CONCLUSIONES DE LAS INSTITUCIONES DE JUSTINIANO
1. El derecho romano ha sido en los últimos tiempos una manera palpable de ver de nuestros derechos de hoy, pero ellos tuvieron un cuerpo que lo compiló todo, es el Corpus Iuris Civilis, algo excepcional que tuvo tratamiento hasta nuestros días. Las Institutas o instituciones que se encuentran dentro de este cuerpo hablan sobre las diferentes normas, reglas, principios, establecimientos, etc, que son materia de estudio por parte de los jóvenes; como un ícono más de saber, compilándose los documentos, opiniones, conclusiones de diversos jurisconsultos y emperadores que gobernaron en Roma, plasmados de una manera cómoda, metódica y analítica. Hablemos ahora de ella sus partes, divisiones comentarios y demás, que dieron a conocer los romanos en esos tiempos. Al comienzo del libro (dividido en 4 partes) refiere a la justicia y al derecho como entes básicos para un análisis profundo; de la cual se puede opinar si, como tales elementos son dignos en administrar equidad de partes; se consideraría que sí, ya que ambos pertenecen a la equidad, y sin ella, pues, no existiría simplemente. Después se analiza de manera conjunta 3 partes del derecho privado: natural, de gentes y derecho civil. El natural pues, es de entendimiento general para todos; de gentes, correspondientes a las diferentes civilizaciones que tienen normas generales y civil; perteneciente a cada una de dichas civilizaciones. Lo dicho merece una crítica constructiva, ¿por qué 3 y no demás?, porque estaríamos atentando contra una clasificación regular y milimétricamente estructurada, ya que, parte por parte tiene su propio acápite. 2. Se comprende además las tutelas; en sus diferentes modalidades como protección a la persona que es menor de 25 años: cuidando sus bienes, protegiendo sus derechos como impúberes (varones) y mujeres (núbiles) hasta cumplir la mayoría de edad, pudiendo ser emancipados éstos por mancipia... Justiniano, por Sergio Yuguero Justiniano nació en Iliria. Hijo de unos padres humildes se educó en Constantinopla. Muy pronto fue nombrado cónsul y sucesor del trono de su tío Justino. El reinado de Justiniano entre los años 527 y 565 es considerado como la primera edad de oro del imperio bizantino. Se trataba de un personaje comprometido con su trabajo, autócrata, siempre controlando los entresijos, por insignificantes que fueran, de su gobierno y defensor a ultranza de la ortodoxia definida en el Concilio de Calcedonia del año 451. Justiniano quedará principalmente en los anales de la historia por ser el inspirador del Corpus Iurus Civilis. La intención de este código era recopilar en una serie de leyes la tradicional jurisdicción romana y armonizarla lo que fuera posible con la cristiana, a fin de crear un imperio homogéneo. Del mismo modo, desde el punto de vista del derecho y el gobierno suponía el instrumento básico de desarrollo de la política absolutista que la emblemática basílica de Santa Sofía expresaba en imágenes plásticas. Estaba dividido en cuatro partes: "El código de Justiniano", redactado en latín, que resumía los edictos imperiales desde la época de Adriano en el siglo II hasta el 533, el "Digesto o Pandectas", que se trataba de una colección sistematizada de los textos jurisconsultos romanos, las "Novellae", redactas en griego por el propio Justiniano que indicaba claramente la ruptura evidente entre las dos partes del Mediterráneo, y los "Instituta", que constituía un material para los estudiantes del derecho y una especie de síntesis de los tres anteriores. Esta compilación jurídica de Justiniano recogió de manera clara la herencia del Bajo Imperio Romano que reforzaba la intención de centralización, separación de lo poderes civil y militar, control general de las
