BA-VEN-NIF1-DEROGADO Debemos destacar que el Boletín de Aplicación BA VEN-NIF 1 que es tablecía los parámetros cuantitativos n!mero de empleados o unidades tributarias por sectores económicos" a se r evaluados para cali#icar a una entidad como peque$a % mediana a los #ines de determinar cuando debía aplicar los VEN-NIF #ue dero&ado en mar'o de ()11 por el BA VEN-NIF * +,riterios para la aplicación en Vene'uela de los VEN-NIF ./E0 ,riterios del BA VEN-NIF 1 +De#inic ión de eque$as % /edianas Entidades0 actualmente dero&ados" 2ector arámetro Valor Industrial 3raba4adores5In&resos netos (6) 576)8))) 983 ,omercial 3raba4adores5In&resos netos 6))518)))8))) 9838 2ervicio 3raba4adores5In&resos netos 1))5 6))8))) 9838 A&rícola 3raba4adores5In&resos netos 6)5:))8))) 983 El ,onse4o de Normas Internacionales de In#ormación Financiera IA2B" que es el ór&ano que emite las NIIF de carácter mundial para la preparación de in#ormación #inanciera de alta c alidad; aprobó las NIIF aplicables por las entidades con obli&ación p!blica de rendir cuenta en teoría las &randes entidades" % la NIIF para las eque$as % /edianas Entidades aplicable por las entidades que no tienen la re#erida obli&ación8 Actualmente este es el criterio básico % #undamental para de#inir a una entidad como
En BA VEN-NIF 1 “Definición de Pequeñas y Medianas Entidades” (der!ad se!"n dis#sicines de este $%et&n' se esta$%eciern %s #ar)*etrs cuantitati+s a ser e+a%uads #ara ca%ificar a una entidad c* #equeña y *ediana só% a %s fines de cntinuar cn %a a#%icación de %s #rinci#is de cnta$i%idad !enera%*ente ace#tads en Vene,ue%a VenP.A VenP.A #ara %a #re#aración y #resentación de su infr*ación financiera . PROPÓSITO
/0 Este B%et&n de A#%icación tiene c* #r#ósit /01 Descri$ir %as cndicines y2 caracter&sticas que de$en tener %as #equeñas y *edianas entidades só% a %s efects de %a a#%icación #r #ri*era +e, de %s VEN-NIF #ara %s e3ercicis que se inicien a partir del 01 de enero de 2011 as& c* #ara e% e3ercici iniciad des#u4s de% 51 de dicie*$re de 6778 cuand ta%es entidades 9ayan decidid %a a#%icación antici#ada de %s VEN-NIF P:ME0 /06 Identificar %as situacines en %as cua%es una entidad ca*$iar) su c%asificación de !ran entidad a #equeña y *ediana entidad +ice+ersa a %s efects de %a a#%icación de %s VEN-NIF0 VEN-NIF0 PLANTEAMIENTO
;0 En %a ecn*&a +ene,%ana ce
as entidades #ri+adas fr*a%*ente cnstituidas 9an sid $3et de #rtección y #ri+i%e!is esta$%ecids en %a %e!is%ación +ene,%ana #r %a BA VEN-NIF 6 – Versión 1 Página 4
CRITERIOS PARA PARA LA L A APLICACIÓN EN VENEZUELA DE LOS VEN-NIF PYME
cntri$ución de 4stas en %a !eneración de e*#%e y en e% desarr%% ecnó*ic de %as distintas )reas !e!r)ficas de Vene,ue%a siend estratificadas s$re %a $ase de caracter&sticas cuantitati+as cn +a%racines diferentes se!"n e% $enefici a ser tr!ad0 ?0 A *ediads de 6778 fue a#r$ad un nue+ cuer# nr*ati+ inde#endiente y de a%ta ca%idad si*#%ificad en %as e
#ara tdas %as entidades que n cti,an sus t&tu%s de deuda de ca#ita% en e% *ercad de +a%res caracter&stica que est) #resente en %as entidades que a#%ican %s #rinci#is de cnta$i%idad !enera%*ente ace#tads a#r$ads #r %a FPV0 80 @y d&a est)n dis#ni$%es ds !ru#s de VEN-NIF %s VEN-NIF .E y %s VEN-NIF P:ME de cuya uti%i,ación se $tienen estads financiers cn #r#ósits de infr*ación !enera% "ti%es #ara usuaris e
