Universidad San Carlos de Guatemala Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Bufete Popular Práctica Procesal Civil
Estudio Jurídico ESTUDIO JURÍDICO DOCTRINARIO ASIENTO EXTEMPORNEO EXTEMPO RNEO DE PARTIDA DE NACIMIENTO IDENTIFIC IDENTIFICACIN ACIN!! El presente presente caso "a sido identificado identificado en el Bufete Popular Popular con el n#$ero si%uiente!
J&ICI! Asiento E'te$poráneo E'te$poráneo de Partida de Naci$iento
CASO CONCRETO! (a se)ora Norma "eti#ia Peralta Montano * de veintid+s a)os de edad* soltera* a$a de casa* con residencia en parcela nu$ero doscientos sesenta y uno Cuyuta* ,asa%ua del departa$ento de Escuintla* -uien se identifica con cedula de vecindad A./ y de re%istro /01*220 estendida estendida por el alcalde $unicipal de ,i'co* departa$ento departa$ento de 3uate$ala solicita los los serv servic icio ioss del del Bu Bufe fete te Popu Popula larr de Escu Escuin intla tla** para para -ue -ue se le tra$ tra$it itee el Asie Asient ntoo E'te$porá E'te$poráneo neo de su $enor "i4o Jeffersson Manrique Peralta Montano por lo -ue no "a sido sido asentada en el 5e%istro 5e%istro Civil de ,asa%ua6 ,asa%ua6 7a -ue por no sa8er cuanto cuanto es el tie$po para para poder asentar asentar la partida partida de Naci$ient Naci$ientoo se paso la fec"a6 9ue en el tie$po en -ue su "i4a nacio ella no conta8a con los recursos necesarios para poder inscri8ir a su $enor "i4o6
Universidad San Carlos de Guatemala Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Bufete Popular Práctica Procesal Civil
Estudio Jurídico DOCTRINA! (a Inscripci+n e'te$poránea de partida de naci$iento* se sit:a dentro del ;$8ito de la 4urisdicci+n
en la cual el asiento E'te$poráneo de Partida de Naci$iento específica$ente lo encontra$os re%ulado en el Articulo ?/ del cuerpo le%al antes $encionado Esta dili%encia se da cuando se o$ite la inscripci+n de una partida* en este caso de Naci$iento ante los 5e%istros Civiles de la localidad6 Se%:n la (ey Civil dentro de los treinta días si%uientes al naci$iento* de8e inscri8irse en el respectivo 5e%istro Civil* Artículo @/ del C+di%o Civil* sino se "ace dentro de ese plao* puede "acerse e'te$poránea$ente con el pa%o de una $ulta -ue fi4e el 5e%istrador Civil de confor$idad con el Articulo @ del C+di%o Civil6 Definiciones -ue tene$os acorde a nuestro te$a!
