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UNIDAD
Actividades @WEB. Accede a la página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (http://www.empleo.gob.es/index.htm) y, siguiendo la ruta siguiente, podrás recabar información sobre los tipos de contratos vigentes en la actualidad: Inicio > Información más solicitada > Los contratos de trabajo. Modalidades e incentivos. Elabora un esquema con las ideas principales que definen los siguientes tipos de contratos: Contrato indefinido. Contrato a tiempo parcial. Contrato en prácticas. Contrato indefinido de apoyo a emprendedores.
Respuesta abierta.
1. Calcula las bases de cotización del mes de septiembre correspondientes a un trabajador del grupo 5, con contrato indefinido a tiempo parcial. Su jornada laboral es de cuatro horas diarias, de lunes a viernes y la jornada laboral habitual de la empresa es de ocho horas diarias, de lunes a viernes. La retribución mensual del trabador es: Salario base: 450 € Incentivo: 60 €. Horas extras de fuerza mayor: 200 €. Tiene derecho a percibir dos pagas extraordinarias de 500 € cada una.
Dicho mes se ha trabajado 22 días y además hubo ocho días de descanso (sábados y domingos). 1. Determinación de la base de contingencias comunes. Se computa la retribución de las horas ordinarias y la prorrata de las pagas extraordinarias.
– Remuneración computable: Salario base 450 Plus convenio 60 Total: 510 €
500 x 2 - Prorrata pagas extras: ----------------- = 83,33 € 12
Base de contingencias comunes: 510 + 83,33 = 593,33 593,33 € •
Comprobación de los límites de la base de cotización del grupo 5
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El número total de horas a tener en cuanta en el cálculo de la base mínima es la suma de las horas ordinarias y las horas de descanso computables como trabajo: a) Horas ordinarias de trabajo al mes: 4 mes: 4 horas/día x 22 días trabajados = 88 horas/mes. b) Horas de descanso computables como de trabajo: La jornada del trabajador es de 20 horas semanales (4 horas/día x 5 días). Esta jornada, comparada con las 40 horas de jornada habitual de la empresa representa al 50%. La proporción calculada (50%) se aplica sobre la jornada diaria habitual de 8 horas. 8 horas día x 0,50 = 4 horas por día d ía de descanso. 4 horas/día x 8 días = 32 horas de descanso en el mes. Total horas trabajadas en el mes: 88 mes: 88 + 32 = 120 horas remunerables. • Cálculo de la base mínima La base de cotización correspondiente a 120 horas remunerables se multiplica por la base mínima de cotización por hora establecida para cada año. Base mínima: 120 x 4,56 4,56 € = 547,20 € como la base calculada (543,33 €) es superior a la base mínima, la base de cotización de contingencias comunes es: Base de cotización por contingencias comunes: 593,33 €. 2. Determinación de las bases de cotización por contingencias profesionales, Desempleo, Fogasa y Formación profesional. Se parte de los conceptos computables, sumándose la prorrata de las pagas extraordinarias y las horas extraordinarias de fuerza mayor. Remuneración computable: Salario base Plus convenio Prorrata pagas extras Horas extras fuerza mayor Total:
450,00 60,00 83,33 200,00 793,33 €
Base de cotización por contingencias profesionales: 793,33 €. Esta base está comprendida entre la base mínima calculada y la base máxima establecida con carácter general.
2. Calcula las bases de cotización de un trabajador del grupo 3, que tiene un contrato indefinido y a tiempo parcial. La jornada del trabajador es de ocho horas diarias los martes y jueves.
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El número total de horas a tener en cuanta en el cálculo de la base mínima es la suma de las horas ordinarias y las horas de descanso computables como trabajo: a) Horas ordinarias de trabajo al mes: 4 mes: 4 horas/día x 22 días trabajados = 88 horas/mes. b) Horas de descanso computables como de trabajo: La jornada del trabajador es de 20 horas semanales (4 horas/día x 5 días). Esta jornada, comparada con las 40 horas de jornada habitual de la empresa representa al 50%. La proporción calculada (50%) se aplica sobre la jornada diaria habitual de 8 horas. 8 horas día x 0,50 = 4 horas por día d ía de descanso. 4 horas/día x 8 días = 32 horas de descanso en el mes. Total horas trabajadas en el mes: 88 mes: 88 + 32 = 120 horas remunerables. • Cálculo de la base mínima La base de cotización correspondiente a 120 horas remunerables se multiplica por la base mínima de cotización por hora establecida para cada año. Base mínima: 120 x 4,56 4,56 € = 547,20 € como la base calculada (543,33 €) es superior a la base mínima, la base de cotización de contingencias comunes es: Base de cotización por contingencias comunes: 593,33 €. 2. Determinación de las bases de cotización por contingencias profesionales, Desempleo, Fogasa y Formación profesional. Se parte de los conceptos computables, sumándose la prorrata de las pagas extraordinarias y las horas extraordinarias de fuerza mayor. Remuneración computable: Salario base Plus convenio Prorrata pagas extras Horas extras fuerza mayor Total:
450,00 60,00 83,33 200,00 793,33 €
Base de cotización por contingencias profesionales: 793,33 €. Esta base está comprendida entre la base mínima calculada y la base máxima establecida con carácter general.
2. Calcula las bases de cotización de un trabajador del grupo 3, que tiene un contrato indefinido y a tiempo parcial. La jornada del trabajador es de ocho horas diarias los martes y jueves.
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En el mes de marzo recibió las siguientes retribuciones: Salario base: base: 700 €. Plus convenio: 100 €. Realizó 10 horas complementarias por 150 €, en total. Horas extraordinarias de fuerza mayor: 90 €. Anualmente recibe dos pagas extraordinarias de 700 € cada una. La jornada habitual en la empresa es de 40 horas semanales.
En el mes de julio trabajó trece días. Los días de descanso fueron nueve (sábados, domingos y una fiesta). 1. Determinación de la base de contingencias comunes. Se computa la retribución de las horas ordinarias y la prorrata de las pagas extraordinarias.
– Remuneración computable: Salario base 700 Plus convenio 100 Horas compl. 150 Total: 950 €
700 x 2 - Prorrata pagas extras: --------------------- = 116,67 € 12
Base de contingencias comunes: 950 + 116,67 = 1.066,67 € •
Comprobación de los límites de la base de cotización del grupo 5
El número total de horas a tener en cuanta en el cálculo de la base mínima es la suma de las horas ordinarias, las horas de descanso computables como trabajo y las horas complementarias. a) Horas ordinarias de trabajo al mes: 8 horas/día x 13 días trabajados = 104 horas/mes. b) Horas de descanso computables como trabajo: la jornada del trabajador es de 24 horas semanales (8 horas/día x 3 días). Esta jornada tiene que ser comparada con las 40 horas (jornada habitual de la empresa) aplicando la proporción siguiente: 40 horas -------------------- 100% 16 horas -------------------- x% 24 horas x 100 X= ---------------------------------- = 40% 40 horas. La proporción calculada (40%) se aplica sobre la duración de la jornada diaria habitual en la empresa (8 horas) computable como trabajo, que corresponde por cada día de descanso semanal y a días festivos. 8 horas día x 0,40 = 3,2 horas por día d ía de descanso. 3,2 horas/día x 9 días = 28,8; se consideran 29 horas de descanso en el mes.
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c) Horas complementarias: 10. Total horas trabajadas en el mes: 104 + 29 + 10 = 143 horas remunerables.
•
Cálculo de la base mínima
La base de cotización correspondiente a 160 horas remunerables se multiplica por la base mínima de cotización por hora establecida para cada año. Base mínima: 143 x 4,59 € = 656,37 € como la base calculada (1.066,67 €) es superior a la base mínima; la base calculada es la base de cotización de contingencias comunes. Base de cotización por contingencias comunes: 1.066,67 €. 2. Determinación de las bases de cotización por contingencias profesionales, Desempleo, Fogasa y Formación profesional. Se parte de los conceptos computables, sumándose la prorrata de las pagas extraordinarias y las horas extraordinarias de fuerza mayor. Remuneración computable: Salario base 700,00 Plus convenio 100,00 Horas complementarias 150,00 Prorrata pagas extras 116,67 Horas extras fuerza mayor 90,00 Total: 1.156,67 € Base de cotización por contingencias profesionales: 1.156,67 €. Esta base está comprendida entre la base mínima calculada y la base máxima establecida con carácter general.
3. Calcula la base de cotización de un trabajador del grupo 7 que tiene contratado indefinido a tiempo parcial. Su jornada es de dos horas diarias, todas las tardes, de lunes a viernes. La jornada de la empresa, según el convenio colectivo, es de 40 horas semanales de lunes a viernes. El salario que percibe el trabajador es: Salario base: 400 € Ha realizado 10 horas complementarias por las que ha percibido 100 €. También ha realizado horas extras de fuerza mayor por importe de 125 €. Tiene derecho a dos pagas extraordinarias de 400 euros cada una.
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Calcula la base de cotización del mes de octubre en el que ha trabajado 22 días y ha habido cuatro sábados y cuatro domingos. 1. Determinación de la base de contingencias comunes. Se computa la retribución de las horas ordinarias y la prorrata de las pagas extraordinarias.
– Remuneración computable: Salario base 400 Horas compl. 100 Total: 500 €
400 x 2 - Prorrata pagas extras: --------------------- = 66,67 € 12
Base de contingencias comunes: 500 + 66,67 = 566,67 € •
Comprobación de los límites de la base de cotización del grupo 5
El número total de horas a tener en cuanta en el cálculo de la base mínima es la suma de las horas ordinarias, las horas de descanso computables como trabajo y las horas complementarias. a) Horas ordinarias de trabajo al mes: 2 horas/día x 22 días trabajados = 44 horas/mes. b) Horas de descanso computables como trabajo: la jornada del trabajador es de 10 horas semanales (2 horas/día x 5 días). Esta jornada tiene que ser comparada con las 40 horas (jornada habitual de la empresa) aplicando la proporción siguiente: 40 horas -------------------- 100% 10 horas -------------------- x% 10 horas x 100 X= ---------------------------------- = 25% 40 horas La proporción calculada (25%) se aplica sobre la duración de la jornada diaria habitual en la empresa (8 horas) computable como trabajo, que corresponde por cada día de descanso semanal y a días festivos. 8 horas día x 0,25 = 2 horas por día de descanso. 2 horas/día x 8 días = 16; se consideran 16 horas de descanso en el mes. c) Horas complementarias: 10. Total horas trabajadas en el mes: 44 + 16 + 10 = 70 horas remunerables.
•
Cálculo de la base mínima
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La base de cotización correspondiente a 70 horas remunerables se multiplica por la base mínima de cotización por hora establecida para cada año. Base mínima: 70x 4,56 € = 319,20 € como la base calculada (566,67 €) es superior a la base mínima; la base calculada es la base de cotización de contingencias comunes. Base de cotización por contingencias comunes: 566,67 €. 2. Determinación de las bases de cotización por contingencias profesionales, Desempleo, Fogasa y Formación profesional. Se parte de los conceptos computables, sumándose la prorrata de las pagas extraordinarias y las horas extraordinarias de fuerza mayor. Remuneración computable: Salario base Horas complementarias Prorrata pagas extras Horas extras fuerza mayor Total:
400,00 100,00 66,67 125,00 691,70 €
Base de cotización por contingencias profesionales: 691,70 €. Esta base está comprendida entre la base mínima calculada y la base máxima establecida con carácter general.
4. Realiza la nómina de Manuela Jiménez Valero, trabajadora del grupo 7, que tiene un contrato indefinido y a tiempo parcial. Su jornada es de tres horas, lunes, miércoles y viernes. La jornada en la empresa es de ocho horas diarias de lunes a viernes. Realiza la nómina del mes de marzo sabiendo que percibió las retribuciones siguientes: Salario base: 500 €/mes. Horas complementarias (5 horas): 55 €. Horas extras de fuerza mayor: 125 €. Tiene derecho a dos pagas extraordinarias de 500 € cada una. Trabajó 12 días en el mes.
En el mes hubo cuatro sábados, cuatro domingos y una fiesta. Supongamos una retención a cuenta del IRPF del 2%. Cotización por AT y EP: 0,35 +0,65. 1. Determinación de la base de contingencias comunes. Se computa la retribución de las horas ordinarias y la prorrata de las pagas extraordinarias.