170Para efects de %a a#%icación de %s VEN-NIF a #artir de% e3ercici que se inicie e% 71 de ener de 6711 una #equeña y *ediana entidad se identifica c* 17010 Entidad fr*a%*ente cnstituida que #ersi!a fines de %ucr y 17060 N est) su3eta a% cu*#%i*ient de %as dis#sicines re%ati+as a %a #re#aración de infr*ación financiera e*itidas #r %s entes re!u%adres autri,ads #r %a %e!is%ación +ene,%ana #ara e%%0 >as entidades ca%ificadas c* #equeñas y *edianas a#%icar)n %as nr*as esta$%ecidas #ara dic9as entidades y deta%%adas en e% BA VEN-NIF ?0 110>as entidades #ara #re#arar y #resentar sus estads financiers de acuerd cn #rinci#is de cnta$i%idad !enera%*ente ace#tads en Vene,ue%a a#%icar)n só% %as dis#sicines cntenidas en un de %s !ru#s de %s VENNIF deta%%ads en e% BA VEN-NIF ? eas de*)s fr*as asciati+as de car)cter #ri+ad creadas se!"n e% rdena*ient 3ur&dic +i!ente que #ersi!an n fines de %ucr cuand %es BA VEN-NIF 6 – Versión 1 Página 5
CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN EN VENEZUELA DE LOS VEN-NIF PYME
sea requerida %a #resentación de infr*ación financiera a tercers interesads n in+%ucrads en sus res#ecti+as ad*inistracines #dr)n uti%i,ar %as nr*as esta$%ecidas #ara %as #equeñas y *edianas entidades y deta%%adas en e% BA VEN-NIF ? de$iend a#r$ar ta% a#%icación %a *)
150 >a entidad que ca%ificó c* !ran entidad cn $ase en %as dis#sicines cntenidas en e% BA VEN-NIF 1 “Definición de Pequeñas y Medianas Entidades” (der!ad se!"n dis#sicines de este $%et&n' y a#%icó a% #er&d iniciad a #artir de% 71 de ener de 677? %s VEN-NIF +i!entes #ara ta% cate!r&a #uede #tar #r se!uir a#%icand %s VEN-NIF esta$%ecids #ara %as !randes entidades y deta%%ads en e% BA VEN-NIF ? +i!ente #ara %a fec9a de e*isión de su infr*ación financiera de$iend re+e%ar ta% decisión en %as ntas a %s estads financiers0
1/0 >a entidad que a #artir de% 71 de ener de 677? a#%icó %s VEN-NIF y se!"n % esta$%ecid en e% #)rraf 17 de este $%et&n ca%ifique c* #equeña y *ediana entidad #dr) *i!rar a #artir de% e3ercici que se inicie a #artir de% 71 de ener de 6711 a %s VEN-NIF P:ME deta%%ads en e% BA VEN-NIF ? +i!ente #ara %a fec9a de e*isión de su infr*ación financiera atendiend #ara e%% %s #rcedi*ients restriccines y criteris deta%%ads en NIIF 1 ección 5C de NIIF para las PYMES se!"n se 9aya ca%ificad c* !ran entidad #equeña y *ediana entidad res#ecti+a*ente 1C0 >a entidad que se!"n % esta$%ecid en e% #)rraf 17 de este $%et&n ca%ifique c* #equeña y *ediana entidad #dr) a#%icar %s VEN-NIF #ara %as !randes entidades y deta%%ads en e% BA VEN-NIF ? +i!ente #ara %a fec9a de e*isión de su infr*ación financiera sie*#re que ta% decisión 9aya sid a#r$ada #r su *)
1;0 Este $%et&n sustituye %a +ersión 7 de% B%et&n de A#%icación VEN-NIF ; (BA VEN-NIF ;' a#r$ad en e% Directri Nacina% reunid en aracas %s d&as 6= y 6? de a!st de 67170 1=0 Este $%et&n der!a e% B%et&n de A#%icación VEN-NIF 1 (BA VEN-NIF 1' a#r$ad #r e% Directri de %a FPV en fec9a 7? de n+ie*$re de 677= BA-VEN-NIF2
Revisión del Bole!n de A"li#$#ión VEN-NIF N% & 'BA VEN-NIF &( )C*ie*ios "$*$ el Re#ono#i+ieno de l$ In,$#ión en los Es$dos Fin$n#ie*os P*e"$*$dos de A#e*do #on VEN-NIF./ en los si0ienes 1*+inos2 ANTECEDENTES 34 L$ in,$#ión es n 5enó+eno de l$ e#ono+!$ 6e 7$ $5e#$do $ Vene8el$/ es"e#i$l+ene en l$s 9li+$s d1#$d$s: $n6e ss e5e#os ; +$0nides se *ed8#$n #on el ie+"o/ es n $s"e#o diso*sion$ne en l$ in5o*+$#ión eivo 6e s+inis*en in5o*+$#ión <$=le $ los s$*ios *el$iv$ $ l$ si$#ión s$dos "o* e5e#os de l$ in,$#ión.
