CURSO DE ADMINISTRACION PÚBLICA FASE 3 PRESENTADO POR: JHON FREDY PULIDO GRUPO: 102033_211
Tuto: JUAN PABLO BONILLA
UNI!ERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA " UNAD M#$o %& 201'
estructura del estado Poder publico
¿Qué es el poder público? Se entiende por poder público el ejercicio de ciertas acciones y actividades que la sociedad deja en manos del estado (delega) por entender que estas serán resueltas mejor de manera colectiva. Esta delegación se hace a travs de la !onstitución que determina el dise"o del Estado y los derechos# deberes y garant$as que tienen los ciudadanos# y por el voto mediante el cual se eligen a quienes serán los representantes y servidores públicos. (Representación). !omplementariamente ciertos y determinados espacios de actuación se dejan en manos de la propia sociedad organi%ada# para que a travs de mecanismos e&presamente se"alados en la !onstitución y desarrollados en las leyes participen del poder público. (Participación). 'epresentación y participación son principios undamentales en cualquier democracia# pero no hay que verlos como contrarios entre si# son complementarios# deben estar ambos en perecto equilibrio. En todas las democracias e&isten y han e&istido los dos principios el de 'epresentación y el de Participación. *isposiciones undamentales del poder público En la constitución de la republica bolivariana de +ene%uela en su articulo ,- e&pone que el poder publico se distribuye entre el poder municipal# estadal# nacional# y el poder publico nacional que se divide en legislativo# ejecutivo# judicial ciudadano y electoral cada una de las ramas del poder publico tiene sus unciones propias# pero los órganos a los que incumben su ejercicio colaboran entre si en la reali%ación de los ines del estado !ompetencia del poder publico nacional El Poder Público /acional se divide en 0egislativo# Ejecutivo# 1udicial# !iudadano y Electoral2 y este mismo se distribuye entre el Poder 3unicipal# el Poder Estatal y el Poder /acional. Es de competencia del Poder Publico /acional articulo ,4 constitución de la 'epublica 5olivariana de +ene%uela# la pol$tica y la actuación internacional de la 'epública. 0a deensa de la 'epública# los servicios de identiicación# la polic$a /acional. 0a regulación de la banca central y la creación# organi%ación y administración y control de impuesto sobre la renta. 0a legislación para garanti%ar la coordinación de las distintas potestades tributarias. El rgimen de metrolog$a legal y control de calidad as$ como los censos y estad$sticas nacionales. 0as obras públicas y las pol$ticas macroeconómicas# inancieras y iscales de la 'epublica. 6ambin tendrán en su potestad la legislación en materia de sanidad# vivienda# seguridad alimentar$a# ambiente# turismo y ordenación del territorio. El rgimen general de los servicios públicos domiciliarios. 0a legislación en materia de derechos# deberes y garant$as constitucionales .
PODER PÚB!"O E#$%D% & #' E#$R'"$'R% OR%!*%$!+%, El poder público estadal# es aquel que está constituido por un 7obernador y un consejo 0egislativo. Su estructura 8rgani%ativa 7obernador !onsejo 0egislativo
'n obernador . Es el encargado de la administración y gobierno del Estado# elegido por suragio popular# universal# directo# y secreto para mandatos de 9 a"os pudiendo ser reelegido de manera continua como lo establece la Enmienda uno de la !onstitución# el gobernador deberá nombrar un 7abinete de Secretarios o de *irectores (entre ellos el Secretario de 7obierno) y un procurador general previa autori%ación del !onsejo 0egislativo conorme a cada una de las !onstituciones de los Estados. En el caso del *istrito !apital y 0as *ependencias :ederales que no poseen gobernador# son administradas directamente por autoridades designadas por el Presidente de +ene%uela.
El "onse-o eislati/o. 'epresenta el Poder 0egislativo en los Estados :ederales de +ene%uela# esta compuesto por una sola cámara de diputados# donde se eligen de ; a ,4 *iputados# bajo el sistema de representación proporcional de la población del Estado y de sus 3unicipios. Su elección se reali%a cada 9 a"os# pudiendo ser reelegidos. !on la posibilidad de revocar su mandato a la mitad del periodo !onstitucional.