REGISTRO CI$I"! Es la instituci+n pu8lica encar%ada de "acer constar todos los actos concernientes al estado civil de las personas6 I,P5TANCIA DE( 5E3IST5 CI
Universidad San Carlos de Guatemala Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Bufete Popular Práctica Procesal Civil
Estudio Jurídico serán directa$ente responsa8les del servicio -ue presten dic"as oficinas en las ca8eceras departa$entales y en los pue8los de inferior cate%oría6 Para la vi%ilancia e inspecci+n de los re%istradores de las ca8eceras so8re los re%istros de la 4urisdicci+n* se esta8lece la inspecci+n de los 4ueces de Pri$era Instancia* a fin de %ue constante$ente estn i$puestos de las deficiencias -ue o8serven para corre%irla* Se otor%a fe pu8lica al re%istrador* ante -uien se declaran los actos del estado civil* supri$iendo la co$parecencia de testi%os6 (as inscripciones se "arán en for$ularios i$presos* con for$e al $odelo oficial* cada "o4a constara de tres partes* dos de ellas separa8les* una de ellas para enviarse a la Direcci+n 3eneral de Estadística y otra se entre%ara al interesado co$o constancia autentica -ue servirá para co$pro8aci+n de la inscripci+n6 (os re%istros -ue no tuvieren for$ularios "arán las inscripciones en li8ros* tal co$o se "a usado* de8iendo estar encuadernados* e$pastados y foliados* sellados en cada "o4a con el sello de la $unicipalidad y autoriados por alcaldes6 Se%:n nuestro ordena$iento 4urídico civil en su articulo @2* esta8lece -ue las inscripciones de8e "acerlas el re%istrador civil en el $o$ento en -ue co$parece el interesado a dar el aviso6 (a inscripci+n -ue proceda en virtud de resoluci+n 4udicial o ad$inistrativa o de actos verificados ante los alcaldes $unicipales u otor%ados ante notario* la "ará el re%istrador en vista del aviso* certificaci+n o testi$onio -ue se le presente6 El articulo @?* estipula -ue* cuando el acta se "u8iere incurrido en o$isi+n* error o e-uivocaci+n -ue afecte el fondo del acto inscrito* el interesado solicitara al 4ue o a un notario para -ue se ordene la rectificaci+n o la inscripci+n se anote la inscripci+n ori%inal
PARTIDA! Es el 5e%istro o asiento donde el 5e%istrador Civil anota los Naci$ientos* ,atri$onios y Defunciones de las personas individuales6 ASIENTO! Con trascendencia 5e%istral* asiento e-uivale a anotaci+n inscripci+n o to$a de ra+n por escrito -ue efect:a el funcionario co$petente6 En caso de "a8erse o$itido al%una partida de naci$iento* el interesado podrá acudir ante un notario* -uien de confor$idad con la prue8a -ue se le presente* de las reca8adas de oficio y previa audiencia a la Procuraduría 3eneral de la Naci+n* resolverá -ue se repare la o$isi+n respectiva6 E'iste paralela$ente el tra$ite 4udicial el cual se lleva ante un Ju%ado Civil6 NACIMIENTO! Acci+n o efecto de nacer> el naci$iento de una persona da ori%en a $:ltiples consecuencias 4urídicas6 En doctrina se discute si la e'istencia de las personas se inicia en el $o$ento del parto o en el $o$ento de la concepci+n6 En nuestra le%islaci+n civil se prote%e al ser "u$ano desde la concepci+n* declarándose el a8orto co$o un delito6 5esu$iendo pode$os decir! 9ue toda anotaci+n -ue se realice en el 5e%istro Civil* referido al naci$iento de una persona* fuera del tie$po -ue la ley esta8lece para -ue se realice* es considerado co$o &N ASIENT ETE,P5;NE6
DOCTRINA RE&ERIDA A" NACIMIENTO! (IB5 DE NACI,IENTS! Ciertos datos o8tenidos concluyen -ue en la anti%Gedad e'istieron re%istros de naci$ientos -ue al parecer cu$plían funciones político.reli%iosas> tales circunstancias inducen a afir$ar co$o cosa indu8ita8le -ue ciertas practicas 4urídicas entre las concernientes a los naci$ientos* tuvieron su ori%en en las costu$8res reli%iosas6
