De acuerdo al programa de estudios de Uninorte, Asunción, ParaguayFull description
sistemas programables
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uente6 otocopias aportadas por un compa7ero de clase.
DERECHO PROCESAL LABORAL Mzo. 19/13 CUESTIONARIO DEL EXAMEN FINAL, SON 10 PREGUNTAS DE LAS CUALES SOLO EL PROFESOR VA A TENER EN CUENTA CINCO, Y SON LAS SIGUIENTES PREGUNTAS
1. Ante Antess de admi admititirr la dema demand nda a y si el juez observaré que no reúne los los requ requis isit itos os exig exigid idos os por por el artículo 25 del !digo de "roceso #abo #abora rall $%ué deci decissi!n i!n debe debe tomar& R/. S! "# $%"z o&'"()* +%" o ("-" #o' ("+%!'!o' "!!o' 2o( "# *(4%#o 56 "# CPL, #* ")o#)"(7 *# "8**", 2*(* +%" '%&'*" "(o "# (8!o " 4!4o :6; *' #*' " CPL.
2. $u'ntas veces pueden re(ormada la )emanda&
ser
R/. Po(7 '"( (" CPL
*. +i el ,uez ordena colocar la contes contestac taci!n i!n de la demand demanda a en +ecretaria para que se subsanesi el demandado no lo ace dentro del término legal para ello$%ué e(ectos jurídicos se produce& /0. #a (alta de contestaci!n de la dema demand nda a dent dentro ro del del térm términ ino o lega legall se tendr' como indicio grave en contra del demandado. Art. *1 "ar'gra(o 2 "#. . $n qué et etapa de del "r "roceso #aboral#aboral- se deben !"(2o"( las excepciones& /0. /0. #as excepc excepcione ioness tanto tanto previa previass como las mérito 3(ondo o perentorias4- se deben interponer en la contestaci!n de la demanda.
/0. #A+ "/89A+ A+:6 a4 n el proceso ordinario de primera instancialas exc excepci epcion ones es 2(")!*' ser'n decididas en la *%!"4!* " 4o4!#!*4!?. b4 n el proceso ordinario de única instancialas 2(")!*' excepciones se #* -!4* decidir'n en *%!"4!* que que se (ija una vez noti(icado auto admisorio de la demanda al demandado. c4 n proc proces eso o de (uer (uero o sind sindic ical al las las exce excepc pcio ione ness 2(")!*' '" "4! "4!! !(7 (7 " #* *%! *%!" "4! 4!* * '"=* '"=*#* #** * 2o( 2o( "# $%"z $%"z para
que el demandado conteste la demanda y las proponga.
l juez juez deci decidi dir' r' las las exce excepc pcio ione ness previas EN LAS ETAPAS DE AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN, CONCILIACIÓN, DECI DECIS SIÓN IÓN DE EXCE EXCEPC PCIO IONE NES S PREV REVIAS IAS, SANEAM NEAMIE IEN NTO Y FIJACIÓN DEL LITIGIO.
LAS PERENT PERENTORI ORIAS, AS, DE FONDO FONDO O DE MERITO. R/. R/. Se deci decide den n o se falla fallan n en la sentencia que pona fin al p!oceso.
;. " /0. /0. +e pued pueden en inte interp rpon oner er las las siguientes6 a4 alt alta a de jur juris isdi dicc cci! i!n. n.
5. $n qué et etapa de del "r "roceso <*##*( o #abo #abora rall- el ,uez ,uez debe debe <*##*( "4!!( las excepciones&
b4 alt alta a de comp compet eten enci cia. a. c4 ompromiso compromisoria.
o
l'usula
d4 9nexistencia del demandante o del demandado. e4 9ncapacidad o indebida representaci!n del demandante o del demandado. (4 ?o aberse presentado prueba de la calidad de erederoc!nyuge- curador de bienesadministrador de comunidadalbacea y en general de la calidad en que actúe el demandante o se cite al demandado. g4 9neptitud de la demanda por (alta de los requisitos (ormales o por indebida acumulaci!n de pretensiones. 4 @abérsele dado a la demanda el tr'mite de un proceso di(erente al que corresponde. i4 ?o comprender la demanda a todos los litisconsortes necesarios. j4
a4 l poder- si no obra en el expediente. b4 #as pruebas documentales pedidas en la contestaci!n de la demanda y los documentos relacionados en la demandaque se encuentren en su poder. c4 #as pruebas anticipadas que se encuentren en su poder- y d4 #a prueba de su existencia y representaci!n legal- si es una persona jurídica de dereco privado. =. +e7ale las características del proceso ordinario laboral de única instancia. )isponible en ttp600(acultaddedereco.es.tl0"roc esoFBrdinario.tm a. #a cuantía no debe exceder m's de 2 3dos 4 +<#<8- cuando en el lugar no ubiere juez laboral- sino juez civil municipal. b. +i ubiere juez laboraléste conocer' de dicos asuntos- pero cuando la cuantía del negocio no exceda del equivalente a cinco 354 veces el salario mínimo legal mensual.
"leito pendiente entre las mismas partes y sobre el mismo asunto.
4 ?o aberse ordenado la citaci!n de otras personas que la ley dispone citar.
c. n los procesos de única instancia no se requerir' demanda escrita- pero si se iciere de esa (orma deber' llenar los requisitos del artículo 25 del !digo "rocesal del Grabajo.
l4 @aberse noti(icado la admisi!n de la demanda a persona distinta de la que (ue demandada
>.
d. +i el trabajador puede litigar en causa propia- no ser' necesario (ijar los (undamentos de dereco en que se apoya.
/0. l pago- la prescripci!n- el pago de lo no debido- la petici!n antes de tiempo- la inexistencia de la obligaci!n. 3+BCA? #A+ %D D)+ %D9/A?4
E. )e acuerdo con la norma $u'les son los anexos que deben ir acompa7ada en la contestaci!n de la demanda& Art. *1 "ar'gra(o 1 "# #a contestaci!n de la demanda deber' ir acompa7ada de los siguientes anexos6
$%ué eventos debe agotar el juez en la primera audiencia de conciliaci!n& Art. >> #ey >120H1 inciso condicional numeral 5. xortar las partes a que concilien )ebe resolver las excepciones. +e sanea el proceso. )e no aber voluntad - debe resolverse la nulidad - que •
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ace parte de las excepciones previas +e (ija el litigio- se le da apertura a la etapa probatoria +e decretan las pruebas consideradas y las pedidas.