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– Remuneración computable: Salario base 00 Horas compl. 55 Total: 555 €
500 x 2 - Prorrata pagas extras: ----------------- = 83,33 € 12
Base de contingencias comunes: 555 + 83,33 = 638,33 € •
Comprobación de los límites de la base de cotización del grupo 5
El número total de horas a tener en cuanta en el cálculo de la base mínima es la suma de las horas ordinarias y las horas de descanso computables como trabajo: a) Horas ordinarias de trabajo al mes: 3 horas/día x 12 días trabajados = 36 horas/mes. b) Horas complementarias: 5. c) Horas de descanso computables como trabajo: la jornada del trabajador es de 9 horas semanales (3 horas/día x 3 días). Esta jornada tiene que ser comparada con las 40 horas (jornada habitual de la empresa) aplicando la proporción siguiente: 40 horas -------------------- 100% 9 horas -------------------- x% 9 horas x 100 X= ---------------------------------- = 22,50% 40 horas La proporción calculada (22,5%) se aplica sobre la duración de la jornada diaria habitual en la empresa (8 horas) computable como trabajo, que corresponde por cada día de descanso semanal y a días festivos. 8 horas día x 0,225 = 1,8 horas por día de descanso. 1,8 horas/día x 9 días = 16,20; 16 horas de descanso en el mes. Total horas trabajadas en el mes: 36 + 16 + 5 = 57 horas remunerables. La base de cotización correspondiente a 57 horas remunerables se multiplica por la base mínima de cotización por hora establecida para cada año. Base mínima: 57 x 4,56 € = 259,92 € como la base calculada (638,33 €) es superior a la base mínima, por lo cual la base calculada es la base de cotización de contingencias comunes. Base de cotización por contingencias comunes: 638,33 €. 2. Determinación de las bases de cotización por contingencias profesionales, Desempleo, Fogasa y Formación profesional.
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Se parte de los conceptos computables, sumándose la prorrata de las pagas extraordinarias y las horas extraordinarias de fuerza mayor. Remuneración computable: Base contización contingencias comunes 638,33 Horas extras fuerza mayor 125,00 Total: 763,33 € Base de cotización por contingencias profesionales: 763,33 €. Esta base está comprendida entre la base mínima calculada y la base máxima establecida con carácter general. Cotización por AT y EP: 0,65 + 0,55. La nómina del mes de marzo queda así (véase página siguiente):
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Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Jiménez Valero, Manuela. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Auxiliares administrativos. Grupo de cotización : 7.
Periodo de liquidación: del 1 de marzo al 31 de marzo de 201_.
Nº días: 12.
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base…….……………..................................... Complementos salariales: Horas complementarias............................ Horas extraordinarias de fuerza mayor........................ Gratificaciones extraordinarias…........................... Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos ………………………………… Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos.. Oras percepciones no salariales……………………………… A. TOTAL DEVENGADO........................
500,00 55,00 125,00
680,00
II. DEDUCCIONES 1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ..................... Desempleo........ ……………........ Formación profesional…..................... Horas extraordinarias...................... Horas extraordinarias de fuerza mayor...............
TOTAL APORTACIONES………………….
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas....... 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……….. 5. Otras deducciones ………………………………………. DEDUCIR ..........................................
4,70 1,60 0,10
30,00 12,21 0,76
2,00
2,50
2,00
45,47
13,60
59,07
LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B)..................... Firma y sello de la empresa
620,93
Madrid, a 31 de marzo de 201_ Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual…
555,00
Importe prorrata pagas extraordinarias……………………..
83,33 TOTAL… ……
638,33
23,60
150,65
AT y EP…(0,35+0,65)…
763,33
1,00
7,63
Desempleo……
763,33
6,70
51,14
Formación profesional…
763,33
0,60
4,58
Fogasa
763,33
0,20
1,53
4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor
125,00
12,00
15,00
5. Base sujeta a retención del IRPF…………
680,00
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
3. Cotización adicional horas extraordinarias…
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Test de repaso 1. No se incluye en el cálculo de la base de cotización a la S eguridad Social: a) El desgaste de útiles y herramientas. b) Las prendas de trabajo.
c) La indemnización por traslado.
2. ¿Se incluye en el cálculo de las bases de cotización el plus de desplazamiento? a) Sí, pero parcialmente. b)
Siempre por la totalidad.
c) Solo para contingencias profesionales.
3. En el cálculo de la base de contingencias profesionales se incluye: a) La retribución en especie. b) Las indemnizaciones por traslado. c) Las indemnizaciones por despido.
4. En el cálculo de la base de cotización por contingencias comunes no se incluye: a) El plus de peligrosidad. b) El quebranto de moneda.
Los gastos de estancia justificados.
c)
5. Cuando la retribución es diaria y para el cálculo de las bases de cotización, las pagas extraordinarias se prorratean entre: a) 12 meses.
b) 365 días. c) El número de pagas.
6. Cuando la retribución es diaria y para calcular las cotizaciones: a) La base de contingencias profesionales se considera mensual. b) La base de desempleo se calcula por días y se multiplica por los días del mes. c) La base de contingencias comunes se considera diaria.
7. No se exceptúan de gravamen y, por tanto, se practica retención a cuenta del IRPF sobre: a)
El plus quebranto de moneda.
b) Los gastos de desplazamiento justificados. c) Los gastos de manutención justificados.
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8. Si una paga extra se realiza en una nómina específica: a) No se calcula la cotización a la Seguridad Social. b) Se calcula la cotización a la Seguridad Social. c) No tributa al IRPF.
9. ¿Las indemnizaciones por despido tributan en el IRPF? a) No, nunca. b) Solo si sobrepasan los límites.
c) Solo la parte que sobrepasa los límites. 10. En el recibo de salarios no se practican deducciones por: a) Desempleo. b) Formación profesional. c)
Fogasa
.
11. La cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: a) Corresponde a la empresa. b) Es aportación del trabajador al Seguridad Social. c) No se anota en la nómina.
12. En los contratos a tiempo parcial no se pueden realizar: a) Horas extraordinarias. b) Horas extraordinarias de fuerza mayor. c) Horas complementarias.
13. Para calcular la base de cotización por contingencias comunes en los contratos a tiempo parcial: a) No se incluyen las horas ordinarias
b) Se incluyen las horas complementarias. c) Se incluyen las horas extras de fuerza mayor.
14. Para calcular los topes máximo y mínimo de las bases en los contratos a tiempo parcial: a) No se incluyen las horas complementarias. b) Se incluyen las horas extraordinarias.
c) Se consideran las horas de descanso computables como de trabajo. 15. El importe de las percepciones en especie se anota en los apartados de recibo de salarios:
a) Percepciones salariales y deducciones. b) Percepciones no salariales y otras deducciones. c) Indemnizaciones o suplidos y deducciones.
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16. El porcentaje de retención a cuenta del IRPF se aplica sobre: a) El total de las percepciones.
b) El total devengado menos las percepciones extrasalariales exentas. c) Las percepciones salariales y extrasalariales.
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Comprueba tu aprendizaje Nota general. Vamos a suponer que todos las nóminas son de trabajadores pertenecientes a la misma empresa. Se trata de una empresa cuya actividad es la industria química (Código CNE 20). Los tipos de cotización por Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales (AT y EP) son: IT: 1,60 + IMS: 1,40 = 3,00 %. Los tipos de cotización del personal que realiza trabajos exclusivos de oficina es: IT: 0,65 + IMS: 0,35 = 1,00 %.
Calcular y cumplimentar recibos de salarios. 1. Realiza el recibo de salarios correspondiente al mes de enero de Raúl Alba García, jefe administrativo (grupo 3), con Número de afiliación a la Seguridad Social 40/00414243/92, y NIF 1.234.678 H. Retribuciones según convenio: Salario base: 1.500 € Plus convenio_ 200 € Percibe anualmente dos pagas extraordinarias, cada una de un importe igual al salario base. El contrato es indefinido y a tiempo completo. La retención a cuenta del IRPF es del 14%.
1. Base de contingencias comunes. – Remuneración: Salario base 1.500 € Plus convenio 200 € Total: 1.700 €
1.500 x 2 - Prorrata pagas extras: _________ = 250 € 12
Base de contingencias comunes: 1.700 + 250 = 1.950 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo del grupo de cotización. 2. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa. Es igual que la de contingencias comunes puesto que no ha realizado horas extras. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa: 1.950 €.
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Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Alba García, Raúl NIF: 1234678 H Nº de afiliación a la Seguridad Social : 40/00414243/92 Grupo profesional : Jefes administrativos. Grupo de cotización : 3
Periodo de liquidación: del 1 de enero al 31 de enero de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……............................................................. Complementos salariales: Plus convenio............................................................... Horas extraordinarias………….......................................... Gratificaciones extraordinarias………….......................... Salario en especie…………...........………………………………….. 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos........................................... Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social ………. Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos…… Oras percepciones no salariales…………………………………………………….
1.500,00 200,00
A. TOTAL DEVENGADO.................................................. II. DEDUCCIONES
1.700,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ........1.950 €........ 4,70 91,65 Desempleo..............……………........ 1,55 30,23 Formación profesional…................. 0,10 1,95 Horas extraordinarias............................. Horas extraordinarias de fuerza mayor............
TOTAL APORTACIONES………….
123,83
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas 3. Anticipos……..........… 4. Valor de los productos recibidos en especie 5. Otras deducciones…….......... B. TOTAL A DEDUCIR ..................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) .............. Firma y sello Madrid, a 31 de enero de 201_ de la empresa Recibí
14,00
238,00
361,83
1.338,17
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual.. Importe prorrata pagas extraordinarias…
1.700,00 250,00
2. Contingencias profesionales y conceptos de r ecaudación conjunta…………
TOTAL…………….....
1.950,00
23,60
460,20
AT y EP….(0,35 +0,65)…
1.950,00
1,00
19,50
Desempleo……………….….
1.950,00
5,50
107,25
Formación profesional……...
1.950,00
0,60
11,70
Fondo de Garantía Salarial...
1.950,00
0,20
3,90
3. Cotización adicional horas extraordinarias…………………………….. 5. Base sujeta a retención del IRPF……………………………………….
1.700,00
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2. Confecciona el recibo de salarios correspondiente al mes de enero de Lorenzo Gama Gándara, Auxiliar administrativo, grupo 5, con número de afiliación a la Seguridad Social 39/00998877/26, y NIF 12654321C. Percibe mensualmente las siguientes retribuciones: Salario base: 1.100 €. Antigüedad: 3 % del salario base por trienio. Lleva trabajando en la empresa cuatro años. Conocimientos especiales (idiomas): 200 €. Percibe anualmente dos pagas extraordinarias, cada una del sueldo base más la antigüedad. La retención a cuenta del IRPF es del 10% y se trata de un contrato indefinido a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes. – Remuneración: Salario base Antigüedad Plus idiomas Total:
1.100 € 33 € 200 € 1.333 €
(1.100 + 33) x 2 - Prorrata pagas extras: ___________= 188,83 € 12
Base de contingencias comunes: 1.333 + 188,33 = 1.521,83 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo del grupo de cotización. 2. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa. Es igual que la de contingencias comunes puesto que nos e han realizado horas extras. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa: 1.521,83 €. Cotización AT y EP: 0,35 + 0,65.
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UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Gama Gándara, Lorenzo. NIF: 12654321C. Nº de afiliación a la Seguridad Social : 39/00998877/26 Grupo profesional : Auxiliar administrativo. Grupo de cotización : 5.
Periodo de liquidación: del 1 de enero al 31 de enero de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……........................................................................ Complementos salariales: Plus antigüedad... (1.100 x 0,03 x 1)......................................... Plus idiomas…………............................................................ Horas extraordinarias…………................................................... Gratificaciones extraordinarias…………………........................... Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos........................................ Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social …… Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos…. Oras percepciones no salariales……………………………
1.100,00 33,00 200,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
1.333,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... .................. Desempleo............. ……........ Formación profesional…........................ Horas extraordinarias................................. Horas extraordinarias de fuerza mayor.......................
4,70 1,55 0,10
71,53 23,59 1,52
TOTAL APORTACIONES………………………………………….
96,64
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas........ 10,00 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ................ Firma y sello Madrid, a 31 de enero . de 201_ de la empresa Recibí
133,30
229,94
1.103,06
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓ N EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual
1.333,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………..
188,83 TOTAL…………….....
2. Contingencias profesionales y conceptos de r ecaudación conjunta…………
1.521,83
23,60
359,15
AT y EP…(0,35 +0,65)…
1.521,83
1,00
15,22
Desempleo……………….….
1.521,83
5,50
83,70
Formación profesional……
1.521,83
0,60
9,13
Fogasa
1.521,83
0,20
3,04
3. Cotización adicional horas extraordinarias……… 5. Base sujeta a retención del IRPF……………………
1.333,00
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UNIDAD
3. Cumplimenta la nómina correspondiente al mes de enero de la ingeniera Loreto López Pérez, del grupo 1, Ingenieros y licenciados, con número de afiliación a la Seguridad Social 28/00765432/82, NIF 1.372.720 B. Percibió las siguientes retribuciones: Salario base: 2.500 € Antigüedad: 7 % del salario base por trienio. Lleva ocho años trabajando en la empresa. Plus de transporte: 60 € Percibe anualmente dos pagas extraordinarias, cada una de igual cuantía al sueldo base más la antigüedad. La retención a cuenta del IRPF es del 18% y tiene un contrato indefinido a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes. – Remuneración: Salario base 2.500 € Antigüedad 350 € Transporte 60 € Total: 2.910 €
(2.500 + 350) x 2 - Prorrata pagas extras: _____________ = 475 € 12
Base de contingencias comunes: 2.910 + 475 = 3.385 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo del grupo de cotización. 2. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa. Es igual que la de contingencias comunes puesto que no se han realizado horas extras. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa: 3.385 € Cotización por contingencias profesionales: 1,60 + 1,40 = 3,00 %
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UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: López Pérez, Loreto. NIF: 1372720B. Nº de afiliación a la S Seguridad eguridad Social : 28/00765432/82. 28/00765432/82. Grupo profesional : Ingenieros. Grupo de cotización : 1.
