8
CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS
Los correctivos a los que se hace merecedor el educando, se hacen de acuerdo con un análisis tranquilo y desprevenido de las contravenciones realizadas por él, teniendo en cuenta las consideraciones estipuladas en el Código del Menor y en el presente Manual de Convivencia, buscando que no haya escarnio para el educando o se afecte su dignidad personal. Se realizará el siguiente procedimiento: Amonestación en privado: La debe aplicar el educador o miembro de la comunidad educativa mediante un diálogo amistoso y claro con el educando, para que tome conciencia de sus errores y se comprometa a un cambio de actitud. El compromiso se registrará en el observador del alumno. Si el educando persiste en su comportamiento y no se nota mejoría, debe intervenir el titular y/o coordinador dejándose constancia en el observador del alumno y notificando al padre de familia. NOTA: En el caso de aquellos alumnos cuyo cuyo comportamiento precisen tratamientos especiales de carácter reeducativo, se les llevará un estudio aparte del observador y hoja de vida del alumno. Citación al padre de familia o acudiente a coordinación: Se dialogará con éstos para analizar conjuntamente las dificultades presentadas por el alumno, dejando constancia escrita con fijación de acciones correctivas, por parte de educadores, padres de familia y alumno. Retiro temporal de clase y del establecimiento (suspensión):
es competencia del director de grupo, coordinador de disciplina, y/o Rector y debe ser informada al padre de familia. La primera suspensión será de un día o más en casa; la amonestación se diligenciará con motivos, compromisos, correctivos y presentación del acudiente el día de la suspensión o al día siguiente, de lo contrario el alumno no podrá presentarse a clases. Si el alumno persiste en su comportamiento y no se nota mejoría, debe intervenir el titular y consecuentemente las personas designadas según el CONDUCTO REGULAR, dejándose constancia en el observador del alumno y notificándose al padre de familia. Citación al padre de familia o acudiente por parte del Coordinador de Convivencia. La segunda suspensión será hasta por tres días con las anotaciones del punto anterior, si el alumno persiste en la actitud errónea. Si el alumno persiste en la violación reiterada será remitido a consulta psicopedagógica dentro de la Institución; cuando el caso lo amerite, se remitirá por fuera de la Institución, el padre deberá asumir el costo del tratamiento necesario, y presentar los
informes de dicho tratamiento a la institución luego de la cual se determinará el trámite que se debe seguir. El alumno de undécimo grado que en su seguimiento durante todo el año, presente faltas al Manual de Convivencia que lo identifiquen como indisciplinado y con poca muestra de la vivencia de los valores Lasallistas, no será proclamado en comunidad, recibirá su diploma en rectoría. Cuando a un alumno le sea comprobado el consumo de droga dentro de la institución o fuera de ella; deberá ser sometido a un tratamiento especial por parte de su familia y de ser necesario, será suspendido por un mes de sus actividades regulares o académicas. En caso de que el alumno no muestre cambio positivo en su comportamiento, se recomendará a los padres retirar a éste del establecimiento, si no se acepta tal sugerencia el alumno podrá ser suspendido por nuevos períodos de tiempo, en los cuales deberá responsabilizarse de su instrucción académica. Al regresar acordará con los docentes la fecha de presentación de trabajos y evaluaciones pendientes. Suspensión del establecimiento por el año lectivo en curso: Será aplicado por faltas graves, y/o bajo rendimiento académico representado en la insuficiencia de 4 áreas, la decisión será tomada por el Rector, quien notificará oportunamente al personero, al padre de familia, a la Asociación de Padres de Familia y al jefe de núcleo Educativo. Suspensión del establecimiento hasta por 3 años lectivos: Esta determinación deberá tomarse mediante acuerdo del Consejo Directivo y notificarse a la Asociación de Padres de Familia, Jefe de Núcleo Educativo y acudiente del alumno. Nota: en la aplicación de los correctivos se tendrá en cuenta: Agravantes: sustentaciones adicionadas al suceso que contribuyan a aumentar la responsabilidad durante la acción Atenuantes: sustentaciones adicionadas al suceso que contribuyan a aminorar la responsabilidad durante la acción. Eximentes: sustentaciones dadas al suceso que contribuyan a eximir la responsabilidad de la acción.
8.1.
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
Son más formativos los estímulos que las sanciones, las esperanzas o promesas compensatorias que las amenazas, no se podrá construir un sistema educativo apoyado simplemente sobre un código de sanciones.
El comportamiento adecuado del alumno es el resultado de la organización interna de la institución, de la preparación pedagógica y profesional de sus educadores y demás miembros de la comunidad educativa, de la atmósfera cordial y humana que se vive en el Colegio y del grado de satisfacción de las necesidades básicas de los educandos. No obstante, habrá que hacer uso de la sanción como aspecto formativo y correctivo para aquellos alumnos que no logren cumplir a entera satisfacción el Manual, para una sana convivencia en todo sentido. En nuestra institución las sanciones se aplicarán con rectitud, objetividad, justicia y equidad, ya que buscamos el crecimiento integral, acorde, armónico y responsable de cada uno de nuestros alumnos.
8.2.