%rt0culos, 1234156415141574158415941524155415: El poder estadal es autónomo en la medida que determina nuestra !onstitución# las acultades de un 7obernador# no disponer de nada y dejar que la 0ey las determine. 0os 7obernadores pueden ser reelegidos indeinidamente. El 7obernador#
sólo
está sometido al imperio de las leyes# nacionales y
estadales. Pero en caso de estados de e&cepción debidos a conmociones o
desastres el Presidente tiene amplias acultades para tomar medidas en todo el Pa$s sin consultar con las autoridades estadales o locales.
%rt0culo 123. 0os Estados son entidades autónomas e iguales en lo pol$tico# con personalidad jur$dica plena# y quedan obligados a mantener la independencia# soberan$a e integridad nacional# y a cumplir y hacer cumplir esta !onstitución y las leyes de la 'epública.
%rt0culo 156. El gobierno y administración de cada Estado corresponde a un 7obernador o 7obernadora. Para ser 7obernador o 7obernadora se requiere ser vene%olano o vene%olana# mayor de veinticinco a"os y de estado seglar. El 7obernador o 7obernadora será elegido o elegida por un per$odo de cuatro a"os por mayor$a de las personas que voten. El 7obernador o 7obernadora podrá ser reelegido o reelegida# de inmediato y por una sola ve%# para un nuevo per$odo.
%rt0culo 151. 0os 7obernadores o 7obernadoras rendirán anual y públicamente# cuenta de su gestión ante el !ontralor o !ontralora del Estado y presentarán un inorme de la misma ante el !onsejo 0egislativo y el !onsejo de Planiicación y !oordinación de Pol$ticas Públicas.
%rt0culo 157. El Poder 0egislativo se ejercerá en cada Estado por un !onsejo 0egislativo conormado por un número no mayor de quince ni menor de siete integrantes# quienes proporcionalmente representarán a la población del Estado y a los 3unicipios. El !onsejo 0egislativo tendrá las atribuciones siguientes ,. 0egislar sobre las materias de la competencia estadal. <. Sancionar la 0ey de Presupuesto del Estado. -. 0as demás que estable%can esta !onstitución y la ley. 0os requisitos para ser integrante del !onsejo 0egislativo# la obligación de rendición anual de cuentas y la inmunidad en su jurisdicción territorial# se regirán por las normas que esta !onstitución establece para los diputados y diputadas a la =samblea /acional# en cuanto les sean aplicables. 0os legisladores o legisladoras estadales serán elegidos o elegidas por un per$odo de cuatro a"os pudiendo ser reelegidos o reelegidas por dos per$odos consecutivos como má&imo. 0a ley nacional regulará el rgimen de la organi%ación y el uncionamiento del !onsejo 0egislativo. ,-. !ada Estado tendrá una !ontralor$a que go%ará de autonom$a orgánica y uncional. 0a !ontralor$a del Estado ejercerá# conorme a esta !onstitución y la ley# el control# la vigilancia y la iscali%ación de los ingresos# gastos y bienes estadales# sin menoscabo del alcance de las unciones de la !ontralor$a 7eneral de la 'epública. *icho órgano actuará bajo la dirección y responsabilidad de un !ontralor o !ontralora# cuyas condiciones para el ejercicio del cargo serán determinadas por la ley# la cual garanti%ará su idoneidad e independencia2 as$ como la neutralidad en su designación# que será mediante concurso público.
