CONTRATO DE DESARROLLO DE SOFTWARE A MEDIDA En la ciudad de Puno, a 6 días de enero del 2014
REUNIDOS: DE UNA PARTE, El Prof. Ricardo DELGADO RAMOS mayor de edad, con D.N.I. N° 01317862 y en nombre y representación de la Institución Educativa “San Ignacio de Loyola”, en adelante, el “CLIENTE”, domiciliada en el Jr. Los Inca N° 580, del Departamento, Provincia y Distrito de Puno. DE OTRA PARTE, Einar TURPO AROQUIPA mayor de edad, con D.N.I. número 42716477 y en nombre y representación de la Empresa “ INFORMATIC”, en adelante, la “EMPRESA DESARROLLADORA”, domiciliada en el Jr. Mantaro N° 154, del Departamento, Departamento, Provincia y Distrito de Puno. El CLIENTE y la EMPRESA DESARROLLADORA, en adelante, podrán ser denominadas, individualmente, individualmente,
“la Parte” y, conjuntamente, “las Partes”, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica y de obrar suficiente para la celebración del presente Contrato
EXPONEN: PRIMERO: Que el CLIENTE está interesado en la contratación de los servicios de:
Creación del Sistema Informático denominado “SISTEMA DE INFORMACIÓN ACADÉMICA”, que en adelante será propiedad de la EMPRESA DESARROLLADORA, para desarrollarlo de acuerdo a sus necesidades específicas específicas del CLIENTE. El CLIENTE está interesado en contratar dichos servicios para hacer más eficiente su sistema de atención a sus usuarios.
SEGUNDO: Que la EMPRESA DESARROLLADORA es una empresa especializada en la prestación de servicios informáticos integrales. integrales. TERCERO: Que las Partes Pa rtes están interesadas en celebrar celebrar un contrato de desarrollo de Software a Medida, en virtud del cual la EMPRESA DESARROLLADORA preste al CLIENTE el servicio del desarrollo de un sistema académico para docentes, alumnos y Personal Administrativo propiedad de la EMPRESA DESARROLLADORA, a las necesidades específicas del del CLIENTE. ,
Que las Partes reunidas en la sede social del CLIENTE, acuerdan celebrar el presente contrato de DESARROLLO DE SOFTWARE A MEDIDA, en adelante el “Contrato”, de acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS: PRIMERA.- OBJETO En virtud del Contrato, la EMPRESA DESARROLLADORA se obliga a prestar al CLIENTE los servicios de desarrollo de software a medida, en adelante “los Servicios”, en los términos y condiciones previstos en el presente Contrato.
SEGUNDA.- TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES Y ESPECÍFICOS DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 2.1. Los servicios se prestarán en los siguientes términos y condiciones generales: 2.1.1. LA EMPRESA DESARROLLADORA responderá por la calidad del trabajo desarrollado con la diligencia exigible a una empresa experta en la realización de los trabajos objeto del contrato. 2.1.2. LA EMPRESA DESARROLLADORA guardará confidencialidad sobre la información que le facilite EL CLIENTE en o para la ejecución del CONTRATO o que para su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Se excluye de la categoría de información confidencial aquella que sea divulgada por EL CLIENTE, aquella que haya de ser revelada de acuerdo a las leyes o con una resolución judicial o acto de autoridad competente. 2.1.3. En el caso de que la prestación de los servicios suponga la necesidad de acceder a datos de carácter personal, LA EMPRESA DESARROLLADORA queda obligado a adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. LA EMPRESA DESARROLLADORA responderá, por tanto, de las infracciones en que pudiera incurrir en el caso de que destine los datos personales a otra finalidad, los comunique a un tercero, o en general, los utilice de forma irregular. A tal efecto, se obliga a indemnizar a EL CLIENTE por cualesquiera daños y perjuicios que sufra directamente, o por toda reclamación, acción o procedimiento que traiga su causa de un incumplimiento o cumplimiento defectuoso por parte de LA EMPRESA DESARROLLADORA de lo dispuesto tanto en el CONTRATO como lo dispuesto en la normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal. 2.1.4. LA EMPRESA DESARROLLADORA deberá adoptar las medidas de índole técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados o del medio físico o natural. A estos efectos LA EMPRESA DESARROLLADORA deberá aplicar los niveles de seguridad de acuerdo a la naturaleza de los datos que trate. 