TRISTAN PLATT
estado boliviano
y
ayllu andino T IE R R A Y T R I B U T O EN EL N O R T E D E PO TO SI
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© IE P ediciones Horacio U rteaga 6 94, Lima Telfs. 3 2 -3 0 7 0 - 2 4 -4 8 5 6 Impreso en el Perú 1* edición, agosto 1982
Contenido
P r e s e n t a c ió n d e
H eraclio Bonilla
I
INTRODUCCIÓN
11
1.
23
2.
Los
ANTECEDENTES DEL DEBATE REPUBLICANO
E l “a n t i g u o r é g i m e n ” t r i b u t a r i o ; GOBIERNO INDIRECTO Y AUGE COMERCIAL, 1 8 2 5 -1 8 8 0
3.
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36
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AGRARIA
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a. “El “nuevo sistema rentístico”, 1874-1902
73
b. La resistencia de los ayllus de Chayanta, 1882-1885; dos perspectivas sobre la relación entre comunidad y Estado
94
5.
a. La expansión de la propiedad privada de la tierra en el Norte de Potosí, 1881-1918
114
b. El “Pacto” renovado: antecedentes de la sublevación indígena de Chayanta de 1927
132
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ayllus
REFORMA AGRARIA DE
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1953
148
A n exo s :
1. Los linderos de los ayllus de Macha (1719)
173
2. Proyecto para propender el desarrollo de la agricultura en la Provincia de Nor-Chayanta
182
3. Litigio sobre indios residentes en Cantón Poroma, Departamento de Chuquisaca, que son tributarios de Cantón Tinguipaya, Depar tamento de Potosí
187
B
193
ib l io g r a f ía
Una de las instituciones esenciales de la sociedad rural andina es la llamada “com unidad de indígenas”. Con un pasado prehispánico, pero reestructurada por las au toridades coloniales alrededor d e 1550 com o un m eca nismo para facilitar la asignación de la fuerza de traba jo a las principales unidades productivas, esta institución atravesó por profundos cam bios durante todo el perío do colonial. Las expresiones d e estos cam bios fueron la intensificación de la diferenciación cam pesina, la al teración de sus vinculaciones con el m ercado, la trans form ación del p apel político de sus miem bros, el nue vo contenido y significado de la cultura andina. L os estudios antropológicos realizados en el área andina a partir d e la década de 1940 perm iten detectar la pre sencia de estas instituciones cum pliendo aún roles sig nificativos, pese a que sus estructuras internas fueron
m odificadas com o consecuencia del incremento de la mercantilización de sus economías. En esta larga trayectoria histórica, constituye toda vía un enigma la estructura y el funcionamiento de es tas com unidades de indígenas en el siglo XIX. L a id eo logía que animó la acción de los Libertadores era in com patible con la persistencia d e instituciones que fr e naran la líbre circulación de la tierra y que impidieran la constitución d e una sociedad, de pequeños propieta rios. De ahí que la legislación agraria de los primeros años de la R epública apuntara directam ente a la can celación de este tipo de com unidades. Ciertam ente que no es menos cierto qu e decisiones de esta naturaleza prepararon el camino, al romper la protección otorgada por el estado colonial, para la expansión de los grandes latifundios aledaños t¡ para la constitución de un m er cado más o m enos libre de fuerza de trabajo. En lo esencial es éste un proceso que adqu iere sus ribetes más precisos en el último tercio d el siglo XIX. Es este proceso el que fundam enta el juicio de algunos obser vadores, quienes sostienen que la condición social del in dio fue mucho peor en e l siglo XIX que durante el con junto de la época colonial. H acia 1920-1930, por otra parte, la profunda altera ción de los fundam entos de la sociedad rural andina, la pérdida de los recursos esenciales por parte d e las comunidades, provocó un form idable estallido de la re belión campesina. H abría en realidad que remontarse hasta 1780 y Tupac Amaru para encontrar una hogue ra cam pesina de tal magnitud. Este fue el escenario social donde surgió lo mejor de la plástica, de la músi ca, d e las artes, de la literatura indigenista. Carente de una expresión política adecuada, los indios y sus luchas pasaron a convertirse de sujetos de la historia en o b je
tos d e una d e las reflexiones más genuinas sobre su con dición y posibilidades. Fue la misma fuerza de esta movilización, conjuntamente con el m iedo que inspi raran en las capas mestizas y blancas de los Andes, la que obligó a que el Estado oligárquico se decidiera a levantar una barrera de contención. En la transform ación que lleva a que comunidades creadas bajo el mismo patrón en el siglo XVI ter minen siendo instituciones diferenciadas en el primer tercio d el siglo XX, probablem en te el siglo XIX encie rra las mayores causalidades. L a historia económ ica y social de la región andina, todavía en un estado muy incipiente, ha privilegiado con razón el estudio del re nacimiento d e sus econom ías de exportación, proceso que en general ocurre a partir de 1870. El desdén por las décadas anteriores estaría basado en la creencia de que fueron décadas con una econom ía estancada y con un profundo inmovilismo social, cortada solamente por los sucesivos “cuartelazos” de rústicos caudillos. Esta im agen probablem en te tenga algún grado de certidum bre en ciertos niveles, pero no elimina la posibilidad de qu e existieran profundas transformaciones dentro de la sociedad rural y, d e manera más precisa, en las comu nidades andinas. E l hecho decisivo d e que, con una econom ía estancada, los campesinos y sus recursos eran lo único relevante justifica am pliam ente esta suposición. Aún más, probablem en te este proceso contiene una de las claves para entender más adecuadam ente el m e canismo de disolución de una estructura colonial y el montaje de un mecanismo regional y nacional mucho más com patible con las nuevas dem andas del m ercado y d el capital internacional al despuntar el siglo XX. El libro d e Tristan Platt E st a d o B o l iv ia n o y A y l l t j A n d in o es en este contexto un libro decisivo, pues mués-
tra las innovaciones introducidas por el siglo XIX en la condición cam pesina y porque descubre los tensos m e canismos de subordinación y rechazo establecidos en tre el “Estado” boliviano y la base campesina. H
e r a c l io
B o n il l a
Introducción
E s t e t r a b a j o se limita a presentar algunos elementos para una futura historia republicana de los grandes ayllus de la región boliviana hoy conocida como el Norte de Potosí. La elaboración de esta historia tropieza —co mo toda empresa en sus comienzos— con grandes dificul tades. Los pocos estudios existentes sobre la historia boliviana del siglo XIX raras veces se ocupan de aque lla “otra sociedad”, creada y reproducida por los indios de los ayllus dentro del contexto mercantil y cristiano de la formación colonial, vigente aún en 1825, cuando un pequeño grupo criollo decidió lanzarse a la aventura de un proyecto nacional altoperuano. Incluso cuando los historiadores han optado por tomar en cuenta las llama das “comunidades originarias de indios libres”, la au sencia de un componente antropológico en el análisis —debidamente arraigado en el trabajo de campo con temporáneo y en la etnohistoria andina y colonial— lle vó frecuentemente a errores de interpretación de la es casa información documental a nuestra disposición.
La exposición siguiente no está a la altura de los requerimientos citados. Constituye tan sólo un inten to de “centrar” la discusión futura en torno al eje de partida constituido por las relaciones ideales y mate riales entre los ayllus y el Estado criollo durante el siglo pasado. Si el presente trabajo tiene algo nove doso que ofrecer es la extensión temporal considera da. Limitándonos a este “hilo maestro”, hemos queri do seguir las vicisitudes de la relación ayllu-Estado en términos muy generales, desde un punto de partida situado en la herencia andino-colonial y prolongado du rante la época “proteccionista”, de las primeras déca das de la República, hasta la crisis precipitada por las políticas agrarias librecambistas después de la década de 1870, al consolidarse la apertura del país hacia el mercado mundial. Luego se sigue con el replanteo in dígena de la relación “tradicional”, a principios del si glo XX, y se termina con una breve consideración del vacío jurídico surgido en las últimas décadas con pos terioridad a la Revolución de 1952. Por el momento, se ha omitido el lapso comprendido entre 1927 y 1952. Omisión que, sin afectar la coherencia de nuestro ar gumento central, debe tenerse en cuenta en futuras in vestigaciones. Las desventajas de nuestro procedimiento son ob vias: sólo podemos esperar detectar los contornos más generales de la dinámica conflictiva de intereses, a costa del minucioso engranaje de desconfianza, miedo, obstinación, oportunismo, engaño y combatividad apa sionada, que constituye la trama de la vida política norpotosina. Tampoco debe buscarse aquí un análisis de la estructura interna del ayllu andino ni del Estado bo liviano. Por el momento, debemos contentarnos con una caracterización algo burda de los principales actores sociales en el escenario regional. Caracterización que se justifica en la medida que otorga coherencia a los cambios en la estructura regional de poder que se ma
nifiestan en una perspectiva histórica larga. De ahí nuestro énfasis en los ayllus y sus caciques, los pequeños productores mestizos, los terratenientes con sus siervos, y el aparato estatal a través de sus represen tantes regionales; grupos cuya composición interna sólo se tendrá en cuenta cuando sea relevante para captar sus interrelaciones más significativas. Por su peso demográfico y por las superficies te rritoriales bajo su control, los ayllus representan has ta hoy el grupo social preponderante en el Norte de Potosí. Lejos de restar importancia al sector minero, cuya larga historia argentífera ha culminado en este siglo con el nacimiento del gran complejo estañífero de Llallagua-Uncía (Siglo X X ), esta afirmación sólo busca rectificar un desequilibrio en las ideas corrien tes sobre la región. Para establecer las bases de una historia económica regional, debe reconocerse la im portancia paralela de la antigua producción mercantil de los ayllus, en especial de trigo, maíz y harina. Gran parte de nuestro argumento girará en torno a la rui na de este comercio de exportación bajo el efecto de las políticas librecambistas en la segunda mitad del siglo XIX. De ahí que la imagen “metalocéntrica” que actualmente ofrece el Norte de Potosí deba conside rarse como producto de las políticas gubernamenta les favorables a la libertad de comercio y el aumento consiguiente en las importaciones trigueras, y no —co mo generalmente se supone— como resultado de una agricultura atrasada y tradicional, siempre orientada principalmente a la producción para la subsistencia. La marginación de los ayllus regionales ha sido obra del gobierno boliviano; no representa un estado origi nario de pobreza premercantil. La ruina del comercio triguero de los ayllus norpotosinos debe comprenderse como parte de la crisis más generalizada de otras economías regionales, origi
nada en la derrota de las políticas proteccionistas por ciertos sectores de la oligarquía minera y terrateniente de Sucre y Potosí desde 1870. El Estado boliviano, al borde de la bancarrota durante las primeras décadas de la República, decidió sacrificar el mercado interno here dado de la Colonia en aras de su propia supervivencia. Sólo con los ingresos procedentes de las exportaciones mineras, y la consiguiente apertura del país a las impor taciones extranjeras, llegaría a sanearse el presupuesto nacional. Los avatares de la economía regional deben atribuirse, en gran medida, a esa causa inicial. Los ayllus norpotosinos, junto con otras regiones, fueron sacri ficados para asegurar la superviviencia de la “nación” (identificada con el Estado) y el predominio de las ca pas criollas que manejaron el débil aparato estatal. Supervivencia “nacional” a costa del país: sea cual fuere la utilidad de semejante paradoja para explicar la génesis de cierto tipo de sicología colectiva, el re sultado fue el desplazamiento en las luchas estatales del “enemigo interno”, representado por los indios, quie nes con su tributo sustentaron durante los primeros cincuenta años de vida republicana el presupuesto na cional, por el “enemigo externo”, representado por los intereses transnacionales que buscaron acaparar gran parte de las utilidades mineras. Durante las primeras décadas del siglo XX, las aspiraciones “nacionalistas” de las capas criollo-mestizas se dirigirían, principal mente, a derrumbar el “superestado minero” y bloquear el escape de divisas, tratando de reorientarlas hacia el erario nacional, dejando a su retaguardia rural la ta rea pendiente respecto a la “indiada”. En la década de 1870 los primeros gobiernos libre cambistas todavía no estimaban necesario prescindir totalmente del sector agrario. Más bien soñaban con una transformación capitalista del campo, a través de lo que ahora podemos reconocer como una primera re
forma agraria. A partir de la Ley de Exvinculación, de 1874, se propuso la extinción definitiva de los ayllus, la privatización de la tenencia y la creación de un mer cado de tierras que permitiera la formación de grandes propiedades agrícolas. Al quedar marginados del mer cado nacional, deberían eliminarse definitivamente esas formas “primitivas” de organización social. Algunos criollos de la época incluso comentaron con optimismo la inminente extinción de la “raza”, debido a las epi demias que azotaron las comunidades indígenas entre 1856 y la Guerra del Pacífico. Debe haber sorprendi do la poderosa resistencia de los indios ante la prime ra reforma agraria, que culminó con una movilización general durante la Guerra Federal, a favor de las fuer zas de Pando, y que en 1902 forzó el abandono definiti vo de las operaciones exvinculatorias en el Norte de Potosí. Es a partir de entonces que puede detectarse los ini cios de un lento proceso de reovdenamiento en la balan za de fuerzas en el Norte de Pote-i. Para el Estado oligárquico, el enfrentamiento de las últimas dos déca das del siglo X IX se planteó entre las “fuerzas del pro greso” —los criollos— y un grupo “semisalvaie” —los avllus que defendían tenazmente una forma “anacrónica” de organización y propiedad. Los pequeños producto res mestizos fueron marginados de la batalla: el Esta do los consideraba simplemente como “usurpadores” de tierras de los ayllus, concebidas a su vez como propie dad pública. Amenazados con la venta de sus parcelas en subasta pública, los mestizos no vacilaron en aliar se con los ayllus en su lucha contra el Estado. Sin em bargo, desde comienzos del siglo XX las operaciones catastrales de tierras narticulares permitieron la extensión de numerosos títulos a ios productores mestizos, que de esta forma fueron separados de sus antiguos alia dos, y adscritos al bloque terrateniente y estatal. í
Queda por aclarar nuestro uso de las palabras in dio, mestizo y criollo. A mediados del siglo XIX es po sible asociar cada una de estas categorías étnicas, tal como aparecen en el contexto rural norpotosino, con tres tipos de propiedad agraria. Indio es quien vive dentro del régimen del ayllu, salvo cuando se encuen tra incorporado a las haciendas como siervo. Criollo es el terrateniente con acceso a fuerza de trabajo ser vil. El mestizo, si bien desde la Colonia había logra do insertarse en los márgenes del régimen del ayllu, en el siglo X IX había empezado a reclamar un dere cho particular a las tierras “usurpadas”, que cultivaría con mano de obra predominantemente familiar desde su residencia en los pueblos regionales, crecientemen te abandonados por los indios desde fines del siglo XVIII. En la medida que los pueblos podían contar to davía con las prestaciones laborales de los indígenas ( como sirvientes del Corregidor y del Cura, por ejem plo, o para atender las postas, el tambo, las escuelas y la iglesia), los mestizos de los pueblos empezaron a considerarse como patrones colectivos de los ayllus —una especie de hacendado multipersonal—, relación que persiste en los últimos treinta años, como veremos en el último capítulo. Naturalmente, estas categorías no pueden delimi tarse sin ambigüedades. Aparte de constituir la fuer za de trabajo servil de las haciendas, en las pocas zo nas donde éstas habían desplazado al régimen comu nitario, el indio también pudo participar como trabaja dor permanente o estacional en el sector minero. El hacendado criollo también sería dueño de minas, co merciante mayorista, o representante regional del apa rato estatal como subprefecto, diezmero, recaudador del tributo indígena “ o de impuestos mineros. Final mente, el mestizo se dedicaría también al transporte ° E n Bolivia el término generalmente empleado es ‘indigenal’.
(como arriero) o al comercio minorista; ocuparía el cargo de Corregidor o Cura; la falta de tierras inclu so lo llevaría a solicitar parcelas en los ayllus, some tiéndose en este contexto a los curacas indígenas pa ra el pago del tributo correspondiente. Sin embargo, para nuestros fines ( que aquí conciernen exclusiva mente al sector rural) hemos encontrado conveniente aferramos al uso de la época para calificar a los dis tintos tipos de agricultor y a los tres sistemas de pro piedad en los que generalmente se inscribían. Este uso, todavía persistente en el Norte de Potosí, permi te expresar la dinámica larga de los intereses econó micos y políticos sin excluir la dimensión étnica, pro fundamente arraigada en la realidad boliviana. A tra vés de una situación en la que las variables asociadas con etnía y clase se encuentran relativamente coinci dentes, pensamos que es posible llegar a algunas hipó tesis sobre su interrelación profunda en un plano más general. De ahí que la adscripción de una masa de pequeños productores mestizos al bloque terrateniente-criollo, a comienzos del siglo XX, representa no sólo un proceso de “racionalización” de la propiedad agraria mediante el catastro, y de la consolidación de la “iniciativa priva da” como móvil sicológico más apropiado para la espe rada “transformación capitalista” del país, sino también una victoria táctica, aunque pírrica por sus consecuen cias, por parte de los criollos en su lucha contra la “cultura alternativa” de la mayoría “autóctona”. Par tiendo de una postura de benevolencia paterna, las ac titudes criollas frente a los indios se transformarían en desdén autoritario cuando éstos se mostraban reacios a participar en un “proyecto nacional”, cuya realización presuponía la destrucción de sus propias organizacio nes tradicionales. Cuando el Estado oligárquico logró salvarse de la quiebra crónica mediante el desarrollo de la “economía mono-exportadora de metales”, las ac
titudes empezarían a suavizarse, por lo menos en cier tos círculos intelectuales. Sin embargo, cuando los ayllus norpotosinos volvieron a sublevarse en 1927 fren te a los intentos expansionistas del bloque mestizocriollo, no faltaría una voz entre los terratenientes que lamentaría la imposibilidad de repetir en Bolivia la solución “heroica” adoptada por los Estados Unidos pa ra resolver su “problema indio”. Cualesquiera fuesen las actitudes asumidas, de hecho sumamente variadas, hay un factor constante: después del fracaso de la pri mera reforma agraria se consolidaría una unidad aje na, opuesta, impenetrable, que permitió a los criollos, y progresivamente a los mestizos, construir su propia “identidad nacional” en contraposición al grupo “autóc tono”. La adscripción de los mestizos al grupo criollo, en el plano de la propiedad privada de la tierra, prepara ría el terreno a una solución ideológica del problema indio, esta vez emergente de las filas mestizas del triun fante Movimiento Nacionalista Revolucionario (M N R). Colocado en 1952 a la cabeza de una masiva insurgencia popular, el MNR se vio obligado a nacionalizar las prin cipales minas de estaño y decretar una segunda refor ma agraria, que prometía entregar las tierras de las ha ciendas a los colonos y restituir a los ayllus sus tie rras “usurpadas”. Sin embargo, en la práctica la refor ma agraria que desde 1953 se realizaría en el Norte de Potosí sólo buscó la creación de una multitud de pequeños productores particulares, con títulos de pro piedad privada. Esta práctica regional, a favor del ré gimen mestizo de propiedad, subyace en la solución propuesta a los problemas raciales del país. Para los caudillos del MNR, en cuanto representantes de un na cionalismo mestizo, la palabra indio no era sino una mera supervivencia “feudal”, originada por la conquista española. El mestizaje racial era de tal naturaleza, se gún ellos, que el país debía admitir su propio mestiza
je. No habría indios ni blancos. Todos se asimilarían al grupo mestizo, en cuanto denominador común de am bas castas. Por decreto los indios se convertirían en “campesinos”. ¿Acaso no eran “trabajadores del campo”? Así, en el MNR una corriente de pensamiento “racista pequeño-burgués” intentaba resolver un problema emi nentemente cultural por simple negación. Recuperada la lucidez histórica, el país reconocería como un hecho con sumado la homogeneización corporativista de los com ponentes étnicos de la Nación, y podría dedicar sus es fuerzos multi-clasistas, alimentados por el aporte racial tanto ibérico como americano, a la construcción de una patria moderna. E l planteamiento hábilmente identifi caba “mestizaje racial” (fenómeno genético) con “homo geneidad étnica” (mito nacionalista). En este trabajo buscamos contribuir al análisis crí tico que debe realizarse en torno a aquella magistral neblina de ambigüedades que fue el movímientismo; so bre todo por el modo como ejecutó la segunda reforma agraria en relación a los ayllus que acabamos de men cionar. Una perspectiva histórica larga permite reco nocer en ella un grado significativo de continuidad con los objetivos originalmente planteados por los gobier nos oligárquicos del siglo pasado a través de la pri m era reforma agraria. Ambas reformas propugnaron la extinción de los ayllus, la propiedad privada de la tierra y un nuevo sistema impositivo (predial rústico o impuesto único) que se aplicaría en base a operacio nes previas de agrimensura y catastro. La diferencia más importante radicaba en que así se consolidaban ahora los pequeños productores mestizos en la pose sión de las tierras usurpadas a los ayllus. Los mesti zos aparecían entonces como la “vanguardia” del régi men de propiedad rural. Desde esta perspectiva, el en sanchamiento de la pequeña propiedad entre los indios, iniciado con cierto éxito entre los colonos de las ex ha ciendas, puede conceptuarse no como una simple poli-
tica agraria que buscaba instaurar un régimen “mer cantil simple” en el campo boliviano, sino también —y no menos importante— como parte de una ofensiva ét nica que buscaba la asimilación de las dos antiguas “castas” en un “mestizaje universal”. Desde esta perspectiva deben comprenderse dos pa trones contrastados de sindicalización entre los ayllus y las ex haciendas del Norte de Potosí. Por una parte, algunos dirigentes mineros, partiendo de un análisis ex clusivamente clasista de la situación, buscaron la for mación de sindicatos cam pesinos (sic), dispuestos a plegarse a las luchas proletarias. Por otra parte, los mestizos de los pueblos (conscientes o no de las reali dades étnicas de la situación) también buscaron esta blecerse como dirigentes oficialistas, esperando llevar a los indios (sic) a colaborar con el gobierno en la atomi zación de sus propios ayllus. Aunque se logró cierto éxi to en la sindicalización de los valles norpotosinos (más afectados que la ¡ouna por la penetración de la propie dad privada), ambas tácticas tropezaron con el hecho no enteramente sorprendente que los indios comune ros de la puna vieron con profundo recelo una revo lución que amenazaba convertirlos en pequeños propie tarios, a costa de la destrucción de su organización tradicional y obligándolos a pagar un nuevo impuesto único. El MNR, como los criollos del siglo XIX, pre sentó su reforma agraria como una medida en favor de los intereses campesinos. Para los ayllus esta refor ma significaba una prolongación de los intentos secula res de diversos gobiernos de desconocer el antiguo “pacto de reciprocidad” que en las primeras décadas de la República regía las relaciones ideales entre ayllus y Estado. La esencia de este pacto consistía en la obli gación del Estado no sólo de reconocer los derechos colectivos de los ayllus a sus tierras, sino también de aceptar como contraparte los servicios tradicionales y la tasa, antiguo tributo indígena pagado por los indios.
Este recelo de los indios comuneros sobre los ver daderos propósitos del MNR, que constituye la interro gante inicial del presente estudio, condujo en la déca da de 1960, y no solamente en el Norte de Potosí, al resurgimiento de un planteamiento “indio” de la situa ción. Aquí no entraremos en las ramificaciones actua les y las proyecciones futuras de los “movimientos in dios” del país. Será suficiente constatar una quiebra importante en el planteamiento “mestizo”, heredero a su vez del “nacionalismo blanco” del siglo XIX, sugi riendo que los problemas derivados de la composición multiétnica de Bolivia difícilmente se resolverán por simple negación. Nuestro examen de la historia de las relaciones entre los ayllus norpotosinos y el Estado bo liviano espera lograr una comprensión más adecuada de la situación actual del indígena de esa región. Sin embargo, aunque nuestro análisis parecerá circunscri to a una experiencia local, y en particular a una expe riencia “Macha-centrista”, no debe olvidarse que los indios comuneros 0 de toda la sierra boliviana siguen pagando voluntariamente el antiguo tributo. Es urgen te un sondeo de opiniones y un examen de la experien cia histórica no sólo en los otros ayllus norpotosinos sino, también, en los otros departamentos del país. Es posible que la tasa tradicional deba mantenerse como parte de un replanteo de las relaciones entre ayllus y Estado. En este replanteo será imprescindible tomar en cuenta la experiencia .uorpotosina resumida en estas páginas. Debo hacer público mi agradecimiento a Angel Ro bles, Director del Proyecto de las Naciones Unidas de Apoyo al Programa Nacional de Desarrollo Rural In tegrado ( BOL/78/017), quien consideró justificable el financiamiento de tres meses de investigación, esencial * r io '.
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para la preparación de este trabajo. Una primera ver sión del mismo fue presentado en 1980 como un Infor me a dicha institución. E l presente texto representa una revisión del informe original, preparado en el mar co de los Estudios Comparativos del Area Andina, pa trocinados por el Instituto de Estudios Peruanos. La edición de las partes correspondientes al Informe cuen ta con la gentil autorización del Departamento de Coo peración Técnica para el Desarrollo (D C T D ) de Na ciones Unidas. Deseo también agradecer particular mente a Christine Hünefeldt y Heraclio Bonilla por sus comentarios críticos al texto inicial, y por el aliento necesario para que me anime a publicarlo. Entre las per sonas que han colaborado de una manera u otra en su preparación quisiera mencionar a Xavier Albó, Raúl Cal derón, Mario Chacón, Daniéle Démelas, Gunnar Mendo za, Winston Moore, John V. Murra, María Elena Orihuela y Antonio Rojas, como también al equipo del IEP (L i ma), del Grupo Avances (L a Paz) y del Programa Na cional de Desarrollo Rural Integrado (L a Paz). Final mente, quiero agradecer de manera muy especial al cura ca de Macha (Aransaya), don Agustín Carvajal, y a sus hijos Santiago y Gregorio, por la confianza depositada en mí a través de los últimos diez años, y el acceso brin dado al Archivo Cacical de los ayllus bajo su jurisdic ción, tanto en la puna como en el valle del Norte de Po tosí. Sin embargo, la responsabilidad por las opiniones aquí vertidas y los errores de concepto o hecho deben atribuirse exclusivamente al autor. T
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Sucre, 1981
1 Los antecedentes del debate republicano
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En 1825 e l g o b e r n a d o r d e c h a y a n t a escribía al Inten dente General de Potosí, general Guillermo Miller, ofreciéndole un resumen de la situación económica de la provincia a finales de la Guerra de la Independencia. El cuadro presentado muestra que, a pesar de los des trozos de los soldados y la crisis reinante en el sector minero, las bases de su comercio tradicional en trigo y harina se mantenían todavía intactas. En 1787 el In tendente de Potosí, Juan del Pino Manrique, había co mentado cómo los indios del pueblo de Chayanta . .bajan a los valles de Micani, San Pedro y Carasi, en que poseen tierras, y con las harinas y granos que conducen a La Paz, Yungas y Oruro, retornan coca, algodón y agí, extendiéndose algu nos hasta la costa, de donde regresan con aguar dientes” (Pino Manrique 1836 [1787]: 18).
Lo significativo es que este comercio floreciente fue llevado a cabo, no sólo por los hacendados, que en es ta provincia eran pocos, sino también por los indios de los ayllus.1 ¿Cómo es que los indios de los ayllus chayanteños lograron establecerse en esta ventajosa posición mer cantil? La respuesta es compleja, y nos obligaría a exa minar los términos precisos de la incorporación de la región a la economía colonial durante el siglo XVI. Aunque no podemos ofrecer aquí un análisis de la es tructura socioeconómica de la confederación preinca de los Charka y Karakara,2 es necesario señalar que, a diferencia de las otras regiones conocidas hasta la fe cha, los indios de Chayanta se ubicaban en una provin cia colonial que cubría todas las principales zonas eco lógicas que habían sustentado a la antigua confedera ción. 3 Cuando Pino Manrique quiso explicar la eviden te prosperidad de los ayllus norpotosinos, encontró la razón en el acceso que tenían a tierras de puna y valle dentro de su propia jurisdicción: “Tiene 20 curatos en la puna y valles, con la be lla proporción de que sus naturales no tienen que salir en ningún tiempo del partido para sus siem1 . la
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bras y recojo de granos, porque poseyendo tie rras en unos y otros temperamentos de su pro vincia en ellas cosechan cuanto necesitan”.4 Lejos de desestructurarse las bases prehispánicas de la prosperidad andina, en esta zona el antiguo patrón del “control vertical de un máximo de pisos ecológicos” (Murra 1975: 59-115) se mantuvo como un elemento ins titucionalizado dentro de la formación colonial. Es más, los ayllus regionales consistían en franjas continuas que bajaban desde las alturas hasta los valles cálidos o en dos zonas discontinuas, cada una situada en uno de los dos polos climáticos. Dado que la mita potosina se aplicó a través de los curacas de cada ayllu, la misma economía minera funcionó asegurando la persistencia de las condiciones verticales de reproducción de su pro pia fuerza de trabajo rotativa. Frecuentemente suele suponerse que los pueblos de reducción temprana lograron desarticular las identida des étnicas precolombinas, al reagrupar la población indígena en torno a un nuevo centro administrativo y religioso. La experiencia de Chayanta sugiere que és ta no es una explicación suficiente. Los cinco reparti mientos reconocidos por el virrey Toledo —Moromoro, Karakara, Macha, Chayanta y Sacaca— aumentaron a sie te cuando Pocoata y Aymaya insistieron en separarse del repartimiento de Macha (Platt 1978b). Sin embar go, los indios de Macha, Pocoata, Aymaya, Chayanta y Sacaca fueron distribuidos en pueblos, tanto en la puna como en el valle, manteniendo su afiliación étnica pre colombina. Si bien los diversos ayllus tuvieron a ve ces que compartir un solo pueblo, particularmente en la zona de valle donde la formación de “archipiélago” era más acentuada, las identidades étnicas se mantu 4. V er Pino Manrique (1 8 3 6 [ 1 7 8 7 ] ) : la antigua provincia de C h ayan ta coincide, precisam ente, con el área hoy dividida en cinco provincias y llamada N orte de Potosí.
vieron al asignarse “calles” específicas a cada ayllu.5 Este patrón de asentamiento puede detectarse en las fuentes coloniales y se mantiene en mayor o menor grado hasta la fecha. La distribución “vertical” de la población, conocida durante la Colonia como “doble domicilio”,6 fue comen tada nuevamente por el Gobernador en 1825. Resumien do su Informe, Grieshaber señala cómo los indios de Sacaca se desplazaban durante los meses de verano ha cia sus maizales y trigales en Santiago y Acacio; los de Chayanta a los valles de Micani, San Pedro de Bue na Vista y Carasi; y los de Pocoata a Chayala, Mica ni y Carasi (Grieshaber 1977: 167). Agregamos que los de Macha tuvieron su asentamiento de valle en San Marcos de Miraflores, y también compartían el pueblo de Carasi con los indios de Chayanta (Laymis) y Po coata. E l control de tierras én puna y valle permi tió que la subsistencia familiar fuera asegurada den tro de la misma provincia, y sirviera de base para el cultivo de excedentes comercializables, probablemente (como sugeriremos en el próximo capítulo) en tierras “de la comunidad”, al margen de los predios familiares. En este caso, la administración de la producción y la comercialización de los cereales habría estado a car go de los curacas de los ayllus. Estamos empezando a reconocer la importancia de este “modelo cacical” de mercantilismo agrario para de terminados momentos de la época colonial (ver, por 5 . P a r a la p r á c t ic a d e l s ig lo X V I , v e r Los yndios d e tacobamba contra los quillacas i asanaques sobre q u e sean Lechados d e las tierras d e g u a ch e y sarotala, e n : “ T i e r r a s e I n d i o s ” ( E A ñ o t a
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ejemplo, Murra 1977; Rivera 1978a). E l modelo se in serta, como una estructura productiva específica de los ayllus, dentro del vasto circuito mercantil generado por Potosí, y el resto del sector extractivo, en cuanto pro ductor de moneda-circulante y mercado principal para bienes de consumo e insumos para la producción mine ra (Assadourian 1982). Es importante contrastar esta estructura productiva con la que se desarrolló en las zonas de haciendas. En Cochabamba, por ejemplo, el otro gran centro altoperuano de producción de cerea les, la expansión de la producción señorial se encontró en conflicto con el sector de subsistencia de los vanaj conas, determinando que durante la larga crisis del si glo X V III la producción se entregara a arrendatarios aislados, con el retiro consecuente del hacendado de las actividades de producción y comercialización (Larson 1978, 1980). Es posible que el florecimiento del comer cio triguero de Chayanta, a fines del siglo X V III y du rante la primera mitad del XIX, guardara relación con el repliegue cochabambino frente a un mercado en con tracción. En este caso el “modelo cacical” de produc ción mercantil puede haber tenido ventajas relativas en épocas de baja demanda. Pero todavía no sabemos cuándo se inició la exportación regional de Chayanta, aunque ya en 1628 Vázquez de Espinosa había comen tado la importancia de la producción regional de trigo y maíz (Vázquez de Espinosa 1948[ 1628] ). Como recaudador del tributo y “enterador” de los mitayos, el curaca colonial tuvo que asumir el papel de intermediario entre los ayllus y el Estado español. Frente a sus ayllus, el curaca se presentaba como el encargado del Estado de confirmar a cada unidad do méstica en la posesión de sus tierras, y de asegurar la cancelación del tributo (a veces a través de la comer cialización de los excedentes producidos en las tierras “de la comunidad”) y las demás obligaciones exigidas por el Estado colonizador. A través del curaca, el rey
de España podía presentarse ante los indios como el sucesor legítimo del Inca: ambas jefaturas reclama ban un derecho eminente sobre todas las tierras culti vadas, y Wachtel (1973) ha mostrado cómo las estruc turas ideológicas precolombinas fueron reacomodadas dentro del aparato colonial de dominación. Es así co mo los curacas pudieron mantener su acceso a las pres taciones laborales, que por tradición se les otorgaba en su condición de “señor natural” de los ayllus bajo su jurisdicción. Su capacidad de movilizar la fuerza de trabajo indígena, mediante los tradicionales mecanis mos de la reciprocidad andina, debe considerarse como la base de su éxito como mercader dentro de la econo mía colonial —en determinadas coyunturas y regiones que todavía no han sido definidas con precisión—, un éxito que (como Silvia Rivera ha propuesto) podía ser vir para proteger a sus ayllus del peso desintegrador de las exacciones coloniales. Existen algunos indicios de esta práctica en Chayanta durante el siglo X V II.7 Y es- en este contexto que debe comprenderse la poca evidencia existente sobre la suerte del “modelo caci cal” durante las Guerras de la Independencia. La creciente diferenciación entre curacas e indios comunes, representada nítidamente en Chayanta por el caso del cacique-hacendado de Moscarí, don Florencio Lupa, fue acentuada por el fortalecimiento de una capa mestiza probablemente procedente de las capas indíge nas más pujantes, cuyos miembros desde la primera mitad del siglo X V III ocuparon algunos cargos impor tantes dentro de los ayllus, iniciando así la expulsión de los indios de sus antiguas reducciones. Es en este proceso que debe buscarse los orígenes del núcleo m estizo d e los pueblos hoy conocido como los “vecinos” o “mozos”. En 1731 los indios del repartimento de Ma 7. P latt 1978b ; cf. la denuncia de su caciq ue por los indios de Pocoata en Ram írez del Aguila 1 9 7 8 [1 6 3 9 ].
cha denunciaban la presencia de los mestizos en el pue blo de ese nombre, citando las leyes de la Recopilación de Indias en las que se prohibía la entrada de “mesti zos, cholos ni otras mixturas” a los “pueblos de indios”, “por el motivo que da la mesma ley de que no se con taminen en los costumbres”.8 La usurpación de los ca cicazgos por mestizos fue uno de los motivos de la gran sublevación encabezada en Chayanta por don Tomás Katari, de Macha. E l mayor control español sobre es tos cargos, ejercido después de la derrota de Katari, parece que nuevamente se diluyó en el curso de las Guerras de la Independencia. La persistencia de la antigua organización vertical en la puna y valles de la provincia de Chayanta, que se había integrado a los mecanismos de reclutamiento de la mita minera, significó una ausencia relativa de ha cendados en la mayor parte de la región. De ahí que en Chayanta no se dio esa lucha entre mineros y ha cendados por la mano de obra indígena que ha sido do cumentada por Thierry Saignes para la región de Larecaja (Saignes 1978). E l conflicto que surgió a fines del siglo X V III fue más bien entre los intereses mine ros y los de la Iglesia. Frente a la crisis potosina, el intendente Paula Sanz intentó instituir una “nueva mi ta” entre los indios de Chayanta para su aplicación a los decadentes ingenios de Potosí. Esta política trope zó con el hecho que los indios tenían que participar en las cofradías y fiestas de las parroquias de ambas zo nas ecológicas, para asegurar su acceso a las tierras de puna y valle. Durante el largo debate suscitado por este conflicto, los indignados azogueros de Potosí re clamaron contra los curas de Chayanta que “para el 8. V er “Tierras e Indios” ( E Año 173 1 , N9 5 1 2 8 ) , Archivo Nacional de Bolivia, Sucre. Los indios de M acha volvieron a que jarse, esta vez de un usurpador mestizo del cacicazgo, en 172 2 : ver “Tierras e Indios” ( E Año 177 2 , N9 2 2 3 ) , A NB, Sucre.