%rt0culo 159. Es de la competencia e&clusiva de los estados
,. *ictar su !onstitución para organi%ar los poderes públicos# de conormidad con lo dispuesto en esta !onstitución. <. 0a organi%ación de sus 3unicipios y demás entidades locales y su división pol$tico territorial# conorme a esta !onstitución y a la ley. -. 0a administración de sus bienes y la inversión y administración de sus recursos# incluso de los provenientes de transerencias# subvenciones o asignaciones especiales del Poder /acional# as$ como de aquellos que se les asignen como participación en los tributos nacionales. 9. 0a organi%ación# recaudación# control y administración de los ramos tributarios propios# según las disposiciones de las leyes nacionales y estadales. 4. El rgimen y aprovechamiento de minerales no metálicos# no reservados al Poder /acional# las salinas y ostrales y la administración de las tierras bald$as en su jurisdicción# de conormidad con la ley. . 0a organi%ación de la polic$a y la determinación de las ramas de este servicio atribuidas a la competencia municipal# conorme a la legislación nacional aplicable. ;. 0a creación# organi%ación# recaudación# control y administración de los ramos de papel sellado# timbres y estampillas. >. 0a creación# rgimen y organi%ación de los servicios públicos estadales2 ?. 0a ejecución# conservación# administración y aprovechamiento de las v$as terrestres estadales2 ,@. 0a conservación# administración y aprovechamiento de carreteras y autopistas nacionales# as$ como de puertos y aeropuertos de uso comercial# en coordinación con el Ejecutivo /acional. ,,.6odo lo que no corresponda# de conormidad con esta !onstitución# a la competencia nacional o municipal.
%rt0culo 152. 0as materias objeto de competencias concurrentes serán reguladas mediante leyes de bases dictadas por el Poder /acional# y leyes de desarrollo aprobadas por los Estados. Esta legislación estará orientada por los principios de la interdependencia# coordinación# cooperación# corresponsabilidad y subsidiariedad. 0os Estados descentrali%arán y transerirán a los 3unicipios los servicios y competencias que gestionen y que stos estn en capacidad de prestar# as$ como la administración de los respectivos recursos# dentro de las áreas de competencias concurrentes entre ambos niveles del Poder Público. 0os mecanismos de transerencia estarán regulados por el ordenamiento jur$dico estadal.
%rt0culo 155. En cada Estado se creará un !onsejo de Planiicación y !oordinación de Pol$ticas Públicas# presidido por el 7obernador o 7obernadora e integrado por los =lcaldes o =lcaldesas# los directores o directoras estadales de los ministerios2 y una representación de los legisladores elegidos o legisladoras elegidas por el Estado a la =samblea /acional# del !onsejo 0egislativo# de los concejales o concejalas y de las comunidades organi%adas# incluyendo las ind$genas donde las hubiere. El mismo uncionará y se organi%ará de acuerdo con lo que determine la ley.
%rt0culo 15:. Son ingresos de los Estados ,. 0os procedentes de su patrimonio y de la administración de sus bienes. <. 0as tasas por el uso de sus bienes y servicios# multas y sanciones# y las que les sean atribuidas. -. El producto de lo recaudado por concepto de venta de especies iscales. 9. 0os recursos que les correspondan por concepto de situado constitucional. El situado es una partida equivalente a un má&imo del veinte por ciento del total de los ingresos ordinarios estimados anualmente por el :isco /acional# la cual se distribuirá entre los Estados y el *istrito !apital en la orma siguiente un treinta por ciento de dicho porcentaje por partes iguales# y el setenta por ciento restante en proporción a la población de cada una de dichas entidades. En cada ejercicio iscal# los Estados destinarán a la inversión un m$nimo del cincuenta por ciento del monto que les corresponda por concepto de situado. = los 3unicipios de cada Estado les corresponderá# en cada ejercicio iscal# una participación no menor del veinte por ciento del situado y de los demás ingresos ordinarios del respectivo Estado. En caso de variaciones de los ingresos del :isco /acional que impongan una modiicación del Presupuesto /acional# se eectuará un reajuste proporcional del situado. 0a ley establecerá los principios# normas y procedimientos que propendan a garanti%ar el uso correcto y eiciente de los recursos provenientes del situado constitucional y de la participación municipal en el mismo. 4. 0os demás impuestos# tasas y contribuciones especiales que se les asigne por ley nacional# con el in de promover el desarrollo de las haciendas públicas estadales 0as leyes que creen o transieran ramos tributarios a avor de los Estados podrán compensar dichas asignaciones con modiicaciones de los ramos de ingresos se"alados en este art$culo# a in de preservar la equidad interterritorial. El porcentaje del ingreso nacional ordinario estimado que se destine al situado constitucional# no será menor al quince por ciento del ingreso ordinario estimado# para lo cual se tendrá en cuenta la situación y sostenibilidad inanciera de la Aacienda Pública /acional# sin menoscabo de la capacidad de las administraciones estadales para atender adecuadamente los servicios de su competencia. . 0os recursos provenientes del :ondo de !ompensación Bnterterritorial y de cualquier otra transerencia# subvención o asignación especial# as$ como de aquellos que se les asigne como participación en los tributos nacionales# de conormidad con la respectiva ley.