Periodo de liquidación: del 1 de enero al 31 de enero de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……................................................. Complementos salariales: Antigüedad… (2.500x (2.500x 0,07 x 2)................. 2)................. Horas extraordinarias…………................................................... extraordinarias…………................................................... Gratificaciones Gratificaciones extraordinarias…………………........................... extraordinarias…………………........................... Salario en especie…………………………………………... especie…………………………………………...........… ........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos: Plus transporte………………………………….............................. transporte………………………………….............................. Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… despidos … Oras percepciones no salariales……………………………… salariales ………………………………
2.500,00 350,00
60,00
A. TOTAL DEVENGADO......................................... DEVENGADO........................................... II. DEDUCCIONES
2.910,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes...... comunes ......3.385 3.385 €.................... Desempleo.................... Formación profesional…................... profesional…................... Horas extraordinarias......................... Horas extraordinarias de fuerza mayor..........
4,70 1,55 0,10
159,10 52,47 3,39
TOTAL APORTACIONES………………….
214,96
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas.......... 18,00 3. Anticipos……………………….…………..............................… Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos prod uctos recibidos en especie……………....... especie……………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) .................. Firma y sello Madrid, a 31 de enero. de 201_ de la empresa Recibí
523,80
738,76
2.171,24
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
2.910
Importe prorrata pagas extraordinarias………
475
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
TOTAL…………….....
3.385
23,60
798,86
AT y EP…(1,60 + 1,40)…
3.385
3,00
101,55
Desempleo……
3.385
5,50
186,18
Formación profesional…
3.385
0,60
20,31
Fogasa
3.385
0,20
6,77
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 5. Base sujeta a retención del IRPF………… IRPF…………
2.910
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4. Realiza el recibo de salarios correspondiente al mes de noviembre de Ana Sánchez Biota, ayudante titulada, grupo 2, número de afiliación a la Seguridad Social 49/00505050/60, NIF: 22.222.222 A. Tiene dos trienios de antigüedad y las siguientes percepciones: Salario base: 1.700 € Salario en especie (electricidad): 120 € Plus de desplazamiento: 50 €. Antigüedad: 5% del sueldo base por trienio. Percibe anualmente dos pagas extraordinarias, cada una de 1.000 €. La retención a cuenta del IRPF es del 15% y su contrato, indefinido a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes. – Remuneración: Salario base Antigüedad Salario en especie Desplazamiento Total:
1.700 € 170 € 120 € 50 € 2.040 €
1.000 x 2 - Prorrata pagas extras: ___________ = 166,67 € 2
Base de contingencias comunes: 2.040 + 166,67 = 2.206,67 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo del grupo de cotización. 2. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa. Es igual que la de contingencias comunes puesto que no se han realizado horas extras. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa: 2.206,67 €. €. Cotización AT y EP: 1,60 + 1,40.
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Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Sánchez Biota, Ana. NIF: 22.222.222 A. Nº de afiliación a la S Seguridad eguridad Social :49/00505050/60 Grupo profesional : Ayudantes titulados. Grupo de cotización : 2.
Periodo de liquidación: del 1 de noviembre al 30 de noviembre de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones Percepciones salariales Salario base……........................................................................ .. Complementos salariales: Plus antigüedad.....( antigüedad.....(1.700 1.700 x 0,05 x 2).................................... 2).................................... Horas extraordinarias…………................................................... extraordinarias…………................................................... Gratificaciones Gratificaciones extraordinarias………………….......... extraordinarias………………….......................... ................ Salario en especie……………………………………… especie…………………………………………...........… …...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos: Plus desplazamiento desplazamiento............................................................... ............................................................... Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… despidos … Oras percepciones no salariales………… salariales …………
1.700,00 170,00
120,00 50,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
2.040,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... comunes ... ............................. Desempleo........... ……........ Formación profesional…............ profesional…............ Horas extraordinarias....................... Horas extraordinarias de fuerza mayor................
4,70 1,55 0,10
TOTAL APORTACIONES…………………………………………. 2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas........ 3. Anticipos………………….....................… Anticipos………………….....................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……...... especie……...... 5. Otras deducciones………………...................... deducciones………………...................... B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) .................... Firma y sello de la empresa
103,71 34,20 2,21
140,12 15,00
306,00 120,00 566,12
1.473,88
Madrid, a 30 de noviembre de 201_ Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
2.040,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
166,67 TOTAL…………….....
2. Contingencias Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta………
2.206,67
23,60
520,77
AT y EP….(1,60 + 1,40)
2.206,67
3,00
66,20
Desempleo……
2.206,67
5,50
121,37
Formación profesional…
2.206,67
0,60
13,24
Fondo de Garantía Salarial
2.206,67
0,20
4,41
3. Cotización adicional horas extraordinarias… extraordinarias… 5. Base sujeta a retención del IRPF………… IRPF…………
2.040,00
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5. Confecciona el recibo de salarios correspondiente al mes de diciembre de José Báez Acosta, jefe de taller, grupo 3, número de afiliación a la Seguridad Social 50/00234567/94, y NIF 12234234 M. Las percepciones que le corresponden son: Salario base: 1.400 €. Antigüedad: 200 € por quinquenio. Lleva 17 años en la empresa. Plus de nocturnidad: 300 €. Anualmente percibe dos pagas extraordinarias por un importe igual al sueldo base más la antigüedad. Una de las pagas se percibe este mes y se incluye en esta nómina. La retención a cuenta del IRPF es del 15% y tiene un contrato indefinido a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes. – Remuneración: Salario base 1.400 € Antigüedad 600 € Nocturnidad 300 € Total: 2.300 €
(1.400+ 600) x 2 - Prorrata pagas extras: __________ = 333,33 € 12
Base de contingencias comunes: 2.300 + 333,33 = 2.633,33 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo del grupo de cotización. 2. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa. Es igual que la de contingencias comunes puesto que no se han realizado horas extras. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa: 2633,33 € Cotización AT y EP: 1,40 + 1,60.
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Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Báez Acosta, José NIF: 12234234 M. Nº de afiliación a la Seguridad Social : 50/00234567/94 Grupo profesional : Jefes de taller. Grupo de cotización : 3
Periodo de liquidación: del 1 de diciembre al 31 de diciembre de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base…….......................... Complementos salariales: Plus antigüedad......... (200 x 3).............................. Plus nocturnidad ……............................................................ Horas extraordinarias…………................................................... Gratificaciones extraordinarias…………………........................... Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos............................. Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales……………………..
1.400,00 600,00 300,00 2.000,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
4.300,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... Desempleo............……………........ Formación profesional…................................ Horas extraordinarias...................................... Horas extraordinarias de fuerza mayor.....................
4,70 1,55 0,10
TOTAL APORTACIONES…………………………………………. 2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas........... 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) .................. Firma y sello de la empresa
123,77 40,82 2,63
167,22 15,00
645,00
812,22
3.487,78
Madrid, a 31 de diciembre de 201_ Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
2.300,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
333,33
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
TOTAL…………….....
2.633,33
23,60
621,47
AT y EP…(1,40 + 1,60)…
2.633,33
3,00
79,00
Desempleo……
2.633,33
5,50
144,83
Formación profesional…
2.633,33
0,60
15,80
Fogasa…
2.633,33
0,20
5,27
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
4.300,00
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6. En relación con la actividad anterior, realiza una nómina independiente para documentar únicamente la paga extraordinaria. Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Báez Acosta, José NIF: 12234234 M. Nº de afiliación a la Seguridad Social : 50/00234567/94 Grupo profesional : Jefes de taller. Grupo de cotización : 3
Periodo de liquidación: del 1 de julio al 31 de diciembre de 201_.
Nº días: 180
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base…….......................................... Complementos salariales: Plus antigüedad ..................................... Plus nocturnidad ……............................................................ Horas extraordinarias…………................................................... Gratificaciones extraordinarias…………………........................... Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos............................. Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos Oras percepciones no salariales…
2.000,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
2.000,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ............. Desempleo.................……………........ Formación profesional…....................... Horas extraordinarias................................... Horas extraordinarias de fuerza mayor...............
TOTAL APORTACIONES………………………………. 2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas.......... 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR ......................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ............... Firma y sello de la empresa
15,00
300,00
300,00
1.700,00
Madrid, a 31 de diciembre de 201_ Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual Importe prorrata pagas extraordinarias TOTAL……………..... AT y EP…………… … 2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta
Desempleo…… FP… Fogasa…
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
2.000
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UNIDAD
7. Cumplimenta el recibo de salarios correspondiente al mes de abril de Jaime Núñez Romero, licenciado, grupo 1, con número de afiliación a la Seguridad Social 37/00009876/69, NIF 668668 N. Las retribuciones según el convenio colectivo son: Salario base: 2.000 €. Plus de asistencia: 400 €. Horas extras fuerza mayor: 170 €. Anualmente tiene derecho a percibir tres pagas extraordinarias, de 1.500 € cada una. La retención a cuenta del IRPF es del 17 % y tiene un contrato indefinido a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes. Las horas extraordinarias no se incluyen en el cálculo de esta base. – Remuneración: Salario base Asistencia Total:
2.000 € 400 € 2.400 €
1.500 x 3 - Prorrata pagas extras: ___________ = 375 € 12
Base de contingencias comunes: 2.400 + 375 = 2.775 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo del grupo de cotización. 2. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa. Se han de tener en cuenta las horas extraordinarias realizadas durante el mes, que se suman a la base de contingencias comunes calculada. Base contingencias comunes 2.775 € Horas extras fuerza mayor 170 € Total: 2.945 € Bases AT y EP, D, FP, Fogasa: 2.945 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo establecidos para AT y EP, D, FP, Fogasa.
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UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Núñez Romero, Jaime. NIF: 668668N. Nº de afiliación a la Seguridad Social : 37/00009876/69 Grupo profesional : Ingenieros. Grupo de cotización : 1
Periodo de liquidación: del 1 de abril al 30 de abril de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……........................................................... Complementos salariales: Plus asistencia.................................. Horas extraordinarias…………................................................... Gratificaciones extraordinarias…………………............... Salario en especie……………………………….....… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos........................................ Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales………………………………………………….
2.000,00 400,00 170,00
A. TOTAL DEVENGADO............................ II. DEDUCCIONES
2.570,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... .......................... Desempleo................................……………........ Formación profesional…............................ Horas extraordinarias............................ Horas extraordinarias de fuerza mayor............
4,70 1,55 0,10 2,00
TOTAL APORTACIONES…………………….
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas....... 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) .................... Firma y sello de la empresa
17,00
130,43 45,65 2,95 3,40
182,43
436,90
619,33
1.950,67
Madrid, a 30 de abril de 201_ Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
2.400,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
375,00 TOTAL…………….....
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
2.775,00
23,60
654,90
AT y EP….(1,60 + 1,40)…
2.945,00
3,00
88,35
Desempleo……
2.945,00
5,50
161,98
Formación profesional…
2.945,00
0,60
17,67
Fogasa
2.945,00
0,20
5,89
170,00
12,00
20,40
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
2.570,00
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UNIDAD
8. Confecciona el recibo de salarios correspondiente al mes de enero de Lucía Alvarado Segura, Auxiliar administrativa, grupo 7, con Número de afiliación a la Seguridad Social 18/00011111/56 y NIF 56.734.678 A. Percibe mensualmente las siguientes retribuciones: Salario base: 1.300 € Plus de vestuario : 160 € Horas extraordinarias: 180 € Horas extra de fuerza mayor: 300 € Percibe anualmente dos pagas extraordinarias, cada una de 1.000 €. Tiene además derecho a una paga de beneficios de 500 €. La retención a cuenta del IRPF es del 12% y tiene un contrato de duración determinada a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes. Las horas extraordinarias no se incluyen en el cálculo de esta base. – Remuneración: Salario base 1.300 € Plus de vestuario 160 € Total: 1.460 €
1.000 x 2 + 500 - Prorrata pagas extras: ___________ = 208,33 € 12
Base de contingencias comunes: 1.460 + 208,33 = 1.668,33 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo del grupo de cotización. 2. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa. Se han de tener en cuenta las horas extraordinarias realizadas durante el mes, que se suman a la base de contingencias comunes calculada. Base contingencias comunes 1.668,33 € Horas extras fuerza mayor 300,00 € Horas extraordinarias 180,00 € Total: 2.148,33 € Bases AT y EP, D, FP, Fogasa: 2.148,33 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo establecidos para AT y EP, D, FP, Fogasa.
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Solucionario libro
UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Alvarado Segura, Lucía. NIF: 56734678A. Nº de afiliación a la Seguridad Social : 18/00011111/56 Grupo profesional : Auxiliares administrativos. Grupo de cotización : 7.
Periodo de liquidación: del 1 de enero al 31 de enero de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base…….................................................. Complementos salariales: Plus antigüedad ..................... Plus nocturnidad ……............................................. Horas extraordinarias…(180 + 300)............................ Gratificaciones extraordinarias…………………........................... Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos.......................................... Plus de vestuario…………………………………………………….. Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales……………..
