PREGUNTAS Y PROBLEMAS La teoría de la Justicia de John Rawls Lectura: Carlos Santiago Nino, Introducción al análisis del Derecho, cap. VII
1. La teoría de la justicia de Rawls tiene un carácter marcadamente contractualista. Explique esta afirmación. R: John Rawls es un crítico del intuicionismo y el utilitarismo del pensamiento filosófico. Por ello, busca una abstracción mayor valiéndose de las posturas filosóficas de Kant, Locke y Rousseau como contractualistas en búsqueda de mayor abstracción en el pensamiento pero además, como una forma de superar las deficiencias que tiene tanto el utilitarismo como el intuicionismo. 2. Los siguientes son conceptos claves de la teoría rawlsiana. Describa a lo menos uno de ellos, o bien, elabore un mapa conceptual que ponga de manifiesto sus relaciones: justicia como imparcialidad, principios de justicia, posición originaria , velo de ignorancia, regla de prioridad, principio maximin R: La posición originaria es una ficción filosófica de carácter contractual de la que se vale John Rawls para facilitar los principios de justicia en una sociedad. Supone una reunión entre seres racionales inspirados en la moralidad kantiana, es decir, que son autointeresados y no sucumben a los dictados de una autoridad o de sus propios deseos e inclinaciones puesto que desconocen éstos últimos. La elección de los principios de justicia serían la conclusión de un teorema formal de las decisiones , esto es, el equilibrio entre los principios generales que superan y trascienden a todo ser humano – una idea kantiana por cierto – y los intuicionismos particulares de quienes concurren a ésta reunión ficta. Señala que existe interés en ocuparse de lo justo – circunstancias de justicia – teniendo a la vista los bienes primarios, es decir, aquellos bienes que cualquiera persona pretende más allá de su plan de vida. Las decisiones que emanen de las mencionadas reflexiones, que tienen a la vista los bienes primarios, son un acuerdo que los participantes de la reunión ficta se comprometen a cumplir, las cuales están condicionadas a ser: generales, universales, públicas, completas y finales. Luego del debate y siendo sometidas a este diversas proposiciones los principios de justicia, el resultado final no puede sino ser el siguiente: -
Cada Cada persona persona debe debe tener tener un derec derecho ho igual igual al sist sistema ema total total más más extens extenso o de las libertades básicas, el que su vez, debe ser compatible con las libertades del resto Las diferencias diferencias sociales sociales y económicas económicas deben deben satisf satisfacer: acer: a) al mayor beneficio beneficio de de la posición menos aventajada y b) una equitativa igualdad de oportunidades; de éstos principios prima el primero.
3. Desarrolle esta idea: en la posición original encontramos a seres noumenales y autónomos. R: Los seres noumenales son aquellas que participan de la noción kantiana de noumenon – es decir, un objeto que pertenece a la intuición intelectual o suprasensible – y los seres
autónomos que tienen inclinaciones y aspiraciones particulares que se dejan guiar por sus prejuicios. Para poder establecer quienes han de encontrarse en la ficción de la posición original, distingue entre estos dos seres y señala que deben participar – o han participado de ella – sólo los seres noumenales puesto que carecen no sólo de éstos prejuicios, sino de toda concepción individual, egoísta y fenoménica. Es corolario de este “velo de la ignorancia” la represión de la libertad de éstos sujetos noumenales. El resultado de los debates acerca de lo justo en éstos sujetos que participan de la intuición intelectual no será otra que la imposición forzosa de ésta libertad moral en lo real, que no se condice en nada con la libertad moral que se alcanza – para bien o para mal – siguiente intuiciones meramente particulares. 4. Establezca una conexión argumental entre los dos siguientes conceptos: seres auto-interesados / bienes primarios. R: los seres auto-interesados están al margen de los mandatos de una autoridad o a los de sus propios deseos e inclinaciones, puesto que están embebidos en una abstracción intelectual, ligada al carácter puro expuesto por Kant. Señala el autor que estos seres autointeresados tienen noción de los bienes primarios, es decir, lo bienes que cualquier hombre quiere, no importa cual sea su plan de vida. La línea que ata estos conceptos no es nada más que la racionalidad en que se fundan sujeto y objeto, puesto que éstos sujetos son racional y moralmente perfectos, limpios de cualquier suciedad que pueda interferir en el pensamiento abstracto en el que se encuentran, llamese por ahora “velo de la ‘ignorancia’”, en relación con éstos bienes que son racionalmente lo que cualquier hombre racional quisiera, con indiferencia de su plan de vida, el que no puede ser, sino, racional. Dado el sujeto racional y el objeto racional, el uno concibe naturalmente al otro.