"O;PE$E"!% "O"'RRE$E & RE#!D'% DE O# E#$%DO#, 0as competencias concurrentes pueden resultar de que dos poderes# el 3unicipal y el Estadal# concurran en una misma unción porque corresponda realmente a ambas y haya que delimitar la competencia de cada una# o bien porque se trate de que ambas potestades pretendan tener competencia e&clusiva sobre alguna materia. En cuanto a los 3unicipios# este art$culo trae dos disposiciones ,.C Due los estados deben transerir a los municipios los servicios que estos estn en capacidad de prestar <.C Estas transerencias estarán reguladas por el propio estado.
%rt0culo 152. 0as materias objeto de competencias concurrentes serán reguladas mediante leyes de bases dictadas por el Poder /acional# y leyes de desarrollo aprobadas por los Estados. Esta legislación estará orientada por los principios de la interdependencia# coordinación# cooperación# corresponsabilidad y subsidiariedad. 0os Estados descentrali%arán y transerirán a los 3unicipios los servicios y competencias que gestionen y que stos estn en capacidad de prestar# as$ como la administración de los respectivos recursos# dentro de las áreas de competencias concurrentes entre ambos niveles del Poder Público. 0os mecanismos de transerencia estarán regulados por el ordenamiento jur$dico estadal. El Poder Público ;unicipal, está conormado por la unción ejecutiva desarrollada por el alcalde o alcaldesa a quien corresponde el gobierno y la administración2 la unción deliberante que corresponde al !oncejo 3unicipal# integrado por concejales y concejalas. 0a unción de control iscal corresponderá a la !ontralor$a 3unicipal# en los trminos establecidos en la ley y su ordenan%a. la unción de planiicación# que será ejercida en corresponsabilidad con el !onsejo 0ocal de Planiicación Pública. 0os órganos del poder público municipal# en el ejercicio de sus unciones incorporarán la participación ciudadana en el proceso de deinición y ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de sus resultados# en orma eectiva# suiciente y oportuna# para lo cual deberán crear los mecanismos que la garanticen
público.
unicipios cuales son @ sobre el estado bol0/ar +ene%uela es un
Estado =ederal Aue se di/ide en Estados @ estos a su /e en >unicipios autóno>os. En total el pa0s tiene 882 >unicipios (interados a los 78 estados @ al Distrito "apital) Aue se di/iden en parroAuias aunAue no uardan relación con la !nstitución EclesiCstica. = dierencia de lo que ocurre en otros pa$ses# generalmente estas entidades territoriales son pocas por cada estado. En +ene%uela la competencia de organi%ar los municipios autónomos le corresponde a los Estados por medio de una ley que dictan los respectivos !onsejos 0egislativos. El promedio de municipios por entidad ederal es de ,9. El estado con menos municipios es +argas# con uno solo# y el que posee más es 6áchira con 73 Estados co>o
*ulia @ ;iranda tienen el doble de la población del $Ccira pero >enos >unicipios Según el =rt$culo ,> de la !onstitución 0os 3unicipios constituyen la unidad pol$tica primaria de la organi%ación nacional# go%an de personalidad jur$dica plena y autonom$a dentro de los l$mites de esta !onstitución y de la ley El estado 5ol$var se locali%a en el sur de +ene%uela# entre las coordenadas @-F94G44H y @>F<G9@H de latitud norte y @F,G,;H y ;F<4G4H de longitud oeste.