Universidad San Carlos de Guatemala Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Bufete Popular Práctica Procesal Civil
Estudio Jurídico INSCRIPCI'N PRINCIPA" DE NACIMIENTO! (a inscripci+n "ace fe del "ec"o* fec"a* "ora y el lu%ar de naci$iento y en caso de filiaci+n del escrito6 (a inscripci+n se practicara en virtud de declaraci+n de -uien ten%a conoci$iento cierto del naci$iento6 Por tanto el Acta de Naci$iento de8erá contener! /6 (u%ar* día y "ora* en -ue ocurri+ el naci$iento* y si fuere :nico o $:ltiple6 ?6 El se'o y no$8re del recin nacido6 @6 El no$8re* apellidos* ori%en* ocupaci+n y residencia de los padres6 /6 El esta8leci$iento "ospitalario donde ocurri+ el "ec"o* o los no$8res del $edico* Co$adrona u otra persona -ue "u8iere intervenido en el parto6 =6 Fir$a o i$presi+n di%ital del -ue diere el aviso y del re%istrador6 (a le%islaci+n aplica8le en el presente caso es! C+di%o Civil o Decreto (ey /1* artículos @ y @/ al 010> C+di%o Procesal Civil y ,ercantil o Decreto (ey /12* articulo 00@> Decreto =0.22 (ey 5e%uladora de la Tra$itaci+n Notarial de Asuntos de Jurisdicci+n
Universidad San Carlos de Guatemala Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Bufete Popular Práctica Procesal Civil
Estudio Jurídico Es%uema! ASIENTO EXTEMPORNEO DE PARTIDA DE NACIMIENTO(
J&ICI El presente caso se tra$ita co$o un proceso especial6 En la deno$inada Jurisdicci+n voluntaria6 Se%:n lo esta8lece el Articulo 01/ del C+di%o Procesal Civil y ,ercantil6
S(ICIT&D Se de8e de for$ular por escrito ante un Jue de Pri$era Instancia6 (os docu$entos -ue se ofrecen se reci8en sin necesidad de citaci+n6 Para la declaraci+n de testi%os se de8e se)alar día para la audiencia6 Art6 01@* /0 C+di%o Procesal Civil y ,ercantil
El Jue podrá variar o $odificar las providencias -ue dictare* sin su4etarse a los tr$inos y for$as esta8lecidas para la Jurisdicci+n contenciosa6 Articulo 01= C+di%o Procesal Civil y $ercantil6
PSICIHN Si la solicitud se opusiere al%uno -ue ten%a derec"o para "acerlo* el asunto será declarado contencioso* para -ue las partes acudan a donde corresponda a deducir sus derec"os6 Si la solicitud se "iciere por -uien no ten%a derec"o en el asunto* el Jue la rec"aara de oficio6 Art6 010 C+di%o Procesal Civil y ,ercantil
A&DIENCIA Se de8e de dar audiencia a la Procuraduría 3eneral de la Naci+n* para -ue e$ita dicta$en al respecto6 Art6 01@ C+di%o Procesal Civil y ,ercantil
5ES(&CIN (ue%o de la audiencia a la procuraduría 3eneral de la Naci+n* el Jue de Pri$era Instancia en vista de las prue8as -ue se le presenten y de las -ue de oficio reca8e* resolverá -ue se repare la o$isi+n $andando a aplicar las sanciones -ue esta8lece el C+di%o Civil si fuere el caso6 Art6 00@ C+di%o Procesal Civil y ,ercantil6
Universidad San Carlos de Guatemala Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Bufete Popular Práctica Procesal Civil
Estudio Jurídico )I)"IOGRA&ÍA! AGUIRRE GODO*+ MARIO Derec"o Procesal Civil* To$o II* Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales* &niversidad de San Carlos de 3uate$ala* /*?6 )RA,AS A"&ONSO ,anual de Derec"o Civil* To$o I y II* Cooperativa de Ciencias Políticas 56 (6* &niversidad de San Carlos de 3uate$ala6 3uate$ala* /*6 OSORIO+ MANUE" Diccionario de Ciencias Jurídicas* Políticas y Sociales6 Editorial eliasta6 Buenos Aires* Ar%entina* /*26 MU,OS NER* RO)ERTO Jurisdicci+n
Constituci+n Política de la 5epu8lica de 3uate$ala6 Decreto (ey /1* C+di%o Civil6 Decreto (ey /12* C+di%o Procesal Civil y ,ercantil6 Decreto (ey =0-22 del Con%reso de la 5epu8lica de 3uate$ala6 Decreto (ey /2.2@ C+di%o penal6
No$8re! Carn! Fec"a!6