2/12/2018
Evaluación: Trabajo práctico 2 [TP2]
Comenzado: 2 de dic en 22:38
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Pregunta 1
5 ptos.
En el artículo “Mejor “Mejor no saber - Sobre la doctrina de la ignorancia deliberada en Derecho penal”, el Prof. Ragués sostiene que:
No existen casos reales de ignorancia deliberada. Todos los casos de ignorancia deliberada pueden ser resueltos como hechos de d e dolo directo. Ninguna de las opciones es correcta. Los casos de ignorancia deliberada en sentido estricto son un problema que amenaza las bases del sistema de imputación subjetiva.
Pregunta 2
5 ptos.
¿Cómo definirías aquella situación en la que el autor sabía lo que estaba haciendo, pero nunca se representó una lesión al bien jurídico, y por ende, tampoco el resultado típico?
Culpa consciente. Culpa inconsciente. Descuido. Dolo. Dolo eventual.
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Pregunta 3
5 ptos.
En nuestro Derecho Penal argentino existen:
Delitos de omisión propia culposos. Delitos imprudentes de resultado de peligro abstracto. Delitos de comisión impropia culposos. Delitos culposos de resultado de peligro concreto.
Pregunta 4
5 ptos.
Cuando quien realiza la conducta conoce que probablemente se producirá el resultado típico, pero le es indiferente ese posible resultado y prosigue con su actuar, actuar, encuadra en lo que se conoce como:
Dolo eventual. Dolo indirecto. Culpa inconsciente. Dolo directo. Culpa.
Pregunta 5
5 ptos.
La antijuridicidad puede ser dividida en criterios clasificadores. Uno de ellos es la antijuridicidad objetiva ¿Cuál de los siguientes enunciados se corresponde con ella?
Es el simple choque del hecho con el derecho, prescindiendo de la intención del sujeto.
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Sólo el derecho positivo mediante la formulación de los tipos y las reglas de las causas de justificación constituye la fuente de la antijuridicidad. Se refiere al hecho con independencia de la persona que lo ha ejecutado. Como el hecho está dirigido por la conducta del autor, y es una acción final, necesariamente la ilicitud contiene elementos subjetivos.
Pregunta 6
5 ptos.
La secuencia: acción-tipo-antijuridicidad-culpabilidad ¿a qué refiere?
Teoría de la ley penal. Derecho penal de acto. Teoría del delito. Parte especial del derecho penal. Teoría de las consecuencias del delito.
Pregunta 7
5 ptos.
Las formas de la conducta pueden ser:
Un omitir que no vulnera una norma de conducta. Una acción que vulnere una norma prohibitiva. Una omisión que vulnere una norma que manda implícitamente realizar una conducta determinada. Un pensamiento que vulnere una norma prohibitiva.
Pregunta 8
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5 ptos.
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¿Qué comprende el hecho punible?
La culpabilidad. La antijuridicidad. El hecho como soporte real del delito. La culpa inconsciente. La tipicidad.
Pregunta 9
5 ptos.
En qué estrato de la teoría del delito analizamos la descripción de la conducta prohibida por la norma?
En la culpabilidad. En la acción. En la tipicidad. En la antijuridicidad. En la punibilidad.
Pregunta 10
5 ptos.
¿Cuál de estas son características del aspecto objetivo de los delitos de omisión propia?
La descripción apropiada de cuál es la conducta ordenada. La culpa inconsciente. La calificación del sujeto activo del delito. Fuerza física irresistible. https://siglo21.instructure.com/courses/3378/quizzes/11652/take
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Pregunta 11
5 ptos.
Laura quiere matar a Ignacio. Para ello pone una bomba en la tr ibuna del estadio de fútbol, donde estará alentando a su equipo favorito el domingo, rodeado de muchas otras personas. Laura sabe que con su actuar no sólo matará a Ignacio, sino también a muchos otros. Pero no le importa, sigue con su actuar, hace explotar la bomba, mata a Ignacio y a 235 personas más. más. ¿En qué tipo subjetivo subjetivo encuadra su conducta respecto de las 235 que mató?
Es un caso de dolo indirecto. Es un caso de culpa consciente. Es un caso de dolo directo. Es un caso de dolo eventual.
Pregunta 12
5 ptos.
