!"ricamen!e se dis&n'uen en 'aran=as procesales % penales 'ualdad an!e los !riunales4 'aran=a ila!eral 7ue consis!e en i'ual !ra!o por par!e d elos $ueces !an!o al acusado como al acusador
PRINCIPIO !E J"E/ NAT"RAL Radica en 7ue nadie puede ser $u2'ado por !riunales o $ueces desi'nados para un caso de!erminado/ Se e6i'e 7ue el !riunal sea creado por le% an!es de la comisi"n del 0ec0o/ Es una 'aran=a :ren!e a la posile ari!rariedad de la ac!uaci"n del poder penal del ES*ADO