Resumen del permiso B de conducir Cuando te apuntas a una autoescuela para sacarte el permiso B de conducir, te dan un libro (como en todos), pero piensas en no leértelo porque es demasiado largo y aburrido. Lo positivo del asunto es que puedes pasar del libro y hacer tests (eso sí, con la nueva ley hay miles de preguntas, así que acabarás maldiciendo a todo lo que se menea); así es más rápido y eica! estudiarte el temario. "ay gente que memori!a las preguntas, pero eso requiere más tiempo y, en cuanto te cambian algo, te pierdes. #l método para estudiar lo menos posible y aprobar con máximas garantías es$
%.
&ener un esquema mental de lo básico.
'.
Ir aprendiendo ecepciones, seales y más normas haciendo tests. Y te
recomiendo ir tomando nota, sobre todo si tu memoria es de tipo visual. *.
+r aprendiendo detalles, como palabras que parecen lo mismo pero está claro que el color roo aparece demasiado en tus respuestas, o que la imagen que te ponen al lado de cada pregunta muchas veces está solo para conundirte.
#n cuanto al n-mero %, lo normal es ir haciéndotelo a medida que haces tests, y al inal se te va iando. ero al ser algo más compleo que un ciclomotor ( scooter ( scooter dicen dicen algunos que suelen llamarlo), estaría bien que eistiera un pequeo esquema para ir cogiendo cosas que aparecen mucho, y para poder consultarlo en caso de duda. /sí que nada, no me lo dieron al comen!ar y he pensado que a más le de uno le sería -til para reducir esas horas inernales en la autoescuela, así que aquí tenéis uno$
0 L1C#2
Luces para ver$
•
Cruce / corto alcance:
o
#ntre el anochecer y amanecer en todas las vías.
#n t-neles, carriles reversibles, adicionales y habilitados para circular en sentido contrario. 3ecomendado$ por el día.
Carretera / largo alcance:
o
4e noche en carreteras insuicientemente iluminadas,
ecepto en poblado. Insuficientemente iluminado: cuando no se lea una matrícula a 10 metros o no se vea un vehículo oscuro a 50 metros. Antiniebla delantera:
o
Con lluvia o niebla intensa.
#s opcional tenerla. [Si hay lluvianiebla intensa, si no la ten!o no puedo circular" 2irve para ver más que con la de cruce y carretera,
pero se puede poner sola. Luces para ser vistos$
•
o
Marcha atrás
o
osici!n:
2eali!an la posici5n y tamao del vehículo.
6unca van solas$ se ponen con la de cruce, carretera o
antiniebla.
Las enciendo solas si inmovili!o el vehículo en la cal!ada o arcén de una carretera.
Luces para ver$
•
Cruce / corto alcance:
o
#ntre el anochecer y amanecer en todas las vías.
#n t-neles, carriles reversibles, adicionales y habilitados para circular en sentido contrario. 3ecomendado$ por el día.
Carretera / largo alcance:
o
4e noche en carreteras insuicientemente iluminadas,
ecepto en poblado. Insuficientemente iluminado: cuando no se lea una matrícula a 10 metros o no se vea un vehículo oscuro a 50 metros. Antiniebla delantera:
o
Con lluvia o niebla intensa.
#s opcional tenerla. [Si hay lluvianiebla intensa, si no la ten!o no puedo circular" 2irve para ver más que con la de cruce y carretera,
pero se puede poner sola. Luces para ser vistos$
•
o
Marcha atrás
o
osici!n:
2eali!an la posici5n y tamao del vehículo.
6unca van solas$ se ponen con la de cruce, carretera o
antiniebla.
Las enciendo solas si inmovili!o el vehículo en la cal!ada o arcén de una carretera.
Antiniebla trasera:
o
7Cuando hay niebla intensa8espesa, lluvia o nevada
intensa, o nubes de humo o polvo densas.9 :bligatorias(s) ecepto para motocicletas.
o
"reno
o
#mergencia
[#esumen" $uces antiniebla$
•
o
Lluvia8niebla ligera$ ninguna.
o
Lluvia8niebla intensa$ antiniebla delantera.
o
Lluvia8niebla muy intensa$ antiniebla trasera, y opcional la delantera. 6ota$
•
o
"ay que adaptarse a las circunstancias (vehículo, entorno, etc.). or eemplo, si vamos con las luces largas pero se acerca un autom5vil en sentido contrario y podemos deslumbrarlo, debemos cambiarlas a luces de cruce; cuando pase, volvemos a las largas. las luces también pueden deslumbrar por los retrovisores.
0 /4#L/6&/+# /4#L/6&/+#6&: 6&: :bservo en la vía$
•
o
2i un vehículo de delante o de detrás ha iniciado un adelantamiento deboesperar a que acabe.
2i el de delante ha seali!ado, debo esperar. 2i el de detrás ha
o
seali!ado, yotengo pre%erencia$ puedo adelantar. 6ormas$
•
/delantamiento de vehículo que circula por el arcén (ciclomotor,
o
vehículo agrícola, etc.) a otro del mismo tipo, salidéndose del arcén$ tiempo no no mayor a %< segundos ni distancia mayor a '== metros. 2e puede adelantar, aunque esté prohibido (por eemplo, por línea
o
continua), a bicicletas, ciclos, ciclomotores, animales y vehículos de tracci5n animal (6: a vehículos especiales ni motocicletas). #n una curva de visibilidad reducida, no se puede adelantar si se
o
invade el sentido contrario. or eemplo, una motocicleta podría adelantar a un turismo. #n algunos casos, hay que dear %>< metros de separaci5n lateral. #ntre sí y
•
a estos$
?uera de poblado$
o
/nimales
ersonas
' ruedas
@ehículos de tracci5n animal 4entro de poblado$
o
Ciclos
Ciclomotores
rohibici5n$
•
o
Cami5n de A*.=== de /$ prohibido adelantar a vehículos de motor que circulen por la cal!ada, ecepto si son motocicletas de ' ruedas [es decir, sin $sidecar%" y no se invade el sentido contrario.
0 @#L:C+4/4 otocicleta$
•
o
B%== Dm8h$ obligatorio el retrovisor i!quierdo.
o
A%==$ obligatorio también el derecho. áima en autopista y autovía$
•
o
&urismo y motocicleta$ %'= Dm8h.
o
/utob-s, vehículo mito, derivado de turismo y autocaravana$ %== Dm8h.
o
Cami5n, urgoneta, autom5vil con remolque ligero (hasta E<= Dg)$ F= Dm8h.
o
/utom5vil con remolque no ligero (más de E<= Dg)$ G= Dm8h.
o
&ota: si en al!una vía ponen una se'al de velocidad !en(rica )100 *mh+, se si!ue la tabla anterior.
0 /LC:":L •
Cantidad máima$
o
6oveles y proesionales$ =>%< miligramos en aire epirado 8 =>* gramos en sangre.
o
A' aos del primer carné$ =>'< miligramos en aire epirado 8 =>< gramos en sangre.
0 4+2&/6C+/ ?3:6&/L 4# 2#H13+4/4 •
#n una detenci5n$ ' o * metros.
•
@ía interurbana de doble sentido$ * segundos.
•
@ía interurbana de doble sentido conduciendo un cami5n de A*<== /, o conunto de vehículos de A%= metros$ <= metros. Cuando se cumplea alguna de las siguientes condiciones$ ' segundos
•
(distancia para renar y no colisionar)$ o
#n poblado
o
rohibido adelantar
o
Congesti5n de tráico
o
ás de un carril en el mismo sentido
o
Io quiera adelantar #n t-neles$
•
o
%== metros si no quiero adelantar
@ehículos de más de *<== $ %<= metros si no quiero
o
adelantar.