Rey cada yndio es una sola persona: mas para el cura hace las veces de dos yndibiduos, por que la comunidad que pasa fiestas en Chayanta las pasa tambéin en Carasi”. 9 Efectivamente, la documentación disponible so bre las responsabilidades de las cofradías y el ritmo intenso de las fiestas celebradas en cada Doctrina, mues tran el tiémpo de trabajo ocupado por los indios en el suministro de bienes y servicios a la Iglesia. 10 Pue de suponerse que a fines del siglo X V III la prosperi dad visible de Chayanta se expresó a través del es plendor y lujo de las celebraciones religiosas, que de esta manera lograron absorber buena parte de los ex cedentes comercializables de los ayllus regionales. Para preparar el escenario, aunque sea de manera todavía hipotética, sobre la riqueza sorprendente de los indios de Chayanta en los albores de la vida repu blicana, será necesario analizar tres conflictos surgidos entre los ayllus de Macha y los curas de una Doctrina, para lo que se dispone de un “Libro de Fábrica” que co rre desde 1779 hasta 1823.11 Se trata de la parroquia de San Marcos de Miraflores, iglesia en el valle del gran ayllu de Macha. En la información incompleta pro porcionada por esta fuente creemos poder entrever una estrategia cacical para la recuperación de los exceden tes previamente absorbidos por la Iglesia, pero ya no en provecho de los azogueros potosinos (la mita se abo9 . e n :
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Recurso de Curas de Chayanta contra la Mita de Potosí,
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lió definitivamente en 1812) sino para ensanchar la prosperidad indígena a través de una ampliación del comercio triguero, y probablemente maicero, cuya es cala en 1825 llamó la atención del Gobernador de la provincia. Será de gran importancia la investigación de las posibles estrategias cacicales correspondientes a los otros ayllus del Norte de Potosí. Las consecuencias institucionales del “control ver tical” de los indios de Chayanta de las tierras de puna y valle habían producido perplejidad entre los admi nistradores blancos desde las visitas toledanas del si glo XVI. En 1797 el cura de San Marcos de Miraflores, deseoso de emprender la reconstrucción de una capilla en un anexo alejado de la Doctrina, obra que requería la colaboración de los indios “locales”, se encuentra la mentando “la poca espiriencia que tube de trabajar se mejantes obras con yndios de aillos que tienen doble domicilio en puna y valle”: “los de este anexo lejos de hacer la menor demos tración de regocijo. . . concurrían casi forsados con una lentitud y tibieza los unos cerca del me dio día y otros a tiempo de la chicha o comida, y esto por un día y dos o tres cuando mas, y lue go se retiraban o fingían viaje a la puna”. Vemos que los mismos indios consideraron excesivo el peso de las obligaciones eclesiásticas que los obliga ban, en palabras de los azogueros, a dividirse en “dos yndibiduos”. La renuencia de los indios de la puna a colaborar en las obras religiosas del valle al parecer se agravó en el curso de las Guerras de la Independencia, como pue de verse en un nuevo conflicto surgido en 1823 entre el cura y los curacas de Macha, residentes éstos a va rias leguas de distancia en la puna. En esa época crí tica los cofres doctrinales del valle se encontraban ca
si vacíos debido a los “desgraciados tiempos de gue rras” y “las urgentísimas necesidades del Exercito del Rey y de la Nasion”. Además, el cura lamentaba la abo lición de ciertos servicios tradicionalmente prestados por las cofradías de San Marcos, señalando como res ponsables a las mismas autoridades indígenas: . .estos Curacas, por su propia autoridad abusi va, han abolido aún las funciones o prosesiones que comunmente denominan Tuta Alférez, que habían sido sinco, las han quintado.. . y las acos tumbradas heran de dose pesos.. . ”. 12 Sin embargo, en las otras doctrinas de los ayllus se se guía pagando la suma tradicional, “sin atender que de este Curato tienen sus ali mentos por los sembradíos de maíz y trigo, con cuios frutos pagan sus tributos y demás pensio nes que tienen en los Curatos de Macha, Chairapata y Surumi por la doblada residencia”. 13 Se trata, aparentemente, de una reducción sistemá tica de los servicios prestados en la doctrina del valle, buscada por los curacas del mismo modo que había si do hecha por los azogueros de Potosí. El cambio pare ce consistir en eliminar la autonomía doctrinal a los valles del ayllu, reduciéndolos a la posición de un sim ple apéndice perteneciente al grueso de la población re sidente en la puna. El maíz y el trigo de San Marcos debían canalizarse directamente hacia la puna, en lu gar de ser absorbidos por la Iglesia local. Otra evidencia de este conflicto se encuentra en los intentos del cura de reconstruir la misma Iglesia de San Marcos en el mismo año. Ya se ha señalado el de sinterés de los indios de la puna, en 1797, por la refac 12. Ib id., ver nota 10. 13. Ver nota 10.
ción de la capilla. Pero en 1823, frente al derrumbe aparente del orden colonial, la negativa es tajante: el cura denunció que la Iglesia fue refaccionada “todo a mi costo, sin que ningún Curaca, ni vesino de este pue blo me haiga ayudado con un centavo”. Su acusación a los curacas va más lejos todavía: . .son tan yndevotos dichos mandones, que solo consultan por sus propios yntereses, como son Tarachi, el Curaca de Majasaya, y su compañero de la Parcialidad de Anansaya, Pirapi, que solo para sus utilidades con empeño y abusivas cos tumbres yntroducidas por ellos los hazen travajar [a los indios] sin atender que en las leyes y recopilación de Yndias expresamente mandan que paguen sus respectivos jornales en presencia de sus párrocos quando los ocupan a los naturales de sus parcialidades, pero estos han derogado es tas leyes”. 14 Se trata, visiblemente, de un desconocimiento de la re lación asalariada, promovida por la legislación colonial, por parte de los curacas de Macha, quienes preferían movilizar las tradicionales prestaciones de fuerza de tra bajo que les correspondían dentro de las reglas de la “reciprocidad” andina. Nuevamente presenciamos el re tiro de los servicios indígenas a la Iglesia y su empleo para propósitos definidos por los mismos curacas. ¿Cuáles serían estos propósitos? Lamentablemente, la fuente no informa al respecto. Pero en vista de los logros anteriores del “modelo cacical”, debemos pregun tamos si no se trataba de un “proyecto indígena” en manos de los curacas, aislado de las aspiraciones crio llas salvo en la medida que ambos grupos rechazaban la opresión virreinal, y que buscaba fortalecer el “mo delo cacical” de mercantilismo andino para que los in 14. Ver nota 10.
dios pudiesen enfrentar el mercado republicano en con diciones más favorables. En todo caso, Bolivia nació con su demanda interna de cereales y harina entera mente abastecida por una producción regional centra da en Cochabamba y Chayanta, que incluso pudo reba sar los límites de la nueva República para integrar en su circuito las regiones colindantes del sur peruano. A mediados del siglo X IX esta autosuficiencia empezó a destruirse por la lenta penetración de productos extran jeros. En 1866, el subprefecto de Chayanta, Matías Arteche, comentaba los efectos desastrosos que la impor tación de productos foráneos causaba en el comercio provincial: “Las harinas de castilla [de Chayanta] no sola mente se consumían en los pueblos del Norte de la República: su estracción era aún más activa a todo el Departamento de Puno, territorio del Pe rú. Hoy con motivo de la internación de las ha rinas de la República de Chile, por la vía de Tac na, hasta el Departamento de La Paz, por medio de arrías, ha desaparecido aquel consumo acti vo de granos, que antes era la vida de la Provinc ía .. . . 5 En los próximos capítulos, veremos el contexto y las consecuencias de la ruina del mercantilismo indígena de Chayanta, consumada en aras de las aspiraciones “nacionalistas” del Estado oligárquico, cuyas políticas en el plano más general desembocaron en una larga “guerra étnica” (la Guerra Federal) como expresión definitiva de la pérdida de fe experimentada por los in dios frente al Estado “traidor”.
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El "antiguo régim en ” tribu tario : gobierno indirecto y auge com ercial, 1825-1880
. .solo por solucionar nuestros Tributos consegui mos aquella cantidad que nos está asignada por nuestra clase con un imponderable trabajo, vendien do el poco fruto que recogem os de nuestras c o r tas posesiones en un presio el mas ín fim o .. . ” Agustín Billegas, R ecaudador de Chayantacas, y otros, al Subprefecto de C hayanta, M oscarí, 5 de agosto de 1829 (A rchivo Nacional de Bolivia, M inisterio d e H acienda, P refectu ra Potosí recibidas, T. 1 6 , no. 22 ). “Los cereales por lo com ún se venden y consumen en el mismo departam ento que los produce. Salen de esta regla C ochabam ba y la Provincia de C hayanta correspondiente a Potosí, que proveen de tri go y maíz a los departam entos de L a P az y O ruro”. José M aría D alence (1 9 7 5 [1848]-. 2 7 6 ) .
que se extiende desde la fundación de la República, en 1825, hasta los años previos a la Guerra del Pacífico, el debate económico criollo se ca racterizó por una pugna entre una corriente de pensa miento “proteccionista” (cuyo representante más elo cuente fue José María Dalence), y los protagonistas de un programa “librecambista” que llegarían a consoli dar su modelo de “progreso” desde el principio de la década de 1870. Los efectos del desarrollo de este mo delo fueron previstos en gran medida por los proteccio nistas: la eliminación de las barreras aduaneras, la anu lación del monopolio estatal sobre la exportación de pastas de plata, la construcción de ferrocarriles hacia D u k a n te e l p e río d o
los puntos de exportación, en desmedro de la integra ción vial interna. Todos estos factores contribuirían a crear una crisis del mercado interno, cuyo fomento había sido la base de las políticas proteccionistas. En el Norte de Potosí los efectos del programa liberal se expresaron a través de la crisis de la producción regio nal de trigo y el renacimiento paralelo de la gran mine ría argentífera de exportación en el antiguo asiento mi neral de Aullagas (Colquechaca). Pero los primeros gobiernos librecambistas no qui sieron excluir totalmente de sus proyectos al sector agrario. La década de 1870 se caracteriza también por la elaboración de una nueva política agraria a través de la “Ley de Exvinculación” de 1874, que buscaba “moder nizar” la producción agropecuaria del país mediante la disolución de los ayllus y su reemplazo por un nuevo régimen de “capitalismo agrario”, en los términos de la época. Esta transformación del sector rural debería ser la contraparte de la gran minería exportadora, y se suponía que iba a poder competir con los productos ali menticios importados. En la práctica, la política agra ria liberali6 fracasó rotundamente, lo que constituyó un factor clave en el desarrollo desenfrenado de la eco nomía monoexportadora de metales, cada vez más de pendiente de la importación de insumos mineros y de ciertos artículos de consumo de primera necesidad. En los capítulos siguientes se examinará algunas de las razones de este fracaso, a través de un análisis del proceso de aplicación de las nuevas políticas agrarias en el Norte de Potosí. Frente a la masiva resistencia 16. Usamos la palabra “liberal” en el sentido de una corrien te de pensamiento económico librecam bista, asociado con la ideo logía “positivista”, y no com o el nom bre de un partido político. Desde esta perspectiva, tanto el Partido Conservador como el P a r tido L iberal se dejaban orientar por el liberalismo económ ico, y sus diferencias versaron más sobre la sede del gobierno y los términos de la paz con Chile.
indígena, el Estado boliviano nunca llegó a movilizar los recursos necesarios para desarrollar sus propósi tos por la fuerza. Sería incorrecto suponer que la mo vilización de los indios constituyó una explosión ciega, desprovista de objetivos claros. Se trataba más bien de una defensa crecientemente airada de un orden “tradi cional”, que no solamente regía las relaciones normati vas entre el Estado y el ayllu, sino que también brinda ba las garantías necesarias para el desarrollo del gran comercio triguero de la región. Para comprender la ló gica de la resistencia indígena debemos partir de una consideración de este orden “tradicional”, cuyo eje cen tral fue el sistema del tributo indígena. La conversión de un excedente comunitario en el di nero necesario para cancelar el tributo requería parti cipar en el mercado de trabajo o de productos. Para la provincia de Chayanta la comercialización del trigo pa rece haber sido la base tradicional del tributo. Dado que las exigencias estatales recaían sobre la persona del “cacique recaudador”, no hay ninguna razón para su poner que cada unidad doméstica se encargara indivi dualmente de la venta de su propio excedente trigue ro. La generalización del comercio triguero para fines impositivos resultaría, en todo caso, imposible fuera de las zonas apropiadas para su cultivo, y podría inte rrumpir la circulación de diferentes productos entre ecologías especializadas dentro de la comunidad. Aquí vuelve a presentarse la posibilidad de un “modelo caci cal” de tributo, basado en la movilización de la fuerza de trabajo colectiva para el cultivo de ciertos produc tos en tierras “de la comunidad”, encargándose el mis mo curaca de la comercialización de las cosechas, a la vez que se devolvía una porción a los cultivadores en señal de redistribución. Este modelo está documentado mediante testimonio oral para el ayllu Jukumani, del norte potosino, en el período previo a la Revolución de 1952 (Godoy s/f). Una variante para el caso del ayllu
Macha fue el descenso anual del curaca recaudador a los valles para el cobro del tributo, en maíz, de las fa milias individuales, antes de proceder a su comerciali zación (Platt 1978a). Estos indicios etnográficos de muestran que si bien el monto del tributo se calculaba sobre el total de las unidades domésticas en edad de tri butar, los mecanismos precisos por los que cada uni dad participaba en su pago podían variar notablemente entre ayllus. No se dispone aún de las fuentes documentales que permitan aclarar la situación dentro del ayllu de Chayanta durante las primeras décadas de la República. Debe tenerse en cuenta esta advertencia, puesto que en lo que sigue consideraremos predominantemente las obligaciones tributarias en cuanto responsabilidades in dividuales de cada unidad doméstica. Aparte de algu nas sugerencias para futuras investigaciones, las fuen tes utilizadas nos obligan a enfatizar la función del cu raca cara el E stado en perjuicio de su papel económico y político dentro de la comunidad. En 1848, José María Dalence, en su B osquejo Esta dístico d e Bolivia, señalaba nuevamente el florecimien to del comercio cerealero en la provincia de Chayanta: “Los cereales por lo común se venden y consu men en el mismo departamento que los produce. Salen de esta regla Cochabamba y la provincia de Chayanta correspondiente a Potosí, que pro veen de trigo y maíz a los departamentos de La Paz y Oruro” (Dalence 1975). El mismo autor atribuye una producción de trigo al de partamento de Potosí más alta que la de Cochabamba. Puede inferirse que en las primeras décadas republica nas Chayanta fue el centro de producción triguera más importante del país.
En 1846 el valor real del tributo fue equivalente a aproximadamente una o dos fanegas de trigo. Entre 1816 y 1877 el monto del tributo se mantiene constante a 9 pesos 6 reales por originario, 7 pesos por agrega do y 5 pesos por forastero. Por otra parte, Dalence en 1846 indica un precio de 4 pesos por fanega de trigo. La relación fluctuante entre el precio del trigo y el tri buto permitiría establecer un lím ite inferior al comer cio de trigo, de acuerdo con la población tributaria de los ayllus trigueros. El monto realizado mediante esta participación “forzada” en el mercado lo recuperó el Fisco, que buscaba la capitalización del Estado sin la destrucción de las condiciones de producción de los ay llus. En este sentido podemos considerar la percepción tributaria como una vía fiscal de “acumulación primiti va permanente” (Bartra 1974), con la diferencia de que aquí el principal beneficiario sería el Estado. Sin em bargo, este límite inferior no excluye la posibilidad si multánea de un proceso de expansión mercantil por par te de los curacas encargados de recaudar el tributo de sus ayllus, en la medida que llegaron a vender una can tidad mayor al valor exigido por el Estado. El acceso a una parte de los excedentes campesinos fue decisivo para la reproducción del débil aparato es tatal, pese a que la palabra “tributo” y su resabio colo nial fueron repugnantes para el oído republicano. Du rante la Colonia, la corona española había mantenido la convergencia entre “impuesto” y “renta”, característica del Estado Inca. Los indios pagaban el tributo o tasa a la corona, en cuanto ésta gozaba de un derecho emi nente sobre la tierra; pero lo consideraban parte de lo que llamaremos un “pacto de reciprocidad”, que les ga rantizaba el acceso seguro a sus tierras. E l Estado re publicano, en cambio, prefirió enfatizar que los ayllus eran simples usufructuarios de las tierras del Estado —más tarde se diría que las tierras habían sido “se cuestradas”— y que el tributo era en realidad un sim-
pie arriendo que se pagaba al Estado como dueño de las tierras comunales. Esta oposición dejaba abierto el ca mino jurídico que “justificaría” las ventas forzadas impuestas sobre las comunidades de algunas regiones por el gobierno de Melgarejo. Por otra parte, permitía que otros gobiernos —desde los decretos dictatoriales de Bolívar hasta la Ley de Exvinculación de 1874— asu miesen una postura de “generosidad paternal” cuando planteaban la consolidación de la tenencia individual a través de la extinción formal de los ayllus. Tales ofer tas fueron violentamente rechazadas por los ayllus, co mo veremos más adelante. Sin embargo, en las prime ras décadas de la República los gobernantes se conten taban con la reconceptualización jurídica de la tasa de arriendo y la percepción semestral del antiguo tributo, que seguía costeando los sucesivos intentos de conver tir al Estado en un protagonista eficaz de los intereses de una embriònica burguesía criolla ( Sánchez-Albor noz 1978). La fluctuación demográfica de la población contribu yente exigía un reajuste periódico del monto presu puestado del tributo para cada provincia. Por lo tanto, fueron necesarios los empadronamientos regulares, si guiendo la costumbre implantada durante la época colo nial. Estos empadronamientos, llamados “Revisitas”, bus caron anotar los nombres de cada contribuyente y de los miembros de su familia, junto con detalles sobre el terreno que ocupaba y la categoría tributaria a la que pertenecía. Entre los contribuyentes se distinguía a los “próximos” (los hijos varones de 13 a 17 años, que entrarían en la categoría de contribuyentes en la pró xima Revisita), “los reservados” ( “que hubiesen cum plido la edad de cincuenta años” ), como también a los enfermos, los curacas hereditarios, las autoridades in dígenas de turno, los sirvientes de la Iglesia y los pos tillones de turno. Las variaciones en la composición demográfica se explicaba también porque con el trans-
curso de los años algunos contribuyentes habían muer to o entrado en la edad de los “reservados”, los “próxi mos” llegado a la edad de tributar, algunos campesinos se habrían ausentado por migración, mientras que otros “advenedizos” habrían alcanzado a inscribir sus terre nos. A veces cuando un terreno era arrasado por el río, su ocupante tenía que asegurarse la posesión de otro. Todas estas modificaciones tenían que tomarse en cuen ta al formar el nuevo Libro de Revisita, que siempre terminaba calculando el nuevo monto tributario corres pondiente a cada provincia. Según el Reglamento de 28 de febrero de 1831, las Revisitas debían practicar se cada cinco años, aunque en la práctica los interva los fueron más largos. Para la provincia de Chayanta disponemos de Libros de Revisita para 1830, 1837, 1843, 1858, 1863 y 1877.17 Según el Reglamento de 1831, la Revisita estuvo a cargo del Gobernador (más tarde convertido en Subprefecto) de cada provincia, quien era también el res ponsable de recaudar el tributo semestral correspon diente a los pueblos y ayllus de su jurisdicción, perci biendo un porcentaje del monto recaudado. Los intere ses del Estado estaban representados por mi Apodera do Fiscal, acompañado de un secretario y un intérpre te, nombrado por el Gobierno en base a una lista pro puesta por el Prefecto del departamento. E l Tesoro de partamental debía entregar una copia de la matrícula anterior al Apoderado Fiscal, quien debía ponerla a dis posición de la mesa revisitadora para su actualización en el curso de la Revisita. La mesa se instalaba suce sivamente en cada pueblo de la provincia, y debían acu dir los párrocos y corregidores de cada cantón: los pri meros debían mostrar los Libros eclesiásticos de bau tismos, casamientos y entierros, necesarios para calcu 17. Los padrones coloniales pueden consultarse en el Archivo General de la Nación, Buenos Aires.
lar su movimiento demográfico, mientras que los corre gidores tenían que exhibir los padroncillos en base a los cuales se había realizado la cobranza cantonal. El Corregidor también recibía un porcentaje del monto recaudado en su cantón. Por otra parte, los terrate nientes del cantón debían presentar las listas de los colonos contribuyentes de sus haciendas. Finalmente, una vez instalada la mesa revisitadora en cada pueblo, debían acudir los cobradores indígenas —curacas, se gundas, filanqus, alcaldes— a la cabeza de los ayllus de su jurisdicción. Detrás de ellos, estancia por estancia, desfilaban todas las unidades domésticas —hombres, mujeres y niños— del cantón. Ahora bien, en la visión esquemática del legislador, todos los ayllus y sus miembros debían pertenecer sin ambigüedad a un solo cantón, provincia y departamen to. Sin embargo, en la realidad la situación era mucho más compleja. Desde los primeros días de la Colonia los esfuerzos españoles de concentrar la población in dígena en pueblos locales con integridad territorial ha bían entrado en conflicto con técnicas alternativas de organización espacial, características de las poblacio nes andinas, que preferían mantener un patrón alta mente disperso de tenencia para asegurar su acceso a los productos de múltiples ecologías alejadas entre sí (Murra 1975). En el siglo X IX las autoridades frecuen temente manifestaron perplejidad al encontrar terre nos dentro de su jurisdicción local como propiedad de pueblos muy alejados de otro cantón, provincia o de partamento (cf. Anexo 3). En los mismos linderos depar tamentales se encontraba comunidades que reclamaban tierras a ambos lados de la frontera. En tales casos los Prefectos no vacilaron en basarse sobre los recla mos comunitarios para justificar la expansión de su ju risdicción a costa del departamento vecino. De esta ma nera surgieron conflictos que, en muchos casos, hasta hoy siguen sin solución.
Tomemos el ejemplo de los terrenos de Bombo, en la frontera entre la provincia de Chayanta y el depar tamento de Oruro. Estos terrenos fueron reclamados por el ayllu Chullpa de Chayanta pero se encontraban dentro de la jurisdicción de Oruro. Como explicó el Apoderado indio de los Chullpa en 1844: . .los infelices moradores en dichos terrenos su fren dobles gravámenes, pagando arriendos a es te departamento [de Potosí], la contribución en Oruro i la doctrina en Poopó; se resuelba por el Supremo Gobierno que dichos yndios pertenescan de una vez a la Comunidad de Chullpas en todo”. 18 Sin embargo, en 1835 el Prefecto de Oruro había expresado una opinión divergente: “Los indígenas de Bombo satisfacen animalmen te la cantidad de serca de trescientos pesos a los de Chayanta como renta proveniente de las tierras que ocupan, y como los espresados tie rras están cituadas en este departamento, pare ce que la espresada renta debe pertenecer a la Beneficiencia.. .”. 19 El Prefecto tomó por su cuenta las medidas corres pondientes. En 1835 mandó una nota al Juez de Paz del cantón de Sora-Sora: . .me anotisia hallarse en la Estancia de Bom bo el Casíque de Chayanta con el fin de cobrar los arriendos que pagavan los indígenas de di cha estancia. Pase Ud. a aquella con la veloci dad de rayo. .. y haga la cobranza en los mismos términos que lo hacían en años pasados y siem18. V er el expediente de la Revisita de Chullpas, Revisita de Chayanta de 184 7 . A N B, Sucre. 19. Ib id ,
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pre que los Yndigenas hayan satisfecho alguna cantidad al referido Casique, recoja Ud. [y] obli gúeles a que vuelban a pagar de nuebo. . . Ud. queda autorizado para todo lo que pueda ocu rrir. . ,”20 El Juez de Paz ejecutó la orden, asaltando al Cobra dor de Chullpa. “. . .en paraje despoblado y de ningún recurso: es demasiado notable en las autoridades del Depar tamento de Oruro donde creo aun se concerban los despotismos del tiempo Español. . . ”. 21 Es evidente que estamos en presencia de una suerte de bandolerismo fiscal, por el cual la Prefectura intenta ampliar sus fuentes de ingreso a costa de la jurisdic ción tradicional de las autoridades indígenas. Muchos otros casos podrían citarse,22 pero lo que aquí interesa es la propiedad ejercida por algunos ayllus sobre tierras lejanas en diferentes departamentos, provincias o cantones. Un buen ejemplo que se ofrece es el de la presencia de un enclave comunitario en el cantón San Marcos (provincia de Charcas, departa mento de Potosí), perteneciente a los indios Collanas del ayllu K’ulta (provincia de Challapata, departamen to de Oruro), cuya existencia actual pudimos confir mar en el terreno en 1970. Este enclave, sembrado 20. Ver el expediente de la Revisita de Chullpas, Revisita de Chayanta de 1847. A N B, Sucre. 21. Ibid. 22. Por ejemplo, el cu raca de la Comunidad de Ormiri (p ro vincia de Tomás Frías, departam ento de P o to sí), con tra la Pre fectu ra de Oruro y Subprefecto de la provincia de Paria ( E x pediente en posesión del cu raca de O rm iri). Problemas semejan tes subyacen en la ubicación de un ayllu de K’ulta (provincia de Challapata, departam ento de O ru ro) dentro de la provincia de Tom ás Frías, departamento de Potosí (inform ación del antro pólogo Tom ás Abercrombie en 1 9 8 0 ) . Cf. tam bién Anexo 2.
principalmente con maíz, se ubica en el corazón de las tierras del valle del ayllu Macha. En 1866 el titular Mariano Llanqui se quejaba de los despojos practica dos por los indios vecinos de Macha, . .sin que las autoridades cantonales nos hayan amparado en la posesión de nuestras tierras; por el contrarío nos ha hostilizado el corregidor de San Marcos volviéndose a los indios de Llucho”.23 Según información recogida en 1970, los indios K’ulta del valle de San Marcos siempre habían pagado su con tribución a los caciques de Oruro. Por lo tanto, los Co rregidores (cuyo salario incluía un porcentaje del tri buto recaudado) no se interesaban en amparar una po sesión cuyo tributo no caía dentro de su jurisdicción. Los indios de K’ulta fueron amparados en su posesión de los terrenos por el Revisitador de 1885, en base a una “posesión secular de serca de tres siglos”; 24 sin embargo, los conflictos entre Macha y K’ulta siguen hasta el presente. Si ahora consideramos a los grandes ayllus de la provincia de Chayanta, encontramos que también es tán distribuidos entre varios cantones en la puna y el valle. Hasta la Revisita de 1837 es significativo que el empadronamiento se realizara para cada ayllu en un solo lugar, dado que el curaca podía presentar los datos de todo su ayllu, sin necesidad del desplazamiento de las mesas, a través del territorio. Pero desde 1843 en contramos que los habitantes de cada ayllu se anotan en forma separada según el cantón que ocupan. El cua dro 1 muestra la distribución muí ti-cantonal de ocho ayllus norpotosinos, cuyos habitantes deben sumarse para llegar a la población total del ayllu. Este fenóme2 3 . d e
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no es sumamente importante, pues muestra el princi pio de los repetidos intentos republicanos de descono cer el ayllu muid-cantonal, sometiéndolo a una frag mentación administrativa que sigue amenazando las ba ses multíecológicas de producción que sustentaron el florecimiento comercial de Chayanta durante el siglo X I X .25 Un examen del cuadro 1 muestra un hecho sobresa liente: mientras que algunos ayllus (M acha y Pukwata, por ejemplo) ocupan tierras en la puna, chawpiranci (región intermedia: “cabeza de valle”) y valle, consti tuyendo dos franjas verticales continuas que bajan des de las alturas hasta la zona cálida, otros ayllus sólo ocupan tierras en los cantones correspondientes a los dos polos climáticos y, por lo tanto, no disfrutan de un control sobre un territorio unificado. Para estos ay llus la “comunidad” propiamente dicha abarca dos áreas geográficas discontinuas. Además, se notará que muchos cantones albergan a más de un ayllu en su jurisdicción: la frontera entre dos ayllus puede pasar por el centro de un solo can tón. En los cantones de valle se encuentra hasta cua tro ayllus, cuyos integrantes ocupan terrenos dentro de la jurisdicción de un solo corregidor, puesto que en las zonas de valle los ayllus están “mezclados” ( chajrusqa dicen los indios actualmente). Se trata de una superposición administrativa, derivada de las doctri nas coloniales, que desconoce la existencia de formas 25. Hemos com probado estadísticam ente (P la tt 1 9 8 2 ) que en 1 9 7 8 los productores campesinos de la región con mayores ven tas agrícolas coincidieron tendencialm ente con aquellos que m an tenían el cultivo en puna y valle. E l argum ento que hoy se utiliza para privarles de sus tierras lejanas es, precisam ente, que son tierras correspondientes a otros cantones, provincias o depar tamentos. L as bases de esta argum entación ya empiezan a per filarse en la Revisita de 1843.
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alternativas para organizar el espacio y la población en el Norte de Potosí. Los ayllus que aparecen en el cuadro 1 estaban com puestos por un gran número de ayllus subsidiarios, con una jerarquía interna que variaba de un ayllu a otro (Platt 1978c, Harris 1978b). Macha, Pukwata, Murumuru, Sakaka y algunos ayllus de menor importancia se dividían en dos parcialidades llamadas Aransaya y Urinsaya, y cada parcialidad se subdividía en un nú mero variable de ayllus menores. Cada ayllu menor es taba constituido por otros ayllus más pequeños, llama dos cabildos, que representaban las unidades impositi vas mínimas por encima de la unidad doméstica. Aho ra bien, las tierras de valle correspondientes a un ay llu grande se repartieron entre los distintos cabildos y sus miembros. En cada nivel de segmentación se produjo una duplicación de los ayllus entre los dos po los climáticos de la provincia de Chayanta. Dentro de los cabildos, las unidades domésticas de la puna se agrupaban en estancias, que generalmente representa ban las casas correspondientes a los descendientes de un antepasado común, mientras en el valle las casas se construían aisladamente en la parte central de los mai zales familiares. Este esquema general, que sufre mo dificaciones en cada caso concreto, sigue constituyen do la base del ayllu norpotosíno de nuestros días. Para el revisitador lo esencial era establecer la ca tegoría tributaria correspondiente a cada unidad do méstica, dejando a las autoridades indígenas la tarea de recoger la tasa mediante ceremonias semestrales de cobranza y entregar el monto final al corregidor del cantón de residencia de la máxima autoridad indígena. Más adelante se trataría de las modificaciones produ cidas en el sistema actualmente en vigencia. Por el mo mento debe destacarse la autonomía relativa de las au toridades de los ayllus, tanto en la recolección del tri
buto entre los comuneros, como en la entrega de infor mación tributaria a las mesas revisitadoras. ¿Cuáles fueron, pues, las categorías tributarias que tanto preocupaban a las mesas revisitadoras? E l re glamento de 1831 sólo reconocía tres categorías de con tribuyentes : “El padrón, como queda dicho, comprenderá só lo las dos clases principales de originarios y fo rasteros con tierras, y forasteros sin ellas. . 26 Dalence, al estimar la población contribuyente total del país en 1846, también divide a los contribuyentes en tres categorías aunque cambia la denominación de “fo rasteros con tierras”, utilizada en el Reglamento, por “agregados con tierras”: “E l número de los comuneros con tierras es de 48,295 jefes de familia, el de agregados con tie rras de 57,837 y el de forasteros sin tierras 31,972”. 27 Sin embargo, al definir las categorías reemplaza el tér mino “agregado” por “forastero”: “En el ejido posee por asignación cada jefe de fa milia originaria, tierras bastantes para los sem brados y los pastos comunes. A más de los ori ginarios hay agregadas a las comunidades mu chas familias que llaman forasteros con tierras; o sin ellas, según se las hubiesen asignado o no. A estos últimos les dan mielgas en sus eras, los que las tienen bajo la condición de que los ayu den en las siembras y cosechas”. 28 Se notará que, en la definición de Dalence, incluso los “forasteros sin tierras” tienen un acceso limitado a 2 6 . Flores M oncayo (C o m p .), 195 3 . 2 7 . D alence, op. cií. 2 8. Ibid.
la tierra de algún titular, a cambio de algunas presta ciones de servicio en épocas en que se requiere de abundante mano de obra debido al ciclo agrícola. Los actuales datos etnográficos recogidos en el campo norpotosino confirman esta categorización tri ple de la población contribuyente. Citemos aquí la de finición que hemos propuesto en otro trabajo (Platt 1981) de las tres categorías mencionadas. “En una primera categoría se agrupan los origina rios supuestamente descendientes de los comunarios reconocidos durante los primeros repartimientos colo niales del siglo XVI. Durante los siglos posteriores, los indios que podían mostrarse emparentados patrilinealmente29 con los beneficiados de estos reparti mientos originales, eran llamados “originarios” y se les reconocía un derecho seguro e inalienable de posesión sobre sus predios, siempre que cumplieran estricta mente sus obligaciones frente a la comunidad mayor y frente al Estado. Demás está decir que, en los empa dronamientos que venían practicándose regularmente desde entonces, no todos los que aspiraban al estatus de “originario” podían demostrar su derecho con evi dencias genealógicas: existía, pues, la posibilidad de adscribir a esta categoría a otros individuos, foraste ros o recién llegados, siempre que contaran con la auto rización de los otros originarios. Al lado de esta cate goría de usufructuarios, con posesión supuestamente ab inicio, pero condicionada por su pertenencia a la comu nidad, se encontraba otra categoría de campesinos que se habían adscrito al ayllu para cultivar en sus tierras sobrantes, contribuyendo así a reforzar la población con que las autoridades indígenas podían contar para hacer frente a las múltiples obligaciones impuestas por el Estado. . . se les llamó agregados y se les pedía una 2 9 . to
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contribución tributaria menor, en relación con el me nor tamaño del predio asignado. . . sus derechos eran, además, menos estables, y en caso de conflicto con los originarios sobre linderos territoriales, podía aducir se contra ellos su condición de allegados, con el fin de debilitar su posición jurídica”. “Una tercera manera de acceder a la tierra, también reconocida por las mesas revisitadoras, fue aún más precaria: los llamados kantu runas (quechua; witu jaqi en aymará), no disponían de ningún derecho propio a la tierra que cultivaban, más allá que el usufructo que les concedían los titulares de ella, sean estos origina rios o agregados. En recompensa por el favor mostra do por estos titulares, al permitirles cultivar en los márgenes de sus posesiones, los kantu runas (literal mente hombres del margen), debían cancelar algunos pocos servicios a favor de los titulares, y ofrecer algu nas prestaciones laborales al Cura local en representa ción de la comunidad de su residencia. Desde 1874 se ofreció eximir a los forasteros sin tierras de toda con tribución indígenal”. “En principio, los forasteros y agregados disponían de una superficie menor que los originarios, y el actual curaca octogenario de Macha (Aransaya) me ha infor mado que solamente los originarios tenían acceso a tie rras en los dos polos ecológicos ( puna vallentin)”. Esta observación debe llevarse más lejos: sería más correcto decir que cada ayllu mínimo o cabildo se cons tituyó a partir de un número limitado de “tierras de ori gen” y otras “tierras sobrantes”, además de los pastiza les para el uso colectivo de sus miembros. La calidad de “originario” no correspondía estrictamente a un in dio por sus características genealógicas, sino simple mente por ocupar uno de los “terrenos de origen” del ay llu. Este terreno estaba formado por un gran número de parcelas, cultivadas o en descanso, distribuidas a tra-
ves de una gama de mícroclimas hasta abarcar tierras lejanas en la zona cálida del valle. Ahora bien, en un sistema de producción basado pre dominantemente en la mano de obra familiar, el área del “terreno de origen” bajo cultivo efectivo, o al menos in corporado a los ciclos de rotación, dependería del nú mero de productores —que generalmente significaría el número de hijos en edad productiva— a disposición de cada familia campesina. Además, un “terreno de origen” tendría que fraccionarse cuando los hijos se independi zaban económicamente y establecían sus propias unida des domésticas de producción. Así, un solo “terreno de origen” podría cultivarse parcialmente por una familia pequeña, o llegar alternativamente a sustentar a varias familias, según el ciclo de desarrollo doméstico y según el número de descendientes del “originario” empadrona do en aquel terreno (Platt 1982). De acuerdo con la información recogida en Macha, un “terreno de origen” fraccionado entre dos hijos se convertiría en un número igual de “terrenos agrega dos”. En estos casos los “agregados” no tendrían necesa riamente un origen foráneo, sino que serían simple mente los campesinos que ocupaban una fracción de un “terreno de origen”, aun si su padre había sido “origina rio”. Igualmente, un “forastero sin tierras”, o kanturli na, no era necesariamente un allegado a la comunidad: los nietos del “originario” podían establecerse en los “márgenes” del terreno (de allí la palabra kanturuna) y ofrecer ayuda ocasional al único tributario del grupo familiar extendido, o a su padre “agregado”, siempre que se hubiese producido la división formal del predio originario. Esta situación ocurriría cuando la fuerza de trabajo de las familias “agregadas” aún no alcanzaba a incorporar al cultivo toda la superficie del predio “originario”. Pero la muerte del padre “agregado” pro duciría un cambio en el status tributario del kanturn-
na, convirtiéndose en “agregado” al asumir el cqntrol de la parte que le correspondía dentro del predio de su padre (Platt 1982). La situación descrita no excluye la posibilidad de adscribir a “agregados” o “forasteros” de origen forá neo, en los márgenes de los “terrenos de origen”, o en las “tierras sobrantes”. La rápida repoblación de la provincia de Chayanta después de la epidemia de 1856 sólo pudo lograrse debido a la asimilación de una masi va población inmigrante, cuyos orígenes sería muy im portante investigar. Lo que queremos destacar es que las categorías tributarias se establecían más por el ta maño de la tierra ocupada (aunque no necesariamente cultivada), que por las características genealógicas de la población. Sobre todo, es importante reconocer la im portancia de los cambios de categoría según el balance hombre-tierra en cada localidad específica. Los expedientes de las mesas revisitadoras mues tran varios casos de estas recategorizaciones. Ya en la revisita de 1816 encontramos anotaciones marginales que señalan el traspaso de “originarios” y “agregados” a la categoría inversa. Estos traspasos se encuentran, en primer lugar, entre los contribuyentes de un solo ayllu, sin implicar un cambio de residencia, y posible mente deban atribuirse a las consecuencias del ciclo de desarrollo doméstico que acabamos de señalar. Tam bién ocurren traspasos entre ayllus subsidiarios de un gran ayllu. Así, un “agregado” de Sullcata se convir tió en “originario” de Collana, dentro del gran ayllu Kharacha. Finalmente, se dan casos cuando un “agrega do” de Kharacha se transforma en “originario” de otro gran ayllu, el de Aymaya. En este caso se trata de acuerdos entre los curacas y jilancos de diferentes ay llus, ratificados por la mesa revisitadora, para lograr una redistribución de la población tributaria de acuer do con la tierra disponible en cada ayllu.
