2.2. Acuerdo Plenario N 01-2006_ESV-22 (a) (Colaboración Terrorista)
Descripción: Se plantea una diferencia clara de índole pedagógico y practico en relación a la diferencia entre Acuerdo Plenario y una Casación
Acuerdo plenario
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Acuerdo Plenario Extraordinario 1-2017 DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIADescripción completa
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Descripción: RESUMEN PLENARIO "SEGURA, NÉSTOR"
Ministerio de Producción y TrabajoFull description
Componente y Capacitación Turística en el Caserío de Quebrada Seca Alta, distrito de Bagua Grande, Utcubamba, Amazonas, en el Proyecto denominado: “ACONDICIONAMIENTO TURISTICO Y PUESTA EN V…Descripción completa
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Acuerdo 001
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Este es un modelo tipo para la elaboración de un Acuerdo Desvinculatorio.
Descripción: Hablamos sobre los acuerdos preferenciales.
acuerdos comerciales, comercio internacional
ACUERDO PLENARIO N° 2-2005/CJ-116.
REQUISITOS DE LA SINDICACIÓN DE COACUSADO, TESTIGO O AGRAVIADO El presente acuerdo plenario realza la importancia del análisis, sobre la valoración de pruebas que debe realizar el juez al momento de sentenciar, protegiendo los derechos constitucionales y procesales que garantizan el debido procedimiento y la actuación de pruebas en cuanto a la acusación de un ilícito penal; aún con mayor análisis y valoración del testimonio otorgado por un coautor, un agraviado o en el extremo de los casos cuando solo ha sido evidenciado la supuesta imputación por un solo testigo, debiendo considerar y analizar dichas sindicaciones en el cumplimiento de los tres requisitos que debe observar obligatoriamente el juez al momento de resolver el caso en concreto, esto en base a garantizar el derecho a la defensa del acusado, siendo estos supuestos, la verosimilitud del testimonio, el mismo que tiene que tener coherencia e indicadores que puedan demostrar lo testificado, que no exista relación alguna tanto parental o sentimental entre el interrogado y el acusado y, que el testigo persista en su sindicación guardando relación con lo manifestado.