'DPC 3(4 4 L$ No*+$ Ine*n$#ion$l de Con$=ilid$d N &@ )In5o*+$#ión Fin$n#ie*$ en E#ono+!$s i"e*in,$#ion$*i$s. 'NIC &@(/ 6e 5o*+$ "$*e de l$s No*+$s Ine*n$#ion$les de In5o*+$#ión Fin$n#ie*$ #o+"le$s 'NIIF #o+"le$s(/ es l$ no*+$ *el$iv$ $ l$ es$=ilid$d +one$*i$ "$*$ l$ "*e"$*$#ión de es$dos
"$*$ l$s PYMES/ se es$=le#en $l0nos #*ie*ios 6e de=en se* >80$dos "$*$ ideni<#$* #ndo se 7$#e ne#es$*io *ee"*es$* los es$dos i#io en el des$**ollo ; $"li#$#ión de n$ "ol!i#$ de #on$=ilid$d.4 Si$#ión si+il$* es #onenid$ en l$ Se##ión 3/ "**$5o 34 de l$ NIIF "$*$ l$s PYMES4 34En l$ No*+$ Ine*n$#ion$l de Con$=ilid$d N% 3 )P*esen$#ión de Es$dos Fin$n#ie*os. 'NIC 3( ; en l$ Se##ión ? de l$ NIIF "$*$ l$s PYMES se es$=le#e 6e los es$dos $dos en el M$*#o Con#e"$l "$*$ l$ P*e"$*$#ión ; P*esen$#ión de Es$dos Fin$n#ie*os $"*o=$do "o* IASB ; $do"$do "o* Vene8el$4 334En Vene8el$ los e5e#os de los niveles in,$#ion$*ios $n$les so=*e l$
in5o*+$#ión e $#+l$do de in,$#ión d*$ne s e>e*#i#io e#onó+i#o so=*e"$se n '3( d!0io4 C$ndo l$ in,$#ión se$ de n '3( d!0io/ l$ 0e*en#i$ de=e ev$l$* ss e5e#os en l$ in5o*+$#ión
#;os o*!0enes #o**es"ond$n $ e>e*#i#ios e#onó+i#os e*#i#io "o* $"li#$#ión $ lo es$=le#ido en el "**$5o 3? de ese =ole!n/ ili8$* #o+o v$lo*es en li=*os los i+"o*es *ee"*es$dos de l$s #i5*$s de los es$dos se e5e#$do/ #o+o l$ =$se "$*$ "*e"$*$#ión ; "*esen$#ión del >e0o #o+"leo de es$dos
$"li#$* lo es$=le#ido en l$ Ine*"*e$#ión CINIIF K )A"li#$#ión del P*o#edi+ieno de Ree"*esión se09n l$ NIC &@ In5o*+$#ión Fin$n#ie*$ en E#ono+!$s i"e*in,$#ion$*i$. 34El #$"i$l so#i$l $#$li8$do es e6iv$lene $ l$ s+$ del #$"i$l so#i$l #onenido en los es$os de l$ enid$d ; s $#$li8$#ión "o* e5e#os de l$ in,$#ión4 De=e +os*$*se l$ #en$ de #$"i$l so#i$l ; s $#$li8$#ión en n$ sol$ "$*id$ en el #e*"o del Es$do de Si$#ión Fin$n#ie*$ 'B$l$n#e ene*$l( en l$ si0iene 5o*+$2 C$"i$l So#i$l A#$li8$do Bs4 QQQ4QQQ4QQQ 'E6iv$lene $l C$"i$l So#i$l de Bs4 QQQ4QQQ( 3@4L$ $#$li8$#ión del #$"i$l so#i$l #onsi;e l$ #o**e##ión +one$*i$ de l$s $##iones o #o$s/ $#+l$d$ desde l$ 5e#7$ de ss *es"e#ivos $"o*es ; es $so#i$d$ indivisi=le+ene $ 1sos/ "o* lo 6e el 9ni#o desino "osi=le de l$ $#$li8$#ión del #$"i$l es s #onve*sión en #$"i$l so#i$l/ "*evi$ $"*o=$#ión de l$ As$+=le$ de A##ionis$s o P*o"ie$*ios4 DISPOSICIÓN DEROATORIA &4Ese Bole!n de*o0$ ; ssi;e $l Bole!n de A"li#$#ión N & $"*o=$do en el Di*e#o*io N$#ion$l A+"li$do *enido en l$ #id$d de Pe*o O*d$8 los d!$s ; H de $=*il de & ; $l Bole!n de A"li#$#ión N ? )C*ie*ios "$*$ l$ A"li#$#ión del ndi#e ene*$l de "*e#ios/ "$*$ l$ Ree"*esión de los Es$dos Fin$n#ie*os en Vene8el$. $"*o=$do en el Di*e#o*io N$#ion$l A+"li$do *enido en Po*l$+$* en novie+=*e de &4