Se encuentra más ejemplos en los expedientes de la Revisita de 1863. En un momento, el contador fiscal re clamó por la ausencia de un terreno de origen en los pa drones elaborados por el apoderado fiscal. El apodera do contestó que: “El [terreno] conocido con los nombres de Opari y Yampara se ha dividido para dos agregados del mismo aillo, la primera mitad ha tomado Petrona Chivari i la segunda Jiliana Fernández. Las tierras de Quichiquichi se ha dividido también para los agregados Mariano Puma i Juan Gonzales. No hai falta de tierras sino aumento de con tribución pues; que en lugar de once originarios i veintinueve agregados que tenía este aillo, hoi consta de nueve originarios i treinta i tres agre gados”. 30 Esta cita es un ejemplo de un principio general, se gún el cual un aumento en la población contribuyente implica una reducción relativa en el número de origi narios, cuando la presión demográfica no permite esta blecer nuevos “terrenos de origen”. Sin embargo, la si tuación determinó un aumento en el monto tributario to tal, dado que mientras un originario pagaba 9 pesos 6 reales cada año, el agregado pagaba 7 pesos. En el mismo año también se observa la conversión de un “agregado” en “originario”, al quedar empadrona do en el “terreno de origen” de un ausente: “José Santos Collque pasó a originario por ausen cia de Mercedes Huaihua, sin que nadie lo haya reemplazado en su clase de agregado, por no te ner ningún terreno, así como no lo tienen muchos indígenas del aillo. . .”. 31 3 0 .
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B ,
S u c r e .
Es discutible si muchos agregados del ayllu realmente carecían de tierras. Lo más probable es que se trate de una ficción legal para evadir las obligaciones tribu tarías, que presentaría la ocupación de una fracción de un “terreno de origen” como carencia de tierras. Otra interpretación parece sugerir la pérdida del “terreno agregado” por derrumbes, tal como se comprueba en los expedientes correspondientes a la Revisita de 1877. Pe ro debe reconocerse la incapacidad de la mesa para de terminar la existencia de algunos terrenos: “Los terrenos de Alzuri i Machacamarca de agre gados i pertenecientes a los finados Hilarión Alavi i Manuel Tola no han sido destinados [a otros] por no haberse podido esclarecer su existencia, porque los indios ocultan la verdad cuando se trata de tierras, sin que se haya encontrado me dios eficaces para evitar ese fraude”. 32 Nuevamente: . .hay muchos agregados especialmente en este cantón cuyos terrenos no están señalados en el libro de la matrícula pasada, ya porque los ocul tan, ya porque verdaderamente no los poseen”. 33 Pese a que algunos revisitadores crearon nuevas cate gorías de “agregados sin tierras” y “forasteros con tie rras”, creemos que esta ampliación de la categorización triple ya señalada proviene, en la mayoría de los casos, de confusiones probablemente fomentadas por los mis mos indios. La pérdida de su terreno, por razones no especifica das, también pudo obligar a un originario a convertirse en forastero. 3 2 .
R e v is it a
3 3 .
Ibid.
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1 8 6 3 .
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“El originario Mariano Robles justificó ante la mesa que no existe el terreno Vilani-pampa. .. [y] se resignó a pasar a la clase de forasteros sin tierras.. 34 Nosotros interpretaríamos este cambio como la reubi cación del originario por el curaca como kanturuna en el margen de otro “terreno de origen”. Otra situación que motivó consultas por la mesa re visitadora de 1863 fue la posesión de tierras del ayllu por algunos “españoles” y “mestizos”, donde la definición de “raza” dependía de la categoría social expresa en las partidas de bautizo, más que de un hecho genético. En una resolución del 30 de setiembre de 1863 se contestó a la consulta determinando que: “los individuos que no pertenecen a la raza indigenal deben ser escluidos del repartimiento de tierras comunes y de la matrícula de contribu yentes. . . [y] que todas las propiedades territo riales que se hallan poseídas usurpativamente por individuos de otra raza. . . deben venderse en pública subasta”. 35 Esta resolución anticipó una cláusula de la Ley de Ex vinculación de 1874, que suscitaría graves problemas, como se verá en el capítulo siguiente. Sin embargo, una aplicación demasiado literal de la ley hubiera sig nificado una pérdida de los ingresos del fisco, por lo que generalmente la mesa revisitadora llegó a un com promiso prudente: “. . .los pocos españoles i mestizos que aparecen por tierras han sido concervados en ellas a fin de que sigan produciendo en provecho del Erario 3 4 .
R e v is it a
35. Ibicl.
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hasta el momento de ser vendidas por el Subprefecto de aquella provincia”. 36 Pese a que la ley determinaba que la herencia de la tierra era exclusivamente para varones mayores de 17 años, la amenaza que representaba la epidemia de 1856 para los ingresos fiscales, llevó al apoderado fiscal de 1863 a considerar en el status de contribuyentes a mu jeres y menores. Con esta decisión, el apoderado sólo estaba confirmando una práctica establecida entre los ayllus de Chayanta aún vigente, según la cual las mu jeres podían heredar la tierra en ausencia de un here dero varón. Así, el apoderado declaró que había “matriculado a los niños, niñas, viudas y muje res solteras que poseen tierras, por haberlas en contrado matriculadas también en las dos Revi sitas anteriores, a las que me he sujetado. . . es ta práctica es desde tiempo inmemorial: ella se halla en uso en toda la provincia de Chayan ta. . .”. 37 Esta costumbre debe relacionarse con la asociación de los predios con familias determinadas, hoy en Macha se sigue hablando de “Willka tasa”, “Mamani tasa”, etc., pa ra señalar los predios y sus poseedores tradicionales. Este fenómeno explicaría por qué en 1863 “. . .los menores, viudas y solteras. . . solicitan [las tierras de orijen] con avides, sin permitir que pasen a manos extrañas”. Grieshaber ha calculado que en 1859 había 1,306 muje res y menores matriculados como contribuyentes, o sea el 9.4% de todos los contribuyentes de la provincia. En 1863 esta cifra se mantenía en 9.3% del total (Gries haber 1977). 3 6 .
R e v is it a
37. Ibid.
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1 8 6 3 .
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2 1 5 ,
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S u c re .
Es tal vez significativo que, mientras en 1863 nin gún forastero aparece convertido en agregado, en 1877 esta forma de conversión parece ser la más común. Co mo sugerimos más adelante, esta tendencia puede ex plicarse a partir de la recuperación de los niveles de mográficos anteriores a la epidemia de 1856. En los ex pedientes de la Revisita de 1877 vemos claramente có mo el forastero podía empezar habilitando tierras no reclamadas o “sobrantes”. En el caso de Martín Espa dero, del ayllu menor Alapicha del gran ayllu Macha (cantón Chayrapata), sus terrenos “. . .antes fueron yermos o poromas que no perte necían a ningún individuo”. 38 Solicitando, a su vez, su conversión en agregado “pa ra mayor garantía de sus posesiones”. Es importante notar que su conversión se había preparado con antici pación, pues como parte de la solicitud presentaba un documento firmado por el maestro de postas, certifi cando su servicio en la posta, servicio que pertenece únicamente a los agregados y no a los forasteros”: “El indígena Martin Espadero de la Parcialidad Aransaya, Doctrina de Chairapata, Aillo Alapi cha, su Cavildo Lurucachi, a servicio en la posta seis meses y dies dias por haberle ordenado su Segunda Diego Aguilar, por los terrenos que ocu pa nominados Guañacochi y dos Chancharis chi cos con la condición de pagar su tributo de tres pesos cuatro reales [semestrales] en clase de agregado. . .”. 39 Vale la pena destacar la curiosa combinación de pa labras: por una parte su “segunda” le “ordena” servir en la posta, con la “condición” de pagar el tributo co3 8 .
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3 9 .
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rrespondieqte a los “agregados”. Lo qué el Segunda con sidera una-“obligación” es para Martín Espadero un fa vor concecftder^a-^earnbio de cancelar- el ntrevo trfbuto. Es fácil reconstruir la secuencia de los acontecimien tos. Evidentemente la condición de “forastero” no ofre cía garantía alguna para asegurar la tenencia. Martín Espadero se acerca a su “Segunda”, quien ofrece res paldar su reclamo en la próxima Revisita, pero le acon seja que anticipe el traspaso modificando sus presta ciones al Estado. Una primera condición consiste en el alza del tributo al nivel de los 7 pesos anuales exigidos a los “agregados”. Cumplido este requisito, el curaca ordena formalmente al nuevo agregado que cumpla con sus servicios al Estado en el Tambo de Ocurí (proba blemente Qulqapujyu). Lo importante —y volveremos en detalle a las actitudes subyacentes en el capítulo 3— es que para Martín Espadero los servicios ofreci dos al Estado lo comprometen a reconocer el status tributario correspondiente. Así presenta formalmente su solicitud: “Martin Espadero, viudo de la clase de forasteros del Aillo Alapicha. .. espongo que. .. deseando ro bustecer el derecho de propiedad he servido 6 meses en el Tambo de Ocurí, siendo así que es te serbicio pertenece únicamente a los agrega dos y no a los forasteros. . . pido que se me pa se a la clase de los agregados en mi mismo Ai llo. . . cumplo con mi deber, pues no hago más que aumentar mi contribución cuando antes pa gaba veinte reales, poseyendo siempre el mismo Terreno: el fin que me propongo es dar aumento al Erario Nacional i nada m as.. . ”. 40 Muchos otros ejemplos de conversión de forasteros en agregados existen para esta misma fecha, la mayo40. Revisita de Chayanta, 1877, Revisitas, ANB, Sucre.
lía aparentemente en Macha. En todos los casos no se trata de un cambio de residencia o parcela, sino sim plemente de la modificación del derecho de posesión: . .teniendo cada uno posesión esclusiva de te rrenos de Comunidad. . . poseen sus terrenos por suseción a sus antepasados”, aunque probablemente los “antepasados” no eran sino sus padres inscritos como “forasteros” después de la epidemia de 1856. El Revisitador siempre consulta con las autoridades indígenas ( “Segunda, Alcaldes e Ylanco Gobernador, todos del mismo Cabildo”), quienes “. . .expresaron uniformes que los indijenas recla mantes poseen pacificamente sus terrenos sin cuestión alguna desde la ultima Revisita”. 41 Es evidente que la mesa revisitadora casi nunca to ma una decisión sin consultar a las autoridades indíge nas, recolectores del tributo y jueces internos, quienes son así los agentes del “gobierno indirecto”, y el eje articulador entre el Estado y los ayllus. Examinemos algunos indicios cuantitativos respecto al significado de las categorías tributarias, que ilus tran lo hasta aquí expuesto. Una aproximación global de los cambios de categoría la ofrecen las cifras de la Revisita después de la epidemia de 1856, cuyas conse cuencias para el número de contribuyentes pueden ver se en el cuadro 2. E l empadronamiento de 1858 mostró un descenso en la población contribuyente de Chayanta, de 13,600 en 1843 a 12,900 en 1858. Este descenso se reproduce entre agregados, forasteros y colonos de las haciendas. Sin embargo, se observa un ascenso en el número de originarios. Obviamente, la peste no fa vorecería a/ninguna categoría: debemos concluir, pues, 41. Revisita de Chayanta, 1877. Revisitas, A NB, Sucre.
CUADRO
2
que muchos sobrevivientes de las otras categorías se convirtieron en originarios, pasando a ocupar los terre nos de los muertos, o creando nuevos “terrenos de ori gen” en las “tierras sobrantes”, habilitadas por los fo rasteros en años anteriores. Entre 1858 y 1863 el mismo cuadro muestra una re cuperación global de la población, reflejada en todas las categorías con la excepción de los originarios, cuya ta sa de aumento empieza a nivelarse. Esta tendencia se
confirma entre 1863 y 1877, cuando disminuye el núme ro de los originarios frente a un enorme aumento de la población global. Simultáneamente se observa una dis minución en el número de forasteros, compensándose esta doble disminución por un aumento notable en el nú mero de los agregados y de los colonos de las hacien das. Por una parte, este resultado confirma la parcela ción de algunos “terrenos de origen”, que ya hemos co mentado. Además, la disminución del número de foras teros sugiere que muchos se habían convertido en “agregados”, siguiendo el procedimiento señalado. Al re cuperarse los niveles demográficos veinte años después de la epidemia de 1856, es probable que los hijos de los forasteros que inmigraron a los ayllus norpotosinos du rante los primeros años de despoblación, prefirieran buscar esta recategorización para consolidar sus débi les derechos de hijos de allegados. Naturalmente, este cuadro global debe desglosarse para tomar en cuenta los procesos internos de determi nados ayllus. En el cuadro 3 se aprecia los cambios en la población global y en las categorías tributarias para ocho ayllus norpotosinos entre 1843 y 1877. Un primer examen confirma una de las conclusiones del pá rrafo anterior; en todos los casos, a través de los años se modifica la proporción de la población global repre sentada por los originarios en un sentido inverso al mo vimiento de la población global. Se trata de la propor ción, no del número absoluto. Frente a un aumento de mográfico general también puede producirse un leve aumento en el número de “terrenos de origen”, en la me dida que la tierra disponible permite a las autoridades indígenas y revisitadores crear nuevos “terrenos de ori gen” en las “tierras sobrantes”. Sin embargo, el aumen to de los “terrenos de origen” es siempre menor al au mento de los terrenos correspondientes a las otras dos categorías.
Aparte de esta característica general, la situación in terna de los diversos ayllus es sumamente variada. Cua tro ayllus —Chayantaka, Laymi, Qhana y Sikuya— decla raron no tener forasteros en ninguno de los años cita dos, mientras que los Jukumanis sólo empezaron a te ner población forastera durante este periodo. Los Ma cha, por otra parte, durante los años de la Revisita tu vieron siempre una mayoría absoluta de forasteros, mientras que sus “terrenos de origen” eran insignifi cantes. Finalmente, los Pukwata mantuvieron una ma yoría relativa de originarios en todos los años de Re visita, pese a tener una población casi tan numerosa como los Macha, y el número de “terrenos de origen” muestra un fuerte aumento entre 1843 y 1877 (aunque el movimiento proporcional de sus originarios se ade cúa a la tendencia ya indicada). Estas diferencias pue den reflejar distintas estrategias de sus curacas. Es probable que los Jcanturuna de Chayantaka, Laymi, Qha na y Sikuya no se empadronaran, o que se incluyeran en la categoría de agregados. Parece más conveniente sustentar antes una hipótesis más fácil de evaluar: las diferencias en la relación hombre-tierra dentro de ca da ayllu. La diferencia entre Macha y Pukwata, por ejemplo, se explicaría en caso de que la presión sobre la tierra, y por tanto el fraccionamiento de los “terre nos de origen”, haya sido mucho más fuerte en Macha. Igualmente, el exceso de tierras en Pukwata explicaría el aumento importante de “terrenos de origen” en ese ayllu entre 1843 y 1877. La evaluación rigurosa de esta hipótesis permitiría, simultáneamente, resolver un pro blema de primera importancia: no se sabe aún cómo los Padrones de Revisita reflejan la posibilidad del cul tivo bizonal, en puna y valle, por una familia originaria. Si se procediera a la reconstrucción de genealogías con los datos de las Revisitas de diferentes años, sería po sible detectar la relación entre el ciclo de desarrollo do méstico y la redistribución de los “terrenos de origen”
Originarios, agregados, forasteros :
caso de 8 ayllus cambios relativos entre 1843 y 1877 en el
AÑO
AYLLU
ORIGINARIOS
agregado s
N?
°/ o
°/ o
FORASTEROS
TOTAL
N
%
N?
%
39
1.6 1.8 1.8 1.5
647 667 491 831
32.4 37 26 32.5
1317 1100 1369 1690
66 61.2 72.2 66
1997 1800 1894 2560
100 100 100 100
1843 1858 1863 .1877
93 85 94 109
14.5 16 15 14
549 440 541 652
85.5 84 85 86
0 0 0 0
0 0 0 0
642 525 635 761
100 100 100 100
PUKWATA
1843 1858 1863
469 630 635 704
38.4 37 34 4
451 501 776
37 30 42
300 552 437
24.6 33 23.6
1220 1683 1848
100 100 100
? 2^
2 4
2 1 4 9
M URUM URU
1843 1858
108 107
11 1 0 .7
520 520
54 5 2 .3
332 368
35 37
1863 1877
94 107
8.8 8.8
541 566
50.6 47.
433 538
40.5 44
1843 1858 1863 1877
321 318 346 328
44 43 53 37
403 415 301 553
56 57 46.5 63
0 0 0 0
0 0 0 0
1843 1858 1863 1877
129 126 ? 136
44 39
56 47
34
163 151 ? 160
40
0 45 ? 104
1843 1858 1863 1877
117 116 119 126
25 29 26 23
346 282 339 428
75 70 74 77
1843 1858 1863 1877
62 60 59 63
22 22 20 19
216 216 235 265
78 78 80 81
1843 i o d 1853 4 O/ “i 1863 1877
MACHA
CHAYANTAKA
i a~7~7
LAYMI
JUKUMANI
QHANA
SIKUYA
Fuente:
Revisitas, ANB Sucre.
33
OJ
I d
737
~7
o t o
A'X
4.
960 995
1068 1211
l o o .
99.9 99.8
724 733 647 881
100 100 99.5 100 100 99
26
292 322 2 400
100
0 0 0 0
0 0 0 0
463 398 458 554
100 99 100 100
0 0 0 0
0 0 0 0
278 276 294 328
100 100 100 100
0 14
1
100 100
entre las familias descendientes de un antepasado “ori ginario”. Posteriormente, sería necesario graficar las parcelas especificadas en la revisita, a través del tra bajo de campo, para poder relacionar las genealogías reconstruidas con la disponibilidad de tierra dentro de cada ayllu. Se ha dicho ya que el área efectivamente cultivada por cada unidad familiar dependería, en la mayoría de los casos, de la fuerza de trabajo doméstica a disposi ción de cada unidad. Esto significa que una numerosa familia de agregados podrá cultivar una extensión ma yor que una pequeña familia de originarios. Para el ca so del cantón Murumuru, en 1885 el Revisitador de Chayanta, don Narciso de la Riva, señala una situación que puede haber surgido de este tipo de estructura fami liar: “. . .según las mensuras practicadas por el Agri mensor Justo Leigue Moreno la capacidad de los terrenos ocupados por los llamados agregados es inmensa y de un valor considerable, mayor quizá a todo un orijen: estos grandes terrenos se hallan poseidos bajo el régimen individual; y sin embar go los ocupantes se llaman agregados debiendo llamarse oripnarios” (Riva 1885). Sin embargo, no debe olvidarse el acceso a la fuerza de trabajo extra-familiar de acuerdo con los mecanis mos de la reciprocidad andina. La forma más generali zada hasta hoy sigue siendo el ayni, gama de servicios entre unidades familiares mutuamente comprometidas. Además, las unidades con mayores niveles productivos pueden celebrar chuqhus, “fiestas” de trabajo colectivo, en las que el oferente reparte coca, chicha y comida. En el siglo X IX debe mencionarse también los “servi cios” ofrecidos a cada curaca —y tal vez a las autorida des indígenas menores— por los indios bajo su mando. En el contexto del comercio triguero de las primeras
décadas de la República, sería importante preguntar hasta qué punto algunos grandes productoíes se habían liberado de la dependencia de la fuerza de trabajo fami liar y recíproca para contratar minie as, jornaleros re munerados con una parte de la cosecha. De todos estos factores dependería la superficie efectivamente cultiva da por cada familia, y sería erróneo suponer que los originarios necesariamente cultivaban más tierras que las otras categorías. La ventaja que favorecía a los ori ginarios, según el testimonio del actual curaca de Ma cha (Aransaya), sería el acceso a tierras en ambas zo nas ecológicas, puna y valle. Parece probable que los curacas contaran con la ayu da “ocasionar de forasteros o agregados asentados en los márgenes de las “tierras de origen”. Este acceso privilegiado a la fuerza de trabajo de los allegados per mitiría el desarrollo de niveles de producción y comer cialización superiores a los alcanzados por los indios comunes. Tal situación la sugiere el Revisitador de Tinquipaya, en 1901, cuando denuncia que: “. . .se tiene conocimiento que los principales de este Cantón poseen grandes propiedades al am paro de arrimantes agregados i forasteros, quie nes hacen todo el servicio a que están obligados los originarios, a la vez que contribuyen al pago contribucional. En mérito de estas porciones que relativamente son grandes, no quieren que el Go bierno conozca la riqueza territorial. . . ”. 42 Para las futuras investigaciones será de gran im portancia el análisis más preciso de las formas de ac ceso que tuvieron los curacas norpotosinos a la tierra y a la fuerza de trabajo. ¿Existía una tendencia hacia 42. Archivo Histórico de Potosí, P refectu ra D epartam ental N° 3 0 2 8 (Tinguipaya, 3 de diciem bre de 1 9 0 1 ). Casa de la Mone da, Potosí.
el uso de mano de obra asalariada en tierras “de comu nidad”, efectivamente privatizadas por el curaca? (cf. Rivera 1978c). El comercio triguero ¿se basaba en el acceso al trabajo colectivo de todo un cabildo, o a las prestaciones laborales de agregados y forasteros en tie rras que todavía se consideraban como pertenecientes a la comunidad? Podemos postular también la coexisten cia conflictiva de ambos modelos. Finalmente, —y sin desmedro de la vigencia simultánea de las situaciones ya tipificadas— podemos preguntar si los curacas no fueron simplemente individuos privilegiados dentro de una capa mucho más amplia de “indios ricos”, cuya ri queza derivaba principalmente de un acceso coyuntura! a “tierras de origen” en puna y valle, de acuerdo con mecanismos de redistribución generacional dentro de cada linaje patrilineal, tal como hemos sugerido en otro trabajo para comprender la situación actual (Platt 1981). Lo cierto, sin embargo, es que ningún modelo podría dar cuenta exhaustiva de la realidad, si no llega a seña lar las tendencias hacia el cambio en las relaciones de producción norpotosinas que se estaban gestando antes que el modelo liberal del “progreso” lograra hundir la economía regional en una crisis de la que todavía no se ha recuperado. El auge comercial de Chayanta desapareció con la victoria de las políticas librecambistas. Grieshaber ha mostrado el enorme incremento de las importaciones a Bolivia de trigo y harina chilenos desde poco antes de la Guerra del Pacífico. E l trigo importado aumentó de 658,490kilos en 1861, a 2’543,730 kilos en 1877-78 (Gries haber 1977), sentando las bases para la dependencia na cional respecto al trigo extranjero, que se mantiene has ta el presente. En 1885, Narciso de la Riva denunciaba la falta de producción comercial en Chayanta, atribu yéndola al ^‘aislamiento comunitario” que, supuestamen te, obligaba al indio a apartarse de los circuitos de in tercambio mercantil (ver anexo 2 ). Pero el programa
liberal no solamente destruyó las condiciones mercan tiles protegidas en que la producción triguera pudo sos tener un proceso de “desarrollo” regional. También bus có desmantelar todo el edificio de la sociedad regional, disolviendo los ayllus y reemplazándolos por la pequeña propiedad privada como un paso previo a la expansión de un “capitalismo agrario”. Se trató de un intento muy ambicioso de reforma agraria, precursor de la legisla ción “revolucionaria” de 1953. En el fracaso de este pri mer proyecto de transformación “impuesta”, podemos ver los orígenes de la situación ambigua de “vacío ju rídico” que hoy caracteriza la tenencia de la tierra y las formas de trabajo en el Norte de Potosí. El fracaso de la política agraria liberal en el nor te potosino representa un caso más del fenómeno que ha llamado la atención de los investigadores del sido O O X IX boliviano: la expansión limitada de la gran propie dad rural fuera del altiplano norte de La Paz (Rivera 1978b). Algunos autores (por ejemplo, Grieshaber 1977, Bonilla 1981) han atribuido la falta de dinamismo de la expansión terrateniente al lento crecimiento de la po blación urbano-minera, y con ello del mercado para pro ductos agropecuarios. Esta sugerencia debe examinar se comparándola con el aparente éxito de los exporta dores chilenos de trigo y harina al conquistar los mer cados altiplánicos. En lo que se refiere a estos artícu los, la presencia de un fuerte competidor debe haber tenido un efecto desalentador. Volveremos más adelan te sobre las razones del fracaso del “proyecto liberal” de reforma agraria, orientado a fomentar la expansión de la gran propiedad rural. Las encontraremos tanto en los cambios en la estructura de los ingresos fisca les, como en la ruptura de la legitimidad pre-existente del Estado frente a los ayllus. Sin embargo, puede de tectarse el sustento económico tras la masiva resisten cia indígena. Si el comercio triguero de los ayllus de Chayanta pudo efectivamente desarrollarse en el pía-
no de las exportaciones interregionales, cabe pregun tarse si la movilización campesina no representó un re chazo, en los puntos regionales de producción, frente a una política que amenazaba con derrumbar toda la com pleja estructura socioeconómica elaborada por los ayllus y sus curacas desde el siglo X V III (por lo menos) en torno al gran comercio de cereales. Desde esta pers pectiva, no debe sorprender si los defensores más em pedernidos de la política económica de los proteccio nistas incluyeran, precisamente, a los mismos ayllus que tanto habían florecido gracias a tal “protección”.
3 Proceso y fracaso de la prim era reform a agraria
“No es Muñoz ni M elgarejo, los que han inventa do la venta de com unidades; son ideas y hechos de todas las naciones, que nos vienen desde si glos atrás; pues Muñoz y M elgarejo son los últimos en vender, porque sólo en Bolivia (co n escándalo de la civilización) existieron com unidades” . Anónimo, folleto ( 1 8 7 1 )
E n t r e 1874 y la Guerra Federal (1899-1900) los go biernos bolivianos hicieron un enorme esfuerzo por re formar totalmente el sistema de la propiedad rural, a fin de implantar un nuevo sistema tributario y fomen tar la emergencia de un mercado de tierras. Lo prime ro permitiría aumentar los ingresos fiscales, mientras que lo segundo se consideraba un paso imprescindible para el desarrollo de un “capitalismo agrario”, comple mento necesario de la gran minería de exportación. El nuevo sistema de propiedad consistiría en la extensión de títulos individuales tanto a los comuneros de los ayllus —considerados como simples usufructuarios de tie rras estatales— como a los propietarios de haciendas, cu yas tierras no dependían ya del control comunal.
a. E l “nuevo sistem a rentístico”, 1874-1902 Para la realización del gran proyecto de reforma agraria se establecieron dos fundamentos jurídicos. En primer lugar fue necesario crear una legislación espe
cífica para los ayllus. Mediante la ley del 5 de octubre de 1874 se propuso confirmar a los originarios, agrega dos y forasteros en “la propiedad absoluta en sus res pectivas posesiones, bajo los linderos y mojones cono cidos actualmente”, mientras “los demás terrenos que no se hallen poseídos por los indígenas se declaran so brantes y como tales, pertenecientes al Estado”. Se crearía una mesa revisitádora para “recorrer los terre nos. . . previa citación de colindantes”, para después con ferir la propiedad individual mediante la extensión de títulos de propiedad. La comisión revisitadora incluiría “un perito agrimensor titulado”, pues a diferencia de las Revisitas anteriores, un objetivo básico era esta blecer el área precisa correspondiente a cada propie tario. Una vez extendidos los títulos, “la lei no recono cerá comunidades. Ningún individuo o reunión de in dividuos podrá tomar el nombre de comunidad o aillo ni apersonarse por éstos ante ninguna autoridad” (F lo res Moncayo 1953). Un objetivo principal de la legislación de “Exvincu lación” fue la destrucción de lo que un Ministro de Ha cienda llamaría en 1889 “el híbrido y pernicioso siste ma de las comunidades”. 43 Varias justificaciones se presentaron para este atropello “legal”. Por una parte, se ofrecía el argumento económico de que “este ele mento exótico en nuestro organismo político, se man tiene aún extraño al movimiento económico del país”, proposición que fue resumida sucintamente en la teo ría de las “manos muertas”. 44 Desconociendo la histo ria comercial de los ayllus de Chayanta, se suponía que 43. Ministerio de Hacienda, M em orias, 1889, p. 24, Biblioteca Nacional de Bolivia (B N B ), Sucre. 44. V er: Un vecino de Chayanta, L a prop ied ad d e las tierras d e originarios^y la injusticia de las ventas d e ellas ( 1 8 7 1 : 1 2 ) : “Se acusa a éstos (aborígenes) de incuria, ignorancia y pobreza que los inhabilita para cultivar y mejorar sus terrenos y por esto se les llama manos muertas. . .” (B N B , Sucre, M 4 2 0 x ) .
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“los comunarios poseen grandes extensiones de terre nos, que cultivan en su menor parte según sus limita das necesidades”. 45 En base a esta apreciación, y de la identificación ideológica entre com ercio y civilización, que analizaremos en el próximo capítulo, se argüía que: . .la reforma. .. se propone sustraer del estanca miento grandes valores territoriales y arrancar a toda una raza del estado semi-salvaje para cul tivarla y convertirla en elemento de prosperidad nacional”. 46 ■Tales intentos para encubrir los verdaderos objeti vos de la nueva política agraria estaban reforzados por una teoría “positivista” del individualismo como el es tado natural del hombre“La comunidad en la clase indígena ha venido sa crificando a un principio abstracto, lo que hay de más esencial en el espíritu humano. Absorbe la iniciativa individual, sin la concurrencia del es fuerzo mutuo, y restringe las espontaneidades de la personalidad, anulando los estímulos del inte rés privado”. 47 Era obvio, finalmente, que solamente la “liberación” del “interés privado” en el indio sería un camino adecuado para que este “elemento exótico” se abriera a las “exitaciones del patriotismo”, 48 pues los gobernantes del país estaban convencidos de que el futuro nacional debería identificarse con el desarrollo de la “iniciativa indivi dual”. 45. Sucre. 46. Sucre. 47. Sucre. 48.
Ministerio de H acienda, M emorias, 1891 (p p . 4 7 - 4 8 ) . BNB, Ministerio de Hacienda, M em orias, 1 8 8 6 (p p . 3 6 - 3 8 ) . BNB, Ministerio de H acienda, M em orias, 1 8 9 6 (p . 1 6 6 ). Ib id.
BNB,
En 1874 los legisladores trataron el aspecto tributa rio con cautela: “la junta revisitadora fijará (el impues to territorial) tomando por base la contribución que ac tualmente satisfacen”, aunque se planteaba un aumento del impuesto para aquellos terrenos “que sean muy con siderables respecto a los que poseen los demás”. Se pro ponía, además, un incremento general del 25%, median te el cobro del impuesto en la nueva moneda fuerte ( bo livianos), en vez de los pesos febles que valían sólo 80 centavos de un boliviano. La recaudación del impuesto se entregaría a los subprefectos provinciales al haber desaparecido, mediante el Decreto de 24 de diciembre de 1874, los recáudadores comunitarios. Sin embargo, la forma de cobranza propuesta fue de transición, has ta que se pudiera recalcular la renta en base a la pro ducción de cada predio, tal como se contempló para las propiedades ya privadas. Las propiedades no sujetas al régimen comunal fue ron objeto de otra legislación. Mediante la ley de 26 de octubre de 1879, se planteaba “una de las (Reformas) más radicales e importantes en la hacienda pública”. El objetivo fue el levantamiento de un catastro de todas las propiedades privadas destinado a calcular la exten sión y rentas anuales de cada propiedad, como base pa ra la imposición del nuevo impuesto predial. Con la percepción de este impuesto se procedería a abolir los diezmos y primicias sobre la producción anual, que aún representaban una suma significativa en la estructura impositiva del país. Con esto se buscaba homogeneizar los impuestos rurales, pues incluso las propiedades revisitadas y exvinculadas de las antiguas comunidades deberían inscribirse en el catastro general, “para la su jeción del impuesto a los efectos de la renta predial”.49 49. Ministerio de H acienda, M em orias, 1888, p. 6 2 : “. . .pre ciso es delimitar en absoluto las propiedades de los indijenas en la com unidad de que se les exvincula y enrolarlas en el catastro g e n e ra l.. B N B , Sucre.
De esta manera se perseguía la creación de un “impues to único” casi 80 años antes de su reformulación por los gobiernos posteriores a la Revolución de 1952. Si bien los objetivos del nuevo sistema de propie dad e impuestos fueron muy claros en la teoría, en la práctica fue muy difícil logrados. La posición teórica subyacente derivaba, como decía el subprefecto de Chayanta, Dalio Fernández, en 1889, de Adam Smith: “las leyes económicas con Adam Smit (sic) fijan la sabia regla de gravar la renta pero no el capital”. 50 La crea ción de un “capitalismo agrario” a través del estableci miento de un mercado de tierras permitiría, además, elevar la producción agropecuaria con consecuencias benéficas para el Fisco. Narciso de la Riva, el primer Revisitador de Chayanta, agregaba que el resultado de tal proceso de acumulación originaría sería la libera ción de la mano de obra campesina para su empleo en las nacientes industrias y en las grandes haciendas en vías de formación.51 Sin embargo, el periodo de tran sición del antiguo régimen al nuevo orden, aprobado por las “leyes económicas”, fue crítico, pues el anterior es taba sancionado por la costumbre de siglos y se susten taba en el gran comercio triguero. En primer lugar, la declaración de la Guerra con Chile, en 1879, dio lugar a una grave crisis financiera, cuyo remedio parcial se buscó en la ley de 1° de oc tubre de 1880, que modificaba la ley de 1874: “La disposición culminante de la nueva ley con siste indudablemente en haber prescrito que los 50. Dalio Fernández, Inform e d el S u b p refecto d e Chayanta al P refecto d e Potosí, p. 18. Potosí 1889, (B N B , Sucre, PO Informes C hayanta 1 8 8 9 ). 51. Narciso de la Riva, In fo rm e del Revisitador de tierras de origen de la provincia de Chayanta. Sucre 1885. (B N B , Sucre, M 7 8 0 v ií). V er nuestro análisis de este texto en el próximo ca pítulo.
títulos de propiedad en favor de los indígenas se conferían en papel sellado especial del valor desde Bs. 5.00 hasta 50.00, prometiéndose por es te concepto un rendimiento de Bs. 200,000.00”. 52 Además, dada la demora que implicaba la realización de la Revisita y la percepción de la contribución territo rial reajustada, “. . .el Gobierno se vio en la imprescindible nece sidad de expedir el decreto de 30 de diciembre de 1881, ordenando su recaudación en la forma acostumbrada durante el período de 1882, sin convertir los pesos en bolivianos, declarando a los indígenas contribuyentes escentos de impues to personal y del servicio militar obligatorio”. 58 Finalmente, “.. .con el propósito de interesar a la raza indíge na en la defensa nacional, y poder contar con su coadyuvación, que no carece de importancia, se suspendieron las operaciones de la Revisita por Circular de Octubre 20 de 1883”. 54 Evidentemente, la Guerra con Chile produjo un grave desbarajuste en la implantación del nuevo sistema tri butario. Sin embargo, “pasado el conflicto, se ordenó que con tinúen dichas operaciones (revisitarias)”. No obstan te, no se derogó el artículo de la ley de 1° de octubre de 1880, que disponía el cobro a los indios del valor del papel sellado, dando origen a la resistencia de los 52. Ministerio de H acienda, M em orias, 1 8 8 2 (p . 1 6 ) . BN B, Sucre. 53. Ministerio de H acienda, M em orias, 1882 (p . 1 8 ) . B N B , Su cre. 54. Ministerio de Hacienda, M em orias, 1884, (p . 1 9 ) . BN B, Sucre.
ayllus que terminaría con el fracaso en gran parte del país de la política estatal de Exvinculación. Como ob servó el Ministro de Hacienda en 1886: “En la práctica, ese artículo produjo el descon tento de la raza aborigen que reagravado por el cobro del valor del papel de títulos, por las com pras poco equitativas de las tierras de origen, y por el pago del impuesto en bolivianos en vez de pesos de a 80 centavos, le hizo estallar en rebelión abierta, dando lugar a descenlaces sangrientos”.55 Con la ley de 26 de noviembre de 1886 se intentó redu cir la'' tensión, disponiendo que mientras duraba la Re visita el tributo se cobraría en pesos febles y no en bolivianos. En 1887, sin embargo, el Ministro comenta ba la persistencia de estos problemas: “Numerosas sublevaciones en los departamentos de La Paz, Potosí y Oruro, hacían temer una con flagración que habría puesto en peligro el orden social”. 56 De hecho, las esperanzas de alcanzar los objetivos iniciales se habían debilitado desde 1881, al autorizar se la extensión de títulos pro-indiviso a las comunida des que rechazaban el reconocimiento de los linderos de los terrenos de sus miembros. En 1885 el Revisita dor de Chayanta, Narciso de la Riva, expresaba su de sacuerdo con una medida que contradecía todos los pro pósitos de la reforma: “la reforma intentada tiene por objeto. . . la fun dación de un sistema rentístico nuevo, cuya ba se ineludible es el Catastro: ¿puede existir éste 55. Ministerio de H acienda, M em orias, 1886 (p p . 3 6 -3 8 ). BN B, Sucre. 56. Ministerio de H acienda, M em orias, 1 8 8 7 (p . 2 8 ) . BN B, Sucre.
sin medición, avaluación y estimación de frutos para calcular la renta imponible? No . . . .Por las razones sentadas, la propiedad de cada indíge na debería ser sometida a las formas revisitarias sujetándolas al régimen individual, y en nin gún caso pro-indiviso”. 57 No obstante las objeciones coherentes de Narciso de la Riva, resultaba evidente que sólo el despliegue masi vo de las Fuerza Armadas permitiría a un gobierno aco sado por la amenaza de una insurrección general de los ayllus prescindir de tales medidas pragmáticas y con temporizantes. Es sintomático de la debilidad del Es tado criollo el que los comandantes no estuviesen dis puestos a aceptar el traslado de los regimientos hacia el campo. Escuchemos nuevamente al Ministro de Hat cienda en 1887: “Varios revisitadores, y señaladamente el de Pa cajes, han pedido el auxilio de (la fuerza públi ca), sin haber sido posible acceder a ello porque, en sentir del Ministro de Guerra, la conserva ción del orden público demanda el mantenimiento de los cuerpos del Ejército con todo su personal y sin fraccionarlos”. 58 En 1889 el Ministro evaluaba, en términos alarman tes, el progreso de la Revisita hasta la fecha, y señala ba la crisis suscitada por los intentos de Reforma: “Desvinculada una parte de las tierras, mante niéndose la otra bajo el híbrido y pernicioso sis tema de las comunidades, la administración pú blica no sabe a qué atenerse: colocada entre los despojos del sistema comunal viejo y los albores 57. Narciso de la Riva, In fo rm e del R e v i s i t a d o r . pp. 6-7. 58. Ministerio de H acienda, M em orias, 1 8 8 7 (p , 2 8 ) , B N B , Su cre.