DE LA INASISTENCIA Y LA IMPUNTUALIDAD
El alumno que llegue 10 minutos después de iniciada la jornada, será anotado por el Coordinador de Convivencia o el coordinador encargado. Si se presenta después de esta hora deberá traer excusa firmada por el acudiente. Siempre que el alumno registre tres ausencias se hace merecedor a una nota escrita en el observador y una notificación al acudiente. Si el alumno reincide debe traer el acudiente para ser analizada la situación e implementar los correctivos necesarios, los cuales podrán llegar a una suspensión por un día de clase. Cuando el alumno no asista a clase, este deberá presentarse al coordinador de disciplina. Cuando el alumno no asista a clase, a su regreso debe traer excusa por escrito, firmada por el acudiente, con número de cédula, número del teléfono y la causa por la cual no asistió. Esta debe presentarse a Coordinación en el primer descanso. La excusa no sirve para exonerar la inasistencia. Cuando se presenten dos o más ausencias injustificadas en el mes se procederá de acuerdo al Código del Menor Art. 313 – 314 (Ver fundamentación legal del presente manual). En caso de que el alumno esté representando el Colegio, el Municipio, el Departamento o la Nación en actividades pastorales, culturales, deportivas y otras debe solicitar la autorización para ausentarse, anexando el permiso de sus padres o acudientes y la solicitud hecha por la entidad organizadora del evento sea ésta de carácter público o privado. 1. 8.3.
DE LA EVALUACION DEL COMPORTAMIENTO
La evaluación del comportamiento debe seguir el mismo método empleado para cualquier proceso curricular y por tanto debe ser continuo y permanente. En ellas participan todas las personas que tiene que ver con la formación del alumno; para que haya más objetividad se ha establecido el observador donde se consignan los
comportamientos específicos y el tratamiento dado a cada uno de ellos, compromisos, cambios de actitud y resultados al igual que toda buena acción, y actitudes positivas. En la hoja de vida se anotará semestralmente las acciones a que diera lugar el comportamiento del alumno, tanto positivo como a mejorar, según el seguimiento del observador. Los educadores de cada grado, al finalizar el desarrollo de unidades y/o proyectos, analizarán el proceso de desarrollo formativo, destacando los logros y/o correctivos a seguir.
8.4.
DE LA EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO
La evaluación en el colegio es un proceso continuo e integral que propende por el mejoramiento institucional enfocado hacia: El desarrollo de todas las dimensiones del educando que implica un proceso de adquisición de habilidades y destrezas. El desarrollo de sus competencias. Su desempeño en la interacción con el entorno y la Comunidad Educativa. La evaluación es cualitativa y se canaliza en un concepto que globaliza todos los procesos y determina el nivel de desarrollo y de desempeño del educando. La institución entiende y conceptualiza las categorías establecidas por el Decreto 0230 de 2002 en el artículo 5 de la siguiente manera: Escala valorativa para final de año: EXCELENTE: Alcanza todos los logros evaluados en el periodo de manera oportuna y responsable. Sin recurrir a actividades de apoyo (refuerzos) SOBRESALIENTE: Alcanza los logros evaluados en el periodo con un grado mínimo de dificultad, sin recurrir a actividades de apoyo (refuerzos). ACEPTABLE: Alcanza los logros evaluados en el periodo después de realizar actividades de apoyo (refuerzos), o más del 50% de los logros sin actividades de apoyo. INSUFICIENTE: Después de realizar actividades de apoyo (refuerzos) continua sin alcanzar más del 50% de los logros evaluados en el periodo. DEFICIENTE: No alcanza ninguno de los logros evaluados en el periodo, habiendo realizado o no, actividades de apoyo (refuerzos). La evaluación se centra en el desempeño del educando atendiendo las diferentes dimensiones: cognitiva, comunicativa, corporal, estética, espiritual, ética, socioafectiva.
El proceso de evaluación deberá atender las diferentes individualidades y los ritmos de aprendizaje. La evaluación debe tener correspondencia con los objetivos planteados en la unidad, con el modelo y el método de cada área. Cada docente deberá informar a los alumnos cuáles son los logros a trabajar durante el periodo, las actividades con las que evaluará, las condiciones que exigirá y la actividad de refuerzo que deberá realizar en caso de insuficiencia. 8.4.1. PROCESOS DE MEJORAMIENTO La institución ofrece los siguientes procesos de mejoramiento de los educandos, de acuerdo con las dificultades que se presenten. los cuales se realizarán uno durante el período, que corresponderá a los logros insuficientes o deficientes del periodo inmediatamente anterior y uno al final del período el cual corresponderá a los logros evaluados deficiente o insuficiente en el periodo en curso. Refuerzos:
Evaluación sistemática e integral en las actividades. Asesoría y acompañamiento por parte de Psicorientación (Proyecto GAMA).
Nota: El mejoramiento del educando depende del acompañamiento del padre de familia y los tratamientos sugeridos por los especialistas a quienes son remitidos.
8.4.2. REGISTRO ESCOLAR DE DESEMPEÑO 1. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 0230 de 2002, el Colegio La Salle Bello, emite cinco (5) informes de desempeño durante el año académico. 2. Al final de cada uno de los períodos (4) se entrega un informe que sintetiza el proceso de evaluación, en cada asignatura con sus respectivos logros. 3. En el preescolar los informes se entregan por dimensiones. 4. Al finalizar el año escolar el alumno recibirá un quinto informe que recoge el proceso de los cuatro informes anteriores y es con base en éste que se define la promoción de los educandos. 5. Los alumnos que al finalizar el año queden con una o dos áreas insuficientes deberán presentarse por lo menos una semana antes de iniciar las clases del año siguiente para realizar sus refuerzos; el
resultado de dichos esfuerzos no modificará su registro escolar. En caso de grado undécimo dicha situación atrasará su graduación hasta enero. 8.4.3. PROCESO EDUCANDOS.
DE
PROMOCIÓN
Y
NO
PROMOCIÓN
DE
En los procesos de promoción de los educandos la institución asume lo determinado por el Decreto 0230 del 11 de febrero de 2002 y el decreto 3055 del 12 de diciembre de 200., Se promoverá los alumnos con Insuficiencia hasta en dos áreas; con tres o más deberá repetir el año, para efecto del concepto de área, asimila cada asignatura como un área cursada, susceptible de promoción o no.