actividades y profesionalización de los funcionarios. De mismo modo también heredó las debilidades de esa época, especialmente dos de ellas, la obsesión enfermiza por recaudar fondos a través de los impuestos para mantener la política imperialista del monarca y el gigantismo administrativo. Posteriormente fueron apareciendo más, como la intención de apropiarse una sola persona de poderes civiles y militares, lo que ponía en peligro el buen funcionamiento del Estado. Su programa de romanizad, inmovilidad y unidad, era el de un emperador autócrata que tenía el derecho a decidir en todos los campos. Trató de ser el quicio de toda política, tanto civil como religiosa, y para ello mando construir sendos edificios. De una parte el palacio imperial, sólo conocido por las excavaciones que se realizaron en él. Por otro la Iglesia de Santa Sofía, es decir, de la Santa Sabiduría. Existía por tanto una identificación entre el Dios encarnado (Cristo) y el representante de Cristo en la tierra (el emperador). El palacio imperial y la basílica formaban el núcleo fundamental de la capital, Constantinopla, con dos lenguas de agua y una muralla de nueve kilómetros que representaban la garantía de supervivencia del Imperio. La intención ideológica del programa de Justiniano tenía como principio fundamental la unidad intelectual de base cristiana según decía la definición del Concilio de Calcedonia del año 451. El emperador tomó dos decisiones importantes, por un lado tomó la determinación de cerrar en el año 529 la escuela o academia de Atenas, el último centro de cultura clásica pagana en el Imperio, y por otro, controló de manera firme a los monofisitas, judíos y maniqueos, hasta llegó a perseguirlos en algunas ocasiones con su idea de mediador entre Dios y los hombres y de vigilante activo de la salud espiritual de sus súbditos. Los resultados de la política imperial de Justiniano en los temas de religión fueron bastante irregulares. Los monofisitas, amparados en la emperatriz Teodora, se hicieron fuertes en las zonas de Siria y Egipto. A los judíos se les prohibió el casamiento con los cristianos, fueron inhabilitados para el ejercicio de cargos públicos, se vieron obligados a hablar el griego en sus liturgias y acabaron en la mayoría de las veces siendo perseguidos. Con este panorama cuando los musulmanes entraron en el Imperio Bizantino, los judíos los anunciaron como auténticos salvadores. Por último los maniqueos, que se encontraban en las provincias fronterizas con el Imperio Persa, habían sido también perseguidos desde el inicio del reinado de Justiniano, lo que les incitó a convertirse en potenciales colaboradores del ejército persa. Entre tanta dificultad para unos sectores de la población, siempre hay otros que salen beneficiados de la situación, y en este caso eran los monjes. Fortalecieron sus posiciones en las ciudades, en especial en la capital del Imperio, como en algunos monasterios del mundo rural, que en muchos casos han llegado hasta nosotros, como los de San Sebas en Palestina y Santa Catalina del monte Sinaí. A partir de Justiniano estos monjes serían un grupo poderoso de presión en la historia del Imperio Bizantino. La segunda parte del reinado de Justiniano tuvo como problemas principales la pérdida parcial del control público del Estado, quizás especialmente en el mundo rural, y la fractura rural que se produjo entre los grandes propietarios y los pequeños campesinos, además de un agotamiento claro por su política expansionista. La gente del campo no protagonizó ningún tipo de protesta o revuelta de grandes dimensiones, pero su marcha al monasterio, al ejército, al bandolerismo o a los núcleos urbanos eran síntoma de la desestructuración del sector rural bizantino. De todos modos el programa de unidad e inmovilidad de Justiniano tenían el objetivo claro de la reconstrucción física del conjunto del antiguo Imperio Romano. No podía permitir la fractura del Mediterráneo entre un Occidente germanorromano y un oriente griego. Las operaciones militares en el Mediterráneo Occidental tuvieron su punto de atención en el reino vándalo del norte de África bajo el mando de dos generales de reconocido prestigio que derrotaron sin problemas a los norteafricanos. Hubo también poco después insurrecciones bereberes que se prolongaron en una guerra de guerrillas, que aunque terminaban con buen resultado para lo bizantinos suponían muchos gastos militares que no encontraban compensación y sí un aumento de la presión fiscal. Además las consecuencias de la peste debilitaban las posibilidades de producción y recaudación fiscal, y si tenemos en cuenta la creciente amenaza persa y de nuevos pueblos como los búlgaros, eslavos y ávaros, queda bastante de manifiesto la brillante fachada exterior que tenía el Imperio y su debilitamiento interior cada vez más grande. Con esas circunstancias, en el año 565, Justiniano murió.