2. Esquema general de velocidades La cuadrícula siguiente muestra los límites de velocidad permitidos para los distintos vehículos dependiendo de la vía por la que se encuentren circulando.
Vías Vehículos
Autopistas
Autovías
Vías automóviles, carreteras convencionales (2)
Otras carreteras convencionales
(#)
(#)
($)
($)
(#)
(#)
(#)
(#)
(#)
(#)
($)
($)
!otoci cletas "urism os Autou ses Vehícul os mi%tos &eriva dos turismo 'amio nes Vehícul os articulados "ractoc amiones 'onun tos de vehículos urgon es Autom óviles con remolque de hasta *+ -g 'ondu ctores noveles con turismo 'iclos 'iclom otores Vehícul os especiales in se/al de 0reno. 'on remolque. !otocultores.
Vías uranas, travesías
Otros vehículos especiales i pueden desarrollar 1 -mh en llano Autom óviles con remolque superior a *+ -g
(#) &entro de polado el límite de velocidad ser3 (2) Estas carreteras convencionales cumplir3n con los siguientes requisitos4 •
•
Arc5n pavimentado de #,+ metros o m3s de ancho o !3s de un carril para algunos de los sentidos.
($) En adelantamientos se podr3 reasar en 2 -mh la velocidad m3%ima siempre 6 cuando el vehículo adelantado, turismo o motocicleta, circule a velocidad in0erior a la m3%ima gen5rica de la vía.
1. Velocidades m3%imas en adelantamientos Las velocidades m3%imas 0iadas para las vías r3pidas 6 carreteras convencionales, que no discurran por suelo urano, sólo podr3n ser reasadas en 2 -ilómetros por hora por turismos 6 motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad in0erior a la m3%ima estalecida para la vía.
*. Operaciones de carga 6 descarga Las operaciones de carga o descarga deer3n llevarse a cao 0uera de la vía. E%cepcionalmente, cuando sea ine%cusale e0ectuarlas en 5sta, deer3n reali7arse sin ocasionar peligros ni perturaciones graves al tr3nsito de otros usuarios 6 teniendo en cuenta las normas siguientes4 •
•
•
•
e respetar3n las disposiciones sore paradas 6 estacionamientos 6, en polado, las que dicten las autoridades municipales sore horas 6 lugares adecuados. e e0ectuar3n, en lo posile, por el lado del vehículo m3s pró%imo al orde de la cal7ada. e llevar3n a cao con medios su0icientes para conseguir la m3%ima celeridad, procurando evitar ruidos 6 molestias innecesarias. 8ueda prohiido depositar la mercancía en la cal7ada, arc5n 6 7onas peatonales.
9. Esquema de resumen 'omo norma general, LA MERCANCÍA NO PUEDE SOBRESALIR NADA. 'omo e%cepción, en vehículos destinados e%clusivamente al transporte de mercancías con cargas indivisiles, 5stas podr3n soresalir4
Vehículo in0erior a # m
:or delante
:or detr3s
:or cada lateral
;ada
2+ cm
+ cm (por cada lado del ee longitudinal)
Vehículo de # m hasta + m
Vehículos de + m hasta #2 m
Vehículos no destinados e%clusivamente al transporte de mercancías
#$ de la longitud del vehículo
#$ de la longitud del vehículo
< cm (sin sorepasar un ancho de 2,++ m)
2 metros
$ metros
< cm (sin sorepasar un ancho de 2,++ m)
nada
#= de la longitud del vehículo, si la carga es divisile #+= de la longitud del vehículo, si la carga es indivisile
!" Distancia #e se$uri#a# entre vehículos Entre nosotros 6 el vehículo que nos precede deemos dear su0iciente espacio para que en el caso que dicho vehículo se detenga ruscamente, nosotros tami5n podamos detenernos sin colisionar con 5l. Esta distancia, conocida como distancia de seguridad, la aumentaremos en 0unción de4 •
Estado psico0ísico del conductor.
•
La velocidad.
•
La 0alta de visiilidad (niela, humos, nieve).
•
Las condiciones de adherencia del pavimento.
•
El estado del vehículo.
C%&o calcular la #istancia #e se$uri#a#
En general siempre deemos mantener una distancia de seguridad, respecto al vehículo que nos precede, de un mínimo de 2 segundos en 7ona urana 6 de $ segundos en carretera. Esta distancia de seguridad nos permitir3 reaccionar con tiempo su0iciente para poder tomar las decisiones m3s adecuadas ante circunstancias imprevistas. ;o ostante, en determinadas circunstancias deemos aumentar esta distancia de seguridad al menos un segundo m3s respecto al vehículo que nos precede. :or Eemplo4 'uando se conduce ao condiciones amientales adversas como lluvia o durante la
•
noche. •
•
'uando el estado del conductor no es el m3s adecuado, por eemplo si se encuentra 0atigado o somnoliento. 'uando otro vehículo nos sigue demasiado cerca.
! Carreteras 'arretera es toda vía p>lica pavimentada situada 0uera de polado, salvo los tramos en travesía. :or sus características, se clasi0ican en4 •
AU'OPIS'AS 'arreteras que est3n especialmente pro6ectadas, construidas 6 se/ali7adas como tales para la e%clusiva circulación de automóviles 6 re>nen las siguientes características4
a.
;o tener acceso a las mismas las propiedades colindantes.
.
;o cru7ar a nivel ninguna otra senda, vía, línea de 0errocarril o tranvía, ni ser cru7adas a nivel por senda, vía de comunicación o servidumre de paso alguna.
c.
'onstar de distintas cal7adas para cada sentido de circulación, separadas entre sí, salvo en puntos singulares o con car3cter temporal, por una 0rana de terreno no destinada a la circulación o, en casos e%cepcionales, por otros medios.
•
AU'OVÍAS 'arreteras especialmente pro6ectadas, construidas 6 se/ali7adas como tales que tienen las características siguientes4
a.
"ener acceso limitado a la misma las propiedades colindantes.
.
;o cru7ar a nivel ninguna otra senda, vía, línea de 0errocarril o tranvía, ni ser cru7ada a nivel por senda, vía de comunicación o servidumre de paso alguna.
c.
'onstar de distintas cal7adas para cada sentido de circulación, separadas entre sí, salvo en puntos singulares o con car3cter temporal, por una 0rana de terreno no destinada a la circulación o por otros medios.
VÍA PARA AU'OM(VILES
•
La reservada e%clusivamente a la circulación de automóviles, con una sola cal7ada 6 con limitación total de accesos a las propiedades colindantes 6 se/ali7ada con las siguientes se/ales4 •
CARRE'ERAS CONVENCIONALES on las que no re>nen las características propias de las autopistas, autovías 6 vías para automóviles.
•
VÍA O CAL)ADA DE SERVICIO 'amino sensilemente paralelo a una carretera, respecto de la cual tiene car3cter secundario, conectado a 5sta solamente en algunos puntos 6 que sirve a las propiedades o edi0icios contiguos.
•
CARRE'ERAS DE CIRCUNVALACI(N La que rodea total o parcialmente una polación, enla7ando las que a0lu6en a ella.
•
VARIAN'E DE POBLACI(N Ora de moderni7ación de una carretera que a0ecta a su tra7ado 6 como consecuencia de la cual se evita o sustitu6e una travesía o tramo urano.
•
'RAVESÍA Es el tramo de carretera que discurre por polado. ;o tendr3n la consideración de travesías aquellos tramosque dispongan de una alternativa viaria o variante a la cual tiene acceso.