APROBACIÓN Y VIENCIA &34L$ ve*sión 3 de ese Bole!n de A"li#$#ión 5e $"*o=$d$ en el Di*e#o*io N$#ion$l A+"li$do/ *enido en l$ #id$d de C+$n los d!$s H ; J de +$*8o de &3 ; se* $"li#$=le "$*$ los e>e*#i#ios 6e se ini#ien $ "$*i* del +es si0iene $ s $"*o=$#ión/ se "e*+ie s $"li#$#ión $ni#i"$d$ BA-VEN-NIF3-DEROGADO
BA-VEN-NIF N0 76 NIF N0 76 riteris #ara e% recnci*ient de %a inf%ación en %s Estads Financiers #re#arads $a3 VEN-NIF
Der!a a% BA -VEN-NIF N0 5 “riteris NIF N0 5 “riteris #ara %a A#%icación de% ndice .enera% de Precis #ara %a ee<#resión de %s Estads Financiers en Vene,ue%a” ANTECEDENTES 1.
En Venezuela, el Banco Central de Venezuela es el ente emisor de, entre otros, el índice de precios para estimar la infación.
2.
Desde 1992, ha sido utilizado el Índice de recios al Consumidor del !rea "etropolitana de Caracas #$C% para ree&presar los estados 'nancieros, de acuerdo a lo esta(lecido en los rincipios de Conta(ilidad de )ceptación *eneral en Venezuela, así como la aplicación de otros procedimientos contenidos en el ordenamiento +urídico Venezolano.
3.
En el prra-o 1 del Boletín de )plicación /0 2 C$E$34 )) 5) )5$C)C$6/ E/ VE/E78E5) DE 5) /$C 29 “Información Financiera en Economías Hiperinacionaria” atendiendo a lo re:uerido por el prra-o ;< de la re-erida /ormas $nternacional, :ue e&i=e el uso de un índice
=eneral de precios :ue refe+e los cam(ios en el poder ad:uisiti>o =eneral de la moneda, se apro(ó la utilización del Índice de recios al Consumidor #$C%, pu(licado mensualmente por el Banco Central de Venezuela de acuerdo a los criterios esta(lecidos por este or=anismo, para ree&presar los estados 'nancieros en Venezuela. 4.
En el )rtículo 2 de la esolución /0 ?@A?A?1 de -echa ?; de a(ril de 2??@, se esta(lece “El Instituto Nacional de Estadística (INE) y el Banco Central de Venezuela, producirán los resultados del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), así como los resultados desareados para las áreas metropolitanas de las siuientes ciudades! Caracas, "aracai#o, "aracay, Valencia, Bar$uisimeto, "%rida, &an Crist'#al, Barcelona Puerto a Cruz, "aturín y Ciudad *uayana+
OBETIVO 5.
Este Boletín de )plicación tiene el propósito sealar el Índice de recios :ue ser utilizado para la ee&presión de los Estados inancieros en Venezuela.
PLANTEAMIENTO 6.
El o(+eti>o de los Estados inancieros es el suministro de in-ormación 'nanciera :ue sea Ftil a una amplia =ama de usuarios al tomar sus decisiones económicas, por lo :ue los mismos de(en representar la ima=en 'el de las transacciones económicas realizadas por el ente :ue in-orma.
7.