Juan empujó a Laura. Esta cayó al suelo y se fracturó un brazo. Con el devenir de la investigación, se pudo comprobar en realidad Juan no había sido capaz de dirigir sus movimientos, toda vez que había sido empujado por José, quien odiaba a Laura, y aprovechó la situación en la que los tres se encontraban ubicados (parados unos atas de otros -Laura, Juan, José-), para empujar Juan y así lograr que Laura resultara lesionada ¿Debe responder Juan por las lesiones de Laura?
No, ya que fue objeto de una fuerza física irresistible que excluye la acción. No, ya que fue un acto reflejo e involuntario que excluye la acción. No, porque la acción requiere la comprobación del dolo directo para poder ser reprochada. Sí, ya que su actuar fue indispensable en el curso causal de acción.
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Pregunta 13
5 ptos.
¿Qué podemos decir de la conducta de Paola? Ella manejaba por Av. Av. Rivadavia en forma correcta, con cinturón de seguridad, por su carril, a la velocidad adecuada y segundos antes de llegar al semáforo, se agacha por un instante e intenta recoger un CD que se le había caído mientras lo colocaba en el estéreo. En ese momento el semáforo cambió y dio paso a los de la mano contraria, produciéndose un grave accidente con lesiones para varias personas.
Se trata de una tentativa de homicidio. Se trata de una excepción a la conducta que atrapa el tipo, conocida como “tipo abierto”. Se trata de un caso de delito culposo. Se trata de una excepción a la conducta que atrapa el tipo, conocida como “adecuación social”. Se trata de un caso de homicidio calificado.
Pregunta 14
5 ptos.
Podemos afirmar que la tipicidad:
Siempre es indicio de culpabilidad. Es indicio de antijuridicidad, salvo casos de “adecuación social” o de “tipos abiertos”. Es indicio de antijuridicidad, salvo casos de actos reflejos o involuntarios. Siempre es indicio de antijuridicidad.
Pregunta 15
5 ptos.
Lucas envía a su tío Alfredo a un viaje en tren, t ren, con la esperanza de que se produzca un accidente en el trayecto y muera, y así poder heredar su fortuna. https://siglo21.instructure.com/courses/3378/quizzes/11652/take
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Efectivamente el tren se estrella contra otro y su tí o muere. ¿Cómo calificaría la conducta de Lucas?
Se trata de una tentativa de homicidio. Lucas tuvo intención de que muriera. Y su intención se tradujo en el resultado muerte de su tío. La conducta es atípica, toda vez que se trata de una excepción a la conducta que atrapa el tipo, conocida como “tipo abierto”. Se trata de supuesto de error de prohibición. La conducta es atípica, toda vez que pese a encuadrar formalmente en un tipo penal, es un caso de “adecuación social”, donde se excluye la tipicidad.
Pregunta 16
5 ptos.
¿Dónde eran analizados, para el positivismo jurídico, los elementos objetivosexternos?
Solo en el tipo. En una especie de paso intermedio entre lo antijurídico y lo culpable. En la culpabilidad. En la acción, tipicidad y antijurididad.
Pregunta 17
5 ptos.
Determine el opuesto de “hacer” en sentido estricto.
Omisión. Tentativa. Voluntad. Expresión.
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Pensamiento.
Pregunta 18
5 ptos.
Ud. tiene que juzgar la conducta de Juan, quien en su calidad de empleado de una ferretería vendió a un cliente las sogas con las que éste, días después, se valió para atar a la víctima de un robo. ¿Cómo juzgarías su conducta?
Corresponde imputar a Juan del delito cometido por su cliente, en virtud de que le proporcionó los elementos necesarios para cometer el hecho. No corresponde imputación alguna a Juan, en virtud del “principio de confianza”. No corresponde imputación alguna a Juan, en virtud de la “prohibición de regreso”. No corresponde imputación alguna a Juan, en virtud de la “teoría del incremento del riesgo”.
Pregunta 19
5 ptos.
Según el artículo “Sobre “Sobre los movimientos “impulsivos” y el concepto jurídico penal de acción”, de Silva Sánchez, son considerados acciones eventualmente antijurídicas:
Los actos reflejos o fisiológicos. Los actos instintivos. Ninguna es correcta. Los actos impulsivos.
Pregunta 20
5 ptos.
¿Dónde eran analizados, para el positivismo jurídico, los elementos subjetivos? https://siglo21.instructure.com/courses/3378/quizzes/11652/take
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En la culpabilidad. Solo en el tipo. Solo en la antijuridicidad. En los segmentos del tipo y la antijuridicidad. En una especie de paso intermedio entre lo antijurídico y lo culpable.
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