La tematica de las instituciones Se componende 4 libros que versan sobre materia civil hay tres grandes diviciones por materia 1personas 2 cosas 3acciones La distribucion por libros esta echa segun el orden de la instituciones del profesor gayo antecesor de justiniano en la edicion de instituciones de derecho civil en cuya obra descansa la mayor pare de composicion justinianea de las instituciones y es la siguiente A, el tema de personas esta dedicada al libro 1 B .el tema cosas esta dedicado al 2y 3 libro y los 5 primeros titulos del libro c.el tema de aciones esta dedicado al reto de titulos del libro 4
Las Institutas Institutas de Justiniano, a imitación de las de Gayo se dividen de la siguiente manera: • •
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Libro I: Nociones generales sobre justicia, derecho y sobre gentes. Libro II: Sobre las cosas, maneras de adquirirlas, testamentos, legados y fideicomisos. Libro III: Herencias, abintestato y sucesiones universales, y de las obligaciones que surgen contratos o cuasi contrato. Libro IV : Obligaciones generadas en el delito, cuasidelito y las acciones en general.
Las Institutas Institutas tuvieron el doble caracter de manual y de ley, al ser promulgadas por el emperador. Mientras se iba realizando la recopilación de los iura en el Digesto, Justiniano decidió que para la práctica de los escolares, según ya lo había expresado en la constitución Deo Auctore, se redactara un tratado elemental de Derecho. Publicación
Por la constitución Imperatoriam maiestatem del 21 de noviembre del año 533 se publicaron las Instituciones de Justiniano, destinadas, en efecto, “a la juventud deseosa de estudiar leyes” ( cupidae legum iuventut ”), ”), comenzando a regir con fuerza legal, a pesar de tratarse de una obra de enseñanza, el 30 de diciembre del 533. Redactores
Sus redactores —Teófilo y Doroteo— utilizaron como modelo varios libros de jurisconsultos clásicos usados para la enseñanza elemental, como las Instituciones de Ulpiano, Florentino, Marciano y Paulo y muy especialmente las Institutas de Gayo, que era la obra que hasta entonces servía para los jóvenes que anhelaban estudiar derecho. ¿Que son las Instituciones? Las instituciones (del latin Institutas, 533). Colección de iura y de leges que expone los principios básicos y doctrina del derecho dirigida a los jóvenes que emprenden el estudio del Derecho.
Las Instituciones resumen la temática jurídica del Digesto y el ius extraordinario de los emperadores, fusionándolos para dar una idea somera del derecho de la época. Tiene la particularidad de no mencionar a los autores de sus textos y de ser el emperador quien habla en primera persona.
Contenido
Señalan los elementos del Derecho romano y está ordenada de acuerdo con la clasificación de las Institutas de Gayo, según la cual “el derecho se refiere a las personas, a las cosas y a las acciones” (Omme autem ius, quo utimur, vel ad personas pertinet, vel ad res, vel ad actiones). Se divide en 4 libros, un prologo o proemium y un apéndice: • •
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Prólogo Libro 1. Se ocupa del derecho y su división, de las personas, de la Justicia y del Derecho a de los tutores y de los curadores sospechosos. Véase Títulos I, II. Libro 2. Versa sobre las cosas, su división, los modos de adquirir la propiedad, los derechos
reales sobre la cosa ajena y los testamentos, uno de los medios de adquirir el dominio. De la división de las cosas a de los codicilos. Ver Libro •
Libro 3. Contiene los principios que regulan la sucesión “ab intestato” y los modos de disolver las obligaciones y los contratos. Véase Títulos I, II
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Libro 4. Se ocupa de las acciones de las obligaciones Véase Títulos I, II.
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Apéndice Del Proceso Público, “Publicis Iudiciis”, que se inician por la comisión de algún delito
público. Tabla de los grados de coagnación