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de la desvinculación o sistema nuevo, sufre la disminución progresiva de los ingresos; el or den social recibe los sangrientos sacudimientos de las colisiones en la campaña; las postas, las escuelas, las iglesias, los corregimientos, se ba ilan privados de los antiguos elementos de esta bilidad y subsistencia. . . La gran necesidad del momento es la terminación de las revisitas”. 59 Sin embargo, la resistencia indígena pronto logra ría extraer otra concesión del Estado. En 1891, expre sando amargamente que “hace diez y siete años que es ta operación no puede llevarse a término por la resis tencia de la clase indígena”, el Ministro sugería que, in cluso si se lograba fijar el monto del impuesto en base a la producción anual de los productores, la suma per cibida sería ínfima debido a la poca producción de ca da unidad campesina. La solución que entonces se pro puso fue: . .mantener el sistema tributario en sus actua les condiciones de cuota fija sobre el terreno po seído por blancos o indígenas mientras la agri cultura, mediante brazos y capital, reciba mayor incremento. . .”. 60 En otras palabras, el único objetivo inmediato sería la individualización de la tenencia y la creación conse cuente de un mercado de tierras: sólo cuando el nuevo “capitalismo agrario” se hubiese asentado, como conse cuencia de la progresiva concentración de la tenencia, seria posible modificar el sistema tributario en el sen tido de un impuesto predial sobre la producción anual. 59. Inform e de Isaac Tam ayo en Ministerio de Hacienda, M e morias, 1889 (p . 2 4 ) . BN B, Sucre. 60. Ministerio de H acienda, M em orias, 1891 (p p . 4 7 -4 8 ) BNB, Sucre.
En la próxima sección se analizará en detalle las operaciones de Revisita en la provincia de Chayanta 61 en 1882-1885, encomendadas a Narciso de la Riva. E l análisis regional permitirá comprender mejor las razo nes de la resistencia de los ayllus norpotosinos, y las potencialidades insurreccionales de la ideología comuni taria que Iegitimizaba las relaciones tradicionales en tre los ayllus y el Estado. Por el momento, nos limita remos a examinar la correspondencia oficial de los úl timos Revisitadores del Norte de Potosí durante la úl-. tima década del siglo XIX, pues en este periodo se in tensificó la tensión entre los ayllus regionales y los representantes gubernamentales, que desembocaría fi nalmente en el apoyo masivo ofrecido a las fuerzas de Pando durante la Guerra Federal de 1899-1900. Entre 1892 y 1902, cuando se abandonó el último in tento de imponer la exvinculación de las tierras comu nitarias en el Norte de Potosí, diversos Revisitadores asumieron sucesivamente el cargo en las provincias de Chayanta y Charcas, para dimitir poco tiempo después ante la imposibilidad de la tarea sin un masivo desplie gue militar. Para la provincia de Chayanta sabemos que don José Nava Morales asumió el cargo en 1892 y en 1894 fue denominado “patriota” por el Ministro de Ha cienda, debido a los avances logrados frente al crecien61. “E l Supremo D ecreto de 9 de febrero de 1877, dividió en dos provincias la de C hayanta denominándolas Ñor y Sud Chayanta. L a L ey de 1 3 de setiem bre de 1880, cambió los nom bres con los de C h ayan ta y C harcas. Por L e y de 21 de noviem bre de 1882, fue separado de la provincia de Chayanta el can tón Chayanta, haciéndolo depender con Laim es y Chayantacas de la provincia de Charcas que quedó dividida en dos secciones, siendo ésta la segunda sección con S acaca la capital. Por L ey de 2 7 de noviembre de 1882, fue C olquechaca declarada capital de la provincia de C hayanta”. Dalio Fernández, In fo rm e del S u bprefecto de Chayanta al P refecto d e Potosí. Potosí, 1889. ( B N B , Sucre, PO Informes Chayanta 1 8 8 9 ).
te rechazo de los indios. En algún momento fue reem plazado por don Félix Leiton,62 de quien no se sabe na da más que su nombramiento. Pero en octubre de 1897 encontramos a don Guillermo Rasguido con la mesa revisitadora en Pocoata, pidiendo urgentemente apoyo ar mado para cumplir con sus funciones. La reforma agraria liberal no afectaba solamente a la tenencia comunitaria de la tierra-, amenazaba también 1 con minar toda la estructura regional de autoridad. Pol lo tanto, es importante notar que el Subprefecto de la provincia, con sede en Colquechaca, le negaba toda co laboración a Rasguido. Como éste señala: “. . .el señor Subprefecto, por órdenes del señor Tesorero Departamental, nos ha retirado al Co rregidor, Alcaldes, Hilancos i Recaudadores, de modo que la mesa ha quedado sin acción algu na”. 63 Se nota la oposición del Tesoro departamental, prin cipal beneficiario del antiguo tributo. Debe pensarse también que el Subprefecto recibía como parte de su haber un porcentaje del monto recaudado en su provin cia. De ahí que Rasguido solicitara se mantuviera al Escuadrón “Junín” en Chayanta, “i si esto no fuese po sible, nos remita una fuerza de 25 hombres”. En apo yo de la solicitud, dirigida al Prefecto de Potosí, se in formaba que: . .esta provincia se sublevó el año pasado con tra la Revisita i que hoi aun mas tenaz con el ex cito que siempre ha tenido corriendo a cuatro Re62. Ceferino V acaflor, In fo rm e d el S u b p refecto d e Chayanta al P refecto d e Potosí. C olquechaca, 1898. ( B N B , Sucre, PO infor mes C hayanta 1 8 9 8 ) . 63. A rchivo H istórico de Potosí. P refectu ra D epartam ental N9 2 7 1 3 (P o co ata, 8 de octubre de 1 8 9 7 ) . C asa de la M oneda, P o tosí.
visitadores: por tanto no se puede adelantar un paso sin tener un piquete bien amuniciado”. 64 De hecho, al día siguiente Rasguido informaba al prefecto de la instalación formal de la mesa con la asis tencia del subprefecto, el intendente de policía, el pá rroco, y “diez hombres del piquete que dieron honor a aquel acto solemne”. Sin embargo, las únicas autorida des indígenas presentes eran algunos presos. Además, en enero del año siguiente, Rasguido se quejaba otra vez de conflictos con las autoridades provinciales, quie nes intervenían en los reclamos territoriales y por la forma de percibir la contribución indígena. Más ade lante veremos que el subprefecto, además de su inte rés personal en la percepción del tributo, no estaba dispuesto a provocar a los indios y arriesgar un asalto contra los pueblos de los vecinos. Conscientes de los peligros implícitos en la presencia de la mesa revisi tadora, los subprefectos confiaron más en las formas tradicionales de tratar con los ayllus y preferían fre nar todo acto de prepotencia por parte de la Comisión. De ahí los comentarios sobre Rasguido enviados por el subprefecto Ceferino Vacaflor a la Prefectura Depar tamental en 1898: “.. .por desgracia, el Juez Revisitador don Gui llermo Rasguido, además de que no conoce la Ley, es objeto de la más profunda aversión de la raza indígena de toda la provincia, según lo ase veran las autoridades cantonales.. . ” ,65 No sabemos las causas de esta aversión; sin embargo, es evidente que la subprefectura consideraba inútil y 64. Ibid. 65. Ceferino Vacaflor, In fo rm e del Su bp refecto d e Chaijanta. . . p. 12.
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provocativa la presencia de la mesa revisitadora sin el respaldo de “una fuerza competente de línea”. 66 Sin embargo, el gobierno no respondió a los pedidos del revisitador y subprefecto. En marzo de 1898, Ras guido mandó otra carta al prefecto. Habían empezado las renuncias: el agrimensor había dejado su cargo, “afirmando desempeñarlo siempre que esta Revisita tenga a su disposición por lo menos unos cincuenta sol dados de la fuerza pública”. La razón era que los co muneros de Pocoata se habían sublevado contra un des linde practicado por el revisitador entre ellos y sus ve cinos de Macha: “. . .lejos de proponer su defensa ( los indios de Pocoata) presentando sus títulos respectivos, apelaron ( al motín) amenazando en número más de mil victimar al Cuerpo de la Revisita y a sus contendores ( de M acha) que inferiores en núme ro fueron apaleados y heridos en mi presencia, pues resultó un combate grave del que me salvé con mi fuga, habiendo tenido la casual suerte de tomar ocho cabecillas qu e condu cidos a esta Subprefectura fueron puestos en inm ediata liber tad”. ( Subrayado m ío). Un último detalle muestra nuevamente la cautela de la Subprefectura frente a los esfuerzos inútiles de la Co misión para “imponer la ley”. Rasguido se mostraba in dignado con el subprefecto y su constante negativa a poner “la fuerza pública” a disposición de la Revisita, mientnjs que los indios de Macha preferían denunciar al subprefecto como partidario de los indios de Pocoa ta ( !) . Pero en una región donde la presencia estatal se reducía a unas pocas islas rodeadas por un mar de ayllus 66. Ceferino Vacaflor, In fo rm e del S u bp refecto de Chaijunta. p. 12.
enfurecidos, resulta comprensible la renuencia del subprefecto. Además de su interés en el tributo tradicio nal, estaba en juego toda la estructuraVegional de au toridad. En su última carta, de mayo de 1898, Rasgui do denunció una vez más la falta de colaboración del subprefecto, y abandonó el cargo. Mientras tanto, ¿cómo andaban las cosas en la pro vincia de Charcas? En febrero de 1897 encontramos a don Natalio Uzeda, el Revisitador nombrado para esa provincia, con su mesa revisitadora instalada en el can tón de Chayanta. Este cantón, también sacudido por re petidos “motines”, estaba constituido por seis ayllus principales: Chayantaka, Chullpa, Sikuya, Laymi, Puraka y Kliaracha, cuya población —de acuerdo con la Re visita de 1877— estaba formada por 2,574 contribuyen tes (o sea más de 12,000 indios). También en este caso la situación enfrentada por Uzeda más parecía una campaña militar que un proce dimiento burocrático. Como en el caso de Rasguido, su primera queja atañe a la “retirada de Ja fuerza pública que garantizaba las operaciones de la Revisita, preci samente en los momentos en que se iba a definir la aza rosa situación en que se encontraba la Comisión que presido”. 67 Debido a la falta de apoyo armado, la Co misión tuvo que retirarse hacia San Pedro, donde el Re visitador resumió el “estado de operaciones”: “.. .los cantones de Moscarí, Carasi y Micani no están revisitados, habiendo sido a medias el pri mero. Aún para complementar Moscarí. . . se ne cesitaría una fuerza de línea”. Sin embargo, se ha comentado ya la reticencia del Ministro de Guerra a la dispersión de sus fuerzas, y don Natalio anticipó esta inevitable negativa: 67. p. 22.
Ceferino Vacaflor, In form e del S u b p refecto d e Chayanta. . .
. .en caso de ver imposible desprenderla (la fuerza de línea) del ejército, siquiera se recaba ra la orden para que esta Subprefectura organi ce una pequeña fuerza con los nacionales, tenien do los elementos precisos de armas y municio nes en Sacaca, como son 60 rifles Remington y cartuchos a bala. . . ”. Entre tanto: . .me concreto al trabajo de oficina, desde que mi antecesor había formado un considerable nú mero de procesos con un curso muy lento. . . ”. 68 Sin embargo, una ventaja que Uzeda disfrutaba fren te a Rasguido, era la presencia del Escuadrón “Junín” en su provincia, presumiblemente una concesión por parte del Ministro de Guerra que, sin embargo, no pu do dar cobertura a las operaciones de Revisita en am bas provincias. En abril de 1897 encontramos al Revisitador en Sacaca, con parte de este Escuadrón, circuns tancia que obligó a los indios a modificar sus tácticas. Así Uzeda declara estar “. . .usando de todos los medios de persuación con los indios no-revisitados, que siempre se resis ten con no presentarse para la mensura de sus terrenos. . . se halla íntegra la Mesa no teniendo empero el agrimensor en qué ejercitar su fun ción”. 69 Finalmente, logró completar el empadronamiento de Sacaca trasladándose a Moscarí, donde se habían alza do los indios de varias estancias durante el periodo del Revisitador anterior. 68. Ceferino Vacaflor, In form e d el S u bp refecto de Chayante. . . p. 12. 69. Ibid.
Al principio Uzeda estaba optimista, ya que podía contar, además, con un piquete de 8 hombres del Junín. Así el 23 de mayo de 1897 despachaba al agrimensor con cuatro soldados hacia Sacabamba, “lugar de los al zados”. “Al parecer la indiada se manifiesta obediente”, escribía, aunque un fenómeno extraño le llamó la aten ción: “se ha notado la ausencia de varones del pueblo, no concurriendo sino mujeres. . .”. Su próxima carta de ja ver que se encontraba de regreso en San Pedro, la mentando “la sublevación de los comunarios en general del cantón de Moscarí”. Desde allí informaba al pre fecto la renuncia del secretario de la mesa. Su última carta, fechada en Sacaca el 14 de setiembre de 1897, se ñalaba únicamente que “dos sublevaciones seguidas han interrumpido la prosecución de mis funciones”. Poco después abandonó el cargo. Nuestra hipótesis es que el incremento de subleva ciones durante los últimos años del siglo X IX culminó en la movilización indígena durante la Guerra Fede ral. Hay indicios de que el rechazo de los comuneros frente a la política de exvinculación fue hábilmente ex plotado por los liberales paceños para movilizarlos en su favor contra el gobierno conservador de Chuquisaca. Ya en 1885, Narciso de la Riva comentaba “la oposición a la Revisita, vigorosamente desarrollada en los dia rios del norte”. 70 De ser correcta la afirmación, cabría añadir las Revisitas a la lista de causas de la moviliza ción indígena en favor de Pando, señalada por Ramiro Condarco Morales en su libro sobre Zarate, el “tem ible” W illka (L a Paz 1966). Lo que sí parece cierto es que el proyecto de “integración nacional”, formulado a tra vés de las leyes de exvinculación, se enfrentaba a la incapacidad ejecutiva del gobierno conservador y la te naz resistencia de los comuneros, para terminar rom piendo la hegemonía chuquisaqueña con el traslado de 70. N arciso de la Riva, O p. cit., p. 21.
la sede del gobierno a La Paz, como consecuencia de la Guerra Federal. *
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Analicemos el otro fundamento jurídico de la gran reforma proyectada: el catastro de las propiedades pri vadas. En 1880, el Ministro se mostraba optimista al respecto: “. . .no cabe pues la menor duda de que en el mes de agosto se tendrá el catastro de toda la Repú blica y el cálculo aproximativo de las rentas.. . se mandará la recaudación del impuesto en el año próximo”. 71 Hemos podido ubicar los libros de este primer ca tastro para las provincias de Chayanta y Charcas, que constituyen una fuente valiosísima para evaluar el rit mo de la expansión de la propiedad privada en el nor te de Potosí. Sin embargo, la validez de este primer intento fue seriamente impugnada, y en el contexto de lo que los bolivianos llamaron la “Guerra chilena”, pa recía arriesgado abolir las contribuciones de diezmos, primicias y veintenas, cuando no podía garantizarse el monto del impuesto predial con el que debían reempla zarse. Por lo tanto, —y vista la falta de autorización de la Santa Sede— se decidió rescindir los artículos co rrespondientes de la ley de 15 de agosto de 1880 orde nando: “. . .la cobranza de diezmos, primicias y veinte nas en la forma de costumbre, disponiendo al propio tiempo que las operaciones catastrales continúen con el carácter de medidas estadísti cas y preparatorias”. 72 71. Ministerio de H acienda, M em orias, 188 0 , p. 13, BN B, Sucre. 72. Ministerio de’ Hacienda, M em orias, 1882 (A nexo N15 5 ) , B N B , Sucre. V
Entre tanto, se creó la Comisión Rectificadora del Ca tastro, cuyos jueces debían asegurar el perfecciona miento paulatino de los datos obtenidos. El proceso fue lento. Con la ley de 25 de noviem bre de 1887 se buscó nuevamente “. . .establecer el impuesto predial, en sustitución al de diezmos y primicias. El tipo de impuestos es del 8% sobre la renta líquida en los predios rústicos y 4% en los predios urbanos. .. Su re caudación fue librada a colectores especiales de provincia”. No obstante la autorización recibida de la Santa Sede, la recaudación fue nuevamente postergada. En 1892, el Ministro, señalando la lentitud del proceso, indicaba que el problema fundamental era la definición precisa de la renta anual, ya que los propietarios preferían subesti mar sus ingresos para evitar el pago de altos impues tos. El P de octubre del mismo año fue necesario “.. .crear Comisiones unipersonales en las capi tales de departamento para conocer en apelación de las decisiones de los Jueces Rectificadores del Catastro en las provincias”. 73 Sólo en 1894 fue posible declarar la sustitución de los diezmos y primicias por el impuesto predial en el departamento de Taríja, con una tasa de 12% sobre la producción anual de los predios.74 En Potosí la mis ma sustitución demoraría unos veinte años más. *
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Lo expuesto hasta ahora representa una primera aproximación a la crisis desencadenada por los inten73. Ministerio de Hacienda, M em orias, 1 8 9 2 (p . 1 1 9 ) , BN B, Sucre. 74. Ministerio de Hacienda, M em orias, 1 8 9 4 (p . 1 7 1 ) . BN B, Sucre.
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tos gubernamentales para implantar lo que un “progre sista” saludaba como la “gran reforma rentística”. De be enfatizarse nuevamente los vastos alcances del pro grama. Lo que empezó siendo un modelo jurídico ela borado por las fuerzas del “progreso” agrominero, para lograr la “racionalización” de la tenencia y la “moder nización” del régimen agrario, terminaba minando las bases mismas de la sociedad civil que se había desa rrollado a partir de la herencia colonial. Los datos re visados ofrecen un cuadro dramático: escuelas, postas e iglesias, privadas de las prestaciones laborales de los indígenas, el sistema de autoridad regional en cri sis, la prepotencia estatal puesta al desnudo frente al rechazo tajante de la sociedad indígena y, como vere mos, mestiza. Los malentendidos se multiplicaban en la medida que la oligarquía criolla estaba convencida de que sus po líticas agrarias se justificaban por los beneficios que —supuestamente— representarían para los indios. Cabe insistir en que las contradicciones surgidas durante es ta primera etapa de la reforma liberal fueron explota das por la burguesía regional de La Paz para reforzar Jsus pretensiones frente a la oligarquía argentífera de Sucre. Pero la hegemonía paceña, conquistada a través de la Guerra Federal de 1899, no condujo al abandono de la política agraria de sus rivales. El caudillo indí gena Zárate Willka fue fusilado, los brotes de autono mía indígena reprimidos, y se reiniciaron las operacio nes de Revisita. La “modernización” estaba a la orden del día, y los nuevos liberales paceños la asumieron. El fracaso definitivo de la Revisita de Exvinculación en el Norte de Potosí sólo se produce en 1902, cuando el prefecto de Potosí, Carlos Torrico, denunció la “po ca seriedad” de los revisitadores anteriores, proponien do que el recorrido de los terrenos individuales se prac
ticara obligatoriamente, sin expedir títulos pro-incliviso. 75 En 1901, en el pueblo de Tinquipaya, provincia de Porco, el revisitador Benigno Aramayo recibió el recha zo formal de las autoridades indígenas: > . .el día de hoi se han presentado ante la Comi sión Revisitadora los curacas de este Cantón i han significado que dicha Comunidad no acepta los trabajos de exvinculación de sus tierras por que teme que no sea favorable para ellos”. 76 En octubre del mismo año, el curaca Gregorio Quispe “Ita marchado ante el Señor Presidente de la Repú blica a averiguar la verdad de los hechos que tiene que desarrollar la Revisita”, y Aramayo sugiere al prefec to “que por comunicación telegráfica insinúe el pronto despacho del nombrado indígena”. Sin embargo, al re tomo del curaca, las autoridades indígenas no se pre sentaron a la mesa revisitadora, y el frustrado Arama yo estalló en rabia: “En efecto, la imbecilidad que les es caracterís tica, su crueldad instintiva i la presión de sus principales hacen de este grupo de hombres bes tias salvajes e inhumanas”. En un último ataque de indignación denuncia la ignoran cia de los indios sobre . .lo beneficioso que es la Revisita que les des ligará de todo otro gravamen odioso que es per judicial a sus propios intereses i no nivela el de ber de cada propietario”. 77 75. Prefecturas d e Potosí, M em orias e In fo rm es : Inform e Anua] al Supremo Gobierno del Prefecto de Potosí, Carlos Torrico ( 1 9 0 2 : 8 3 ). 76. Ibid. 77. Ibid.
Los intentos de renovar la Revisita en el Nofte de Potosí fueron aún más breves. Tenemos solamente una carta del revisitador nombrado, don Vicente Algarte, fechada en Colquechaca el 3 de octubre de 1902. Según esta carta, “.. .la Comisión Revisitadora de esta provincia (de C h ay an ta)... ha llegado al convencimiento de que es imposible la realización de ella (la Revisita), sin la concurrencia de la fuerza ar mada competente”. 78 Con la experiencia organizativa de la Guerra Fede ral aún fresca,79 los ayllus no estaban dispuestos a ce der frente a lo que percibieron como mala fe estatal. Cuenta el revisitador que “las comunidades de Pocoata, se asegura que es tán en connivencias hasta con las de Challapata para resistir a la operación revisitadora. Las de más comunidades están igualmente prevenidas pa ra igual resistencia”. En este contexto hostil, incluso la Comisión de Ca tastro se encontraba en dificultades. Nicanor Cabezas atestiguaba nuevamente los resquemores de la Subprefectura de Chayanta en Colquechaca: “. . .dicha autoridad abriga temores fundados de ser confundida esta Comisión con la Revisitado ra, no pudiendo prestarle ninguna garantía con la pequeña fuerza policiaca de que dispone. . . ”. 80 Las últimas palabas de Nicanor Cabezas muestran cla ramente el nuevo balance de poder en la provincia, co 78. P refectura D epartam ental N 9 3 0 2 9 ( Colquechaca, 3 de oc tubre de 1 9 0 2 ). C asa de la M oneda, Potosí. 7 9. V er Condarco Morales 1966. 80. P refectura D epartam ental N 9 3 0 2 9 ( Potosí, 3 de noviem bre de 1 9 0 2 ). Casa de la M oneda, Potosí.
mo consecuencia de la creciente movilización campesi na durante los veinte años anteriores: . .la última palabra de la indiada, dirijida a los pueblos arriba mencionados (Macha y Pocoata) es, de no someterse a ninguna Comisión, conmi nándolos con la amenaza de ser ellos los prime ros atacados en caso de no secundar sus propó sitos”. 8J Encontramos, pues, a los indios dando un ultimátum a los pueblos mestizos, y presionándolos para que des conozcan las órdenes del gobierno. No habrá, desde en tonces, más intentos concertados por parte del Estado para modificar la tenencia de los ayllus norpotosinos hasta la segunda reforma agraria de 1953. b. L a resistencia de los ayllus de Chayanta 1882-1885:
dos perspectivas sobre la relación entre comunidad y Estado En esta sección se examina con más detalle la ideo logía liberal asociada a la Revisita de exvinculación y su incompatibilidad con la concepción comunitaria de las mutuas obligaciones entre comunidad y Estado. Pri vilegiamos los años 1882-1885 dado que para este lapso se cuenta con el testimonio particularmente elocuente del primer Revisitador de la provincia de Chayanta, Narciso de la R iva.82 A través de este testimonio pue de concluirse que la resistencia de los ayllus no repre sentó simplemente un rechazo “visceral” frente a los atropellos materiales que resultaban de la política agra ria liberal, sino que su actitud se expresó a través de 81. Prefectura D epartam ental N 9 3 0 2 9 (P otosí, 3 de noviem bre de 1 9 0 2 ) . Casa de la M oneda, Potosí. 82. Todas las citas de esta sección provienen de N arciso de la Riva, In fo rm e del Revisitador d e Tierras d e O rifen d e la Pro vincia d e Chayanta. Sucre, 188 5 , salvo cuando se especifica lo contrario.
una ideología compleja, según la cual la política esta tal representaba un acto de mala fe y conllevaba una p érd id a d e legitim idad por el Estado criollo frente a los ayllus. Al introducir en el análisis las estructuras m entales andinas podemos constatar nuevamente có mo la acción social no debe reducirse burdamente a los intereses económicos sino que responde, sobre todo en el caso de los grupos tradicionales que se encuentran frente á la expansión capitalista, a una “noción de legi timidad” que justifica la insurrección popular con refe rencia a una trama de derechos y obligaciones que se sienten bajo ataque por los grupos sociales afectados ( Thompson 1979). La Revisita de exvinculación, decretada para toda la República el 16 de setiembre de 1879, inició sus opera ciones en las dos provincias de Chayanta83 el 24 de agosto de 1882 en el cantón Moromoro (hoy Ravelo), bajo la presidencia del Revisitador Narciso de la Riva. Tres años más tarde, de la Riva presentó su renun cia al Ministro de Hacienda jurando que “no volvería a ser Revisitador ni por mil bolivianos mensuales”. Co mo en el caso de los Revisitadores posteriores, las ra zones principales para su renuncia fueron, primero, las sublevaciones indígenas contra las operaciones de la Revisita, y segundo, “la ineficacia de las medidas to madas por el Supremo Gobierno para someter a obe diencia a la indiada”. A pesar de su agotamiento “físi co y moral”, de la Riva ofreció un informe detallado so bre el curso de la abortada Revisita, y sobre los pro blemas prácticos surgidos en el intento de aplicar a una realidad desconocida una ley basada en considera ciones a prioñ : “sin práctica y sin esperiencia, las teo rías darán siembre el nocivo fruto del error”. Su Informe representa un testimonio elocuente de la brecha ideológica entre los legisladores, inmersos en 8 3 . V er nota 61.
los debates europeos sobre la economía política, teñi dos por el evolucionismo social de la época (Démelas 1981) y la realidad andina de los ayllus norpotosinos. Empezaremos analizando las proposiciones de Narciso de la Riva acerca del “problema indígena”, que buscaban justificar la política liberal del gobierno en términos del beneficio social que supuestamente significaría para los indios. Para el Revisitador, “la bondad de la Ley (de Ex vinculación) es innegable”: aunque, las tierras “estatales” se encuentran “secuestradas” por los ayllus, el Estado —mediante “la más elevada filantropía”— ha concedido al indio un derecho enf'téutico perfecto, y ahora ha dis puesto la Revisita para que pueda convertirse en pro pietario pleno, abriéndose de esta manera al “cambio, que es el instrumento más poderoso en el desarrollo del trabajo”. “La parte esencial.. . de la ley consiste en la exvinculación de las tierras de orijen, con el fin de disolver esos grupos de individuos rezagados” (los ay llus). Esta ley es: . .un instrumento esencialmente móvil, que se mejante al mar produzca flujos y reflujos, con cuyo poder el aboríjena salga de las grutas don de habita, . se interpole con las masas ilustradas del país, y despiérte a la vida del progreso”. La incorporación del indio al mercado aparece como una medida humanitaria para lograr su incorporación a la sociedad “civilizada”. La imagen del Estado-paternal es un elemento cla ve en este planteamiento típicamente liberal del “pro blema indígena”. Como un padre autoritario, el Esta do busca llevar al indio infantil hacia la “ilustración” mediante leyes bondadosas. Encuentra, sin embargo, que sus protegidos rechazan a menudo sus intenciones y se resisten a su autordad. La ideología liberal inter
preta esta resistencia como una nueva evidencia del estado “pre-civilizado”, e incluso “pre-humano”, de los indios. Se supone evidente que ' “la exvinculación de tierras de orijen pone a los poseedores en actitud de entrar de lleno en las transacciones usuales de enajenar la propiedad; este hecho por si solo pondrá al indíjena en con tacto y relación con los blancos, y el roce con es tos será el primer paso que dé en su civiliza ción. . .”. Se argumenta que el indio sólo llegará a “civilizar se” si vende sus tierras y se convierte en proletario po tencial dentro del naciente capitalismo boliviano. Cuan do los indios se levantan contra este programa filantró pico, el Revisitador encuentra defectuosa la ley, en cuanto “Ira sido expedida para un grupo de jentes ilus tradas, y no para la atravesada raza indigenal que yace en la mas negra ignorancia, con todos los visos de la barbarie”. De ahí que el Revisitador dedique todo un capítulo al “Estado de civilización de los aborijenes en Chayanta”. Trata de justificar la imposición violenta de la ley, mostrando que el indio, por su “modo de ser salvaje”, no puede conocer su propio interés. “El jénero de vida de la raza, es como para con servarse en perfecta ignorancia; habitantes de las montañas, sin roce ni trato con jente civiliza da. . . su idioma lo aleja de todo trato social y re chaza hablar el español en que se expresan las ideas”. Este argumento permite criticar las supuestas garan tías ofrecidas por el Estado: “la protección invocada por la raza, ha resultado nugatoria, porque con ella se
ha fomentado y sostenido sus errores”. Se supone que el indio aprovecha las concesiones estatales para con solidar su propio estilo de vida. La única fuerza capaz de recuperarlo para la “civilización” es “el cambio con su jnájica varilla”: la mercantilización de sus tierras, de sus productos, de su fuerza de trabajo. Sin embar go, para los hombres “civilizados” de la época “el cam bio se deriva de la racionalidad del hombre, sin que ha ya ejemplo de que lo verifique el bruto”. Este “aforis mo económico” es “.. .muy aplicable a nuestros indios, que, si no lo eluden en lo absoluto (el cambio), lo reducen a expresión tan ínfima, que sus efectos no dejan sentir los bienes de la actividad”. Con el gran comercio triguero en ruinas, el Revisita dor pensaba detectar una resistencia por parte del in dio frente al proceso de “hominización” representado por su mayor participación en el mercado. Por lo tan to, los colocaba claramente en la categoría de los “bru tos”, para así justificar las medidas de fuerza que ase gurarían su salvación. Piemos esbozado anteriormente los objetivos econó micos de la polítipa agraria criolla. No creemos, sin embargo, que sea adecuado descartar la ideología aso ciada como simple hipocresía. Esencialmente eurocéntric'o, incluso en los mismos ideales que alimentaron las declaraciones de 1825, el pensamiento criollo difícil mente ha podido aceptar la “otredad” andina, pues la adopción gubernamental de esta perspectiva enfatiza ría una continuidad esencial con la teoría colonial de las “dos Repúblicas”. Con sus ojos puestos en el hori zonte europeo, la persistencia del ayllu andino-colonial aparecía como un obstáculo anacrónico que posterga ba continuamente la hora en que Bolivia tomaría su lu gar dentro de la comunidad de “naciones libres”, pro clamada por las burguesías metropolitanas. De ahí la
oscilación entre una postura de paciencia paterna y los gritos racistas que fueron expresión de la frustración de las burguesías nacionales. Dadas las premisas de la ló gica librecambista, era inevitable que el rechazo andi no frente a la oferta criolla de tratar a los indios como “hombres libres e individuales” llevara a la conclusión inversa de que este tratamiento carecía de fundamento. Las aspiraciones criollas por el contrario, se volca ron hacia el racismo frente a los problemas de incor porar a las masas tradicionales en su “proyecto nacio nal”. Este pensamiento polarizado no encontraba reflejo en las instancias regionales del poder estatal. Fue en base a su experiencia en Chayanta que Narciso de la Riva concluía que los “. . .errores comunes y frecuentes en la adminis tración, comprueban lo inútil de los desvelos de los conductores del país cuyo saber y ciencia no bastan a suplir la falta de conocimiento de las cosas y personas para quienes se legisla.. . ”. E l mismo Revisitador reconoció al finalizar su misión que el comunero indígena no debía confundirse cqn el hom o ecoriom icus del pensamiento europeo burgués. Cuestionó la actitud gubernamental, por ejemplo,'fren te a los servicios obligatorios que tradicionalmente re caían sobre los ayllus. Para el legislador, estos servi cios prestados a los párrocos, los corregidores, los cura cas, en postas y escuelas, representaban mecanismos tradicionales de explotación, que deberían ser reem plazados por los “contratos libres”, característicos de la venta de la fuerza de trabajo. El Revisitador señala ba, sin embargo, que estas prestaciones laborales las cumplían los indios con buena voluntad: “En el pueblo de Pocoata, manifestáronme los in dígenas que no querían dejar de servir como an
tes por ser esa una costumbre de sus tradicio nes, de süerte que, renunciaban a esa parte be neficiadora de la Ley, concebida por ilusiones y fantasías”. Lejos de considerarlas abusos, los indios percibían es tas prestaciones como servicios al Estado, y se ofre cían de buena gana siempre que el Estado se mostra se garante de sus derechos tradicionales respecto a sus tierras. Al querer mercantilizar las relaciones de au toridad y poder, la ley amenazaba con destruir los me canismos que convalidaban la autoridad estatal frente a los ayllus. E l Revisitador no reconoce, sin embargo, que la mis ma Revisita estaría apuntando a una crisis semejante. Para él, “.. .el propósito de la Ley es variar la naturale za del tributo, conversión practicable mediante la mensura del terreno, tasación, y aproximado cálculo de productos y renta. Sin esta previa operación, no es dable establecer el impuesto pre dial ordenado”. Pero dentro de la ideología comunitaria, tanto los “ser vicios forzados” como la cancelación del tributo, de acuerdo a cánones tradicionalmente aceptados, consti tuían la contraparte comunal de un pacto d e reciproci d a d con el Estado. Con la Revisita, se planteaba una transformación total del sistema impositivo vigente, o sea el desconocimiento unilateral del “pacto”. Se busca ba revisar las categorías tributarias conocidas ( origi n a r io a g r e g a d o , fo ra stero ), extender títulos individua les previa agrimensura, extinguir la comunidad como unidad impositiva, reajustar el impuesto de acuerdo a la producción de cada predio. L a abolición de los “ser vicios forzados” fue un mero detalle en este asalto ma sivo por la “racionalidad capitalista” contra la comple
ja red de obligaciones y contraobligaciones que fun daban las relaciones comunidad/Estado en la ideología andina. Para los comuneros incluso el aspecto paternal del Estado era correcto y justo, siempre y cuando és te cumpliera con su tradicional papel de protector, que incluía la obligación ele aceptar sus prestaciones.84 Podemos apreciar mejor las dimensiones de la cri sis ocasionada por la Revisita, si consideramos las ex periencias del Recaudador Cantonal de Tributos, Rai mundo Roso, cuya casa fue asaltada por los indios en furecidos de Pitantora en 1884. Como explica Narciso de la Riva, este cargo correspondía tradicionalmente a “individuos Mestizos de cada Cantón”. Ra'mundo Roso era propietario de grandes haciendas en el cantón de Pitantora.85 Los recaudadores tenían que ser indivi duos acaudalados: “Estos encargados tienen por lo regular sus co modidades y recursos; en caso de pedirse el ter cio adelantado, el Sub-prefecto les hace notificar con el Correjidor; con este aviso se encaminan a la Capital llevando el respectivo entero'cuyo re embolso lo hacen más tarde cobrando a los Con tribuyentes. Los recaudadores tienen sus segun das y cobradores, quienes en ocasiones ayudan a la reunión del dinero”. Así, los recaudadores cumplían las veces de pres tamistas del tributo en favor de los ayllus. Para éstos, el cargo representaba un servicio estatal, que facilita ba la renovación de sus derechos territoriales; por lo tanto, ofrecían con toda voluntad ciertas contrapresta ciones al recaudador: 8 4. Ver M arcel Mauss ( 1 9 5 0 ) para las tres obligaciones (d a r, recibir y devolver) que definen la prestación social. 8 5 . Archivo H istórico de Potosí, P refectu ra D epartam ental N ( 56. Predio Rústico d e Chaijanta, L ib ro 2 ( 1 8 8 1 ) . C asa de la Mo neda, Potosí.
