Relacion de terminos de Formacion y Orientacion Laboral.Descripción completa
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Objetivo de la LPRL El objetivo de esta ley es promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos laborales. Esta establece los principios generales relativos a la prevención de riesgos profesionales para la protección de la seguridad y de la salud, la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo.
Aplicación de la LPRL Esta ley y sus normas de desarrollo serán de aplicación tanto en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, como en el de las relaciones de caracteres administrativos o estatutario del personal al servicio de las Administraciones públicas. Igualmente serán aplicables a las sociedades cooperativas. cooperativas. La presente Ley no será aplicables en los ámbitos de las funciones públicas de: -Policía, seguridad y resguardo aduanero -Fuerzas Armadas y actividades militares de la Guardia Civil. -Bomberos -Bomberos y peritaje forense en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública. La ley tampoco será aplicable a la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.
Obligaciones de los empresarios en materia de prevención de riesgos. 1. Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional. profesional. 2. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones instruccio nes del empresario, deberán en particular: a. Usar adecuadamente los medios con los que desarrollen su actividad b. Utilizar correctamente correctament e los medios y equipos de protección facilitados por el empresario. c. No poner fuera fuera de funcionamiento funcionamiento y utilizar utilizar correctamente los dispositivos dispositivos de seguridad existentes. d. Informar a su superior jerárquico jerárquico directo, directo, y a los trabajadores trabajadores designados designados para realizar actividades de protección o de prevención o, en su caso, al servicio de prevención
e. Contribuir al cumplimiento cumplimiento de las obligaciones obligaciones establecidas establecidas por por la autoridad autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. f. Cooperar con el empresario para que este pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.
Principios de la acción preventiva El empresario aplicará los siguientes principios generales: a) Evitar los riesgos b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar c) Combatir los riesgos en su origen d) Adaptar el trabajo a la persona e) Tener en cuenta la evolución de la técnica f) Sustituir Sustitu ir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro. g) Planificar la prevención h) Adopatr medidas medidas que antepongan antepongan la protección protección colectiva a la individual individual i) Dar las debidas instrucciones instrucciones a los trabajadores. trabajadores.
Derechos y obligaciones de los trabajadores/as 1. Derecho a la protección frente a los riesgos laborales 2. Principios de la acción preventiva 3. Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. 4. Equipos de trabajo y medios de protección 5. Información, Informac ión, consulta y participación participació n de los trabajadores 6. Formación de los trabajadores 7. Medidas de emergencia 8. Riesgo grave e inminente 9. Vigilancia de la salud 10. Documentación Documentación 11. Coordinación de actividades empresariales. 12. Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos 13. Protección de la maternidad 14. Protección de los menores 15. Relaciones de trabajo temporales, de duración determinada y en empresas de trabajo temporal 16. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos