HORAS DE LIBRE DISPONIBILIDAD
1. Las instituciones educativas podrán hacer uso de las horas de libre disponibilidad. Para el nivel de Educación Primaria son 10 horas y en el caso de Educación Secundaria son 06 horas. Aquellas instituciones educativas que dispongan de un mayor número de horas de las establecidas para desarrollar el plan de estudios de cada nivel (30 horas pedagógicas para primaria y 35 horas pedagógicas para secundaria), podrán hacer uso de ellas como horas de libre disponibilidad, las mismas que pueden ser para: - Desarrollar talleres, áreas o cursos, que contribuyan al logro de determinados determinados aprendizajes considerados prioritarios o de especial importancia para la realidad local o las necesidades específicas de los estudiantes. Esta decisión debe estar expresada en el Proyecto Curricular de la Institución Educativa. Estos aprendizajes se consideran también para efectos de promoción y repitencia del grado. Tienen valor oficial en el Plan de Estudios de las Instituciones Educativas. - Incrementar horas a las Áreas Curriculares Curriculares según las necesidades de los estudiantes, priorizando las áreas de COMUNICACIÓN, MATEMÁTICA Y EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO. - En el caso de las instituciones educativas de Educación Secundaria que cuenten con docentes, recursos y materiales especializados, y otras condiciones favorables para la enseñanza del área de Inglés, esta podrá ser priorizada en el uso de las horas de libre disponibilidad1. 2. El Proyecto Curricular de la Institución (PCI), instrumento instrumento de gestión formulado en base al Diseño Diseño Curricular Nacional, se elabora a través de un proceso de diversificación curricular y forma parte de la propuesta pedagógica del Proyecto Educativo Institucional (PEI); el PCI considera, entre otros, la distribución de las horas de libre disponibilidad para la diversificación del currículo y las orientaciones para incorporar en las distintas áreas curriculares los contenidos transversales. 3. Para el desarrollo de los contenidos transversales no se destinan las horas del plan de estudios, ni las horas de libre disponibilidad, estando cada uno de los profesores llamados a desarrollarlos, dentro del programa de su área curricular correspondiente, considerando los lineamientos establecidos para su incorporación. 4. Específicamente en Educación Secundaria, Secundaria, las horas de libre disponibilidad serán destinadas a: - Movilización Nacional por la Comprensión Comprensión Lectora: Para los grados 2º, 3º y 4º se consideran obligatoriamente tres (03) horas semanales de las horas de libre disponibilidad, para el desarrollo de las capacidades de comprensión lectora en el Área de Comunicación. Además de las cuatro (04) asignadas al Área de Comunicación en el Plan de Estudio se destinarán dos (02) horas semanales para la comprensión lectora, haciendo un total de siete (07) horas semanales de las cuales cinco (05) serán para el Plan de Comprensión Lectora. - Enseñanza del Idioma Inglés: Siempre y cuando se cuente con profesores del idioma competentes, las instituciones educativas pueden utilizar las horas de libre disponibilidad restantes para la enseñanza de dicho idioma. - Educación para el trabajo 2: Las instituciones educativas priorizarán las horas de libre disponibilidad para el desarrollo de esta área curricular, para lo cual deben cumplir con los siguientes requisitos: . Disponibilidad de docentes con título pedagógico de la especialidad o docentes con título pedagógico y como mínimo estudios técnicos en la especialidad. . Equipamiento para desarrollar el módulo a ofertar. . Infraestructura adecuada. - Orientación Educativa:
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Numeral 4.1 de la II parte del Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular, aprobado por R.M. Nº 0440-2008-ED. 2 Directiva Nº 004-2010-ME/SG-OGA- UPER “Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Horas de Clase en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular Secundaria y Educación Básica Alternativa Ciclo Avanzado en el Periodo 2010”, aprobado p or Resolución Jefatural Nº 0050-2010-ED.
Las instituciones educativas podrán destinar las horas de libre disponibilidad para la orientación educativa, principalmente en la prevención de conductas y situaciones de riesgo. 4. Ante la implementación obligatoria de la Movilización Nacional por la Comprensión Lectora, las instituciones educativas ex variante técnica que acrediten infraestructura, equipamiento y docentes de educación técnica, destinarán las horas de libre disponibilidad para el área de educación para el trabajo, según se detalla: EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO GRADOS PLAN DE ESTUDIOS INCREMENTO HLD TOTAL
1º Educación para 2 el Trabajo 5 7
2º 2 3 5
3º 2 3 5
4º 2 3 5
5º 2 6 8
5. Para el desarrollo de los talleres de Educación para el Trabajo, se debe contemplar un mínimo de veinte (20) estudiantes. Por lo que para proceder con el desdoblamiento de aulas (organizar grupos de 20 estudiantes como máximo por cada especialidad ocupacional que ofertan en el Área de Educación para el Trabajo) para el desarrollo de talleres, las instituciones educativas deberán, obligatoriamente, contar con la disponibilidad presupuestal y las metas de atención correspondiente, caso contrario se procederá con el desarrollo del taller con la totalidad de estudiantes con que cuenta la sección. 6. El Plan de Estudio de la Educación Básica Alternativa, está aprobado y normado por Resolución Ministerial Nº 0276-2009-ED, que aprueba el Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Alternativa; y está conformado por venticinco (25) horas semanales obligatorias distribuidas en cada área curricular y, en caso cuente con la disponibilidad presupuestal3, cinco (05) horas semanales de libre disponibilidad. 7. Los Centros de Educación Básica Alternativa en el ciclo avanzado, en caso dispongan de las horas de libre disponibilidad ( según numeral anterior del presente documento), podrán destinarlas, de acuerdo a las demandas e intereses de los alumnos, a: - Organización de Talleres. - Estrategias de aprendizaje para reforzar, recuperar o nivelar aquellos aprendizajes no logrados. - Reuniones de tutoría. - Educación para el trabajo. Estas horas de libre disponibilidad se desarrollan en horarios alternos. 8. Las normas específicas de gestión pedagógica en EBR de la la la Directiva para para el Desarrollo del Año Escolar 2011 en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico Productiva, en lo que respecta a distribución del tiempo en el trabajo pedagógico, establecen4,: - La IE de Educación Primaria hace uso de un mínimo de 10 horas de libre disponibilidad priorizando las áreas de Comunicación, Matemática, Ciencia y Ambiente y Personal Social. - La IE de Educación Secundaria hace uso de un mínimo de 06 horas de libre disponibilidad priorizando las áreas de Comunicación, Matemática, Educación para el Trabajo e Inglés. - Las horas también pueden ser utilizadas para la orientación educativa. - La IE pública que fue anteriormente Colegio de Variante Técnica, debe priorizar el área de Educación para el Trabajo, siempre y cuando así lo determine el diagnóstico de las necesidades pedagógicas y las IE que tengan las condiciones necesarias para ello. Las familias profesionales y sus diferentes títulos y certificaciones se especifican en la RVM Nº 0085-2003-ED De esta manera se podrá evitar causar distorsión en el gasto, por efecto de la ejecución de plazas indebidas. Recopilado por: Fernando Gamarra Morales. 3
Memorando Nº 018-2010-DIGEBA/DPEBA y numeral 5.9 de la Directiva Nº 004-2010-ME/SG-OGA-UPER, aprobado por Resolución Jefatural Nº 0050-2010-ED. 4 R.M. Nº Nº 0348-2010-ED que aprueba la Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2011 en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico Productiva, numeral VIII, literal f.