“No siendo el cargo de recaudador retribuido, la costumbre les hubo concedido ciertas regalías, como la de servicios por turno en sus casas pres tado por los indíjenas; cultivarles algunos terre nos hasta ponerles la semilla en algunas oca siones, proporcionarles todo lo que pudieren ne cesitar en las respectivas localidades. . . En al gunos Cantones se acostumbra el pago de Sem a neras, que consiste en un saco cuya capacidad admite dos o tres arrobas de cereales. . .”. E l rompimiento de este “equilibrio percibido” se dio por la insistencia de Narciso de la Riva en cobrar a los in dios el valor de los nuevos títulos extendidos por la me sa revisitadora. En la sección anterior se ha visto el rechazo general despertado por esta práctica. Aquí se detecta la lógica subyacente. Para los comuneros de Pitantora, este acto —aunque dispuesto por la ley— cons tituían un atropello y una evidencia de la mala fe esta tal. Su primer intento de resistencia reafirma la expli cación ofrecida líneas arriba para la reclamación indí gena a su d erech o de cumplir con los “servicios forza dos”: “Insistentes los indígenas en su negativa (de pa gar el valor del papel sellado), encontraron el dilatorio recurso de solicitar del Supremo Go bierno la dispensación absoluta del pago de títu los, fundándose en los servicios prestados al E s tado en la posta d e Carneara, ora con sus p erso nas, ora con sus propias bestias. . . ” ( subrayado mío). En esta cita se aprecia mejor la preocupación mi nisterial, citada en la sección anterior, respecto a que en las regiones donde la exvinculación se había lleva do a cabo, “las postas, las escuelas, las iglesias, los co rregimientos, sé hallan privados de los antiguos ele-
3 / P rim e ra re fo rm a agraria
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mentos de estabilidad y subsistencia”, instituciones que se valían tradicionalmente de los “servicios forzados” de los indios. En Pitantora el. Estado apenas había dado los pri meros pasos hacia la cancelación unilateral del “pacto de reciprocidad”: por tanto la represalia indígena no alcanzaría mayores proporciones. Pero el Revisitador se puso nervioso en cuanto empezaron a acercarse gru pos de indios, “con aire altanero y bélico, pues ceñían a la cintura hondas y sogas de que se proveen en actos de agrésión”. Sin embargo, al estallar la violencia, ésta tuvo un blanco inesperado: “E l recaudador del tributo Dr. Raimundo Roso fue asaltado en su casa por las turbas y saquea do de algunas cargas de cereales, espresando perten ecerles por haber sido dadas por ellos en pa go de la retribución que la costumbre otorgaba antes a los que desempeñaban ese cargo; pose sionados de la especie la condujeron a la plaza pública, y de allí a su campamento donde hicie ron la partija”. ¿Por qué los indios atacaron al recaudador de tri butos, quien nada tenía que ver con el cobro del va lor de los nuevos títulos, y no al Revisitador? Narciso de la Riva quedó perplejo, pues los indios “. . .no reclamaban infracción ninguna de ley, ni faltas en los actos de la revisita, único caso aten dible para que ésta se detuviese aguardando la resolución del Superior.. . ”. Nuevamente la respuesta se encuentra en las diferen tes concepciones de la relación comunidad/Estado, co rrespondiente a las ideologías liberal y andina. Pa ra Narciso de la Riva, la Revisita emanaba del poder legislativo del Estado, y sólo podía combatirse median
te la insurrección. Para los indios, en cambio, en esta etapa temprana de la resistencia, que el Estado rom piera el “pacto de reciprocidad” los liberaba de la obli gación de cumplir con sus representantes a nivel lo cal. La mesa revisitadora representaba una interven ción ajena a los mecanismos localmente reconocidos de legitimación estatal: la ley que quería im poner fu e una letj ilegal. La represalia comunal consistió en retirar las “semaneras”, una de las prestaciones tradicional mente reconocidas dentro de la estructura de autoridad regional. En el caso analizado se trata de una reacción mera mente negativa que sólo buscó sancionar al Estado en la persona de sus representantes tradicionales, sin bus car un enfrentamiento con la misma mesa revisitadora. Pero cuando Narciso de la Riva avanzó hasta Pocoata para proseguir con sus tareas, se encontró con una re sistencia de mayor envergadura. E l 11 de marzo de 1885, “aparecieron en el patio de mi alojamiento cin cuenta indíjenas, y en algazara expusieron ‘que no querían la revisita’ al menos que ella se eje cutara en la forma de las quinquenales”. Como se ha visto en el capítulo anterior, las Revisitas se realizaban quinquenalmente y consistían en un sim ple acto de empadronamiento de acuerdo con los datos proporcionados por los curacas. Los ánimos se calma ron momentáneamente cuando el Revisitador hizo com parecer “al Corregidor con algunos vecinos de los más notables”. Es destacable la influencia del corregidor so bre los indios: la misma autoridad incluso participó en el saqueo del recaudador Raimundo Roso ( “dícese tam bién haber asistido.. . al acto de la distribución merituada”). Como en el caso del subprefecto mencionado en la sección anterior, las élites locales parecen haber
temido los efectos de la Revisita sobre la estructura de poder regional. Al completarse la Revisita del ayllu Chacaya de Pocoata sólo quedaba la entrega de los títulos, previo pa go de los derechos correspondientes. Una vez más la resistencia fue unánime, y el Revisitador decidió man dar una comisión "comandada por el Secretario de la Mesa y el Corregidor suplente por ausencia [¿intencio nal?] del propietario”. Pero cuando la comisión salió de la Posta Ancocagua, se encontró frente a una concentra ción masiva de indios —“en número de mil más o me nos”— provenientes no sólo de los ayllus de Pocoata, si no también de Macha, Ayrnaya y Condo, éstos del depar tamento de Oruro. En este caso no se trata ya de una resistencia intraprovineial, sino de una alianza interde partamental. Los comisionados fueron cercados en la estancia de Pacotanga, y los indios, 'muchos con sus cu chillos desenvainados y todos con hondas”, amenazaron con degollar a los miembros de la comisión, llevándo los a “un lugar llamado Calvario” o “a la Posta de An cocagua con el mismo objeto”. Sólo la persuasión y el ruego, y el hecho de que “dos o tres indios (sin duda in flu yen tes)... compadecieron nuestra situación”, lo gró salvarlos. ¿Por qué la intención de victimar a los miembros de la comisión en el Calvario o en la Posta? Pensamos que esta elección puede comprenderse en términos de la “economía moral” (Thompson 1979) que rige las rela ciones comunidad/Estado en la visión andina. La posta fue, precisamente, el lugar donde se prestaban servi cios al Estado para garantizar los derechos comunales sobre la tierra. El Calvario, en cambio, es una colina sobre la que se levanta una capilla dedicada al tata wilákrus, patrón de las tierras circundantes y de los tinkus, peleas rituales, que garantizaban el acceso de ca da estancia a sus tierras (Platt s/f). En ambos casos,
se trata de un sacrificio del elemento perturbador del orden tradicional —la comisión— en los mismos lugares que representan y garantizan ese orden. Evidentemen te, aquí se hace infranqueable la brecha entre la ética mundana del mercantilismo criollo y el ordenamiento cosmológico de las relaciones entre la sociedad y la na turaleza andinas, que exige una depuración ritual de las amenazas profanas. Hasta ahora se ha intentado esbozar las premisas de dos visiones opuestas del orden social y mostrar su curso conflictivo durante los inicios de la Revisita de exvinculación. Este dualismo aparente obliga a insis tir sobre la posición ocupada por las capas mestizas en tre las autoridades estatales y los ayllus. Se ha seña lado ya las ambigüedades de los corregidores cantona les, e incluso de la misma Subprefectura provincial. Además de ser representantes estatales frente a los ay llus, estas autoridades representaban también la socie dad pueblerina de vecinos, comerciantes, mineros y pe queños agricultores frente al Estado, que dependía de ellos para mantener la paz social entre pueblos y ay llus, y también para recaudar el tributo indígena, fun damental para las finanzas nacionales. Por su parte, las capas mestizas esperaban apoyo y comprensión del Estado en su conflictiva convivencia con una población india mucho más numerosa. Hemos visto que las autoxidades vieron con sospe cha, e incluso no acataron, el desarrollo de una refor ma promovida por “teóricos” de ciudades lejanas, que amenazaba con destruir el delicado equilibiio social en tre ayllu y pueblos. Esta inquietud debe haber aumen tado enormemente si se considera que la ley de 1874 no ofrecía ninguna garantía a los pequeños agricultores de los pueblos. Al contrario, había declarado propie dad del Estado todos los terrenos “usurpados” por los mestizos durante los 150 años previos a la Revisita y
ordenado su venta pública en beneficio del fisco. De allí que muchos mestizos, lejos de facilitar el cumplimiento de la ley, apoyaron la resistencia comunal para evitar la comprobación de su falta de títulos.86 Frente a esta situación, Narciso de la Riva insistió en que: “se hace necesario sostener a los mestizos en la posesión de los cortos terrenos que poseen, so metiéndoles a las operaciones de la revisita, y designarles la cuota anual que por sus tierras deberían abonar”. Agrega irónicamente que: “parece que el lejislador se hubiese encontrado fascinado con la idea de reportar sumas gruesas de dinero ordenando la venta de esas tierras”. Evidentemente, tales artículos en la ley de 1874 representan una visión totalmente ajena a las rea lidades políticas locales, e incluso obligaron a la socie dad pueblerina a resolver su ambigüedad inherente en favor de los indios de los ayllus. Sin embargo, en 1883 se había propuesto ya una so lución legal a una situación que amenazaba la factibili dad de la exvinculación. Con la ley de 23 de noviembre de ese año, se propuso excluir de las operaciones de Re visita a las tierras de origen que se habían consolida do durante la Colonia mediante cédulas de composición, otorgadas por los visitadores coloniales. Una ficción utilizada por los mestizos fue, precisamente, que sus terrenos tenían sus antecedentes en las composiciones 86. “E l orijen de las sublevaciones es m uy conocido. E n to dos los cantones existen cholos o mozos que m ediante usurpa ciones se hallan en posesión de varios terrenos de origen y a éstos les conviene im pedir las operaciones de la Revisita, su gestionando a los indios para m antenerse en la p acífica posesión de los terrenos usurpados”. Dalio Fernández, In fo rm e del Subp refecto d e Chayanta al P refecto d e Potosí. Potosí, 188 9 . (B N B , Sucre, Publicaciones Oficiales, C hayanta 1 8 8 9 ).
leales de la Colonia.87 L a solución fue desafortunada, pues muchos ayllus también habían recibido títulos de composición, y no vacilaron en presentarlos para recla mar la exención total del pago de tributos. Estos recla mos derivaron en una nueva sublevación de los indios de Pocoata, en 1913, esta vez por “no estar dispuestos a pagar la contribución”, apoyándose en una Suprema Re solución de 13 de diciembre de 1899, que los declaraba exentos de la Revisita en base a la precitada ley de 23
87. Según un expediente consultado en el mismo pueblo, en 1 8 9 4 los vecinos de M ach a tenían que defenderse con tra la de nuncia de estar ocupando “usurpativam ente los terrenos del E s tado y sin ningún título constituyendo ellos al presente todos los canchones que se ven en los suburbios y pam pas al occi dente de éste” . Después de lam entar la desaparición de “los títulos primitivos que acreditaban el derecho adquirido p or nues tros abuelos, debido a las sublevaciones de los herm anos K atari y de T ú p ac A m aru”, dicen: “en el año mil quinientos setenta y uno, época en que a la sazón se estaba form ando el pueblo de M acha, se había conferido comisión al Obispo de Quito, F ra y Luis de Pope, en protección del naciente pueblo de M acha, el dicho Obispo adjudicó p o r composición en propiedad sin condi ción ni restricción alguna la extensión de una legua en contorno d e tierras labrativas a los primitivos pobladores” . E s ta “adjudi cación a los vecinos del pueblo de M ach a” fue confirm ada por José de la V ega A lvarado en 1 6 4 6 . E n este docum ento los ve cinos se consideran descendientes de “los indios particulares de M acha, fundadores del pueblo” . Y finalm ente aducen el argu m ento más contundente: “si nuestras propiedades son poseídas usurpativam ente lo serían igualm ente todas aquellas que están com prendidas en la inmensa latitud de que hablan los títulos, m arcando hasta la provincia de M izque, m uy especialm ente las fincas situadas en nuestro Cantón, tales com o A yom a, San L ázaro, Esq uen a, L a P alca, Rosario, C huricala y Santa M argarita”. E stas fincas son m ayorm ente ingenios creados en los siglos X V II y X V III p ara el beneficio de los m etales extraídos del m ineral de Aullagas (C o lq u e ch a c a ). Sus hacendados no tienen objeciones a la R e visita, puesto que son ellos miembros de la misma clase y casta que prom ovía la creación de un m ercado de tierras, y no sor prende encontrar al dueño de una hacienda de P ocoata (H u an caran i) com o el único colaborador de don Guillermo Rasguido en octubre de 1 8 9 7 : este h acendado fue corregidor del pueblo en esa fech a, corregidor que representaba al otro polo de la am bi güedad del cargo. V er P refectu ra D epartam ental N ° 2 7 1 3 (P o coata, 8 de octubre de 1 8 9 7 ) . C asa de la M oneda, Potosí.
de noviembre de 1883.88 Así, lejos de ser simples víc timas de las argucias legales criollas, los indígenas de la República, como sus antepasados coloniales, logra ron compenetrarse con el contradictorio corpus legal republicano y, al identificar las partes que apoyaban sus intereses, sostener litigios y argumentos legales para proteger su acceso tradicional a la tierra. La confusión jurídica reflejaba una situación inhe rentemente conflictiva, derivada de los intentos de en cubrir un statu qu o d e fa d o , con una apariencia d e ju re, para después aplicar la reforma a una realidad pu ramente documental. Además, la administración crio lla apenas encubría una actitud frente al mestizo, si milar a la que asumía frente al indio. Así, para Nar ciso de la Riva, el mestizo sólo ‘ está una línea más adelante del indio” ‘ . . .vive muy poco mejor, es flojo y desidioso; cul tiva en la ajustada medida de sus necesidades, ayudado siempre por el indíjena; pobre como és te, no dispone de recursos pecuniarios con qué adquirir nada que lo haga un propietario o labra dor levantado al lado del indíjena”. Con tales frases, el Revisitador excluyó al mestizo de la categoría de los “civilizados” y, desde su perspecti va criolla, lo colocó en el bando de los “brutos”. Frente a esta exclusión, los mestizos de los pueblos no vacilaron en aliarse con los comuneros cuando así lo dictaban sus intereses. Existía, además, una capa mestiza —poco investigada— que incluso ofreció aseso-
88. P refectu ra s d e Potosí, M em orias e In form es: Inform e Anual al Supremo Gobierno del P refecto de Potosí, José Aguirre A chá (P otosí, 1 9 1 4 : 5 2 - 3 ) . B N B , Sucre.
ramiento legal a los ayllus.89 Pero la convergencia coyuntural de intereses no debe confundirse con identi dad cultural. Como mediatizadores del poder estatal, no podían sino aparecer frente las comunidades como seres ajenos, aun si la convivencia significaba ciertas ventajas para ambas partes. A través de la etnografía de las comunidades actuales,90 es posible profundizar en la ideología indígena respecto a los mestizos de los pueblos. Es significativo que, aun hoy, para los ayllus éstos se asocian generalmente con los animales salva jes, cuya relación predatoria con los ayllus los hace, a la vez, temibles y respetados. Aquí nuevamente los mestizos se encuentran ideológicamente excluidos de la “sociedad humana”. Si bien los criollos y los indios se acusaban mutua mente de estar fuera de la sociedad humana, por su parte los mestizos tocaron ambos polos, pero se defi nieron por la exclusión de ambos. Si en algunos mo mentos pudieron encabezar las reivindicaciones indí genas, en otros se aliaron más bien con las capas do minantes para extraer parte de los excedentes indíge nas. Es esta ambigüedad, junto con Ja reducida impor tancia numérica de los mestizos en el Norte de Potosí, la que contribuye a definir el “oportunismo cholo”, que se mantiene como un elemento decisivo dentro de la es tructura regional de poder. El enfrentamiento entre la nueva ética individualis ta y la “economía moral” de los grupos tradicionales no 89. “Existen también abogados y leguleyos que viven de la ignorancia de los indios y que especulando sobre sus espíritus los h acen jestionar con solicitudes que en el prim er grado im portan resistencias y en el segundo consum an sublevaciones”. Dalio Fernández, In form e d el S u h p refecto d e Chayanta al P re fe c to d e Potosí”. Potosí, 1889. (B N B , Sucre, Publicaciones Oficiales, Chayanta 1 8 8 9 ). 90. Nuestro trabajo de cam po fue realizado inicialm ente en 1 9 7 0 -7 1 , y ha sido reforzado por visitas anuales de corta dura ción desde 1973.
3 / P rim e ra re fo rm a a g ra ria
111
es un fenómeno propio de Bolivia. Este conflicto se ha bía producido también en todos los países europeos du rante las fases preliminares del capitalismo metropoli tano. Pero la oligarquía criolla se sintió atrasada en una carrera internacional, en la que el precio de entra da era la transformación total de las estructuras eco nómicas tradicionales bajo el control del Estado. En estas condiciones de “apuro histórico” (si cabe tal pa radoja), fue incluso difícil mantener la ilusión de le gitimidad, puesto que la única “solución” ál problema parecía ser la aplicación implacable de las mismas me didas violentas que había utilizado, por ejemplo, Ingla terra en el periodo de su propia acumulación origina ría. Por eso, Narciso de la Riva, como otros revisita dores posteriores, pedían desesperadamente al gobier no la designación de “unos 30 hombres de línea que acompañen a la comisión en el resto de labores que le queda”. L a renuencia gubernamental a buscar conflic tos con “la indiada” —salvo cuando la misma supervi vencia criolla estaba en juego— refleja la profunda de bilidad de un Estado empeñado en “quemar etapas his tóricas” en pos de un objetivo planteado fuera del país.
4 E l desenlace
“E n el mecanismo nacional se encuentra un órgano poco menos que atrofiado, conocido con el nom bre de raza in d íg e n a .. . las últimas investigaciones científicas de antropom etría llevadas a cabo por el distinguido pedagogo Jo rg e Roum a, han dem os trado claram en te la existencia de elementos bioló gicos étnicos susceptibles de ser aprovechados ven tajosam ente en ciertos órdenes de la actividad hu m ana” . Jo sé A guirre A chá, P refecto de Potosí, I n fo rm e A n ua l al Su p rem o G obierno, L a Paz, 191 5 . “L a exterm inación simple de 3a raza indígena es el método heroico adoptado en los Estados Unidos (p a ra solucionar el “problem a indio” ). . . P ero nosotros no podemos dam os ese lujo de los yanquis, por que el altiplano, expurgado de los indios, se con vertiría en un yerm o inhabilitado e inhabilitable” . Dem etrio Canelas, p ara los terratenientes, en L a Razón, L a Paz, 2 1 de agosto de 192 7 .
de la primera reforma agraria por parte del Estado no debe atribuirse exclusivamente a la fuerza de la resistencia indígena. Igualmente importante fue la disminución de la proporción correspondiente al tri buto indígena dentro del presupuesto del Estado, del 41% en 1852 al 23% en 1880 ( Sánchez-Albornoz 1978), permitiendo que después de la Guerra del Pacífico las contribuciones comunales fueran asimiladas creciente mente a los Tesoros departamentales. De hecho, ya en 1872 la Ley Orgánica de Presupuesto y Administración Financiera había diferenciado entre Fondos Nacionales E l
abandono
y Fondos Departamentales, excluyendo de los primeros la contribución indígena. Pero la situación de quiebra crónica en que se encontraba el erario nacional obligó al Estado a buscar subvenciones en los fondos departa mentales,91 práctica que alcanzó su punto culminante durante la Guerra del Pacífico. En este contexto, la con tribución pudo seguir aplicándose al presupuesto del Es tado, no obstante la legislación de 1872. E l Estado sólo prescindiría de esta fuente de ingre sos cuando los impuestos procedentes de las exporta ciones metálicas y gomeras resolvieran su crisis finan ciera. Entre 1871 y 1880, la proporción de los ingresos gubernamentales representada por esta nueva fuente aumentó del 4% al 31% de los ingresos totales (Grieshaber 1977: 291-3). Por tal razón, el auge minero —pri mero de la plata y luego del estaño— permitió que el Estado soslayase un enfrentamiento definitivo con los ayllus, que habría sido imprescindible para el desarro llo sistemático de un “capitalismo agrario” en el sector rural. Aunque los tributarios norpotosinos no pudieron impedir la ruina de su proyecto mercantil, sí limitaron la expansión, de la propiedad privada en esa región. De los escombros del conflicto mutuamente destructi vo entre estos dos proyectos agrarios incompatibles, surgiría la economía monoexportadora de metales como el hecho dominante en la historia y política del país hasta mediados de este siglo. Entre la Guerra Federal y la gran sublevación indí gena de Chayanta de 1927, el problema agrario se cons tituyó en una preocupación predominantemente depar 91. E n su Inform e de 1874, el Ministro de H acienda, don, Pantaleón D alen ce observó que “administradas con separación de la Tesorería nacional, las rentas departam entales se invierten en el pago de los servicios de la respectiva circunscripción” ; pero inm ediatam ente agregó que el déficit del E stad o fue tal que la única solución fue la subvención que ofrecían los T eso ros departamentales.
tamental, pues las contribuciones de los ayllus seguían siendo un elemento importante en el presupuesto de los departamentos (ver cuadro 4 ). Sin embargo, el fra caso del proyecto original de los propiciadores del librecambismo fue demasiado evidente como para alber gar esperanzas al respecto, y los prefectos se limitaban, en sus informes anuales al gobierno, a lamentar la fal ta de control fiscal sobre el proceso de recaudación. Frente al abandono del proyecto originario por el go bierno y la incapacidad prefectural de retomarlo a ni vel departamental, los terratenientes y pequeños pro pietarios de los pueblos empezaron a tomar la inicia tiva. a. L a expansión d e la p ro p ied a d privada de la tierra en el N orte d e Potosí, 1881-1918. Las mesas revisitadoras extendieron varios títulos in dividuales, no obstante su incapacidad para realizar un empadronamiento completo con fines fiscales. Estos tí tulos los conservan hasta hoy los descendientes de los beneficiarios, como otra evidencia de que su acceso con suetudinario a la tierra tiene fundamentos jurídicos. Des de el punto de vista del derecho criollo, la extensión de los títulos gracias a la Revisita determinaba la extin ción formal de la comunidad, en cuyo territorio se ubi caban las parcelas correspondientes. Esta extinción fue desconocida por los ayllus norpotosinos, que hasta hoy siguen reconociendo su derecho colectivo por encima del usufructo individual. Sin embargo, la extensión de los títulos por los Revisitadores significó el establecimiento de las condicio nes legales que harían posible la formación ele un mer cado de tierras, según los objetivos originales de la pri mera reforma agraria. Por lo tanto, empezaremos exa minando en qué medida se produjo efectivamente una expansión de la propiedad privada hacia las zonas an-
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La contribución indígena del departamento de Potosí como porcentaje del presupuesto total del departamento
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Año
Contribución indígena °/o
Suma 1900 1901 1902 1903 1904 1905 1906 1907
173.748 173.800 173.672 173.672 173.635 173.707 173.707 173.707
Año
Contribución indígena
1908 1909 1910 1911 1912 1913 1914
Diezmos Süma
59 51
44.000 44.000 46.000 (Impuesto 46.000 49.000 56.000 71.000
39 44 41 55 54 58
1918 1919 1920 1921 1922 1923 1924 1925 1926 1927 1928 1929 1930
%
Suma
15 13 10 Pred ial : 11 15.5 ■ 17 24
Recargo del 20% para diezmos, etc.
Total °/o
20.000 7 20.000 6 20.000 4.5 70.745 = 18%) 20.000 5 20.400 6.5 23.400 7 28.400 9.5
Diezmos V primicias
Catastro
Suma
°/o
292.678 341.281 444.864 393.537 426.303 314.107 320.407 298.530
100 100 100 100 100 100 100 100
Total
Suma
%
Suma
%
Suma
%
Suma
%
Suma
%
174.207 175.040 175.532 177.164 178.506 179.427 179.795
41 35 38.5 32 39 39 33
_____ — .— — .— — .— — .— 35.885 30.000
__ ____ — .— — .— — .— — .— 8 5.5
123.000 107 000 42.270 25.000 30.000 — .— —
29 21 9 4 6.5 —.— — —
---.__ 110.000 125.000 110.000 130.004 130.004
__ 24 22 24 28 28
425.143 504.979 455.402 560.000 457.307 460.616 460.616
100 100 100 100 100 100 100
__ _____ __ .__
— .— — .—
136.991
30
461.561
lOO
1 3 5 .6 5 6 1 3 5 .6 5 6
26 26
5 1 9 .0 2 2 5 2 6 .0 5 2
100 100
1 3 5 .6 5 6 1 3 5 .6 5 6 1.35.655 1 3 5 .6 5 6 1 3 5 .6 5 6 1 3 5 .6 5 6
20 12 12
6 6 8 .3 7 7 1 .1 3 2 .1 4 9 1 .1 6 7 .7 4 5
100 100 100
( l e r .
1915 1916 1917
Primicias
1 6 9 .5 4 8 1 6 9 .8 1 7 1 7 9 .6 5 8
37 33 34
1 8 0 .1 2 1
27 16 .15
1 8 0 .5 9 3 1 8 0 .6 7 3 1 8 0 .6 7 3 1 8 0 .6 7 3 1 8 0 .6 7 3 1 8 0 .6 7 3 1 8 0 .6 7 3
21 22 8
1 8 0 .6 7 3
16
1 3 7 .0 3 0
19
s e m
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16.955
4
1 6 .9 8 K " ) 3 3 .9 3 8
3 6
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15 11
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100
8 6 2 .6 5 4 8 2 3 .6 2 7 2 .2 1 3 .6 6 2
1 3 5 .6 5 6 1 3 5 .6 5 6
16 16 6 11 8
1 .2 0 6 .4 5 6 1 .6 1 2 .0 6 0
100 100 100 100
1 3 5 .6 5 6
12
1 .1 0 1 .8 8 0
100
2 8 .1 9 4
4
7 3 2 .7 6 1
100
F u e n te :
P r e s u p u e s to G e n e ra l d e la N a c ió n , 1879 1930. B N B , S u c r e .
N O TA :
L o s d ie z m o s y la s p r im ic ia s se r e m a t a r o n en la s p r o v in c ia s , d e a c u e r d o c o n la ley d e 20 de e n e ro d e 1900. Su v a lo r r e a l v a r ia b a d e a c u e r d o c o n " l a c a lif ic a c ió n d e la J u n t a d e A lm o n e d a s, en v is ta de la o f e r ta y la d e m a n d a ” . E n 1912 se e s p e c if ic a q u e los c o r r e s p o n d ie n te s a la s ti e r r a s de o r ig e n e s tu v ie ro n a c a r g o de lo s c u r a c a s . E l r e c a r g o d t ! 10% s o b r e la c o n tr ib u c ió n c o r r e s p o n d ie n te '1a c a d a s e m e s tr e , r e p r e s e n t a u n a e t a p a de tr a n s ic i ó n h a c ia el r e e m p la z o de lo s d iezm o s y p r im ic ia s p o r el c a t a s t r o .
teriormente controladas por los ayllus. El punto de par tida se nos ofrece con los resultados de la primera co misión catastral, que en 1881 entregó los dos libros co rrespondientes a las tierras privatizadas de las provin cias de Chayanta y Charcas. Pese a que estos libros no sirvieron para implantar el impuesto predial, quedando como “medidas estadísticas y preparatorias”, para nues tros fines representan un cuerpo de información de gran interés. Muchas veces suele suponerse que la mayor medida de fuerza contra las comunidades indígenas durante el siglo X IX fue la dispuesta por el Presidente Mariano Melgarejo mediante la venta de los terrenos de comu nidad, decretada el 20 de marzo de 1866. Esta supo sición es errónea. Si examinamos el cuadro 5 por ejem plo, vemos que, fuera de los departamentos de La Paz y Mejillones, las sumas de la venta forzada de tierras comunales fueron muy limitadas. Las tierras vendidas en el departamento de Potosí estaban constituidas por las llamadas “tierras sobrantes”, o sea tierras que, no obstante su ubicación dentro de los linderos de un ayllu, no tenían poseedor efectivo. Estas ventas representaren solamente el 2% del total de las operaciones realizadas a nivel nacional.92 Además, dentro del total departa mental, las tierras correspondientes a la provincia de Chayanta representaban el 12.5%, es decir 0.25% del to tal nacional. Después de la caída de Melgarejo, como ha señalado Grieshaber (1977), las reivindicaciones de las tierras comunales confirmadas por el Presidente Mo rales generalmente tuvieron éxito. En conclusión, pue de sostenerse que a principios del período de la políti92. Las “ tierras sobrantes” dentro de una visión estatal que tales terrenos podían cum plir en canismos que lograron redistribuir siones dem ográficas diferenciales sólo ayllu. V er P latt 1982.
fueron categorizadas com o tales no reconoció la función que relación con la gam a de m e tierra y población según p re en diferentes estancias de un
CUADRO
5
“Cuadro demostrativo de las tierras sobrantes y de comunidades vendidas en subasta pública desde la publicación del Supremo Decreto de 20 de marzo de 1866 hasta el 31 de diciembre de 1869".
Departamento
Provincias
CHUQUISACA LA PAZ M EJILLONES
POTOSI
COCHABAMBA ORURO TARATA BEN I TOTAL Fuente:
Comu Tierras so nidades y brantes fracciones
82 —
—
Valores totales
12 109 216
58,096.10 156,436.45 430,262.80
1
2,010.60 10,988.30 2,403.65 717
Chayanta Porco Sud-Chichas Cercado
11 6 3 3
(Total)
23
1
16,119.55
27 2 25
15 3 4 —
55,449.95 4,840 6,742.76 459.20
159
356
728,406.81
—
_ ----
Ministerio de Hacienda, Memorias, 1870. BNB, Sucre.
ca exvinculatoria, las tierras privadas del norte potosino fueron principalmente aquellas cuyos orígenes se remontaban a la época colonial. En los Libros de Catastro de 1881 están anotados los nombres de todas las propiedades individuales y sus respectivos dueños, como también su valor estimado y renta anual. Este último dato se obtuvo en base a una lista de los ingresos aproximados de cada propie dad, desglosados por producto agrícola y por otras fuen tes: multiplicación de ganado, herbajes, arriendos de tierras y molinos, etc. Es importante notar que los fo rasteros y yanaconas de las pocas haciendas norpotosi-
ñas siempre habían cancelado la contribución territo rial, tradicionalmente recaudada por los hacendados correspondientes. Sin embargo, en 1881 estos grupos aparecen como arrendatarios de la hacienda, y su anti gua contribución, convertida en arriendo, se incluye den tro de los ingresos globales que constituyen la base pa ra el cálculo del impuesto predial. Esta transformación recuerda la entrega de tierras a arrendatarios por los hacendados cochabambinos a fines del siglo X V III, coCUADRO
6
La concentración de la propiedad privada en el Norte de Potosí, por provincia y cantón, según el catastro del año 1881. (Valores en pesos) 1.
V alor calculado
Cantón
Aymaya Chayala Chayanta Chayrapata Guaycoma Macha Maragua Moromoro Ocurí Panacachi Pitantora Pocoata Surumi TOTALES Fuente:
PROVINCIA CHAYANTA
Renta anual
Im puesto
— .—
— .—
— .—
8.580 9.068.40 98.112 113.316.20 61.274 86.896.80 86.808
1.212.40 922.60 7.980.72 10.267.88 4.305.80 5.189 0.775.56
97.39 83.44 638.44 820.80 343.50 415.11 381.49
— .—
— ,—
— .—
185.089 18.944.25
10.583.30 3.543.45
834.12 281.28
668.088.65
48.782.71
3.895.57
Valor calculado como por centaje del total valor catas trado
0 0 1 1 15 17 9 13 13 0 28 3 0 100
Prefectura Departamental N? 56, Casa de la Mo neda, Potosí.
Valor calculado
Renta anual
Acasio Arampampa Carasi y Torotoro Micani Moscarí Sacaca San Marcos San Pedro Toracarí
107.561.80 39.996
10.591.40 4.000
848.05 320.
160.104 19.080 183.170.50 144.082 4.410 187.318.50 16.891.60
16.012.20 1.910.20 18.317.50 14.039.60 441.25 17.778.10 2.111.60
1.283.50 153 1.455.70 1.122.65 35.30 1.625.39 176.40
TOTALES
862.614.40
85.201.85
7.019.99
Cantón
Fuente:
Im puesto
V alor calculado como por cen taje del total valor catastrado
13.5 5 17
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21 17 0.5 22 2 100
Prefectura Departamental N? 40, Casa de la Mo neda, Potosí.
m o una respuesta a la contracción del mercado urba no-minero de Potosí (Larson 1980). Sería interesante examinar en qué medida se dio o no un proceso aná logo en Chayanta, como resultado de la crisis en el co mercio triguero regional. En el cuadro 8 se presenta un resumen de los tres rubros principales: valor calculado, renta anual e impues to. La cuarta columna muestra los valores calculados correspondientes a cada cantón como porcentajes del to tal provincial, permitiendo evaluar el peso de cada can tón dentro del conjunto de la propiedad privada de la provincia. Estos valores no corresponden exclusivamen te a latifundios. En 1903, según el presidente de la co misión catastral, Nicanor Cabezas, aún existían 240 “fin cas propiameirte dichas”, de un total de 1782 propieda des inscritas: las demás eran “de pequeña importancia . . .no constan sino de huertas i canchones de poco valor
i extensión”.93 Estas “huertas i canchones” son los terre nos usurpados por los grupos mestizos quienes, al ins cribirse en el catastro experimental de 1881, buscaron protegerse de las amenazas contenidas en la ley de 1874, analizadas en el capítulo anterior. La importancia de estos grupos, respecto a la gran propiedad agrícola, puede detectarse en el catastro de 1881. E l cuadro 7 muestra la distribución de las pro piedades inscritas en aquel año de acuerdo con su valor CUADRO
7
La distribución de las propiedades privadas por valor calculado según cantón (Valores en pesos) I.
Menos de 1.000
CANTON
Aymaya Chayala Chayanta Chayrapata Guaycom a Macha Maragua Moromoro Ocurí Panacachi Pitantora Pocoata Surumi TOTALES Fuente:
PROVINCIA CHA YANTA l.OCO— 4.999
5.000— 99.59
1
2
1
5 3 171 35 7
4
—
6
1
3 10 14
2
8
10,000— 15,000— 19,999 14,999
—
—
— 1 1
—
20,000 +
— —
— —
2 2
1
—
—
2
—
—
11
3 3 3
3
—
—
—
—
—
—
—
—
29 146
17
6
2
1
—
405
69
20
12
4
1 —
1
1 —
5
Prefectura Departamental N? 56, Casa de la Mo neda, Potosí.
9 3. P refectu ra D epartam ental N ? 3 0 9 5 1 9 0 3 ) . C asa de la Moneda, Potosí.
( 3 0 de setiem bre de
CANTON
Menos de 1.000
1.000— 4.999
5.090— 99.99 1
Acasio Arapampa Carasi y Torotoro Micani Moscarí Sacacaca San Marcos San Pedro Toracarí
85 50
11
12 21 178 186 6 107 45
19 4 36 36
TOTALES
690
Fuente:
1 0 ,0 0 0 14,999
20,000+ 1
5
2
2
—
—
—
6
—
—
—
3
—
—
—
—
—
—
52 2
3
—
—
1
—
—
—
161
19
2
2
2
1
—
15,000— 19,999
—
—
1
Prefectura Departamental N? 40, Casa de la Mo neda, Potosí.
calculado: destaca la importancia de los propietarios cu yos terrenos tenían un valor inferior a Sb. 1.000 (pesos). Por una parte se registraron los latifundios de diversa área, candidatos supuestos para el desarrollo de aquel "capitalismo agrario” buscado por los legisladores de 1874. Pero simultáneamente aparecen numerosos pe queños propietarios, quienes trabajaban sus parcelas con mano de obra predominantemente familiar, o median te arreglos de ayuda mutua con los ayllus vecinos. Ahora bien, los cantones que en 1881 representaban 5% o más de cada total provincial (ver cuadro 6 ), pue den agruparse alrededor de cuatro focos de expansión de la propiedad privada. En primer lugar, podemos distinguir los cantones fronterizos con el departamento de Chuquisaca: Guaycoma, Mofomoro (hoy Ravelo), Ocurí y Pitantora en la provincia de Chayanta; y Carasi en la de Charcas. En estos cantones la importancia de los pequeños propietarios resulta insignificante en com
paración con los grandes latifundistas. Consideramos que estos cantones constituyen la frontera de expansión de la hacienda chuquisaqueña hacia el norte de Potosí. Un argumento a favor de esta afirmación la ofrece la presencia en estos cantones de capitales procedentes de censos y capellanías, pertenecientes a los monasterios chuquisaqueños de Remedios, Santa Clara y Carmen, co mo también de la misma Catedral. Para calcular la renta anual de estas propiedades, el registrador restaba el valor de los intereses anuales (2%) pagados al pro pietario religioso, para llegar a la base del impuesto predial. Así, por la ubicación de las propiedades y por la presencia de los censos y capellanías religiosas, pue de sugerirse que los seis cantones afectados estaban in cluidos en el área de operaciones de los terratenientes de la capital. Al otro extremo de la región, los cantones de Acasio y Arampampa, en la provincia de Charcas, se ubican en la frontera con el departamento de Cochabamba, otro foco de expansión del latifundio (Larson 1978, 1980; Rodríguez 1978). Sin embargo, la gran mayoría de las propiedades inscritas en estos cantones corres ponde a pequeños propietarios, sugiriendo que en esta época la hacienda cochabambina había penetrado po co en el Norte de Potosí. En el centro de la provincia de Charcas, se encuen tra el eje Sacaca-San Pedro-Moscarí, caracterizado por una gran concentración de tierras privadas. E l cuadro 6 muestra que el grueso de estos valores proviene de la multitud de pequeños propietarios -radicados en es tos pueblos, aunque también se nota la presencia de algunas haciendas medianas, una de las cuales pertene ció a un monasterio de Sucre. Finalmente, el área de Macha se caracteriza por un grupo de haciendas valiosísimas cuyos orígenes se en cuentran principalmente en los ingenios formados pa
ra el beneficio de los minerales de Aullagas durante la Colonia, los que en 1881 seguían supeditados a la producción argentífera de Colquechaca.94 Sin embargo también se encuentra, igual que en Pocoata, un gran número de pequeños productores mestizos, cuya impor tancia ya se ha señalado en el capítulo anterior. Con los datos actualmente disponibles, no podemos cuantificar las diferentes extensiones controladas por el régimen privado y el régimen comunal en el Norte de Potosí, en 1881. Sin embargo, para 1903 Nicanor Ca bezas ofrece una estimación aproximada de las superfi cies bajo ambos regímenes: “(L a circunscripción de Charcas) está poblada casi en su totalidad por indígenas tributarios; de ahí que las propiedades particulares, entremez cladas con las de aquellas resultan escasas rela tivamente a su vasta extensión”. Y para la provincia de Chayanta informa que: “Todas las propiedades particulares están com o en Charcas, entremezcladas con las posesiones de comunidades i tributarios i constituyen también una parte muv limitada del extenso territorio que forma la provincia”. Esta apreciación debe haber tenido mayor validez en 1881 De hecho, en 1874 los legisladores buscaron cuanti ficar la tenencia y producción de los comuneros median te la extinción de los ayllus y la conversión de sus miembros en propietarios plenos. De acuerdo con la ideología positivista predominante, la cuantificación en 94. C añete y Dom ínguez (1 9 5 2 [ 1 7 8 7 ], C ap. X I I ) da los nom bres de los principales ingenios de Aullagas en el siglo X V III: ' Rosario, P alca, Angostura, Churicala, A yom a y G uancarani, la ma- ¡ yoría anotados como haciendas en el C atastro de 1881.
hectáreas se consideró parte de una agricultura “cien tífica”, asociada por definición con la consolidación de la propiedad privada. Sin embargo, hoy como en el si glo XIX, los datos de extensión tienen poco valor si no están acompañados por una evaluación precisa de la calidad de los suelos y del microclima de cada pre dio. La topografía sumamente accidentada del Norte de Potosí hace difícil definir áreas climáticamente homo géneas. Por lo tanto, el sistema de medidas tradicio nalmente utilizado en la región evalúa un terreno en términos del cultivo apropiado y del volumen de se millas necesario para sembrarlo: al decir “1/2 olla de maíz” u “8 Mamas de papas” expresan las característi cas relevantes del terreno, según el volumen y tipo de semilla cpie puede sembrarse en él. Este sistema de agrimensura sigue apareciendo en los contratos de com pra-venta por lo menos hasta 1915, y aún se mantiene vigente en la región, aunque nunca ha sido empleado por los observadores gubernamentales en la recopila ción sistemática de información. Otro indicador de la importancia relativa de los ayllus y de las haciendas en cada cantón consiste en comparar el número de colonos y comuneros entre los cantones con penetración latifundista. Evidentemente, este indicador no es siempre confiable, dado que el va lor de una hacienda no corresponde necesariamente a la cantidad de mano de obra que dispone. La posesión de un horno de miel o un trapiche, la instalación de un molino de granos, o de un ingenio para minerales, permitiría al propietario mantener un nivel de ingre sos muy por encima de las unidades productivas basa das en la fuerza de trabajo exclusivamente familiar e, incluso, de otros hacendados con una fuerza de trabajo servil más numerosa. Algunas haciendas que aparecen en el Padrón de yanaconas de 1836 con una alta po blación de colonos y que después, en 1877, muestran una caída abrupta en la mano de obra servil, se regis-
tran en el catastro de 1881 como propiedades valiosísi mas con altos ingresos anuales, debido a su elección de cultivos que no requieren una fuerza de trabajo per manente, como los frutales. Sin embargo, la inversión productiva en las hacien das fue generalmente limitada en el siglo XIX, y es pro bable que los principales medios de producción se li mitaran a la tierra y mano de obra en la mayoría de los casos. Por eso resulta útil comparar la población servil y comunal en los cantones que muestran altos valores de propiedades privadas en el catastro de 1881. Un examen del cuadro 8 muestra que, incluso li mitándonos a los cántones afectados por la expansión de la propiedad privada, los colonos sólo representan el 22.4% de la población total. Además, si se conside ra los cantones de Pitantora y Sacaca donde se encuen tra casi el 50% de la población servil del Norte de Po tosí, en el primero los colonos constituyen el 58% de la población cantonal (599/1031), mientras en Sacaca la cifra correspondiente sólo llega al 14%. Unicamente en Ocurí y Maragua se encuentra un claro predominio de colonos sobre comuneros. Sin embargo, en las dos provincias se encuentra una mayoría de cantones apenas afectados por la hacienda. E l cuadro 9 muestra que, a nivel regional, solamente 11.6% de los tributarios registrados en la Revisita de 1877 estaban sujetos al régimen de hacienda. Fuera de los cuatro focos de propiedad privada, antes menciona dos, la época de la política exvinculatoria empieza con un vasto predominio del régimen comunal en el Norte de Potosí. ¿En qué medida la Revisita exvinculatoria logró cum plir sus objetivos mediante la extensión de títulos indi viduales? Lamentablemente para el presente estudio ha sido imposible comparar el catastro de 1881 con los pos teriores de 1903, 1910 y 1922. Por ahora nos limitare-
Colonos y comunarios en cantones con penetración latifundista en 1877 (por cantón) Cantón
Colonos % N?
