Tema 11_Funcionamiento de Los Órganos Colegiados Locales. Convocatoria y Orden Del Día. Régimen de Sesiones y Acuerdos. Votaciones. Actas y Certificaciones de Acuerdos
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Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Régimen de sesiones y acuerdos. Votaciones. Actas y certificaciones de acuerdos 1.- Noción de órganos colegiados locales
Los órg Los órgan anos os ad admi mini nist stra rati tivo voss pu pued eden en se serr un unip ipers erson onal ales es y co cole legi giad ados os.. Ca Casi si avergüenza señalar que los unipersonales son aquellos cuya titularidad recae en una sol solaa per person sonaa fís física ica.. Y por tan tanto to órg órgano anoss col colegi egiado adoss ser serán án aqu aquell ellos os don donde de aparecen varias personas físicas. Esta pluralidad de individuales plantea prolemas que no tienen sentido cuando lo que se considera es un órgano unipersonal. Las reuniones! los deates! las votaciones como cauce preceptivo que conduce a la formación de la voluntad! etc.! etc. son asuntos que por co"erencia lógica requieren un mínimo de dos personas #pues si solo "ay uno se supone que siempre estará reunido consigo mismo$. La materia que aquí estudiaremos aparece enunciada en t%rminos generales en la Ley &'()*! precepto cuyos artículos artículos ** a *+ se a,nan a-o la r,ric r,ricaa de /rgan /rganos os colegiados0. Los puntos que allí se consideran #y que son tami%n de preceptiva consideración en el territorio de lo local$ son1 a$
2%gimen -urídico de los órganos colegiados #por lo pronto el sentado por dic"a Ley &'()*$ $ 3u-etos 3u-et os que siemp siempre re interv intervienen ienen en un órgano coleg colegiado. iado. Estos siemp siempre re son1 a. 4residente #que representa y preside el órgano colegiado$ . 5iemros c. 3ecret 3ec retari ario o #qu #quee de-a de-a con consta stanci nciaa de las reun reunion iones es y acr acredi edita ta la formación de la voluntad en %stas mediante el acta$ c$ Convocatorias y sesiones a. La convocatoria es el trámite por el que se cita a los miemros a la sesión del órgano . La sesión es la reunión donde tiene lugar el proceso de formación de la voluntad mediante las delieraciones y la manifestación de %sta una vez formada a trav%s de las votaciones que conducen a los acuerdos. d$ 6ctas. Las actas son la conciencia y la memoria del órgano colegiado! así como el documento en el que se e7presan las decisiones de %ste. 6l "alar de las entidades locales las alusiones a los órganos colegiados "an sido continuas 8 4leno! 9unta de :oierno! Comisiones!; < . El funcionamiento de estos órganos necesarios! dentro de las líneas generales que "emos enunciado arria! es o-eto de una detallada detallada regulación regulación en el =ítulo =ítulo >>> del 2/?29EL que precisamente se in inti titu tula la ? ?un unci cion onam amie ient nto o de lo loss @rg @rgan anos os ne nece cesa sari rios os de lo loss en ente tess lo loca cale less territoriales0. 2.- Funcionamiento de los órganos colegiados locales
3e aa-us usta ta al es esqu quem emaa an ante tedi dic" c"o! o! qu quee aa-us usta tamo moss para para co co"o "one nest star arlo lo co con n el reglamento y con el enunciado del tema #lo que no es en asoluto fácil! pues reglamento y tema recorren distinta secuencia$. Cumpliendo lo prometido tenemos que1 a$
3ea con 3ea con cará caráct cter er orig origin inar ario io o sea sea a resul resulta tass de una una delega delegaci ción ón de competencia compet encias! s! el órgan órgano o cole colegiado giado #como el unipe unipersona rsonal$ l$ tienen conferidas conferidas unas potestades que deen plasmarse en actuaciones concretas. 4or tanto el punto de partida se sit,a en eso que tiene que "acerse en razón a tal atriución de competencias.
Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Régimen de sesiones y acuerdos. Votaciones. Actas y certificaciones de acuerdos
$
La convocatoria es el trámite por el cual se cita a los miemros de un órgano para que comparezcan a la sesión de %ste. En dic"a sesión no va a tratarse cualquier asunto sino un con-unto de ellos fi-ados de antemano que son lo que constituye el orden del día. =anto el orden del día como la convocatoria son una atriución del 4residente. c$ La sesión es la reunión de los miemros del órgano colegiado. El primer aspecto a tener en cuenta es el n,mero necesario de miemros para que el órgano se considere constituido. Aic"o n,mero necesario se denomina quórum. El segundo punto a considerar son los deates que suplen el proceso de delieración interna del órgano unipersonal #persona física$. Aeates en los cuales el papel del 4residente es determinante pues al mismo concierne #fi-ando los puntos a tratar$ tanto cuales son los asuntos llamados a deatirse como la propia dirección de la controversia. El tercer punto es la votación! trámite en el que se plasma la concurrencia de criterios su-etivos en orden a la formación de la voluntad com,n #la propia del órgano$ d$ ?inalmente el acta es el documento en donde se plasma! y por donde nace al derec"o! la g%nesis de la voluntad del órgano y su manifestación. Como "emos dic"o su redacción concierne al 3ecretario .- Convocatoria y orden del día .1.- Convocatoria y orden del día del !leno
Las sesiones del 4leno #órgano colegiado que se toma como modelo de los restantes$ pueden ser de tres tipos1 a$ $ c$
/rdinarias E7traordinarias E7traordinarias con carácter urgente
Sesiones Ordinarias del Pleno
a$
3on sesiones ordinarias aquellas cuya periodicidad esta preestalecida. Aic"a periodicidad será fi-ada por acuerdo del propio 4leno adoptado en sesión e7traordinaria! que "ará de convocar el 6lcalde o 4residente dentro de los treinta días siguientes al de la sesión constitutiva de la Corporación y no podrá e7ceder del límite trimestral a que se refiere el artículo B.* a$ de la Ley +
Sesiones Extraordinarias del Pleno
a$
3on sesiones e7traordinarias aquellas que convoque el 6lcalde o 4residente con tal carácter! por iniciativa propia o a solicitud de la cuarta parte! al menos! del n,mero legal de miemros de la Corporación. =al solicitud "ará de "acerse por escrito en el que se razone el asunto o asuntos que la motiven! firmado personalmente por todos los que la suscrien. $ La relación de asuntos incluidos en el escrito no enerva la facultad del 6lcalde o 4residente para determinar los puntos del orden del día! si ien la e7clusión de %ste de alguno de los asuntos propuestos deerá ser motivada. c$ La convocatoria de la sesión e7traordinaria a instancia de miemros de la Corporación deerá efectuarse dentro de los cuatro días siguientes a la petición y no podrá demorarse su celeración por más de dos meses desde que el escrito tuviera entrada en el 2egistro general.
Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Régimen de sesiones y acuerdos. Votaciones. Actas y certificaciones de acuerdos
d$
Contra la denegación e7presa o presunta de la solicitud a que se refiere el párrafo anterior! podrán interponerse por los interesados los correspondientes recursos! sin per-uicio de que la 6dministración del Estado o de la Comunidad 6utónoma respectiva pueda "acer uso de las facultades a que se refiere el artículo F de la Ley +
Sesiones Extraordinarias con carácter urgente del Pleno
a$
3on sesiones e7traordinarias urgentes las convocadas por el 6lcalde o 4residente cuando la urgencia del asunto o asuntos a tratar no permite convocar la sesión e7traordinaria con la antelación mínima de dos días "áiles e7igida por la Ley +
.2.- !rocedimiento de convocatoria
a$
Corresponde al 6lcalde o 4residente convocar todas las sesiones del 4leno. La convocatoria de las sesiones e7traordinarias "ará de ser motivada. $ 6 la convocatoria de las sesiones se acompañará el orden del día comprensivo de los asuntos a tratar con el suficiente detalle! y los orradores de actas de sesiones anteriores que dean ser aproados en la sesión. c$ La convocatoria! orden del día y orradores de actas deerán ser notificados a los conce-ales o Aiputados en su domicilio. d$ Entre la convocatoria y la celeración de la sesión no podrán transcurrir menos de dos días "áiles! salvo en el caso de las sesiones e7traordinarias urgentes. ..- "rden del día
a$
$ c$
d$ e$
El orden del día de las sesiones será fi-ado por el 6lcalde o 4residente asistido de la 3ecretaría. 6simismo! podrá recaar la asistencia de los miemros de la 9unta de :oierno y! donde %sta no e7ista! de los =enientes de 6lcalde! y consultar si lo estima oportuno a los portavoces de los grupos e7istentes en la Corporación. En el orden del día sólo pueden incluirse los asuntos que "ayan sido previamente dictaminados! informados o sometidos a consulta de la Comisión informativa que corresponda. El 6lcalde o 4residente! por razones de urgencia deidamente motivada! podrá incluir en el orden del día! a iniciativa propia o a propuesta de alguno de los portavoces! asuntos que no "ayan sido previamente informados por la respectiva Comisión informativa! pero en este supuesto no podrá adoptarse acuerdo alguno sore estos asuntos sin que el 4leno ratifique su inclusión en el orden del día. En el orden del día de las sesiones ordinarias se incluirá siempre el punto de ruegos y preguntas. 3erán nulos los acuerdos adoptados en sesiones e7traordinarias sore asuntos no comprendidos en su convocatoria! así como los que se adopten en sesiones ordinarias sore materias no incluidas en el respectivo orden del día! salvo especial y previa declaración de urgencia "ec"a por el órgano correspondiente! con el voto favorale de la mayoría prevista en el artículo B+.& de la Ley +
Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Régimen de sesiones y acuerdos. Votaciones. Actas y certificaciones de acuerdos
#.- Régimen de sesiones y acuerdos #.1.- $ugar de cele%ración de las sesiones
El 4leno celerará sus sesiones en la Casa consistorial! 4alacio provincial o 3ede de la Corporación de que se trate! salvo en los supuestos de fuerza mayor en los que! a trav%s de la convocatoria o de una resolución del 6lcalde o 4residente dictada previamente y notificada a todos los miemros de la Corporación! podrá "ailitarse otro edificio o local a tal efecto. #.2.- &dioma
a$
Las convocatorias de las sesiones! las ordenes del día! mociones! votos particulares! propuestas de acuerdo y dictámenes de las comisiones informativas se redactarán! en todo caso! en lengua castellana. $ 3e redactarán! asimismo! en la lengua cooficial en la Comunidad 6utónoma a la que pertenezca la Corporación! cuando así lo e7i-a la legislación de la Comunidad 6utónoma o lo acuerde la Corporación. c$ En los deates podrán utilizarse! indistintamente! la lengua castellana o la cooficial de la Comunidad 6utónoma respectiva. #..- !rinci'io de unidad de acto
=oda sesión! sea ordinaria o e7traordinaria! "ará de respetar el principio de unidad de acto y se procurará que termine en el mismo día de su comienzo. 3i %ste terminare sin que se "uiesen deatido y resuelto todos los asuntos incluidos en el orden del día! el 4residente podrá levantar la sesión.En este caso los asuntos no deatidos "arán de incluirse en el orden del día de la siguiente sesión. #.#.- !u%licidad de las sesiones
3erán p,licas las sesiones del 4leno. Go ostante! podrá ser secreto el deate y la votación de aquellos asuntos que puedan afectar al derec"o fundamental de los ciudadanos a que se refiere el artículo D.D de la Constitución española! cuando así se acuerde por mayoría asoluta. #.(.- )uorum
