Derecho natural y derecho positivo Derecho natural : etimológicamente se deriva de la palabra
“natura “natura – ac” (naturaleza) y se puede defnir como: “El conjunto de principios normativos esenciales al orden social que se funda en la naturaleza humana, se conocen por la luz de la razón natural y se imponen a los hombre por fuerza de la misma naturaleza” “se fundan en la naturaleza humana”: todo humana”: todo ser humano es impulsado por su propia naturaleza a vivir, conseguir su realización como persona. hora bien , como el hombre es un ser sociable, ese desarrollo lo conseguir! conviviendo relacion!ndose con otros hombre" de donde se sigue #ue estos tienen la obligación (deber) de respetarle, no impedirle en su es$uerzo por me%orar su vida, cultura, etc. y #ue &l tiene la $aculta o poder (derecho) $rente a ellos de e'igirles ese respeto. stos deberes y derechos se $undan en a#uel impulso o tendencia de la misma naturaleza humana, nadie duda #ue el caso hipot&tico, de varios hombres “ap!tridas” (#ue no tienen nacionalidad o #ue no pertenecen a ningn estado) #ue vivieran en una isla desierta sin ninguna soberan*a (ausencia de derecho positivo), tambi&n e'istir*an entre ellos, tales deberes y derechos" y si uno muriera asesinado por otro, dir*amos #ue se le privo de su derecho a la vida. +onde se puede $undar ese derecho-" nicamente en la naturaleza humana #ue tiene una tendencia natural a vivir, un “derecho” “derecho” a la vida #ue debe ser respetado por todos aun en ausencia de leyes positivas. “se conocen por luz de la razón natural” : en $orma intuitiva y simple. or eso, hasta un ni/o y #uien nuca a estudiado derecho, cae per$ectamente en cuenta de los actos violatorios de su derecho de propiedad, e%emplo: el robo de un %uguete, y conoce #ue, a su vez el debe respetar los derechos de todos.
“se imponen a los hombres por fuerza de la misma naturaleza”: #ueremos decir #ue, a pesar de ser desconocido tantas veces por las leyes positivas o por las acciones humanas, sin embargo, impulsa a los gobernantes y gobernadores a respeta las leyes naturales y, en consecuencia, a crear ordenamientos %ur*dicos rectos y a%ustar la vida a sus e'igencias. or eso ocurre #ue, cuando a un pueblo se le oprime e'cesivamente aparecen reacciones y protestas, incluso revoluciones, #ue derrocan al poder tir!nico s la $uerza de la naturaleza humana #ue reclama su derecho a la libertad y #ue no descansa hasta #ue lo consigue Derecho positivo: roviene etimológicamente de la palabra
“positum” (puesto ah*, impuesto), es: “El sistema de normas demandas de la autoridad competente y promulgadas de acuerdo con el procedimiento o creación del derecho imperante en una nación determinada” lgunos %uristas oponen el derecho positivo al natural como si el primero $uera el derecho de la realidad y el segundo, tan solo, la e'presión de los ideales #ue inspiran la %usticia. 0o es as*, de hecho, todos los derechos positivos tienen sus $undamentos flosófcos en principio de derecho natural y comprenden dentro de su sistema muchos principios y aplicaciones de este. 0o son, pues, dos ordenamientos aislados sino concurrentes en numerosas normas y preceptos. l con%unto de normas %ur*dicas en vigor en un pueblo y en un momento histórico determinado, constituye el derecho positivó de a#uel pueblo, es decir, constituye un sistema susceptible de continuos cambios sobre la base de las cambiantes e'igencias, #ue imponen nuevas normas, las cuales o llenan las lagunas e'istentes o introducen nuevas. 1n sistema de derecho positivo esta, por lo tanto en continuo devenir y tiende constantemente a adaptarse lo m!s
posible a las e'igencias de los #ue componen la comunidad social a la #ue se refere, y de la comunidad misma en si considerada
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Esquema del Derecho Positivo