Su supericie corresponde a <#.@@@ JmK Su territorio está ocupado casi en su totalidad por el maci%o de las guayanas. Su supericie es en general accidentada# la altitud atenúa el clima tropical cálido
El estado se co>pone de 11 municipios y 46 parroquias a lo largo y ancho del estado Bolívar. Principales centros poblados El estado 5ol$var se compone de varias poblaciones# pero algunas son sobresalientes por ciertas ra%ones# que hacen a algunas de esas poblaciones más habitables que otras. =lgunas de estas grandes poblaciones son !iudad 5ol$var es la capital2 es amoso por su arquitectura colonial.
•
!iudad 7uayana.
•
!iudad 5ol$var.
•
!aicara del 8rinoco.
•
!iudad Piar.
•
El !allao.
•
El *orado.
•
3aripa.
•
Santa Elena de Lairn.
•
6umeremo.
•
Lpata.
uasipati. Bdiomas =parte del castellano# que es la lengua principal# en algunos sectores de 5ol$var se hablan varios idiomas originarios :amilia caribe pemón# yeJuana# panare y aJaMayo :amilia yanomamo sanemá
=demás# hay idiomas aislados como el joti. 0as lenguas arutaniCsap probablemente han resultado e&tintas. Según el art$culo ? de la !onstitución del Estado 5ol$var de <@@, el castellano es el idioma oicial del estado y todos los idiomas abor$genes son oiciales para sus respectivos pueblos El Estado 5ol$var se compone de once (,,) municipios# indicados a continuación# con 99 parroquias 3unicipio
!apital
Supericie
!aron$
!iudad 7uayana
!ede"o
!aicara del 8rinoco ;.<9 JmK
El !allao
El !allao
7ran Sabana
Aeres
Santa Elena de Lairn
!iudad 5ol$var
Padre Pedro !hien El Palmar
Piar
=ngostura ('aúl 0eoni)
,.,< JmK
<.<<- JmK
-<.??@ JmK
4.>4, JmK
Población ;;;.<>- hab. (<@@;) ?>.@@@ hab. (<@@4) ,;.9,@ hab. (<@@,) 9>.@@@ hab. (<@@) <.>-- hab. (<@@,)
<.<;4 JmK ,4.@@@ hab.
Lpata
,>.,;4 JmK
!iudad Piar
49.-> JmK
,@?.-44 hab (<@@>) -@.@< hab. (<@@,) ,>.>-, hab.
'oscio
7uasipati
.,>< JmK
Siontes
6umeremo
<9.-?- JmK
Sucre
3aripa
9>.?9 JmK ,-.9>, hab.