En el "arco Conceptual para la reparación resentación de los Estados inancieros se sealan las características cualitati>as de los estados 'nancieros, :ue son los atri(utos :ue hacen Ftil para los usuarios, la in-ormación suministrada en los estados 'nancieros por el ente :ue in-orma.
8.
)l aplicar los resultados desa=re=ados por las reas metropolitanas sealadas en la esolución ?@A?A?1, al li(re criterio del ente :ue in-orma, se atenta contra la compara(ilidad 'a(ilidad en los Estados inancieros, -undamentos Ftiles para los usuarios de la in-ormación 'nanciera.
9.
5a primera di>ul=ación o'cial de Índice /acional de recios al Consumidor #$/C% -ue realizada dentro de los diez #1?% primeros días del mes de a(ril 2??@, oportunidad en :ue -uera conocido el correspondiente a los meses de enero, -e(rero marzo de 2??@.
10.
El sustituido Índice de recios al Consumidor del !rea "etropolitana de Caracas #$C%, -ue recalculado en el mes de marzo de 2??@, siendo desi=nado como nue>a (ase, diciem(re 2??<, con >alor 1?? en consecuencia modi'cados todos los índices mensuales desde enero 19? a diciem(re 2??<.
11.
5a disposición transitoria se=unda de la esolución ?@A?A ?1, esta(lece “os cálculos $ue, a partir de la primera di-ulaci'n o.icial de los resultados del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), ordenen o instruyan eyes, /elamentos, 0ecretos, /esoluciones, Pro-idencias, Circulares y demás instrumentos normati-os o actos administrati-os de e.ectos enerales, así como decisiones 1udiciales, $ue 2ayan de e.ectuarse #asados en la -ariaci'n de precios, en períodos cuya .ec2a de inicio sea anterior al 34 de enero de 5667, y de culminaci'n posterior a dic2a .ec2a, se e.ectuarán empleando el Índice de Precios al Consumidor del 8rea "etropolitana de Caracas 2asta el 93 de diciem#re de 566:, y desde el 34 de enero de 5667, el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), sin pre1uicio de lo esta#lecido en el primer aparte del artículo ;4 de las presentes Normas+
CRITERIO DE APLICACIÓN 12.
ara la ee&presión de los Estados inancieros correspondientes a e+ercicios económicos 'nalizados con posterioridad al ;1 de diciem(re de 2??<, se utilizar Fnicamente el Índice de recios al Consumidor del !rea
"etropolitana de Caracas #$C%, con (ase diciem(re 2??< los Índices /acionales de recios al Consumidor #$/C% emitidos a partir de dicha -echa. 13.
/o estarn de acuerdo con rincipios de Conta(ilidad de )ceptación *eneral en Venezuela, los estados 'nancieros ree&presados utilizando los >alores desa=re=ados del Índices /acionales de recios al Consumidor #$/C%, o cual:uier otro índice emitidos por el Banco Central de Venezuela.
BA-VEN-NIF4
(BA VEN-NIF-/'
DEEMINAIGN DE >A FE@A DE AHIJAIGN DE > EAD FINANIE PAA H PHB>IAIGN EN E> MA DE >A E.H>AINE NENIDA EN E> GDI. DE MEI VENEJ>AN ANEEDENE 10 E% ódi! de *erci Vene,%an esta$%ece %as si!uientes re!u%acines re%ati+as a %a infr*ación financiera que de$e #re#arar tda entidad su3eta a dic9a nr*ati+a 1010 >s ad*inistradres #resentar)n a %s *isaris cn un *es de antici#ación a% d&a de %a asa*$%ea e% Ba%ance0 (Art 57/' 1060 d accinista tiene derec9 1C d&as antes de %a asa*$%ea a e