Carreteras convencionales
Vía o calzada de servicio
Variante de población
"! Utili*aci%n #e los carriles Las cal7adas pueden estar divididas en uno o varios carriles, entendiendo por carril a la anda longitudinal en que puede estar sudividida la cal7ada, delimitada o no, por marcas viales longitudinales, siempre que tenga una anchura su0iciente para permitir la circulación de una 0ila
de automóviles que no sean motocicletas. En cualquier caso, se circular3 respetando la siguiente norma4 •
El conductor de un automóvil, o de un vehículo especial con una masa m3%ima autori7ada superior a $.+ -ilogramos, circular3 por la cal7ada 6 no por el arc5n, salvo por ra7ones de emergencia. Adem3s, deer3 atenerse a las reglas siguientes4
•
•
En las cal7adas con dole sentido de circulación 6 dos carriles, separados o no por marcas viales, circular3 por el de su derecha. En cal7adas con dole sentido de circulación 6 tres carriles separados por marcas longitudinales discontinuas, se circular3 tami5n por el de su derecha 6, en ning>n caso, por el situado m3s a su i7quierda. En dichas cal7adas, el carril central sólo se utili7ar3 para e0ectuar los adelantamientos precisos 6 para camiar de dirección hacia la i7quierda, e%tremando la precaución.
+! Utili*aci%n #e los carriles ,uera #e -o.la#o
En cal7adas 0uera de polado con m3s de un carril reservado para su sentido de marcha, se circular3 normalmente por el situado m3s a su derecha, si ien podr3 utili7ar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tr30ico o de la vía lo aconseen, a condición de que no entorpe7ca la marcha de otro vehículo que le siga.
'uando una de dichas cal7adas tenga tres o m3s carriles en el sentido de su marcha, los conductores de camiones con una masa m3%ima autori7ada superior a $+ -ilogramos, vehículos especiales que no est5n oligados a circular por el arc5n 6 conuntos de vehículos de m3s de * metros de longitud, circular3n normalmente por el carril situado m3s a su derecha, pudiendo utili7ar el inmediato para adelantar o cuando las circunstancias del tr30ico o de la vía lo aconseen, a condición de no entorpecer la marcha de otro vehículo que le siga, estando el resto de carriles prohiidos para ellos.
/! Utili*aci%n #e los carriles en -o.la#o
'arriles en polado
0! Cal*a#a con carriles reversi.les En las cal7adas con dole sentido de circulación, cuando las marcas doles discontinuas delimiten un carril por amos lados, indicar3n que 5ste es reversile, es decir, que en 5l la circulación puede estar regulada en uno u otro sentido mediante sem30oros de carril u otros medios. Los conductores que circulen por dicho carril, deer3n llevar encendida la lu7 de corto alcance o de cruce en sus vehículos tanto de día como de noche. El signi0icado de los sem30oros de carril es el siguiente4 •
•
•
?na lu7 roa en 0orma de aspa indica la prohiición de ocupar el carril sore el que se encuentra encendida. Los conductores de los vehículos que circulen por un carril sore el que se encienda una lu7 roa de este tipo deer3n aandonarlo en el tiempo m3s reve posile.
?na lu7 verde en 0orma de 0lecha apuntada hacia aao indica que se permite circular por el carril sore el que est5 encendida. ?na lu7 lanca o amarilla en 0orma de 0lecha, intermitente o 0ia, no incorporada a una se/al de orientación, colocada encima de un carril 6 apuntada hacia aao en 0orma olicua, indica a los usuarios la necesidad de irse incorporando en condiciones de seguridad al carril hacia el que apunta la 0lecha, toda ve7 que aquel por el que circula va a quedar cerrado en corto espacio. La autori7ación de utili7ar un carril reversile no e%ime de la oligación de detenerse ante una lu7 roa circular o de oedecer cualquier otra se/al o marca vial que oligue a detenerse o ceder el paso o, en su ausencia, del cumplimiento de las normas generales sore prioridad de paso.
1! Carriles VAO on carriles destinados a los vehículos con alta ocupación. e entender3 por vehículos con alta ocupación aquellos automóviles destinados e%clusivamente al transporte de personas, cu6a masa m3%ima autori7ada no e%ceda de $.+ -ilogramos 6 que est5n ocupados por el n>mero de personas que para cada tramo de la red viaria se 0ie. La utili7ación de los carriles para vehículos con alta ocupación (VAO) se atendr3 a lo siguiente4 •
La utili7ación del carril hailitado para VAO queda limitada a motocicletas, turismos 6 vehículos mi%tos adaptales 6 est3 prohiida, por tanto, al resto de los vehículos 6 conuntos de vehículos, incluidos los turismos con remolque, así como a peatones, ciclos, ciclomotores, vehículos de tracción animal 6 animales.
•
Los carriles para VAO podr3n ser utili7ados por los vehículos autori7ados de acuerdo con el p3rra0o anterior, aun cuando sólo los ocupe su conductor, si el vehículo ostenta la se/al V@#+ (discapacitado) 6 por autouses con masa m3%ima autori7ada superior a $.+ -ilogramos 6 autouses articulados, con independencia de su n>mero de ocupantes. Los vehículos de policía, e%tinción de incend ios, protección civil 6 salvamento 6 asistencia sanitaria en servicio de urgencia, así como los equipos de mantenimiento de las instalaciones 6 de la in0raestructura de la vía, podr3n utili7ar los carriles reservados.
"! Utili*aci%n #el arcen 'onductores oligados a su utili7ación4
•
El conductor de cualquier vehículo de tracción animal, vehículo especial con peso m3%imo autori7ado no superior a $.+ -ilogramos, ciclo, ciclomotor, vehículo de seguimiento de ciclistas o vehículo para personas de movilidad reducida, en el caso de que no e%ista vía o parte de la misma que les est5 especialmente destinada, circular3 por el arc5n de su derecha, si 0uera transitale 6 su0iciente para cada uno de ellos 6, si no lo 0uera, utili7ar3 la p arte imprescindile de la cal7ada. En los descensos prolongados con curvas 6 por motivos de seguridad,
los conductores de icicletas podr3n aandonar el arc5n 6 circular por la parte derecha de la cal7ada que necesiten. •
&eer3n circular tami5n por el arc5n de su derecha, o por la parte imprescindile de la cal7ada, los conductores de vehículos con peso m3%imo autori7ado que no e%ceda de los $.+ -ilogramos 6 que, por ra7ones de emergencia, circulen a velocidad anormalmente reducida, perturando con ello gravemente la circulación. e prohíe que los vehículos oligados a utili7ar el arc5n lo hagan en posición paralela, salvo las icicletas, que podr3n hacerlo en columna de a dos, acerc3ndose todo lo posile al e%tremo derecho de la vía 6 coloc3ndose en hilera en tramos sin visiilidad o cuando 0ormen aglomeraciones de tr30ico. En las autovías sólo podr3n circular por el arc5n sin invadir la cal7ada en ning>n caso. E%cepcionalmente, cuando el arc5n sea transitale, los ciclomotores tami5n podr3n circular en columna de a dos por 5ste, sin invadir la cal7ada en ning>n caso.
El conductor de cualquiera de los vehículos oligados a utili7ar el arc5n, e%cepto las icicletas, no podr3 adelantar a otro si la duración de la marcha de los vehículos colocados paralelamente e%cede los #+ segundos o los 2 metros de recorrido.
. &istancias entre vehículos "odo conductor de un vehículo que circule detr3s de otro deer3 dear entre amos un espacio lire que le permita detenerse en caso de 0renado rusco, sin colisionar con 5l, teniendo en cuenta especialmente la velocidad 6 las condiciones de adherencia 6 0renado. Adem3s, la separación que dee guardar todo conductor de vehículo que circule detr3s de otro sin se/alar su propósito de adelantamiento, deer3 ser tal que permita al que a su ve7 le siga adelantarlo con seguridad. e permite a las icicletas circular en grupo sin mantener dicha separación.