Acasio Carasi y Torotoro Guaycoma * Maragua Moromoro Moscarí Ocurí Pitantora Sacaca San Pedro
176
8.4
503
7
92 24 284 34 216 210 599 425 42
4.4 1 13.5 1.6 10 10 28.5 20 2
527
7 0 0 16.6 9 1 6 36 17
TOTAL (1)
2,102
TOTAL (2)
2,101
*
100 22.4
Comunarios % N«?
— —
1,211 662 77 432 2,620 1,248 7,280 7,280
100 77.6
Pobl. Total % 679 619 24 284 1,245 878 287 1,031 3,045 1,290
7 6 .6 0.2 3 13 9 3 11 32 14
9,382
100
9,382
100
E n la Revisita de 1877, los 24 habitantes de Guaycoma aparecen como colonos de hacienda. Sin embargo, Nar ciso de la Riva aclara en 1885 que “este pequeño Cantón apenas posee veinticinco indígenas originarios, cuyo do micilio mantienen en el Cantón de Condo provincia de Paria donde abonan el tributo”. Se trata, evidentemente, de una situación común en las áreas cerca a Sucre, se gún la cual algunas haciendas pertenecen a comunida des lejanas en el Altiplano. Compárese la hacienda de Tuero en el Cantón Moromoro, que aparece en el catas tro de 1881 como propiedad de la "Comunidad Corque de Carangas”. Parece que las otras háciendas de Guay com a no poseían colonos. Los datos de la Revisita de 1877 no señalan la existencia de colonos en Macha. Sin embargo, el catastro de 1881 enumera 26 colonos "entre indios y mestizos” para esa fecha en la importante hacienda-ingenio de Ayoma. E s ta corrección debe llamarnos la atención sobre las limi taciones de la información de la Revisita en lo que atañe a los colonos de haciendas. Fuente: Libros de Revisita de las provincias de Charcas y Chayanta, año 1877. Revistas, ANB, Sucre.
mos a otros indicadores parciales, como es el número de las rentas de las tierras de origen registradas en la Sección Propiedades del Archivo de Derechos Reales en Potosí, entre 1889 y 1918. En el cuadro 10 pode mos examinar el número de ventas realizadas entre 1889 y la Guerra Federal, en comparación con el nú mero de transacciones correspondientes al período de gobierno liberal entre 1901 y 1918. En primer lugar, los cantones afectados por estas ventas son precisamente los previamente asociados al proceso de la privatización en 1881. En el área de Sacaca-San Pedro-Moscarí, se ha detectado 231 transac ciones para el período referido. En los cantones de la frontera chuquisaqueña (Moromoro, Pitantora, Ocurí y Carasi) 125; y 69 en Acasio, en la frontera cochabambina. Los demás cantones sólo vieron 25 transacciones (excluyendo a los no-identificados). E l área de Macha manifiesta apenas una transacción. Salvo en Alacha, durante este período se consolidó la propiedad privada en las áreas donde siempre había existido. Es interesante constatar que la gran mayoría de las transacciones se realizaron después de la Guerra Fede ral, en la época liberal. Este resultado coincide con la situación ya comprobada para La Paz (Rivera 1978b). Sin embargo, a diferencia de La Paz, incluso en el se gundo período las ventas siguen concentrándose en las áreas tradicionales de tenencia individual. Además, las extensiones enajenadas son ínfimas en comparación con La Paz, donde se pusieron en venta comunidades ente ras. En el Norte de Potosí son excepcionales las ven tas de toda una “asignación” (parcela de originario o agregado), siendo normal la venta de una fracción de una parcela. Aunque por las razones expuestas consi deramos inútil buscar equivalencias en hectáreas para las fracciones vendidas, es obvio que se trata de super ficies ínfimas en comparación con el Altiplano norte.
Colonos de hacienda e indios de comunidad en 1877, como porcentaje de la población tributaria total (por cantón) Cantón
Colonos N %
Comunarios N %
Pobl. Total N »/o
Acasio
176
26
503
74
679
100
AuIIagas
—
0
79
100
79
100
Ay maya
—
0
621
100
621
100
Carasi y Torotoro
92
15
527
85
619
100
Chayrapata
—
0
715
100
715
100
Chayanta
—
0
2,574
100
2,574
100
Guaycoma
24
100
—
0
24
100
Macha
—
0
1,310
100
1,310
100
284
100
—
0
284
100
Micani
—
0
179
100
179
100
Moromoro
34
2.7
1,211
97
1,245
100
Moscarí
216
24.6
662
75.3
,878
100
Ocurí
210
73
77
27
287
100
Panacaehi
—
0
587
100
587
100
Pitantora
599
■58
432
42
1,031
100
Pocoata
—
0
2,033
100
2,033
100
Sa caca
425
14
2,620
86
3,045
100
San Marcos
—
0
298
100
298
100
San Pedro
42
3
1,248
97
1,290
100
Surumi
—
0
149
100
149
100
0
156
too
156
100
18,083
100
Maragua
Toracarí TOTAL Fuente:
— 2,102
11.6
15,981
88.4
Libros de Revisita de las provincias de Charcas y Chayanta, año 1877. Revisitas, ANB, Sucre.
Sin embargo, ¿por qué el ritmo y la escala de las ventas de tierras, por limitados que fuesen, aumentaron tanto después de la Guerra Federal? Una explicación par cial enfatizaría la extensión efectiva de numerosos tí tulos durante el período previo a esta Guerra, que ser vían de base para los trámites legales de enajenación desde principios del siglo XX. Según este argumento, sólo se pudo recoger los frutos de la política exvincu la toria una vez terminados los intentos de la Revisita. Efectivamente, fue necesaria la identificación precisa de la ubicación y tamaño de las parcelas para permi tir la transferencia del título correspondiente. Pero más importante fue, probablemente, la impaciencia crecien te de los propietarios privados por el abandono del pro yecto terrateniente por parte del Estado, y sus intentos de tomar la iniciativa en el proceso de expropiación de tierras comunales en las márgenes de las zonas ya controladas por el régimen privado. Los contratos de compra-venta señalan los precios pagados por los terre nos enajenados. Significativamente, muchos contratos estipulan que se trata de precios nominales, sumas can celadas en los pesos febles que se estaban retirando de circulación desde 1875, y en otros casos la transfe rencia del título se debe a razones de endeudamiento del poseedor indígena. Por otra parte, los vendedores aluden a las obligaciones tributarias que deben asumir los compradores: fracciones del tributo correspondientes a fracciones de una “asignación”, y en algunos casos la transferencia de la obligación de seivir en las postas. Estos detalles ilustran cómo el abandono estatal de la “gran reforma rentística” aumentaba el interés del fisco departamental en la retención de los ingresos proceden tes del antiguo tributo. La consecuencia fue paradóji ca: por una parte, se iba reanudando el vínculo tradi cional entre los tributarios dé los ayllus y el Tesoro potosino. Simultáneamente los propietarios privados em pezaron a roer más intensivamente los linderos de los
ayllus, logrando desprender una cantidad limitada de terrenos, para después encontrarse sujetos a los ftñsmos gravámenes tradicionales teóricamente derogados por la ley de 1874. E l cuadro 10 muestra que la expansión de la hacien da en el Norte de Potosí fue muy limitada durante el período examinado. En su mayoría los cantones queda ron inafectos de la venta de tierras comunales. Aun que el Ministro de Hacienda comentó la inscripción de 3068 propiedades correspondientes a las provincias de Chayanta, Charcas y Bustillo95 en el catastro de 1910,96 señalando que 1117 “corresponden. . . a nuevas propieda des recientemente catastradas”, no puede inferirse un proceso de consolidación de la gran propiedad agraria. Aparte de las superficies reducidas de los terrenos ven didos, al parecer este aumento del número de propie dades registradas en el catastro refleja la decisión de muchas familias mestizas, cuyos derechos a la tierra ha bían sido negados por la ley de 1874, de romper su alianza con los ayllus, para adscribirse al régimen de propiedad favorecido y garantizado por los terratenien tes y el gobierno boliviano. En este proceso puede re conocerse los orígenes del realíneamiento de las lealta des mestizas hacia una capa oligárquica, que de esta manera logró iniciar el arrinconamiento paulatino de los ayllus rebeldes de la “anti-sociedad” andina. b. El “Pacto” renovado: antecedentes d e la subleva
ción indígena d e Chayanta de 1927. E l siglo X X nació con todas las “fuerzas del progre so” concentradas en el sector minero, cuyas exportacio9 5 . L a Provincia de Bustillo fue cread a p or ley de 8 de o c tubre de 1 9 0 8 , para responder a las crecientes necesidades ad ministrativas del centro minero de U ncía y Llallagua. 9 6 . P refecturas d e Potosí, M em orias e In fo rm es, Inform e Anual al Supremo Gobierno del P refecto de Potosí, D r. N éstor G utié rrez ( 1 9 1 3 : 8 1 ) . B N B , Sucre.
Las ventas de las tierras de origen, por provincia y cantón, entre 1889 y 1918 (N° de ventas). I.
PROVINCIA CHAYANTA (Con provincia Bustillo desde 1909)
Cantón Chayanta Macha Moromoro (Ravelo) y Tomuvo Panacachi Pitantora y Ocurí Surumi Uncia No identificado TOTAL Fuente:
TOTAL
1889-1900
1901-1918
. —
3
3
1
1
15
69
84
—
1
1
4
1
9 5
6 2 9 6
19
93
112
2 1
—
1
Registro de Propiedades, Derechos Reales, Potosí.
II.
PROVINCIA CHARCAS
1889 -1900
1901 -1918
TOTAL
Acasio Carasi y Torotoro Moscarí Sacaca y Caripuyo San Marcos San Pedro Toracarí No — identificado
3 6 4 1 — 38
66 29 15 23
11
150 8 21
69 35 19 24 1 188
TOTAL
64
313
Cantón
Fuente:
1
1
9
32 377
Registro de Propiedades, Derechos Reales, Potosí.
nes de estaño constituían el principal ingreso fiscal del Estado. Frente a los logros del capitalismo extractivo, el sector agrario atraía siempre menor atención por par te del gobierno y el “problema indio” fue asumido cre cientemente por las prefecturas departamentales, que seguían dependiendo de la contribución indígena para cubrir gran parte de su presupuesto (ver cuadro 4). La expansión de la propiedad privada en el Norte de Po tosí, cuyqs limitaciones acabamos de anotar, se logró en un contexto ambivalente. Mientras que la realiza ción de los primeros catastros prometía la transforma ción esperada del sistema impositivo en el campo, el Tesoro departamental no podía prescindir del cobro del antiguo tributo. Se volvió a presentar, en el plano de partamental, el antiguo problema de la transición, y la Prefectura potosina difícilmente pudo resolver un con flicto con los ayllus que el mismo Estado había prefe rido soslayar. De ahí la actitud contradictoria que pue de observarse en los Informes prefecturales de las pri meras décadas del siglo. Mientras que formalmente se ñalan un apoyo para la expansión de la propiedad pri vada, emprendida ahora por iniciativa directa de mesti zos y terratenientes, simultáneamente -se nota una preo cupación constante por el volumen de la contribución de los ayllús, que se traduce encuna aceptación provi soria de un renovado “pacto de reciprocidad” entre el Tesoro departamental y las autoridades indígenas. La nueva situación que surgió después de la Guerra Federal no pudo sino preocupar a la Prefectura. E n pri mer lugar, tardó mucho en establecerse el cobro de la contribución en bolivianos, pese a no saber cuándo los antiguos pesos febles fueron finalmente desplazados del circuito fiscal. Por otra parte, la misma ley de l 9 de octubre de 18S0 había liberado a los forasteros de los ayllus de sus obligaciones tributarias, con la consi guiente reducción, en el monto del tributo. Además,
después del abandono de la Revisita exvinculatoria en el Norte de Potosí, las autoridades fiscales no tenían ningún padrón de los contribuyentes que permitiera controlar la suma percibida, por lo que se encontraban obligadas a confiar en el monto recaudado y entrega do por los curacas y sus cobradores. Finalmente, los propietarios particulares empezaron a impacientarse por la lenta marcha de la reforma, y buscaron acelerar el logro del objetivo original del Estado mediante la ex propiación o compra forzada de los terrenos comunales ubicados en los límites de sus posesiones. Analicemos primero la situación de los forasteros: ¿por qué la ley de exvinculación parecía dispuesta a renunciar a la contribución de semejante número de tributarios? La respuesta la ofrece un oficio dirigido a la Prefectura de Potosí, en abril de 1885, por el primer Re visitador de Chayanta, Narciso de la Riva: “E l forastero es el colono de hacienda que pres ta su servicio a los patrones del fundo. Fuera de esta clase de forasteros no puede existir otra sal vo casos muy especiales; porque no se concibe la existencia de numerosos indígenas de la es pecie en centros de Aillos o comunidades donde no pueden arrendar su trab ajo.. .”.97 Según este comentario, los legisladores .considéraban al forastero como un típico fenómeno de la hacienda:' sú presencia en los ayllus aparecía así como una simple anomalía. La cláusula de la ley de 1874, que liberó a los forasteros de sus obligaciones tributarias, estuvo dirigida, en primer lugar, a lograr la conversión de los forasteros (o yanaconas) de las haciendas en arrendata rios, tal como se ha indicado. Así el gobierno renuncia97. N arciso de la Riva, In fo rm e d el Revisitador d e Tierras d e Orijen d e la Provincia d e Chayanta. Sucre, 1885.
ba a un impuesto que debía convertirse en un arriendó pagado al hacendado, y el fisco esperaba recuperar su
pérdida m ediante el nuevo impuesto predial calculado sobre los ingresos totales ( incluso los arriendos) de los nuevos “capitalistas agrarios”. E l propósito del legislador fu e anulado p or la pre sencia efectiva d e numerosos forasteros dentro de los ayllus. En Macha, p o r ejemplo, la Revisita d e 1877 arro jó la cifra de 1690 forasteros en am bas parcialidades ( casi 70% d e la población total). Para Narciso de la Riva este fenóm eno resultaba injustificable e irracional, que sólo podía atribuir a un “réjimen comunario des atendido desde lo remoto” por “la superior jerencia ad ministrativa”. E l mismo problema surgió respecto a la situación de muchos agregados. E n el caso de Moromoro, Narciso de la Riva comentó: “S i.. . el agregado es el individuo añadido al orijinario que posee un común, el simple buen sen tido rechaza la posibilidad de que 304 individuos puedan agregarse a 83 comunarios; añádase a es ta razón incontrovertible que según las mensuras practicadas por el Agrimensor Justo Leigue Mo reno, la capacidad de los terrenos ocupados por los llamados agregados es inmensa y de un valor considerable, mayor quizá a todo un orijen ...” De ahí que la mesa revisitadora buscara recategorizar a los contribuyentes sospechosos, de acuerdo con la ex tensión efectivamente ocupada, desconociendo el papel de las categorías dentro del ciclo de desarrollo de ca da unidad doméstica, esbozada en el capítulo 2. De es ta manera, de la Riva pudo pretender que: “. . .la pérdida proveniente de la abolición del tri buto correspondiente a los forasteros, habría sido subsanada con superabundancia, evitando el défi-
‘ í
cit que habría sido una realidad rentística, sin los trabajos de la Revisita”.98
El subprefecto de Chayanta, Dalio Fernández, no fue tan optimista. E n 1889, comentó un déficit de Bs. 4,528.60 para los cantones de Pitan tora y Moromoro, en relación al monto presupuestado en la Revisita de 1877. Este défcit aumentó en Bs. 1,159.40, tomando en cuenta la ley de 26 de noviembre de 1886, que había dispuesto el cobro de la contribución en pesos febles, en vez de bo livianos, debido a las continuas sublevaciones de los in dios. Pero el subprefecto quiso también subrayar sus propios esfuerzos en favor del fisco: en 1891 logró re caudar Bs. 4,950 sobre el monto presupuestado para la provincia, valiéndose de la ley de 30 de octubre de 1890 que, conf irmando la práctica de Narciso de la Riva, ha bía exigido . .que el indíjena terrateniente impropiamente llamado ‘Forastero’ pague Bs. 2.80 cts. semestral por su asignación y que sea incluido en la clase de ‘Agregados’ Así, la “generosidad” aparente de la legislación exvineulatoria debió corregirse una vez que se constató la presencia de numerosos forasteros en los ayllus. L a exención de los forasteros del pago de la contri bución representa otro ejemplo de la profunda ignoran98. Id em . Por ejemplo, para el Cantón M orom oro, la Revisita de 1 8 8 7 Rabia registrado 8 3 originarios, 3 0 4 agregados y 331 forasteros; con una contribución total (sacan d o a los forasteros de acuerdo con la L ey de 1 8 7 4 ) de $ 2 9 3 7 .2 0 . Pero después de la Revisita exvinculatoria, 6 4 8 contribuyentes fueron matriculados con una contribución total de $ 4 8 0 6 .2 0 , o sea un aum ento de $ 1 8 6 9 . Si suponemos que la población se había mantenido cons tante desde 1 8 7 7 , entonces, el núm ero de forasteros se hubiera reducido a solamente 7 0 individuos. 99. Dalio Fernán d ez, Inform es del Su b-P refecto d e Chayanta al P refecto d e Potosí. Potosi, 1 8 8 9 , 1 8 9 0 , 1891.
cía de los legisladores criollos sobre el funcionamiento interno de la sociedad indígena. Repitiendo las pala bras de Narciso de la Riva, citadas en el capítulo ante rior, tales “errores . . . comprueban lo inútil de los des velos de los conductores del país cuyo saber y ciencia no bastan a suplir la falta de conocimiento de las co sas y personas para quienes se legisla. . Ya hemos visto cómo los indios supieron aferrarse a las clausulas favorables de la legislación “blanca”. No sorprende, en tonces, que durante este siglo los forasteros (o cantu runas) no hayan pagado ningún tributo, aparte de al gunos servicios tradicionales en la iglesia (los m onákus del ayllu M acha), hasta muy recientemente. Con el abandono de la Revisita de Chayanta, en 1902, se deja ron de lado las prácticas correctivas de las autoridades nacionales, mientras que los curacas aplicaron la le tra de la ley de .1874 en lo que correspondió a los fo rasteros de sus ayllus. Fue durante los primeros años del siglo XX que las autoridades indígenas decidieron encargarse directa mente de la recaudación del tributo, en un intento de restablecer el antiguo “pacto de reciprocidad” de acuer do con su percepción de la justicia. En 1906, la regu laridad . de las entregas de las provincias de Chayanta y Charcas llamó la atención del prefecto de Potosí, Fructuoso Ramos (dueño de la hacienda-ingenio de “Ayoma” en el cantón M acha): . .por costumbre tradicional, ( estas provincias) son las únicas que aportan al Tesoro casi el total de cada semestre dentro del primer trimestre respectivo, o sea, con anticipación de tres me ses a los plazos determinados, 30 de junio y 31 de diciembre. . .”.100 100. Fructu oso Ramos, Inform e ante el Suprem o Gobierno de la República, Potosí, 1906. ( B N B , Sucre. P refecturas d e Potosí, M em orias c In form es 1 8 7 1 -1 9 1 4 ).
Igualmente, en 1909 el prefecto Nicanor Serrudo comen tó la misma regularidad para la provincia de Chayanta: . .no se ha presentado ninguna inconveniencia, sin embargo de que se han suprimido los recau dadores, habiendo ejercido las funciones de és tos, personas nombradas de entre los mismos comunarios, con el título de curacas recaudado re s .. En la reaparición del título colonial ( “curacas recau dadores”) y en la regularidad de las entregas, puede apreciarse la seriedad con la que las autoridades indí genas tomaron la reanudación del pago del tributo, es forzándose por mantener de su parte el antiguo “pac to”, a fin de asegurar los derechos de sus ayllus a la tierra. El nombramiento “entre los mismos comunarios” de los nuevos curacas recaudadores representa un elemen to clave dentro del nuevo statu quo. Igualmente im portante fue la medida tomada por las autoridades in dígenas para asegurar el comportamiento legítim o de los representantes del Estado. En 1910, Nicanor Serru do señaló que los padrones actualizados sólo se encon traban en manos de los curacas, quienes se negaron a entregarlos a las autoridades fiscales. Nuevamente, en 1918 el prefecto Carlos Gutiérrez confirmó que “. . .en las circunstancias actuales, las autoridades aspiran a nada más que recaudar la suma calcu lada en el presupuesto, porque tampoco tienen base sólida para perseguir más, y ese hecho pro viene de que los padrones están en poder de los curacas, que no los confían a nadie, y el Tesoro 101. N icanor Serrudo, Inform e ante el Suprem o Gobierno de la República. Potosí, 1 9 0 9 . (B N B , Sucre. P refecturas d e Potosí, M em orias e In fo rm es, 1 8 7 1 - 1 9 1 4 ) .
Departamental no tiene tampoco listas auténticas de los contribuyentes porque ningún funcionario se las puede suministrar”. 102 Finalmente, en 1921 el prefecto, mayor Armando Bretel, propuso que “. . .se procure que estos pagos [del tributo] se haga directamente a este Tesoro por los Curacas e Ilacatas, sin la interferencia de la autoridad subprefectural.. .”.103 Con esta última modificación se estableció el sistema de recaudación actualmente vigente, basado en la res ponsabilidad directa de las autoridades indígenas fren te al Tesoro departamental, aunque sin la entrega de los padrones actualizados a las autoridades fiscales. La retención de los padrones constituyó un reconocimiento por parte de los curacas de la fragilidad del nuevo “pacto”, y un testimonio de su profunda desconfianza' hacia el Estado. Sin los padrones de los contribuyentes por lo menos sería más difícil un nuevo intento de ha cer privada la tenencia y disolver los ayllus. Como se señala en el próximo capítulo, muchas autoridades ipdígenas del Norte de Potosí aún se mantienen dispues tas a cumplir con su parte del “pacto”, recaudando la contribución escrupulosamente de sus ayllus para ga rantizar el acceso colectivo a la tierra. ¿Qué ocurrió con el peso del tributo indígena den tro del presupuesto del Tesoro departamental? E l cua dro 4 muestra el porcentaje representado por este item de 1880 a 1930. Se ha señalado ya la disrupción en su cobro durante los últimos veinte años del siglo XIX, como también la apropiación de parte de los ingresos 102. Carlos Gutiérrez, In fo rm e d el P refecto y C om a nda nte G e neral d el D epartam ento d e Potosí. Potosí, 191 8 . 103. Armando Bretel, In fo rm e A n ua l d el P erfecto d e Potosí ante e l S u p rem o G obierno d e la R epú blica. Potosí, 1921.
departamentales por el erario nacional hasta fines de la Guerra del Pacífico. Sin embargo, los valores pre supuestados son representativos de la importancia del tributo desde la perspectiva del Tesoro departamental. Se notará que en 1880 los indios aportaron casi el 95% del total, y todavía en 1907 su contribución constituía más de la mitad del monto global. Incluso en víspe ras de la Guerra del Chaco, la suma presupuestada pa ra 1930 representaba casi 20% del total. Además, si bien se reducía el porcentaje correspondiente al tributo durante los 50 años examinados, esta reducción no se refleja tanto en pn aumento del impuesto predial pro cedente de las tierras privatizadas, sino de los ingre sos procedentes de otras fuentes. En ningún año llegó el impuesto predial a superar en importancia la con tribución territorial. Mejor prueba no puede haber del fracaso de la primera reforma agraria de 1874. En el departamento de Potosí incluso los diezmos y primicias sólo se eliminarían en 1917, después de un período de transición de cinco años, cuando se reemplazaron por un recargo de 20% sobre la contribución anual de los indios. Frente a la importancia persistente del tributo tra dicional, repetidas veces los prefectos de Potosí plan tearon al gobierno la urgencia de retomar las Revisitas de las tierras comunales. Pero las razones aducidas no tuvieron ya las ambiciones de la ley de 1874. Lo que se temía era, sencillamente, la defraudación de los in tereses fiscales, sea por las maniobras de los curacas, sea por la asimilación de las “tierras del Estado” —co mo aún se consideraban las tierras de los ayllus— por propietarios particulares: “Se tiene comprobado que en cada parcialidad ha disminuido el número de contribuyentes, pa sando las saijañas [tierras de origen] a manos extrañas, sin obligación ninguna, o abandonadas
por falta de ocupante. Se ha evidenciado tam bién la existencia de otras ilegalmente constitui das, con fines de incautar los territorios de co munidades extinguidas bajo la insignificante ta sa de 60 centavos para justificar su dominio”.104 Se trata probablemente de las compras semilegales de fracciones de “asignaciones” (predios originarios) ob servadas en la sección anterior, cuyas obligaciones tri butarías ( supuestamente proporcionales a la fracción comprada) parecen haber sido desconocidas por los nuevos propietarios particulares, aunque algunos segura mente registraron sus adquisiciones en el catastro, con la consecuente obligación de pagar el impuesto predial. Las esperanzas del Tesoro departamental quedaron igualmente defraudadas en lo referente a las llamadas “tierras sobrantes” de los ayllus. Estas tierras fueron las que, pese a no estar ocupadas en un momento dado, sirvieron a los ayllus para hacer frente a las presiones demográficas desiguales sobre la tierra correspondiente a diferentes estancias. E l aumento de la población en una zona pudo conducir a la reubicación de familias específicas en las “tierras sobrantes” (cf. Platt 1982). En 1913, el prefecto José Aguirre Achá comentó que se había consiganado Bs. 6,000 en el presupuesto departa mental “como ingreso por arrendamiento de terrenos sobrantes de comunidades”.105 E l item resultó “total mente ilusorio”, porque “. . .ni siquiera se sabe cuáles pueden ser esos terrenos sobrantes. . . posiblemente con las opera ciones de Revisita que deben realizarse, podrá co nocerse recién el sobrante de terrenos de comu nidad”. 104. N icanor Serrado, In fo rm e ante el Su prem o G obierno d e la R epública. Potosí, 1910. 105. José Aguirre A chá, In fo rm e A nual del P refecto d e Potosí ante el Su prem o G obierno d e la R epública. Potosí, 1914.
Nuevamente se aprecia cómo la retención de los pa drones por las autoridades indígenas permitió la nega ción de otra cláusula de la ley de 1874, esta vez por considerarse atentatoria respecto a la organización in terna del ayllu. En 1913, en un gesto casi patético, el mismo pre fecto ofreció a los indios la exención de los servicios de postillón (parcialmente superados por el uso del telégrafo), siempre que se inscribieran en el catastro. Después del análisis de los “servicios forzados” ofreci do en el capítulo anterior, no sorprende el ningún efec to de tales ofertas a los ayllus. Estamos lejos de los grandes esquemas de los primeros gobiernos librecam bistas, con su visión de un “capitalismo agrario” que volcaría un floreciente impuesto predial a las arcas fis cales, en base a una producción abundante y “cientí ficamente” organizada. Se trata ahora de rescatar de las ruinas de la primera reforma agraria lo indispen sable para asegurar la solvencia del presupuesto de partamental. Se ha visto como los propietarios privados, algunos terratenientes, pero generalmente pequeños producto res mestizos, empezaron a intensificar sus esfuerzos ex pansivos frente al abandono efectivo del proyecto terra teniente por parte del mismo Estado después de la Gue rra Federal. Este proceso, formalmente apoyado por los funcionarios departamentales, entrañaba como conse cuencia inevitable una reducción del número de con tribuyentes indígenas y, por lo tanto, una disminución del monto tributario percibido por el fisco departamen tal. La situación se agravó porque los propietarios par ticulares no siempre quisieron registrar todas sus nuevas adquisiciones al margen de su propiedad nuclear, a fin de evitar mayores gravámenes impositivos. En 1922-23, el prefecto Manuel Diez Canseco lamentó la pérdida fiscal implícita en la expansión ilegal de la hacienda:
“. . .se impone.. . organizar la comisión revisita dora del catastro indigenal, pues es de todos co nocida la formación de extensas propiedades agrícolas, a base de la compra de terrenos de orijen y que, sin embargo, siguen pagando im puestos ínfimos”.106 Sin embargo, detrás de la prudencia fiscal, estaba el miedo a otro estallido de sublevación por parte de los indios agredidos. Ya £n 1925 el prefecto Enrique Apa ricio Loza señalaba que “. . .tal fue el grado de hostilidad que demostraron - los indígenas en el segundo semestre del pasado año, que llegaron a promover serios disturbios, amenazando las vidas y propiedades de los ha cendados”.107 Probablemente, esta fue la preocupación subyacente en la ley de 1925, que prohibió la venta de tierras de co munidad. Pero la ley de 1925 llegó demasiado tarde. En 1926, el mismo prefecto indicaba . .un estado alarmante de tirantez, que se deja notar entre las relaciones de los indígenas con sus patrones y de los comunarios con los parti culares que tienen sus propiedades rústicas co lindantes con las tierras que poseen aquellos”.108 Como de costumbre, los indios parecen haber empeza do su resistencia por la vía legal, mostrando sus títulos coloniales y de Revisita, para sostener sus reclamos con tra los propietarios particulares. Es significativo que Aparicio Loza denunciara también: 106. M anuel Diez Canseeo, In fo rm e A nual del P refecto d e Po tosí. Potosí, 1 9 2 2 -2 3 . 107. E nriqu e Aparicio L oza, In fo rm e d el P refecto d e Potosí, G estión 1 9 2 5 -2 6 . Potosí, 1 9 2 5 -2 6 . 10 8. Ibid.
. .la facilidad con que las autoridades adminis trativas subalternas otorgan amparo a los indíge nas que. . . se presentan solicitándolo. . . con sim ples papeles de dudosa procedencia. . . en los que se hace constar que el indígena impetrante po see determinado terreno desde tiempo inmemo rial y resultando en la realidad tratarse de pro piedades particulares constituidas legalmente. . . Crece aún más la urgencia de proceder a la for mación de padrones de tierras. . / Es posible que el apoyo ofrecido por ciertas autorida des provinciales a la “antigua legalidad” de ¡os títulos •presentados por los indios reflejara, nuevamente, ia re nuencia a aceptar los avances provocativos de los par ticulares, que ponían una vez más en tela de juicio la estructura regional de poder, producto del renovado “pacto de reciprocidad” restablecido por los ay bus des de los primeros años del siglo. Aquí no entraremos en los detalles de la subleva ción de 1927, que debe ser objeto de una investigación minuciosa.110 Las pocas entrevistas realizadas hasta la fecha en la zona sublevada muestran cómo las reivin dicaciones indígenas se canalizaron a través de una compleja ideología, lo que hace posible compararla sis temáticamente con las sublevaciones contra las Revisi tas, anaihadas en el capítulo anterior. Sin embargo, en 1927 el blanco principal de la reacción indígena pare cen haber sido, no tanto ves autoridades estatales, como en loe •5, riñó los hacendados que se habían encargado 1 0 9 .
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Gestión 1925-26.
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L o z a . 1 9 2 5 -2 6 .
1 1 0 . V e r , s in e m b a r g o , C u estion es hidispnales, e Gobierno para 1927-28 (p p . 2 7 6 - 3 2 9 ) . U n a c a p i a
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de proseguir con la reforma por “iniciativa privada”. De ahí la elección de Julio Berdeja, propietario de Gua dalupe, como víctima, sacrificado de forma que recuer da el enfrentamiento entre los indios de Macha, Pocoata y Condo, por un lado, y la Comisión enviada en 1S85 por Narciso de la Riva para cobrar el precio de los nuevos títulos de la Revisita. Ciertas partes del ca dáver fueron consumidas por los alzados, y el resto en terrado como ofrenda a un cerro poderoso de la ve cindad.111 La comunicación mágico-religiosa con el espíritu de este cerro podría ofrecer luces insospecha das sobre la ideología del movimiento de 1927. Los pocos datos actualmente disponibles sugieren una modificación muy importante en la trama de las alian zas regionales, a partir de la Guerra Federal, contra el Estado oligárquico de los “patriarcas de la plata” (M i tre 1981). Si bien entre 1882 y la Guerra Federal el enemigo principal de los ayllus fue el Estado, represen tado por las autoridades fiscales, pudiéndose contar con los pequeños propietarios mestizos en una lucha contra un opresor común, en 1927 el blanco del resentimiento indígena se desplazó hacia los terratenientes y peque ños propiefarios mestizos, sus aliados de antaño, quie nes ahora hacían causa común con los hacendados en favor de la extensión de la propiedad privada a costa de los ayllus. Los recaudadores criollos habían sido re emplazados, desde principios del siglo, por los nuevos “curacas recaudadores”, quienes lograron centralizar gran parte del poder fiscal en sus propias manos como par te del replanteo cauteloso del antiguo “pacto de reci procidad”. Por otra parte, el avance del catastro en el norte potosino tuvo un significado político desproporcio 1 1 1 . d a lu p e B e r d e ja rr o
E n t r e v is t a ( p r o v in c ia e s
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nado en relación a sus limitados logros territoriales. Los pequeños productores de los pueblos podían ahora consolidar sus títulos dentro del régimen privado me diante el pago del impuesto predial. Esta modificación del status jurídico de los mestizos produjo una ruptura en la alianza de ayllus y mestizos, alianza que había encauzado la resistencia a la Revisita exvinculatoria. L a transformación consiguiente en el equilibrio re gional de poder desencadenó un lento proceso de arrinconamiento de los ayllus norpotosinos, pese a su supe rioridad demográfica y las grandes extensiones territo riales que todavía se encontraban bajo el régimen del ayllu. Los aspectos tributarios del ayllu se mantendrían intactos, como también su régimen agrario y organiza ción. Sin embargo, la iniciativa política empezaba a pasar a manos de los mestizos. Sólo la fuerza convul siva del rechazo indígena contra la ruina económica y el acorralamiento político llegaría a invertir este pro ceso en ciertas circunstancias claves. E l “Congreso Indigenal” del gobierno de Villarroel, por ejemplo, o la masiva movilización en busca de un “Estado popular” entre 1947 y 1953.