5. En relación con el primer principio de la justicia, ¿existe algún refrendo en nuestro sistema jurídico —pongamos por caso la Constitución— que parezca una suerte de aplicación de este principio? R: El mejor ejemplo de nuestra constitución está dado por el art. 19, en tanto en cuanto impone a todas las personas el respeto a los derechos y a los deberes de todos, por igual. 6. En relación con el segundo principio, ¿podría Ud. imaginar un ejemplo que operacionalice este principio? R: La disposición del cobro de tributos progresivos. Un buen ejemplo de ello, el impuesto a la renta, ya que obliga el pago de mayor a quienes poseen más riqueza y llega a eximir a aquellos que no están en las mismas condiciones y realiza a su turno el segundo supuesto de éste principio puesto que, dado el principio inicial de diferencia, establece un quantum para determinar en que minuto nos encontramos ante un agravio, en éste caso patrimonial, lo que supone los mecanismos de defensa contra el Estado si es que se determina que se está afectando un derecho que se encuentra dentro de un determinado margen. 7. Imagine un ejemplo de la regla de prioridad. R: Valiéndome del ejemplo anterior, ante un exceso de cobro de impuestos por parte del estado hacia un particular, deberemos tener en cuenta primero que se está trasgrediendo un derecho amparado constitucionalmente, cual es la propiedad, y luego se verá si esto es efectivo dados los parámetros tributarios, esto es imponer una carga patrimonial a todos los
sujetos de derecho susceptibles de ella y dos, si ésta carga ha respetado el principio de igualdad y no ha creado indefensión. 8. Explique por qué Rawls considera que los principios de la justicia por él descritos aseguran mínimos mejores que principios utilitaristas. R: Los principios de justicia aseguran un minimo más aceptable que los mínimos que aseguran los principios utilitaristas. Es más, los principios utilitaristas ni siquiera establecen un mínimo que revista un ápice de justicia, pero los principios de justicia señalados por Rawls imponen un sentido de racionalidad en caso de fracaso en los hechos realizados, ya que éstos serán ajusticiados mediante dos principios – regidos por una regla de prioridad – que a lo menos aseguran que lo resuelto termine siendo más ventajoso para la mayoría. 9. Describa las etapas por las que atraviesa la decisión de cuestiones de justicia. R:
a) Reunión de sujetos auto-interesados dotados de un velo de ignorancia b) Estos sujetos debaten sobre las circunstancias de justicia particulares, teniendo a la vista los bienes primarios, deducibles intelectualmente como intereses generales. c) Los sujetos transan éstas cuestiones de justicia y votan acogiéndolas o desechándolas. d) Los sujetos concluyen por unanimidad los principios de justicia y se comprometen a realizarlos en su plan de vida. 10. Explique por qué la teoría de Rawls es deontológico. R: La teoría de Rawls es deontológico puesto que se ocupa de las normas morales, ya no de un comportamiento orientado por un fin, sino por el establecimiento claro de un deber superior, trascendente y racional. Se acoge a una noción kantiana de moralidad que se ata a conceptos normativos, confundiéndolos en medio de su proceso de abstracción. Aquí no se actúa para agradar o para conseguir un fin como el bien común o la santidad o la realización de la bondad, sino porque es lo correcto, lo necesario y lo ineludible. Es un querer ajeno que supera el interés individual y establece principio de igualdad y respeto para quienes actúen conforme lo dicta el deber ser, absteniéndose de los elementos fenoménicos del ser. ser.
Paulina Digmann Cuadra.