En el caso concreto de vehículos con masa m3%ima autori7ada superior a $.+ -ilogramos 6 de vehículos 6 conuntos de vehículos de m3s de # metros de longitud total, 5stos deer3n guardar una separación mínima de + metros. La oligación de mantener esta distancia para permitir el adelantamiento no ser3 aplicale en las siguientes situaciones4 •
En polado.
•
&onde est5 prohiido el adelantamiento.
•
&onde e%ista m3s de un carril destinado a la circulación en su mismo sentido
•
'uando la circulación se encuentre tan saturada que no permita el adelantamiento.
La se/al de separación mínima prohíe circular sin mantener con el vehículo precedente una separación igual o ma6or a la indicada en la se/al.
#. :rioridad de paso El conductor de un vehículo que tenga que ceder el paso a otro no deer3 iniciar o continuar su marcha o su maniora, ni reemprenderlas, hasta haerse asegurado de que con ello no 0uer7a al conductor del vehículo que tiene la prioridad a modi0icar ruscamente su tra6ectoria o velocidad 6 dee mostrar con su0iciente antelación, por su 0orma de circular, 6 especialmente con la reducción paulatina de la velocidad, que e0ectivamente va a cederlo.
! Intersecciones sin se2ali*ar 'uando no e%ista se/ali7ación que regule la pre0erencia de paso, el conductor est3 oligado a cederlo a los vehículos que se apro%imen por su derecha, salvo en los siguientes supuestos4
•
"endr3n derecho de pre0erencia de paso los vehículos que circulen por una vía
pavimentada 0rente a los procedentes de otra sin pavimentar. •
•
•
Los vehículos que circulen por raíles tienen derecho de prioridad de paso sore los dem3s usuarios. En las glorietas, los que se hallen dentro de la vía circular tendr3n pre0erencia de paso sore los que pretendan acceder a aquellas. Los vehículos que circulen por una autopista tendr3n pre0erencia de paso sore los que pretenden acceder a aquella.
!3 Intersecciones se2ali*a#as Los conductores de vehículos que se apro%imen a una intersección regulada por Agente de la circulacióndeer3n detener sus vehículos cuando así lo ordene. "odo conductor de un vehículo que se apro%ime a una intersección regulada por sem30oros deer3 detener su vehículo para ceder el paso cuando así lo indique la lu7 roa o amarilla no intermitente de 5ste.
Los conductores de los vehículos que se apro%imen a una intersección se/ali7ada con se/al de intersección con prioridad, o que circulen por una vía se/ali7ada con se/al de cal7ada con prioridad, tendr3n prioridad de paso sore los vehículos que circulen por otra vía o procedan de ella.
Las intersecciones se/ali7adas con la se/al de intersección con prioridad de la derecha, indica peligro por la pro%imidad de una intersección donde tienen prioridad de paso los vehículos que vengan por la derecha.
En las intersecciones de vías se/ali7adas con la se/al de ceda el paso,detención oligatoria o de stop, los conductores ceder3n siempre el paso a los vehículos que transiten por la vía pre0erente, sea cualquiera el lado por el que se apro%ime, llegando a detener por completo su marcha cuando sea preciso 6, en todo caso, cuando así lo indique la se/al correspondiente.
$. :re0erencia de paso de los animales
'omo norma general, los conductores tienen prioridad de paso para sus vehículos respecto de los animales, salvo en los casos siguientes4 •
•
•
En las ca/adas deidamente se/ali7adas. 'uando va6an a girar con su vehículo para entrar en otra vía 6 ha6a animales cru73ndola, aunque no e%ista paso para 5stos.
'uando el vehículo cruce un arc5n por el que est5n circulando animales que no dispongan de ca/ada.
Las ca/adas o pasos de ganado de car3cter general se se/alar3n por medio de paneles complementarios con la inscripción 'ABA&A colocados deao de la se/al de paso de animales dom5sticos.
. :asos a nivel 6 puentes móviles "odos los conductores deen e%tremar la prudencia 6 reducir la velocidad por deao de la m3%ima permitida al apro%imarse a un paso a nivel o a un puente móvil. ;ing>n usuario de la vía deer3 penetrar en un paso a nivel o puente móvil cu6as arreras o semiarreras est5n cerradas o en movimiento o cuando sus sem30oros impidan el paso con sus indicaciones de detención. Los conductores deer3n detenerse uno detr3s de otro en el carril correspondiente hasta que tengan paso lire. En los pasos a nivel, el cruce de la vía 05rrea deer3 reali7arse sin demora 6 despu5s de haerse cerciorado de que, por las circunstancias de la circulación o por otras causas, no e%iste riesgo de quedar inmovili7ado dentro del paso.
'uando el paso a nivel est5 desprovisto de arreras, semiarreras o sem30oros, antes de cru7arlo los conductores se cerciorar3n de que no se acerca ning>n vehículo que circule sore raíles. 'uando por ra7ones de 0uer7a ma6or quede un vehículo detenido en un paso a nivel o se produ7ca la caída de su carga dentro de aqu5l, el conductor estar3 oligado a adoptar las medidas adecuadas para el r3pido desaloo de los ocupantes del vehículo 6 para dear el paso e%pedito en el menor tiempo posile. i no lo consiguiese, adoptar3 inmediatamente todas las medidas a su alcance para que tanto los maquinistas de los vehículos que circulen por raíles como los conductores del resto de los vehículos que se apro%imen sean advertidos de la e%istencia del peligro con la su0iciente antelación. Estas normas tami5n ser3n aplicales en el caso de detención del vehículo o caída de su carga en un puente móvil.
Paso a nivel con barreras
Paso a nivel sin barreras
Situación de un paso a nivel sin barreras
Puente móvil
+. 'amio de sentido de la marcha E4ecuci%n #e la &anio.ra El conductor de un vehículo que pretenda invertir el sentido de su marcha deer3 elegir un lugar adecuado para e0ectuar la maniora, de 0orma que se intercepte la vía el menor tiempo posile, advertir su propósito con las se/ales preceptivas con la antelación su0iciente 6 cerciorarse de que no va a poner en peligro u ostaculi7ar a otros usuarios de la misma. En caso contrario deer3 astenerse de reali7ar dicha maniora 6 esperar el momento oportuno para e0ectuarla. 'uando su permanencia en la cal7ada, mientras espera para e0ectuar la maniora, impida continuar la marcha de los vehículos que circulan detr3s del su6o, deer3 salir de la misma por su lado derecho, si 0uera posile, hasta que las condiciones de la circulación le permitan e0ectuarlo. Las se/ales con las que el conductor del vehículo dee advertir su propósito de invertir el sentido de su marcha, ser3 con el ra7o i7quierdo e%tendido o el indicador de dirección i7quierdo. e prohíe e0ectuar el camio de sentido4
•
•
En los t>neles. En los tramos de vía a0ectados por la se/al t>nel.
•
En los pasos in0eriores.
•
En las autopistas 6 autovías, salvo en los lugares hailitados al e0ecto.
•
•
En todos los tramos de la vía en que est5 prohiido el adelantamiento, salvo que el camio de sentido est5 e%presamente autori7ado. En todo lugar 6 circunstancia en que no se pueda comproar si se apro%ima otro vehículo.
