Entre HENRY JOSE MEZA HERNANDEZ , venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.511.114, en lo sucesivo denominado el "Vendedor" , por una parte y, por la otra, OSCAR CASTILLO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de este domicilio,
títular de la Cédula de Identidad Nº V-6.846.221, en lo sucesivo denominado el “Comprador” , se ha convenido en celebrar este contrato de compra-venta, el cual se
regirá por las cláusulas siguientes: PRIMERA - OBJETO DEL CONTRATO: El Vendedor da en venta al Comprador un vehículo de su exclusiva propiedad, el cual es de las características siguientes: Clase: AUTOMOVIL; Tipo: SEDAN; Marca: CHEVROLET; Modelo: CHEVELLE MALIBU; Año: 1983; Color: VERDE; Placas: AB184MA; Serial del Motor: ADV112894; Serial de Carrocería: 1W69ADV112894; Uso: PARTICULAR. SEGUNDA - TITULO DE PROPIEDAD - GRAVÁMENES: El vehículo objeto de esta venta pertenece pertenece al Vendedor , según consta de documento Certificado de Registro de Vehículo No. 27009080. Asimismo, el Vendedor garantiza que sobre el vehículo objeto del presente contrato no pesa ninguna medida de prohibición de enajenar ni gravar, embargos, secuestros, solicitudes oficiales, ni ninguna otra medida que impida su libre venta y la ejecución plena del presente contrato, y que el Vendedor nada adeuda por concepto de impuestos municipales a la fecha de la firma de este contrato. TERCERA - PRECIO DE VENTA: El precio de venta es la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 25.000,00), los cuales el Vendedor declara
haber recibido a su entera satisfacción, por lo que una vez firmado este contrato nada queda a deber el Comprador por concepto de la compra del vehículo ni por ningún otro concepto. CUARTA - TRADICIÓN: Con el otorgamiento de este documento y la entrega material del vehículo vendido, así como los documentos que evidencian la titularidad del mismo, yo, HENRY JOSE MEZA HERNANDEZ , antes identificado, en mi carácter de Vendedor, hago la tradición legal del vehículo identificado en la cláusula PRIMERA de
este contrato de compra-venta al Comprador , y me obligo al saneamiento de Ley. QUINTA - ACEPTACIÓN: Y yo, OSCAR CASTILLO ZAMBRANO , antes debidamente identificado, declaro que acepto la venta que se me hace en los términos y condiciones expuestos. En Caracas, a la fecha de su otorgamiento.