Jorge Myers
(1995)
ORDEN Y VIRTUD. EL DISCURSO REPUBLICANO EN EL RÉGIMEN ROSISTA V. El sentido del orden en el discurso rosista La exaltación del orden como el valor que debía ocupar un lugar de supremacía en cualquier axiología política legítima representó el tema central en la constitución del discurso rosista. Esta idea había integrado las creencias fundamentales de Rosas desde el comienzo mismo de su carrera pública. En sus escritos anteriores a 1820 afirmaba que se debía restaurar la felicidad de la campaña mediante el restablecimiento de un orden jerárquico, basado en una jerarquía natural de capacidades individuales. El trasfondo fundamental del concepto rosista de “orden” era que se consideraba a los hombres como naturalmente perversos, que si no se los cercenaba mediante el ejercicio de algún poder externo a ellos vivirían en un estado de salvaje promiscuidad y de tumulto sin fin. La sociedad política debía percibirse desde esta perspectiva como creación artificial, como aquello que no nacía espontáneamente del libre desarrollo de potencialidades inscriptas en la naturaleza humana. La “ley”, en el sentido que parecería asignarle Rosas a este término, debía originarse como una imposición externa a una naturaleza que tendía siempre hacia el desorden. Su discurso enfatizaba que el orden político era exterior a la Naturaleza, y debía construirse como emergente de una interminable lucha contra agónica con sus pulsiones. Rosas le acordaba prioridad a la construcción de un orden viable por encima de la implantación y garantía de la libertad del individuo. LA RESTAURACIÓN DE LAS LEYES: UNA RETÓRICA DE LA LEY Y DE LA LEGALIDAD
“ Restauración de las leyes ”, frase que abarcaba una cantidad muy amplia de significados. significados. Bajo un aspecto: las “leyes” vendrían a ser los códigos y disposiciones legales promulgados en la provincia de Buenos Aires desde la Revolución. Bajo otro aspecto el término “leyes” parece haber servido para designar una concepción más amplia, incluso metafísica, de la ley, no simplemente un cuerpo de disposiciones jurídicas, sino la expresión de un orden moral trascendente. Finalmente, la noción de “restauración de las leyes” conllevaría una lectura en la cual la naturaleza de las “leyes” a las que se alude sería menos importante que el hecho de su implementación eficaz: es decir, aquello que se restauraba era la obediencia a las leyes, y no las leyes propiamente dichas. La identificación del orden con el imperio de las leyes no equivalía a su identificación con aquello que a falta de una designación más precisa podía llamarse un “orden liberal”, es decir una
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la religio unificadora de lo público y lo privado, de lo social y lo político, del pueblo con su líder. El discurso de Rosas reclamaba una transparencia entre el significado y su representación: las cosas deberían parecer lo que realmente eran. El apoyo a Rosas y a su sistema de gobierno debía ser visible, como debía serlo por su parte la oposición. Al restaurar las leyes, Rosas también suponía haber restaurado las clasificaciones naturales que imponían un orden a la sociedad, y estás implicaban por definición la imposibilidad de su ocultamiento. Rosas enfatizó la necesidad de que se encarasen importantes reformas tanto en la administración de justicia como en el corpus de legislación vigente. De esta forma, ante la mirada del público se mantuvo el tema de la reforma judicial durante la segunda mitad de los años treinta, y aunque se deslizaría insensiblemente a una posición muy relegada en la jerarquía de tópicos que componían el discurso rosista, sirvió para fortalecer la noción de que el régimen rosita perseguía la “restauración de las leyes”. El discurso rosita enfatizó la unión entre legalidad y coerción. Esta última era necesaria para justificar el orden legal establecido, el cual justificaba las medidas empleadas. ¿UN ESTADO CATÓLICO? LOS COMPONENTES CRISTIANOS DE LA IMAGEN ROSISTA DEL PODER
Permanece, sin embargo, la pregunta acerca de cuál era la naturaleza del orden que los rosistas creían estar restaurando. Una importante esfera de representación se cruza con el discurso rosista e influye sobre sus contenidos: la imagen de un orden cristiano o católico. Los hábitos de moralidad y autocontrol personales que subyacían al orden cuya instauración se buscaba podían interpretarse tanto en clave cristiana como en clave republicana. Sin embargo, la invocación del cristianismo como un soporte potencial para el orden rosista plant planteab eaba, a, desde desde una perspe perspecti ctiva va teóric teórica, a, más de una dific dificult ultad. ad. El catoli catolicis cismo mo se había había opuest opuestoo al
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Vínculos entre 2 concepciones aparentemente tan paradójicas como aquella que enfatizaba a ultranza el imperio de la “ley” y esta otra que articulaba una oposición principista a la promulgación de una constitución escrita. La intersección entre estos dos tópicos describe una región del discurso rosista que se aproxima a una concepción “burkeana” de la problemática constitucional argentina; o sea un conjunto de creencias y valores ampliame ampliamente nte difundido difundidoss y de interpre interpretaci tación ón poco rigurosa que mostrarí mostrarían an un “parecid “parecidoo de familia” familia” con el pensamiento de Edmund Burke. Las principales características que este término designaría son: 1) aquella concepción del estado que ve en él un organismo viviente; 2) la creencia de que cada estado posee un patrón de desarrollo y una velocidad de crecimiento propios y 3) el postulado de que lo político pertenece más al ámbito de la práctica que al de la ciencia. Cada uno de estos postulados implica la defensa de una constitución no escrita y una oposición cerril a cualquier intento de someter el edificio jurídico a una reforma racional. La oposición rosista a un instrumento jurídico de esa índole se justificó más sobre la base de su escasa factibilidad circunstancial que sobre argumentos de teoría política. Si no puede sostenerse una interpretación estrictamente “burkeana” “burkeana” de de las discusiones constitucionales elaboradas en el fluir de general de la retórica rosista, existen puntos de contacto entre las dos visiones, sobre todo en cuanto a sus premisas subyacentes: 1- Rosas Rosas aludió esporádi esporádicame camente nte a una concepción concepción organici organicista sta del cuerpo cuerpo político político argentino argentino.. 2- Junto Junto con ese filón organi organicis cista, ta, pueden pueden detect detectars arsee tambié tambiénn en las produc produccio ciones nes escrit escritas as de los publicistas del régimen elementos historicistas y pragmaticistas que apoyarían la hipótesis de una inflexión “burkeana” en el discurso rosista sobre la constitución.