Se2ales 5ue -er&iten el ca&.io #e senti#o6
2J'<
2J''
2J'<=
Se2ales 5ue -rohí.en el ca&.io #e senti#o6
3JK==b
3JK==a
3JK==e
3JK==d
1. !archa hacia atr3s
'omo norma general est3 prohiido circular marcha atr3s, salvo en los siguientes casos4 •
•
'uando no sea posile marchar hacia adelante ni camiar de dirección o sentido de marcha. En este caso no e%iste limitación de recorrido marcha atr3s, incluso pudiendo invadir un cruce de vías, de ser necesario. 'omo maniora complementaria de la parada, estacionamiento o la incorporación a la circulación. En este caso el recorrido marcha atr3s no podr3 ser superior a #+ metros ni invadir un cruce de vías. La maniora de marcha atr3s est3 prohiida en autovías 6 autopistas.
E4ecuci%n #e la &anio.ra La maniora de marcha atr3s deer3 e0ectuarse lentamente, despu5s de haerlo advertido con la correspondiente lu7 de marcha atr3s o, de no e%istir 5sta, e%tendiendo el ra7o hori7ontalmente con la palma de la mano hacia atr3s 6 de haerse cerciorado, incluso ape3ndose o siguiendo las indicaciones de otra persona si 0uera necesario, de que por las circunstancias de visiilidad, espacio 6 tiempo necesarios para e0ectuar la maniora, no va a constituir peligro para los dem3s usuarios de la vía.
Cgualmente deer3 e0ectuarse la maniora con la m3%ima precaución, deteniendo el vehículo con toda rapide7 en el caso de perciirse de la pro%imidad de otro vehículo o de una persona o animal o tan pronto lo e%ia la seguridad, desistiendo de la maniora si 0uera preciso.
9. :arada, estacionamiento 6 detención Para#a es la inmovili7ación de un vehículo, durante un tiempo in0erior a 2 minutos, sin que el conductor pueda aandonarlo. Detenci%n es la inmovili7ación de un vehículo por emergencia, por necesidades de la circulación o para cumplir alg>n precepto reglamentario. Estaciona&iento es la inmovili7ación de un vehículo que no se encuentra en situación de detención o de parada.
arada
4etenci5n
#stacionamiento
Lu$ares en 5ue #e.en e,ectuarse las -ara#as 7 estaciona&ientos La parada o el estacionamiento de un vehículo en vías interuranas deer3 e0ectuarse siempre 0uera de la cal7ada, en el lado derecho de la misma 6 deando lire la parte transitale del arc5n. 'uando en vías uranas la parada o el estacionamiento tengan que reali7arse en la cal7ada o en el arc5n, se situar3 el vehículo lo m3s cerca posile de su orde derecho, salvo en las vías de >nico sentido, en las que se podr3 situar tami5n en el lado i7quierdo.
Mo#o 7 ,or&a #e e4ecuci%n La parada 6 el estacionamiento deer3n e0ectuarse de tal manera que el vehículo no ostaculice la circulación ni constitu6a un riesgo para el resto de los usuarios de la vía, cuidando especialmente la colocación del mismo 6 el evitar que pueda ponerse en movimiento en ausencia del conductor. e consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que ostaculi7an gravemente la circulación, los que constitu6an un riesgo u ost3culo a la circulación en los siguientes supuestos4 •
•
•
'uando la distancia entre el vehículo 6 el orde opuesto de la cal7ada o una marca longitudinal sore la misma que indique prohiición de atravesarla sea in0erior a $ metros o, en cualquier caso, cuando no permita el paso de otros vehículos.
'uando se impida incorporarse a la circulación a otro vehículo deidamente parado o estacionado. 'uando se ostaculice la utili7ación normal del paso de salida o acceso a un inmuele de vehículos, personas o animales, en un vado se/ali7ado correctamente.
'uando se ostaculice la utili7ación normal de los pasos reaados para disminuidos
•
0ísicos. •
•
•
'uando se e0ect>e en las medianas, separadores, isletas u otros elementos de canali7ación del tr30ico. 'uando se impida el giro autori7ado por la se/al correspondiente. Las paradas o estacionamientos que, sin estar incluidos en los p3rra0os anteriores, constitu6an un peligro u ostaculicen gravemente el tr30ico de peatones, vehículos o animales. e consideran estacionamientos, no paradas, en lugares peligrosos o que ostaculi7an gravemente la circulación los siguientes supuestos4
•
•
•
•
•
•
'uando el estacionamiento tenga lugar en una 7ona reservada a carga 6 descarga, durante las horas de utili7ación. 'uando el estacionamiento se e0ect>e en dole 0ila sin conductor.
'uando el estacionamiento se e0ect>e en una parada de transporte p>lico, se/ali7ada 6 delimitada. 'uando el estacionamiento se e0ect>e en espacios e%presamente reservados a servicios de urgencia 6 seguridad. 'uando el estacionamiento se e0ect>e en espacios prohiidos en vía p>lica cali0icada de atención pre0erente, especí0icamente se/ali7ados. 'uando el estacionamiento se e0ect>e en medio de la cal7ada.
2. Lu7 de corto alcance o de cruce u 0inalidad es alumrar la vía de noche por delante del vehículo, sin deslumrar ni molestar a los conductores que vengan en sentido contrario, ni a los dem3s usuarios de la vía. "odo vehículo de motor 6 ciclomotor que circule entre el ocaso 6 la salida del sol por vías uranas o interuranas su0icientemente iluminadas o a cualquier hora del día por t>neles 6 dem3s tramos de vías a0ectados por la se/al t>nel su0icientemente iluminados, llevar3 encendido, adem3s del alumrado de posición, el alumrado de corto alcance o de cruce. Cgualmente, llevar3 encendido dicho alumrado en los polados, cuando la vía est5 insu0icientemente iluminada. "ami5n se utili7ar3 el alumrado de cruce al circular por vías interuranas insu0icientemente iluminadas o a cualquier hora del día por t>neles 6 dem3s tramos a0ectados por la se/al de t>nel 6 que est5n insu0icientemente iluminados, cuando concurran algunas de las siguientes circunstancias4 •
•
•
'uando no se disponga del alumrado de largo alcance. 'uando se circule a velocidad no superior a < -ilómetros por hora 6 no se est5 utili7ando el alumrado de largo alcance. 'uando e%ista la posiilidad de producir deslumramiento a otros usuarios de la vía. 'uando se circule por cualquier tipo de vías 6 en circunstancias en que la visiilidad sea sensilemente menor que la normal como en caso de niela, lluvia intensa, nevada, nues de
humo o de polvo o cualquier otra circunstancia an3loga tami5n se utili7ar3 el alumrado de corto alcance.
$. ?so del alumrado durante el día &eer3n llevar encendida durante el día la lu7 de corto alcance4 •
Las motocicletas que circulen por cualquier vía.
•
"odos los vehículos que circulen por un carril reversile.
•
"odos los vehículos que circulen por un carril adicional.
•
•
"odos los vehículos que circulen por un carril hailitado para circular en sentido contrario al normalmente utili7ado en la cal7ada donde se encuentre situado 6 los que circulen por un carril que les est5 e%clusivamente reservado o ien aierto e%cepcionalmente a la circulación en dicho sentido. Los conductores de los vehículos que circulen por carriles destinados al sentido normal de circulación, contiguos al hailitado para circulación en sentido contrario al haitual.