1.300,00
480,00
160,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
1.940,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... .......................... Desempleo.....................……………........ Formación profesional…............................... Horas extraordinarias....................... Horas extraordinarias de fuerza mayor............
4,70 1,60 0,10 4,70 2,00
TOTAL APORTACIONES………………………….
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas......... 3. Anticipos……………………….…………...................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) .............. Firma y sello de la empresa
12,00
78,41 34,37 2,15 8,46 6,00
129,39
232,80
362,19
1.577,81
Madrid, a 31 de enero de 201_ Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
1.460,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
208,33 TOTAL…………….....
1.668,33
23,60
393,73
AT y EP…(0,35 +0,65) …
2.148,33
1,00
21,48
Desempleo……
2.148,33
6,70
143,94
Formación profesional…
2.148,33
0,60
12,89
Fondo de Garantía Salarial
2.148,33
0,20
4,30
3. Cotización adicional horas extraordinarias…
180,00
23,60
42,48
4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor
300,00
12,00
36,00
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………
5. Base sujeta a retención del IRPF…………
1.940,00
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27-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
9. Realiza la nómina correspondiente al mes de octubre de Ana Jiménez Morales, ayudante titulado, grupo 2, con número de afiliación 50/0023456/77, y NIF 12234234 M. Salario base: 1.600 €. Retribución en especie: 160 €. Horas extraordinarias: 130 €. Horas extras fuerza mayor: 300 €. El día 22 de este mes, la empresa le realizó un anticipo a cuenta del sueldo de 600 €. Percibe anualmente dos pagas extraordinarias, cada una de un importe igual al sueldo base. La retención a cuenta del IRPF es del 15% y su, contrato, indefinido a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes. Las horas extraordinarias no se incluyen en el cálculo de esta base. – Remuneración: Salario base Salario en especie Total:
1.600 € 160 € 1.760 €
1.600 x 2 - Prorrata pagas extras: ___________ = 266,67 € 12
Base de contingencias comunes: 1.760 + 266,67 = 2.026,67 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo del grupo de cotización. 2. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa. Se han de tener en cuenta las horas extraordinarias realizadas durante el mes, que se suman a la base de contingencias comunes calculada. Base contingencias comunes 2.026,67 € Horas extras fuerza mayor 300,00 € Horas extraordinarias 130,00 € Total: 2.456,67 € Bases AT y EP, D, FP, Fogasa: 2.456,67 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo establecidos para AT y EP, D, FP, Fogasa.
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28-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Jiménez Morales, Ana. NIF: 12234234M. Nº de afiliación a la Seguridad Social : 50/0023456/77 Grupo profesional : Ayudantes titulados. Grupo de cotización : 2.
Periodo de liquidación: del 1 de octubre al 31 de octubre de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……................................................ Complementos salariales:………….(130 + 300)................... Horas extraordinarias…………................................................... Gratificaciones extraordinarias………………….......................... Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos.......................... Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales………………..
1.600,00 430,00 160,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
2.190,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ................. Desempleo............……………........ Formación profesional…...................... Horas extraordinarias.......................... Horas extraordinarias de fuerza mayor................
TOTAL APORTACIONES…………………………………………. 2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas......... 3. Anticipos…………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) .............. Firma y sello de la empresa
4,70 1,55 0,10 4,70 2,00 15,00
95,25 38,08 2,46 6,11 6,00
147,90
328,50 600,00 160,00 1.236,40
953,60
Madrid, a 31 de octubre de 201_ Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
1.760,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
266,67 TOTAL…………….....
2.026,67
23,60
478,29
AT y EP…(1,60 + 1,40) …
2.456,67
3,00
73,70
Desempleo……
2.456,67
5,50
135,12
Formación profesional…
2.456,67
0,60
14,74
Fondo de Garantía Salarial
2.456,67
0,20
4,91
3. Cotización adicional horas extraordinarias…
130,00
23,60
30,68
4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor
300,00
12,00
36,00
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
5. Base sujeta a retención del IRPF…………
2.190,00
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29-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
10. Cumplimenta el recibo de salarios correspondiente al mes de enero de Carlos Herrera Madrigal, número de afiliación a la Seguridad Social 49/00505050/60, NIF: 22.222.222 A, licenciado, grupo 1. Las retribuciones según el convenio colectivo son: Salario base: 2.000 €. Plus de dedicación: 120 €. Locomoción, este mes ha realizado 550 kilómetros para realizar su trabajo en diferentes localidades, que le han sido compensados a 0,19 €/kilómetro. Horas extras fuerza mayor: 270 € Horas extraordinarias: 150 €. Anualmente tiene derecho a percibir dos pagas extraordinarias, de 2.000 € cada una. También percibirá una paga de beneficios de 500 €. La retención a cuenta del IRPF es del 16 % y su contrato es de duración determinada a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes. Las horas extraordinarias no se incluyen en el cálculo de esta base. – Remuneración: Salario base Salario en especie Total:
2.000 € 120 € 2.120 €
2.000 x 2 + 500 - Prorrata pagas extras: _____________ = 375 € 12
Base de contingencias comunes: 2.120 + 375 = 2.495 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo del grupo de cotización. 2. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa. Se han de tener en cuenta las horas extraordinarias realizadas durante el mes, que se suman a la base de contingencias comunes calculada. Base contingencias comunes 2.495,00 € Horas extras fuerza mayor 270,00 € Horas extraordinarias 150,00 € Total: 2.915,00 € Bases AT y EP, D, FP, Fogasa: 2.915,00 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo establecidos para AT y EP, D, FP, Fogasa. Bases IRPF: 2.644,50 – 104,50 = 2.540,00 €
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30-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Herrera Madrigal, Carlos. NIF: 22222222A. Nº de afiliación a la Seguridad Social : 49/00505050/60 Grupo profesional : Licenciados. Grupo de cotización : 1.
Periodo de liquidación: del 1 de enero al 31 de enero de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……................................................... Complementos salariales: Plus dedicación………………………………………………… Horas extraordinarias……… (150 + 270)….............................. Gratificaciones extraordinarias…………………………………….. Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos..................... Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Locomoción..... (550 x 0,19)……....................... Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales….
2.000,00 120,00 420,00
104,50
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
2.644,50
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... .................... Desempleo.........................……………........ Formación profesional…......................... Horas extraordinarias......................................... Horas extraordinarias de fuerza mayor.................
TOTAL APORTACIONES…………………………………………. 2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas....... 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ................... Firma y sello de la empresa
4,70 1,60 0,10 4,70 2,00 16,00
117,27 46,64 2,92 7,05 5,40
179,28
406,40
585,68
2.058,82
Madrid, a 31 de enero de 201_ Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
2.120,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
375,00 TOTAL…………….....
2.495,00
23,60
588,82
AT y EP..(1,60 + 1,40)..
2.915,00
3,00
87,45
Desempleo……
2.915,00
6,70
195,31
Formación profesional…
2.915,00
0,60
17,49
Fondo de Garantía Salarial
2.915,00
0,20
5,83
3. Cotización adicional horas extraordinarias…
150,00
23,60
35,40
4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor
270,00
12,00
32,40
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
5. Base sujeta a retención del IRPF…………
2.540,00
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Solucionario libro
UNIDAD
11. Realiza la nómina de Manuel Fernández Bayón, ingeniero, grupo 1, que en el mes de mayo recibió las siguientes retribuciones: Salario base: 3.000 € Plus de dedicación: 900 € Salario en especie (alquiler de vivienda): 850 €. Horas extraordinarias: 350 € Horas extras fuerza mayor: 500 € Gastos de alojamiento justificados mediante factura 550 €. Locomoción: este mes ha realizado 1.500 kilómetros que le han sido retribuidas a 0,25 €/kilómetro. Percibe anualmente dos pagas extraordinarias, cada una de 1. 500 euros. La retención a cuenta del IRPF es del 22% y el contrato es de indefinido a tiempo completo.
Locomoción que cotiza: (1.500 x 0,19) – (1.500 x 0,19) = 90,00 €. 1. Base de contingencias comunes. Las horas extraordinarias no se incluyen en el cálculo de esta base. – Remuneración: Salario base Dedicación Locomoción Salario en especie Total:
3.000 € 900 € 90 € 850 € 4.840 €
1.500 x 2 - Prorrata pagas extras: ___________ = 250 € 12
Base de contingencias comunes calculada: 4.840 + 250 = 5.090,00 € Esta cantidad es superior al tope máximo del grupo de cotización, por tanto la base es el tope superior: Base de contingencias comunes = 3.606,00 € 2. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa. Se han de tener en cuenta las horas extraordinarias realizadas durante el mes, que se suman a la base de contingencias comunes calculada. Base contingencias comunes 5.090,00 € Horas extras fuerza mayor 500,00 € Horas extraordinarias 350,00 € Total: 5.940,00 € Esta cantidad es superior al tope máximo establecidos para AT y EP, D, FP, Fogasa, por tanto la base es el tope superior. - Bases AT y EP, D, FP, Fogasa: 3.606,00 € - Base sujeta a retención del IRPF: 6.525 – 375 + 90 – 550 = 5.690,00 €.
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32-1 |
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Solucionario libro
UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Fernández Bayón, Manuel. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Ingenieros. Grupo de cotización : 1.
Periodo de liquidación: del 1 de mayo al 31 de mayo de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……......................................................... Complementos salariales: Plus dedicación............................................... Horas extraordinarias…… (350 + 500)............................... Gratificaciones extraordinarias)…............................................ Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos............................................. Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Locomoción....(1.500 x 0,25)....................................... Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales… Gastos alojamiento......................................
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
3.000,00 900,00 850,00 850,00 375,00
550,00
6.525,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ........................... Desempleo....................................……………........ Formación profesional…........................... Horas extraordinarias................................ Horas extraordinarias de fuerza mayor....................
TOTAL APORTACIONES…………………………………………. 2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas........... 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie………….. 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ......................... Firma y sello de la empresa
4,70 1,55 0,10 4,70 2,00 22,00
169,48 55,89 3,61 16,45 10,00
255,43
1.251,80 850,00 2.357,23
4.167,77
Madrid, a 31 de mayo de 201_ Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
3.940,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
250,00 TOTAL…(por límite)....
3.606,00
23,60
851,02
AT y EP…(1,60 + 1,40)..
3.606,00
3,00
108,18
Desempleo……
3.606,00
5,50
198,33
Formación profesional…
3.606,00
0,60
21,64
Fondo de Garantía Salarial
3.606,00
0,20
7,21
3. Cotización adicional horas extraordinarias…
350,00
23,60
82,60
4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor
500,00
12,00
60,00
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
5. Base sujeta a retención del IRPF…………
5.690,00
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Solucionario libro
UNIDAD
12. Realiza el recibo de salarios del mes de febrero de Alba Pereda Medina, del grupo 7. Percibió las siguientes retribuciones: Sueldo base: 800 €. Plus de disponibilidad: 400 €. Horas extras de fuerza mayor: 350 €. Resto de horas extraordinarias: 150 €. Ha realizado 650 kilómetros con su propio automóvil para desplazarse a su trabajo; la empresa le ha pagado a razón de 0,19 € el kilómetro. Ha estado de viaje de trabajo por España tres días, pernoctando fuera de su casa, por lo que ha percibido 62 €/día. Anualmente percibe dos pagas extraordinarias, cada una de un importe igual al sueldo base. También recibe una paga de beneficios de 1.000 €. La retención a cuenta del IRPF es del 19 % y tiene un contrato indefinido a tiempo completo.
Locomoción: no cotiza tributa puesto que no supera 0,19 €/kilómetro. Alojamiento que cotiza y tributa: 62 – 53,34 = 8,66 x 3 días = 25,98 €. 1. Base de contingencias comunes. Las horas extraordinarias no se incluyen en el cálculo de esta base. – Remuneración: Salario base Disponibilidad Alojamiento Total:
800,00 € 400,00 € 25,98 € 1.225,98 €
800 x 2 + 1.000 - Prorrata pagas extras: ____________ = 216,67 € 12
Base de contingencias comunes: 1.225,98 + 216,67 = 1.442,65 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo del grupo de cotización. 2. Bases AT y EP, D, FP, Fogasa. Se han de tener en cuenta las horas extraordinarias realizadas durante el mes, que se suman a la base de contingencias comunes calculada. Base contingencias comunes 1.442,65 € Horas extras fuerza mayor 350,00 € Horas extraordinarias 150,00 € Total: 1.942,65 € Bases AT y EP, D, FP, Fogasa: 1.942,65 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo establecidos para AT y EP, D, FP, Fogasa Base sujeta a retención del IRPF: 2.009,50 – 123,50 – 186 + 25,98 = 1.725,98
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34-1 |
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Solucionario libro
UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Pereda Medina, Alba. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Auxiliares administrativos. Grupo de cotización : 7.
