Escrito de Demanda de Acción Pauliana donde se describen los elementos que deben acreditarse para anular operaciones en fraude de acreedores.Full description
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Descripción: Escrito de Demanda de Acción Pauliana donde se describen los elementos que deben acreditarse para anular operaciones en fraude de acreedores.
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UNIVERSIDAD DE PANAMA FACUL ACULTTAD DE DE DERECHO Y CIENCIAS CIE NCIAS POLÍTI POLÍTICAS CAS
LA ACCIÓN PAULIANA INTEGRANTES: Amira Mankda Dayana Sumosa Laura Morales Melanie Moreno
ORIGEN DE LA ACCIÓN PAULIANA
La Acción Pauliana tuvo su origen en Roma
La Acción Pauliana creada supuestamente por un pretor de nombre Paulus
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN PAULIANA
En la doctrina todos los autores coinciden con que: Es una acción individual Personal Prescriptible • • •
CONCEPTOS Es un medio que la ley les otorga a los acreedores
El deudor comete fraude en perjuicio del acreedor
El derecho del acreedor a impugnar los actos realizados por el deudor en fraude de sus derechos.
ELEMENTOS DE LA ACCIÓN PAULIANA
Perjuicio del acreedor o Eventus Damni (elemento objetivo)
Fraude del deudor o Consilius Fraudis (elemento subjetivo)
El fraude del deudor consiste en que éste sepa que al convertirse en insolvente o aumentar su insolvencia, va a afectar a su contraparte, el acreedor.
El acto impugnado debe haber sido la causa del perjuicio. El perjuicio consiste en provocar o agravar la insolvencia del deudor
ELEMENTOS DE LA ACCIÓN PAULIANA El fraude del adquirente
Hay autores que difieren entre entre si hay un tercer elemento ya que en los casos en los que el deudor transfiere a un tercero sus bienes a título gratuito, no es necesario que exista la complicidad por parte del tercero para que exista la acción; es por esto que algunos autores clasifican el fraude del adquirente dentro de los requisitos procesales exigidos para que prospere la acción.
CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN PAULIANA Es una acción personal: La acción se dirige en contr contraa del deudor y el acto, y no así contra el patrimonio del deudor •
Es una acción de rescisión: El negocio jurídico sigue siendo válido,, por tanto válido tanto,, subsisten las relaciones jurídicas entre el deudor y el adquirente •
Tiene carácter subsidiario: sólo aplica en el caso de que el acreedor inicie la ejecución de exigir el crédito y que el patrimonio existente existente del deudor no exista o no sea suficiente para hacerle frente a la obligación previamente adquirida con el acreedor •
AUTONOMÍA AUT ONOMÍA DE LA LA ACCIÓN ACCIÓN PAULIANA PAULIANA 1. Frente a la Acción de Simulación
AUTONOMÍA AUT ONOMÍA DE LA LA ACCIÓN ACCIÓN PAULIANA PAULIANA 2. Frente a la Acción Indirecta
REQUISITOS PARA EJERCER LA ACCIÓN PAULIANA 1. 2. 3. 4. 5.
A los los ac acttos su sussce cep ptib ible less de de at atac acar arsse por por ví víaa Pau Pauliliaana A la la oportunid idaad en en que de deben ha haber sido ell ello os otorgados A la sit itu uación del acr creeedor que la dem emaanda A la la sit situ uación de del de deudor que ha ha ej ejecu cuttado el el ac acto impugnado Al te tercero que co contrató co con el deudor Actos y contratos a título oneroso Actos a título gratuito • •
EFECTOS DE LA ACCIÓN PAULIANA 1La revocación del acto
impugnado sólo se produce en beneficio del acreedor que ejerció la acción Pauliana. Por esto se dice que es de sus efectos relativos, pues los demás acreedores no resultan beneficiados con la acción.
2La revocación sólo se
produce hasta concurrencia de la suma adeudada al acreedor que ejerció la acción
3El tercero puede
detener la acción pagando al acreedor accionante
4En
las relaciones entre el deudor y el tercero, el acto no se considera revocado.
EFECTOS DE LA ACCIÓN PAULIANA Efectos para el acreedor El efecto para el acreedor es que su derecho de crédito es protegido ante el acto fraudulento por parte del del deudor deudor, de esta manera éste llega a satisfacer su crédito
EFECTOS DE LA ACCIÓN PAULIANA Efectos para el deudor El deudor debe enfrentarse enfrentar se al tercero adquirente
EFECTOS DE LA ACCIÓN PAULIANA Efectos para el tercero adquirente De quedar algún sobrante después de haber sido pagado el acreedor acreedor,, el sobrante debe pasar al tercero adquirente
PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PAULIANA Artículo 996 del Código Civil de Panamá “Los acreedores, después de haber perseguido los bienes de que esté en posesión el deudor para realizar cuanto se les debe, pueden ejercitar todos los derechos y acciones de éste con el mismo fin, exceptuando los que sean inherentes a su persona; pueden también impugnar los actos que el deudor haya realizado en fraude a su derecho.”
Artículo 1701 del Código Civil de Panamá “Prescriben en siete años las acciones personales que no tengan señalado el término especial de prescripción. prescripción.” ”
Artículo 1707 del Código Civil de Panamá “El tiempo para la prescripción de toda clase de acciones, cuando no haya disposición especial que otra cosa determine, se contará desde el día en que pudieron ejercitarse.”