(<@@,) <.?9; hab. (<@@,)
0ocali%ación
(<@@,)
8rgani%ación de los 3unicipios. =rt$culo ,? 0a organi%ación de los 3unicipios y demás entidades locales se regirá por esta !onstitución#
por las
constitucionales estable%can
normas las
que
leyes
para
orgánicas
desarrollar
los
nacionales#
y
principios por
las
disposiciones legales que de conormidad con aquellas dicten los Estados. 0a legislación que se dicte para desarrollar los principios constitucionales relativos a los 3unicipios y demás entidades locales# establecerá dierentes reg$menes para su organi%ación# gobierno y administración# incluso en lo que respecta a la determinación de sus competencias y recursos# atendiendo a las condiciones de población# desarrollo económico# capacidad para generar ingresos iscales propios# situación geográica# elementos históricos y culturales y otros actores relevantes. En particular# dicha legislación establecerá las opciones para la organi%ación del rgimen de gobierno y administración local que corresponderá a los 3unicipios con población ind$gena. En todo caso# la organi%ación municipal será democrática y responderá a la naturale%a propia del gobierno local
"o>petencia del ;unicipio. %rt0culo 1: Son de la competencia del 3unicipio el gobierno y administración de sus intereses y la gestión de las materias que le asignen esta !onstitución y las leyes nacionales# en cuanto concierne a la vida local# en especial la ordenación y promoción del desarrollo económico y social# la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios# la aplicación de la pol$tica reerente a la materia inquilinaria con criterios de equidad# justicia y contenido de inters social# de conormidad con la delegación prevista en la ley que rige la materia# la promoción de la participación# y el mejoramiento# en general# de las condiciones de vida de la comunidad# en las siguientes áreas
,. 8rdenación territorial y urban$stica2 patrimonio histórico2 vivienda de inters social2 turismo local2 parques y jardines# pla%as# balnearios y otros sitios de recreación2 arquitectura civil# nomenclatura y ornato público. <. +ialidad urbana2 circulación y ordenación del tránsito de veh$culos y personas en las v$as municipales2 servicios de transporte público urbano de pasajeros y pasajeras. . Espectáculos públicos y publicidad comercial# en cuanto concierne a los intereses y ines espec$icos municipales. 9. Protección del ambiente y cooperación con el saneamiento ambiental2 aseo urbano y domiciliario# comprendidos los servicios de limpie%a# de recolección y tratamiento de residuos y protección civil. 4. Salubridad y atención primaria en salud# servicios de protección a la primera y segunda inancia# a la adolescencia y a la tercera edad2 educación preescolar# servicios de integración amiliar de la persona con discapacidad al desarrollo comunitario# actividades e instalaciones culturales y deportivas2 servicios de prevención y protección# vigilancia y control de los bienes y las actividades relativas a las materias de la competencia municipal. . Servicio de agua potable# electricidad y gas domstico2 alcantarillado# canali%ación y disposición de aguas servidas2 cementerios y servicios unerarios. ;. 1usticia de pa%# prevención y protección vecinal y servicios de polic$a municipal# conorme a la legislación nacional aplicable. >. 0as demás que le atribuyan esta !onstitución y la ley. 0as actuaciones que corresponden al 3unicipio en la materia de su competencia no menoscaban las competencias nacionales o estadales que se deinan en la ley conorme a esta !onstitución Bngresos !onsejo 0ocal de Planiicación Pública El !onsejo 0ocal de Planiicación Pública es el órgano encargado de la planiicación integral del gobierno local# para lo cual se sujetará a lo dispuesto en
el art$culo 44 del *ecreto con :uer%a de 0ey 8rgánica de Planiicación# con el propósito de lograr la integración de las comunidades y grupos vecinales mediante la participación y el protagonismo dentro de una pol$tica general de Estado# descentrali%ación y de desconcentración de competencias y de recursos# de conormidad con lo establecido en la !onstitución de la 'epública 5olivariana de +ene%uela. !ada !onsejo 0ocal de Planiicación Pública promoverá y orientará una tipolog$a de municipio atendiendo a las condiciones de la población# nivel de progreso económico# capacidad para generar ingresos iscales propios# situación geográica# elementos históricos# culturales y otros actores relevantes. En todo caso# el !onsejo 0ocal de Planiicación Pública responderá a la naturale%a propia del municipio. Bnstancia de más amplia participación ciudadana en su seno se reúne la rama 0egislativa y la Ejecutiva del Poder 3unicipal con la Sociedad 8rgani%ada# con el objeto de dise"ar democráticamente y de manera racional# armónica y eiciente2 el espacio geopol$tico del 3unicipio# en unción de la prosperidad económica y el bienestar social# en equilibrio con el ambiente. 8bjetivos espec$icos •
•
•
Promover la organi%ación comunitaria y la corresponsabilidad a travs de las redes sociales para garanti%ar la participación protagónica de la sociedad. Bmplementar una pol$tica de ense"an%aCaprendi%aje que se corresponda con la educación para el trabajo2 y los !0PP se transormen en un medio de producción cultural y asuman una condición moral y tica en su comunidad. Promover acciones interCinstitucionales que permitan obtener los recursos necesarios para instrumentar las pol$ticas de los !0PP.