Epílogo: Los ayllus fre n te a la segunda refo rm a agraria de 1953
“L a Reform a A graria no implica necesariam ente un criterio socialista, es un criterio liberal: representa salir del régim en feudal superado y a en muchas naciones, pero que en los países atrasados econó m icam ente, com o son los de Latino-A m érica en su m ayoría, persiste to d a v ía .. . U na R eform a socialista implica ia nacionalización y socialización de la tie rra, no la subdivisión de la tierra en pequeñas p a r celas p ara ser entregadas individualmente. . .” . V ícto r P az Estenssoro
(1 9 5 5 :
310)
“No queremos, ni aceptarem os por nada el Predial Rústico, que quiere decir que nosotros los cam pesi nos debem os pagar por cada hectárea determ inada cantidad de dinero, lo que anteriorm ente no exis tía, nosotros los campesinos quienes somos los indios, no pagaremos el Predial Rústico, porque no nos con viene, si algún día hemos llevado al Gobierno al Dr. P az Estenssoro, ha sido p ara que nos ayude efectivam ente, pero no para que quiera explotarnos m ar cobrando en vano. . .” Pronunciam iento d e los cam pesinos d e M acha ( 19G3)
de desarrollo agrario estaba des tinado a un fracaso parcial. Incluso en las regiones donde se logró la total expansión de la hacienda, el embrionario “capitalismo agrario” raras veces encontró fuentes adecuadas de capital o la tecnología apropiada para las condiciones altoandinas. De los recursos dispo nibles, la mano de obra servil fue evidentemente el más barato, dado que su reproducción se costeaba en las parcelas familiares adscritas a la hacienda. En mu chos aspectos, el régim en d e hacienda se asemejaba ai E l proyecto liberal
antiguo sistema de los curacas en cuanto buscaba legi timarse ante los colonos con actos de “generosidad se ñorial” (en primer lugar, la “concesión” de sus terre nos), aunque esta magnanimidad cacical resultó, a su vez, algo manchada por las eludas positivistas sobre el “grado de humanidad” alcanzado por los indios. Los niveles de mercantilización de los mismos hacen dados fueron objeto de ataque por los afiliados al Mo vimiento Nacional Revolucionario (M N R ). Este proble ma constituye un terreno casi virgen para las futuras investigaciones, aunque sospechamos que muchas ha ciendas manifestaban una “racionalidad campesina”, en la medida que vendían su producción de. acuerdo a sus necesidades, no siempre motivadas por el afán de ganancia en una situación de competencia capitalista. De ser así, será necesario atribuir a los ideólogos del MNR el mismo error cometido SO años antes por Nar ciso de la Riva. Al negar una “racionalidad capitalista” a las unidades de producción —familiares o señoria les—, no puede deducirse su falta de interés en la pro ducción mercantil. En éste, como en muchos otros as pectos, tras la imagen “revolucionaria” del MNR queda ba encubierta una continuidad con el pensamiento po sitivista liberal. O
J-
Sin embargo, al proponer generalizar el modelo de producción familiar en el campo boliviano, el MNR aparentemente representaba una ruptura importante con los modelos de desarrollo imperantes antes de 1952. Se abandonó la búsqueda de una “vía terratenien te” hacia el “capitalismo agrario”, proponiéndose el mo delo mercantil simple, basado en la transferencia de valores del sector rural hacia los sectores urbanos e in dustriales, a partir de un proceso de “acumulación pri mitiva permanente”, cuyo principal medio de extrac ción del plustrabajo campesino sería el mercado. Al igual que la “vía fiscal” anteriormente analizada, la re
forma agraria de 1953 esperaba evitar la separación del productor familiar de la tierra. Más bien, los princi pales costos de reproducción del régimen mercantil sim ple los asumirían las mismas unidades campesinas de producción, en cuanto gran parte de la cosecha anual seguiría siendo consumida dentro de la unidad produc tora. Sin embargo, se vislumbraba una nueva época, marcada por una creciente tecnificación que permitiría el pago del “impuesto único” por cada unidad propieta ria, aboliéndose la contribución territorial y coinpatibilizando los intereses fiscales con los iutereses urbano-in dustriales, a través de la estructura de precios y un nue vo sistema impositivo. Ahora bien, este objetivo no difería mayormente del proyecto liberal. Se trataba de una multitud de peque ñas unidades campesinas, cuya tecnificación se espera ba lograr mediante mecanismos determinados, como la cooperativización, en lugar de un número reducido de grandes “capitalistas agrarios”. Pero un proyecto similar ya había sido formulado por algunos pensadores libe rales, en especial por Narciso de la Riva en su “Proyec to para propender al desarrollo de la agricultura en la provincia de Nor-Chayanta”, de 1885, que buscaba la creación de empresas molineras y la compra del trigo norpotosino, a precios subvencionados, a los pequeños propietarios privados, que debería resultar de la reali zación de la Revisita de Exvinculación (ver Anexo 2 ). En el aspecto jurídico, la reforma agraria retomaba también los objetivos ya planteados en el siglo XIN por su antecesor liberal. Es importante no perder de vista algunas cláusulas contradictorias del Decreto Su premo Ny 03464 de 2 de agosto de 1953. La enuncia ción de principios generales, como el reconocimiento jurídico de las comunidades y la restitución de los te rrenos usurpados por ajenos, en la práctica no afectaba
la aplicación de otras cláusulas más coherentes con los objetivos verdaderos de la reforma’ agraria. Por ejemplo: “Las comunidades indígenas son propietarias pri vadas de las tierras que poseen en conjunto. Las asignaciones familiares hechas en las revisitas o las reconocidas por la costumbre, dentro de esta Comunidad, constituyen la propiedad privada fa miliar”. (Tit. II, Cap. X I, Art. 57). Pero, para evitar los problemas mencionados con los mestizos de los pueblos, antiguos usurpadores de la tie rras comunales, se aclaró en otro artículo: “Las tierras usurpadas a las comunidades indíge nas desde el 1° de enero del año 1900 les serán restituidas cuando prueben su derecho de acuer do a reglamentación especial” (Tit. II, Cap. VI, Art. 42). Esta reglamentación especial estuvo contenida en el Decreto-Ley, N° 03732 de 19 de marzo de 1954, que es pecificaba las circunstancias en las que no se debería proceder a la “restitución de las tierras de las (comuni dades indígenas”. Estas excepciones incluyen la situa ción de “las tierras de comunidad. .. [que] estuvieran poseidas por agricultores o campesinos que en condición de pequeños propietarios las trabajan personalmente” (Art, 10). Así, las únicas circunstancias en las que se permitía la restitución era la asimilación de tierras de comuni dad por un gran ten-ateniente. Pero cuando —como en la mayoría de los casos del Norte de Potosí— las tie rras usurpadas se encontraban trabajadas bajo el régi-
men privado por los mestizos del pueblo, quedaba ex cluida la posibilidad de que un indio, expropiado de su tierra por medios violentos o semi-legales, lograra su restitución. Vemos como, pese a la retórica de algu nos artículos, el objetivo principal de la reforma agra ria fue la creación de una masa de pequeños propie tarios privados antes que la defensa del ayllu. En este sentido, el Decreto debe considerarse como una prolon gación de la Ley de Exvinculación de 1874, y un reco nocimiento formal de la importancia creciente de los pequeños propietarios mestizos, ya señalada en el capí tulo anterior. De hecho, el mismo reconocimiento de los títulos de la Revisita fue incompatible con el proyecto de res titución de tierras comunales. La presentación de estos títulos fue requerida por la ley de 1953 a los campe sinos que reclamaban la restitución de tierras usurpadas. Pero los títulos de la Revisita fueron otorgados —como se ha visto— en calidad de propiedad privada, y espe cificaban la extinción formal de la comunidad pre existente. Citemos un ejemplo, presentado como parte de un trámite de restitución en 1958. En 1896 el Re visitador José María Ayaviri había utilizado la siguien te fórmula para consolidar la tenencia privada del ante pasado del demandante: “. . .quito y segrego de la comunidad Jilaticani. . . en consecuencia queda extinguida la comunidad J i l a t i c a r i y doy la propiedad absoluta. . . al nom brado Matías Alachi. . . quien podrá ejanenar (sic) ipotecar transferir en herencia y ejercer en general todos los actos permitidos por las Leyes a los propietarios particulares. . .” 112
Esta contradicción fue reconocida inmediatamente por los mestizos en posesión de tierras reclamadas por los indios. ¿Cómo era posible restituir tierras a una co munidad cuando va no le pertenecían y además si esa comunidad había sido formalmente extinguida, según legislación expresamente reconocida por la misma re forma agraria? Veamos un ejemplo de un pleito sobre “restitución de tierras de comunidad”, presentado por Nicolás Nina, “indio originario de Changolla” del cantón Catacora en O O la provincia General Bilbao.113 Las tierras reclamadas se llaman Chusicari v Changolla. y consistían en 22 lo tes dispersos con un área cultivable de 13 Has., tradi cionalmente pertenecientes al avllu Jilaticani del gran ayllu Sacaca (Urinsaya). E l derecho reclamado por Ni na provenía de que sus abuelos fueron consolidados en la tenencia de las parcelas por la Revisita del siglo XIX, aunque su madre dio los terrenos de Changolla a un vecino de Sacaca, Manuel Maldonado, en prenda preto ria, o anticresis, “ahora unos 10 años más o menos”, re cibiendo en cambio 30 pesos febles y un kuchu (1/2 cesto) de coca. Denunciaba, entonces, que Maldonado había construido casas sobre el terreno v fraguado un O documento de compra-venta. E l demandado, Juan Mareño, yerno de Maldonado. alegaba estar trabajando el terreno “personalmente con mi familia”. La reforma agraria negaba el reclamo de Nina, dado que según la consi gira movimientista, “la tierra es para quien la tra baja”. J
En otro caso vemos a un campesino asentado en la puna de la provincia de Alonso de Ibáñez, reclamando su derecho a tierras del valle en “otra provincia”. Se trata evidentemente de tierras en otra zona ecológica pertenecientes a su “abuelo originario”, ubicadas en el
cantón Acasío de la provincia General Bilbao. Las tie rras tenían 15 Has. cultivables, y tradicionalmente co rrespondían al ayllu Samca del gran ayllu Sacaca. Pero el “usurpador” Pedro Hermoso decía que sus dere chos provenían de un contrato de compra-venta cele brado por su padre con la madre del demandante, y que éste vivía alejado de la tierra disputada “en el Al tiplano”, a una distancia de más de nueve leguas. Mien tras tanto, el demandado afirmaba estar labrando la tie rra personalmente con sus hermanos y contribuyendo “al mercado de Cliza, Cochabamba y otros”. Aunque la demanda fue aprobada en 1955, el fallo fue anulado en 1956, pues “la demanda de restitución había que convertirla en afectación de los campesinos (o sea, los mestizos, T. P .) allí asentados”. Esta vez la consigna “la tierra es para quien la trabaja” permitía la desestructu ración del sistema de tenencia “vertical”,114 que tradi cionalmente había sostenido los altos niveles de produc ción de trigo en la provincia (P lait 1982). En un tercer caso podemos apreciar el desconoci miento de las reglas tradicionales de herencia en Chayanta y la imposición por la reforma agraria de su pro pio principio de “herencia legítima”. En otro trabajo hemos analizado el sistema de herencia imperante en el gran aviíu Macha, que permite la reunificación de las tierras de puna y valle de un “terreno de origen”, donde éstas se habían dividido por el fraccionamiento del terreno entre varios descendientes (Platt 1982), La reforma agraria desconoció a todos los descendientes de un “originario” revisitado, siempre que no fueran “herederos en línea directa. Quedan excluidos los pa rientes colaterales” (Decreto-Ley N° 03732, Art. 9 ). Aho ra bien, en el gráfico 1 puede verse la compleja situa ción de parentesco que se presenta en este tercer caso.
Encarnación Fiquí reclamaba un derecho de restitu ción sobre el terreno Mollepampa, de 1.67 Has. de área cultivable, ubicado en los valles del cantón Pararani, y tradicionalmente perteneciente al ayllu Cati del gran ayllu Sacaca. Denunciaba el secuestro del te rreno por Herculano Salazar. Pero explicaba que el viu do Nazario Jachacata de la heredera María Fiqui, des pués se casó con Emeteria Carrasco. Esta lo sobrevivió y después se casó con Herculano Salazar. Por lo tanto, el terreno había pasado “horizontalmente” a través de esta línea de matrimonios a manos “legítimas” de Her culano Salazar. GRAFICO
1
La tram a de parentesco en el pleito Fiqui-Salazar
H. Salazar argumentaba que Encarnación Fiqui era solamente “sobrina” de María Fiqui y, en consecuen cia, excluida por la ley. Afirmaba, además, estar trabajan do el terreno “personalmente”, y —finalmente— que En carnación Fiqui poseía “grandes extensiones de tierras componentes de la misma asignación en la región de la Puna” (provincia Alonso de Ibáñez). Su hijo Erasmo reiteró que “Encarnación Fiqui no puede ser poseedora de tierras en distantes lugares o territorios”. Parece claro que el “terreno de origen” de los F i qui originalmente abarcaba parcelas tanto en la puna como en el valle, y que Encarnación Fiqui estaba bus
cando reunificar el predio “vertical” correspondiente a su parentela extendida. Este sistema de tenencia fue sancionado dentro de las reglas de herencia de los ayllus norpotosinos. Sin embargo, aunque el reclamo fue “probado” en 1958 (porque Herculano Salazar 110 pudo encontrar su Certificado de Matrimonio con Emeteria Carrasco), en .1959 el fallo fue anulado, porque “las de mandas de restitución.. . sólo'' pueden ser ejercitadas por comunarios desposeídos o descendientes en línea directa”.115 Así, la reforma agraria desconoció las re glas de herencia que hacían posible la reunificacíón de parcelas diseminadas entre la puna y el valle, per tenecientes al mismo “terreno de origen”, prefiriendo respaldar el derecho cuestionable de Herculano Salazar a la “tierra que él trabajaba”. Sin embargo, en las zonas donde el ayllu norpotosino mantenía su vigencia —es decir en la mayor parté de la región—, los curacas y demás cobradores in dígenas seguían recaudando la contribución semestral de los ayllus de su jurisdicción, para su posterior entre ga al Tesoro departamental. Para los contribuyentes de los ayllus, el pago del antiguo tributo seguía siendo la forma reconocida de legitimar su posesión de la tierra. Pese a los estallidos periódicos, especialmente los de 1927 y 1947, los ayllus seguían insistiendo sobre la im portancia del “pacto de reciprocidad” con el Estado. Así, en 1971 el curaca de Macha (Aransaya) me explicó que sus contribuyentes querían mantener los “servicios forzados” en el tambo y posta de Macha, no obstante saber que ya no había leyes que los compelieran.116 115. Archivo de la Reform a A graria, Provincia General Bilbao. E xp ed iente N 9 3 7 2 9 . 116. L a posta en M acha solam ente fue suspendida en 197 3 , cuando los vecinos del pueblo expropiaron el tam bo (la p arte de la co cin a) para perm itir una ampliación de la E scu ela M u nicipal. Pero en los ayllus de Jukum ani se mantienen volunta riam ente los “servicios forzados” de los postillones (inform ación del antropólogo Ricardo G od oy ).
En 1969 la actitud comunal se expresó mediante la pro testa formulada por los miembros de un cabildo del ayllu menor Sullkhawi (gran ayllu Macha) contra la par celación ele la comunidad practicada por la reforma agraria: “Al Señor jilanco v Curaca del Ayllu Suljahue. Mediante este oficio, en una asamblea general de :oda la comunidad, le rogamos a usted, como autoridad mayor del campo qu e no aceptarnos las mediciones de hectáreas por ningún lado. Vamos a estar como sea que nos han dejado nuestros abuelos terrenos. . . en los terrenos de origen, ha ciendo obligación (es) para nuestro Estado, co mo sean nuestros costumbres. ,’V!7 Al decir “nuestro Estado” se referían a un Estado que re conociera sus derechos, en el cual participaban mediante las prestaciones laborales que ofrecían. Pero el Estado que finalmente surgió con la R evo lución de 1952 no tenía una mejor predisposición hacia los ayllus que la de sus antecesores. Se carece de in formación sobre la actuación de las autoridades indí genas durante la década de 1950, aunque hay eviden cia de una posición “indianisfa” que favorecía a los in dios del Norte de Potosí. Así, cuando el subprefeeto de Colquechaca quiso realizar en 1953 un censo agropecua rio y cobrar por garantías escritas de propiedad, los men sajeros que los curacas enviaron a La Paz fueron reci bidos en “este refugio incaico Tiro Yupanqui”, v se les aseguró que “no se conoce ningún decreto que autorice dicho procedimiento”. 113 En 1960 encontramos que el hijo del curaca de Aransa a era Secretario General de1 1 1 7 . a
A r c h i v o
don A gcstín 1 1 8 .
Ibid.
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c u r a r a
C a r v a j a l
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M a c h a
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( A r a n s a v a ) . c o n s u lt a r
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A g r a d e c e n '.-... A r c h i v o .
Comando Cantonal del MNR de Macha.119 Obviamente, el nuevo sindicalismo movimientista necesitaba mante ner contacto con los campesinos de base mediante el re clutamiento de algunas autoridades indígenas, aunque éstas pronto estarían subordinadas a las Centrales de los pueblos mestizos. El MNR al ampliar el electorado otorgando el vo to a los campesinos, no tardó en montar el aparato sin dical necesario para asegurarse que los nuevos ciudada nos votaran ‘‘correctamente”. En la región de Macha, como generalmente en el Norte de Potosí, este aparato fue manejado por los mestizos de los pueblos,120 y uti lizado para ensanchar su control político sobre los in dios de las estancias y ayllus circundantes. Al evaluar la prepotencia mestiza frente a los ayllus, es necesa rio reconocer que el factor subyacente fue el miedo a que la “indiada” volviera a amenazar vidas y propie dades de los habitantes de los pueblos. Por lo tanto quedó descartada la posibilidad de buscar los elemen tos necesarios para establecer una “democracia popular” entre las autoridades tradicionales de los ayllus y, las de las Centrales y Subcentrales, establecidas en las ca pitales provircíales y cantonales. Esto se debió a que no se tomó en cuenta la falta de correspondencia en tre la jerarquía de los ayllus ( con jurisdicción “verti cal” entre puna y valle) y la estructura administrativa nacional. Los dirigentes mestizos buscaron subordinar a los in dios a la política nacional del MNR y de otros gobier nos posteriores. También buscaron la inscripción de to dos los campesinos en el Partido. Así, en 1961 el Se cretario General del cantón de Macha, Hugo Reinaga, 119. Archivo del curaca de M acha (A ran say a). 120. V er, sin em bargo, Harris y Albó ( 1 9 7 5 ) para la im portan cia de Jos dirigentes mineros en el establecimiento de sindicatos campesinos en ciertas áreas.
mandó la siguiente nota “a los campesinos Alcalde y Secretario General del ayllu Leconi” (que es una estan cia dentro del cabildo de Pichichhua, Aransaya, ayllu menor AlaQuyana, del gran ayllu M acha): “Compañero: Notifique Ud. a los campesinos de su jurisdicción para que el día de sábado se hagan presentes en ésta a objeto de recibir carnet del Partido, además serán dadas las instrucciones con motivo de llevarse a cabo una Primera Conferencia In terna en la Localidad de Choroma, del 14 al 20 de mayo del año en curso. Es una obligación de los cc. campesinos asistir a esta clase de evento. El incumplimiento bajo sanción fuerte”.121 Para las elecciones de 1962, los “Secretarios Gene rales y alcaldes de campo” fueron notificados que “.. .las elecciones para senadores y diputados se efectuará el día domingo 3 de junio próximo. Uds. como de costumbre deben concurrir el sábado en la tarde y nosotros les vamos a esperar con los cuartos corrientes”.122 Con tales comunicaciones se puso en marcha la “máqui na” electoral, del MNR que estableció esta práctica, co mún en el Norte de Potosí mucho tiempo después que los movimientistas dejaron el poder. ¿Cuál fue la actitud de los sindicatos movimientis tas hacia el antiguo tributo? E l valor real del tributo (o contribución territorial) se había devaluado a punto tal que, al igual que los servicios forzados, su suspen sión no tenía mayor significación, en cuanto se busca 121. Archivo del cu raca de M acha (A ra n sa y a ). Agradecemos a don Agustín Carvajal el permiso de consultar este Archivo. 122. Ib id .
ba la manera más conveniente de reemplazarlo por el nuevo “impuesto único”. Pero los curacas y cobrado res indígenas no abandonaron tan fácilmente una prác tica considerada como elemento constitutivo de sus de rechos a la tierra. Además, el Tesoro departamental no quiso suspender su derecho al único gravamen fiscal que pesaba sobre las tierras comunales. Así, ambas par tes dentro del “pacto de reciprocidad”, renovado en las primeras décadas del siglo, y mantenido por voluntad propia de los “curacas recaudadores”, tuvieron que en frentarse a las nuevas autoridades movimientistas. Vista la tenacidad con que las autoridades fiscales indígenas y departamentales insistían en mantener la contribución territorial, los sindicatos lanzaron una con\ tra-oíensiva entre los comuneros de los valles (provin cia de Charcas), arguyendo que éstos estaban someti dos a la explotación de los cobradores en la puna, lo grando reducir y en algunas zonas abolir el pago se mestral del tributo. En la puna, por otra parte, inten taron acaparar ellos mismos el tributo que seguía re caudándose, por la autoridad fiscal del ayllu, a través de los antiguos cabildos semestrales de cobranza. Estos in tentos condujeron a la airada reacción del Tesoro departamental. En 1983, el Tesorero Vidaurre escribió al cu raca de Macha (Aransaya) sobre los intentos de se cuestrar el tributo para usos “sindicales” por parte del Secretario General mestizo de los sindicatos del cantón Alacha: i
j_
“Teniendo consideración esta Administración que el señor Plugo Reinaga viene saboteando la recau dación de impuestos destinados al Tesoro Depar tamental, comunico a Ud. que dicho señor nada tiene que hacer con estas imposiciones y menos interferir el traslado de esos fondos pertenecien tes al Impuesto de la Contribución Territorial, ma nifestando que esos debían ser enviados a la ciu
dad de La Paz. Todo impuesto por este concepto es de propiedad legal del Tesoro Departamental y nadie, menos este señor ni el Subprefecto pueden retener en su poder dichas recaudaciones”.123 La introducción del subprefecto provincia] como ob jeto de las denuncias del Tesorero parecería reflejar la nueva alianza entre los dirigentes m estizos y las auto ridades administrativas, que debería permitir la crea ción de un frente efectivo contra la amenaza constan te de la movilización indígena. De ahí las denuncias que el Tesorero Vidaurre volvió a enviar al curaca de Macha sobre los intentos similares por parte del Sub prefecto : . .instruyo a Ud. para que haga comprender a toda la Comunidad dependiente de su autori dad, que el Subprefecto de la Provincia nada tie ne que ver con la recaudación de la contribu ción territorial. Pues los anteriores Subpreíeetos han recaudado fondos por este concepto sin nin guna autorización v en forma arbitraria para dis poner en beneficio de ellos sin que hasta la fe cha no hayan hecho ningún depósito de ninguna clase en el Tesoro Departamental”. 124 Si bien aparece un cierta rivalidad entre las autorida des sindicales y provinciales sobre el destino de la con tribución territorial, esta pugna parece secundaria res pecto al enfrentamiento de ambas contra el eje fiscal tradicional representado por el curaca recaudador y el Tesoro departamental. Se recordará que la oposición del Tesoro departamental también había aparecido du rante el siglo X IX contra las operaciones de Revisita 123. A rchivo del curaca de M acha (A ra n sa y a ). Agradecemos a don Agustín Carvajal el permiso de consultar este Archivo. 124. Ibid.
destinadas a abolir el tributo indígena, su principal fuen te de ingresos. El rechazo creciente a los sindicatos mestizos y ofi cialistas por parte de los comuneros hizo crisis cuando en 1963 el Secretario General Hugo Reinaga expresara al gobierno que todos los campesinos de su jurisdic ción cantonal estaban dispuestos a aceptar el “impues to único”. Citemos in extenso el documento de repudio a Hugo Reinaga, Paz Estenssoro y al movimienlismo en general por parte del gran ayllu Macha, pues represen ta la opinión de las autoridades indígenas frente al nue vo impuesto: “En el Local Sindical Campesino de Milluri que pertenece al Cantón de Macha, Provincia Chayanta del Norte del Departamento de Potosí, a los 20 días del mes de octubre de 1963, se hicieron presentes los Campesinos Agustín Carvajal, Cura ca del Ayllu AJasaya, Siprian Colque Hilanco, Francisco Alvarado Alcalde, Gregorio Mamani Al calde de Ayoma, y Celestino Lujano Alcalde de Tapunata, y otros, que constituyen una Provincia, alcanzando un total de 80 representantes de di ferentes comunidades, para pronunciarse frente a los programas falsos y gastados del Movimientismo traficante, los mismos que dijeron de la si guiente manera: Primero.—En vista de que el falso Dirigente que se dice ser Hugo Reynaga, viene cometiendo to da clase de abusos v falsedades a toda la clase campesina, nosotros habiéndonos reunido en gran asamblea, nos permitimos repudiar completamen te al indicado, que en primer lugar en el año 195-1 amenazó incendiar a! Pueblo de Macha, porque todo el pueblo lo cobró de las deudas que había contraído cuando los famosos cupos se inauguraron, siendo este el primer ladrón es-
tafador de los alimentos destinados al pueblo, ha biendo también sacado herramientas por varías veces, las cuales se lo ha negociado no obstan te que tenían destino hacia los campesinos, y ni una herramienta ha llegado a manos de los com pañeros campesinos, es por eso que no le escu charemos ni una palabra más, más que todo por que el Movimiento Nacionalista Revolucionario siempre se ha caracterizado desde un principio en fomentar el robo y la flojera, y los abusos a todo el pueblo de Bolivia, aclaramos también que el Ministerio de Asuntos Campesinos le ha dado a Hugo Reinaga confiando que cumpliría todos los mandatos, material para escolares, he rramientas, y todo, pero nada hemos recibido. Segundo.—o p o s ic i ó n d ia l
co m pleta
y
a b ie r t a a l p r e
RÚSTICO QUE ES CONTRARIO A LA CLASE CAMPE
SINA e m p o b r e c i d a . En la siguiente forma: No que remos, ni aceptaremos por nada el Predial Rústi co, que quiere decir que nosotros los campesinos debemos pagar por cada hectárea determinada cantidad de dinero, lo que anteriormente no exis tía, nosotros los campesinos que somos los indios, no pagaremos el Predial Rústico, porque no nos conviene, si algún día hemos llevado al Gobierno al Dr. Paz Estenssoro, ha sido para que nos ayu de efectivamente, pero no para que quiera ex plotarnos más cobrando en vano, además no nos dejaremos engañar por los movimientistas, de que nos dicen que antes pagábamos siete impues tos, lo que es completamente falso, no queremos ni uno y medio impuesto, por qué vamos a pagar, no tenemos plata, que paguen los millonarios que ganan en dólares los mismos que están en caramados en todo el mando del Gobierno, co mo ser los matones y asesinos.
Tercero.—Además sabemos también que el indica do falso dirigente y mentiroso Hugo Reynaga, ha sacado del Ministerio de Educación la suma de 2’000,00Q. de Bs. con destino a la escuela de Ma cha, lo cual no sabemos donde ha ido, luego también ha sacado otros dos millones de Bs. pa ra el pueblo, tal cosa tampoco hemos visto, sa bemos también que ha conseguido plantas para arborizar el pueblo de Macha, del Ministerio de Agricultura, y los mismos que se lo ha vendido, y cada día ha ido terminando farreando, eso pue de ser un buen dirigente? nosotros nos pregun tamos, que nunca puede ser y si sigue perma neciendo en ese pueblo en compañía de Zabala, no garantizamos sus vidas, porque no seremos más engañados, por estos engañadores' del Pue blo y del Gobierno. Finalmente, decimos que mantendremos nuestra posición en contra del Predial Rústico, luego en contra del falso dirigente Hugo Reynaga, todos estamos unidos, y para prueba firmamos juntos. Milluri, 20 de Octubre de 1963”.'25 Pese a la aparente ingerencia de alguna facción ri val del pueblo en la formulación de este texto, debe notarse la identificación entre el “impuesto único” pro puesto por el MNR, y el antiguo “predial rústico” que debían pagar los pequeños propietarios mestizos una vez inscritos sus terrenos en los libros de catastro. Parece claro que los indios de los ayllus percibían directamen te la continuidad en el plano impositivo entre el pro yecto de exvinculación, lanzado en 1874, y la nueva po lítica agraria del MNR. Por otra parte, es significativo que los dirigentes mestizos fueran acusados de enga
ñar, no solamente al '‘pueblo-' (en este caso los avilus), sino también al “gobierno”. En este caso se trata, evi dentemente, del “gobierno” representado por el fisco departamental, y por tanto copartícipe del "pacto de re ciprocidad” entre ayllu y Estado. E l “proyecto político ’ de los ayllus aparece aquí con toda nitidez: un “gobier no popular” sería un grupo de gobernantes dispuestos a respetar el antiguo “pacto de reciprocidad” con los ayllus. El MNR aparece como traidor frente al “proyec to popular” en la medida que sus representantes se muestran desconocedores de los términos del “pacto” y, por lo tanto, como sucesores directos de los funcio narios liberales en lo referente a su política agraria fren te a los ayllus. Habiéndose rechazado el “impuesto único”, fue im portante mostrar la predisposición indígena a seguir pa gando Ja contribución territorial. Asi encontramos que el curaca de Macha mantuvo la práctica de emitir cer tificados de pago a los contribuyentes del ayllu. Por ejemplo: “E l indígena Francisco Mamani cobrador del aillo Sullcavi ha cancelado la contribución indigenal con la suma de 66,000 Bs. correspondiente del se mestre de San Juan del presente 1964 del Cabil do Challuiri en presencia de su principal Ylanco Pedro Paco, Alcalde Andrés Paco; en consecuen cia se le da el presente finiquito por el Recau dador Agustín Carvajal. Tolapocro, 19 de Octubre de 1965”.’24 La devaluación progresiva de la contribución territo rial la había convertido en un impuesto meramente no minal, pese a su importancia simbólica en el proceso de renovación de los derechos comunales a la tierra. 126. Archivo del curaca de M acha (A ran sav a).
Esto no importaba mientras se esperaba su rápido reem plazo por el “impuesto único”. Debido a su posterga ción el prefecto de Potosí decidió aumentar el monto de la contribución, mediante Resolución Prefectural N9 16/75 de 30 de setiembre de 1975. Según esta Resolución, “. . .se dispone el reajuste de la tasa de contri bución territorial en todo el Departamento de Po tosí, basta la suma de 20 Bs. para originales ( sic), Bs. 15 para agregados y para eventuales [léase canturunas, T. P.] Bs. 10 con carácter anual. . .” Esto quiere decir que durante la última década se ha confirmado la antigua tasa colonial. Como conse cuencia de la resolución prefectural, el monto ha em pezado a crecer, como puede verse en el cuadro 11. En él se nota la mayor cantidad percibida anualmentete desde la Resolución de 1975. De hecho, desde en tonces muchos “agregados” han decidido convertirse en “originarios” aunque sus terrenos no se han ampliado, porque creen que la mayor suma les ofrece mayores garantías sobre los mismos. Por otra parte, muchos “eventuales” todavía no han aceptado pagar la contribu ción, puesto que fueron absueltos por la Ley de Exvin culación de 1874. Pero cada año va aumentando el monto entregado, y algunos “originarios” que se encuen tran en posesión de cuatro “terrenos de origen” han pa gado 80 pesos por el total de los terrenos que poseen. Para los contribuyentes, la ceremonia de cobranza de la tasa es una “costumbre” que significa el reconoci miento público de sus tierras por los miembros de ca da ayllu. De acuerdo con los padrones formados por los curacas que, como se ha visto, no se entregan al Tesoro Departamental desde principios de este siglo, ca da tasero debe presentarse frente a la mesa del cabil do de recaudación correspondiente a cada semestre (San Juan o Navidad) para cancelar la tasa en presencia de
Contribución territorial de los ayllus del Norte de Potosí * (en pesos 1963-1978)
AÑO
Provincia Chayanta
Provincia
1963 1964 1965 1966
5956.40 4590.40 5277.10 6555.30
5064.40 4499.50 472.00 3084.50
332.00 58.50 — .— — .—
557.50 591.50 428.60 675.20
5333.00 4783.20 2219.00 6804.00 5586.90 5906.60 9450.00 8430.40 15085.90 21980.20 36778.00
2624.00 4536.00 861.00 3307.00 4171.00 4760.00 2636.00 3020.70 4063.00 9378.00 5206.50
273.00 63.00 127.00 430.00
454.50 229.00 265.50 3037.10 760.30 694.00
B ustillos
Provincia Provincia Ibáñez Charcas
Provincia Bilbao
— .— 309.00
TOTAL
11910.00 9739.90 6486.70 10315.00
1QA7 IVO/
1968 1969 1970 1971 1972 1973 1974 1975 1976 1977 1978
Fuente: *
----------
362.00 968.50 574.00 622 00 108.00 3118.50
2 0 2 0 .2 0
808.20 540.00 1777.50 2918.90
.
8684.50
----. ----- 9611.20 ----, ----- 3472.50 ----. ----- 13578.00 693.30 678.50 458.00 771.70
— .— — ,— — .—
1 1 2 1 1 .0 0
12401.00 15532.00 13605.00 20310.00 33243.00 45103.00
Tesoro de la Prefectura Departamental de Potosí.
Estas cifras se han formado sumando todas las entre gas correspondientes a los años indicados, aun cuando la última entrega a menudo se anota en el Libro de Cuentas del año siguiente.
los demás. Estas son ceremonias festivas, y en ellas las autoridades indígenas otorgan recibos a cada contribu yente como comprobante de pago. La ceremonia cum ple así dos funciones: primero representa la contrapar te del reconocimiento estatal de la distribución de los terrenos de cada ayllu entre sus miembros; pero tam bién implica una validación interna de esta distribución que limita los litigios sobre linderos. Mientras tanto, en la Prefectura de Potosí se recau da el “tributo” que traen los indios, aunque se insiste
que se trata simplemente del pago de un “alquiler” sobre las tierras del Estado. Es así que estamos frente a la misma contradicción, aunque en menor escala, que dominaban el panorama a fines del siglo pasado (cf. el capítulo 2 ). Mientras los comuneros vuelven a acos tumbrarse a la contribución territorial, se mantienen los planes gubernamentales para reemplazarlo por el “impuesto único”, calculado sobre una evaluación preci-' sa de las superficies y tipos de tierras en manos de ca da unidad doméstica, mediante la continuación del ca tastro. Aunque la reforma agraria ha suspendido la par celación de los ayllus, y está otorgando títulos colec tivos en algunas regiones, el Jefe Técnico de la reforma agraria en Potosí ha señalado que se trata de un pe ríodo interino, frente a la resistencia de los indios, pe ro que el objetivo sigue siendo la creación de las con diciones para el impuesto único. Significativamente, las tareas del catastro han sido entregadas desde 1964, año del golpe de Barrientos, al Instituto Geográfico Militar, donde se registran los títulos individuales y se realiza una evaluación del terreno para poder establecer su va lor catastral. Se trata de un “vacío jurídico”, en que la confirma ción de la contribución territorial se acompaña de los preparativos gubernamentales para la implantación del impuesto único. E l gobierno de García Meza parecía estar de acuerdo con esta última meta. De acuerdo con una noticia publicada en Presencia tuvo lugar una reunión de los jefes distritales del catastro rural del Instituto Geográfico Militar. Según el coronel Alfaro Cortez, la reunión serviría para mejorar los sistemas de tramitación de títulos de propiedad rural para los cam pesinos: “Añadió que. .. se busca que el campesino, como poseedor de la tierra, encuentre los medios ade cuados en el lugar de su residencia para efectuar
su tributación al Estado. . . Manifestó que la tarea de los jefes distritales de catastro rural en el campo contribuirá a la incorporación activa del campesino a la vida nacional. . . El Instituto Geo gráfico Militar prestará respaldo técnico y eco nómico para que la tarea del catastro rural sea efectiva. Se informó que el IGM adquirió equipos de fotointerpretación, restitución aerofotogramétrica, así como instrumental de campo satelita ño, equipos que permitirán un eficiente traba jo. . .”.127 Finalmente, se justificaba el catastro en términos de los créditos que se permitiría entregar a los campesinos, dado que los créditos agrícolas sólo se ofrecen a los propietarios inscritos en el catastro del Instituto Geográ fico Militar. Se trata, visiblemente, de un intento de liquidar definitivamente lo que en el siglo pasado se llamó el “problema indio”, que por tanto tiempo ha atormentado los sueños de los gobiernos criollos y mes tizos del país. #
O
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En esta apretada síntesis de la política movim¡entista y militar frente al régimen de propiedad de los ayllus norpotosinos, y de la posición asumida por las autorida des indígenas y sus comunidades contra el impuesto único, podemos detectar la presencia de los mismos ac tores sociales que participaron en la historia conflictiva de la región entre 1882 y 1927. El ausente principal es el gran terrateniente, que actuó notoriamente en las pecas zonas donde se había convertido en fuerza efec tiva antes de la Revolución de 1952. Se nota, sin em bargo, una profundización de aquel realineamiento de las alianzas políticas, ya visible durante las primeras décadas de este siglo. Con la elaboración del catastro
desde 1903 y 1910, y el reconocimiento fiscal de los derechos privados a tierras “usurpadas” de los avllus, los pequeños propietarios mestizos empezaron a separar se del bloque ayllu-pueblo, que se había movilizado conjuntamente contra la primera reforma agraria del si glo XIX. Igualmente, después de la euforia revolucio naria entre 1952 y 1956 (año del Plan de Estabilización promovido por el Presidente Siles Suazo), cuando todos los sectores populares imaginaban que la Revolución se había realizado en los intereses de cada uno, los ayllus se decepcionaron tempranamente en la medida que iban detectando la tendencia de la segunda reforma agraria de consolidar a los mestizos en la posesión privada de los terrenos “usurpados”, percibiendo los deseos del go bierno de recurrir nuevamente al “predial rústico” o im puesto único y la posición “oficialista” de los nuevos dirigentes mestizos empeñados en llevar a los ayllus hacia un acuerdo con la política gubernamental. Una concepción de los ayllus que los coloca al mar gen de la “vida nacional”, y los rotula de incapaces de participar en la “historia del país”, sin una adecuada dirección política por parte de los pueblos —opinión que hemos escuchado de diversos mestizos pueblerinos— comete un error análogo a aquel que llevó a los pro ceres liberales y conservadores a considerar a los ay llus como marginados de los circuitos comerciales. La “incorporación” de un campesinado atomizado a la “de mocracia criollo-mestiza”, por ejemplo, o la manipu lación clientelista de los ayllus por coordinadores mili tares o cuadros partidarios representa un traslado mo derno al plano político de los proyectos económicos de los antiguos gobiernos liberales, impacientes por la in sistencia del indio de mantenerse al margen del “pro greso”. La política comunal no es menos coherente que la política sindical de los mineros. La resistencia de los
ayllus a la primera reforma agraria se debe, precisa mente, al derrumbe de la comercialización mercantil de cereales, que se había desarrollado en la región en base a técnicas probadas de aprovechamiento de los recursos humanos y naturales, previamente a la victo ria de las políticas económicas liberales. Su rechazo a la segunda reforma agraria de 1953 derivaba de una percepción igualmente lúcida de las verdaderas inten ciones del MNR, expresadas a través de una práctica agraria frente a los ayllus y directamente enraizada en la “reforma” liberal de 1874. La reforma agraria del MNR evitó el error político de su antecesora, conquistando las simpatías de los mes tizos con sus políticas agrarias e intensificando el arrinconamiento de los grandes ayllus regionales, mediante ' la entrega del aparato sindical a los dirigentes de los pueblos. Hasta hoy las luchas políticas en el plano na cional se reflejan en la rivalidad de diversas facciones dentro de los pueblos rurales. Frente a los ayllus cada facción intenta copar los puestos sindicales locales, dan do lugar a una especie de clientelismo “multi-polar”, que busca la movilización de los ayllus en función de distintos “proyectos nacionales”. En este contexto, la competencia entre los representantes de dichos “proyec tos” para asegurarse la “lealtad” indígena, ha ido encu briendo, últimamente, los objetivos exvinculatorios de la segunda reforma agraria. Pero los ayllus norpotosi' nos han respondido ofreciendo su participación aparen te en tocios estos “proyectos”, de acuerdo con las reali dades coyunturales del poder a nivel nacional. Una lealtad más duradera no debe esperarse mientras en ningún proyecto se ofrezcan por lo menos las garan tías jurídicas mínimas para el fortalecimiento de la de bilitada organización comunal. Queda por verse si el “miedo racial” de los políticos criollo-mestizos frente a la “sociedad alternativa” plan
teada por los ayllus se ha disipado ya, el punto que los futuros gobernantes puedan ofrecer estas garantías, en reconocimiento por lo menos de la potencialidad econó mica, señalada repetidas veces en estas páginas, de la formación cultural cuya “otredad” se han empeñado con tanto idealismo en negar, y con tanto realismo en mani pular. De otro modo es probable que los movimientos indígenas, surgidos en varias regiones del país desde la década de 1980, se vean obligados a asumir posicio nes cada vez más extremas de enfrentamiento étnico contra las nuevas “fuerzas del progreso” que aún bus can prolongar la desastrosa experiencia liberal.