Periodo de liquidación: del 1 de febrero al 28 de febrero de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……..................................................... Complementos salariales: Plus disponibilidad ................................. Horas extraordinarias…… (350 + 150)........................... Gratificaciones extraordinarias)…............................. Salario en especie……………………….....… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos............... Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Locomoción.... (650 x 0,19)........................... Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales….. Gastos alojamiento....... (62 x 3)....................
800,00 400,00 500,00
123,50
186,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
2.009,50
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ........................... Desempleo...............................……………........ Formación profesional…..................... Horas extraordinarias................................ Horas extraordinarias de fuerza mayor.....................
4,70 1,55 0,10 4,70 2,00
TOTAL APORTACIONES………………………………………….
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas........ 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) .................. Firma y sello de la empresa
19,00
67,80 30,11 1,94 7,05 7,00
113,90
327,94
441,84
1.567,66
Madrid, a 28 de febrero de 201_ Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual……
1.225,98
Importe prorrata pagas extraordinarias…..
216,67 TOTAL……………….....
1.442,65
23,60
340,47
AT y EP…(0,35 +0,65) …
1.942,65
1,00
19,43
Desempleo……
1.942,65
5,50
106,85
Formación profesional…
1.942,65
0,60
11,66
Fondo de Garantía Salarial
1.942,65
0,20
3,89
3. Cotización adicional horas extraordinarias…
150,00
23,60
35,40
4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor
350,00
12,00
42,00
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
5. Base sujeta a retención del IRPF…………
1.725,98
© Mcgraw-Hill Education Operaciones administrativas de recursos humanos. Grado Medio
35-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
13. Realiza el recibo de salarios correspondiente al mes de mayo de Jesús Castellanos Ruiz, del grupo 3, jefe administrativo. Las retribuciones según el convenio colectivo son: Salario base: 1.300 €. Antigüedad: 10% por bienio. Lleva 9 años trabajando en la empresa. Estancia en España: 100 €/día y lo percibió por tres días. Locomoción, este mes ha realizado 500 kilómetros que le han sido compensados a 0,30 €/kilómetro. Horas extraordinarias de fuerza mayor: 370 € Productos en especie valorados en 120,00 €. Recibe dos pagas extraordinarias iguales al sueldo base cada una y, además, una paga de beneficios de 700 € que se cobra en la nómina de este mes. La retención a cuenta del IRPF 18 %. El contrato es indefinido a tiempo completo.
Antigüedad: 1.300 x 0,10 x 4 = 520 €. Locomoción: Cotiza y tributa lo que supera 0,19 €/kilómetro: (500 x 0,30) - (500 x 0 ,19) = 150 – 95 = 55 € Alojamiento que cotiza y tributa: 100 – 53,34 = 46,66 x 3 días = 139,98 €. 1. Base de contingencias comunes Las horas extraordinarias no se incluyen en el cálculo de esta base. – Remuneración: Salario base Antigüedad Salario en especie Locomoción Alojamiento Total:
1.300,00 € 520,00 € 120,00 € 55,00 € 139,98 € 2.134,98 €
1.300 x 2 + 700 - Prorrata pagas extras: __________ = 275,00 € 12
Base de contingencias comunes: 2.134,98 + 275 = 2.409,98 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo del grupo de cotización. 2.Bases AT y EP, D, FP, Fogasa. Se han de tener en cuenta las horas extraordinarias realizadas durante el mes, que se suman a la base de contingencias comunes calculada. Base contingencias comunes 2.409,98 € Horas extras fuerza mayor 370,00 € Total: 2.779,98 € Bases AT y EP, D, FP, Fogasa: 2.779,98 € Esta cantidad está comprendida dentro de los topes mínimo y máximo establecidos para AT y EP, D, FP, Fogasa Base sujeta a retención del IRPF: 1.300 + 520 + 370 + 700 + 120 - 150 - 300 + 55 + 139,98 = 3.204,98 €
© Mcgraw-Hill Education Operaciones administrativas de recursos humanos. Grado Medio
36-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Castellanos Ruiz, Jesús. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Jefes administrativos. Grupo de cotización : 3.
Periodo de liquidación: del 1 de mayo al 31 de mayo de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……...................................................... Complementos salariales: Antigüedad…........................................................................ Horas extraordinarias…… ………......................................... Gratificaciones extraordinarias.…............................................ Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos...................... Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social Locomoción.... (500 x 0,30)..................... Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos Oras percepciones no salariales Gastos alojamiento....... (100 x 3).....................
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
1.300,00 520,00 370,00 700,00 120,00 150,00 300,00
3.460,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ................. Desempleo..............................................……………........ Formación profesional…............................... Horas extraordinarias......................................... Horas extraordinarias de fuerza mayor....................
TOTAL APORTACIONES………………………………………….
4,70 1,55 0,10 2,00
2. Impuesto sobre la renta de las personas 18,00 físicas.................... 3. Anticipos………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) .............. Firma y sello Madrid, a 31 de mayo de 201_ de la empresa Recibí
113,27 43,09 2,78 7,40
166,54
576,90 120,00 863,44
2.596,56
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
2.134,98
Importe prorrata pagas extraordinarias………
275,00 TOTAL……………….....
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
2.409,98
23,60
568,76
AT y EP…(0,35 +0,65)…
2.779,98
1,00
27,80
Desempleo……
2.779,98
5,50
152,90
Formación profesional…
2.779,98
0,60
16,68
Fondo de Garantía Salarial
2.779,98
0,20
5,56
370,00
12,00
44,40
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
3.204,98
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37-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
14. Realiza el recibo de salarios correspondiente al mes abril de David Portillo Reyes, oficial de primera (grupo 8). Las retribuciones mensuales según convenio son: Salario base: 35 euros/día. Productos en especie: 1 €/día. Anualmente percibe dos pagas extraordinarias de un importe igual a 30 días del salario base cada una. La retención a cuenta del IRPF es del 8% y el contrato es de duración determinada.
1. Base de contingencias comunes diaria. Se calcula con las retribuciones diarias. – Remuneración: Salario base En especie Total:
35 1 36 €
2 x 30 x 35 - Prorrata pagas extras: ___________ = 5,75 € 365
Base de contingencias comunes diaria: 36 + 5,75 = 41,75 € La cantidad obtenida está comprendida dentro de los límites del grupo 9. Para calcular la base mensual se multiplica la base diaria por los días del mes. Base de contingencias comunes mensual: 41,75 x 30 = 1.252,50 € 2. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa. Es la misma que al de contingencias comunes puesto que no hay horas extras. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa: 1.252,50 €. Esta cantidad está comprendida dentro de los límites mínimos y máximos establecidos para AT y EP, y D, FP, Fogasa.
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38-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Portillo Reyes, David. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Oficiales de primera. Grupo de cotización : 8.
Periodo de liquidación: del 1 de abril al 30 de abril de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……..... (35 x 30)....................... Complementos salariales: Horas extraordinarias……………………...................................... Gratificaciones extraordinarias)….................................. Salario en especie……… (1 x 30)………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos............................ Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales………….
1.050,00
30,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
1.080,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... .................. Desempleo....................……………........ Formación profesional…........................ Horas extraordinarias.................................... Horas extraordinarias de fuerza mayor...................
4,70 1,60 0,10
58,87 20,04 1,25
TOTAL APORTACIONES………………………………………….
80,16
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas........ 8,00 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ............... Firma y sello Madrid, a 30 de abril de 201_ de la empresa Recibí
86,40 30,00 196,56
833,44
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
1.080,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
172,50 TOTAL…………………...
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
1.252,50
23,60
295,59
AT y EP... (1,60 + 1,40)…
1.252,50
3,00
37,58
Desempleo……
1.252,50
6,70
83,92
Formación profesional…
1.252,50
0,60
7,52
Fondo de Garantía Salarial
1.252,50
0,20
2,51
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
1.080,00
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39-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
15. Confecciona el recibo de salarios del mes de febrero de Marta Muro Fernández, especialista del grupo 9. Las retribuciones del mes fueron: Salario base: 33 euros/día. Actividad: 6 euros/día. Anualmente tiene derecho a percibir dos pagas extraordinarias equivalentes a treinta días del sueldo. La retención a cuenta del IRPF es del 6% y tiene un contrato de duración determinada.
1. Base de contingencias comunes diaria. Se calcula con las retribuciones diarias. – Remuneración: Salario base 33 En especie 6 Total: 39 €
2 x 30 x 33 Prorrata pagas extras: ___________ = 5,42 € 365
Base de contingencias comunes diaria: 39 + 5,42 = 44,42 € La cantidad obtenida está comprendida dentro de los límites del grupo 9. Para calcular la base mensual se multiplica la base diaria por los días del mes. Base de contingencias comunes mensual: 44,42 x 28 = 1.243,76 € 2. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa. Es la misma que al de contingencias comunes puesto que no hay horas extras. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa: 1.243,76 €. Esta cantidad está comprendida dentro de los límites mínimos y máximos establecidos para AT y EP, y D, FP, Fogasa.
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40-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Muro Fernández, Marta. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Especialistas. Grupo de cotización : 9.
Periodo de liquidación: del 1 de febrero al 28 de febrero de 201_.
Nº días: 28
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……. (33 x 28)........................... Complementos salariales: Plus actividad .... (6 x 28).......................... Horas extraordinarias…………………......................................... Gratificaciones extraordinarias)…............................................ Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos............................. Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales…
924,00 168,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
1.092,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ................... Desempleo..................……………........ Formación profesional…................... Horas extraordinarias................................ Horas extraordinarias de fuerza mayor................
4,70 1,60 0,10
TOTAL APORTACIONES…………………………………………. 2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas..... 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ............... Firma y sello de la empresa
58,46 19,90 1,24
79,60 6,00
65,52
145,12
946,88
Madrid, a 28 de febrero de 201_ Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
1.092,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
151,76 TOTAL… …………….....
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
1.243,76
23,60
293,53
AT y EP…(1,60 + 1,40)…
1.243,76
3,00
37,31
Desempleo……
1.243,76
6,70
83,33
Formación profesional…
1.243,76
0,60
7,46
Fondo de Garantía Salarial
1.243,76
0,20
2,49
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
1.092,00
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41-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
16. Realiza el recibo de salarios correspondiente al mes abril de Luis Bezanilla Ramírez, oficial de primera (grupo 8). Las retribuciones mensuales según convenio son: Salario base: 35 €/día. Plus convenio: 3 €/día. Transporte: 3 € /día. Incentivo: 5 €/día. Anualmente percibe dos pagas extraordinarias, cada una de un importe igual a 30 días del salario base. La retención a cuenta del IRPF es del 8% y tiene un contrato indefinido a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes diaria. Se calcula con las retribuciones diarias. – Remuneración: Salario base Plus convenio Transporte Incentivo Total:
35 3 3 5 46 €
2 x 30 x 35 Prorrata pagas extras: ____________ = 5,75 € 365
Base de contingencias comunes diaria: 46 + 5,75 = 51,75 € La cantidad obtenida está comprendida dentro de los límites del grupo 8. Para calcular la base mensual se multiplica la base diaria por los días del mes. Base de contingencias comunes mensual: 51,75 x 30 = 1.552,50 € 2. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa. Es la misma que al de contingencias comunes puesto que no hay horas extras. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa: 1.552,50 €. Esta cantidad está comprendida dentro de los límites mínimos y máximos establecidos para AT y EP, y D, FP, Fogasa.
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42-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Bezanilla Ramírez, Luís. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Oficiales de primera. Grupo de cotización : 8.
Periodo de liquidación: del 1 de abril al 30 de abril de 201_.
Nº días: 30
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……. (35x 30).......................... Complementos salariales: Plus convenio......... (3 x 30).......................... Incentivo……… (5 x 30)........................................... Horas extraordinarias…………………................................. Gratificaciones extraordinarias)….................................. Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos.......................... Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales… Trasporte………….. (3 x 30)...................
1.050,00 90,00 150,00
90,00
A. TOTAL DEVENGADO.................................. II. DEDUCCIONES
1.380,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ........................... Desempleo................................……………........ Formación profesional….................................. Horas extraordinarias.......................................... Horas extraordinarias de fuerza mayor.......................
4,70 1,55 0,10
72,97 24,06 1,55
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas......... 8,00 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ....................... Firma y sello Madrid, a 30 de abril de 201_ de la empresa Recibí
110,40
TOTAL APORTACIONES………………………………………….
98,58
208,98
1.171,02
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
1.380,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
172,50 TOTAL… …………......
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
1.552,50
23,60
366,39
AT y EP….(1,60 + 1,40)..
1.552,50
3,00
46,58
Desempleo……
1.552,50
5,50
85,39
Formación profesional…
1.552,50
0,60
9,32
Fondo de Garantía Salarial
1.552,50
0,20
3,11
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
1.380
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43-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
17. Confecciona el recibo de salarios del mes de febrero de María Hernández Calvo, especialista del grupo 9. Las retribuciones del mes de febrero son: Salario base: 32 €/día. Antigüedad: 10 %, del salario base, por trienio. Tiene tres trienios. Actividad: 5 euros/día. Adquisición de prendas de trabajo: 2 €/día. Anualmente tiene derecho a percibir tres pagas extraordinarias, equivalentes cada una a 50 días del sueldo base más la antigüedad. La retención a cuenta del IRPF es del 6% y el contrato es indefinido a tiempo completo.