<. Lu7 de largo alcance o de carretera
"odo vehículo equipado con lu7 de largo alcance o carretera que circule a m3s de < -ilómetros por hora, entre el ocaso 6 la salida del sol, 0uera de polado, por vías insu0icientemente iluminadas o cualquier hora del día por t>neles, pasos in0eriores 6 tramos de vía a0ectados por la se/al t>nel insu0icientemente iluminados, llevar3 encendida la lu7 de largo alcance e%cepto cuando ha6a que utili7arse la de corto alcance o de cruce, especialmente para evitar deslumramientos. La lu7 de largo alcance o de carretera podr3 utili7arse aisladamente o con la de corto alcance. e prohíe la utili7ación de la lu7 de largo alcance siempre que el vehículo se encuentre parado o estacionado, así como el empleo alternativo, en 0orma de destellos de la lu7 de largo alcance 6 de la lu7 de corto alcance, con 0inalidades distintas a las previstas en el reglamento. e entiende por vía insu0icientemente iluminada aquella en la que, con vista normal, en alg>n punto de su cal7ada, no pueda leerse la placa de matrícula a # metros o no se distinga un vehículo pintado de oscuro a + metros de distancia. El hecho de circular sin alumrado en situaciones de 0alta o disminución de la visiilidad tendr3 la consideración de in0racción grave.
/! In&ovili*aciones
"odo vehículo que, por cualquier circunstancia, se encuentre inmovili7ado entre la puesta 6 la salida del sol o ao las condiciones atmos05ricas que disminu6an la visiilidad en cal7ada o arc5n de una vía, deer3 tener encendidas las luces de posición 6 en su caso las de g3lio. "odo vehículo parado o estacionado entre la puesta o la salida del sol en cal7ada o arc5n de una travesía insu0icientemente iluminada, deer3 tener encendidas las luces de posición, pudiendo sustituirlas por las de estacionamiento, o por las dos de posición del lado correspondiente a la cal7ada, cuando se halle estacionado en línea. En vías uranas que no sean travesías no ser3 oligatorio que los vehículos estacionados tengan encendidas las luces de posición cuando la iluminación permita a otros usuarios distinguirlos a una distancia su0iciente.
e/ales #. Oservaciones
Los usuarios deen oedecer las indicaciones de los sem30oros 6 de las se/ales verticales de circulación situadas inmediatamente a su derecha, encima de la cal7ada o encima de su carril 6, si no e%isten en los citados empla7amientos 6 pretenden girar a la i7quierda o seguir de 0rente, las de los situados inmediatamente a su i7quierda.
i e%isten sem30oros o se/ales verticales de circulación con indicaciones distintas a la derecha 6 a la i7quierda, quienes pretenden girar a la i7quierda o seguir de 0rente sólo deen oedecer las de los situados inmediatamente a su i7quierda.
2. :rioridad entre se/ales
El orden de prioridad entre los distintos tipos de se/ales que pare7can entrar en contradicción es el siguiente4
! 3!
e/ales 6 órdenes de los agentes de circulación. e/ali7ación circunstancial que modi0ique el r5gimen normal de utili7ación de la vía 6 se/ales de ali7amiento 0io. em30oros. 8! e/ales verticales de circulación. 9! !arcas viales. "!
(%)
(')
(K)
(*)
(<)
i son se/ales del mismo tipo prevalecer3 la m3s restrictiva.
(:revalece el ceda el paso)
$. Aplicación de las se/ales "oda se/al se aplicar3 a toda la anchura de la cal7ada que est5n autori7ados a utili7ar los conductores a quienes se diria esa se/al. ;o ostante, su aplicación podr3 limitarse a uno o m3s carriles delimitados mediante marcas longitudinales en la cal7ada.
*. e/ales de advertencia de peligro Las se/ales de advertencia de peligro tienen por oeto indicar a los usuarios de la vía la pro%imidad 6 la naturale7a de un peligro di0ícil de ser perciido a tiempo, con oeto de que se cumplan las normas de comportamiento que en cada caso sean procedentes. i una se/al de advertencia de peligro llevara un panel complementario indicando una longitud, se entender3 que 5sta se re0iere a la del tramo de vía a0ectado por el peligro, como puede ser en el caso de una sucesión de curvas peligrosas o de un tramo de cal7ada en mal estado.
'uando se trate de se/ales luminosas, los símolos aparecer3n iluminados en lanco sore 0ondo oscuro no luminoso.
P:! Intersecci%n con -riori#a#! :eligro por la pro%imidad de una intersección con una vía, cu6os usuarios deen ceder el paso.
P:a! Intersecci%n con -riori#a# so.re vía a la #erecha! :eligro por la pro%imidad de una intersección con una vía a la derecha, cu6os usuarios deen ceder el paso.
P:.! Intersecci%n con -riori#a# so.re vía a la i*5uier#a! :eligro por la pro%imidad de una intersección con una vía a la i7quierda, cu6os usuarios deen ceder el paso.
P:c! Intersecci%n con -riori#a# so.re incor-oraci%n -or la #erecha! :eligro por la pro%imidad de una incorporación por la derecha de una vía, cu6os usuarios deen ceder el paso.
P:#! Intersecci%n con -riori#a# so.re incor-oraci%n -or la i*5uier#a! :eligro por la pro%imidad de una incorporación por la i7quierda de una vía, cu6os usuarios deen ceder el paso.
P:3! Intersecci%n con -riori#a# #e la #erecha! :eligro por la pro%imidad de una intersección en la que rige la regla general de prioridad de paso.
P:8! Se&;,oros! :eligro por la pro%imidad de una intersección aislada o tramo, con la circulación regulada por sem30oros.
P:9! Intersecci%n con circulaci%n $iratoria! :eligro por la pro%imidad de una intersección donde la circulación se e0ect>a de 0orma giratoria en el sentido de las 0lechas.
P:"! Puente &%vil! :eligro ante la pro%imidad de un puente que puede ser levantado o girado, interrumpi5ndose así temporalmente la circulación.
P:+! Cruce #e tranvía! :eligro por la pro%imidad de cruce con una línea de tranvía, que tiene prioridad de paso.
P:/! Paso a nivel con .arreras! :eligro por la pro%imidad de un paso a nivel provisto de arreras o semiarreras.
P:0! Paso a nivel sin .arreras! :eligro por la pro%imidad de un paso a nivel no provisto de arreras o semiarreras. P:1a!Prola#o #erecho?! Cndica, en el lado derecho, la pro%imidad de peligro se/ali7ado de un paso a nivel o de un puente móvil. P:1.!A-rola#o #erecho?! Cndica, en el lado derecho, la apro%imación a un paso a nivel o a un puente móvil, que dista del mismo dos tercios de la distancia entre 5l 6 la correspondiente se/al de advertencia del peligro. P:1c!Cercanía #e un -aso a nivel= -uente &%vil o &uelle >la#o #erecho?! Cndica, en el lado derecho, la cercanía de un paso a nivel o a un puente móvil, que dista del mismo un tercio de la distancia entre 5l 6 la correspondiente se/al de advertencia del peligro.
0! Se2ales #e -riori#a# Las se/ales de prioridad est3n destinadas a poner en conocimiento de los usuarios de la vía reglas especiales de prioridad en las intersecciones o en los pasos estrechos. Aunque no responden a las condiciones de indicación de oligación, limitación o prohiición especial tami5n son se/ales de prioridad las :@#, :@#a, :@#, :@#c, :@#d, :@2, :@1, :@* 6 :@9.
R:! Ce#a el -aso! Oligación para todo conductor de ceder el paso en la pró%ima intersección a los vehículos que circulen por la vía a la que se apro%ime. :rovisionalmente, esta se/al puede llevar en su interior la le6enda Dceda el paso. R:3! Detenci%n o.li$atoria! Oligación para todo conductor de detener su vehículo ante la pró%ima línea de detención o, si no e%iste, inmediatamente antes de la intersección, 6 ceder el paso en la misma a los vehículos que circulen por la vía a la que se apro%ime. R:8! Cal*a#a con -riori#a#! Cndica a los conductores de los vehículos que circulen por una cal7ada su prioridad en las intersecciones sore los vehículos que circulen por otra cal7ada o procedan de ella
R:9! @in #e -riori#a#! Cndica la pro%imidad del lugar en que la cal7ada por la que se circula pierde su prioridad respecto a otra cal7ada. R:"! Priori#a# en senti#o contrario! :rohiición de entrada en un paso estrecho mientras no sea posile atravesarlo sin oligar a los vehículos que circulen en sentido contrario a detenerse. R:+! Priori#a# res-ecto al senti#o contrario! Cndica a los conductores que, en un pró%imo paso estrecho, tienen prioridad con relación a los vehículos que circulen en sentido contrario.
