Tarea 3 y 4 Tarea 3 1. Elaboración Elaboración de un escrito escrito de una reflexión reflexión filosófica filosófica sobre sobre el el iusnaturalism iusnaturalismo. o. Elaborar Elaborar un cuadro comparativo entre el iuspositivismo y el iusnaturalismo. Perspectiva del iusnaturalismo.
En la historia del derecho, la corriente de la filosofía jurídica que apareció inicialmente y que dominó el campo de las doctrinas del derecho fue el iusnaturalismo. Para éste, La validez del derecho deriva de la esencia del hombre. Por tanto, el derecho debe ser consustancial a la vida humana, y reconocer los criterios éticos y virtuosos que deben coincidir con la naturaleza del hombre. El derecho es la suma de potestades y prerroativas inherentes o consustanciales al ser humano. Por tanto, el derecho como objeto de estudio se reduce al derecho natural o justo que fundamenta el contenido del derecho! es decir, al derecho intrínsecamente justo, cuya validez es objetiva o material. El "usnaturalismo, con esta palabra se desina un conjunto de doctrinas muy variadas, pero que tiene como denominador com#n la creencia de que el $erecho %positivo% debe ser objeto de una valo valora raci ción ón con con arre arrel lo o a un sist sistem emaa supe superi rior or de norm normas as o prin princi cipi pios os que que se deno denomi mina nan n precisamente& $erecho natural. 'iene tres tendencias f#ndamelas& "usnaturalismo "usnaturalismo cosmolóico& Ley natural natural que rie la naturalez naturaleza. a. "usnatura "usnaturalismo lismo teolóico& teolóico& base reliios reliiosa, a, leyes vinculadas vinculadas a la divinidad. "usnaturalismo moderno moderno o racionalista& (azón (azón humana.
El iusnaturalismo
)e fija en las escuelas antiuas o cl*sicas del derech derecho, o, aproba aprobado do por platón platón,, +ris +ristót tótele eless y )ócr )ócrat ates es,, se refi refier eree al dere derech cho o natu natura ral, l, la escuela escuela postula postula que el derecho derecho est* inmerso inmerso en la natu natura rale leza za del del homb hombre re,, por por ejem ejempl plo o no mataras, no robaras, etc.
El ius positivismo
(efiere que el orien del derecho se encuentra plasmado en las leyes y que es la #nica verdad, que las leyes no derivan de la naturaleza del hombre, sino el comportamiento se basa en las leyes ya plasmadas, (ousseau, y los ilustradores franceses son los postulantes
2. Creación de dos conceptos de Dereco !atural. Concepto 1" Epresión que se aplica al conjunto de leyes morales naturales cuyo orien es la sola naturaleza en cuanto se refiere al *mbito de la libertad humana, dentro del supuesto, no universalmente reconocido, de que el orden leal forma parte del orden moral. En cuanto se funda en la naturaleza, el derecho natural se refiere a valores universales e inmutables.
%El $erecho natural vale por sí mismo, en cuanto intrínsecamente justo. ...son normas cu yo valor no depende de elementos etrínsecos. Por ello se dice que el natural es el #nico auténtico%. Concepto 2" El concepto de $erecho -atural est* unido a otros conceptos jurídicos tales como $erechos umanos, naturaleza humana, valores jurídicos, justicia y bien com#n. /*s que una tesis, constituye un sistema de pensamiento que ha sido compartido por m#ltiples juristas o filósofos, incluso con planteamientos diversos y hasta contradictorios. Es el saber filosófico el medio por el cual adquiere sinificación para la humanidad el $erecho -atural, pues sólo mediante el mismo se hace presente a la conciencia, con lo cual es posible aboar por su cumplimiento y orientar su aplicación. El $erecho -atural en su forma es saber filosófico, característica ésta de vital importancia.
Tarea 4 1. #edacción de una reflexión sobre el Dereco como !orma y como $eco.
El derecho es un hecho social, su producción se realiza en el rupo social oranizado de manera que en el seno de lo estrictamente individual es in#til buscar raso aluno de lo jurídico. El derecho, es también un hecho social normativo, es norma, mandato, rela de conducta obliada, lo cual no se da en otro hecho social que no sea normativo. El derecho reula derechos entre personas siendo a veces derecho normativo y otros -o. +lunos pueden pensar que el derecho ha estado siempre ahí, que ha brotado por eneración espont*nea, muchos no saben las arduas neociaciones que tienen los leisladores hasta para cambiar un punto o una coma. 0uando se re#ne el poder leislativo por una demanda social que debe reularse se analizan todos los detalles de la cuestión hasta los m*s mínimos pormenores, muchas veces se eternizan en las reuniones porque no llean a nin#n acuerdo sobre un punto concreto del tema a tratar, hasta que aluien da su brazo a torcer y se alcanza la mayoría o no para que la Ley sala o no adelante, en eneral hay muchos casos en que no se reulan situaciones de hecho y est*n reidas por la costumbre que también es fuente del derecho, pero en eneral son
necesarias las normas para tener un fiel de la balanza donde aarrarse en casos de conflicto y de duda. En muchas ocasiones son los hechos los que mandan y cuando aluien reiteradamente produce un acto con determinados efectos eso en eneral es ley entre las partes siempre que no vaya contra aluna la ley, las costumbres o la moral o el orden p#blico. 2. Enumerar las caracter%sticas de la !orma &ur%dica.
La norma jurídica, así como todos los objetos de conocimiento, presenta diversos caracteres propios que la hacen diferente de las dem*s relas de conducta. "nteresa destacarlos para llear a una concepción alo m*s precisa del instrumento a través de la cual se intera el conjunto de preceptos que ordena, con caracteres de obliatoriedad, la conducta de los hombres. La cuestión de los caracteres de la norma enlaza con el problema de los caracteres del sistema jurídico normativo. 0uando se distinue al ordenamiento jurídico del ordenamiento moral y del ordenamiento que interan las relas del trato social, se encuentra que el ordenamiento jurídico tiene como notas la eterioridad, la heteronomía, la bilateralidad y la coercibilidad. $e ellas se encuentra en los convencionalismos la heteronomía y la eterioridad, por lo cual quedan como notas propias, eclusivas del ordenamiento jurídico, la bilateralidad y la coercibilidad. )on éstas precisamente las notas fundamentales, las características esenciales de la norma jurídica. La norma jurídica es bilateral y es coercible y ninuna otra clase de normas presenta ni la bilateralidad ni la coercibilidad.