'a%ones para su creación • • • • •
•
=usencia de Bnstitucionalidad 8rgani%acional de la Participación !iudadana =usencia total de divulgación =usencia de acilitadores y promotores a nivel municipal Posición adversa de los =lcaldes y !oncejales Esuer%os dispersos en materia de recursos humano y económico de distintos 3inisterios y otros entes del 7obierno central en materia de promoción de los !0PP Presencia de un proceso de anarqu$a en la ormulación presupuestaria municipal y regional por no respetar los lineamientos establecido en la 0ey 8rgánica de Planiicación
El !onsejo 0ocal de Planiicación Pública para el cumplimiento de sus unciones# estará conormado por... ,. Ln presidente C =lcalde o =lcaldesa <. 0os concejales y !oncejalas del municipio 3. Los presidentes o presidentas de las Juntas Parroquiales
4. El o los representantes de organizaciones vecinales de las parroquias respectivas, el o los representantes por sectores de las otras organizaciones 5. Y el o los representantes de las comunidades indígenas, donde los huiere Estos representantes ser!n elegidos como los dispone el "rtículo 4 de la Le# de los $onse%os Locales de Plani&icaci'n P(lica )$LPP*, en un n(mero igual a la sumatoria m!s uno de los integrantes natos mencionados en los numerales + al 3 de dicho artículo.
El "onse-o 4# y en la 0ey 8rgánica del !onsejo :ederal de 7obierno dictada por la =samblea /acional el -@ de junio a"o <@@4. Es el órgano encargado la coordinación y la planiicación de pol$ticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentrali%ación y transerencia de competencias del Poder /acional a los Estados y 3unicipios# as$ como el desarrollo equilibrado de las regiones# respetando los principios que rigen al Estado
:ederal
*escentrali%ado
justicia
social#
participación
ciudadana#
integridad territorial# cooperación# solidaridad# concurrencia# corresponsabilidad# coordinación# interdependencia y subsidiaridad.
"o>ponentes del "onse-o
El +icepresidente o +icepredenta Ejecutiva de la 'epública (Presidente).
•
0os 3inistros y 3inistras.
•
7obernadores o 7obernadoras de cada Entidad :ederal.
•
Ln =lcalde o =lcaldesa por cada Estado# siendo los =lcaldes 3etropolitanos miembros natos.
•
+einte +oceros del Poder Popular (Sociedad 8rgani%ada).
=demás posee una Secretar$a Permanente# integrada por el +icepresidente Ejecutivo de la 'epública# dos 3inistros# tres 7obernadores y tres +oceros del Poder Popular.
Planiicar# aprobar# coordinar las acciones para el desarrollo del proceso de descentrali%ación y transerencia de competencias del Poder /acional# Estados# 3unicipios y comunidades organi%adas que ayuden a un desarrollo endógeno sustentable.
•
*iscutir y someter a consideración de =samblea /acional los lineamientos del plan de descentrali%ación.
•
Promover la desconcentración poblacional# como parte del proceso de descentrali%ación y desarrollo territorial equilibrado.
•
'eali%ar el seguimiento y evaluación de los progresos y resultados del proceso descentrali%ador.
•
=poyar al Ejecutivo /acional en la ormulación del plan de desarrollo institucional en coordinación con los órganos y entes competentes de los distintos niveles territoriales de 7obierno.
•
=probar su proyecto de presupuesto y tramitarlo conorme a la ley.
•
=probar su inorme de gestión anual y presentarlo a la =samblea /acional.
•
Elaborar su reglamento interno de uncionamiento.
•
6odas las demás que se"ale la !onstitución de la 'epública y la ley.
+eto Presidencial a la e@ del "onse-o
El ,> de julio# el Presidente de la 'epública 5olivariana de +ene%uela# Augo !háve%# objeta la 0ey del !onsejo :ederal de 7obierno sancionada el -@ de junio del <@@4 para ser luego aprobada en ebrero del <@,@.