LOS LINDEROS DE LOS AYLLUS DE MACHA (1719) * De las diligencias de archivo que franquea el suscrito Notario de Hacienda, referente a un deslinde de Aransava y Urinsaya del Cantón Macha, de la Provincia Chayanta del Departamento de Potosí, en favor de Agustín Carvajal. Y, cuyo tenor literal es como sigue: TESTIMONIO DE LOS LINDEROS DE ARANSAYA Y URINSAYA DEL CANTON MACHA, PROVINCIA CHAYANTA DEL DEPARTAMENTO DE POTOSI, AMPARADOS DEL SEÑOR JO SEP DE LA VEGA ALVARADO DEL AÑO MIL SETECIENTOS DICINUEVE TESTIMONIO: De los títulos y mojones de los linderos de las doctrinas de San Pedro de Macha y de San Marcos de Miraflores y de Oruy Carasi, que doy para inteligencia, amparo y resguardo de Don Diego Chu ra y Buenaventura. Yo, el Visitador y medidor de tierras. Don Josép de la Vega Alvarado, amparándoles en sus an* Archivo del curaca
do M acha
(A ran sav a).
liguas posesiones, p ara que no les perturben cualesquier persona de cualquier estado, como consta en los instrumentos originales y son sabedores todo el común de los indios y los caciques principales de los dicho pueblos, que fueron en aquel tiempo Don Juán Chura y Buenaven tura y su compañero Don Pascual Zenteno, siendo el Co rregidor de la provincia don Ignacio Oquendo y su tenien te don Felipe Sotomayor y el Cura Párroco del pueblo de Macha, el doctor Francisco, cura antiguo, dado en veinte dias del mes de agosto de mil setecientos veintiún años y es como sigue: PRIMERAMENTE: Desde el valle de Oruy Carasi, el río Grande para arriba, hasta Tarara, donde se en cuentran con el río que baja a Gudalupe y todo el rio de todo Guadalupe hasta un manantial de agua caliente que está bajo de Sapiri y coje toda la peña arriba al alto de Sarasaca, donde se encuentran con el camino real que viene del asciento mineral de Ocurí, hasta Chicmo y va el rio arriba de San Mateo, hasta donde entra un arroyo de mano izquierda, para un paraje llamado Tarquiaqui y bajo dicho arroyo a la habra que llaman del Mando, de donde se da a la quebrada Ilavi y coje todas las de Loma, hasta dar vista a Maragua y se coje arriba y de donde se divisa el camino que sale del rio Maragua y a esta parte se ve las pampas de Santiago y yendo siempre por el camino real, para Potosí y sale al cerro alto Lupichoco y Chiaraco11o y va por media ladera a Calapisaca, nombrando Lluchochoco y de ahí a las peñas blancas que están entre Molle Puncu y Titiri y sigue a Queñuacumo que es un ce rrillo, junto a una apacheta camino real para Potosí y si gue a una Estancia de Españoles, cuyo nombre es atina (sic) y de ahí se va a Pisaquira, asimismo Estancia de Es pañoles y tira de ahí, a los altos de Sayascka, a unas pe ñas coloradas Tipacato y todo el camino real a salir a la habra de Chipara y prosigue al cerro alto, de Condornaza, cuyos vertientes dividen la jurisdicción de Tinguipaya y Macha, hasta la síñiga del cerro alto de Pacrita, de donde baja una cíñiga larga y hace linderos con la doctrina de Cando Condo, en la de Mucayllita y sigue a los cerritos que están en la Pampa de íquiquira y se endereza a una lagu na seca y va al rio de Cala Cala, donde se juntan dos ca minos el uno de indios de Chayanta y el otro de los de Pocoaía y Macha, siguiendo una séñiga que comunmente lia-
man Carachiocko, que en frente del cerro de Ichuta, ver tientes de Janchallaviri, y endereza para el cerro de Tangatanga a Quillcavilque yendo por la cuchillada hasta dar vista a un camino real que va por Livichuco, sigue la Pam pa derecha a divisar a Cacachaca y se va por una séñiga larga, en donde hay una piedra grande junto al camino de Orcopata que llaman Calapairuma y sigue las vertientes que son linderos de Macha con la doctrina de Pocoata, está loma derecha que Marcavillque y está una piedra grande que sirve de Mojón y se endereza por la loma, da a unas sepulturas de indios gentiles entre Esquina de Ma cha y de Pocoata y se trastorna la loma a una Estancia, donde hay muchos churquis, enderezando a una Pucara, camino que sale de ahí a Pocoata y Aullagas, toda la lo m a arriba hasta la habra de donde se divisa la Pampa de Vinaga y sigue todo el camino enderezando al cerro alto de Condornaza, cuyas vertientes corresponde a la parte de Macha y prosigue para Tinquelquera, que es la divi sión de Macha con la parte de Pocoata y prosigue al ce rro de la Laguna de Surumi, donde hay dos lagunas de una y o tra parte y baja a una Estancia de indios de Pocoata y prosigue al cerro donde se juntan dos arroyos que divi den de Lupijara y subiendo a los altos de Surumi Cocha se traslucina la loma Iyaco, se entra por una quebrada onda de Sapacari de Macha y Pocoata y se endereza, bajando el rio abajo hasta la punta del agua detrás de la loma, por una quebrada corta al rio para abajo donde se juntan dos rios y para un camino real para Valle, donde está un mo jón y baja para Chapichapi y camino para Quitapaya, haste el cerro Sesto y de ahí coje por imas peñas coloradas y se va para el rio Grande de Paria, tiene el camino de los indios Ucumamani Alta, allí está un mojón de Sitiquerani y vertientes responden a la parte de Macha, de ahí prosigue para arriba y a un lugar que llaman Jucumariri y va siguiendo por esa loma arriba, que sale al Paiquichu del lugar de la división de Macha con Pocoata, de ahí se entra en la lom a derecha donde está una piedra nombra da Arcocala y se endereza bajando hasta la Junta de los arroyos que es el mojón y sigue, enderezando al cerro al to de Cupita y se entra a un arroyo, donde hay una huer ta grande y sus vertientes, para la parte de Macha, perte necientes ya a la doctrina de San Marcos y se endereza, bajando rio abajo hasta dar a Escam am ania donde se jun tan dos arroyos, es el mojón, y prosiguen loma arriba que
sale al cerro alto de Orckopata, que es la división de Ma cha con Pocoata y endereza loma derecha, hasta Quichaquicha y va bajando a Guaycaguapu, sigue para Yurica Palca, donde juntan dos rios grandes que es el mojón y prosigue por media ladera que hace Monte, que sale a los altos de Arampampa y va siguiendo a la habra pelada que va a dar al camino real, que pasa para Molle Molle, cu yos vertientes dividen la jurisdicción de Pocoata con la de Macha, de ahí prosigue para Ayoma a donde está un mojón y las vertientes son linderos de Macha y Pocoata, de ahí sigue para las peñas coloradas y se va a un cerri llo que le llaman Chui y pasa para Queyoma, donde se juntan al rio grande, que hace linderos y coje en esta arriba y sale a los altos de Punilla y de allí, sigue a Ma zo Cruz y entra a un arroyo, hasta dar a la ciudad de Misque. Aquí se acaba la división, hecha de las provincias y doctrinas y sigue la de las parcialidades que son dos de la doctrina Conde y la de Macha, de allí sigue al pabellón que entra hasta Soicocaima y prosigue rio abajo, hasta Colipa Pampa y se va, entrándose rio abajo, donde están dos piedras pariadas, cuyo nombre se dice Chitacala que es mojón de las dos parcialidades de Aransaya y Urinsaya y sigue a Guancani, de ahí a Liquinca y pasa a Charavillque o Charcavillque, hasta Llustaqui, y se va a los al tos de Arichaca y baja un arroyo de Umajila, que es el mojón del repartimiento y va a Chiyara Cochi y prosigue por los altos de Tacapuso a donde está un mojón grande y va yendo Pisarcollo y se entra a Cusipampa, que es la división de los ayllus de Guaracata y Majacoyana y prosi gue rio arriba por la capilla de San Lázaro, Escalarilla, Coiquechaca, hasta Guaynacuchu en el asiento de Aullagas, allí se acaba la mojonera de ambas parcialidades de Aransaya y Urinsay. LINDEROS, que dividen la jurisdicción de Condo Condo y la de Macha y empieza desde el rio de Cala Cala, donde se juntan dos caminos, el uno de los indios de Chayanta y el otro de Pocoata y Macha el repartimiento de las dos parcialidades entra de Guaguani Cala, hasta el cerro colo rado, que es el mojón, pasa a la Amarilla y sigue a una la guna seca, cuyo nombre es Auca Auca y se va yendo a un arroyo llamado Yacayaquiri, y se entra al rio Salinillas y se va por media ladera a Calasaya, hasta Queñuacuma, Queñuacoro y pasa a la Palcka Chiruni, que es la demarca
ción de los ayllos Macoyana y Sullcavi y prosigue loma arri ba a salir al cerro de Yanayana que es el mojón, y pasa por media ladera a Viscachiri, enderezando a Pacotanga y se entra a Morado Collo que es el mojón, y pasa rio aba jo a dar ; l Ancoyo Habra, de ahí prosigue a Charaguato por el rio arriba al anterior mojón Ancoyo Habra. LINDEROS: De Tangatanga, que dividen ia jurisdic ción de la doctrina de Condo Condo y a ¡a de Macha, en tra el repartimiento ai Cerrillo, junto a Choque Gayara y pa sa a Ticacaima, siguiendo rio abajo, hasta el cerrillo Chi quito a C'atariri, hasta la Habra de Cala Cala, que es el mo jón, y entra a Palcoyo, donde se juntan dos arroyos, es el mojón, y pasa a Chapicoro, hasta Larím arca y a la peña Amarilla, que es el mojón del repartimiento de las parcia lidades de Aransaya y Urinsaya, y se va siguiendo al cerro de Sesto y entra a Negra Guarituta, siguiendo rio arriba a Cala Putiri, a donde hay sepulturas de Gentiles y prosigue por la loma de Chacaía, corriendo la división a la ciénaga de agua clara, enderezando a Condomaza, hasta llegar a los altos de Yocona o cerro Colorado, allí se acaba la mojonera de los ayllus de Sullcavi con Alacoyana .. LINDEE.OS: De Pisaquiri, que dividen la jurisdicción de Tinguipaya a la de Macha, entra el repartimiento a Cala Pallani y sigue por la loma hasta el mojón de Topavillque prosiguiendo la loma Peñas Blancas, pasando a Andavilique por la loma, hasta dar a la Palcka de Chiruni, donde se a c a b a ............ LINDEROS: De Queñuacumo a ¡a mano izquier da una Apacheta que divide la jurisdicción Tinguipaya a la de Macha entra el repartimiento de Girañacagua a Cha picoro y se va por media ladera a Peñas Blancas y se en dereza al Cerrillo Colorado, donde está un corralón nom brado Carachuyo, que es el mojón siguiendo por la cu chillada se entra a una sepultura de Gentiles y pasa a la Piedra Redonda, yéndose por media ladera de Auca Au ca, y salir a una Peña Colorada y se va por ¡a loma de Tarabilla y se entra a Chakaapachi, Guayri Ckassa Apa cheta yendo por la desa, se llega a Paycoro Payacoro, ca sas de los Tapunata, y entra como una cola y sigue Pam pa abajo, hasta llegar a la Sepultura Colorada de los Gen tiles, de ahí sigue a Charaguayto, donde se acaba ei mojón de los indios de Sullcavi, Guaracata y Tapunata y Majaco-
yana y sigue por el camino grande, que va a Chuquisaca y llega a donde el Alcalde Jihuata, a salir a Llustaqui, que es el mojón, repartimiento de los ayllos de Sullcavi y Guaracata de la parcialidad de Aransaya LINDEROS: Del cerro alto Lupichoco donde una Apacheta colorada, cuyas vertientes dividen de YaratacoUo y Cambalachi, la jurisdicción de Maragua y Macha, en tra la división a Cambalachi Palca, se juntan y el río es el mojón y prosigue rio arriba a la peña de Angostura y San tiago y va al cerro de Calapara, siguiendo a Yarquincachi y se entra a Guacani Cala y pasa a una quebrada, junto a Titicaca, allí es el mojón, y prosigue rio abajo a dar a Topacoro y entra a Peñas Coloradas, siguiendo al Tambillo, hasta Siguienca donde se parte el camino real a Chuquisa ca y el valle, que es el mojón, donde se acaba el deslinde de los ayllos de Majapicha, Tapunata, Condata y Sullcavi, corre la divisionaria arriba a Churicala, Angostura, Palca y Rosario, hay confinación de cuatro ayllos, que son Alacoyana, Sullcavi, Guaracata y Alapicha y partiendo dos ayllos, prosigue rio arriba a la Alcantarilla y se endereza al cerro de Tococarí, allí está el mojón del repartimiento y se va lom a a dar a la Apacheta colorada donde es la di visión de tres ayllos que es de Sullcavi, Alapicha y Majapicha y se entra por media ladera de Uruñusata, hasta la Apacheta Amarilla, que es el mojón y se entra a Guarichata, Muru Utani hasta llegar a Tapacoro donde se acaba mojonera de ambos ayllos de Sullcavi y Alapicha. LINDEROS: Del alto de Molle Puncu, que dividen la jurisdicción Tinquipaya, con la de Macha, entra el reparti miento al Trapichi y sigue rio arriba de Titiri, que sale a la habra o apacheta y se va por la loma Tunaya Puca Cai ma, siguiendo la Cuchillada a Patacochi hasta Ckaka, Apa cheta, Guari Ckassa y ahí se va apacheta Combura y de ahí rio abajo a Paicoro, este es el mojón de Tapunata y Sullcavi, Guaracata y Tapunata y prosigue por el camino real de Sami, Caima Pampa y sigue a Kaquesana, yendo cuesta arriba, hasta llegar a la Estancia de Caimuna y si gue a Condoriri Ckasa, de ahi sigue Turuiquina Escalera, hasta Challacahua, este es el mojón de Tapunata. LINDEROS: De los altos de Surumi Cocha, que es el mojón, pasa al cerro de Apapaasta, el rio de Achina donde esta un cerrillo redondo que es el mojón de repar-
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timiento, y prosigue al cerro de Santiago y se endereza a Cambalachi, Chambicota, hasta el rio de Irpuma, a dar a la angostura del Rosario donde se acaba el mojón, del cerro de Paichicho, que hace lindero con la doctrina de Macha y Pocoata, entra el repartimiento y prosigue por la loma a Hiscachiri a la apacheta, donde hay sepulturas de indios gentiles que es camino real para el Valle y se va por la loma hasta dar a donde una cruz, enderesando por la lo ma hasta un mojón, siguiendo por la laguna seca de San ta Barbara, por donde se va el deslinde, se entra por Chacacoro a la encañada, donde se juntan dos rios que for man el mojón, y prosigue rio arriba hasta la capilla de San Roque que es el mojón y sube por arriba, hasta Cutucutuni y se va por media ladera de Turuquiri y sale al cerro al to, a donde está una cruz, que acaba la mojonera de am bas parcialidades de Aransaya y Urinsaya, sigue el repar timiento de la loma y se endereza bajando hasta una cruz que acaba de los antiguos que es el mojón, siguiendo por el camino real, hasta dar al cerro de Pichiquiza, donde endereza, que es el mojón, y pasa a una pampichuela lla mado Tarantaran, va yendo por la encañada, sube cues ta arriba y sale a los altos de Leoque, entra a Nacna Coro y endereza, bajando a Torcapuri, a donde da a la peña y Condornaza, que es el mojón, y prosigue rio abajo hasta la punta del agua, detras de la loma por una quebrada corta, al rio donde se juntan dos arroyos que baja de Chayta y Llanquiri donde hace el mojón, cuyo nombre es Crucero y prosigue abajo, hasta dar al rio grande, donde hay un cerrillo monstruoso llamado Chuicoro que es el mo jón Lindero de los ayllos de Majacoyana y Condata. LINDEROS: Del rio Grande que esta al frente de la Palca de Guaycoma, donde hay una capilla caida que es el mojón y va siguiendo por la loma arriba a Villca, hasta Taconi y se va al cerrillo alto de Llanquiri pata, donde está una laguna seca que es el mojón y división de los ayllos Majacoyana y Guaracata, y se pasa a una quebrada corta donde se juntan dos arroyos y se va a la Esquina izquierda, hasta un algarrobo que tiene tres cla vos, que es el mojón, y prosigue Pampa derecha de Chapapani y se endereza a Romero Cocha, que linda con la jurisdicción de Yamparais y Macha, allí se acaba el repar timiento de los ayllos expresados, Majacoyana y Guaracata.
LINDEROS: Del rio de Cantuyo que baja un arro yo, que es el mojón, demarcamiento de los ayllos de Guaracata y Sullcaví y sigue quebrada arriba a salir al cerro alto de Carasi, y es el mojón, y se va por la loma diviso ria, hasta dar al cerro de Maricoro, donde se acaba la di visión de los ayllos citados. LINDEROS DE SAN MARCOS. Que empieza del mojón donde está una cruz y pasa por la loma derecha hasta dar al crucero donde se parte el camino real y está una cruz y prosigue por el camino mismo al cerro de Pichiquiza que es el mojón o división de los ayllos Sullcavi, Sullcata y se entra por la loma de Tarantarani y se endereza, bajando a Huerta Pampa donde está una capilla caida y prosigue pa ra arriba al cerro alto de Maicollo, que es el mojón de los ayllos de Alacoyana y Sullcavi, pasa por una quebrada de Higosani, hasta llegar a Escamamania, hay se acaba los mojones. LINDEROS: De Ucumanis, que entran a Calquepampa y va siguiendo a Esclavoniri que está en frente de la capilla de Anco Cruz y se va por media ladera de Guacañusata y endereza al cerro alto de la piedra pirita, que es el mojón, y se endereza a una quebrada de Chenqueni Urna, que baja al rio de Charicharillo y prosigue para arriba al cerro alto de Cupita, que linda con los de Pocoata y Macha y se entra por la Cuchillada, hasta la capi lla corrida de Charicharillo y pasa a Palca Marca, prosi gue a Pequeñacara hasta el cerro alto, que es el mojón, y se entra a Mutonorea y Pusuta Pampa y sigue por Tangatanga Chuto, a donde está el mojón, allí se acaba, co rre el dem arcamiento de Vichuata Carachoco y sigue a Guancuri donde está el mojón que linda las tierras que son pertenecientes al ayllo Majacoyana y entra siguien do a Challauta que es el mojón y pasa a Chicmuri, Quichinquiri, que es el mojón, prosigue rio abajo a Laquiri, hasta Coyaallita, y se acaba el mojón con el ayllo Sullca ta, sigue el repartimiento de Tana Aque y Enquellquisa, lin deros de doctrina de Pocoata y Macha, y partiendo ambas parcialidades entra a Boticlaca, Gualloma, hasta dar al rio hondo de Achina, donde hay un cerrillo que hace mojón y endereza a la pampa de Santiago Chambuota hasta Irpuma, que es el mojón y trastornando a la habra de Ma cha Caquiri, endereza a Guaylloma que sale al cerro alto de Achina, es el mojón de los ayllos de Alacoyana y Sull-
cavi, y va por la loma derecha a Torcarque entra a Moile Puncu y la junta del rio es el mojón de los ayllos Alacovana, Majapicha y Sullcavi y se va entrando a Inckackassa, Chacka Agua Caliente de Sapira y pasa a un arroyo que se juntan al rio frente de la Capilla de Charaguaytura, que es el mojón, y sigue por el rio arriba a peñas coloradas a sa lir al cerro alto, peñas bravas, donde se acaba. LINDEROS: Del cerro alto de Guayllamarca que entra a Guacacala peñas coloradas a salir al cerro de Pajaltesiña, que es el mojón, y prosigue por la loma señora Jiliuata, y se entra a Chiquipuro, que es el mojón del repartimiento, y prosigue a Calachiata, hasta dar a Martin Cala, que es el mojón y se entra a Cala Calan! y Jaruvillque y pasa a Cotanizo y tira al rio Grande, de donde se encuentran con el rio de Yacom a, que es el mojón, y prosigue rio arriba a Palca M arca siguiendo a Acero Urna, y a la habra pelada, y se acaba la mojonera del ayllo Guaracata, en cu\'o al tito, Molle Pucru. Concluyó el testimonio d el deslinde y mojonamiento de las provincias, doctrinas, parcialidades y ayllos, y en su virtud, para darle la pureza y valor que corresponde, lo firmamos con el Corregidor, Don Ygnacio Oquendo y su teniente Don Felipe Sotomayor, Don Josep de la Vega Alvarado y hecho ante mi el Escribano público real y de la provincia de Charcas en veintiún años (s ic ).
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PROYECTO PARA PROPENDER AL DESARROLLO DE LA AGRICULTURA EN LA PROVINCIA DE NOR-CHAYANTA. Narciso de la Riva (1885) La provincia de Nor-Chayanta, posee un suelo rico en los dos reynos vejetal y mineral; su clima frió en las altu ras, es suave y cálido en los valles, hasta producir los frutos de la zona tórrida. En sus vegas y vajíos se produ ce en abundancia el trigo, maíz, ocas, papas esquisitas y variadas. La producción al presente es sumamente limita da, por causa del escaso trabajo del indíjena que es el dueño de los terrenos, pues el número de hacendados es diminuto; tiene abrevaderos y dehezas magníficas para la cria del ganado ovejuno, y abundancia de agua para el cultivo. Todos esos elementos que contienen en sí verdadera riqueza, permanecen improductivos por la neglijencia del indíjena, cuyas poquísimas necesidades limitan el cam bio, que es el instrumento más poderoso en el desarrollo del trabajo.
El aforism o económico de que el cambio se deriva de la racionalidad del hombre, sin que haya ejemplo de que lo verifique el bruto, es muy aplicable a nuestros indios que, si no lo eluden en lo absoluto, lo reducen a expresión tan ínfima, que sus efectos no dejan sentir los bienes de la actividad. La vida de los aboríjenas es aislada y permanecen sin conocer las ventajas del cambio, porque sin él, provee a sus necesidades; su frugal alimentación, su estrecho al bergue, y su vestido que le sirve de abrigo, constituyen necesidades de fácil satisfacción obtenidas por ellos mis mos; hasta sus útiles de labranza son primitivos, y los ad quieren a ínfimo precio. Con este modo de ser, manifes tado en necesidades mínimas, el cambio se limita hasta la esterilidad. Sólo el cambio podría variar este cuadro del indíjena, bajo la influencia de su m ájica varilla. A la mo notonía de sus labores, sería necesario oponerle medios de estímulo para hacerle sentir las necesidades del hom bre civilizado, con que se encuentre punzado hasta po ner los medios de satisfacerlos. Preocupado por esa idea, cuya ejecución será la rejeneración de la raza indijenal, he podido convencerme de la necesidad de que el Estado tome la iniciativa en apli c a r los medios más eficaces para alcanzar laudables fines. E l accidentado suelo de que me ocupo, hace inacce sible el tráfico que sin ese inconveniente físico tendría fa cilidades con que llegaría a esos sitios provocando el cambio con el indíjena. E sa dificultad es la que en mi concepto debería combatirse, procurando encontrar el me dio de hacerlo. Si el espíritu de empresa ha tomado al gún vuelo en el país, es necesario que el Estado lo utilice en pró del interés nacional. La industria dominante al presente es la minería; los capitales se han movido, y a pesar de que el éxito no con testa satisfactoriam ente a las esperanzas concebidas, se insistirá, por ser la única aparecida con las facilidades que ofrecen las sociedades anónimas. Si nuestro suelo se manifiesta con otros elementos de riqueza como son los de la agricultura, convendría llevar a ésta los esfuerzos de administración para darle ensan che y desarrollo, porque siendo m ás seguro y permanente
el éxito, el capital se encontraría más bien garantizado, y la ganancia no diferería en nada quizá de la que con peligro se busca en la minería. Agrégase que no es con veniente afluyan los capitales y los esfuerzos del trabajo en una sola industria, máxime si su prosperidad es even tual, y precaria. Con el propósito de avivar otras fuentes de prosperi dad, abrir mercados a la agricultura, donde con el prestijio del cambio pueda levantarse acreciendo la produc ción que mantiene, y a fin de fundar nueva industria que estimule el trabajo en nuestros indios; he concebido la idea que someto a la consideración del Ministerio y paso a establecer. Dejo dicho que la provincia de Chayanta puede ensan char la agricultura en vasta escala; para alcanzar la ver dad de ese aserto, sería necesario establecer dos cosas: 1? Allanar los caminos que son impracticables. 2 ° Fundar un mercado inmediato a donde los cereales, en especial el trigo, puedan conducirse con seguri dad de expendio. Lo primero no demanda la necesidad de caminos de fierro ni carreteros; bastaría abrir buena y ancha senda para camino de herradura. El costo de este trabajo per fecto como sería, no demanda grandes sacrificios. El riachuelo que pasa por el asiento mineral de Guanuni, se halla situado distante 12 leguas de Oruro, es apa rente para fundar allí molinos, procurando hacerlo por ac ciones como se hace al presente en las empresas mineras. La obra sería como las que existen en la costa para lo que se traería de afuera un especialista. El Estado to m aría a su cargo la mitad del valor dejando la otra para el público. Las distancias a los sitios donde el trigo se produce en mayor abundancia son cortas. De Guanuni a y de este punto de esos centros te el arreglo de
Chayanta 12 leguas, de ahí a Pocoata 14, a Macha 4; se nota que la inmediación de producción, facilita considerablemen los caminos.
Fundado el establecimiento de molinos en condiciones de adelantos vij entes, se elaboraría tan buena harina, co-
mo la que se obtiene de Chile y Lima, cuya mejor calidad al parecer, proviene del sistema de beneficio. El capital próximamente calculado sería de Bs. 300.000 para la construcción de la obra, y fondo permanente de com pra de la m ateria prima, pues sería necesario que el indíjena tenga la plena seguridad de vender sus trigos al precio de tarifa que la empresa fijaría, para que se esti mule en el trabajo y no desmaye. Las harinas votadas por el molino, se expendería en Orurc, La Paz y el sur del Perú; como esta industria es de magnas proporciones, principiaría una vez en práctica, a exigir mejores medios de transporte que los de actualidad. Sin adherirme a los soñadores con ferrocarriles, que los suponen de fácil fijación en el país, sería posible cruzar la altiplanicie con una buena carretera dotada del mate rial rodante necesario, y construida en condiciones de se guridad, comodidad y economía de transporte inherentes a ese jénero de caminos, que precedieron al ferrocarril. El establecimiento indicado, atraería al comercio e in dustrias diversas; —el indíjena se hallaría obligado a ejercirar y practicar el español, sentiríase poseído de ne cesidades que hoy no tiene, y le llegaría lo que le falta y determina su atraso— ; estímulo con que agrandaría su trabaj o. Sería demasiado extenso este párrafo, si continuase detallando las ramificaciones del proyecto, los grandes bienes que rendiría, los diferentes problemas económicos y sociales que se resolverían. Es evidente que el indíjena es el brazo que sostiene la agricultura, prestando servicios en los cultivos; razón más por lo que le debemos afecto y estimación; tiene por lo mismo derecho a exigir servicios de la administración, que no pueden ser otros que los de propender a ilustrarlo a fin de ofrecerle vida cómoda con las ventajas conquis tadas por el hombre civilizado. La compasión hasta aquí manifiesta en favor de los aboríjenas, ha sido nugatoria, porque no es eficaz, y mucho menos conveniente interce der por la perpetuación en la calidad de párias en que se mantienen; poner los medios para civilizarlos a fin de que
sean ciudadanos como todo boliviano, es procurar su bien y el de la comunidad que hacen parte. Sin afectar presciencia, asísteme la seguridad de que la idea concebida y propuesta, encaminaría al país a me i ores destinos, y se levantaría de la postración en la que se halla.
A nexo 3
LITIGIO SOBRE INDIOS R ESID EN TES EN CANTON POROMA, DEPARTAMENTO DE CHUQUISACA, QUE SON TRIBUTARIOS DE CANTON TINGUIPAYA, DEPARTA MENTO DE POTOSI.* Potosí, 3 de octubre de 1894 Señor Ministro de Hacienda e Industria Sucre Señor: El Señor Prefecto y Comandante General del Departa mento de Chuquisaca, me ha dirijido, por el último correo, la adjunta nota oficial, transcribiéndome la Resolución Su prem a de 22 de setiembre último, relativa a que los indijenas de las parcialidades de Soicoco y Colquebamba se so metan a las imposiciones del Correjidor de Poroma, e in citándome a que dicte las órdenes conducentes al cumpli miento de dicha Suprema Resolución. ° Anexos del Inform e del P refecto de Potosí ante el Supre mo Gobierno, L uis N avarro, Potosí, 1 8 9 5 (U N B , Prefecturas P o tosí, Memorias e Inform es 1 8 7 1 - 1 9 1 4 ) .
Creyendo de mi estricto deber la defensa de los inte reses del Departamento de Potosí, de mi mando, y habien do conocido ya los antecedentes antes de ahora, los he compulsado en los autos legalmente fenecidos y en los ex pedientes archivados, donde constan los siguientes he chos sustanciales: 19 Que allá, en 1879, surgieron ya las pretensiones e imposiciones del Correjidor del Cantón Poroma, Provincia de Yamparaez, Departamento de Chuquisaca, sobre los indijenas de Soicoco y Colquebamba, que son comunarios y tributarios del Cantón de Tinguipaya, provincia del Cer cado de esta ciudad de Potosí, donde se hallan m atricula dos en los respectivos padrones. 2? Que con motivo de que dicho Correjidor de Poroma, trataba, por una parte, de imponer a dichos indios servi cios en ese Cantón, que no es el de su domicilio, sino el de su precaria y corta residencia cada año; y de que por otra parte, pretendía explotar a los indijenas jóvenes cali ficándolos de próxim os contribuyentes de Poroma, cuando sus padres eran tributarios de Tinguipaya, y por consi guiente, los hijos no podían ser sino próximos tributarios del mismo Cantón, ocurrieron dichos indios en demanda de am paro y de justicia, primeramente ante esta Prefectura, y después, para mayor seguridad de sus personas y dere chos, ante el Supremo Gobierno Constitucional del Señor Doctor Don Tomás Frías, por el Ministerio de Gobierno del Sr. Dr. Dn. Mariano Baptista, actual Presidente Constitucio nal de la República, quien por creer que el asunto no per tenecía a su Cartera, lo pasó al Ministerio de Hacienda que desempeñaba, entonces el Sr. Dr. Dn. Pantaleon Dalence. 3? Que este egrejio jurisconsulto incapaz de festina ción y, de antiguo, acostumbrado a decidir litijios con rec to criterio y a examinar pruebas, estudió con imparciali dad y cuidado las presentadas por los tributarios de Tin guipaya, pidió informes a los correjidores de ese Cantón y del de Poroma, oyó el dictamen del Sr. Fiscal General de la República, que lo era otro experto jurisconsulto el Sr. Dr. Dn. Manuel Ignacio Salvatierra; llegando por todas estas investigaciones prolijas a la convicción de que: los indije nas de Soicoco y Colquebamba eran tributarios del Cantón de Tinguipaya, Provincia, entonces, de Porco de Potosí, y hoy de la de su Cercado: que en este Cantón se hallan
empadronados y en él, en las postas de Yocalla y de Le ñas, prestaban el servicio de postillonaje, desde tiempo inmemorial: que nunca habían prestado ni debían prestar servicio alguno en el Cantón de Poroma de Chuquisaca, y que si en alguna época del año residían precariamente en Poroma, era solamente porque desde el coloniaje, y sin servicio alguno, tenían allí terrenos dados en compen sación de la esterilidad de los que tenían en Tinguipaya, lugar único de su verd ad ero dom icilio y de los servicios que allí prestaban. 49 Que con tales datos, plenamente acreditados y de conformidad con el dictamen del Sr. Fiscal General, el Go bierno del Sr. Frías, por el Ministerio del Dr. Dalence, y en uso de sus atribuciones constitucionales, resolvió definiti vam en te el asunto imponiendo perpétuo si’encio a las pre tensiones del Correjidor de Poroma, Provincia de Yamparaez, y declaró: l 9 que los indíjenas de Soicoco y Colquebamba pertenecían exclusivamente al Cantón de Tinguipa ya, provincia de Porco, donde eran tributarios y donde prestaban y únicamente debían prestar sus servicios indijenales; 2? que el Correjidor de Poroma se abstuviese en lo sucesivo de imponer a dichos indios servicio ni obliga ción alguna; y 39 que el Sr. Prefecto del Departamento de Chuquisaca hiciese notificar a dicho Correjidor el puntual cumplimiento de la Resolución Suprema citada, que es de 7 de julio de 1874, cuyo tenor literal ha copiado el Sr. Subprefecto del Cercado de Potosí en el adjunto informe que reproduzco. 5? Que el Prefecto de Chuquisaca Dr. Pedro José Zilveti ordenó el cumplimiento de la sentencia definitiva y la abstención bajo de responsabilidad, en adelante, del Co rrejidor, a quien se hizo saber legalmente la Resolución por medio de exhorto comisionando al Juez Parroquial de Poroma. Terminado así, legal y defin itiv am en te el asunto, era de esperar que el Correjidor de Porom a cumpliese en lo sucesivo la orden suprema de abstenerse de molestar a los indijenas de Soicoco y Colquebamba, con ningún servi cio ni obligación, pero .no fue así, más que por unos quin ce años, al cabo de los cuales, ya en el año de 1891, el dicho Correjidor había obtenido, por sorpresa y subrepti ciamente, una Resolución del Gobierno en favor de sus
pretensiones contra los indijenas de Soicoco y Colquebamba, Resolución que, para su cumplimiento, fue transmi tida a la Prefectura de Potosí, entonces dignamente de sempeñada por el actual Sr. Ministro de Hacienda e Indus tria, a quien me toca dirijirle esta reclamación, muy feliz mente. El Señor Prefecto Dr. Dn. Enrique Borda cumplió entonces, con su notorio celo, el mismo deber, que hoy ten go el honor de cumplir, observando la Resolución Supre ma, con cuyo motivo, volvieron las cosas a su antiguo es tado y recobró su imperio la antigua R esolución definitiva de 1874. Cuando tales antecedentes imperaban, es que recibo, Señor, la nota oficial adjunta, en la cual el Sr. Prefecto del Departamento de Chuquisaca me incita a cumplir la Supre m a Resolución de 22 de Septiembre último, que me trans cribe, nuevamente arrancada por sorpresa. Conforme, pues, a la ley, que permite a las autorida des subálternas, observar las Resoluciones Supremas que no creen legales; siguiendo la costumbre establecida en casos análogos, o más bien dicho, en el mismo asunto, por el Sr. Ministro a quien me dirijo; y sin ánimo de re husar el cumplimiento de su orden, si insiste en ella, me permito, respetuosamente, reclam ar de la Resolución de 22 de Septiembre último, por la concluyente razón de que im porta la revocatoria ilegal e inusitada de una verdadera sentencia ejecutoriada que, con audiencia de partes inte resadas, decidió definitivamente este asunto en favor del Cantón de Tinguipaya, sentencia no sólo ejecutoriada sino ejecutada por el Sr. Prefecto del Departamento de Chuqui saca y por el Correjidor de Poroma. Pido en consecuencia: 1° que dignándose U. reconsiderar la Resolución de 22 de septiembre último, la declare insubsistente y que se mantiene la definitiva de 7 de julio de 1874 que puso tér mino al asunto; y 2" que se sirva dictar esa Resolución en los obrados mismos en que se dictó la que reclamo, para evitar ulteriores sorpresas; o bien, que si esos obrados no jiran ya en la Secretaría de Hacienda, que la Resolu ción que pido se transcriba al Sr. Prefecto de Chuquisaca, previniéndole que la haga cumplir con el empecinado Co rrejidor de Poroma. Obligado a distraer las tareas del Sr. Ministro con esta extensa reclamación que me impone el deber de mi car
go, tengo el honor de repetirme, con mi más atenta consi deración, su muy respetuoso Servidor. Señor Ministro
L. Navarro C.areaga.
M INISTERIO DE HACIENDA E INDUSTRIA Sucre, octubre 18 de 1894. Vistos la representación de la Prefectura del Departa mento de Potosí, en que reclam a del pago de contribu ción y servicios personales que se imponen por las auto ridades de este Departamento de Chuquisaca a los indíjenas del Cantón de Tinguipaya de aquel Departamento, quienes, por antiguos repartimientos, en calidad de com pensación, poseen terrenos de cultivo en los lugares de nominados Soicoco y Colquebamba en el Cantón Poroma, provincia de Yam paraez; con los documentos que acom pañan y el dictamen fiscal que precede, considerando: que son atendibles las razones en que se apoya la repre sentación merituada; que no han desaparecido los funda mentos que sirvieron de base a la Suprema Resolución de 7 de julio de 1874, que en copia se registra a fs. 7 vuelta de los presentes obrados; que finalmente, sólo puede dic tarse una Resolución definitiva sobre la base de las opera ciones de revisita y catastro respectivamente, operacio nes que no se hallan terminadas en ninguna de las provin cias m ateria de este asunto, se resuelve: Quedan en sus penso los efectos de las Supremas Resoluciones de 14 de abril de 1891 y 22 de Setiembre último, manteniéndose la de 7 de julio de 1874; y por lo que toca a servicios per sonales y al nombramiento de Correjidor de que hace mé rito el informe de fs. 10 recúrrase ante el Sr. Ministro de Gobierno a quien corresponde esta m ateria. Rejístrese, de vuélvase y trascríbase a las Prefecturas de este Depar tamento y Potosí para su ejecución y cumplimiento. BAPTISTA.
E . BORDA.
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