CONTRATO DE COMPRAVENTA DE TERRENO
En la ciudad de Ayacucho a los 15 días del mes de Setiembre del año 2002 entre Pedro Suarez , iden identitififica cado do con con la cédu cédula la núme número ro 2010 201023 2312 12 quie quien n en adel adelan ante te será será EL VENDEDOR, y Gian Marco Signago identificado con la cédula número 23564152 quien será EL COMPRADOR. Primera. EL VENDEDOR vende al COMPRADOR COMPRADOR el terreno que se encuentra en Ovalo Higuereta s/n. Segunda. El precio de esta compraventa de terreno asciende a la suma de 20,000 pesos. Tercera. EL VENDEDOR declara que el terreno esta en buen estado y libre de gravamen. Se firman dos ejemplares . EL VENDEDOR
EL COMPRADOR
SÍRVASE EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PUBLICAS UNA DE COMPRAVENTA DE DERECHOS Y ACCIONES DE UN BIEN INMUEBLE QUE CELEBRAN DE UNA PARTE DON FREDY NEVER RAFAEL IDENTI TIFI FICA CADO DO CO CON N D.N. D.N.II N ° 40225415, DE NACI NACION ONAL ALID IDAD AD ESCOBAR IDEN PERUANA, DE ESTADO CIVIL SOLTERO, DE OCUPACIÓN COMERCIANTE, Y DOÑA IDENTI TIFI FICA CADA DA CO CON N D.N. D.N.II DOÑA HAYD HAYDEE EE GUTI GUTIÉR ÉRRE REZ Z CUYU CUYUTU TUPA PA IDEN Nº 20727946, DE NACIONALIDAD PERUANA, DE ESTADO CIVIL SOLTERA SOLTERA,, DE OCUP OC UPAC ACIÓ IÓN N CO COME MERC RCIA IANT NTE, E, AMBO AMBOS S CO CON N DO DOMI MICI CILI LIO O REAL REAL EN AA.H AA.HH H PROYECTO PROYECTO INTEGRAL INTEGRAL NUEVA ALIANZA ALIANZA MZ D LOTE 1 PARCELA PARCELA 2 SECTOR CERRITO ALEGRE -DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO – LIMA, A
QUIENES EN ADELANTE SE LES DENOMINARA LOS VENDEDORES; Y DE LA OTRA PARTE DON EDINSON SERGIO CAMPOS GUTIÉRREZ IDENTIFICADO CON D.N.I Nº41890671 DE NACIONALIDAD PERUANA, DE ESTADO CIVIL SOLTERO, DE OCUPACIÓN EMPLEADO Y CON DOMICILIO REAL EN LA AV. LEONCIO PRADO Nº 940 – 938 SAN AGUSTÍN DE CAJAS – HUANCAYO A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARA EL COMPRADOR, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SIGUIENTES:
PRIMERO: LOS VENDEDORES SON CO-PROPIETARIOS DEL BIEN INMUEBLE, UBICADO EL AA.HH PROYECTO INTEGRAL NUEVA ALIANZA MZ D LOTE 1 PARCELA 2 , SECTOR CERRITO ALEGRE DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO.-LIMA E INSCRITO EN EL REGISTRO PREDIAL URBANO DE LIMA, CON CÓDIGO DE PREDIO PO2139589 SEGUNDO: LOS VENDEDORES DAN EN VENTA REAL Y ENAJENACIÓN PERPETUA A EL COMPRADOREL 100% DE DERECHOS Y ACCIONES DEL BIEN INMUEBLE DESCRITO EN LA CLÁUSULA PRIMERA, SIENDO QUE INTERNAMENTE CONVIENE EN PRECISAR QUE EL MISMO CUENTA CON UNA ÁREA DE TERRENO DE 90 METROS CUADRADOS, ENCERRADOS DENTRO DE LAS SIGUIENTES MEDIADAS PERIMÉTRICAS.. FRENTE
8.05 ML
PASAJE 6
DERECHA
10.40 ML
LOTE 2
IZQUIERDA
12.00 ML
PASAJE 4
8.20 ML
PASAJE 7
FONDO
TERCERO: EL PRECIO DE VENTA DEL INMUEBLE ACORDADO POR LAS PARTES CONTRATANTES ES A TITULO ONEROSO SIENDO EL VALOR PACTADO LA SUMA DE $ 8 000 00 (OCHO MIL DÓLARES AMERICANOS), CUYO PAGO LOS VENDEDORES DECLARAN HABER RECIBIDO DEL COMPRADOR A SU ENTERA SATISFACCIÓN ANTES DE LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO. CUARTO: LOS VENDEDORES DECLARAN QUE SOBRE EL BIEN INMUEBLE MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO, NO EXISTE NINGUNA HIPOTECA, GRAVAMEN, MEDIDAS JUDICIALES O EXTRAJUDICIALES Y SI LOS HUBIERA SE OBLIGAN AL SANEAMIENTO Y EVICCIÓN DE LEY.
QUINTO: LA PRESENTE COMPRA-VENTA DE BIEN INMUEBLE COMPRENDE EL PORCENTAJE DESCRITO EN LA CLÁUSULA SEGUNDA DEL PRESENTE CONTRATO, EN VIRTUD DEL CUAL LOS VENDEDORES ATRIBUYEN A EL COMPRADOR LOS USOS, COSTUMBRES, SERVIDUMBRES Y TODO CUANTO DE HECHO Y POR DERECHO LE CORRESPONDE RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE MATERIA DE LA PRESENTE SIN RESERVA NI LIMITACIÓN ALGUNA. SEXTO: PARA CUALQUIER CONTROVERSIA QUE SE DERIVE DEL PRESENTE CONTRATO DE COMPRA.-VENTA LOS VENDEDORES Y EL COMPRADOR SEÑALAN COMO SU DOMICILIO REAL EL MISMO QUE ESTA MENCIONADO EN LA INTRODUCCIÓN DEL PRESENTE DOCUMENTO, LUGAR A DONDE DEBERÁN SER NOTIFICADOS TANTO EXTRA JUDICIAL COMO JUDICIALMENTE, SOMETIÉNDOSE LAS PARTES A LOS JUECES DE LIMA. SÉTIMO: ANTE CUALQUIER PUNTO NO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE CONTRATO SE APLICARA EN FORMA SUPLETORIA EL CÓDIGO CIVIL PERUANO Y DEMÁS NORMAS COMPLEMENTARIAS.. SIRVA UD. SEÑOR NOTARIO INSERTAR LAS CLÁUSULAS CORRESPONDIENTES DE ACUERDO A LEY Y CURSAR LOS PARTES AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE LIMA PARA LA INSCRIPCIÓN DEL PRESENTE ACTO JURÍDICO.
FIRMADO EN LA CIUDAD DE LIMA A LOS 20 DÍAS DEL MES DE MARZO DEL 2007.