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acaecer, acaecer, el vínculo vínculo federal federal presuponía presuponía una responsab responsabilid ilidad ad compartida compartida por aquellas aquellas provincia provinciass que no hubieran sido afectadas, de intervenir en los asuntos internos de los miembros díscolos para restablecer el orden. La legalidad federal debía apoyarse sobre un previo consenso que avalara el sistema restrictivo de las libertades públicas que se había practicado en Buenos Aires y que en su formulación implicaría una uniformización institucional de los gobiernos provinciales que poco condecía con su mentada autonomía interna. Si bien es cierto que no se permitiría pensar en la posibilidad de redacción y promulgación de una constitución formal nacional, el rosismo si insistiría en el carácter consensual del vínculo federal, expresado mediante tratados interprovinciales. Esta concepción del sistema federal, con su política de unanimidad entre los miembros y su doctrina de intervención militar para preservar aquella unanimidad, constituyó el núcleo de la doctrina elaborada por los publicistas rosistas para que funcionara como una ideología propia: el Sistema Americano. PARTIDO Y FACCIÓN: LOS LÍMITES DEL DISENSO LEGÍTIMO EN EL ORDEN FEDERAL
Los rasgos concretos de las prácticas rosistas de homogeneización política son ampliamente conocidos. Los obligatori obligatorios os signos externos externos de lealtad lealtad se mult multipli iplicarí carían an y recibiría recibiríann sanción sanción legal. La prolifer proliferació aciónn de eslóganes tuvo una particular trascendencia en la consolidación del régimen entre los sectores populares, como también la tuvo el simbolismo simbolismo fuertemente ritualizado ritualizado de las celebraciones patrióticas patrióticas oficiales. La circulación de eslóganes e imposición de ciertas formas de vestimenta pertenecieron a una región ambigua de las prácticas del régimen donde las presiones originadas en la sociedad eran más importantes que las iniciativas del propio régimen, con el resultado de que su discurso oficial enfatizaría la naturaleza espontánea
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de la repúb repúblic licaa modern moderna, a, y que la repúbl república ica se había había conver convertid tidoo en una realidad realidad úni única camen mente te por la restauración de aquel orden prerrevolucionario. prerrevolucionario. Completa ausencia de referencia al universo de saberes científicos, sobre todo en comparación con los románt romántico icoss locale locales: s: Sarmie Sarmiento nto,, Alberd Alberdii y Mitre Mitre.. En este este sentid sentido, o, se destac destacan an tres tres zonas zonas not notabl ables es de intersección entre el discurso de la política y aquellos de las ciencias, que evidentemente pudieron haber servido muy eficazmente en la legitimación del régimen: la “ciencia de la raza”, la ciencia de la “economía política” y la ciencia estadística de la demografía. Dos posibles explicaciones de estas ausencias pueden excluirse: 1- No se se debió debió a una falt faltaa de info inform rmaci ación. ón. 2- Tampoco Tampoco debe debe atribuir atribuirse se a las las opiniones opiniones persona personales les de Rosas Rosas.. Hipótesis de Myers: el factor principal de esta virtual inexistencia del universo de pensamiento científico moderno reside en el impacto del sentimiento y del vocabulario clásico-republicano, que habría vuelto una posible invocación a tales zonas de reflexión incompatible con la legitimación de la república. Como sea, el mundo del discurso rosista presentaba una doble cara a sus observadores en sus años finales. Visto desde adentro, continuaba manifestando aquella extraña mezcla de lo arcaico con lo moderno, de restauración de lo viejo y de creación de lo nuevo. Pero visto desde afuera, sólo su arcaísmo era visible. [Jorge Myers, Orden y virtud. El discurso republicano en el régimen rosista , Universidad Nacional de
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BASES DISCURSIVAS Y REPRESENTACIONES DEL PODER EN EL PERÌODO ROSISTA .
EJE CENTRAL: DISCURSO REPUBLICANO COMPONENTES: 1. Ideal de un mundo rural estable y armónico 2. Imagen de una republica amenazada por una conspiración unitaria 3. Defensa del “sistema americano” 4. Adaptación entre teoría y realidad política = orden (económico, político y social)
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EL SENTIDO DEL ORDEN EN EL DISCURSO ROSISTA
IMPOSICIÓN EXTERNA POR SOBRE LA NATURALEZA HUMANA (DESORDENADA) RESTAURACIÓN DE LA OBEDIENCIA A LAS LEYES MÁS QUE LAS LEYES EN SI MISMAS
Desorden como algo innato al individuo