#. :ermisos de conducción 6 licencias Los permisos 6 licencias de conducción e%istentes son los siguientes4
Per&iso
E#a# #+ a/os
Vehículos 'iclomotores de dos o tres ruedas 6 cuadriciclos ligeros, aunque podr3 estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas 6 cuadriciclos ligeros.
Co&entarios
Licencia para conducir vehículos para personas de movilidad reducida
#< a/os
Vehículos para personas de movilidad reducida.
Los conductores con los #9 a/os cumplidos podr3n transportar pasaero.
Licencia para conducir vehículos especiales agrícolas
#1 a/os
Vehículos o conuntos de vehículos especiales agrícolas con una masa o dimensiones m3%imas autori7adas que no e%cedan de los límites estalecidos para los vehículos ordinarios o cu6a velocidad m3%ima por construcción no e%ceda de <+
A!
•
•
•
Los conductores con los #9 a/os cumplidos podr3n transportar pasaero.
Los conductores con los #9 a/os cumplidos podr3n transportar pasaero.
-mh. A#
#1 a/os
!otocicletas con una cilindrada m3%ima de #2+ cmF, una potencia m3%ima de ## -G 6 una relación potenciapeso m3%ima de ,# -G-g 6 triciclos de motor cu6a potencia m3%ima no e%ceda de #+ -G.
A2
#9 a/os
!otocicletas con una potencia m3%ima de $+ -G 6 una relación potenciapeso m3%ima de ,2 -G-g 6 no derivadas de un vehículo con m3s del dole de su potencia.
2. Vigencia de los permisos de conducción Los permisos de las clases H, HIE, A#, A2, A 6 A! tendr3n un tiempo de vigencia de # a/os hasta que su titular cumpla los 1+ a/os de edad. A partir de esta edad la vigencia ser3 de + a/os. :ara los permisos '#, '#IE, ', 'IE, , IE, & 6 &IE, el tiempo de vigencia ser3 de + a/os hasta que su titular cumpla los 1+ a/os de edad. A partir de esta edad la vigencia ser3 de $ a/os. La vigencia de los permisos 6 licencias de conducción ser3 prorrogale por los períodos anteriormente indicados, previa solicitud del titular 6 una ve7 ha6a acreditado que mantiene las aptitudes psico0ísicas e%igidas. El permiso o licencia de conducción cu6a vigencia ha6a caducado no autori7a a su titular a conducir.
$. Limitaciones de utili7ación para los noveles 'onductor novel es el que ha otenido por primera ve7 un permiso de conducción, siempre que no ha6a transcurrido un a/o desde su e%pedición. &eer3n advertir su presencia con una placa rectangular en la que, sore 0ondo verde, se destaque la letra L en color lanco. Esta placa deer3 estar colocada en la parte posterior i7quierda del vehículo, en sitio visile. :or e%cepción, en las motocicletas, vehículos para personas de movilidad reducida 6 vehículos de tres ruedas, ser3 su0iciente que la se/al va6a colocada en sitio visile de la parte posterior.
+. &ocumentos necesarios para circular &e igual 0orma que para conducir un vehículo por una vía p>lica los conductores deen llevar el correspondiente permiso o licencia, los vehículos tami5n precisan los correspondientes documentos para circular. Jstos son el permiso de circulación, la tareta de inspección t5cnica 6 el seguro oligatorio de responsailidad civil.
"! Per&iso #e circulaci%n El permiso de circulación acredita la matriculación del vehículo 6 autori7a a que 5ste pueda circular por las vías p>licas. Este documento contiene los datos del titular e identi0ica el vehículo. 'ualquier variación en el nomre o domicilio del titular que 0igura en el permiso de circulación que no implique el camio de titularidad, dee ser comunicada en un pla7o de #+ días a la Ke0atura de "r30ico para su renovación. En el caso de camio de titularidad del vehículo por venta o donación4 •
El que transmite el vehículo est3 oligado a comunicarlo a la Ke0atura de "r30ico en un pla7o de # días. El adquiriente dee solicitar el permiso de circulación a su nomre en un pla7o de $
•
días.
"!3 'ar4eta #e ins-ecci%n tcnica >I'V? La tareta de inspección t5cnica es el documento que acredita que el vehículo re>ne las características necesarias para circular. En la tareta constan los datos t5cnicos del vehículo. En dicha tareta se anotar3n las inspecciones t5cnicas oligatorias a las que puede estar sometido el vehículo en 0unción de su antigedad, tipo, masa m3%ima autori7ada o servicio al que est5 dedicado. La siguiente tala muestra la periodicidad de las inspecciones t5cnicas seg>n los distintos tipos de vehículos4
Exent o
Bien al
Motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedas y quadriciclos lieros
!asta " a#os
M$s de " a#os
Ciclomotores de dos ruedas
!asta % a#os
M$s de % a#os
Vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, e&cluidos los dos puntos anteriores, con capacidad hasta nueve plazas, incluido el conductor, autocaravanas y vehículos vivienda
!asta " a#os
'e " a () a#os
M$s de () a#os
!asta +
'e + a
'e a ()
Vehículo/Inspección
Vehículos y con*untos de vehículos dedicados al transporte de mercancías o cosas, de masa m$&ima
Anua l
Semest ral
M$s de () a#os
autorizada menor o iual a %-.)) /
a#os
a#os
a#os
"!8 Se$uro o.li$atorio #e res-onsa.ili#a# civil El seguro oligatorio cure, hasta una cuantía limitada, la responsailidad civil del conductor del vehículo cuando se producen da/os, tanto corporales como materiales, por hechos de la circulación. "odo propietario de un vehículo de motor, ciclomotor o remolque o semirremolque con masa m3%ima autori7ada superior a *+ -g, est5 o no enganchado, que tenga su estacionamiento haitual en Espa/a, estar3 oligado a suscriir un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cura la responsailidad civil a que se re0iere el p3rra0o anterior. e e%clu6en los 0errocarriles, tranvías 6 otros que circulen por vías que les sean propias. in emargo, el propietario quedar3 relevado de tal oligación cuando el seguro sea concertado por cualquier persona que tenga inter5s en el aseguramiento, quien deer3 e%presar el concepto en que contrata.
El se$uro o.li$atorio no cu.re los #a2os6 •
Ocasionados a la persona del conductor del vehículo asegurado.
•
En los ienes su0ridos por el vehículo asegurado o por las cosas transportadas en 5l.
•
•
En los ienes de los que son titulares el tomador, el asegurado, el propietario o conductor así como los del cón6uge o los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o a0inidad de los anteriores. "anto personales como materiales 6 causados a otros, si el vehículo asegurado huiera sido roado. En caso de accidente todas las partes implicadas en 5l, deen dar parte a su compa/ía de seguros en un pla7o m3%imo de siete días, salvo que se ha6a 0iado en la póli7a un pla7o m3s amplio.