Antigüedad diaria: 32 x 0,10 x 3 = 9,60 €. 1. Base de contingencias comunes diaria. Se calcula con las retribuciones diarias. – Remuneración: Salario base 32,00 Antigüedad 9,60 Actividad 5,00 Prendasde trabajo 2,00 Total: 48,60 €
3 x 50 x (32 + 9,6) Prorrata pagas extras: ____________ = 17,10 € 365
Base de contingencias comunes diaria: 48,60 + 17,10 = 65,70 € La cantidad obtenida está comprendida dentro de los límites del grupo 9. Para calcular la base mensual se multiplica la base diaria por los días del mes. Base de contingencias comunes mensual: 65,70 x 28 = 1.839,60 € 2. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa. Es la misma que al de contingencias comunes puesto que no hay horas extras. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa: 1.839,60 €. Esta cantidad está comprendida dentro de los límites mínimos y máximos establecidos para AT y EP, y D, FP, Fogasa.
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44-1 |
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Solucionario libro
UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Hernández Calvo, María. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Especialistas. Grupo de cotización : 9.
Periodo de liquidación: del 1 de febrero al 28 de febrero de 201_.
Nº días: 28
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……. (32 x 28)..................... Complementos salariales: Antigüedad…....... (32 x 28 x 3 x 0,10)...................... Plus actividad ......... (5 x 28)......................... Horas extraordinarias…………………............................... Gratificaciones extraordinarias)…............................................ Salario en especie……………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos......................... Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales…………. Prendas de trabajo.... (2 x 28)...........................
A. TOTAL DEVENGADO............................... II. DEDUCCIONES
896,00 268,80 140,00
56
1.360,80
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ........................ Desempleo...................................……………........ Formación profesional…................................. Horas extraordinarias........................................ Horas extraordinarias de fuerza mayor...............
4,70 1,55 0,10
TOTAL APORTACIONES………………………………………….
86,46 25,51 1,84
113,81
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas........ 6,00 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ..................... Firma y sello Madrid, a 28 de febrero de 201_ de la empresa Recibí
81,65
195,46
1.165,34
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe rem. mensual……
1.360,80
Importe prorrata pagas ex..
478,80 TOTAL… …………......
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
1.839,60
23,60
434,15
AT y EP…(1,60 + 1,40)..
1.839,60
3,00
55,19
Desempleo……
1.839,60
5,50
101,18
Formación profesional…
1.839,60
0,60
11,04
Fondo de Garantía Salarial
1.839,60
0,20
3,68
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
1.360,80
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9
Solucionario libro
UNIDAD
18. Cumplimenta el recibo de salarios del mes de julio de Rodrigo Ramos Portillo, oficial de tercera (grupo 9). Las retribuciones establecidas según contrato son: Salario base: 32 €/día. Dedicación: 5 €/día. Desplazamiento: 1,5 €/día. Retribución en especie: 1 €/día. Horas extras de fuerza mayor: 200 €/mes. Horas extraordinarias: 100 €/mes. Anualmente tiene derecho a percibir tres pagas extras, cada una de 50 días del sueldo base. La retención a cuenta del IRPF es del 6% y su contrato es de duración determinada a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes diaria. Se calcula con las retribuciones diarias. – Remuneración: Salario base Dedicación Despolazamisnto En especie Total:
32,00 5,00 1,50 1,00 39,50
3 x 50 x 32 - Prorrata pagas extras: ________ = 13,15 € 365
Base de contingencias comunes diaria: 39,50 + 13,15 = 52,65 €. La cantidad obtenida está comprendida dentro de los límites del grupo 10. Para calcular la base mensual se multiplica la base diaria por los días del mes. Base de contingencias comunes mensual: 52,65 x 31= 1.632,15 €. 2. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa. Se han de tener en cuenta las horas extraordinarias realizadas. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa: 1.632,15 + 100 + 200 = 1.932,15 €. Esta cantidad está comprendida dentro de los límites mínimos y máximos establecidos para AT y EP, y D, FP, Fogasa.
© Mcgraw-Hill Education Operaciones administrativas de recursos humanos. Grado Medio
46-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Ramos Portillo, Rodrigo. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Oficiales de tercera. Grupo de cotización : 9.
Periodo de liquidación: del 1 de julio al 31 de julio de 201_.
Nº días: 31
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……. (32 x 31)....................... Complementos salariales: Plus dedicación........ (5 x 31)........... Horas extraordinarias……… (200 + 100)......................... Gratificaciones extraordinarias…......................... Salario en especie………… (1 x 31)……..………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos…………. Desplazamiento…… (1,5 x 31)……........................ Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social… Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales……
992,00 155,00 300,00 31,00 46,50
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
1.524,50
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... .................. Desempleo.....................……………........ Formación profesional….......................... Horas extraordinarias.............................. Horas extraordinarias de fuerza mayor..............
TOTAL APORTACIONES…………………………………………. 2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas..... 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ............... Firma y sello de la empresa
4,70 1,60 0,10 4,70 2,00 6,00
76,71 30,91 1,93 4,70 4,00
118,25
91,47 31,00 240,72
1.283,78
Madrid, a 31 de julio de 201_ Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
1.224,50
Importe prorrata pagas extraordinarias………
407,65 TOTAL… …………......
1.632,15
23,60
385,19
AT y EP…(1,60 + 1,40)…
1.932,15
3,00
57,96
Desempleo……
1.932,15
6,70
129,45
Formación profesional…
1.932,15
0,60
11,59
Fondo de Garantía Salarial
1.932,15
0,20
3,86
3. Cotización adicional horas extraordinarias…
100,00
23,60
23,60
4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor
200,00
12,00
24,00
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
5. Base sujeta a retención del IRPF…………
1.524,50
© Mcgraw-Hill Education Operaciones administrativas de recursos humanos. Grado Medio
47-1 |
9
Solucionario libro
UNIDAD
19. Realiza el recibo de salarios del mes de enero de María Corrales Martín, oficial de tercera (grupo 9). Percibe las siguientes retribuciones: Salario base: 29 €/día. Plus de puntualidad: 2 €/día. Plus de desplazamiento: 4 €/día. Horas extras de fuerza mayor: 400 €/mes. Gastos de locomoción justificados mediante factura: 300 €. La empresa le realizó un anticipo de 500 €, que le son descontados en esta nómina. Anualmente tiene derecho a dos pagas extraordinarias al año, equivalentes cada una a 30 días de salario base. La retención a cuenta del IRPF es del 9 % y el contrato, indefinido a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes diaria. Se calcula con las retribuciones diarias. – Remuneración: Salario base Puntualidad Desplazamiento Total:
29,00 2,00 4,00 35,00 €
2 x 30 x 29 - Prorrata pagas extras: _________ = 4,77 € 365
Base de contingencias comunes diaria: 35,00 + 4,77 = 39,77 €. La cantidad obtenida está comprendida dentro de los límites del grupo 9. Para calcular la base mensual se multiplica la base diaria por los días del mes. Base de contingencias comunes mensual: 39,77 x 31= 1.232,87 €. 2. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa. Se han de tener en cuenta las horas extraordinarias realizadas. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa: 1.232,87 + 400 = 1.632,87 €. Esta cantidad está comprendida dentro de los límites mínimos y máximos establecidos para AT y EP, y D, FP, Fogasa. Base IRPF: 1.785 – 300 (por estar justificados) = 1.485.
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UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Corrales Martín, María. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Oficial de tercera. Grupo de cotización : 9.
Periodo de liquidación: del 1 de enero de 31 de enero de 201_.
Nº días: 31.
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……. (31 x 29).......................... Complementos salariales: Plus puntualidad ......... (2 x 31)................... Horas extraordinarias…………………......................................... Gratificaciones extraordinarias…............................................ Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos Locomoción ………………........................................................ Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales… Plus desplazamiento...... (4 x 31)..............
899,00 62,00 400,00
300,00 124,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
1.785,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta: % Contingencias comunes... ...................... Desempleo..............................……………........ Formación profesional….......................................... Horas extraordinarias.................................. Horas extraordinarias de fuerza mayor.....................
TOTAL APORTACIONES………………………………………….
4,70 1,55 0,10 2,00
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas...... 9,00 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ................ Firma y sello Madrid, a 31 de enero de 201_ de la empresa Recibí
57,94 25,31 1,63 8,00
92,88
133,65 500,00
726,53
1.058,47
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
1.085,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
147,87 TOTAL… …………......
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
1.232,87
23,60
290,96
AT y EP…(1,60 + 1,40)
1.632,87
3,00
48,99
Desempleo……
1.632,87
5,50
98,81
Formación profesional…
1.632,87
0,60
9,80
Fondo de Garantía Salarial
1.632,87
0,20
3,27
400,00
12,00
48,00
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
1.485,00
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UNIDAD
20. Confecciona la nómina del mes de junio de Mario Puerto Marín, oficial de tercera (grupo 9), que percibió las siguientes retribuciones: Sueldo base: 28 €/día. Incentivo: 5 €/día. Plus de asistencia: 3 €/día. Tiques restaurante: 8 €/día. Horas extraordinarias: 90 €/mes. Horas extras de fuerza mayor: 140 €/mes. Tiene derecho a dos pagas extraordinarias de 500 € cada una. Este mes recibió una de las pagas y se incluye en esta nómina. La retención a cuenta del IRPF es del 5% y tiene un contrato de duración determinada.
Nota: desde el 22 de diciembre de 2013 los ticket de restaurante cotizan a la Seguridad Social. Pero, pero no se aplicará retención de IRPF sobre el importe que no supere los 9 euros diarios. Para que haya exención de tributación en el IRPF del importe del ticket restaurante que no supere los 9 euros, además, estos deben corresponder únicamente a días hábiles para el empleado y no perciba dietas exceptuadas de gravamen en ninguno de esos días. Por tanto, tickes restaurante: 8 euros x 20 días: 160 euros. 1. Base de contingencias comunes diaria. Se calcula con las retribuciones diarias. – Remuneración: Salario base Incentivo Asistencia Tiques rest. Total:
28,00 5,00 3,00 8,00 44,00 €
500 x 2 - Prorrata pagas extras: _________ = 2,74 € 365
Base de contingencias comunes diaria: 44,00 + 2,74 = 46,74 €. La cantidad obtenida está comprendida dentro de los límites del grupo 10. Para calcular la base mensual se multiplica la base diaria por los días del mes. Base de contingencias comunes mensual: 46,74 x 30 = 1.402,20 €. 2. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa. Se han de tener en cuenta las horas extraordinarias realizadas. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa: 1.402,30 + 90 + 140 = 1.632,20 €. Esta cantidad está comprendida dentro de los límites mínimos y máximos establecidos para AT y EP, y D, FP, Fogasa. Base IRPF: 1.970 – 160 = 1.810 €.
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UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Puerto Marín, Mario. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Oficiales de tercera. Grupo de cotización : 9.
Periodo de liquidación: del 1 de junio al 30 de junio de 201_.
Nº días: 30.
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……. (28 x 30)............................ Complementos salariales: Plus asistencia......... (3 x 30)....................... Incentivo…………… (5 x 30)...................................................... Horas extraordinarias……… (90 + 140)..................................... Gratificaciones extraordinarias…............................................ Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos................................. Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales…. Tiques restaurante....... (8 x 20)...................
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
840,00 90,00 150,00 230,00 500,00
160,00
1.970,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... .................... Desempleo.................……………........ Formación profesional…........................... Horas extraordinarias............................... Horas extraordinarias de fuerza mayor................
4,70 1,60 0,10 4,70 2,00
TOTAL APORTACIONES……………………….
65,90 26,12 1,63 4,23 2,80
100,68
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas...... 5,00 3. Anticipos…………………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR ........................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ................... Firma y sello Madrid, a 30 de junio de 201_ de la empresa Recibí
90,50160,00
351,18
1.618,82
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
1.320,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
82,20 TOTAL… …………......
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
1.402,20
23,60
330,92
AT y EP…(1,60 + 1,40)..
1.632,20
3,00
48,97
Desempleo……
1.632,20
6,70
109,36
Formación profesional…
1.632,20
0,60
9,79
Fogasa
1.632,20
0,20
3,26
90,00
23,60
21,24
140,00
12,00
16,80
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
2.050,00
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21. Confecciona el recibo de salarios de la actividad anterior, pero ten en cuenta que la paga se cobra en un recibo de salarios independiente de la nómina del mes. Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Puerto Marín, Mario. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Oficial de tercera. Grupo de cotización : 9.
Periodo de liquidación: del 1 de enero al 30 de junio de 201_.
Nº días: 180.
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base…………........................................................ Complementos salariales: Horas extraordinarias……… ……………...................................... Gratificaciones extraordinarias…............................................ Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos.......................... Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales…
500,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
500,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ........................... Desempleo.................................……………........ Formación profesional…............................ Horas extraordinarias................................... Horas extraordinarias de fuerza mayor.......................