2.1.5. Las obligaciones establecidas para la EMPRESA DESARROLLADORA por las clausulas anteriores deben ser cumplidas por el CLIENTE, ya que por el contrario la EMPRESA DESARROLLADORA no se responsabiliza del retraso que pudiera darle por la falta de acceso a la información requerida. 2.2. LA EMPRESA DESARROLLADORA prestara los servicios en los siguientes términos y condiciones específicos: 2.2.1. Desarrollo y mantenimiento constante del Sistema Informático durante un año hasta su mejor adaptación a la realidad del CLIENTE. 2.2.2. El CLIENTE tiene derecho a recibir cualquier mejora o actualización que se desarrolle para el Sistema Informático. LA EMPRESA DESARROLLADORA facilitará dichas mejoras a través de Internet o las instalará en los ordenadores a través de un soporte físico. En el supuesto de realizarse las actualizaciones a través de Internet, la EMPRESA DESARROLLADORA facilitará al CLIENTE el código de usuario y claves para acceder a la web de actualización.
2.2.3. El soporte técnico del Sistema informático se desarrollara siempre que no incluya funciones de almacenamiento (Domino y Host) en la web. 2.2.4. LA EMPRESA DESARROLLADORA podrá prestar el soporte técnico a través de internet a los ordenadores del CLIENTE y desde las oficinas de la EMPRESA DESARROLLADORA. 2.2.5. Cuando sea necesario, la EMPRESA DESARROLLADORA se desplazarán a las instalaciones del CLIENTE para solucionar los problemas que se hayan suscitado, en el horario comercial del CLIENTE. 2.2.6. Una vez avisado la EMPRESA DESARROLLADORA de cualquiera fallo, anomalía o deficiencia en el sistema informático, procederá a su reparación y solución del problema dentro de las 24 horas. 2.2.7. Ante un fallo generalizado de todo el sistema del CLIENTE, la EMPRESA DESARROLLADORA procederá a actualizar todos los programas en el sistema del CLIENTE, salvo que el fallo tenga otra solución. 2.2.8. Los cambios de ordenadores, por cualquier causa, deberán ser comunicados por escrito a la EMPRESA DESARROLLADORA para que se proceda a instalar el sistema informático, en los nuevos terminales. 2.2.9. La EMPRESA DESARROLLADORA garantiza al CLIENTE que todo el sistema informático instalado en los equipos del CLIENTE o aquel que sea usado para implementar sus funciones, es original, y no vulnera ninguna ley, derecho o interés de tercero alguno, en especial los referidos a propiedad industrial e intelectual, y que cuenta con las garantías de la EMPRESA DESARROLLADORA. 2.2.10. La EMPRESA DESARROLLADORA garantiza por un período de un año, el programa contra cualquier defecto. Durante el período de garantía el mantenimiento y actualización del sistema informático no supondrá ningún coste para el CLIENTE. 2.2.11. Para la puesta en marcha del sistema informático la EMPRESA DESARROLLADORA se reunirá hasta en tres ocasiones con el CLIENTE para la aprobación del prototipo general. Posterior a la ejecución del prototipo y aplicación del sistema informático, el CLIENTE podrá solicitar la capacitación para el manejo del sistema informático de todo su personal. 2.2.12. La EMPRESA DESARROLLADORA ofrecerá soporte para el correcto funcionamiento del sistema informático del CLIENTE. A este respecto ofrecerá soluciones técnicas con todos los medios a su alcance para su resolución. 2.2.13. La EMPRESA DESARROLLADORA ejecutará el Contrato realizando de manera competente y profesional de los Servicios, cumpliendo los niveles de calidad exigidos y cuidando diligentemente los materiales del CLIENTE que tuviera que utilizar como consecuencia del Contrato.