4ara la válida constitución del 4leno se requiere la asistencia de un tercio del n,mero legal de miemros de la Corporación! que nunca podrá ser inferior a tres. Este quórum deerá mantenerse durante toda la sesión. En todo caso se requiere la asistencia del 4residente y del secretario de la Corporación o de quienes legalmente les sustituyan. 3i en primera convocatoria no e7istiera el quórum necesario seg,n lo dispuesto en el n,mero anterior! se entenderá convocada la sesión automáticamente a la misma "ora! dos días despu%s. 3i tampoco entonces se alcanzase el quórum necesario! la 4residencia de-ará sin efecto la convocatoria posponiendo el estudio de los asuntos incluidos en el orden del día para la primera sesión que se celere con posterioridad! sea ordinaria o e7traordinaria. (.- Votaciones (.1.- *omento y desarrollo de la votación
Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Régimen de sesiones y acuerdos. Votaciones. Actas y certificaciones de acuerdos
a$ $
?inalizado el deate de un asunto! se procederá a su votación. 6ntes de comenzar la votación el 6lcalde o 4residente planteará clara y concisamente los t%rminos de la misma y la forma de emitir el voto. c$ Hna vez iniciada la votación no puede interrumpirse por ning,n motivo. Aurante el desarrollo de la votación el 4residente no concederá el uso de la palara y ning,n miemro corporativo podrá entrar en el salón o aandonarlo. d$ =erminada la votación ordinaria! el 6lcalde o 4residente declarará lo acordado. e$ >nmediatamente de concluir la votación nominal! el secretario computará los sufragios emitidos y anunciará en voz alta su resultado! en vista del cual el 6lcalde o 4residente proclamará el acuerdo adoptado. (.2.- *ayorías y naturale+a del voto
a$ $ c$
d$ e$
f$
El 4leno de las Corporaciones Locales adopta sus acuerdos! como regla general! por mayoría simple de los miemros presentes. E7iste mayoría simple cuando los votos afirmativos son más que los negativos. 3e entenderá por mayoría asoluta cuando los votos afirmativos son más de la mitad del n,mero legal de miemros de la Corporación. 3e entenderá que e7iste la mayoría requerida en el artículo B+.* de la Ley +
(..- ,entido del voto
a$
El voto puede emitirse en sentido afirmativo o negativo! pudiendo los miemros de la Corporación astenerse de votar. $ 6 efectos de la votación correspondientes se considerará que se astienen los miemros de la Corporación que se "uieren ausentado del salón de sesiones una vez iniciada la delieración de un asunto y no estuviesen presentes en el momento de la votación. En el supuesto de que se "uiesen reintegrado al salón de sesiones antes de la votación podrán! desde luego! tomar parte en la misma. c$ En el caso de votaciones con resultado de empate se efectuará una nueva votación! y si persistiera el empate! decidirá el voto de calidad del 4residente. (.#.- Clases de votaciones
a$
Las votaciones pueden ser ordinarias! nominales y secretas.
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$ c$
d$ e$ f$ g$
3on ordinarias las que se manifiestan por signos convencionales de asentimiento! disentimiento o astención. 3on nominales aquellas votaciones que se realizan mediante llamamiento por orden alfa%tico de apellidos y siempre en ,ltimo lugar el 4residente y en la que cada miemro de la Corporación! al ser llamado! responde en voz alta sí! no o me astengo. 3on secretas las que se realizan por papeleta que cada miemro de la Corporación vaya depositando en una urna o olsa. El sistema normal de votación será la votación ordinaria. La votación nominal requerirá la solicitud de un grupo municipal aproada por el 4leno por una mayoría simple en votación ordinaria. La votación secreta sólo podrá utilizarse para elección o destitución de personas.
.- Actas y certificaciones de acuerdos
Ae cada sesión el secretario e7tenderá acta en la que "ará de constar1 a$ $ c$ d$ e$ f$ g$ "$
i$ -$
Lugar de la reunión! con e7presión del nomre del municipio y local en que se celera. Aía! mes y año. Iora en que comienza. Gomre y apellidos del 4residente! de los miemros de la Corporación presentes! de los ausentes que se "uiesen e7cusado y de los que falten sin e7cusa. Carácter ordinario o e7traordinario de la sesión! y si se celera en primera o en segunda convocatoria. 6sistencia del secretario! o de quien legalmente le sustituya! y presencia del funcionario responsale de la intervención! cuando concurra. 6suntos que e7aminen! opiniones sintetizadas de los grupos o miemros de la Corporación que "uiesen intervenido en las delieraciones e incidencias de estas. Jotaciones que se verifiquen y en el caso de las nominales el sentido en que cada miemro emita su voto. En las votaciones ordinarias se "ará constar el n,mero de votos afirmativos! de los negativos y de las astenciones. 3e "ará constar nominalmente el sentido del voto cuando así lo pidan los interesados. 4arte dispositiva de los acuerdos que se adopten. Iora en que el 4residente levante la sesión.