•
! De,iniciones $enerales
•
! Nor&as $enerales #e co&-orta&iento
•
3! Pesos= #i&ensiones= trans-orte #e -ersonas
•
8! Se$uri#a# vial
•
9! La vía
•
"! Veloci#a#
•
+! Intersecciones
•
/! Manio.ras
•
0! Alu&.ra#o
•
1! Se2ales
•
! Docu&entos= &an#os 7 re$la4e #el vehículo
:ermisos de conducción 6 licencias. 3Vigencia de los permisos de conducción. 8Limitaciones de utili7ación para los noveles. 9El permiso por puntos. 9!'u3ndo 6 cu3ntos puntos perdemos. "&ocumentos necesarios para circular. "!:ermiso de circulación. "!3"areta de inspección t5cnica (C"V). "!8eguro oligatorio de responsailidad civil.
o o o o
o
•
! Acci#entes
•
3! Mec;nica 7 &anteni&iento
Tema 10. 'ocumentos, mandos y rela*e del vehículo-
S
0!3 Se2ales #e -rohi.ici%n #e entra#a Las se/ales de prohiición de entrada prohíen el acceso a los vehículos o usuarios que se las encuentren de 0rente en el sentido de su marcha 6 a partir del lugar en que est3n situadas.
R:! Circulaci%n -rohi.i#a! :rohiición de circulación de toda clase de vehículos en amos sentidos.
R:! Entra#a -rohi.i#a! :rohiición de acceso a toda clase de vehículos.
R:3! Entra#a -rohi.i#a a vehículos #e &otor! :rohiición de acceso a vehículos de motor.
R:8! Entra#a -rohi.i#a a vehículos #e &otor= e
R:9! Entra#a -rohi.i#a a &otocicletas! :rohiición de acceso a motocicletas.
R:"! Entra#a -rohi.i#a a ciclo&otores! :rohiición de acceso a ciclomotores de dos 6 tres ruedas 6 cuadriciclos ligeros. Cgualmente prohíe la entrada a vehículos para personas de movilidad reducida. R:+! Entra#a -rohi.i#a a vehículos #estina#os al trans-orte #e &ercancías! :rohiición de acceso a vehículos destinados al transporte de mercancías, entendi5ndose como tales camiones 6 0urgones independientemente de su masa. R:/! Entra#a -rohi.i#a a vehículos #estina#os al trans-orte #e &ercancías con &a7or -eso autori*a#o 5ue el in#ica#o! :rohiición de acceso a toda clase de vehículos destinados al transporte de mercancías si su peso m3%imo autori7ado es superior al indicado. :rohíe el acceso aunque circulen vacíos. R:0! Entra#a -rohi.i#a a vehículos 5ue trans-orten &ercancías -eli$rosas! :rohiición de paso a toda clase de vehículos que transporten mercancías peligrosas 6 que dean circular de acuerdo con su reglamentación especial. R:1! Entra#a -rohi.i#a a vehículos 5ue trans-orten &ercancías e<-losivas o in,la&a.les! :rohiición de paso a toda clase de vehículos que transporten mercancías e%plosivas o 03cilmente in0lamales 6 que dean circular de acuerdo con su reglamentación especial. R:! Entra#a -rohi.i#a a vehículos 5ue trans-orten -ro#uctos conta&inantes #el a$ua! :rohiición de paso a toda clase de vehículos que transporten m3s de mil litros de productos capaces de contaminar el agua. R:! Entra#a -rohi.i#a a vehículos a$rícolas #e &otor! :rohiición de acceso a tractores 6 otras m3quinas agrícolas autopropulsadas. R:3! Entra#a -rohi.i#a a vehículos #e &otor con re&ol5ue= 5ue no sea un se&irre&ol5ue o un re&ol5ue #e un solo e4e! La inscripción de una ci0ra de tonelae, 6a sea sore la silueta del remolque, 6a en una placa suplementaria, signi0ica que la prohiición de paso solo se aplica cuando el peso m3%imo autori7ado del remolque supere dicha ci0ra. R:8! Entra#a -rohi.i#a a vehículos #e tracci%n ani&al! :rohiición de acceso a vehículos de tracción animal.
R:9! Entra#a -rohi.i#a a ciclos! :rohiición de acceso a ciclos.
R:"! Entra#a -rohi.i#a a carros #e &ano! :rohiición de acceso a carros de mano.
R:+! Entra#a -rohi.i#a a -eatones! :rohiición de acceso a peatones.
R:/! Entra#a -rohi.i#a a ani&ales #e &ontura! :rohiición de acceso a animales de montura.
0!8 Se2ales #e restricci%n #e -aso Las se/ales de restricción de paso prohíen o limitan el acceso de los vehículos que se las encuentren de 0rente en el sentido de su marcha 6 a partir del lugar en que est3n situadas.
R:3! Prohi.ici%n #e -asar sin #etenerse! Cndica el lugar donde es oligatoria la detención por la pro%imidad, seg>n la inscripción que contenga, de un puesto de aduana, de policía, de peae u otro, 6 que, tras ellos, pueden estar instalados medios mec3nicos de detención. R:3! Li&itaci%n #e -eso! :rohiición de paso de los vehículos cu6o peso en carga, o peso total, supere el indicado en toneladas.
R:33! Li&itaci%n #e -eso -or e4e! :rohiición de paso de los vehículos cu6o peso total sore alg>n ee supere al indicado en toneladas.
R:38! Li&itaci%n #e lon$itu#! :rohiición de paso de los vehículos o conunto de vehículos cu6a longitud m3%ima, incluida la carga, supere la indicada.
R:39! Li&itaci%n #e anchura! :rohiición de paso de los vehículos cu6a anchura m3%ima, incluida la carga, supere la indicada.
R:3"! Li&itaci%n #e altura! :rohiición de paso de los vehículos cu6a altura m3%ima, incluida la carga, supere la indicada.
0!9 Otras se2ales #e -rohi.ici%n o restricci%n :rohíen o restringen a quienes se la encuentren de 0rente a partir del lugar en que est5n situadas 6 en el sentido de su marcha.
R:8! Se-araci%n &íni&a! :rohiición de circular sin mantener con el vehículo precedente una separación igual o ma6or a la indicada en la se/al, e%cepto para adelantar. i aparece sin la indicación en metros, recuerda de 0orma gen5rica que dee guardarse la distancia de seguridad entre vehículos reglamentaria. R:8! Veloci#a# &;
R:88! iro a la i*5uier#a -rohi.i#o! :rohiición de girar a la i7quierda. Cnclu6e, tami5n, la prohiición del camio de sentido de marcha.
R:89! Me#ia vuelta -rohi.i#a! :rohiición de camiar el sentido de la marcha. R:8"! A#elanta&iento -rohi.i#o! :or a/adidura a los principios generales sore adelantamiento, indica la prohiición a todos los vehículos de adelantar a los vehículos de motor que circulen por la cal7ada, salvo que 5stos sean motocicletas de dos ruedas 6 siempre que no se invada la 7ona reservada al sentido contrario, a partir del lugar en que est5 situada la se/al 6 hasta la pró%ima se/al de Min de prohiición de adelantamientoM o de Min de prohiicionesM. 'olocada en aquellos lugares donde por norma est5 prohiido el adelantamiento, recuerda de 0orma gen5rica la prohiición de e0ectuar esta maniora. R:8+! A#elanta&iento -rohi.i#o -ara ca&iones! :rohiición a los camiones cu6a masa m3%ima autori7ada e%ceda de $.+ -ilogramos, de adelantar a los vehículos de motor que circulen por la cal7ada, salvo que 5stos sean motocicletas de dos ruedas 6 siempre que no se invada la 7ona reservada al sentido contrario, a partir del lugar en que est5 situada la se/al 6 hasta la pró%ima se/al de Min de prohiición de adelantamiento para camionesM o de Min de prohiicionesM.