FÓRMULA POLINÓMICA Las fórmulas Polinómicas, constituyen un procedimiento convencional de cálculo para obtener el valor de los incrementos de costos que experimentan los presupuestos de obra en el t iempo. El sistema está basado en la incidencia de todos los ELEMENTOS que constituyen una obra, participan en una proporción constante durante todo el tiempo que demanda dicho proceso. No necesitan de una autorización resolutiva para aprobar sus resultados y tramitar su correspondiente correspondiente cancelación, excepto en los casos de reajuste final de liquidación. l iquidación. Deben cumplir la condición de VERIFICABLES, que fácilmente se puedan revisar los procedimientos de cálculo. Luego de reemplazar los componentes de los índices unificados del INEI, dará como resultado el “K” que permite actualizar el costo de una obra (o parte de ella que es el avance de ejecución) a partir de la fecha del presupuesto base, por el incremento que se genera en cada uno de los elementos componentes, esto en el proceso de valorización. NORMAS PARA LA ELABORACIÓN DE FÓRMULAS POLINÓMICAS Las Normas para la formación de cada Monomio están contenidas en los artículos 2do al 4to del D.S Nº011-79-VC, los que textualmente dicen: ARTÍCULO 2: Las Fórmulas Polinómicas de Reajuste automático de los precios referidos por el artículo 2do del Decreto Ley adoptaran la siguiente forma general básica:
K a
J r J o
b
M r M o
c
E r E o
d
V r V o
e
GU r GU o
Dónde: K: Es K: Es el coeficiente de reajuste de valorizaciones de obra, como resultados de la variación de precios de los elementos que intervienen en la construcción. Será expresado con aproximación al milésimo. a,b,c,d,e : Son cifras decimales con aproximación al milésimo que representan los coeficientes que representan los coeficientes de incidencia en el costo de la obra, de los elementos mano de obra, materiales , equipo de construcción, varios, gastos generales y utilidad respectivamente. ,…
Jo, Mo, Eo, Vo, GUo : Son los índices de precios de los elementos, mano de obra, materiales, equipos de construcción. Varios, gastos generales y utilidad, respectivamente, a la fecha del presupuesto base, los cuales permanecen invariables durante la ejecución de la obra. , …
Jr, Mr, Er, Vr, GUr : Son los índices de precios de los mismos elementos, a la fecha del reajuste correspondiente. correspondiente. ,
…
El producto del coeficiente de incidencia por el coeficiente de índices, se expresa en cifras decimales con aproximación al milésimo. ARTÍCULO 3: El número total de monomios que componen la fórmula polinómica no exceda de ocho (8) y que el coeficiente de incidencia de cada monomio no sea inferior a cinco centésimos (0.05). ARTÍCULO 4:
Cada obra podrá tener hasta máximo de cuatro (4) fórmulas Polinómicas. En caso que en un contrato existan obras de diversa naturaleza, solo podrá emplearse hasta ocho (8) fórmulas Polinómicas. ARTÍCULO 5:
Los Índices de Precios serán fijados por el Consejo de Reajuste de los Precios de la Construcción (CREPCO). Se publicara en el Diario Oficial " El Peruano", dentro de los quince primeros días de cada mes, todos los Índices corresponden al mes anterior a dicha publicación, hayan estos variados o no. Cada obra deberá tener su propia fórmula polinómica. Si alguno de los elementos que comprenden una obra específica, no estuviese incluido en el diccionario de elementos de construcción deberá consultarse al CREPCO (ahora INEI), para que este indique dentro de que índice Unificado está comprendido.
REQUISITOS
Una fórmula polinómica está constituida por la incidencia de hasta 8 monomios. El coeficiente de incidencia mínimo de un monomio es de 5 centésimos. Los valores de los COEFICIENTES DE INCIDENCIA están dados en cifras decimales con aproximación al milésimo. La suma de todos los COEFICIENTES DE INCIDENCIA de una fórmula polinómica es de uno (1). Los valores del FACTOR DE REAJUSTE (K) están expresados al milésimo. Cuando los ELEMENTOS COMPONENTES participan con COEFICIENTES DE INCIDENCIA menores a los 5 centésimos, se pueden agrupar con otros ELEMENTOS COMPONENTES de tal forma que su incidencia asociada supere al mínimo señalado, constituyendo así los monomios compuestos. Los MONOMIOS COMPUESTOS pueden estar formados hasta por 3 ELEMENTOS COMPONENTES que se les puede denominar SUB-MONOMIOS. Para elaborar la fórmula polinómica, se tiene que OMITIR en el pie del presupuesto el ítem relacionado al IMPUESTO.
CONFORMACIÓN DE MONOMIOS Las normas peruanas recomiendan: Que la fórmula polinómica esté integrada hasta por 8 monomios, y estos a su vez hasta por 3 submonomios, en el siguiente orden: 1 Mano de obra incluido leyes sociales 2 Materiales 3 Materiales 4 Materiales 5 Materiales 6 Equipo 7 Varios 8 Gastos generales y utilidad El factor de cada monomio debe tener un valor mínimo de 5% (0.05) para lograr esto se puede agrupar hasta 3 submonomios.
INDICE UNIFICADO DE PRECIOS A LA CONSTRUCCION
En términos estadísticos un índice es un indicador que mide o cuantifica las variaciones o evolución de la cantidad, precio o valor; en consecuencia, un índice de precio sería el indicador (adimensional) que representa la variación de Precio de uno o un conjunto de elementos.
Desde marzo de 1979 se empezaron a publicar índices Unificados e índices individuales. Desde Diciembre de 1992 los índices vienen siendo publicados por el INEI en virtud a lo establecido en el decreto ley 25862. La Descripción de estos se encuentran en un documento llamado "Diccionario de Elementos de la Construcción" donde se indican que número de Índice Unificado le corresponde a cada elemento. Adicionalmente al código, los índices se clasifican por ámbito geográfico en 6 grupos denominados Áreas Geográficas que consideran departamentos próximos.
SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar los Índices Unificados de Precios para las seis(6) Áreas Geográficas correspondientes al mes de Diciembre de 2013, que en Anexo debidamente autenticado forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los departamentos que comprenden las Áreas Geográficas a que se refiere el Art. 1º, son los siguientes: Área 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. Área 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. Área 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. Área 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. Área 5: Loreto. Área 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios. - A partir de 1994, los índices se calculan a 6 decimales y para su presentación a 2 decimales. Artículo 3º.- Los Índices Unificados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construcción, agrupados por elementos similares y/o afines. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica incluyendo los impuestos de ley y sin considerar fletes.
R.J. Nº 046-2014-INEI
Publicado el dia 20 Feb 2014 en el Diario Oficial El Peruano, pagina (517288)
ENERO 2014
R.J. Nº 018-2014-INEI Publicado el dia 18 Ene 2014 en el Diario Oficial El Peruano, pagina (514626)
DICIEMBRE 2013
R.J. Nº 368-2013-INEI Publicado el dia 18 Dic 2013 en el Diario Oficial El Peruano, pagina (509458)
NOVIEMBRE 2013
º
R.J. Nº 341-2013-INEI Publicado el dia 20 Nov 2013 en el Diario Oficial El Peruano, pagina (507417)
OCTUBRE 2013