TOTAL APORTACIONES…………………………………………. 2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas....... 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR ............................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) .................. Firma y sello de la empresa
Recibí
5,00
25,00
25,00
475,00
Madrid, a 30 de junio de 201_
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual……………… Importe prorrata pagas extraordinarias……… TOTAL… …………...... AT y EP………………… 2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
Desempleo…… Formación profesional… Fondo de Garantía Salarial
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
500,00
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22. Realiza el recibo de salarios del mes de febrero de Andrés Monte Pinar, oficial de tercera, que recibió llas siguientes retribuciones: Sueldo base: 24 €/día. Plus de nocturnidad: 10 €/día. Incentivos: 5 €/día. Prendas de trabajo: 2 €/día. Locomoción: 200 Km., a 0,19 €/Km. Anualmente recibe dos pagas extraordinarias, cada una de 30 días del sueldo base. La retención a cuenta del IRPF es del 10% y el contrato, indefinido a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes diaria. Se calcula con las retribuciones diarias. – Remuneración: Salario base Incentivo Nocturnidad Prendas de trabajo Total:
24,00 5,00 10,00 2,00 41,00 €
24 x 30 x 2 - Prorrata pagas extras: __________ = 3,95 € 365
Base de contingencias comunes diaria: 41,00 + 3,95 = 44,95 €. La cantidad obtenida está comprendida dentro de los límites del grupo 9. Para calcular la base mensual se multiplica la base diaria por los días del mes. Base de contingencias comunes mensual: 44,95 x 28 = 1.258,60 €. 2. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa. Es la msima que la de contingencias comunes. Puesto que no se han realizado horas extraordinarias. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa: 1.258,60 €. Esta cantidad está comprendida dentro de los límites mínimos y máximos establecidos para AT y EP, y D, FP, Fogasa. Base sujeta al IRPF: 1.186 – 38 = 1.148
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UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Monte Pinar, Andrés. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Oficiales de tercera. Grupo de cotización : 9.
Periodo de liquidación: del 1 de febrero al 28 de febrero de 201_.
Nº días: 28.
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……. (28 x 24)................. Complementos salariales: Plus nocturnidad ....... (28 x 10)....................... Incentivo…………… (28 x 5)..................................... Horas extraordinarias……… ……………………................................. Gratificaciones extraordinarias…............................................ Salario en especie…………………......… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos Locomoción...(200 x 0,19)………….............................................. Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales…. Prendas de trabajo…… (2 x 28)...................................
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
672,00 280,00 140,00
38,00
56,00
1.186,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... .................. Desempleo..................................……………........ Formación profesional…............................. Horas extraordinarias...................................... Horas extraordinarias de fuerza mayor....................
4,70 1,55 0,10
TOTAL APORTACIONES………………………………………….
59,15 19,51 1,26
79,92
2. Impuesto sobre la renta de las personas 10,00 físicas.................... 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ............... Firma y sello Madrid, a 28 de febrero de 201_ de la empresa Recibí
114,80
194,72
991,28
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe rem. mensual……
1.148,00
Importe prorrata pagas ex.
110,60 TOTAL… …………......
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
1.258,60
23,60
297,03
AT y EP…(1,60 + 1,40)…
1.258,60
3,00
37,76
Desempleo……
1.258,60
5,50
69,22
Formación profesional…
1.258,60
0,60
7,55
Fondo de Garantía Salarial
1.258,60
0,20
2,52
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
1.148,00
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23. Cumplimenta el recibo de salarios del mes de enero de Manuel Orellana Castro, oficial de tercera (grupo 9). Percibe las siguientes retribuciones: Salario base: 30 €/día Plus de asistencia: 3 €/día Plus de transporte: 4 €/día Horas extras fuerza mayor: 90 €/mes. La empresa le descuento 500 € de un anticipo que le había realizado el mes anterior. Anualmente tiene derecho a dos pagas extraordinarias al año, equivalentes, cada una, a 40 días de salario base. La retención a cuenta del IRPF es del 9 % y su contrato, indefinido a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes diaria. Se calcula con las retribuciones diarias. – Remuneración: Salario base Asistencia Transporte Total:
30,00 3,00 4,00 37,00
30 x 40 x 2 - Prorrata pagas extras: __________ = 6,58 € 365
Base de contingencias comunes diaria: 37,00 + 6,58 = 43,58 €. La cantidad obtenida está comprendida dentro de los límites del grupo 10. Para calcular la base mensual se multiplica la base diaria por los días del mes. Base de contingencias comunes mensual: 43,58 x 31 = 1.350,98 €. 2. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa. Se suman las hots extras a la base de de contingencias comunes. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa: 1.350,98 + 90 = 1.440,98 €. Esta cantidad está comprendida dentro de los límites mínimos y máximos establecidos para AT y EP, y D, FP, Fogasa.
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UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Orellana Castro, Manuel. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Oficiales de tercera. Grupo de cotización : 9.
Periodo de liquidación: del 1 de enero al 31 de enero de 201_.
Nº días: 31.
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……. (30 x 31)................. Complementos salariales: Plus asistencia....... (3 x 31)......................... Horas extraordinarias……… ……………………................................. Gratificaciones extraordinarias…............................................ Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos Transporte... (4 x 31)………….............................................. Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales…
930,00 93,00 90,00
124,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
1.237,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ......... Desempleo ……………………….. Formación profesional…................ Horas extraordinarias.................. Horas extraordinarias de fuerza mayor.............
4,70 1,55 0,10
TOTAL APORTACIONES………………………………………….
63,50 22,34 1,44
2,00
1,80
89,08
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas.... 9,00 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B)....................... Firma y sello Madrid, a 31 de enero de 201_ de la empresa Recibí
111,33 500,00 700,41
536,59
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
1.147,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
203,98 TOTAL… …………......
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
1.350,98
23,60
318,83
AT y EP…(1,60 + 1,40)…
1.440,98
3,00
43,23
Desempleo……
1.440,98
5,50
79,25
Formación profesional…
1.440,98
0,60
8,65
Fondo de Garantía Salarial
1.440,98
0,20
2,88
90,00
12,00
10,80
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
1.237,00
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UNIDAD
24. Confecciona el recibo de salarios del mes de mayo (31 días), de Antonio López Orellana, especialista del grupo 9. Las retribuciones diarias según contrato fueron: Salario base: 30 €/día. Incentivo: 6 €/día. Prendas de trabajo: 1,50 €/día. Plus de asistencia: 2 €/día. Horas extras de fuerza mayor: 200 €/mes. Anualmente tiene derecho a percibir dos pagas extraordinarias, cada una equivalente a 60 días del salario base. Retención a cuenta del IRPF es del 9 % y tiene un contrato de duración determinada a tiempo completo.
1. Base de contingencias comunes diaria. Se calcula con las retribuciones diarias. – Remuneración: Salario base Incentivo Asistencia Prendas trabajo Total:
30,00 6,00 2,00 1,50 39,50 €
30 x 60 x 2 - Prorrata pagas extras: _________ = 9,86 € 365
Base de contingencias comunes diaria: 39,50 + 9,86 = 49,36 €. La cantidad obtenida está comprendida dentro de los límites del grupo 10. Para calcular la base mensual se multiplica la base diaria por los días del mes. Base de contingencias comunes mensual: 49,36 x 31 = 1.530,16 €. 2. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa. Se suman las hots extras a la base de de contingencias comunes. Bases AT y EP, y D, FP, Fogasa: 1.530,16 + 200 = 1.730,16 €. Esta cantidad está comprendida dentro de los límites mínimos y máximos establecidos para AT y EP, y D, FP, Fogasa.
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UNIDAD
Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: López Orellana, Antonio. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Especialistas. Grupo de cotización : 9.
Periodo de liquidación: del 1 de mayo al 31 de mayo de 201_.
Nº días: 31.
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……. (30 x 31)................................ Complementos salariales: Incentivo....... (6 x 31)....................................................... Asistencia…… (2 x 31)...................................................... Horas extraordinarias……… ……………………................................. Gratificaciones extraordinarias…............................................ Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales………. Prendas de trabajo…… (1,50 x 31).................
930,00 186,00 62,00 200,00
46,50
A. TOTAL DEVENGADO......................... II. DEDUCCIONES
1.424,50
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ...................... Desempleo..............……………........ Formación profesional…................................. Horas extraordinarias.............................................. Horas extraordinarias de fuerza mayor...................
TOTAL APORTACIONES………………………………………….
4,70 1,60 0,10 2,00
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas......... 9,00 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ................... Firma y sello Madrid, a 31 de mayo de 201_ de la empresa Recibí
71,92 27,68 1,73 4,00
105,33
128,21
233,54
1.190,96
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe rem. mensual….
1.224,50
Importe prorrata pagas ex.
305,66 TOTAL… …………......
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
1.530,16
23,60
361,12
AT y EP…(1,60 + 1,40)…
1.730,16
3,00
51,90
Desempleo……
1.730,16
6,70
115,92
Formación profesional…
1.730,16
0,60
10,38
Fondo de Garantía Salarial
1.730,16
0,20
3,46
200,00
12,00
24,00
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
1.424,50
© Mcgraw-Hill Education Operaciones administrativas de recursos humanos. Grado Medio
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Solucionario libro
UNIDAD
25. Realiza la nómina del mes de junio de Antonio Moreno Polanco, trabajador del grupo 4, que tiene un contrato a tiempo parcial. Desarrolla su jornada de lunes a jueves, a razón de cuatro horas diarias. Percibe las siguientes retribuciones: Salario base: 450,00 € Plus convenio: 40,00 € Horas extras fuerza mayor: 180,00 €. Percibe tres pagas extraordinarias, equivalentes cada una al sueldo base.
En este mes ha trabajado 16 días. La jornada habitual en la empresa es de ocho horas diarias de lunes a viernes. En el mes de junio descansó ocho días (los sábados y los domingos). La retención a cuenta del IRPF es del 2 % y tiene un contrato a tiempo parcial. 1. Determinación de la base de contingencias comunes. Se computa la retribución de las horas ordinarias y la prorrata de las pagas extraordinarias.
– Remuneración computable: Salario base 450 Plus convenio 40 Total: 490 €
450 x 3 - Prorrata pagas extras: __________ = 112,5 € 12
Base de contingencias comunes: 490 + 112,50 = 602,50 € Comprobación de los límites de la base de cotización del grupo 5 El número total de horas a tener en cuanta en el cálculo de la base mínima es la suma de las horas ordinarias y las horas de descanso computables como trabajo: •
a) Horas ordinarias de trabajo al mes: 4 horas/día x 16 días trabajados = 64 horas/mes. b) Horas de descanso computables como trabajo: la jornada del trabajador es de 16 horas semanales (4 horas/día x 4 días). Esta jornada tiene que ser comparada con las 40 horas (jornada habitual de la empresa) aplicando la proporción siguiente: 40 horas -------------------- 100% 16 horas -------------------- x% 16 horas x 100 X= _____________ = 40% 40 horas La proporción calculada (40%) se aplica sobre la duración de la jornada diaria habitual en la empresa (8 horas) computable como trabajo, que corresponde por cada día de descanso semanal y a días festivos. 8 horas día x 0,40 = 3,20 horas por día de descanso.
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3,20 horas/día x 8 días = 25,6; 26 horas de descanso en el mes. Total horas trabajadas en el mes: 64 + 26 = 90 horas remunerables. La base de cotización correspondiente a 90 horas remunerables se multiplica por la base mínima de cotización por hora establecida para cada año. Base mínima: 90 x 4,56 € = 410,40 €, como la base calculada (602,50 €) es superior a la base mínima, por lo cual la base calculada es la base de cotización de contingencias comunes. Base de cotización por contingencias comunes: 602,50 €. 2. Determinación de las bases de cotización por contingencias profesionales, Desempleo, Fogasa y Formación profesional. Se parte de los conceptos computables, sumándose la prorrata de las pagas extraordinarias y las horas extraordinarias de fuerza mayor. Remuneración computable: Base contización contingencias comumes Horas extras fuerza mayor Total:
602,50 180,00 782,50 €
Base de cotización por contingencias profesionales: 782,50 €. Esta base está comprendida entre la base mínima calculada y la base máxima establecida con carácter general.
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Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Moreno Polanco, Antonio. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Ayudantes no titulados. Grupo de cotización : 4.
Periodo de liquidación: del 1 de junio al 30 de junio de 201_.
Nº días: 30.
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base……. ……………................................................... Complementos salariales: Plus convenio................ Horas extraordinarias……… ……………………........................ Gratificaciones extraordinarias…............................................ Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales……
450,00 40,00 180,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
670,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ............... Desempleo....... ……........ Formación profesional….................................... Horas extraordinarias....................................... Horas extraordinarias de fuerza mayor..............
4,70 1,60 0,10
TOTAL APORTACIONES………………………………………….
2,00
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas....... 2,00 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ................ Firma y sello Madrid, a 30 de junio de 201_ de la empresa Recibí
28,32 12,52 0,78 3,60
45,22
13,40
58,62
611,38
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
490,000
Importe prorrata pagas extraordinarias………
112,50 TOTAL… …………......
