Asignatura: Legislación comercial
Actividad 11 Estudio de caso: Garantías crediticias
Presenta Félix Beleño Bravo ID 0004!"#
Docente $oxana %ontreras %astro
Bogot& D'%' %olom(ia
)ar*o 0" de +0#"
Caso 4.
$osita $osas, solicita un -réstamo -or .!0'000'000, -ara cancelar en dos años, -ero su -osi(le acreedor le exige una garantía real, ella no tiene (ienes /ue -uedan cu(rir dico valor, -ero su tío 1edro $osas, /uien la a a2udado siem-re, es -ro-ietario de un a-artamento, /ue tiene -ensado vender en un año' Ellos /uieren sa(er, /ue se -uede acer al res-ecto' 1ara este caso lo -rimero /ue de(emos tener en cuenta es /ue el acreedor exige una garantía real, -or ende es im-ortante de3inir este término: Las Garantías Reales:
on a/uellas /ue se (asan en (ienes tangi(les, 2 en las /ue (ienes determinados /uedan a3ectos ex-resamente al (uen 3in de la o-eración' En las mismas el su5eto del crédito otorga en garantía determinados (ienes -ara res-onder -or la o(ligación contraída' Fiador:
Es un garante del deudor -rinci-al, -ero tiene la gran venta5a /ue en caso de un incum-limiento -or -arte de dico deudor, el 3iador tiene el dereco /ue antes /ue se le exi5a el -ago de dica deuda, el acreedor -rimero tiene /ue -erseguir los (ienes del deudor -rinci-al, esto es, sus cuentas (ancarias, mue(les, inmue(les, -artici-aciones sociales, etc', des-ués de /ue el acreedor -ersiga al deudor -rinci-al 2 no logre de este su -ago -or insolvencia, aí sí -uede exigir el -ago al 3iador' 67rt' +88 %ódigo %ivil9 # 7ora (ien siguiendo con el caso, el 3iador -ara el caso 1edro $osas se est& com-rometiendo a res-onder -or los com-romisos de su so(rina en caso de a(er alg;n -ro(lema o incum-limiento, llevando consigo algunos riesgos /ue es necesario examinar antes de ace-tar ese com-romiso' #
> El 3iador no -uede o(ligarse en términos m&s gravosos /ue el -rinci-al deudor, no sólo con res-ecto a la cuantía sino al tiem-o, al lugar, a la condición o al modo del -ago, o a la -ena im-uesta -or la ine5ecución del contrato a /ue exceda la 3ian*a, -ero -uede o(ligarse en términos menos gravosos' 7$ El 3iador no -uede o(ligarse a m&s de lo /ue de(e el deudor -rinci-al -ero -uede o(ligarse a menos' 7$ El 3iador es res-onsa(le asta de la cul-a leve, en todas las -restaciones a /ue 3uere o(ligado' 7$
Caso 5
En una letra de cam(io, )aría Beníte*, 3irmó como 3iadora, -or un -réstamo de .#!'000'000, la deudora -rinci-al /ue es su com-añera de tra(a5o Cuanita $odrígue*, no a cancelado la o(ligación' on demandadas 2 em(argan los (ienes de )aría, /ue inclu2e su a-artamento la 3iadora /uiere sa(er /ué -uede acer teniendo en cuenta /ue Cuanita tiene un veículo avaluado en .+0'000'000, 2 devenga un salario de .8'000'000 mensuales' El 3iador /uien es )aría Beníte* es garante de la deuda /ue ad/uirió Cuanita $odrígue*, se o(serva /ue la deudora -rinci-al no canceló la deuda a tiem-o, 2 -or esto los acreedores deciden em(argar los (ienes dentro de ellos el a-artamento de )aría Beníte*' eg;n el artículo +88 del código civil, la gran venta5a /ue tiene )aría como FIADORA, es /ue ella -uede exigir al acreedor /ue antes /ue le exi5an a ella -agar la deuda -ersigan -rimero los (ienes del D!DOR PRI"CIPAL, en este caso los (ienes de Cuanita, como (ienes mue(les e inmue(les' i el acreedor no logra conseguir el -ago de Cuanita -or insolvencia o (ancarrota a -artir de ese momento si -uede exigir el -ago al FIADOR ' 1or otro lado el FIADOR , solo -uede ser re-ortado en las centrales de riesgo DA#ACRDI#O o CIFI" des-ués de /ue se realice el -rocedimiento -ara acer -agar al D!DOR , es decir /ue se le a2a eco la -ersecución a los (ienes 2 /ue este no cancele la deuda, si el FIADOR no cancela ese es el momento ideal -ara re-ortarlo negativamente' Es im-ortante sa(er a nom(re de /uien tiene sus activos como lo es en este caso si el veículo est& a nom(re de un tercero es im-osi(le em(argo en el veículo'
La entidad 3inanciera tiene varios recursos antes de reali*ar el em(argo al codeudor en ;ltimas instancias si el -rinci-al res-onsa(le no cum-le con ninguna de estas acciones, se -roceder& a este em(argo'
Garantías reales $ %ersonales La le2 colom(iana de3ine como garantía cual/uier o(ligación /ue se contrae -ara la o(ligación de otra o(ligación -ro-ia o a5ena Reales Personales Existe un o(5eto' Es un su5eto /uien asegura el cum-limiento de la o(ligación' @torga el dereco de -ersecución' =o existe el dereco de -erseguir los (ienes del garante' El dereco de garantía no est& es-eci3icado unos (ienes' $ecae so(re un (ien o (arios determinados' %odeudor'es un garante la di3erencia es /ue el codeudor est& en el mismo nivel /ue el deudor' La res-onsa(ilidad de co(ro se vincula con Fiador' Es un garante del deudor -rinci-al la individuali*ación de un (ien como tales -ero tiene la venta5a de incum-limiento como i-otecas, -renda 2 3iducia' tiene dereco a /ue se le aga -ersecución a los (ienes del deudor' i-oteca, es un contrato accesorio /ue Endoso' %onstitu2e un dereco -rendario consiste en constituir un gravamen a la so(re el título 2 con3erir& al endosatario' -ro-iedad /ue se tiene so(re un inmue(le' 1renda, consiste en gravar la -ro-iedad el 7val' Es un com-romiso unilateral del -ago dereco de -ro-iedad /ue se tiene so(re generalmente es solidario con un tercero (ienes inmue(les' /ue reci(ir& la -restación de un caso de no cum-lir lo avalado' Fiducia, es un negocio 5urídico en virtud del cual una -ersona llamada 3iduciante trans3iere uno o m&s (ienes es-eci3icados a, otro llamado 3iduciario'