TERCERA.- POLÍTICA DE USO El CLIENTE es el único responsable de utilizar los programas dentro de la legalidad. En ningún caso, la EMPRESA DESARROLLADORA de los programas será responsable, ante el CLIENTE o terceras personas, de cualquier daño, incluida pérdida de beneficios, pérdida de ahorro o cualquier tipo de
perjuicio surgido como consecuencia de su utilización, siendo el uso de los programas a riesgo y ventura del CLIENTE.
CUARTA.- PRECIO Y FACTURACIÓN: El precio del desarrollo del sistema de software objeto del presente contrato es de un monto total de S/. 5,000.00 (nuevos soles), que serán abonados tal y como se indica en el cronograma siguiente:
ETAPA
CONDICIÓN
PORCENTAJE
MONTO
1
A la firma del Contrato.
30
S/. 1,500.00
2
PROTOTIPO 30 días a partir de la fecha de la firma del contrato.
20
S/. 1,000.00
3
ENTREGA FINAL 90 días a partir de la fecha de aprobación del prototipo.
50
S/. 2,500.00
MODOS DE ABONAR: Las partes acuerdan que el pago será realizado en dinero en efectivo, en moneda nacional. En caso de proceder el retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas, la misma será acrecentada con un interés moratorio de 0.3 % por día del monto total del presente contrato. Podrá asimismo la EMPRESA CLIENTE abonar el precio convenido con anterioridad al vencimiento de cada mensualidad, sin que ello implique disminución, mengua o deducción del monto fijo a solventar.
QUINTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO El plazo de duración del presente Contrato es de trescientos sesenta y cinco días a partir de la fecha referida en el encabezamiento del Contrato. El Contrato podrá ser prorrogado expresamente y por escrito.
SEXTA.- ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO Todos los Servicios prestados por la EMPRESA DESARROLLADORA se realizarán por personal especializado en cada materia. El personal de la EMPRESA DESARROLLADORA acudirá previsto de todo el material necesario, adecuado y actualizado, para prestar los Servicios. 6.1.
Los tiempos de respuesta se fijan en un máximo de:
6.2.
Crítica: 2 días hábiles. Se entiende por incidencia crítica en el marco de la prestación de los Servicios, aquellas afectan significativamente a EL CLIENTE. Grave: 12 horas. Se entiende por incidencia grave en el marco de la prestación de los Servicios, aquellos que dificultan moderadamente las actividades informáticas de EL CLIENTE. Leve: 6 horas. Se entiende por incidencia leve cuando se limitan a entorpecer el trabajo o anomalías que se muestran de manera aleatoria.
EL CLIENTE podrá revisar el estado de los Servicios a través de su portal institucional, con su cuenta personal.
SÉPTIMA.- MODIFICACIÓN Las Partes podrán modificar el contrato de mutuo acuerdo y por escrito.
OCTAVA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO El presente contrato quedará resuelto al producirse alguna de las siguientes causas:
Modo normal de extinción de las obligaciones contractuales: Cumplimiento de las prestaciones de cada parte en las fechas y formas acordadas. Incumplimiento de las obligaciones correspondientes a cada parte. La resolución por esta causa podrá dar lugar a indemnización civil y/o penal, según corresponda, por daños y perjuicios causados por el incumplimiento. Si el CLIENTE solicita la modificación del proyecto presentado, y no está dispuesta a abonar los costos adicionales a la misma. Por hallarse cualquiera de las partes en un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor.
NOVENA.- RÉGIMEN JURÍDICO El presente contrato tiene carácter mercantil, no existiendo en ningún caso vínculo laboral alguno entre el CLIENTE y el personal de la EMPRESA DESARROLLADORA que preste concretamente los Servicios. Las partes para cualquiera controversia, discrepancia, aplicación o interpretación del pre sente contrato, se someten expresamente, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, a la decisión del asunto o litigio planteado, mediante el arbitraje de las autoridades competentes. Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato, en dos ejemplares y a un sólo efecto en la fecha y lugar indicado en el encabezado.
___________________________________________ RICARDO DELGADO RAMOS INSTITUCIÓN EDUCATIVA “SAN IGNACIO DE LOYOLA” DIRECTOR
_________________________________ EINAR TURPO AROQUIPA EMPRESA DE SERVICIOS “INFORMATIC” REPRESENTANTE