1050 >a asa*$%ea rdinaria de accinistas discute y a#rue$a *difica e% $a%ance0 (Art0 6=C' 10/0 Dentr de %s 17 d&as si!uientes a %a a#r$ación de% $a%ance de$er) #resentarse una c#ia 3unt cn e% infr*e de% *isari y e% acta de asa*$%ea a% Kue, de *erci e!istradr Mercanti% #ara que se a!re!ue a% e<#ediente de %a entidad0 (Art0 568' 60 >a NI 17 y %a ección 56 de %a NIIF #ara %as P:ME “@ec9s currids Des#u4s de% Perid s$re e% que se Infr*a” es a#%ica$%e en Vene,ue%a de acuerd a % esta$%ecid en %s B%etines de A#%icación BA VEN NIF 7 +ersión C y BA VEN NIF ? +ersión 70 >a NI 17 y %a ección 56 de %a NIIF #ara %as P:ME esta$%ece que %s e+ents tant fa+ra$%es c* desfa+ra$%es currids entre e% fina% de% #erid s$re e% que infr*a y %a fec9a de autri,ación de %s estads financiers #ara su #u$%icación cnstituyen 9ec9s currids des#u4s de% #erid s$re e% que infr*a0 /0 da entidad +ene,%ana re!u%ada #r %as dis#sicines esta$%ecidas en e% ódi! de *erci de$e a3ustar sus dis#sicines estatutarias a %a nr*ati+a cntenida en e% referid ódi! entre %a que se inc%uye definir c%ara*ente %a fec9a de cierre de% e3ercici cnta$%e0 C0 >s #rinci#is de cnta$i%idad !enera%*ente ace#tads en Vene,ue%a requieren deter*inar e% #erid #sterir a% cierre de e3ercici a que se refiere %a NI 17 y %a ección 56 de %a NIIF #ara %as P:ME0 PPGI
;0 Este B%et&n de A#%icación tiene c* #r#ósit deter*inar %a fec9a de autri,ación de %s estads financiers #ara su #u$%icación en Vene,ue%a en e% *arc de %as re!u%acines cntenidas en e% ódi! de *erci Vene,%an0 A>ANE =0 >s acuerds e<#resads en este $%et&n sn de a#%icación $%i!atria #r tdas %as entidades +ene,%anas que #re#aran y #resentan %a infr*ación financiera de acuerd cn Princi#is de nta$i%idad de .enera%*ente Ace#tads en Vene,ue%a (VEN-NIF'0 P>ANEAMIEN ?0 >a NI 17 y %a ección 56 de %a NIIF #ara %as P:ME #rescri$en cu)nd una entidad a3ustar) sus estads financiers #r 9ec9s currids des#u4s de% #erid s$re e% que infr*a y cu)nd de$e efectuar re+e%acines en %as ntas de %s estads financiers #r %s efects deri+ads de %s *is*s0 80 De acuerd cn e% #)rraf = de %a NI 17 y e% #)rraf 5605 de %a NIIF #ara %as P:ME %s 9ec9s currids des#u4s de% #erid s$re e% que infr*a sn tds %s e+ents que se #resenten 9asta %a fec9a en que %s estads financiers queden autri,ads #ara su #u$%icación0 170 >a fec9a de autri,ación #ara %a #u$%icación de %s estads financiers es %a fec9a t#e #ara deter*inar si se #rcede a3ustar %s estads financiers efectuar %as re+e%acines crres#ndientes #r efect de %s e+ents currids 9asta dic9a fec9a0
110 E% #rces se!uid #ara %a autri,ación de %s estads financiers #ara su #u$%icación #uede +ariar de#endiend de %a estructura r!ani,ati+a de %a entidad de %s requisits %e!a%es y estatutaris y de %s #rcedi*ients se!uids #ara %a e%a$ración y fina%i,ación de ta%es estads financiers0 160 Entre %as situacines seña%adas en %a NI 17 y %a ección 56 de %a NIIF #ara %as P:ME #ara deter*inar %a fec9a de autri,ación de %s estads financiers #ara su #u$%icación n est) cntenida a%!una que se a3uste ea fec9a de autri,ación #ara %a #u$%icación de %s estads financiers es %a fec9a #sterir a% cierre de e3ercici y en que ta%es estads est4n dis#ni$%es #ara ser re+isads uti%i,ads #r cua%quier unidad ente #ersna distinta a %a encar!ada de su #re#aración0 /0 En*arcad en e% #rcedi*ient cntenid en e% ódi! de *erci %a fec9a de autri,ación #ara %a #u$%icación de %s estads financiers #uede ser 1/010 >a que est4 deter*inada fr*a%*ente en %s #rcedi*ients interns de %a entidad en sus estatuts 1/060 >a fec9a en que %s ad*inistradres u tr ente autri,ad entre!uen %s estads
financiers a una unidad interna de cntr% su#er+isión re+isión a un ente e
DIPIINE DE.AIA 1=0 Este $%et&n sustituye %a +ersión 7 de% B%et&n de A#%icación VEN-NIF / (BA VEN-NIF /' a#r$ad en e% Directri Nacina% A*#%iad reunid en Puert >a ru, estad An,)te!ui %s d&as 61 y 66 de a!st de 6778