Ae no celerarse sesión por falta de asistentes! u otro motivo! el secretario suplirá el acta con una diligencia autorizada con su firma! en la que consigne la causa y nomres de los concurrentes y de los que "uieren e7cusado su asistencia. Otras cuestiones referidas a las actas
3erá aplicale a la redacción de las actas lo dispuesto más arria en cuanto a la utilización de las lenguas. 3i el secretario no conociera la lengua cooficial en la Comunidad 6utónoma a la que perteneciera la entidad local! la redacción del te7to del acta en la lengua cooficial será realizada por una persona idónea designada por la Corporación! quien firmará la traducción.
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El acta será aproada en su versión ilingüe y de la misma certificará el secretario con la salvedad! por lo que se refiere a la versión traducida! de que así resulta de su traducción. El acta! una vez aproada por el 4leno! se transcriirá en el liro de actas autorizándola con las firmas del 6lcalde o 4residente y del secretario. .- Régimen es'ecífico de la /unta de 0o%ierno
a$ $ c$ d$ e$
f$
La 9unta de :oierno celerará sesión constitutiva! a convocatoria del 6lcalde o 4residente! dentro de los diez días siguientes a aqu%l en que %ste "aya designado los miemros que la integran. En defecto de previsión e7presa en el reglamento orgánico de la entidad! la 9unta de :oierno celerará sesión ordinaria cada quince días como mínimo. Corresponde al 6lcalde o 4residente fi-ar! mediante Aecreto! el día y "ora en que dea celerarse sesión ordinaria. Las sesiones e7traordinarias y las urgentes tendrán lugar cuando! con tal carácter! sean convocadas por el 6lcalde. El 6lcalde o 4residente podrá en cualquier momento reunir a la 9unta de :oierno cuando estime necesario conocer su parecer o pedir su asistencia con anterioridad a dictar resoluciones en e-ercicio de las atriuciones que le correspondan. Las sesiones se celerarán en la Casa consistorial! 4alacio provincial o edificio que sea sede de la entidad! salvo en los supuestos de fuerza mayor.
Las sesiones de la 9unta de :oierno se a-ustarán a lo estalecido respecto al 4leno! con las modificaciones siguientes1 a$
Entre la convocatoria y la celeración de la sesión no podrán transcurrir menos de veinticuatro "oras! salvo en el caso de las sesiones e7traordinarias y urgentes en las que! antes de entrar a conocer los asuntos incluidos en el orden del día! deerá ser declarada la urgencia por acuerdo favorale de la mayoría de los miemros. $ Las sesiones de la 9unta de :oierno no serán p,licas! sin per-uicio de la pulicidad y comunicación a las 6dministraciones estatal y autonómica de los acuerdos adoptados. 6demás! en el plazo de diez días deerá enviarse a todos los miemros de la Corporación copia del acta. c$ 4ara la válida constitución de la 9unta de :oierno se requiere la asistencia de la mayoría asoluta de sus componentes. 3i no e7istiera quórum! se constituirá en segunda convocatoria! una "ora despu%s de la señalada para la primera! siendo suficiente la asistencia de la tercera parte de sus miemros y! en todo caso! un n,mero no inferior a tres. d$ El 6lcalde o 4residente dirige y ordena a su prudente aritrio los deates en el seno de la Comisión. e$ En los casos en que la 9unta de :oierno e-erza competencias delegadas por el 4leno! será preceptivo el previo informe de la Comisión informativa correspondiente. Las actas de las sesiones de la 9unta de :oierno se transcriirán en liro distinto del de las sesiones del 4leno.