602,50
23,60
142,19
AT y EP..(1,60 + 1,40)…
782,50
3,00
23,48
Desempleo……
782,50
6,70
52,43
Formación profesional…
782,50
0,60
4,70
Fondo de Garantía Salarial
782,50
0,20
1,57
4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor
180,00
12,00
21,60
5. Base sujeta a retención del IRPF…………
670,00
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
3. Cotización adicional horas extraordinarias…
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26. Confecciona la nómina del mes de marzo de Sara Fernández Calamos, del grupo 5. La jornada de trabajo es de tres horas diarias, de lunes a viernes. La jornada semanal de trabajo habitual de la empresa es de 40 horas, de lunes a viernes. Las retribuciones del mes son: Salario base: 400 €. Ha realizado cuatro horas complementarias percibiendo 40 €. Ha realizado horas extraordinarias de fuerza mayor por 90 €. Tiene derecho a dos pagas extraordinarias al año de 400 € cada una.
En marzo trabajó 23 días. Los días de descanso en el mes de octubre fueron ocho (los sábados y los domingos). El tipo de retención a cuenta del IRPF es el 2 % y tiene un contrato de duración determinada a tiempo parcial.). 1. Determinación de la base de contingencias comunes. Se computa la retribución de las horas ordinarias y la prorrata de las pagas extraordinarias.
– Remuneración computable: Salario base 400 Horas compl. 40 Total: 440 €
400 x 2 - Prorrata pagas extras: __________ = 66,67 € 12
Base de contingencias comunes: 440 + 66,67 = 506,67 € •
Comprobación de los límites de la base de cotización del grupo 5
El número total de horas a tener en cuanta en el cálculo de la base mínima es la suma de las horas ordinarias y las horas de descanso computables como trabajo: a) Horas ordinarias de trabajo al mes: 3 horas/día x 23 días trabajados = 69 horas/mes. b) Horas complementarias: 4. c) Horas de descanso computables como de trabajo: c) Horas de descanso computables como trabajo: la jornada del trabajador es de 12 horas semanales (3 horas/día x 5 días). Esta jornada tiene que ser comparada con las 40 horas (jornada habitual de la empresa) aplicando la proporción siguiente: 40 horas -------------------- 100% 15 horas -------------------- x% 15 horas x 100 X= ---------------------------------- = 37,50% 40 horas.
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La proporción calculada (37,50%) se aplica sobre la duración de la jornada diaria habitual en la empresa (8 horas) computable como trabajo, que corresponde por cada día de descanso semanal y a días festivos. 8 horas día x 0,375 = 3 horas por día de descanso. 3 horas/día x 8 días = 24 horas de descanso en el mes. Total horas trabajadas en el mes: 69 + 4 + 24 = 97 horas remunerables. La base de cotización correspondiente a 97 horas remunerables se multiplica por la base mínima de cotización por hora establecida para cada año. Base mínima: 97 x 4,56 € = 442,32 € como la base calculada (506,67 €) es superior a la base mínima, por lo cual la base calculada es la base de cotización de contingencias comunes. Base de cotización por contingencias comunes: 506,67 €. 2. Determinación de las bases de cotización por contingencias profesionales, Desempleo, Fogasa y Formación profesional. Se parte de los conceptos computables, sumándose la prorrata de las pagas extraordinarias y las horas extraordinarias de fuerza mayor. Remuneración computable: Base contización cont. comu. Horas extras fuerza mayor Total:
506,67 90,00 596,67 €
Base de cotización por contingencias profesionales: 596,67 €. Esta base está comprendida entre la base mínima calculada y la base máxima establecida con carácter general.
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Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: Fernández Campos, Sara. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Oficiales administrativos. Grupo de cotización : 5.
Periodo de liquidación: del 1 de marzo al 31 de marzo de 201_.
Nº días: 31.
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base…….……………................................................... Complementos salariales: Horas complementarias........................................................... Horas extraordinarias de fuerza mayor........................ Gratificaciones extraordinarias..................... Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos……………………… Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales…………….
400,00 40,00 90,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
530,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ................... Desempleo..............……………........ Formación profesional…..................... Horas extraordinarias................................. Horas extraordinarias de fuerza mayor...................
TOTAL APORTACIONES………………………………………….
4,70 1,60 0,10
23,81 9,55 0,60
2,00
1,80
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas............ 2,00 3. Anticipos……………………….…………..............................… 4. Valor de los productos recibidos en especie……………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ................. Firma y sello Madrid, a 31 de marzo de 201_ de la empresa Recibí
35,76
10,60
46,36
483,64
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
440,000
Importe prorrata pagas extraordinarias………
66,67 TOTAL… …………......
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
506,67
23,60
119,57
AT y EP….(0,35 +0,65)…
596,67
1,00
5,97
Desempleo……
596,67
6,70
39,98
Formación profesional…
596,67
0,60
3,58
Fondo de Garantía Salarial
596,67
0,20
1,19
90,00
12,00
10,80
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
530,00
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27. Cumplimenta la nómina de Marina López Abad, trabajadora del grupo 7. Su jornada es de ocho horas los lunes y los miércoles. La jornada habitual en la empresa es de ocho horas diarias de lunes a viernes. Realiza la nómina del mes de enero teniendo en cuenta que percibió las retribuciones siguientes: • Salario base: 650 €/mes. • Horas complementarias (ocho horas): 80 €. • Horas extras de fuerza mayor: 50 €. Tiene derecho a dos pagas extraordinarias de 500 € cada una. Trabajó nueve días ese mes, en el cual hubo cuatro sábados, cinco domingos y un festivo. La retención a cuenta del IRPF es del 0 % y su contrato, indefinido y a tiempo parcial. 1. Determinación de la base de contingencias comunes. Se computa la retribución de las horas ordinarias y la prorrata de las pagas extraordinarias.
– Remuneración computable: Salario base 650 Plus convenio 80 Total: 730 €
500 x 2 - Prorrata pagas extras: ______ = 83,33 € 12
Base de contingencias comunes: 730 + 83,33 = 813,33 € •
Comprobación de los límites de la base de cotización del grupo 5
El número total de horas a tener en cuanta en el cálculo de la base mínima es la suma de las horas ordinarias y las horas de descanso computables como trabajo: a) Horas ordinarias de trabajo al mes: 8 horas/día x 9 días trabajados = 72 horas/mes. b) Horas complementarias: 8. c) Horas de descanso computables como trabajo: la jornada del trabajador es de 16 horas semanales (8 horas/día x 2 días). Esta jornada tiene que ser comparada con las 40 horas (jornada habitual de la empresa) aplicando la proporción siguiente: 40 horas -------------------- 100% 16 horas -------------------- x% 16 horas x 100 X= ---------------------------------- = 40% 40 horas
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La proporción calculada (40%) se aplica sobre la duración de la jornada diaria habitual en la empresa (8 horas) computable como trabajo, que corresponde por cada día de descanso semanal y a días festivos. 8 horas día x 0,40 = 3,20 horas por día de descanso. 3,20 horas/día x 10 días = 32 horas de descanso en el mes. Total horas trabajadas en el mes: 72+8 + 32 = 112 horas remunerables. La base de cotización correspondiente a 112 horas remunerables se multiplica por la base mínima de cotización por hora establecida para cada año. Base mínima: 112 x 4,56 € = 510,72 € como la base calculada (813,33 €) es superior a la base mínima, por lo cual la base calculada es la base de cotización de contingencias comunes. Base de cotización por contingencias comunes: 813,33 €. 2. Determinación de las bases de cotización por contingencias profesionales, Desempleo, Fogasa y Formación profesional. Se parte de los conceptos computables, sumándose la prorrata de las pagas extraordinarias y las horas extraordinarias de fuerza mayor. Remuneración computable: Base contización contingencias comunes 813,33 Horas extras fuerza mayor 50,00 Total: 863,33 € Base de cotización por contingencias profesionales: 863,33 €. Esta base está comprendida entre la base mínima calculada y la base máxima establecida con carácter general.
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Empresa: Domicilio: NIF: Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social:
Trabajador: López Abad, Marina.. NIF: Nº de afiliación a la Seguridad Social : Grupo profesional : Auxiliares administrativos. Grupo de cotización : 7.
Periodo de liquidación: del 1 de enero al 30 de enero de 201_.
Nº días: 31.
I. DEVENGOS
TOTALES
1. Percepciones salariales Salario base…….……………................................................... Complementos salariales: Horas complementarias............................................................. Horas extraordinarias de fuerza mayor...................................... Gratificaciones extraordinarias…............................................ Salario en especie…………………………………………...........… 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos……….. Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social … Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos… Oras percepciones no salariales……………
650,00 80,00 50,00
A. TOTAL DEVENGADO.......................................... II. DEDUCCIONES
780,00
1. Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes... ........................................... Desempleo Formación profesional…............................... Horas extraordinarias.............................. Horas extraordinarias de fuerza mayor...............
TOTAL APORTACIONES………………………………………….
4,70 1,60 0,10
38,23 13,81 0,86
2,00
1,00
2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas.......... 3. Anticipos……………………….…………..............................… 0,00 4. Valor de los productos recibidos en especie……………....... 5. Otras deducciones…………………………............................ B. TOTAL A DEDUCIR .......................................... LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) ...................... Firma y sello Madrid, a 31 de enero de 201_ de la empresa Recibí
53,90
53,90
726,10
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SS Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL IRPF Y APORTACIÓN DE LA EMPRESA. CONCEPTO
BASE
TIPO
APORTACIÓN EMPRESA
1. Contingencias comunes: Importe remuneración mensual………………
730,00
Importe prorrata pagas extraordinarias………
83,33 TOTAL… …………......
2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta…………………
813,33
23,60
191,95
AT y EP….(0,35 +0,65).
863,33
1,00
8,63
Desempleo……
863,33
6,70
57,84
Formación profesional…
863,33
0,60
5,18
Fondo de Garantía Salarial
863,33
0,20
1,73
50,00
12,00
6,00
3. Cotización adicional horas extraordinarias… 4. Cotización adicional horas extraord. de fuerza mayor 5. Base sujeta a retención del IRPF…………
780,00
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UNIDAD
28. Realiza la nómina del mes de octubre de Manuel Peralta Rodríguez, subalterno. Su jornada es de doce horas semanales (cuatro horas los lunes, cuatro los miércoles y cuatro los viernes). La jornada habitual de la empresa, según el convenio colectivo, es de 40 horas semanales de lunes a viernes. El salario que percibe el trabajador es: • Salario base: 350 €. • Incentivo: 50 €. • Ha realizado diez horas complementarias por las que ha percibido 115 €. • También ha cumplido horas extras de fuerza mayor por importe de 150 €. Tiene derecho a dos pagas extraordinarias de 400 € cada una. En octubre ha trabajado catorce días, mes en el que ha habido cuatro sábados y cinco domingos. La retención a cuenta del IRPF es del 6 % y tiene un contrato indefinido a tiempo parcial. 1. Determinación de la base de contingencias comunes. Se computa la retribución de las horas ordinarias y la prorrata de las pagas extraordinarias. – Remuneración computable: Salario base 350 Incentivo 50 Horas compl. 115 Total: 515 €
400 x 2 - Prorrata pagas extras: __________= 66,67 € 12
Base de contingencias comunes: 515 + 66,67 = 581,67 € •
Comprobación de los límites de la base de cotización del grupo 5
El número total de horas a tener en cuanta en el cálculo de la base mínima es la suma de las horas ordinarias y las horas de descanso computables como trabajo: a) Horas ordinarias de trabajo al mes: 4 horas/día x 14 días trabajados = 56 horas/mes. b) Horas complementarias: 10. c) Horas de descanso computables como de trabajo: La jornada del trabajador es de 12 horas semanales (4 horas/día x 3 días). Esta jornada tiene que ser comparada con las 40 horas (jornada habitual de la empresa) aplicando la proporción siguiente: 40 horas -------------------- 100% 12 horas -------------------- x% 12 horas x 100 X= ---------------------- = 30% 40 horas
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UNIDAD
La proporción calculada (30%) se aplica sobre la duración de la jornada diaria habitual en la empresa (8 horas) computable como trabajo, que corresponde por cada día de descanso semanal y a días festivos. 8 horas día x 0,30 = 2,4 horas por día de descanso. 2,4 horas/día x 9 días = 21,60; 22 horas de descanso en el mes. Total horas trabajadas en el mes: 56 + 10 + 22 = 88 horas remunerables. La base de cotización correspondiente a 88 horas remunerables se multiplica por la base mínima de cotización por hora establecida para cada año. Base mínima: 88 x 4,56 € = 401,28 € como la base calculada (581,67 €) es superior a la base mínima, por lo cual la base calculada es la base de cotización de contingencias comunes. Base de cotización por contingencias comunes: 399,52 €. 2. Determinación de las bases de cotización por contingencias profesionales, Desempleo, Fogasa y Formación profesional. Se parte de los conceptos computables, sumándose la prorrata de las pagas extraordinarias y las horas extraordinarias de fuerza mayor. Remuneración computable: Base contización contingencias comunes Horas extras fuerza mayor Total:
581,67 150,00 731,67 €
Base de cotización por contingencias profesionales: 731,67 €. Esta base está comprendida entre la base mínima calculada y la base máxima establecida con carácter general.
© Mcgraw-Hill Education Operaciones administrativas de recursos humanos. Grado Medio
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